COMPOSICIÓN POLÍTICA LXIII LEGISLATURA
19
0
19
52.8%
371
213
495
284
Formula de distribución de los dias pasando el umbral 70.4%
432893
24.24% PRI
3
5
8
22.2%
156
90
208
119
29.6%
194745
10.91% PVEM
0
3
3
8.3%
59
34
0
0
0
0
0.0
0
113251
6.34% PRD
0
3
3
8.3%
59
34
0
0
0
0
0.0
0
75585
4.23% PNA
0
1
1
2.8%
20
11
0
0
0
0
0.0
59890
3.35% MORENA
0
1
1
2.8%
20
11
0
0
0
0
0.0
53753
3.01% MOV. CIUD.
0
1
1
2.8%
20
11
0
0
0
0
22
14
36
100%
703
393
703
393
27
27
Años Legislativos
Periodos Ordinarios
Distribución de meses por año legislativo
Año 2
Sep-Dic 2016 (3 meses) Feb-Jun 2017 (4.5 meses)
7.5 meses
Votación Valida Efectiva 736140
Partido político
%
41% PAN
930, 117 votos Total
Diputados mayoría relativa
Diputados representación proporcional
Total
Distribución por Porcentaje días por Partido integración Político Periodos Congreso Ordinarios
Distribución por días por Partido Político Periodos de Receso
Distribución por días en la Presidencia (P. Ordinario)
Distribución por días en la Presidencia (P. Receso)
4.222222222
4
70.4%
4.2
4
1.777777778
2
29.6%
1.8
2
INTEGRACIÓN MESA DIRECTIVA PERIODOS ORDINARIOS POR MESES Y DÍAS Distribución por días
Presidente
Vicepresidente
Secretario 1
Secretario 2
Prosecretario
Partido político
Miembros por proporción
Enteros
98
PRI
PAN
PAN
PAN
PRI
PAN
2.64
3
137
PAN
PRI
PAN
PAN
PRI
PRI
1.11
1
PVEM
0.42
0
PRD
0.42
0
PNA
0.14
0
MORENA
0.14
0
MOV. CIUD.
0.14
0
TOTAL
5
4
Vocal
Vocal
Vocal
Vocal
Partido político
Miembros por proporción
Enteros
PAN
5.81
6
235
INTEGRACIÓN DIPUTACIÓN PERMANENTE EN MESES Y DÍAS Años legislativos
Recesos
Distribución de meses por año legislativo
Año 2
Ene-Feb 2017 (1.5 meses) Jul-Sep 2017 (3 meses)
4.5 meses
Distribución por días
Presidente
Vicepresidente
Secretario
Prosecretario
Vocal
Vocal
Vocal
45
PAN
PRI
PAN
PAN
PRI
PRD
PVEM
PAN
PAN
PAN
PAN
PRI
PAN
PAN
PRI
PRD
PVEM
PAN
PAN
PAN
86 131
PRI
2.44
2
PVEM
0.92
1
PRD
0.92
1
PNA
0.31
0
MORENA
0.31
0
MOV. CIUD.
0.31
0
TOTAL
11
10
JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO Capítulo Tercero De la Mesa Directiva
Artículo 42.- La Mesa Directiva conduce las sesiones del Congreso o de la Diputación Permanente y asegura el debido desarrollo de los debates, discusiones y votaciones; asimismo, garantiza que en los trabajos legislativos prevalezca lo dispuesto en la Constitución Política para el Estado y en esta Ley.
La Mesa Directiva durará en sus funciones un periodo ordinario y estará integrada por un Presidente, un Vicepresidente, dos Secretarios y un Prosecretario. Los diputados integrantes de la Mesa Directiva podrán ser electos para fungir como Mesa Directiva de la Diputación Permanente y en su caso, para periodos ordinarios subsecuentes.
En el caso del primer periodo del primer año de ejercicio, se elegirá adicionalmente un vicepresidente que fungirá como presidente de la Mesa Directiva, exclusivamente cuando en una misma sesión faltaren el presidente y el primer vicepresidente electos.
La Mesa Directiva será electa por el Pleno, por el voto de la mitad más uno de los diputados integrantes de la Legislatura. (REUBICADO, P.O. 10 DE ABRIL DE 2015) Capítulo Cuarto De la Diputación Permanente
Artículo 54.- El día de la clausura de cada periodo de sesiones ordinarias, el Congreso del Estado nombrará por escrutinio secreto y mayoría de votos, una Diputación Permanente compuesta por once miembros propietarios y cinco suplentes, que durarán en su cargo el tiempo comprendido entre la clausura de un periodo de sesiones ordinarias y la apertura del siguiente. El primero de los nombrados será el Presidente, el segundo el Vicepresidente, el tercero el Secretario y el cuarto el Prosecretario, los demás tendrán carácter de vocales, propietarios y suplentes, según el orden de la votación obtenida.