poder judicial aprueba uso de lenguaje inclusivo dentro

28 feb. 2019 - EDITH IRMA ALVARADO PALACIOS - PRESIDENTA. Jueves, 28 de ... Justicia de Cajamarca: Dr. WILSON CORTEZ BRI
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EDITH IRMA ALVARADO PALACIOS - PRESIDENTA

Jueves, 28 de Febrero del 2019

Comisión de Justicia de Género establece lineamientos

PODER JUDICIAL APRUEBA USO DE LENGUAJE INCLUSIVO DENTRO DE UNA PERSPECTIVA DE GÉNERO

• Mediante esta medida se busca institucionalizar este enfoque en todos los ámbitos de la labor judicial El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), presidido por el juez supremo José Luis Lecaros Cornejo, aprobó los “Lineamientos para el Uso del Lenguaje Inclusivo en el Poder Judicial”, que consta de once artículos y tres disposiciones complementarias finales. La medida fue dada a conocer a través de la Resolución Administrativa N° Nº 0232019-CE-PJ. Esta iniciativa fue impulsada por el trabajo de la Comisión de Justicia de Género que preside la jueza suprema Elvia Barrios Alvarado. Los lineamientos establecerán orientaciones para el uso del lenguaje inclusivo en todas las comunicaciones

orales, escritas y gráficas del Poder Judicial, que comprenderá y tendrá como responsables de su cumplimiento a todos los niveles y estructuras orgánicas de este poder del Estado. De esta manera se busca contribuir a la representación de mujeres y hombres en igualdad de condiciones y libres de cualquier acto de discriminación. MEDIDAS CONCRETAS Una de las medidas con respecto a las comunicaciones escritas establece sustituir el uso genérico masculino para referirse a las personas utilizando un sustantivo colectivo no marcado por el género. Asimismo, la sustitución de pronombres masculinos y adverbios con marca de género, así como evitar el uso de

palabras peyorativas referidas al género. En el caso de las comunicaciones orales, por ejemplo, está dispuesto que se desdoble el lenguaje para identificar tanto a hombres como a mujeres. De igual manera, equilibrar el tiempo y los turnos de participación de hombres y mujeres, evitar apelativos o connotaciones personales, entre otros. Cabe mencionar que, el órgano de gobierno del Poder Judicial dispuso que la Gerencia General, dicte las medidas complementarias que sean pertinentes, para su cumplimiento. Poder Judicial, 27 de febrero de 2019. Oficina de Comunicaciones Consejo Ejecutivo del Poder Judicial

AVISOS JUDICIALES EDITH IRMA ALVARADO PALACIOS - PRESIDENTA

Jueves, 28 de Febrero del 2019

1. REMATES

REMATE BIENES INMUEBLES

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO JUDICIAL.Expediente N° 27-2017.- Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Especializado Civil - Sede Chota- Corte Superior de Justicia de Cajamarca: Dr. WILSON CORTEZ BRIONES y Secretaria Judicial: KARENT DANEYDA SANCHEZ ROMERO, en los Autos seguidos sobre EJECUCION DE GARANTIAS por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO y CREDITO DE PIURA SAC. con TOURS CRUZ DE MOTUPE E.I.R.L como Deudor y MARIA VIOLETA RUBIO CHAVEZ y JORGE HERRERA CLAVO, como Deudores y Garantes; con intervención del Martillero Publico: JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS, de Registro Nacional Noventa y Cinco, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, del siguiente Inmueble: Lote 1, de la Manzana 70, del Centro poblado Chota, Sector 2, con frente a la Av. Celso Carbajal, con un Área de: 49.2 m2., del Distrito y Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, cuya Área, medidas perimétricas y demás características aparecen inscritas en la Partida N° P36008270, Zona Registral N° II- Sede Chiciayo-Oficina Registral Chota-SUNARP.Con una TASACIÓN CONVENCIONAL de: US$ 290,392.90 (Doscientos noventa mil, trescientos noventa y dos y 90/100 Dólares Americanos) y con un PRECIO BASE DE REMATE, deducido conforme a Ley de: US$ 193,595.27 (Ciento noventa y tres mil, quinientos noventa y cinco y 27/100 Dólares Americanos).-GRAVAMENES y CARGAS: 1) HIPOTECA.Constituida por los propietarios del Inmueble a que se refiere esta Partida a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C., hasta por US$ 102,684.00 (Asiento 00004 de la Partida N° P36008270).- 2) MODIFICACION DE HIPOTECA,- La hipoteca inscrita en el asiento 00004 de la presente Partida constituida a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C., hasta por US$ 102,684.00, se amplía por conveniencia de las partes hasta por US$ 203,750.00 (Asiento 00006 de la Partida N° P36008270).- 3) MODIFICACION DE HIPOTECA.- La hipoteca inscrita en el asiento 00006 de la presente Partida constituida a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C., hasta por US$ 203,750.00, se amplia por conveniencia de las partes hasta por US$ 290,392.90 y se modifica el monto de Tasación, valorización: US$ 290,392.90 (Asiento 00007 de la Partida N° P36008270).- 4) EMBARGO.- En forma de Inscripción, por orden del Juzgado de Paz Letrado de Chota, Medida Cautelar fuera de proceso solicitada por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C., hasta por S/ 32,000.00, Exp. N° 004-2017-91-0610-JP-CI-01(Asiento 00008 de la Partida N° P36008270).- 5) EMBARGO.- En forma de Inscripción, sobre las Acciones y derechos que le correspondan a Odila Díaz Dávila, por orden del Juzgado de Paz Letrado de Chota, en los seguidos por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C., hasta por S/ 38,000.00, Exp. N° 94-2017, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero (Asiento 000012 de la Partida N° P36008270) y 6) EMBARGO.- En forma de Inscripción, sobre las Acciones y derechos que le correspondan a Odila Díaz Dávila, por orden del Juzgado de Paz Letrado de Chota, en los seguidos por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. con Percy Omar Herrera Díaz y Odila Díaz Dávila, hasta por S/ 40,000.00, Exp. N° 143-2017-1-0610JP-CI-01, sobre Medida Cautelar fuera de Proceso (Asiento 000013 de la Partida N° P36008270).- Se deja Constancia que Doña Odila Díaz Dávila adquirió el 50 % de Acciones y Derechos del predio de la presente Partida por Dación de Pago realizada por su anterior propietario Jorge Herrera Clavo, por cancelación de deuda de S/30,000.00 (Asiento 00009 de la Partida N° P36008270) DIA y HORA DEL REMATE: El 14 de Marzo del 2019, a horas 3.00 de la Tarde.LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado, sito en Jirón 27 de Noviembre N° 440, del Distrito y Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca.POSTORES: Oblaran (Garantía) el 10 % de Tasación del Inmueble, en efectivo o en Cheque de Gerencia NEGOCIABLE, girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo para cada Inmueble (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/ RUC).- De ser el caso, el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación dentro del plazo de 3 dias, de conformidad con lo señalado por el Articulo 739° del Código Procesal Civil, con la advertencia de quedar sujeto a lo previsto en el Artículo 741° del acotado código.HONORARIOS: Del Martillero, por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con Art 17 y 18 del Decreto Supremo N° 0082005-JUS- Reglamento de la Ley N° 27728- Ley del Martillero Publico.- Informes al # 998084468.-JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS- Martillero Publico de Registro Nacional N° 95.JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS Martillero Publico de Reg N° 95 DELMER A. JONDEC MEJIA SERCRETARIO JUDICIAL JUZGADO CIVIL PERMANENTE CHOTA P. 7306499 F.P. 28 Febrero 01,04,05,06,07 Marzo S/.38.20

2. EDICTOS CLASIFICADOS

CONSEJO DE FAMILIA

EDICTO EXP. N° 47-2014-F.-Juzgado de Paz Letrado de Cajabamba, mediante Resolución N° OCHO, de fecha siete de agosto del dos mil quince, se ha dispuesto notificar mediante edictos

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

B

al demandado AUGUSTO LEONIDAS HULLOA HONORIO, habiéndole emplazado la Sra. IDELSA MARIBEL CABALLERO GAVIDIA, sobre Filiación y Alimentos. La Resolución número SEIS -SENTENCIA, de fecha 30 de enero del 2015. Se ORDENA, el mandato declaratorio de paternidad extramatrimonial del menor KEVIN JOSE CABALLERO GAVIDIA, nacido el tres de octubre del 2004, en el Distrito de La Esperanza, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, se declara como padre biológico al demandado AUGUSTO LEONIDAS HULLOA HONORIO, se ordena emitir nueva partida de nacimiento del referido menor, quedando como KEVIN JOSE HULLOA CABALLERO; que el obligado AUGUSTO LEONIDAS HULLOA HONORIO, acuda con una pensión mensual y adelantada de DOSCIENTOS VEINTE NUEVOS SOLES, en caso de incumplimiento de pago de pensiones en un periodo de tres meses desde que son exigibles, será incorporado en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, conforme lo establece la Ley N° 28970. Por lo que es necesario se ponga a derecho del mismo, para los fines de ley. Agréguese, publíquese, notifíquese, al demandado mediante Edicto por tres días consecutivos, en el Diario Oficial El Peruano y La República. Dra. Cristina Lisseth Díaz Osorío.- Juez encargada del Juzgado de Paz Letrado de Cajabamba.- Abg. Francisco W. Cerna Vigo.- Especialista Legal. Cajabamba, 21 de febrero del 2019. Cristina Lisseth Díaz Osorio JUEZ (E) JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA FRANCISCO WISMAR CERNA VIGO SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA P.7296254 F.P. 26-27-28 Febrero S/.10.50

4.

EDICTOS PENALES

EDICTO PENAL EXP. N° 00262-2018-0-0604-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TEMBLADERA Se emplaza al imputado: ARMANDO SERGIO ALVITRES ESPINOZA con la siguiente resolución expedida en el cuaderno de Proceso Inmediato, en los seguidos contra Armando Sergio Alvitres Espinoza, por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Piero Alvitres Morales y Otra: Resolución N° 05, de fecha 08/02/2019: SE RESUELVE: TENER POR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia debido a la inasistencia justificada del Defensor Público y a la inasistencia injustificada del imputado, B) REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO para el día VIERNES QUINCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A LAS 9 AM.. la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Tembladera, C) NOTIFIQUESE al Defensor Público con la presente resolución para que garantice su presencia en la fecha programada de audiencia, bajo responsabilidad de ley.JUEZ : MAGALY JANNETEH CASTAÑEDA SÁNCHEZ ESPECIALISTA JUDICIAL : ANGELA AMPARO ABANTO SALAZAR MAGALY J. CASTAÑEDA SANCHEZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO - ADICIÓN FUNCIONES JIP TEMBLADERA F.P. 26-27-28 Febrero EDICTO PENAL EXP. N° 00219-2018-32-0604-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TEMBLADERA Se emplaza a la agraviada: CARMEN VERONICA BERROCAL BORJA con la siguiente resolución expedida en el cuaderno de Terminación anticipada, en los seguidos contra José Pablo Gálvez Gil, por el delito de Lesiones- Agresiones en Contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Carmen Verónica Berrocal Borja: Resolución N° 06, de fecha 08/02/2019: Dado cuenta con el escrito que antecede; AGRÉGUESE a los autos, y proveyéndose conforme corresponde; Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que del estudio de los actuados se tiene que mediante resolución número siete emitida en audiencia programada para el dia ocho de febrero del año dos mil diecinueve, se programó la audiencia privada de terminación anticipada para el día viernes quince de febrero del presente año.-SEGUNDO.- Que de folios treinta y cuatro a treinta y seis se aprecia que la notificación a la parte agraviada se realiza mediante edictos, conforme a los ordenado en la resolución número cinco. En ese orden, la audiencia debe reprogramarse a efectos de recabar oportunamente los edictos y cédulas de notificación correspondientes: por lo que SE RESUELVE: CITAR para el día VIERNES QUINCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), para la realización de la Audiencia Privada de Terminación Anticipada, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Tembladera, con la presencia obligatoria del Fiscal, imputado y el Abogado Defensor Público quien ejerce la defensa del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de aquellos de declararse inadmisible el requerimiento y archivarse el cuaderno y continuar el proceso según su estado, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales; PRECISESE que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de ley. NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios procesales o por la vía más idónea, incluida la agraviada mediante edictos. JUEZ : MAGALY JANNETEH CASTAÑEDA SÁNCHEZ . ESPECIALISTA JUDICIAL : ANGELA AMPARO ABANTO SALAZAR MAGALY J. CASTAÑEDA SANCHEZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO - ADICIÓN FUNCIONES JIP TEMBLADERA F.P. 26-27-28 Febrero EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE SAN MARCOS

EDITH IRMA ALVARADO PALACIOS - PRESIDENTA Exp. N° 149-2017-0 Juez: Zavaleta SE CITA Y EMPLAZA A: MARIA LORENZA ARA LOZANO en la presente investigación seguida contra CORPUS FLAVIO MARIN CACERES, por la presunta comisión del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de María Lorenza Ara Lozano, mediante resolución número cinco de fecha tres de enero del dos mil diecinueve, SE RESUELVE: CÍTESE para el día CINCO DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación la misma que de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 351° del Código Procesal Penal, modificado por el Decreto Legislativo 1307, es de carácter inaplazable, tal audiencia se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de San Marcos ubicada en el Jirón Alfonso Ugarte Nro. 891 de la Provincia de San Marcos, con la presencia obligatoria del Fiscal, del abogado defensor del acusado. San Marcos, 03 de Enero del 2019. Especialista: GÓMEZ F.P. 26-27-28 Febrero EDICTO La Segunda Sala de Apelaciones, en Adición de funciones de Sala Penal Liquidadora, ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO, Cajamarca 30 de enero

Jueves, 28 de Febrero del 2019 del 2019: RESUELVE: CONVOCAR a la Audiencia Pública Extraordinaria, el día LUNES VEINTICINCO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias de la Segunda Sala Penal de Apelaciones en Adición a Sala Penal Liquidadora, ubicada en el 4to piso de la Sede Judicial Qhapac Ñam. PUBLÍQUESE la convocatoria en los diarios “El Peruano” y “La República” y el de mayor circulación de la ciudad. RICARDO E. SAENZ PASCUAL PRESIDENTE SALA PENAL DE APELACIONES CAJAMARCA F.P. 26-28 Febrero 05 Marzo EDICTO PENAL EXP. N° 00206-2018-0-0604-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TEMBLADERA Se emplaza al imputado VÍCTOR MARTÍN VERÁSTEGUI DÍAZ, con la siguiente resolución expedida en el cuaderno de Acusación, en los seguidos contra Víctor Martín Verástegui Díaz, por el delito de Lesiones-Agresiones en Contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Luzmila Angelita Díaz de Verástegui y Otro: Resolución N° 07, de fecha 11/02/2019: CÍTESE para el día VIERNES VEINTIDOS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, a horas DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta) para la realización de la Audiencia Preliminar de Control de Acusación, la misma

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que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria, sito en el Jirón Buenos Aires S/N cuadra 5 - Tembladera: La mencionada audiencia tiene carácter inaplazable, conforme a lo previsto en el artículo 351.2 concordante con el artículo 85.1 del Código Procesal Penal, con la presencia obligatoria del Fiscal y del abogado defensor público del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del representante del Ministerio Público, de remitir copias al Órgano de Control Interno del Ministerio Público. NOTIFÍQUESE al Defensor Público de la Provincia de Contumazá, a efectos de que esté presente en la audiencia programada, bajo apercibimiento de comunicar su conducta a la Dirección Distrital de Defensoría Pública a fin de que proceda conforme a sus atribuciones en caso de inconcurrencia injustificada. SE PRECISA que las partes procesales deberán estar presentes en la referida sala diez minutos antes de la hora fijada para la audiencia y que los abogados deberán contar con la constancia de habilitación correspondiente. AVOCANDOSE al conocimiento de la presente causa la Juez que suscribe por Disposición Superior. NOTIFÍQUESE a quienes corresponda conforme a ley.JUEZ: MAGALY JANNETH CASTAÑEDA SÁNCHEZ ESPECIALISTA JUDICIAL: ÁNGELA AMPARO ABANTO SALAZAR F.P. 26-27-28 Febrero

EDITH IRMA ALVARADO EDITH ALVARADOPALACIOS PALACIOS- PRESIDENTA - PRESIDENTA

agosto 2016deldel2016 LUnes, 1Jueves, Lunes, Lde Unes, 28 1 de dedel agosto Febrero 2019

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