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4 sept. 2018 - hasta por la suma de TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. ... 360/360. Ley N°. Pension. Tiempo de Servi
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Visto, el Informe W 038-2015-ERP/MINSA, de fecha 07 de enero del 2015, que obra en el Expediente W 14-133045-001, expedido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, sobre la solicitud de la pension provisional de sobreviviente por viudez presentada por dona MARIA JULIA COELLO GILES VDA. DE GUILLEN; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 2579-85-RSUOP, de fecha 17 de julio de 1985, se reconocio a don Miguel German Guillen Hurtado, (38) anos, (06) meses y (25) dias de servicios prestados a la Nacion hasta el 30 de junio de 1985, asimismo, se otorgo pension de cesantfa a partir del 31 de julio de 1985; Que, mediante escrito presentado con fecha 18 de diciembre del 2014, dona Maria Julia Coello Giles Vda. de Guillen, solicita la pension provisional de sobreviviente por viudez, a consecuencia del fallecimiento de su conyuge don Miguel German Guillen Hurtado, ocurrido el 02 de diciembre del 2014, conforme consta en la copia certificada del Acta de Defuncion W 06919608, expedida con fecha 16 de diciembre del 2014, por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil RENIEC, asimismo, a efectos de acreditar su condicion de conyuge superstite, presenta copia autentificada de la Partida de Matrimonio W 029367, expedida con fecha 11 de diciembre del 2014, por la Municipalidad Provincial de Ica; Que, bajo Declaracion Jurada de fecha 18 de diciembre del 2014, dona Maria Julia Coello Giles Vda. de Guillen, declara que: a) No percibe otra pension de cesantfa 0 sobrevivientes por el Decreto Ley W 20530, b) No ejerce actividad remunerada en el Sector Publico, c) No percibe bonificacion por escolaridad, aguinaldos por fiestas patrias y navidad, 0 conceptos similares con igual 0 diferente denominacion por otra entidad del Estado; Que, el articulo 48° del Decreto Ley W 20530, modificado por Ley W 28449, senala que el derecho a pension de sobrevivientes se genera desde la fecha de fallecimiento del causante y su pago se efectuara al expedirse la resoluci6n; Que, mediante la Resolucion Jefatural N° 125-2008-JEFATURAlONP, de fecha 10 de julio del 2008, se dictan disposiciones referentes a solicitudes derivadas de los derechos pensionarios del regimen del Decreto Ley N° 20530, en cuyo articulo 7° senala la responsabilidad que mantienen las entidades a que se refiere su articulo 1°, asimismo, en su articulo 7°, dispone el pago de la pension provisional de cesantfa, invalidez y sobrevivencia de acuerdo a la normatividad aplicable (articulos 47° y 48° del Decreto Ley N° 20530);

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Que, mediante Decreto Supremo W 338-2014-EF, seriala: tiene por objeto establecer disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Navidad cuyo monto fijado por la Ley W 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ario Fiscal 2014, corresponde hasta por la suma de TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300,00), la cual se abona, por unica vez, en la planilla de pagos del mes de diciembre de 2014; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014, autorfcese por unica vez el otorgamiento del aguinaldo extraordinario correspondiente ala suma de TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300,00), la cual se abona, por unica vez, en la planilla de pagos del mes de diciembre de 2014; Que, mediante Decreto Supremo W 001-2015, autorfcese por unica vez el otorgamiento de la Bonificacion por Escolaridad correspondiente ala suma de CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400,00), la cual se abona, por unica vez, en la planilla de pagos del mes de enero del 2015; Con las visaciones del Jefe del Equipo de Remuneraciones y Pensiones y del Ejecutivo Adjunto de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos; De conformidad con el Decreto Ley W 20530 "Regimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles Prestados al Estado no Comprendidos en el Decreto Ley W 19990" modificado por la Ley N° 28449 "Ley que establece las nuevas reglas del regimen de pensiones del Decreto Ley N° 20530; SE RESUELVE: Articulo 1°._ RECONOCER Y OTORGAR a favor de doria Marfa Julia Coello Giles Vda. de Guillen, pension provisional de sobreviviente por viudez, a partir del 02 de diciembre del 2014, fecha de fallecimiento de don Miguel German Guillen Hurtado, ex - pensionista de la Administracion Central del Ministerio de Salud. Articulo 2°._ INCORPORAR ala Planilla Unica de Pago de Pensionistas a doria Marfa Julia Coello Giles Vda. de Guillen, a partir del 01 de febrero del 2015, can la suma de Mil Quinientos Treinta y Siete can 33/100 Nuevas Sales (Sf. 1,537.33), par concepto de pension provisional de sobreviviente par viudez, equivalente al 90% de S/. 1,708.14 Nuevas Sales, de acuerdo al siguiente cuadro: Cargo: Director - Nivel F-4 Tiempo de Servicios: 38 anos - 06 meses - 25 dias R.D. N° 2579-85 (17-07-1985)

360/360 Pension de Cesantia

Monto total de la pension de cesantia al mes de agosto-2014: Monto total de la pension blisica provisional de sobreviviente

S/. 3,416.27 por viudez:

Ley N° 28449 Articulo3~ Inciso b) 50% S/. 1,708.14

Pension Provisional de sobreviviente porviudez 90%

S/.

1,537.33

Articulo 3°._ AUTORIZAR EL REINTEGRO a favor de doria Marfa Julia Coello Giles Vda. de Guillen, can la suma total a Cuatro Mil Ochenta y Cinco can 93/100 Nuevas Sales (S/. 4,085.93), por concepto de devengados de la pension provisional de sobreviviente par viudez, par los meses diciembre del 2014 y enero del 2015, de acuerdo al siguiente detalle: Reintegro DEL

02-12-2014 01-01-2015

AL

30-12-2014 30-01-2015

de Pension

de Sobreviviente de Viudez MONTO DE LA PENSION DIAS - MESES

1,537.33:30 = 51.24 x 28 dias 1,537.33 x 01 meses

Total: (+) aguinaldo extraordinario diciembre-2014 (+) aguinaldo diciembre-2014 (+) bonificacion p~r escolaridad enero-2015 Sub total: (+) 01 dia de diciembre-2014_g_ue debio cobrar el causante Total:

TOTAL

1,434.72 1,537.33 2,972.05 300.00 300.00 400.00 3,972.05 113.88 4,085.93

MINISTERIO

DE SALUD

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Articulo 4°.- La pensi6n definitiva de sobreviviente por viudez, esta sujeta a la calificaci6n, dedaraci6n y reconocimiento de la Oficina de Normalizaci6n Previsional - ONP, a donde se remitira el legajo de pensi6n, de acuerdo a 10 senalado en la Resoluci6n Jefatural N° 125-2008JEFATURAlONP. Articulo ~NP.

Articulo 6°._ NOTIFICAR la presente Resoluci6n Directoral ala interesada, sito en Enrique Salazar Barreto N° 446 - Vista Alegre - Santiago de Surco.

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5°._ REMITIR copia de la presente resoluci6n a la Oficina de Normalizaci6n Previsional -

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REGISTRESE Y COMUNIQUESE

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Directora Gener

Oficini Geneml de Gesti6n MINISTERI

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