REGLAMENTO DE CONVIVENCIA Y NORMAS DE

Venus 4 interior B, Fraccionamiento Jardines de Mocambo, C. P. 94299, Boca del Río Veracruz. REGLAMENTO DE CONVIVENCIA
210KB Größe 0 Downloads 54 Ansichten
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA Y NORMAS DE CONDUCTA DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL JARDINES DE MOCAMBO Con el fin de lograr una convivencia armoniosa, animados por los valores que promovemos en nuestra casa, te damos a conocer nuestro marco reglamentario. Valores que promovemos Convivencia amable: Significa el respeto absoluto del estudio, el descanso, la libertad de movimiento y expresión. Tolerancia y Paciencia. Libertad responsable: Quienes ingresan a la residencia estudiantil jardines de mocambo (REJM) tienen la llave de nuestra casa que será la suya. Sin horario de ingreso. Como contrapartida se exige que la puerta de calle se cierre con llave cada vez que se entra o sale, cerrar la puerta de la residencia, respeto al estudio, trabajo y descanso de las compañeras en el marco del presente Reglamento. 1. HORARIO 1.1 De Lunes a Viernes entre las 23:00 y las 7:00 es horario de descanso, se respeta el SILENCIO. 1.2 Durante toda la jornada debe evitarse cualquier ruido que perturbe el descanso o el estudio de los compañeros (volumen de música, televisión, voces con tonos elevados). 1.3 El horario de visitas será entre las 10:00 y las 20:00. Queda terminantemente prohibido permitir el acceso de personas ajenas a la residencia fuera del horario de visitas. 1.4 Si una Residente vuelve entre las 23:00 y las 7:00 debe hacerlo en silencio por respeto a sus compañeros. 2. ZONAS COMUNES 2.1 Las zonas comunes son: los corredores, la sala, el comedor, la cocina, el living, los baños, el patio y el área de lavado. 2.2 Se respetarán los espacios comunes así como los enseres y muebles de los mismos, haciendo un uso adecuado y acorde con su destino. 2.3 El deterioro de bienes e instalaciones por mal uso de los mismos, implicará reembolsar el costo de la reparación o reposición del material dañado, considerándose una falta grave. 2.4 Las residentes deberán ir correctamente vestidos en las zonas comunes. 2.5 Las residentes deberán de apagar todos los aparatos eléctricos que no estén en uso (televisor, caja de cable, ventiladores, etc). 3. CONSIDERACIONES GENERALES 3.1 NO ESTA PERMITIDO el contacto físico, relaciones íntimas, relaciones sexuales, dentro de la residencia y en sus áreas comunes en ninguna de sus formas y será motivo de expulsión de forma inmediata al momento de constatarse y por lo tanto dará pie a la recisión del contrato de hospedaje. Venus 4 interior B, Fraccionamiento Jardines de Mocambo, C. P. 94299, Boca del Río Veracruz.

3.2 Frente a cualquier inconveniente, violación del Reglamento u otra situación extraña que se presente, las Residentes deberán notificar a la Administradora a la brevedad, a fin de que la misma pueda intervenir para encontrar una solución. 3.3 El cuidado de los Objetos Personales y el orden en los espacios comunes es responsabilidad de la Residente. 3.4 No se permiten armas de fuego y armas en general, sustancias explosivas o inflamables y objetos de cualquier tipo que puedan representar riesgo de daño físico o psíquico sobre las Residentes. 3.5 Las Residentes tienen derecho a lavar su ropa sin costo. Debiendo retirarla de los tendedoros apenas se encuentre seca, así como guardar los mismos. 3.6 Se prohíbe la tenencia de animales de todo tipo. 3.7 No se permite encendido de velas, inciensos o similares que produzcan llamas o humos. 3.8 Se prohíbe la instalación de afiches, calcomanías o cualquier elemento que demuestre Ideologías políticas o religiosas, a efectos de evitar roces dentro de la comunidad de Residentes, si podrán tenerse en los objetos personales. 3.9 No se permite la colocación de publicaciones y adornos, con chinchetas, clavos, cola, adhesivos o pegamentos que puedan dañar o deteriorar el mobiliario, paredes, puertas, ventanas, vidrios. 4. COCINA 4.1 Todo alimento que se deje en las heladeras sin rotular (con el nombre y fecha), así como los que se encuentren en mal estado serán tirados a la basura, sin derecho a reclamo por parte del Residente. 4.2 El uso de la cocina procurará respetar el horario de descanso. Si debe ser utilizada entre las 23:00 y las 7:00 se hará en silencio por respeto a las compañeras que se han retirado a descansar o se encuentran estudiando y/o trabajando. 4.3 La REJM se reserva el derecho de LIMITAR el horario de la cocina si su utilización perturba el descanso. 4.4 Cada residente deberá proveerse de los productos de limpieza y útiles de cocina que a su juicio estime conveniente, sin perjuicio del equipamiento con el que cuenta la residencia. Los útiles de la cocina deberán permanecer, luego de cada comida, siempre limpios y secos, depositados en repisas y estantería, instalados a tal efecto. 4.5 Tendrá cada residente la responsabilidad de limpiar el lugar donde ha comido y los utensilios de cocina que haya usado (vasos, tenedores, ollas, sartenes, cuchillos etc.), así como la tarja, las hornillas, horno de microondas y todos los electrodomésticos que tienes a tu disposición. Deberá devolverlos limpios a su sitio. 4.6 De encontrarse útiles de cocina que permanezcan sucios se penalizara a quien no los hubiese limpiado con el pago respectivo de su limpieza. 5. HABITACIONES 5.1 Ninguna Residente podrá entrar en la habitación de otra compañera. La violación a esta norma será considerada como falta grave. Venus 4 interior B, Fraccionamiento Jardines de Mocambo, C. P. 94299, Boca del Río Veracruz.

5.2 Las Residentes son responsables del material que tengan a su disposición, debiendo devolver la habitación en las mismas condiciones que en el momento que la recibió, de no hacerlo la limpieza será descontada de su depósito. 5.3 La limpieza de la habitación asignada será responsabilidad de su ocupante, debiendo mantener la misma, en todo momento, en buen estado de orden y limpieza. Las camas deben quedar tendidas. El desorden continuo será considerado falta grave. 5.4 Cualquier cambio en la habitación designada a la Residente debe ser con la aprobación de la Administradora. 5.5 Por ningún motivo las Residentes podrán permitir la estancia en sus habitaciones a personas ajenas a las mismas. 5.6 La Residente será responsable por los daños que se pudieran producir y por la diferencia del consumo eléctrico que exceda el habitual, producto del uso de artefactos eléctricos sin autorización expresa de Administradora. Los excesos serán prorrateados entre todas las Residentes. 5.7 La REJM hace la limpieza de las áreas comunes dos veces a la semana. Las mismas deben estar suficientemente ordenadas para limpiarse. Si hay objetos personales sobre los muebles o en el piso, no se limpiará el área, hasta la próxima. 6 BAÑOS 6.1 La REJM se obliga a la limpieza de los baños dos veces por semana. 6.2 La Residente deberá  Descargar la cisterna luego del uso del inodoro.  Mantener el piso libre de papeles.  Depositar toallas sanitarias en los recipientes colocados a tales efectos.  Depositar en los recipientes instalados, todo tipo de frascos vacíos, restos de jabón, rasuradoras, chicles, etc.  Recoger el pelo de las duchas para evitar que se tapen los desagües.  Mantener la higiene y el orden de los baños.  Secar las duchas luego de bañarse.  Las duchas no podrán exceder los 5 minutos, por cortesía a las compañeras que esperan. 6.3 Si una cañería se obstruye por uso inadecuado, el costo de la desobstrucción y reparación, será prorrateado entre las Residentes que utilicen esa batería de baños. 7. TABACO, ALCOHOL, DROGAS 7.1 No se puede fumar dentro de la residencia. 7.2 No se permite la tenencia, consumo o tráfico de cualquier clase de drogas inclusive alcohol, estupefacientes y sustancias psicotrópicas dentro de la residencia. 7.3 La violación a las dos normas anteriores son FALTAS GRAVES

Venus 4 interior B, Fraccionamiento Jardines de Mocambo, C. P. 94299, Boca del Río Veracruz.

8. LIMPIEZA & BASURA 8.1 La REJM se encargará de la limpieza de las zonas comunes dos veces a la semana, incluyendo baños y cocina. No serán aseados útiles de vajilla (ni personales ni de la residencia). 8.2 La REJM se reserva el derecho de comprobar el estado de las habitaciones. 8.3 Las Residentes no dejarán ningún tipo de basura o envoltorios en los pasillos y zonas comunes. No se tiran papeles en el suelo. Los chicles deben ser tirados a la basura, no pueden pegarse en mobiliario de la casa ni en paredes, ni en el piso. 8.4 Los utensilios de cocina deberán ser lavados y guardados inmediatamente después de haber sido utilizados. No pueden dejarse sucios ni lavados en el escurridor. En el momento de la limpieza la residencia retirará todo aquello que se encuentre sucio o fuera de su lugar. 8.5 La REJM se obliga al retiro de la basura cuando se hace la limpieza. 8.6 Si la bolsa de basura se completa durante el día, es responsabilidad de las Residentes el cambio de la misma, llevando la completa al contenedor y colocando una nueva. 9. DE LA MENSUALIDAD 9.1 Se pagará de conformidad con las fechas establecidas en el contrato de hospedaje. 9.2 El pago fuera de fecha generara recargos de acuerdo a lo indicado en el contrato de hospedaje 10. RÉGIMEN DISCIPLINARIO Con 3 (tres) FALTAS LEVES o 1 (una) FALTA GRAVE queda fuera de La Residencia Estudiantil Jardines de Mocambo, generando con ello la recisión del contrato de hospedaje. SON FALTAS GRAVES 10.1 El ingreso a una habitación que no es la propia. 10.2 Permitir el ingreso de personas ajenas a la habitación en la que se está alojada. 10.3 El consumo o tenencia dentro de la residencia, de drogas, alcohol o sustancias estupefacientes psicotrópicas así como fumar dentro de la misma. 10.4 El causar daños al edificio, instalaciones o mobiliario de la residencia en forma intencional o por mal uso. 10.5 El hurto. 10.6 El incumplimiento reiterado de las normas especificadas en el presente Reglamento. 10.7 El contacto físico, el contacto íntimo y las relaciones sexuales dentro de la residencia. 10.8 El agravio verbal, psicológico o físico a una compañera o a la Administradora de la residencia, o sus representantes. 10.9 Resuelta la expulsión será comunicada por Administradora de la REJM a la Residente quien deberá retirarse de forma inmediata de la residencia.

Venus 4 interior B, Fraccionamiento Jardines de Mocambo, C. P. 94299, Boca del Río Veracruz.

SON FALTAS LEVES 10.10 El incumplimiento ocasional de alguno de los deberes de Residente. 10.11 No prestar la atención debida a las indicaciones de la Administradora de la residencia cuando sea de forma aislada u ocasional en cuestiones de importancia menor. 10.12 La falta leve se sanciona con llamada de atención privada por parte de la Administradora dejando constancia escrita de la observación. 10.13 La reiteración de tres faltas leves en el año, será considerada falta grave. CONDICIONES DE INGRESO  Ser Mayor de edad o contar con la dispensa y/o autorización de su padre o tutor. CONDICIONES DE PERMANENCIA Treinta días naturales antes del vencimiento del contrato de hospedaje la Residente deberá de comunicar su voluntad de permanencia.  De no recibir dicha comunicación la REJM dispondrá de su lugar, debiendo abandonar la misma antes al día siguiente del vencimiento del contrato de hospedaje. El ingreso a la RESIDENCIA ESTUDIANTIL JARDINES DE MOCAMBO supone la aceptación y firma del presente Reglamento en todos sus términos y del contrato de hospedaje al que se adjunta. RESIDENCIA ESTUDIANTIL JARDINES DE MOCAMBO se reserva el derecho de admisión y permanencia de las residentes, así como de modificar el reglamento si así lo ameritara la buena convivencia, lo que será comunicado a la Residente y responsables.

Venus 4 interior B, Fraccionamiento Jardines de Mocambo, C. P. 94299, Boca del Río Veracruz.