unidad i jerarquía del orden jurídico mexicano - UAEH

En el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece
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UNIDAD I JERARQUÍA DEL ORDEN JURÍDICO MEXICANO “Jerarquía del Derecho”

Lic. Daicy Janeth Cortes Juárez

PRESENTACIÓN Hablar de la Estructura Jurídica de un país, implica reconocer todas las leyes existentes que envuelven a la sociedad. Algunas leyes emanan directamente de los poderes federales y su aplicación para el caso mexicano es de observancia para todos los estados y municipios que integran la federación. Otras son creadas por los poderes estatales para resolver problemáticas de su ámbito de competencia y los reglamentos emitidos por los órganos municipales para orientar y conducir las acciones de su nivel de gobierno.

Toda norma guarda una estrecha relación y coherencia con la Constitución, ninguna ley o reglamento puede contradecir lo establecido en ella. Incluso los acuerdos internacionales deben respetar la soberanía del estado nación.

A continuación, se describe de manera general la jerarquía de las leyes y específicamente de la organización del Estado mexicano.

Jerarquía del derecho

Todas las disposiciones normativas que en un determinado momento regulan la extensa gama de relaciones, no se encuentran colocadas en un mismo nivel, rango o categoría, toda vez que algunas de ellas son superiores a otras. Para entender la idea de la jerarquía de las normas debemos visualizar la siguiente pirámide.

En el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece >.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

TRATADOS INTERNACIONALES

LEYES FEDERALES Y ESTATALES

Sin embargo a la representación gráfica debe aumentar las normas jurídicas que provienen nen de otras estructuras de gobierno que contempla el orden constitucional; una de ellas, declarada por el artículo 44 sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, es el Distrito Federal, cuya organización y facultades regula el artículo 122 de la constitución. Además que el tercer nivel de gobierno, es el Municipio libre, cuyas bases de organización y funcionamiento regula el artículo 115 constitucional, declarando que es la base de la organización de las entidades federativas y constituye la base de la división territorial y de su organización política y administrativa. Por lo que se refiere al Distrito Federal, las leyes que lo rigen emanan de una doble fuente: el Congreso de la Unión y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal deral que tiene el carácter de autoridad legislativa local. A la primera le corresponde expedir el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, legislar en 2

materia de su deuda pública y expedir normas que procuren el buen funcionamiento de los poderes de la Unión. A la asamblea legislativa le corresponde aprobar su presupuesto, expedir leyes en materia hacendaria, la administración pública y los procedimientos administrativos civil y penal. Ahora bien, en cuanto al municipio, es menester recordar que estos órganos ó de gobierno no tienen un poder legislativo, por lo tanto, las leyes serán de carácter estatal. Sin embargo, si son capaces de crear reglamentos administrativos inferiores a las leyes para regular las actividades de su competencia. Con lo anterior, la a jerarquía de las normas en el Derecho mexicano queda representada de la siguiente manera:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

TRATADOS INTERNACIONALES

LEYES FEDERALES Y ESTATALES

REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS FEDERALES Y DEL D.F

REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS ESTATALES Y MUNICIPALES

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REFERENCIAS Gidi, E. (2007). Derecho I. México: Nueva Imagen

Peniche, F. (1982). Introducción al estudio del Derecho. México: Porrúa.

Toranzo, M. (1999). Introducción al estudio del Derecho. México: Porrúa.

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