SALUD Dejan sin efecto resolución que incluyó procesos de licitación

29 dic. 2001 - ... Suprema será refrendada por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del D
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"SALUD Dejan sin efecto resolución que incluyó procesos de licitación para adquisición de bienes, contratación de servicios y ejecución de obra en el Sistema ""Evaluación Internacional de Procesos"" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2002-SA Lima, 18 de abril del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25565 se creó el Sistema de Licitaciones y Concursos denominado ""Evaluación Internacional de Procesos"", reglamentado por Decreto Supremo Nº 133-92-EF que establece que los Organismos del Sector Público podrán encargar a entidades especializadas, calificadas previamente por Decreto Supremo, la organización y ejecución de sus procesos de licitación pública o concursos para la adquisición de bienes, servicios y ejecución de obras, así como los concursos de méritos; Que, al amparo de dicha normatividad se publicó con fecha 21 de diciembre del 2001, la Resolución Suprema Nº 513-2001-SA, mediante la cual se dispone incluir en el Sistema ""Evaluación Internacional de Procesos"", los procesos de Licitación Pública que requiera efectuar el Ministerio de Salud, para la adquisición de bienes, medicamentos, insumos y suministros, contratación de servicios y consultoría, y ejecución de obras en su dependencia; así como encargar al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, la organización, conducción y ejecución de dichos procesos; Que, la Resolución Suprema Nº 513-2001-SA, ha carecido de efectos prácticos al no haber sido implementada debido a que por Resolución Suprema Nº 543-2001-EF, publicada el 29 de diciembre del 2001, se dispuso ejecutar el objeto de la primera en vía de Convenio de Asistencia Técnica y Profesional suscrito entre el Ministerio de Salud y el Programa de Desarrollo de las Naciones Unidas para el Desarrollo; De conformidad con el Artículo 8º literal j) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 5132001-SA de fecha 20 de diciembre del 2001. 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud"