tercera comisión de hacienda y crédito público, agricultura y fomento ...

21 jun. 2016 - Italia, Japón, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos. .... Instituto Nacional de Estadística y Geografía,
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· TERCERA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, AGRICULTURA Y FOMENTO, COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS PODER LEGISLATIVO FEDERAL

Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio de la LXIII Legislatura

CO\USICN PERMANENTE

DICTAMEN RELATIVO A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A REALIZAR LAS GESTIONES NECESARIAS A FIN DE ASUMIR SU COMPROMISO CON LAS Y LOS TRABAJADORES DEL HOGAR, CELEBRANDO EL CONVENIO 189 DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO. ·HONORABLE COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO .DE LA UNIÓN: La Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122 y 127 de la Ley Orgánica; y 58, 60, 87, 88 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos ordenamientos del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por el punto Primero del Acuerdo de la Mesa Directiva de esta Comisión Permanente, relativo a la Integración de las Comisiones de Trabajo del Segundo Receso del Primer Año de ejercicio de la LXIII Legislatura; y los puntos Quinto y Vigésimo del Acuerdo de la Mesa Directiva de esta Comisión Permanente, relativo a las Sesiones y el Orden del Día, ambos publicados en la Gaceta Parlamentaria el 04 de mayo de 2016, somete a la consideración del Pleno de esta Comisión Permanente el presente dictamen relativo a Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a realizar las gestiones necesarias a fin de asumir su compromiso con las y los trabajadores del hogar, celebrando el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo , misma que presentó la senadora Martha Tagle Martínez. A efecto de analizar y dictaminar la citada proposición , la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas se reunió el 21 de junio de 2016. ANTECEDENTE ÚNICO.- Mediante oficio CP2R1A.-913, de fecha 31 de mayo de 2016 , fue turnada a la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, para su análisis y dictamen, la Proposición con punto de acuerdo por el que

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se exhorta al Ejecutivo Federal a realizar las gestiones necesarias a fin de asumir su compromiso con las y los trabajadores del hogar, celebrando el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, misma que se describe a continuación: l. En la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen, la senadora Tagle Martínez expone, entre otras cosas, lo siguiente: -

"El derecho a la no discriminación es una obligación central del Estado garantista y una oportunidad para la reconstrucción de una genuina sociedad de dere.chos basada en la igualdad de sus ciudadanos, señaló el Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osario Chong, al encabezar la entrega de los Premios por la Igualdad y la No Discriminación 2013 que otorga la Asamblea Consultiva del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED)". En dicho evento realizado el 31 de marzo de 2014, el Secretario de Gobernación se comprometió a enviar al Senado el Convenio 189 para su estudio y ratificación, enfatizando la importancia que a todos los trabajadores y trabajadoras del hogar les sean respetados sus derechos en los términos que establece la Constitución y gocen de protección efectiva para que desempeñen sus actividades en condiciones de empleo equitativas y decentes, en igualdad de oportunidades y de trato frente a los demás. Sin embargo han pasado dos años desde su pronunciamiento y a la fecha el Senado no ha recibido dicho Convenio. No obstante, ante la renuencia del Ejecutivo Federal , las Senadoras y Senadores: Gabriela Cuevas, Angélica de la Peña Gómez, Diva Hadamira Gastélum Bajo, David Monreal Ávila y Ana Gabriela Guevara, de distintos grupos parlamentarios, han realizado diversos exhortos de 2012 a la fecha, sin obtener respuesta alguna. El 6 de junio de 2011 el Estado mexicano votó a favor de la aprobación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo intitulado Sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, en el marco de la Centésima

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Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT), mismo que entró en vigor el 5 de septiembre de 2013, y que ha sido ratificado por 22 Estados. No obstante la lucha de las y los trabajadores del hogar ha sido intermitente, cifras del INEGI muestran que en México existen 2 millones 200 mil personas dedicadas al trabajo doméstico sin remuneración, de las cuales 95% son mujeres. De ellas, 84.2% realiza ta.reas de limpieza en hogares particulares, 8.5% cuida de personas y 6.2% es lavandera y/o planchadora en casas particulares. -

Así el pasado 18 de febrero nació el primer Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar (SINACTRAHO) con 500 trabajadoras afiliadas de la Ciudad de México, Estado de México, Colima, Chiapas y Puebla, quienes también trabajaron en la elaboración de un contrato colectivo. El contrato colectivo que han trabajado está conformado por derechos laborales básicos, ejemplo de ello es, acceso a seguridad social, aguinaldo, vacaciones y un salario con base a las horas de trabajo sea negociable; además también se protege a los empleadores para que la trabajadora cumpla sus horas y haya una repartición justa en la seguridad social. México es un país de claroscuros en materia laboral. El pasado 23 de mayo, Enrique Peña Nieto firmó como testigo de honor los Convenios para la Ejecución de Acciones en Materia de Formalización del Empleo, en el Palacio Nacional, con el objetivo de integrar a 400 mil trabajadores en pequeñas y medianas empresas y reducir en un punto porcentual la informalidad laboral este año. En dicha ceremonia expresó: "el objetivo es reducir, la tasa de informalidad laboral, este año y los subsecuentes, buscando que más trabajadores encuentren en su empleo una vía para asegurar condiciones de mayor bienestar y tranquilidad para sus familias". Mientras las y los trabajadores del hogar esperan la firma del Convenio 189, que implica el reconocimiento a un sector con el que se ha comprometido desde inicio de su mandato, y que ha sido discriminado por años, vulnerado, sometido a jornadas de trabajo exhaustivas y malos tratos.

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En el entendido que la formalidad laboral implica elevar la calidad y condiciones de vida de los trabajadores, aplaudo toda iniciativa que tenga por objeto el acceso a seguridad social, empero el caso de las y los trabajadores del hogar ha quedado a la deriva, infravalorando el trabajo que realizan principalmente mujeres y niñas. -

A nivel internacional varios han sido los esfuerzos para dignificar las labores del hogar. Del 23 al 30 de marzo de 1988 organizaciones de trabajadoras del hogar de 11 países celebraron el primer encuentro Latinoamericano y del Caribe de Trabajadoras del Hogar en Bogotá, Colombia, con el fin de visibilizar las condiciones y colocar en la agenda pública la problemática social que viven diariamente.

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Como resultado, el 30 de marzo, es establecido por la Confederación Latinoamericana y del Caribe de Trabajadoras del Hogar como el "Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar". Entendiendo como trabajo doméstico, el trabajo realizado en un hogar y para él, incluidas las tareas domésticas, el cuidado de niños y otros cuidados personales. De manera genérica se puede diferenciar entre remunerado y no remunerado . Trabajo del hogar es el nombre con el que las trabajadoras reivindican su actividad económica, productiva . Es menester comentar que a los actos discriminatorios, se unen la explotación y violencia laboral y de género hacia mujeres y niñas, convirtiéndose en una espiral de delitos que atentan contra los derechos humanos de las y los trabajadores del hogar.

11. En virtud de lo anterior, en el documento se propone el siguiente punto de acuerdo: "Único. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Relaciones exteriores realicen las gestiones necesarias a fin de asumir su compromiso con las y los trabajadores del hogar, celebrando el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo." La Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, previo estudio y análisis de la citada proposición con punto de acuerdo, basa su dictamen en los siguientes:

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COMISIC~¡ PERMANENTE

CONSIDERANDOS PRIMERO.- Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 78, fracción 111, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión es competente para conocer de la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen. SEGUNDO.- Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 127 de la Ley Orgánica; y 175 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas es competente para conocer de la proposición materia del presente dictamen y proponer al Pleno tJna resolución relativa al punto de acuerdo que contiene. TERCERO.- Que los integrantes de esta Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, coincidimos con el espíritu de la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen. CUARTO .- Que la Organización Internacional del Trabajo (la "OIT") fue creada en 1919 en el marco de la firma del Tratado de Versalles , por el que se dio por terminada la Primera Guerra Mundial, y que tiene por objeto incorporar a la justicia social como principio de Derecho Internacional. Su Constitución ·fue elaborada entre enero y abril de 1919 por una Comisión del Trabajo, que se reunió por primera vez en París y luego en Versalles, y que estuvo compuesta por representantes de nueve países : Bélgica, Cuba , Checoslovaquia, Francia, Italia, Japón, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos. La OIT es una organización única en su tipo, pues su compos1c1on es tripartita , con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores en sus órganos ejecutivos, y está consagrada a la promoción de la justicia social, y de los derechos humanos y laborales . reconocidos internacionalmente. Actualmente está integrada por 187 Estados miembros, de los cuales, nuestro país es un de ellos.

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QUINTO.- Que el Convenio 189 de la OIT, sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, fue adoptado en la sede de la OIT, en Ginebra, Sui~a. el 16 de junio de 2011, durante la 1ooa reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, y entró en vigor el 05 de septiembre de 2013. Actualmente se aplica en 21 países (en 3 de ellos, Bélgica, Chile y Panamá, entró en vigor la semana pasada) y en 1 más (Portugal) entrará en vigor el 17 de julio de este año. SEXTO.- Que el Convenio 189 de la OIT ofrece protección específica a las trabajadoras y los trabajadores domésticos. Establece los derechos y principios básicos , y exige a los Estados parte tomar una serie de medidas con el fin de lograr que el trabajo decente se·a una realidad para trabajadoras y trabajadores domésticos. SÉPTIMO.- Que el Convenio 189 de la OIT define al trabajo doméstico como "el trabajo realizado para o dentro de un hogar o varios hogares". Este trabajo puede incluir tareas como limpiar la casa, cocinar, lavar y planchar la ropa, el cuidado de los niños, ancianos o enfermos de una familia , jardinería, vigilancia de la casa , desempeñarse como chofer de la familia, e incluso cuidando los animales domésticos. Así , una trabajadora o un trabajador doméstico será aquella persona cuya relación de trabajo se desarrolle para o dentro de un hogar, independientemente del tiempo (completo o parcial) , de si su residencia sea en el lugar de trabajo en un lugar distinto (de planta o "de entrada por salida"). OCTAVO.- Que las normas mínimas establecidas por el Convenio 189 de la OIT para trabajadoras y trabajadores domésticos son : 1. Derechos básicos de trabajadoras y trabajadores domésticos: • Promoción y protección de los derechos humanos de todas y todos los trabajadores domésticos; • Respeto y protección de los principios y derechos fundamentales en el trabajo: (a) la libertad de asociación y reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva; (b) la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; (e) la abolición del trabajo infantil; y (d) la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación; • La protección efectiva contra todas las formas de abuso, acoso y violencia; y

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• Condiciones justas de empleo incluyendo una vivienda digna. 2. Las trabajadoras y trabajadores domésticos deben ser informados de sus términos y condiciones de empleo en una manera que sea fácilmente comprensible, de preferencia a través de contrato escrito. 3. Horario laboral: • Medidas destinadas a garantizar la igualdad de trato entre trabajadores domésticos y trabajadores en general con respecto a las horas normales de trabajo, compensación por horas extras, períodos de descanso diario y semanal, y vacaciones pagadas anuales; • Período de descanso semanal de al rnenos 24 horas consecutivas; y • Reglamento de horas con disponibilidad inmediata (períodos durante los cuales las trabajadoras y los trabajadores domésticos no disponen libremente de su tiempo y están obligados a permanecer a disposición del hogar a fin de responder a posibles llamadas). 4. Remuneración : • Salario mínimo profesional: • El pago del salario debe ser en dinero en efectivo, realizado directamente a la trabajadora o al trabajador, y en intervalos regulares de no más de un mes. El pago puede ser a través de un cheque o transferencia bancaria, cuando lo permita la ley o los convenios colectivos, o con el consentimiento del trabajador; • El pago en especie está permitido bajo tres condiCiones: si es sólo una parte limitada de la remuneración total, si el valor monetario es justo y razonable ; si los artículos o servicios entregados como pago en especie son de uso y beneficio personal de trabajadoras y trabajadores. Esto significa que los uniformes o equipos de protección, no se deben considerar como pago en especie, sino como herramientas que el empleador debe proporcionar a los trabajadores, sin costo para ellos, para el desempeño de sus funciones; y • Los honorarios cobrados por las agencias privadas de empleo no pueden ser deducidos de la remuneración .

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COMISICN PERMAN ENTE

5. Seguridad y salud: • Derecho a un trabajo seguro y un ambiente laboral saludable; y • Se debe poner en marcha medidas para garantizar la salud y seguridad ocupacional de trabajadoras y trabajadores. 6. Seguridad social : • Protección social, seguridad social, incluyendo prestaciones de maternidad; y • Condiciones que no sean menos favorables que las aplicables a los demás trabajadore.s. NOVENO.- Que según datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (2013) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, a finales de 2013 había casi 2 millones y medio de trabajadores y trabajadoras domésticas en México, de los cuales alrededor del 90% son mujeres. En dicha encuesta se señala que 3 de cada 4 trabajadores domésticos se encuentran en un estrato socioeconómico bajo o medio-bajo, y sólo el 5% de los trabajadores domésticos tiene estudios posteriores a la secundaria. Además, la mayoría de dichos trabajadores no gozan de los derechos laborales relativos a la seguridad social, ni de una alimentación y vivienda dignas. Es tan grave el panorama de este sector, que el 76% de los trabajadores domésticos no cuenta con ninguna prestación laboral, en contravención con lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo. DÉCIMO.- Que la Ley Federal del Trabajo contiene un capítulo específico relacionado con el empleo doméstico y las normas especiales que regulan este tipo de relaciones de trabajo se encuentran entre los artículos 331 y 343 de dicha ley. DÉCIMO PRIMERO.- En julio de 201 O, el gobierno del entonces Presidente Felipe Calderón, a través del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, lanzó el programa "lnfonavit para Todos", mediante el ·cual se fomentó que los empleadores de este sector pudieran hacer aportaciones mensuales para que después las trabajadoras del hogar pudieran ser sujeto de créditos inmobiliarios.

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DÉCIMO SEGUNDO.- Que afortunadamente, el 17 de septiembre del año pasado, el primer sindicato de trabajadores y trabajadoras del hogar, el Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar, obtuvo su registro ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, concluye su dictamen con los siguientes: PUNTOS

RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Se aprueba , con modificaciones, la Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a realizar las gestiones necesarias a fin de asumir su compromiso con las y lo_s trabajadores del hogar, celebrando el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo. SEGUNDO.- Se propone al Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el siguiente: PUNTO

DE

AC U E R D O

ÚNICO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a que el Estado Mexicano se adhiera al Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, y lo remita al Senado de la República para su aprobación. Remítase el presente dictamen a la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión . Dado en el Salón de Protocolo de la Mesa Directiva del Senado de la República, el día 21 del mes de junio del año 2016.

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Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio de la LXIII Legislatura

COt..USICN PERMANENTE

Suscriben el presente Dictamen las y los integrantes de la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión: LEGISLADORES

:

A FAVOR

EN CONTRA

1

ABSTENCIÓN

SEN. MARIANA GÓMEZ DEL CAMPO GURZA Presidenta SEN . GERARDO SÁNCHEZ GARCÍA Secretario

SEN. HÉCTOR DAVID FLORES ÁVAL OS Secretario

SEN . ZOÉ ROBLEDO ABURTO Secretario

DIP. RAÚL DOMÍNGUEZ REX Integrante

DIP. YERICÓ ABRAMO MASSO Integrante

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DIP. ALFREDO BEJOS NICOLÁS Integrante

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DIP. XITLALIC CEJA GARCÍA Integrante SEN. CARMEN DORANTES MARTÍNEZ Integrante

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DIP. FEDERICO DORING CASAR Integrante

DIP. GENOVEVA HUERTA VILLEGAS Integrante ~

DIP. KAREN ORNEY RAMÍREZ PERALTA Integrante

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SEN. LUIS ARMANDO MELGAR BRAVO Integrante

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Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio de la LXIII Legislatura

COt.USIC~¡ I"ER.&.WIENTE

DIP. JORGE ÁLVAREZ MÁYNEZ Integrante

DIP. ALEJANDRO GONZÁLEZ MURILLO Integrante

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