presidente de la csjpi juramentó a curadores procesales

9 mar. 2019 - Cita y llama al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su
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Piura, miércoles 1° de abril de 2015

AÑOJUDICIAL JUDICIAL 2019 AÑO 2015

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Piura,miércoles Sábado 091°dedeMarzo Piura, abril del de 2019 2015

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En ceremonia protocolar realizada en auditorio del ICAP.

PRESIDENTE DE LA CSJPI JURAMENTÓ A CURADORES PROCESALES

El titular del Distrito Judicial de Piura, Jesús Alberto Lip Licham, participó de la ceremonia de juramentación de los veinticinco curadores procesales designados por el Ilustre Colegio de Abogados de Piura para el presente año. De acuerdo al artículo 55° del código Procesal Civil , los curadores procesales, son órganos de auxilio judicial, y como tal tienen deberes y responsabilidades, pues cautelan los intereses del justiciable ausente, y actúan por nombramiento del Juez del proceso, y su designación concluye si la parte o su representante legal comparecen al haber adquirido o recuperado su capacidad procesal. El decano del ICAP, Manuel Castillo Venegas, instó a los señores curadores procesales, a realizar sus funciones de manera oportuna velando siempre por los intereses del justicia-

ble ausente. A su turno, Lip Licham, luego de agradecer la invitación, felicitó a los integrantes de la Nómina de Curadores Procesales del Ilustre Colegio de Abogados de Piura, resaltando la importancia de la labor que cumplen.

Finalmente, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura, felicitó la labor que viene realizando el decano y Consejo Directivo del ICAP, reafirmando su compromiso para trabajar de manera coordinada siempre buscando una correcta administración de justicia.

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JESÚS ALBERTO LIP LICHAM Piura,miércoles Sábado 09 del2015 2019 Piura, 1°de deMarzo abril de PUB: 07-08-09 Marzo 2019

4.- EDICTOS PENALES EDICTO JUDICIAL EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SECHURA. JUEZ GONZÁLES PADILLA. Cita y llama al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue mediante: Carpeta Judicial N° 00633-2018-0JIPS a WILFREDO YOVERA IPANAQUE, como presunto autor del delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio del ESTADO REP. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, mediante RESOLUCIÓN NUMERO 04: SE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la audiencia de proceso inmediato debido a la inasistencia del abogado defensor público, se Reprograma la presente audiencia, para el día 01 DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 PM), la misma que se llevará en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Sechura. Esp. MENDOZA CORDOVA.

EDICTO JUDICIAL El Juzgado Unipersonal de Sechura. JUEZ: Dr. Asdrúbal Méndez Castañeda. Expediente Nº 631-2018-17-2008-JR-PE-01. ACUSADO: PEDRO MEDOZA PAZO.- AGRAVIADO: ESTADO REP. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES. DELITO: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD.- EMPLAZA Y NOTIFICA AL ACUSADO: PEDRO MEDOZA PAZO, con la Resolución No. 01 de Fecha: 31/01/2019 que RESUELVE: CITAR a audiencia de PROCESO INMEDIATO para el día VIERNES QUINCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECINUEVE a las NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM) audiencia a la que deberá asistir obligatoriamente el acusado bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia injustificada, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de Sechura ubicado en Calle Bolívar N° 722 – Segundo Piso – Sechura. Notifíquese. Sechura, Cuatro de Marzo del Dos Mil Diecinueve. Especialista Judicial: Abog. Elsa Zullyanne Mendoza Loro. Sechura, 04 de Marzo del 2019 PUB: 08-09- 11 Marzo 2019

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