se instala juzgado de paz en el caserío capulí alto en

Dr. José Eladio Colunche Núñez, ha dispuesto sacar a REMATE ..... JOSE MANUEL E. CORREA DIAZ. JUEZ SUPERNUMERARIO .....
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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

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Martes, 1 de setiembre del 2015

SE INSTALA JUZGADO DE PAZ EN EL CASERÍO CAPULÍ ALTO EN BAMBAMARCA

l pasado 18 de agosto del presente año, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, Dr. Feliciano Vásquez Molocho inauguró e instaló el Juzgado de Paz del caserío de Capulí Alto, comprensión del distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, luego de que mediante Resolución Administrativa N° 031 – 2015 –CE-PJ, de fecha 04 de febrero de 2015 el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la creación de dicho juzgado de paz. En dicho acto participaron la Juez del Juzgado de Paz Letrado de Bambamarca, Fanny Torres Villavicencio; el Juez del Juzgado Mixto de Bambamarca, Francisco Quiróz Barrantes; el Juez de Investigación Preparatoria

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rtes, 1 de del setiembre del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Martes, 1 M deasetiembre 2015 

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

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PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

1. REMATES Remates Bienes Inmuebles

de Bambamarca, Martín Gil Serrano; la responsable de la ODAJUP Doriz Tillerz Chavarri Ramos; el presidente de rondas campesinas de Capulí Alto, Salomón Cruzado Mires; Teniente Gobernador, Paulino Díaz Caruajulca; Agente Municipal de Capulí Alto, Eduardo Vásquez Ramos, entre otras autoridades y pobladores de la zona. Como se sabe, la Justicia de Paz tiene una larga tradición en el Perú. Mantiene su vigencia en casi todo el territorio nacional, llegando a existir a

la fecha más de 5740 mil Juzgados de paz en actividad, los mismos que contribuyen a resolver los conflictos en su comunidad con la aplicación del derecho consuetudinario. Es importante mencionar que el factor fundamental para la creación de un Juzgado de Paz es el acceso a la justicia, el cual no solo involucra a la tutela jurisdiccional efectiva, sino que también involucra a otras vías de resolución de conflictos alternas y complementarias al sistema judicial

estatal, como es la justicia de paz, la justicia especial indígena o los mecanismos alternativos de resolución de conflictos. De esta manera, la instalación del Juzgado de Paz en el caserío Capulí Alto, propició el fervor y alegría de la población, quienes expresaron su agradecimiento a la gestión del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca por el apoyo brindado para la creación de este Juzgado de Paz.

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL CAJAMARCA Cajamarca, 31 de agosto de 2015

SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO (Exp. Nº 1394-2013) En los autos Seguidos por DELIA CHAVEZ SALAZAR DE SILVA contra BERNARDO MARTIN CORDOVA AGUIRRE y como tercero no ejecutante Camara de Comercio y Producción de Cajamarca, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente 1394-2013, el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Cajamarca, a cargo del Señor Juez Dr. Williams Ventura Padilla, Especialista Legal Dr. José Eladio Colunche Núñez, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA, efectuado por el Martillero Orlando Florencio Roca Cuzcano, quien llevara a cabo el acto de remate, basado en el Código Procesal Civil, artículos 736, 737 y demás inherentes al proceso de remate, del Inmueble predio rural ubicado en: Sector La Colpa, U.C. N° 103444, Distrito de Jesús, Provincia y Departamento de Cajamarca, con área de 0.2000 Ha, linderos y medidas perimétricas que corre inscrito en la Partida Electrónica N° 11138965, del Registro de propiedad inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Zona Registral N° II. Sede Chiclayo Oficina Registral Cajamarca. VALOR PE TASACION: S/. 160,000.00 (CIENTO SESENTA MIL y 00/100 NUEVOS SOLES). BASE DEL REMATE: S/, 90,666.67 (NOVENTA MIL SEISCIENTOS SESENTISEIS y 67/100 NUEVOS SOLES) equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación menos el 15% por tratarse de Segunda Convocatoria. AFECTACIONES VIGENTES: 1).- HIPOTECA, As. D00001, a favor de LUIS ATILIO CRUZADO SATTUI, por la suma de S/. 70,000.00 (SETENTA MIL con 00/100 NUEVOS SOLES). 2).- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, As. D00002, hasta por la suma de S/. 75,000.00 Nuevos Soles en el proceso seguido por Delia Chavez Salazar de Silva. DIA Y HORA DEL REMATE 15 de Setiembre 2015 a las 12:15 pm. LUGAR DEL REMATE En el local del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Cajamarca, sito en Av. la Cantuta cuadra 12 s/n complejo Qhapac Ñan, Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de Tasación en efectivo y/o en cheque de gerencia (no debe tener sello de NO NEGOCIABLE) y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI), donde se consignara el N° de Exp., Juzgado e identificación del postor, suscribiendo dicho arancel. La comisión del Martillero es por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732

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del CPC, Ley de Martillero 27728, 28371 y al Reglamento según escala indicada en el Art, 18° D.S. 008-2005JUS, y están afectos al IGV. Cajamarca, 21 de Agosto 2015. Martillero Público Reg. N° 205 Roca Cuzcano, Orlando Florencio Telf 988643628. ELADIO COLUNCHE NUÑEZ SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA ORLANDO ROCA C. MARTILLERO PUBLICO Reg. Nac. Nº 205 P.4887242 F.P. 28-31 Agosto 01 Septiembre S/.15.00

EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL EXPEDIENTE014382012-0-0601-JP-CI-01, En los seguidos por JOVITA ORFELINDA BRINGAS ROJAS contra SANDRO LEONARDO LOPEZ PADILLA sobre Obligación de dar Suma de Dinero, por orden de la Magistrada que despacha el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca-Sede QHAPAQ ÑAN, Dra. Nilda Socorro Burga Rabanal y Secretaria Dra. Martha Carmela Andrade León; han facultado al Martillero Público Abog. Edwin Abanto Peralta, con Registro Nº 322, para sacar a Remate Judicial en Primera Convocatoria el bien inmueble constituido por el predio ubicado en el Lote 3, de la Manzana D de la Cooperativa de Vivienda Juan Carlos Hurtado Miller, del Distrito de Baños del Inca, con una extensión superficial de 180.10 metros cuadrados, con medidas y linderos perimétricos que obran inscritos en la Partida Electrónica N° 02000459 de la Oficina Registral de Cajamarca, Zona Registral Nº II. VALOR COMERCIAL: S/. 89,329.60 (Ochentainueve Mil Trescientos Veintinueve con 60/100 Nuevos Soles). BASE DE REMATE: S/. 59,553.06 (Cincuenta y Nueve Mil Quinientos Cincuenta y tres con 06/100 Nuevos Soles). que son las 2/3 partes del valor comercial en primera convocatoria. CARGAS Y GRAVAMENES: Asiento D0001. “EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN: Por resolución judicial Nº 01 de fecha 12/12/2012, suscrita por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, Dr. Claudia Cabanillas Quevedo y Secretario judicial Yolanda Fernández Aquino se ordena trabar EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN sobre el inmueble inscrito en la presente partida, hasta por la suma de S/. 95,000.00 Nuevos Soles, en el proceso seguido por Jovita Orfelinda Bringas Rojas contra Sandro Leonardo López Padilla dentro del expediente Nº 1438-2012-1-0601-JPCI-01. Así y más consta de los partes judiciales debidamente certificados el 04/01/2013 por Secretario Judicial Yolanda Fernández Aquino, remi-

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tidos con Oficio Nº 004-2013-1JPLCSJCCA-PJ de fecha 04/*01/2013.» DIA Y HORA DE REMATE: VIERNES 25 DE SETIEMBRE DE 2015 A HORAS 03:00 PM. LUGAR DE REMATE: En el local del Juzgado sito en Av. La Cantuta S/N Lote 02, Villa Universitaria, frente al complejo Qhapaq Ñan, del Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca. Los postores oblarán el 10% de valor de tasación en efectivo ó cheque de gerencia. Arancel Judicial Código 07153, consignando número de expediente, Juzgado e identificación del postor. Los usuarios antes de realizarse el remate deberán acercarse a la Oficina de Recaudación Judicial de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca a fin de validar sus comprobantes de pago conforme a lo dispuesto por el oficio circular N° 036-2013-GAD-CSJCA-PJ. Los honorarios del Martillero son de cargo del adjudicatario. Cajamarca, Agosto del 2015 EDWIN ABANTO PERALTA MARTILLERO PUBLICO R.M.P. Nº 322 MARTHA CARMELA ANDRADE LEON SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4889197 F.P. 31 Agosto 01-02-03-04-07 Septiembre S/.30.00

TERCER REMATE PÚBLICO JUDICIAL El 24.09.2015 REMATARE EN TERCERA CONVOCATORIA, bajo el Expediente No. 422-2014, en el local y por orden del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Cajamarca, que despacha el Señor Juez Dr. Marco Eloy Aquino Cruzado, Secretario Judicial Dr. César Joel Estrada Julón, ubicado en Avenida La Cantuta, Cuadra 12, sin número, Lote 02, Urbanización Villa Universitaria, Frente al Complejo Gran Qhapaq Ñan, Cajamarca, los siguientes Inmuebles: 1) HORA 10.00 A. M.: UN INMUEBLE denominado El Potrero, signado con Unidad Catastral No. 7419, ubicado en el Sector Chicolón Alto, Distrito de Bambamarca, Provincia de Hualgayoc, Departamento de Cajamarca, con un Área Superficial de 0.7592 Hectáreas, cuyas características, linderos, dominio y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida No. 02047390 del Registro de Predios de la Zona Registral No. II- Sede Chiclayo- Oficina Registral de Chota, en la Base de US $. 6,582.26 que corresponde al Precio Base de Segunda Convocatoria deducido el 15% de ley.- Valorización Convencional US $. 13,665.60. GRAVÁMENES: D00001.- Hipoteca hasta por la suma de US $. 13,665.60 Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica a favor de la Ejecutante Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C.

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2) HORA 10.15 A. M.: UN INMUEBLE denominado El Potrero, signado con Unidad Catastral No. 85941, ubicado en el Sector Chicolón Alto, Distrito de Bambamarca, Provincia de Hualgayoc, Departamento de Cajamarca, con un Área Superficial de 0.6107 Hectáreas, cuyas características, linderos, dominio y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida No. 02044453 del Registro de Predios de la Zona Registral No. II- Sede Chiclayo- Oficina Registral de Chota, en la Base de US $. 5,294.77 que corresponde al Precio Base de Segunda Convocatoria deducido el 15% de ley.- Valorización Convencional US $. 10,992.60. GRAVÁMENES: D00001.- Hipoteca hasta por la suma de US $. 10.992.60 Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica a favor de la Ejecutante Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA S.A.C. contra JOSÉ NATIVIDAD HUAMÁN GUERRA y YOLANDA PORTAL DE HUAMAN sobre Ejecución de Garantías. Los postores oblarán por CADA INMUEBLE ante el suscrito Martillero 10% de la Valorización Convencional en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre + Tasa Judicial de Participación. A cargo del Adjudicatario los honorarios del Martillero.- Cajamarca 05 de Agosto del 2015.- Funcionario que efectuará la diligencia de Remate: DR. CARLOS ALFONSO NA V ARRETE ROLDÁN.ABOGADO.- MARTILLERO PÚBLICO.- REG. PROF. N° 105.- Celular RPM #949363626.CESAR JOEL ESTRADA JULON SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA CARLOS ALFONSO NAVARRETE ROLDAN ABOGADO MARTILLERO PUBLICO REG.105 P. 4888643 F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre S/. 15.00

2.EDICTOS CLASIFICADOS

INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDA RECTIFICACION DE PARTIDA DECLÁRESE FUNDADA LA DEMANDA presentada por LUZ MARLENE RAFAEL HEREDIA, en representación de su menor hija Luz Mavira Zapana Rafael, sobre cambio de nombre, en la vía del proceso no contencioso; en consecuencia: ORDENO EL CAMBIO DEL SEGUNDO PRENOMBRE de la menor MAVIRA por el de “NARDELY”; así mismo ORDENO SE ADICIONE UN TERCER PRENOMBRE: “MARIAM” al nombre de la menor respecto a quien se ha interpuesto la presente solicitud, cambios que se harán efectivos en su acta de nacimiento signada con el código único de identificación (CUI) N° 78444313, correspondiente al año dos mil catorce (2014), inscrita en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), de la ciudad de Lambayeque- Chiclayo, con fecha 13 de febrero del 2014; de tal forma que su nombre completo

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quede como a continuación se indica: “LUZ NARDELY MARIAM ZAPANA RAFAEL”: dejándose constancia que todos los demás datos se mantienen inalterables; PUBLÍQUESE un extracto de este fallo en el diario judicial La República por una sola vez; y luego REMÍTANSE los PARTES respectivos a la RENIEC de la cuidad de Chiclayo Lambayeque, para el cabal cumplimiento de la presente resolución, y una vez que ésta quede firme, y a costo de la parte demandante; SIN COSTAS NI COSTOS, al escrito de fecha de presentación 07 de agosto de 2015, este a lo resuelto en la presente resolución, dejándose constancia que se emite en la fecha la presente sentencia, por las recargadas labores con las que cuenta este juzgado, NOTIFÍQUESE.MANUELA DEL CARMEN VERASTEGUI PASTOR SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO SANTA CRUZ P. 4889194 F.P. 01 Septiembre S/. 3.00 AVISO JUDICIAL. RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO. EXPEDIENTE CIVIL N°041-2015-00601-JP-CI-01, del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Baños del Inca, que despacha la Dra. CARMEN NANCY ARAUJO CACHAY, seguido por ANITA TAICA LIMAY, sobre Rectificación de la Partida de Nacimiento, inscrita con el N° 018695, de la Municipalidad Provincial de Cajamarca en el año de 1995. La solicitante argumenta que: 1. El año de su nacimiento ha sido consignado con enmendaduras. 2. En los datos de su padre se ha omitido consignar el segundo prenombre. 3. El DNI de la declarante se ha consignado como Libreta Electoral N°2668827. Por tales consideraciones SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de mi rectificación de Partida de Nacimiento y ORDENAR el trámite en la Vía del Proceso NO CONTENCIOSO. Lo que hace de conocimiento Público para los fines de Ley. Baños del Inca, 05 de Mayo del 2015. CARMEN NANCY ARAUJO CACHAY JUEZA TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA ESPERANZA MANTILLA TUCTO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO – BAÑOS DEL INCA CAJAMARCA P.4889797 F.P. 01 Septiembre S/.3.00 EDICTO EXP. N° 0734-2015-CI - Quinto Juzgado de Paz Letrado-Civil, en los seguidos por María Etelvina Santillán Gutiérrez sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION N° 2: Cajamarca 11/08/2015. CONSIDERANDO: ADMITASE A TRAMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la demanda de Rectificación de la Partida de Nacimiento de María Etelvina

Santillán Gutiérrez, por cuanto en los datos de su madre respecto al apellido Gutiérrez lo han consignado con “S” siendo lo correcto Gutiérrez con “Z”; PUBLIQUESE en el diario oficial El Peruano y “Grupo La República PUBLICACIONES S.A.” de esta localidad, por el lapso de 1 día.- Fdo. Dr. Díaz, Juez y Arribasplata Sec. HUGO HOLDEN DIAZ LEON JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA LUISMAN HAMILTON ARRIBASPLATA YGNACIO SECRETARIO JUDICIAL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4895589 F.P. 01 Septiembre S/.3.00

EDICTO NO CONTENCIOSO Exp. N° 242 - 2015, Ante el Juzgado de Paz Letrado de Celendín, en Solicitud de SULEMA VASQUEZ MEJIA, sobre Rectificación de Partida de Defunción se ha resuelto lo siguiente: Resolución Uno, de fecha veintiséis de junio del año dos mil quince, Admite solicitud sobre Rectificación de Partida de Defunción de su extinto Esposo Gilmer Octavio Amayo Jiménez; por cuanto manifiesta que en dicha partida presenta errores, que el Registrador Civil, de esa fecha no ha consignado en el cuerpo y margen izquierdo de la partida de defunción el primer pronombre “Jilmer “ con “J”, debiendo ser en forma correcta “Gilmer “, con “G”, en el cuerpo de la partida el apellido materno aparece como “Giménez” con “G”, debiendo ser en forma correcta Jiménez con “J”, además en el cuerpo de la partida el año de fallecimiento que aparece con borrón y debe ser Mil novecientos ochenta y uno, sin borrón, y sin enmendadura, para lo cual se debe hacer la respectiva rectificación solicitada, Ordenándose PUBLÍQUESE los edictos por el término de un día hábil enlos diarios el Peruano y la República, NOTIFIQUESE.JOSE MANUEL E. CORREA DIAZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN HELEN V. MARIÑAS SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO – CELENDIN CAJAMARCA P. 4895639 F.P. 01 Septiembre S/. 4.00

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO

EDICTO CIVIL ExpedienteNo.2015-017060501JX01, seguido por MARIA VALENTINA BRIONES VALDIVIA contra INDETERMINADO sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA, ante el Juzgado Mixto de Contumazá, ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION NUMERO CUATRO.Contumazá, dos de junio del año dos mil quince - SE RESUELVE: 1.- TENGASE por subsanada las omisiones advertidas por el Juzgador al escrito

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV de demanda; 2.- ADMITIR A TRAMITE la presente demanda interpuesta por MARIA VALENTINA BRIONES VALDIVIA contra PERSONA INDETERMINADA sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, en la VIA DE PROCESO ABREVIADO; 3.TENGASE por ofrecidos los medios probatorios que se indican; 4 . - CORRASE traslado a la parte demandada para que absuelvan la demanda en el plazo de SESENTA DIAS; bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal; 5.- NOTIFIQUESE la presente demanda por edictos; para tal efecto PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, en el diario oficial “El Peruano”, y el diario “La República”, esto de conformidad con lo establecido en el primer párrafo del artículo 506 del Código Procesal Civil; 6.- NOTIFIQUESE a los colindantes con la presente resolución, demanda y anexos, para que tomen conocimiento, librándose exhorto con tal fin, teniendo en cuenta el arancel judicial por derecho de exhorto que adjunta el recurrente a su escrito de demanda; NOTIFIQUESE.Firmado: Juez: Osorio Montoya y Secretaria: Acuña Gavidia. Contumazá, 15 de julio del 2015 PEDRO ALEJANDRO OSORIO MONTOYA JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO CONTUMAZA ROCIO DEL PILAR ACUÑA GAVIDIA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO CONTUMAZA P. 4879720 F.P. 20-26 Agosto 01 Septiembre S/. 12.00

RECTIFICACIÓN DE AREA Y LINDEROS

EDICTO El Juzgado Mixto de la Provincia de Hualgayoc- Bambamarca, Juez Quiroz, Sec. Guevara, en el Exp. N° 2015054-C, seguida por SAVINA LUCANO PALMA contra LUIS BECERRA VASQUEZ Y OTRA sobre RECTIFICACION DE AREAS Y LINDEROS, vía Abreviado, mediante Res. N° Dos de fecha diecisiete de junio del dos mil quince se ha resuelto lo siguiente: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por SAVINA LUCANO PALMA contra LUIS BECERRA VASQUEZ Y MARINA BECERRA ALZAMORA sobre RECTIFICACION DE AREAS Y LINDEROS a fin de que se ordene la rectificación de lindero lado NOR OESTE de su propiedad que colinda con el terreno de los demandados, consistente en un lote de terreno denominado “Flor María” ubicado en el Caserío de Chugurcillo del distrito y provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca. PUBLIQUESE un extracto de la demanda por TRES VECES con el intervalo de TRES DIAS en el diario Oficial “El Peruano” y el Diario Oficial de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, “La República”, a fin de que las personas que se creyeran con derecho a oposición lo hagan dentro el termino de Ley. Firmado: Juez QUIROZ BARRANTES y Secretaria: GUEVARA PEÑA FRANCISCO MARTIN QUIROZ BARRANTES JUEZ TITULAR

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

JUZGADO MIXTO HUALGAYOC – BAMBAMARCA GANDHI M. GUEVARA PEÑA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO HUALGAYOC – BAMBAMARCA P.4898916 F.P. 01-04-11 Septiembre. S/. 12.00

3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS

EDICTO Expediente 2014-173, Segundo Juzgado de Paz Letrado- Cajamarca en solicitud de BRIONES ARTEAGA, REYNA, sobre Alimentos, se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° 01 Cajamarca, trece de febrero del dos mil catorce. SE RESUELVE; admitir a trámite la demanda interpuesta por BRIONES ARTEAGA, REYNA, en representación de su menor hijo Frank Alexander Inostroza Briones, contra INOSTROZA VARGAS, FAUSTINO sobre ALIMENTOS: consecuentemente póngase en conocimiento del demandado para que en el plazo de QUINCE DIAS de realizada la presente publicación, se apersone al proceso e intervenga según el estado del mismo bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL, en caso de no hacerlo. Por lo que se notifica al demandado mediante la presente. En la vía del proceso único; Firmado Dra. Ana María Vasquez Alday.-Juez; Cabrera Escobedo-Secretario.Cajamarca, 27 de abril del 2015. Ana Maria Elizabeth Vasquez Alday JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA VICTOR R. CABRERA ESCOBEDO SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4887216 F.P. 28-31 Agosto 01 Septiembre S/. 9.00

EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2015-019-C, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por MANUEL JESÚS LUDEÑA PEREYRA contra ENRIQUE LÓPEZ RAMOS, sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES; que RESUELVE: ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por MANUEL JESÚS LUDEÑA PEREYRA, sobre OTORGAMIENTO DE TÍTULO PÚBLICO DE TRANSFERENCIA VEHICULAR, contra ENRIQUE LÓPEZ RAMOS y como litisconsortes necesarios pasivos a SABINA CARRASCO CHÁVARRY Y SEGUNDO JUAN CHILÓN CASTREJÓN; en la vía del proceso SUMARÍSIMO; TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica; y AGRÉGUESE a los autos los anexos; NOTIFÍQUESE a los litisconsortes necesarios pasivos SABINA CARRASCO CHÁVARRY Y SEGUNDO JUAN CHILÓN CASTREJÓN, mediante EDICTOS los que se publicarán por tres días hábiles consecutivos en el diario oficial “El Peruano” y diario

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local “La República”, a fin de que en el plazo de TREINTA DÍAS contados a partir del día siguiente de la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrarles curador procesal, en caso de incumplimiento. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretaria Judicial.- Ana Silvia Espinoza Idrogo. M. Cs. EDITH CABANILLAS PALOMINO JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CELENDIN ANA SILVIA ESPINOZA IDROGO SECRETARIA JUDICIAL CIVIL JUZGADO MIXTO CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA P. 4887595 F.P. 28-31 Agosto 01 Septiembre S/.9.00 PROCESO ABREVIADO Expediente Familia Civil No. 00079015-0-0601 -JM-FC-01 seguido por MARÍA AURORA CARMONA RAMÍREZ contra SUCESIÓN DE JÓSE MÁXIMO MANTILLA TANTA sobre RECONOCIMIENTO JUDICIAL DE UNION DE HECHO, ante el JUZGADO MIXTO DE BAÑOS DEL INCA, ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION No. DOS.- Baños del Inca, veintidós de Julio del dos mil quince, RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNIÓN DE HECHO, a tramitarse en el Proceso Abreviado, interpuesta por María Aurora Carmona Ramírez, acción que la dirige contra la Sucesión de José Máximo Mantilla Tanta, por consiguiente : EMPLÁCESE mediante edictos a la Sucesión de José Máximo Mantilla Tanta, para que en plazo de TREINTA días posteriores a la última publicación se apersonen a esta instancia, bajo apercibimiento de nómbresele Curador Procesal. JUEZA: Dra. Araujo SECRETARIA: Dra. Vasquez P. 4885560 F.P. 26 Agosto 01-07 Septiembre S/. 3.00

EDICTO JUDICIAL EXP. N° 01036-2005-0-0601-JPFC-01, ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, en solicitud de MARIA ROSA CONDOR CASAS, sobre Alimentos, con MARIO TERAN SALDAÑA, se ha resuelto lo siguiente: Resolución N°: DIECINUEVE. Cajamarca, veinte de julio del año dos mil doce; SE RESUELVE: APROBAR la liquidación de las pensiones alimenticias devengadas en la suma de DIEZ MIL CIENTO OCHO NUEVOS SOLES CON 08/100, por el periodo comprendido entre el catorce de enero del dos mil seis al trece de junio del año dos mil doce; en consecuencia REQUIERASE al obligado MARIO TERAN SALDAÑA, para que en el plazo de tres días cancele dicha suma; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas al Ministerio Público, para que proceda a formular la denuncia penal por Omisión a la Asistencia Familiar. NOTIFIQUESE al demandado citado a través de edictos por desconocerse la dirección del emplazado, los cuales se publicaran

en el Diario Oficial “EL PERUANO” y “LA REPUBLICA”-Cajamarca, por tres veces con un intervalo de tres días, conforme lo establece los artículos 165° y 550° del Código Procesal Civil, para que en el término de tres días de notificado con la última publicación, CUMPLA con el pago de las pensiones devengadas y Aprobadas mediante la Resolución diecinueve, bajo apercibimiento de nombrársele curador Procesal. JUEZ Dr. Samuel A. Rodríguez Diaz- Secretaria. Dra. Vilma Landauro Carranza. SAMUEL ANDRES RODRIGUEZ DIAZ JUEZ TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA VILMA B. LANDAURO CARRANZA SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4879645 F.P.20-26 Agosto 01 Septiembre S/. 12.00

4.EDICTOS PENALES

EDICTO PENAL Exp. N°01245-2015-0-0601-JRPE-05 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: FIDEL SANCHEZ RIOS Se Cita, Notifica y Emplaza a: ROGER ELIDO BECERRA CABANILLAS Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, si lo tiene por conveniente dentro del plazo de DOS DÍAS HÁBILES más el término de la distancia, DESIGNE ABOGADO DEFENSOR DE SU LIBRE ELECCIÓN bajo apercibimiento de nombrársele abogado Defensor Público, en caso de incumplimiento; también se le comunica que la carpeta fiscal original se encuentra el Pool de los Especialista de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cajamarca, para su revisión respectiva; en el proceso que se le sigue por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de M.E.B.A. y otro. Cajamarca, 25 de Agosto del 2015. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ F.P. 28-31 Agosto 01 Septiembre

EDICTO PENAL Expediente: 1102-2015-0-0601-JRPE-01 Juzgado: Primer Juzgado De Investigación Preparatoria De Cajamarca Juez: Dra. Elizabeth Arias Quispe Especialista: Ydael Cerna Limay Se emplaza a: HÉCTOR BENITO VÁSQUEZ GIL con la resolución N° 01 de fecha 09 de Julio del 2015, en el Proceso Penal Nro. 1102-2015-0-0601-JR-PE-01 instaurado en su contra por la presunta comisión del delito de Conducción de Vehículo En Estado de Ebriedad en agravio de La Sociedad, a fin de que en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES cumpla con designar un abogado defensor de su libre elección que ejer-

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za su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio proceso, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público. Debiendo para tal efecto ser notificado vía edictos en el Diario Oficial “La República”, por el lapso de dos días hábiles consecutivos. Cajamarca, 24 de Agosto del 2015. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA ELIZABETH VICENTA ARIAS QUISPE JUEZ F.P. 28-31 Agosto 01 Septiembre

EDICTO EXPEDIENTE: 00848-2015-0-0601-JRPE-02 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: YDAEL CERNA LIMAY Se emplaza a las personas de: ISAULINA MASHIAN KAJIG y SUSANA FASAVIS SINARAGUA Que, mediante Resolución N° cuatro se cita y se emplaza a la personas de ISAULINA MASHIAN KAJIG y SUSANA FASAVIS SINARAGUA con el contenido de la Resolución N° 04, mediante la cual se pone a su conocimiento: DECISIÓN: En consecuencia, estando a lo expuesto y siendo de aplicación los numerales 446°, 447° y 448° del Código Procesal Penal, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cajamarca, impartiendo justicia a nombre de la Nación, DECLARA:1. PROCEDENTE el requerimiento de PROCESO INMEDIATO formulado por la Primera Fiscalía provincial Corporativa de Cajamarca. 2. DISPONGO: LA INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO en la investigación seguida contra Josué Indalecio Salazar Heredia por la presunta comisión del delito Contra La Libertad Sexual, en su modalidad de Promoción y Favorecimiento a la Prostitución, en agravio de las personas de iniciales I.MK y S.F.S. 3. CONCÉDASE el plazo de DIEZ DÍAS a fin de que el Ministerio Público conforme a lo establecido en el inciso 2o del artículo 448° del Código Procesal Penal proceda a formular la acusación correspondiente. 4. ORDENO la remisión de la Carpeta Fiscal a la Fiscalía requirente para los fines legales pertinentes, con la debida nota de atención. NOTIFÍQUESE.Cajamarca, 20 de Agosto del 2015 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA ELIZABETH VICENTA ARIAS QUISPE JUEZ F.P. 28-31 Agosto 01 Septiembre

EDICTO PENAL Exd. N° 1345-2015 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: COTRINA PÉREZ EULER YENIKEN RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cajamarca, 24 de agosto del 2015.-DADO CUENTA: Con la revisión de autos y estando a que en el requerimiento de

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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

acusación directa incoado por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra COTRINA PEREZ, EULER YENIKEN, por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar en agravio de la COTRINA HUANCA, DAYRA LILLARY YENILU, no se ha señalado el domicilio procesal correspondiente; PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio. NOTIFÍQUESE al acusado también vía edictos. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL Exp. N° 951-201 5 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakorí Salazar Campos Se cita y emplaza a: Imputado SEGUNDO GERMAN CHILON VÁSQUEZ Agraviado debidamente representado por NELIDA REGINA FLORES RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO.Cajamarca, 25 de agosto del 2015.DADO CUENTA: Con el estado del proceso, este Despacho. DISPONE: CÍTESE a la audiencia preliminar de control de acusación, para el día SIETE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la SALA DE AUDIENCIAS DE NUMERO UNO de esta Corte de Justicia, con la presencia obligatoria del señor Fiscal y el abogado Defensor del acusado, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia injustificada del Fiscal, de poner en conocimiento su conducta a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones, y para el abogado defensor de poner en conocimiento su conducta a la Defensoría Pública para que proceda conforme a sus atribuciones; teniéndose en cuenta a criterio de este juzgador, que la indicada audiencia tendría el carácter de inaplazable, esto a tenor del artículo 351° inciso 1) del mismo cuerpo legal, que establece un plazo perentorio para su realización, sin perjuicio de ser sancionado conforme el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. AVOCÁNDOSE al conocimiento de los autos el Juez titular, al término de

Martes, 1 de setiembre del 2015 

su licencia por enfermedad. NOTIFÍQUESE al acusado y a la agraviada también vía edictos.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre

EDICTO PENAL Exn. N° 954-2015 - 0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: Imputado Izquierdo Vargas Joel Agraviados representados Olga Esperanza Venegas Ramos RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO.Cajamarca, 25 de agosto del 2015.DADO CUENTA: Con el estado del proceso, este Despacho. DISPONE: CÍTESE a la audiencia preliminar de control de acusación, para el día OCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las DIEZ HORAS Y CINCUENTA MINUTOS, en la SALA DE AUDIENCIAS DE NUMERO UNO de esta Corte de Justicia, con la presencia obligatoria del señor Fiscal y el abogado Defensor del acusado, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia injustificada del Fiscal, de poner en conocimiento su conducta a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones, y para el abogado defensor de poner en conocimiento su conducta a la Defensoría Pública para que proceda conforme a sus atribuciones; teniéndose en cuenta a criterio de este juzgador, que la indicada audiencia tendría el carácter de inaplazable, esto a tenor del artículo 351° inciso 1) del mismo cuerpo legal, que establece un plazo perentorio para su realización, sin perjuicio de ser sancionado conforme el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. AVOCÁNDOSE al conocimiento de los autos el Juez titular, al término de su licencia por enfermedad. NOTIFÍQUESE al acusado vía edictos.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL Exp. N° 992-2015 - 0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: Imputado DE LA CRUZ HERRERA JUAN Agraviados representados por María Santos Tingal Cueva RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO.Cajamarca, 25 de agosto del 2015.DADO CUENTA: Con el estado del

proceso, este Despacho. DISPONE: CÍTESE a la audiencia preliminar de control de acusación, para el día NUEVE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS, en la SALA DE AUDIENCIAS DE NUMERO UNO de esta Corte de Justicia, con la presencia obligatoria del señor Fiscal y el abogado Defensor del acusado, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia injustificada del Fiscal, de poner en conocimiento su conducta a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones, y para el abogado defensor de poner en conocimiento su conducta a la Defensoría Pública para que proceda conforme a sus atribuciones; teniéndose en cuenta a criterio de este juzgador, que la indicada audiencia tendría el carácter de inaplazable, esto a tenor del artículo 351° inciso 1) del mismo cuerpo legal, que establece un plazo perentorio para su realización, sin perjuicio de ser sancionado conforme el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. AVOCÁNDOSE al conocimiento de los autos el Juez titular, al término de su licencia por enfermedad. NOTIFÍQUESE al acusado y a la agraviada también vía edictos.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL Exp. N° 476-2014 - 0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: SAMAN LLANOS ARTURO RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO.Cajamarca, diez de octubre del dos mil catorce.- SE HA DADO CUENTA con el escrito que antecede, presentado por la abogado Paola A. Contreras Muñoz, mediante el cual renuncia a la defensa legal del imputado por no tener comunicación con dicho procesado; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos el escrito antes mencionado y REQUIÉRASE al acusado ARTURO SAMAN LLANOS, para que en el plazo de dos DÍAS DE NOTIFICADO, designe abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designar defensor público en caso de incumplimiento, debiendo para tal efecto ser notificado en su domicilio real señalado en el requerimiento fiscal. AVOCÁNDOSE al conocimiento de los autos la señora Juez que suscribe por encontrarse de licencia el Juez titular. Notifíquese.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre

EDICTO PENAL Exd. N° 287-2014 - 0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: Imputados Gamarra Hernández Lucinda, Díaz Rojas De Torres, María Nellyda y Torres Diaz, Hermenegildo Wilfredo. RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO.Cajamarca. veintiuno de octubre del dos mil catorce.-SE HA DADO CUENTA con el Requerimiento de Sobreseimiento de la Causa, presentado por el fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa; en tal sentido, AGRÉNGUESE a los autos y conforme a lo previsto en el artículo 345º del CPP, CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que de creerlo conveniente, puedan por escrito formular oposición a la solicitud de archivo, la misma que, bajo sanción de inadmisibilidad, deberá estar debidamente fundamentada y puedan solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre

EDICTO PENAL EXP. Nro. : 146-2014(40 -2015-JUP) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA SE CITA Y EMPLAZA A: AGUSTINA SOCORRO LOYA TORRES Para hacer de su conocimiento que por resolución número cinco de fecha veinte de Agosto del dos mil quince, se ha declarado CONTUMAZ a la procesada, AGUSTINA SOCORRO LOYA TORRES disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional, y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa hasta que sea ubicada y capturada; DESIGNANDOSE como su Abogado su defensor a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez. HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición de la acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE el patrimonio, en su figura de estafa en agravio de Narciso Jacinto García. Cajabamba, 24 de Agosto del 2015 MANUEL P. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL EXP. Nro. : 47 -2015 (119 -2014-JUP) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA SE CITA Y EMPLAZA A: JOSE MARTIN ENCO LOPEZ Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha diecinueve de Agosto del dos mil quince, se ha declarado CONTUMAZ al procesado, JOSE MARTIN ENCO LOPEZ disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional, y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa hasta que sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez. HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición de la acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Diego Leandro Enco Aranda Cajabamba, 21 de Agosto del 2015 MANUEL P. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre

EDICTO PENAL EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA de TEMBLADERA. Juez Dobbertin. CITA Y EMPLAZA a ANGEL MARTIN ROJAS NUÑEZ, con la siguiente resolución expedida en el Cuaderno de Terminación Anticipada, en los seguidos contra Segundo Daniel Cadenillas Velásquez, por delito de Homicidio Culposo por Inobservancia de Reglas de Tránsito y Otro, en agravio de Jesús Emperatriz León Valdivia y Otro: Resolución N° 29 de fecha 18/08/2015, se resuelve: citar a las partes procesales para la realización de la AUDIENCIA PRIVADA DE TERMINACIÓN ANTICIPADA, día 22-09-2015, a las 10:00 a.m. JUEZ: DOBBERTIN Tembladera, 18 de Agosto del 2015 ENRIQUE ALEJANDRO DOBBERTIN ESPINO JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TEMBLADERA MELISSA ZARAI QUISPE RODRIGUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-

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PARATORIA TEMBLADERA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre

EDICTO PENAL EXP. NÚMERO: 00210-2011-3-0605-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE HUALGAYOC – BAMBAMARCA JUEZ: Dr. EDGARD ROLANDO MARIN PANDO ESPECIALISTA DE CAUSAS: NOE MANUEL CHICOMA BARRANTES Se cita, y emplaza a LLUEN PISFIL CESAR AUGUSTO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito ESTAFA GENERICA, en agravio de VASQUEZ BENAVIDES EUGENIO, y se cita a la audiencia de juicio oral a llevarse a cabo el día LUNES DOS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Bambamarca ubicado en el Jr. Alfonso Ugarte N° 674 - cuarto piso, de la ciudad de Bambamarca. Bambamarca, 19 de Agosto del 2015. EDGARD ROLANDO MARIN PANDO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL HUALGAYOC – BAMBAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre

EDICTO PENAL EXP. Nro. : 69 -2015 (121 -2015-JUP) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA SE CITA Y EMPLAZA A: ROMY RAINER ROJAS MAXIMILIANO Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha veinte de agosto del dos mil quince, se ha declarado CONTUMAZ al procesado, ROMY RAINER ROJAS MAXIMILIANO disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional, y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa hasta que sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez. HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición de la acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia familiar, en agravio de Romy Rainer Rojas Maximiliano. Cajabamba, 24 de Agosto del 2015 MANUEL P. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS Exp. 00879-2013-1-0601-JR-PE SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A

JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día MARTES SEIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado – 8vo. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado WILSON ALAMIRO DIAZ BRICEÑO concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de extorsión, en agravio de José Luis Martos Vargas y otra. Suscribe el señor Juez: Santos Luis Vásquez Plasencia, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS EXP. 00060-2013-11-0601-JR-PE-02 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día MARTES PRIMERO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las ONCE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado – 8vo. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado FORTUNATO RODRIGUEZ CHUQUIMANGO, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra El Patrimonio, en su modalidad de robo agravado, en agravio de Fidencio Guevara Vásquez Y Otros. Suscribe el señor Juez: Daniel Holguín Morán, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre

EDICTO EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CHOTA, que despacha el Dr. Jorge Luis Gregorio De La Cruz Medina, CITA Y EMPLAZA a: ERICO BARRETO QUIROZ, para que se ponga a derecho y se defienda del cargo formulado en su contra dentro del Cuaderno de Debates N° 220-2013-4-0610-JRPE-1°JPU-CH, aperturado dentro del proceso que se le sigue por el delito de Falsa Declaración en el Procedimiento Administrativo, en agravio del Estado. RES. 07 De fecha 24-08-2015, haciéndose saber al acusado que se ha señalado fecha de audiencia de juicio oral el día 23 de setiembre del año 2015 a horas 3:00 PM, la misma que se lle-

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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vará a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Unipersonal de Chota; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado reo contumaz, ordenarse su conducción compulsiva y archivarse provisionalmente el presente proceso. Chota, 25 de agosto del 2015. Especialista Judicial Huaccha Ramírez Alicia. F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre

EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 167-2015-1-0601-JR-PE-02 SE RESUELVE: 1.. CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, al acusado SEGUNDO FEDERICO COLORADO ALVARADO que se realizará en ACTO PÚBLICO el día  VEINTE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS DOS CON CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en la Sala de del Juzgado Colegiado, ubicado en la Avenida La Cantuta- Cuadra Doce – Quinto PisoUrbanización Villa Universitaria Cajamarca,en el proceso seguido contra SEGUNDO FEDERICO COLORADO ALVARADO como presunto autor del delito contra la Familia, en su figura a la Omisión de Asistencia Familiar . Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 276-2014-1-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1. CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el CUATRO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS DOS CON CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado, ubicado en la Avenida La Cantuta- Cuadra Doce – Octavo Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contra LAZARO MANTILLA MESTANZA como presunto autor del delito contra la Familia, en su figura a la Omisión de Asistencia Familiar .Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 1674-2014-1-0601-JR-PE-02 SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día CUATRO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS TRES

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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en el Despacho del Señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal- ubicado en la Avenida la Cantuta Cuadra doce – Octavo Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contra JAMERLIN CHILÓN CHILÓN como presunto autor del delito contra la Seguridad Pública- Peligro Común, en su figura Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad drogadicción. Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL  TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 1085-2014-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día  CUATRO DE NOVIEMBRE  DEL DOS MIL QUINCE, A LAS  TRES CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en el Despacho del Señor Juez del

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Tercer Juzgado Penal Unipersonal, ubicado en la Avenida La CantutaCuadra Doce – Octavo Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca,en el proceso seguido contra FAUSTINO HUAMAN ROJAS como presunto autor del delito contra la Familia, en su figura a la Omisión de Asistencia Familiar .Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre

EDICTO PENAL Exp. N° 1356-2015- 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: TASILLA CHILON ALEX JHONNY RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cajamarca, 26 de agosto del 2015.- DADO CUENTA: Con la revisión de autos y estando a que en el requerimiento de acusación directa incoado por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra TASILLA CHILON, ALEX JHONNY, por la presunta comisión del delito de Conducción en estado de ebriedad en agravio de la sociedad cajamarquina, no se ha señalado el domicilio procesal correspondiente; PREVIAMENTE a trasladar el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado cumpla en

el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 01-02-03 Septiembre EDICTO PENAL Exp. N° 1364-2015- 0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: GALLARDO CHINGAY JOSE PASCUAL RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cajamarca, 26 de agosto del 2015.-DADO CUENTA: Con la revisión de autos y estando a que en el requerimiento de acusación directa incoado por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra GALLAR-

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DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

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del 2015  PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Martes, 1 de setiembre Martes, 1del de 2015 setiembre POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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DO CHINGAY, JOSE PASCUAL, por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar, en agravio de GALLARDO QUILICHE, ARACELI CRISTINA Y OTRO, no se ha señalado el domicilio procesal correspondiente; PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 01-02-03 Septiembre

HASTA TODO DE SETIEMBRE

HASTA 10 DE SETIEMBRE

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rtes, 1 de del setiembre del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Martes, 1 M deasetiembre 2015 

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

HASTA 09 DE SETIEMBRE

DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

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del 2015  PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Martes, 1 de setiembre Martes, 1del de 2015 setiembre POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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HASTA 04 DE SETIEMBRE

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rtes, 1 de del setiembre del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Martes, 1 M deasetiembre 2015 

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TE AMO, DIOS MÍO Mons. Ángel Ortega Trinidad Capellán de la Corte Suprema de la República

Dios no se hace viejo, no se arruga, no pierde fuerza. Dios nos ama hoy como ayer y como nos amará mañana Es el Amor con mayúscula. Dios es Amor. La Belleza misma la Santidad -el tres veces santo- el todopoderoso, creador de los cielos y la tierra. Cuando uno ve a una persona buena, santa, poderosa, amorosa, muy bella se entusiasma con ella, se enamora de ella. El que conoce a Dios no puede menos de enloquecer de amor por Él. “Tarde te amé, Oh belleza tan antigua y tan nueva, tarde te amé”. San Agustín. Esta frase de San Agustín dice muchas cosas: Primera que Dios es de una belleza inmarcesible. A veces uno se enamora de un ostro de una persona que no quisiera que envejeciese, que mantuviese siempre la misma frescura, la misma juventud, idéntica sonrisa. Pero, por desgracia, las personas avanzan en edad, salen canas, arrugas, obesidad, arrugas en la frente y en el alma. Algunos podría n decir: Esta no es la persona de la que yo me enamoré. Ha cambiado demasiado. Segundo, que uno es un pobre cuando se enamora de todo menos de Dios. Por eso dice dos veces la palabra triste tarde, demasiado tarde. Y realmente es cierto. Los minutos, los años en que uno no ama a Dios son perdidos miserablemente. Si no he amado a Dios ¿qué he estado haciendo? Lo mínimo es perder tiempo y vida. Cuántos de nosotros deberíamos decir como el santo: Tarde te amé, oh belleza tan antigua y tan nueva, tarde te amé. Y, tal vez, algunos tengan que decir: Nunca te amé, nunca te conocí. !Qué triste es esto! Y porque a ti sólo debo amarte con todo mi corazón, con toda mi alma y con todas mis fuerzas. Por ser mi Creador, mi Redentor, y por haberme destinado al cielo. Te amo porque me has amado Tú primero. Te amo porque me has redimido del pecado. Te amo porque me has abierto las puertas de tu Reino Te amo porque me has hecho hijo de Dios Te amo porque me has enriquecido con el Espíritu Santo Te amo, porque me has entregado a tu Madre al pie de la cruz. Te amo por el don de la fe Te amo porque te has quedado conmigo en el sagrario. Te amo porque me has enviado como a los apóstoles, a extender tu Reino entre los hombres. Te amo porque eres mi Dios y mi Señor.

Dios no se hace viejo, no se arruga, no pierde fuerza. Dios nos ama hoy como ayer y como nos amará mañana. Aprovechemos esta maravillosa gracia y amemos, amemos a la persona más digna de nuestro amor.

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Cuatro características corresponden al juez: Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente.