R. 010 2016 OS GRT


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NORMAS LEGALES

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aprueban el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2016” del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 041-2016-VIVIENDA Lima, 29 de febrero de 2016 VISTOS: El Informe Nº 001-2016-VIVIENDA/OGPPST-CSTCF de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión del Sector Vivienda responsable del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás normas complementarias y reglamentarias, se viene elaborando, aprobando y ejecutando los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el literal b) del numeral 11.3 de la Directiva Nº 005-CND-P-2005 “Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, aprobada mediante Resolución Presidencial Nº 081-CND-P-2005, dispone que el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 385-2014-VIVIENDA, se adecuó y reconformó la Comisión del Sector Vivienda responsable del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, constituida por Resolución Ministerial Nº 295-2007-VIVIENDA, modificada por Resoluciones Ministeriales Nº 628-2008-VIVIENDA y Nº 179-2010-VIVIENDA; Que, con Informe Nº 001-2016-VIVIENDA/OGPPST-CSTCF, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de Secretario Técnico de la mencionada Comisión, presenta el proyecto del “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2016” del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señalando que ha sido elaborado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, por lo que recomienda su aprobación mediante Resolución Ministerial; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2016” del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Martes 1 de marzo de 2016 /

El Peruano

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2016” del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, propuesta por la Comisión del Sector Vivienda responsable del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Estadística e Informática, la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Plan Anual aprobado en el artículo precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe), en la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución y su Anexo a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1350758-1

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 010-2016-OS/GRT Lima, 26 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29852 (en adelante la Ley) creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3° un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las distribuidoras eléctricas, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por Osinergmin en que incurran dichas Empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador;

El Peruano / Martes 1 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

Que, con Resolución Osinergmin N° 187-2014-OS/ CD, publicada en el diario oficial El peruano el 24 de septiembre de 2014, se aprobó la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas” (en adelante la “Norma Costos FISE”), la misma que estableció la fijación de costos estándares unitarios para el reconocimiento de los costos de implementación y operación del FISE; Que, mediante Resolución Osinergmin N° 012-2015OS/GART, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 25 de febrero de 2015, se aprobaron los costos estándares unitarios de cada una de las zonas de atención FISE aplicables a cada distribuidora eléctrica, fecha a partir de la cual se efectúa el reconocimiento de los costos administrativos y operativos del FISE considerando los costos estándares unitarios aprobados; Que, posteriormente, mediante Resolución Osinergmin N° 003-2016-OS/GART se fijaron los costos estándares de la empresa Empresa de Interés Local Hidroeléctrica Chacas (Eilhicha); Que, considerando las fechas en que incurrieron en sus costos, las distribuidoras eléctricas Adinelsa, Chavimochic, Coelvisac, Edelnor, Eilhicha, Electro Dunas, Electro Oriente, Electro Puno, Electro Sur Este, Electro Tocache, Electro Ucayali, Electrocentro, Electronoroeste, Electronorte, Electrosur, Emsemsa, Emseusac, Hidrandina, Luz del Sur, Seal y Sersa han remitido los Formatos FISE 12-A, 12-B, 12-C y 12-D según lo dispuesto en la Norma Costos FISE; Que, los formatos remitidos contienen información hasta el mes de noviembre de 2015 sobre los costos administrativos y operativos en los que han incurrido para implementar y operar el FISE, motivo por el cual, corresponde a Osinergmin la aprobación de dichos costos, luego de la revisión efectuada, a fin de que se proceda a transferir del Fondo los montos aprobados a favor de las distribuidoras eléctricas; Que, finalmente, se han expedido el Informe Técnico N° 0127-2016-GRT y el Informe Legal N° 0539-2015GART de la División de Distribución Eléctrica y la Coordinación Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, respectivamente, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Artículo 3º, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Osinergmin N° 035-2016-OS/CD; y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas;

Artículo 1°.- Aprobar los costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas, de acuerdo con lo siguiente:

Adinelsa Chavimochic Coelvisac Edelnor Eilhicha

Empresa

Monto total a reconocer por Osinergmin (Soles)

Electro Dunas

19 501,26

Electro Oriente

102 197,52

Electro Puno

194 897,28

Electro Sur Este

120 555,11

Electro Tocache

5 082,77

Electro Ucayali

24 170,64

Electrocentro

226 623,83

Electronoroeste

143 667,51

Electronorte

142 643,13

Electrosur

17 792,70

Emsemsa

5 976,46

Emseusac

30 116,60

Hidrandina

220 637,60

Luz del Sur

20 684,62

Seal

44 764,50

Sersa

3 548,01

TOTAL

1 407 345,04

Artículo 2°.- A efectos de los reembolsos de los gastos reconocidos en la presente resolución, la instrucción de orden de pago al fiduciario a que se hace referencia en el Artículo 19.3 de la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas”, aprobada con Resolución Osinergmin N° 187-2014-OS/CD, la realizará el Jefe de Proyecto FISE e informará al Consejo Directivo de Osinergmin. Artículo 3°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada junto con los Informes N° 0127-2016-GRT y N° 05392015-GART en la página Web de Osinergmin: www. osinergmin.gob.pe. VICTOR ORMEÑO SALCEDO Gerente Adjunto Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria 1350723-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA

SE RESUELVE:

Empresa

579305

Monto total a reconocer por Osinergmin (Soles) 17 901,95 2 721,20 6 671,85 20 319,39 36 871,11

Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de febrero de 2016 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 074-2016-INEI Lima, 29 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29438, modifica el Art. 10º del Decreto Legislativo Nº 502, estableciendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publicará en el diario oficial “El Peruano” y difundirá por cualquier medio válido