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Admin¡strac¡óni. Que, asimismo indica que el administrador del Encargo, es la persona responsable de la del gasto en el
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@*tr**¿r¡rrM N'518- 2017 - MTNCETUR/SG/OGA Lima06 de noviembre del 2017 VISTOS:

El Memorándum Dirección General

de

N'

lnvestigac¡ón

562-2017-MINCETURA/MT/DGIETA del 31 de octubre del 2017 de la

y

Estud¡os sobre Turismo

y

Artesania,

y el

lnforme

N'

009-20'17-

l\,IINCETUR/SG/OGAJOASA-SDA del 2 de nov¡embre de 2017, con el v¡sto bueno de la Directora de la Oficina de Abastecim¡ento y Servicios Auxil¡ares; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el lvlemorándum del v¡sto, la Dirección Genera¡ de lnvestigac¡ón y Eslud¡os sobre Turismo y Artesanía solic¡ta que se gest¡one la disposición para la Asignación de un Fondo Especial por Encargo por la suma de S/. 11,250.00 (Once m¡l doscientos c¡ncuenta y 00/100 soles), a nombre de la Sra. HUAMANCHUMO GUTIERREZ SILVIA ESTELA, especialista en análisis económico de la D¡recc¡ón ceneral de lnvest¡gación y Estud¡os sobre Turismo y Artesanía, que permitirá cubrir los gastos de servicios de los encuesládores derivados de la ¡nvestigac¡ón del Estudio "N¡vel de satisfacción de los visitantes respecto a los serv¡cios turísticos que presta el pa¡s en Tumbes", el Fondo será utilizado en Tumbes por el periodo de siete diás calendario, del 17 al 23 de noviembre del 2017,

Que, sobre el particular, el Art.40.'1 de la Directiva N' 00'l-2007-EF/77.15 - Direct¡va de Tesorería, aprobado por Resolución Directorál N' 002-2007 -EF 177 .15, modif¡cada por Resolución D¡rectoral N" OO4-?OOg-EF n7.15, asi como el Articulo 5.1 de la Directiva N" 02-2015-MINCETUR/SG/OGA - de obligatorio cumplimiento para todo el personal del l\TINCETUR, establecen que el "Encárgo" consiste en la entrega de dinero mediante cheque o giro bancar¡o a personal de la institución para el pago de obligaciones que, por la naturaleza de determinadás func¡ones o caracteristicas de c¡ertas tareas o trabajos ind¡spensables para el cumpl¡miento de sus objetivos instituc¡onales, no pueden ser ejecutados de manera directa por la Of¡c¡na General de Admin¡strac¡óni

Que, asimismo indica que el administrador del Encargo, es la persona responsable de la del gasto en el marco de los montos aulorizados en Ia Resolución Directoral correspond¡ente, por cada de gasto; asi como de la presentac¡ón de la rendición de cuentas respecl¡va; en este sentido el del Encargo debe ejecutar el gasto, atendiendo a cr¡ter¡os de razonabilidad, eficiencia y en estricto cumpl¡miento de lo dispuesto en la Direct¡va, a efectos de que el cumplimienlo de los objetivos de la Entidad, vaya acompañado de una correcta e.iecución, lo cual redundará en el buen uso de tecursos públicos; Que. med¡ante el lnforme del visto, la Directora de la Ofic¡na de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, atend¡endo al adecuado cumplimiento de los objel¡vos institucionales, considera procedente la solic¡tud de la Dirección General de lnvest¡gación y Estudios sobre Turismo y Artesanía, el cual al tratarse del desarrollo de una investigación cuyo detalle de gastos no puede conocerse con precisión y en v¡sta que no puede ser ejecutado de manera directa por la Oficina General, recomienda otorgar la as¡gnación por el monto de S/. 11,250.00 (Once mil doscientos cincuenta y 00/100 soles), para cuyo efecto resulta necesario expedir la Resolución Directoral correspond¡ente;

Que, mediante Cert¡f¡cación de Créd¡to Presupuestário Nota No 3136, la Oflc¡na General de Plan¡fic€ción, Presupuesto y Desarrollo, conf¡rma la disponibilidad presupuestal.

Que, de conformidad con lo dispuesto en la Direct¡va N'.02-2015-N¡INCETUR/SG/OGA 'Procedim¡entos para regular la entrega y lá rendición de cuentas de los Fondos otorgados bajo la modalidad de Encargos al personal del IVINCETUR'. Directiva N" 005-2010-EF/76.0'1 "Directiva para Ia Eiecución Presupuestaria" modificada por Resolución Directoral N0 027 -2O14-EF l5O.O1, vigente para el Año Fiscal 2017, Ley No. 305'18 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017", ley No. 27779' Ley Orgánica que modiflca la Organización y Funciones de los Ministerios" y la Ley 27790 "1ey de Organ¡zac¡ón y Func¡ones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo', y con el v¡sto bueno de la Oflcina de Control Previo; SE RESUELVE: ARTICULO 1". - Asignar a la Sra. HUAMANCHUMO GUTIERREZ SILVIA ESTELA, especialista en análisis económico de la Dirección General de lnvest¡gación y Estudios sobre Turismo y Artesania, la suma de S/. .1.1,250.00 (Once m¡l doscientos c¡ncuenta y 00/100 soles), con el propósito de cubr¡r los gastos de servicios de los encuestadores der¡vados de la investigáción del Estudio "Nivel de satisfacc¡ón de los visitantes respecto a los servic¡os turisticos que presta el pais en Tumbes", el Fondo será ut¡lizado en Tumbes por el periodo de siete dias calendario, del 1 7 al 23 de noviembre del 2017 , de acuerdo al siguiente detalle:

FF

RO

SF

34

CLASIFIGADOR

SERVIGIO§

MONTO

2.3. 27 . 11 99

Encuestadores para realizar la investigación del Estudio 'Nivel de satisfacción de los visitantes respecto a los serv¡cios turísticos que presta el pais en Tumbes'

s/ 1 1,250.00

Total

s/ I 1,250.00

ARTICULO 2o.- De acuerdo al punto 6.1 de la Directiva No 02-201s-NTINCEÍUR/SG/OGA "Procedimientos para regular la entrega y la rendición de cuentas de los Fondos otorgados bajo la modalidad de Encargo al personal dei MINCETUR" el responsable de la unidad orgánica que requiera un Encargo, deberá solicitar su otorgamiento a la Oficina General de Administración con diez ('10) dias calendario previos a la ejecución de la aclividad

o evento, y de presentarse fuera del plazo antes señalado, la Of¡cina General

de

Adm¡nistración -por excepción- podrá autorizar el trámite respectivo;

ARTICULO 3o. - La rendición de cuenta documentada del presente Encargo no deberá exceder de los tres (03) d¡as hábiles después de concluida ¡a actividad materia del Encargo, Ia cual deberá ser presentada a la Oficina Generál de Administrac¡ón, bajo responsabilidad del funcionario encargado de rendir cuentas;

D¡cha rendición deberá contener un informe de los criter¡os utilizados para seleccionar a los contratados, as¡ como la indicac¡ón de las limitaciones presentadas durante la eiecución del Encargo, entre otfos que considete necesario;

ARTICULO 4o.- La ejecución del gasto, se realizará estrictamente para los fines solicitados, con observancia obligatoria de lo dispuesto en el numeral Vll de la Directiva N'02-2015-IVIINCETUR/SG/OGA;

ARTICULO 5". - El egreso que origine la presente Resoluc¡ón se afectará a Ia Secuenc¡a Funcional 34, "Elaboración de Estudios e lnvestigaciones" Regístrese y comuníquese,