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visto, el Exped¡ente N'002576-2013-MINcETUR, con Registro Interno:726338-2013-MINCETUR, de fecha 30.05.2013, presentado por la empresa INVERSIONES LOS CIBELES S.A.C, en el que solicita la

renovación de la autorizac¡ón expresa para la explotación de máquinas tragamonedas en la sala de juegos

"LUCKY PALACE", ubicada en Prolongación Huánuco

N'

1553, D¡strito de La Victoria, Prov¡ncia y

Departamento de Uma.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N' 27153, y normas modificatorias, y su Reglamento aprobado meóiante Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas en el pafs, estableciéndose en el artfculo 24' del citado cuerpo legal que corresponde q la Dirección General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas las facultades administrativas de autorización, fiscalización, supervisión, evaluación y sanción vinculadas a las explotaciones antes

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10p del Decréto Supremo No 009-2002la renovación de la autorizac¡ón concedida a las salas de juegos instaladas en los

MINCETUR,

establec¡mientos señalados en el artículo 60 de la Ley No 27153, mod¡ficada por la Ley No 27796, se realiza sigu¡endo el procedimiento establecido para el de Autorización Expresa;

Que, el artículo 14" de la Ley antes mencionada así como el artículo 7' de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, establecen los requisitoq que.tos sol¡citantes deben cumplir para acceder a la mencionada autorización:

N' 000454-2007-MINCETUR, de fecha 28 02.2007, la solicitants al proced¡m¡ento de Reordenamiento y Formal¡zac¡Ón establecido en la Ley N" 28945 'Ley dé y Forma¡¡zación de la Actividad de Explotación de Juegos de Casino y Máqu¡nas ", presentó su sol¡citud de Autor¡zación Expresa para la explotación de máquinas en la sala de juegos "LUCKY PALACE", ubicada en ProlongaciÓn Huánuco N' 1553' de La Victor¡a, Prov¡ncia y Departamento de Lima, la misma que le fuera otorgada med¡ante Resolución Directoral N' 1346-2008-MINCETUR¡r'MT/DGJCMT, de fecha 02.10.2008; Que, mediante Expediente

Oue, mediante Expediente N' 002576-2013-MINCETUR, de fecha 30.05.2013, con Registro ¡nterno: 726938-2Ol g-¡/tñCefUn, ta empresa INVERSIONES LOS CIBELES S.A.C. solicita la Renovac¡ón de la Autor¡zación Expresa para la explotac¡ón de máquinas fagamonedas en la sala de ,,LUCKY PALACE", ubicada en Prolongación Huánuco N' 1553, Distr¡to de La Victoria, Provincia iuegos y Departamento de Lima; Que, de conform¡dad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley No 27153 y normas modificatorias

los establecimientos destinados a la explotación de máquinas tragamonedas no pueden encontrarse a menos de ciento cincuenta (150) metós, medidos de puerta a puerta siguiendo el mínimo tránsito peatonal pos¡ble de templos y/o centros de estudios donde se imparte educación inicial, primaria y secundaria;

Que, según consta en el Informe Técn¡co N" 572-2013-MINCETUB/VMT/DGJCMT/DFCS-RNOR, de fecha 09.07.2013, al amparo de lo establec¡do en la Directiva No 001-2007-MINCETUR¡r'MT/DGJCMT,

aprobada mediante Resolución Directoral No 38-2007-MINCETUR^r'MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, se verificó que la sala de juegos cumple con lo establecido en el artículo 50 de la Ley No 27153 y normas modif¡catorias, así como con los requis¡tos técnicos ex¡gibles para la ¡nstalación y funcionamiento de una sala de juegos de máquinas tragamonedas;

Que, as¡m¡smo, cabe señalar que, mediante Resolución Directoral

N"

1680-2013-

MINCETUR r'MT/DGJCMT, de fecha 24.06.2013, a la empresa INVERSIONES LOS CIBELES S.A.C. se le autorizó la última modificac¡ón solic¡tada a su Autorizac¡ón Expresa por la explotación de noventa (90) máquinas tragamonedas y doscientas ochenta y tres (283) memorias de sólo lectura en la sala de juegos "LUCKY PALACE" y que son las mismas que a la fecha viene explotando; Que, la empresa cumple con adjuntar a su solicitud cop¡a del: i) lnforme de Inspección Técnica de en Oefensa Civil y el de Levantam¡ento de ObseNaciones SR N' 112288-2012 y el ii) Certificado N' 001515 MML-2012 vigente desde el 10.12.2012 hasta el 10.12.2014, expedidos por la Subgerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Metropol¡tana de Lima, en el que de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N' 066-2007-PCM y normas modificatorias, se deja constancia que la sala de juegos de la solicitante cumple con las condic¡ones de seguridad exigibles a este tipo de establecim¡entos;

Que, de la evaluación de la solvencia económica de la solicitante y de los socios, directores, gerentes y apoderados con facultades inscritas, según consta en el Informe Económico y Financiero N". 095-2013 de Renovación de Autorización Expresa, de fecha 08.07.2013, la sol¡citante y las personas antes ¡ndicadas cumplen con los cr¡ter¡os de evaluac¡ón establecidos en los artfculos 70 y siguientes de la D¡rectiva N" 001-2007-MINCETUR¡'/MT/DGJCMT, aprobada mediante Resoluc¡ón Directoral No 38-2007E-L{TT MINCETUR^r'MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, debiéndose precisar de conformidad con lo dispuesto n-,^)ftvn el artículo 15" de la Ley N'27153 y normas modificatorias que dicha evaluación es permanente en '.' el titular de la autorización mantenga vigente la autorización concedida;

I

Que, en observancia de lo establecido en los artículos 19' y sigu¡entes de la Ley N" 27153 y.. normas modificatorias, la solicitante ha cumplido con otorgar garantía por las obligac¡ones y sanpioneS derivadas de su aplicación y en resguardo de los derechos de los usuarios y el Estado, la misma q¡le se ? encuentra constituida por el Seguro de Caución N'J0213-00-2013, vigente hasta et 02.02.2013, expedido por la empresa SECREX Compañía de Seguros de Crédito y Garantías, por las máquinas autor¡zadas para su explotación en la referida sala de juegos, en respaldo de las obligac¡ones asumidas con el Estado y terceros derivadas de la aplicación del mencionado cuerpo legal, la misma que ha sido remitida al área de administrac¡ón del MINCETUR para su custodia y fines correspondientes;

Que, en el Informe Tácnico N" 572-2013-M|NCETUR^/MT/DGJCMT/DFCS-RNOR, de fecha .07.2013, se ha vérificado que la sala de juegos ha cumplido con lo dispuesto en el Decreto Supremo 015-2010-MINCETUR, que aprobó el Reglamento de "Normas Técnicas Complementarias para la del sistema unificado de control en tiempo real - SUCTR' a que se refiere la primer? D¡sposición Final de la Ley N'27796 y la Resolución de Superintendencia N. 145-2003-SUNAT;

t.

.

Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracciones y Sanciones, del Decreto Supremo N" 015-201o-MINCETUR, se sancionará al titular iJe una,' sala tragamonedas con una multa de cinco (05) ulr por cada máquina tragamonedas que no sF encuentre interconectada con un Modelo SUCTR; Que, mediante Expediente N. 022383-2013-MINCETUR, con Registro Interno: 23752g-2013MINCETUR, de fecha 23.07.2013, ta empresa TNVERSTONES LOS CTBELES S.A.G. cumptió con presentar el Plan de Prevención de la Ludopatla, al que hace referencia el literal t) del numeral 14.1 del anículo 14 de la Ley N' 27153, 'Ley que reguta la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas" modif¡cado mediante el artículo 6" de la Ley N" 29907,'Ley para la prevención de la Ludopatfa en las salas de casino y máqu¡nas tragamonedas", y el artículo i1. del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N. 007-2019-MINCETUR; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artfculo 17" de la Ley N" 27153 y normas modificator¡as, el

pla'o de vigencia de las autorizaciones expresas concedidas por- la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas es de cinco (05) años, pudiéndo ser renovada por plazos suceiiuo" y

ad¡cionales de cuatro (4) años;

ffiao{o*¡* firPut*o{

' j ,l¡

...t De conformidad con las Leyes Nros. 27153, 27796, 28945 y 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General' y el Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Económico - Financiero N" 095-2013 de Renovación de Autorización Expresa, Técnico N'572-

2013-MINCETUR^r'MT/DGJCMT/DFCS-RNOR MI

y

Legal

N'

193-20'13-

NCETU R¡r'MT/DGJCMT/DAR.GED;

SE RESUELVE:

l'.-

a la émpresa INVERSIONES LOS 120256001, para la explotac¡ón de máqu¡nas tragamonedas en la sala de juejos "LUCKY PALACE" ub¡cada en Prolongac¡ón Huánuco N' 1553, Distr¡to de La V¡ctoria, Prov¡ncia y Departamento de Uma, por un plazo de cuatro (4) años, en observancia de lo normado en el artfculo'17'de la Ley N' 27153 y normas modificatorias. Artfculo

Renovar la aulorización expresa concedida

CIBELES S.A.C.., con código de registro

N'

!.

t.a. presente autor¡zación faculta a la empresa la explotación de de noventa (tQI, máquinas tragamónedas y doscientas ochenta y tres (283) memorias de sólo lectura, segú¡ delaiie' contenido en los ANEXOS ly ll qúe forman parte ¡ntegrante de la presenta resoluc¡ón.

Articulo 2'.-

Articulo 3".- De acuerdo con lo d¡spuesto en el arlículo 14.2 de la Ley N' 27153 y

normas,.

mod¡ficatorias, todos los requisitos y condiciones que sirv¡eron de base para la presente autorización deben

mantenerse durante el plazo de vigencia de la misma, bajo aperc¡bimiento de cancelarse la autorización conced¡da y disponerse la clausura del establec¡miento destinado a la explotación de máquinas tragamonedas.

AftÍculo 4o.- De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracciones y del Decreto Supremo N' 015-201o-MINCETUR, que aprobó el Reglamento de "Normas Complementarias para la implementación del sistema un¡ficado de control en tiempo reala que se refiere la Primera D¡spos¡ción Final de la Ley N" 27796 y la Resolución de N' 145-2003-SUNAT, de fecha 25.07.2003, se sancionará al t¡tular de una sala con una multa de cinco (05) UIT por cada máqu¡na tragamonedas que no se encuenlre ¡nterconectada con un Modelo SUCTR.

Artlculo 5..- De conformidad con lo éstablecido en el artículo 7' del citado cuerpo legal, los titulares de una autorizac¡ón de explotación concedida por la Dirección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas se encuentran obligados a observar las normas que sobre zonificación, seguridad, higiéne, parqueo, entre otros, establezcan las municipalidades en sus respectivas jurisdicciones para el otorgam¡ento de la l¡cenc¡a mun¡cipal a que hubiere lugar.

Artfculo 6".- De acuerdo con lo dispuesto en la Sentencia de fecha 02.02.2006, expedida por el Tribunal Constituc¡onal (Expediente No 4227-20O5-PAITC), la misma que bajo responsab¡lidad constituye precedente vinculante pára todos los poderes priblicos, los explotadores de juegos de casino y máquinas iragamonedas deben iumplir con el pago del impuesto a los Juegos como consecuenc¡a de la actividad comercial que desarrollan. Artlculo 7o- Lá Dirección General de Juegos de casino y Máquinas Tragamonedas se feserva el

derecho de revocar la presente autorización en caéo verificarse que las condiciones económ¡co-f¡nancieras de la empresa autoriáda se han mod¡ficado negativamente como consecuenc¡a de las acc¡ones de

etL6.\g

cobranza que pudiera llevar a cabo la Superintendencia Nac¡onal de Adm¡nistración Tributar¡a (SUNAT) por la deuda exig¡ble por concepto del lmpuesto a los Juegos.

Artfculo 8".- De conform¡dad con lo previsto en el artfculo 24" de la Ley No 27153 y en concordancia con el Princ¡pio de Privilegio de Controles Poster¡ores regulado en el numeral 1.16 del artículo lV de la Ley N 27444,la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas en eiercic¡o de su facultad de fiscalizac¡ón se reserva el derecho de verif¡car la información y/o documentación presentada por la solicitante así como establecer las sanciones o iniciar las acciones legales que resulten apl¡cables ante cualqu¡er d¡screpancia con la realidad de los hechos. Artfculo 9'.- En obseNancia de lo dispuesto en el artículo '129 de la Directiva N'001-2007MINCETUR¡r'MT/DGJCMT, aprobada mediante Resolución Directoral No 38-2007MINCETUR¡r'MT/DGJCMT, remftase a la Unidad de Inteligencia Financ¡era la ¡nformación y/o

documentación económica f¡nanciera relacionada con el solicitante y las personas naturales que han sido objelo de evaluación, para los fines a que se contrae la disposición antes indicada.

i

i

Artículo 10".- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8'del Decreto Supremo N' 006-2013PCM, que "Aprueba la relación de autorizaciones sectoriales de las Entidades del Poder Ejecut¡vo, que ^._l' deben ser exigidas como requisito previo para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, de acuordo a la Ley N'28976, Ley Marco de Licencia de funcionam¡ento', publfquese la presente resolución direcN¡al en el Portal WEB del Ministerio de Comerc¡o Exter¡or y Turismo, en la siguiente dirección electrónica: ' www. m ¡ ncetu

r.

oob. pe/newwe b/.

Reglstrese y

MANUEL Director General de Juegos de y Máquinas Tragamonedas

ANEXO

I

RELACIÓN DE MAQUINAS TRAGAMONEDAS AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS'LUCKY PALACE' RESOLUCIÓN DIRECTORAL

NO

JSy?

lnversiones Los C¡beles S.A.C.

Pógim 1

.2OI

3{IINCETUR/VMT/DGJCMT

ANEXO

I

TMGAIIIONEDAS AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS ''LUCKY PALACE'

RELACTÓN DE MAQUIIiIAS

REsoLUctóN DTRECToRAL l{9 TITULAR 65 bb 67

70

46 78 79 81

a2

u 85 a7 88 89 90

lnveG¡ones Los C¡beles S.A.C. lnvers¡ones Los C¡beles S.A.C. lnversiones Los Cibeles S.A.C. Invers¡ones Los C¡beles S.A.C. Inversiones Los C¡beles S.A.C. Invers¡ones Los Cibeles S.A. lnversiones Los Cibeles S.A.C. lnversiones Los Cibeies S.A.C. lnvers¡ones Los C¡beles S.A.C. lnvers¡ones Los C¡beles S.A.C. Invers¡ones Los C¡beles S.A.C lnvers¡ones Los Cibeles S.A.C. lnvers¡ones Los Cibeles S.A.C. lnvers¡ones Los C¡beles S.A.C. lnversiones Los Cibeles S.A.C. lnversiones Los Cibeles S.A. Invers¡ones Los Cibeles S.A. lnvers¡ones Los C¡beles S.A.C. Invers¡ones Los Cibeles S.A.C lnvers¡ones Los C¡beles S.A.C. lnversiones Los Cibeles S.A.C. Inversiones Los Cibeles S.A.C. Invers¡ones Los C¡beles S.A. lnversiones Los C¡b€les S A lnversiones Los Cibeles S.A. lnvers¡ones Los C¡beles S.A.C.

SALA Lucky Lucky Luckv Lucky Lucky Lucky Lucky

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-2013-¡ NCETUR/VMT/DGJCMr

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DE SERIE 1028068 11026473 't1026A71 1574 3000001573 3000001758 '1 1035699 11033999 1 '35914

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¡ma S¡oma ¡¡qma

¡ma Siqma Sioma WMS Gaminq WMS Gaminq WMS Gam¡no

17

w2072638 w2054017 w2058810

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REGISTRO

HIEf\

80000206 80000206 80000206 80000369 80000369

HIEI HIEM SEPOXG SEPC

SEPOXG HIEM HIEM 96497500 9649 96497500

80000206 80000206 80000274 8'oo00274

80000274

sG-1128

8000,0199

SG-112B SG.1

80000199

sG-1 SG-1

SG-1128

80000199

sG-1128 sG-1128 sG-1128

80000'199

SG-,I SG-1

80000199 80000137 80000'137

sG-1

80000137

BBU lctD 77480) BBU lctD 77480) BBU (CrD 77480)

80000301

800@30'l 800@301

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AI{EXO tl RELACTÓN DE IEMORIAS DE SOLO LECTURA AUTORIZADAS

SALA OE JUEGOS "LUCKY PALACE"

REsoLucróroTREcToRALl¡.

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RELACIÓX DE üEüORIAS DE SOLO LECTURA AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS "LUCKY PALACE"

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AI{EXO tl RELACIÓN DE IIEIIIORIAS OE SOLO LECTURA AUTORIZADAS SALA OE JUEGOS "LUCKY PALACE"

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ANEXO II RELACIÓI{ DE IEIORIAS OE SOLO LECTURA AUTORIZADAS SALA OE JUEGOS "LUCKY PALACE'

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