"SALUD Constituyen Comisión Multisectorial encargada de diseñar

facilite el abastecimiento y eliminación de sobrecostos de medicinas esenciales para la salud humana. RESOLUCIÓN SUPREMA
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"SALUD Constituyen Comisión Multisectorial encargada de diseñar estrategia que facilite el abastecimiento y eliminación de sobrecostos de medicinas esenciales para la salud humana RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 196-2001-SA Lima, 15 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 7º de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa; Que, de acuerdo con el Artículo 75º de la Ley Nº 26842, ""Ley General de Salud"", la Autoridad de Salud vela por el uso racional de los medicamentos, promoviendo la provisión de medicamentos esenciales; Que, a fin de facilitar el abastecimiento y la eliminación de sobrecostos de las medicinas esenciales de uso humano, es necesario constituir una Comisión que se encargue de estudiar la problemática y diseñar la estrategia que asegure el cumplimiento de dicho cometido; De conformidad con el Artículo 5º del Decreto Ley Nº 21292 y con el Decreto Legislativo Nº 560, ""Ley del Poder Ejecutivo""; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir una Comisión Multisectorial encargada de estudiar la problemática y diseñar una estrategia que facilite el abastecimiento y eliminación de sobrecostos de las medicinas esenciales para la salud humana. Artículo 2º.- La referida Comisión Multisectorial estará integrada por: - Un representante del Ministerio de Salud, quien la presidirá; - Un representante de ESSALUD; - Un representante del Colegio Médico del Perú; - Un representante de la Academia Peruana de Medicina; - Un representante de la Asociación de Laboratorios Farmacéuticos del Perú - ALAFARPE; - Un representante de la Asociación de Industrias Farmacéuticas de Origen y Capital Nacional - ADIFAN. Artículo 3º.- La Comisión Multisectorial presentará al Ministro de Salud el informe final correspondiente, dentro del plazo de treinta días calendario de publicada la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAIME ZAVALA COSTA Ministro de Trabajo y Promoción Social Encargado de la Cartera de Salud"