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MINISTERIO DE SALU D

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Visto, el Expediente W 15-039271-001 y el Informe N° 561-2015-EIEOARH/MINSA de fecha 30 de julio de 2015, del Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sobre la solicitud de Licencia por el Fallecimiento de su señor Padre, formulada por doña Maribel HUACRE MENDOZA;

CONSIDERANDO: 0

Que, el inciso e) del Artículo 24 del Decreto Legislativo W 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público ; el Artículo 112 del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM , y la Resolución Ministerial N° 0132-92-SA-P , que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud , y, el Manual Normativo de Personal sobre Lice ncias y Permisos em itido por el ex Instituto Nacional de Administración Pública, establecen el derecho, requisitos y condiciones para el otorgamiento de la Licencia por Fallecimiento del Cónyuge , Padres , Hijos o Hermanos; 0

Que , mediante Memorándum N° 0823-2015-DIGIEM/MINSA, de fecha 24 de abril de 2015, la Directora General de la Dirección General de Infraestructura Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud , corre traslado de la solicitud de licencia formulada por la servidora nombrada doña Maribel HUACRE MENDOZA, por el fallecimiento de su señor Padre Claudia HUACRE LLACCTARIMA Y, acaecido el día 9 de abril del 2015 , en la ciudad de Lima , remitiéndolo a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos para las acciones administrativas correspondientes.

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