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ResoCución jefatura

Lima, 0 8 MAYO 2014. Visto, el expediente N° 0035770-2014 y demás actuados en 10 folios útiles, presentado por Carmen Vi
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ResoCución jefatura( W°7 7 1 - 2 O 1 4 - 5111WEIOWSG-OG-A-VPEX Lima, 0 8 MAYO 2014 Visto, el expediente N° 0035770-2014 y demás actuados en 10 folios útiles, presentado por Carmen Virginia VERA CORTEGANA; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral N° 0417-91-ED de fecha 18 de febrero de 1991, se resuelve cesar a su solicitud a partir de la citada fecha y dentro de los alcances de los Decretos Supremos N°s. 004-91-PCM y 036-91-PCM, a Carmen Virginia VERA CORTEGANA en el cargo de Técnico Administrativo II de la Unidad de Administración de Personal de la Dirección de Administración de Personal, dependiente de la Oficina General de Personal del organismo central del Ministerio de Educación, grupo ocupacional Técnico, nivel remunerativo ST "A", con 26 años, y 04 meses de servicios oficiales prestados al Estado hasta el 17 de febrero de 1991; habiéndosele otorgado pensión de cesantía del régimen del Decreto Ley N° 20530, igual al íntegro de las remuneraciones pensionables percibidas a la fecha de su cese; Que, Carmen Virginia VERA CORTEGANA con el expediente del visto solicita el subsidio por fallecimiento por el deceso de su señora madre María Natividad CORTEGANA JAUREGUI DE VERA, para cuyo efecto presenta su Partida de Nacimiento expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, del Acta de Defunción expedida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de Lima, que obra en los antecedentes, se desprende que María Natividad CORTEGANA JAUREGUI DE VERA falleció el 13 de enero del 2014; Que, el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, en su artículo 142°, inciso j) dispone el otorgamiento de "subsidios por fallecimiento del servidor y sus familiares directos.....'; Que, la segunda parte del artículo 144° del Decreto Supremo N° 005-90PCM, señala "en el caso de fallecimiento de familiar directo del servidor: cónyuge, hijos o padres, dicho subsidio será de dos remuneraciones totales"; Que, el artículo 9° del Decreto Supremo N° 051-91-PCM precisa "las bonificaciones, beneficios y demás conceptos remunerativos que perciben los funcionarios directivos y servidores otorgado en base al sueldo, remuneración o ingreso total serán calculados en función a /a remuneración total permanente, .....' , Que, con Oficio N° 1075-2011-SERVIR/PE de fecha 16 de octubre del 2011, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, remite el Informe Legal N° 898-2011-SERVIR/GGOAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, en el que concluye que la competencia de SERVIR "se limita a emitir opinión sobre relaciones entre el estado y su personal activo; por lo que, las normas legales y administrativas expedidas por la referida entidad, no son de aplicación a los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530;

Que, habiendo la recurrente acreditado su derecho al subsidio por fallecimiento, resulta procedente otorgarle dicho beneficio, cuyo cálculo se efectúa de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto Supremo N° 051-91-PCM; Estando a la certificación presupuestal dada por la Unidad de Presupuesto mediante Memorándum N° 042-2013-MINEDU/SPE-UP de fecha 13 de enero del 2014; y, De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, modificado por Ley N° 26510, y el Decreto Supremo N° 006-2012-ED. SE RESUELVE: Artículo 1°.- OTORGAR el subsidio por fallecimiento a Carmen Virginia VERA CORTEGANA, identificada con Documento Nacional de Identidad - D.N.I. N° 06255157, Código Modular N° 1006255157 por la suma de S/. 103.38 (ciento tres con 38/100 nuevos soles), equivalente a dos (02) remuneraciones totales permanentes a razón de S/. 51.69 nuevos soles cada una, por el deceso de su señora madre María Natividad CORTEGANA JAUREGUI DE VERA, ocurrido el 13 de enero del 2014. Artículo 2°/- TRANSCRIBIR la presente resolución a las Areas de Administración de Personal, y Escalafón y Títulos de la Unidad de Personal de la sede central del Ministerio de Educación e interesado, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese y comuníquese,

ENRIQUE MEJI ZULOETA Jefe de la Unidad de ersonal

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