o{ución !Ministerial - Ministerio del Ambiente

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29 SET. 2016

Vistos; el Informe N.O 257-2016-MINAM/SG-OAJ de fecha 29 de septiembre de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Memorándum N.o 597-2016-MINAM/DVMDERN de fecha 28 de septiembre de 2016, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N.o 102-2016-MINAM/DVMDERN/DGOT de fecha 27 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Ordenamiento Territorial; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio del Ambiente es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a lo señalado en el Decreto Legislativo N.o 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, éste tiene la función general de diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, mediante documento OF. RE (DGM-DMA) W 2-21-B/113 de fecha 25 de agosto de 2016, el Director General para Asuntos Multilaterales y Globales de la Dirección de Medioambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, hace de conocimiento del Ministerio del Ambiente - MINAM que la Secretaría Permanente de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (SP/OTCA) en el marco del proyecto Monitoreo de la Cobertura Forestal en la Región Amazónica, invita a participar en la "Capacitación en imágenes de radar" que se realizará en la ciudad de Belém República Federativa del Brasil, del 03 al 07 de octubre de 2016; Que, el Ministerio de Ambiente, a través de la Dirección General de Ordenamiento Territorial (DGOT) viene desarrollando acciones que se relacionan y contribuyen con los objetivos nacionales, vinculadas a manejo sostenible y uso racional de los recursos naturales. Dentro de sus funciones, la DGOT administra el Sistema de Información Geográfica del MINAM (SIGMINAM) para suministrar información georeferencial; Que, la Capacitación desarrollada por la Organización de Tratado de Cooperación Amazónica - OTCA, representa una oportunidad para el fortalecimiento de capacidades respecto al uso, manejo de las imágenes RADAR y el software de procesamiento que constituyen nuevas herramientas para el monitoreo del territorio y que son insumos para los procesos de Ordenamiento Territorial, así como

l

para los fines del Programa Presupuestal 136 "Prevención y Recuperación Contaminados y Áreas Degradas por Minería Ilegal e Informal";

Ambiental

de Sitios

Que, el objetivo de dicho evento es capacitar a profesionales del área ambiental con los fundamentos básicos de radar imageador y en los mecanismos de retro-dispersión y rugosidad superficial fundamentales para el entendimiento de las imágenes de radar y así ser aplicados en la generación de información geoespacial para el monitoreo del territorio; Que, asimismo mediante Oficio N.o 208-2016-MINAMIDVMDERN de fecha 26 de septiembre de 2016, del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente - MINAM, comunica a la Directora de Medioambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, que la servidora Angélica Surama Sauñe Ferrel de la Dirección General de Ordenamiento Territorial, ha sido designada para asistir a la Capacitación en imágenes de radar; Que, en tal sentido, en atención al Memorando N.o 597-2016-MINAM/DVMDERN de fecha 28 de septiembre de 2016, el Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales y el Informe N.o 102-2016-MINAM/DVMDERN/DGOT de fecha 27 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Ordenamiento Territorial, se propone la participación de la servidora Angélica Surama Sauñe Ferrel, Analista Forestal de la Dirección General de Ordenamiento Territorial en dicha Capacitación, por ser de interés institucional; asimismo, de acuerdo a lo señalado en los documentos antes mencionados los gastos de participación de la representante del Ministerio del Ambiente serán cubiertos por la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica - OTCA; Que, conforme con lo prescrito por el artículo 11 del Decreto Supremo N.o 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, estando a lo informado, la solicitud de autorización de viaje se encuentra dentro del marco dispuesto por el artículo 11 del Decreto Supremo N.° 047 -2002-PCM, por lo que se ha visto por conveniente autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios de la servidora Angélica Surama Sauñe Ferrel, Analista Forestal de la Dirección General de Ordenamiento Territorial, a la ciudad de Belém - República Federativa del Brasil; Con el visado de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N.o 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N.o 0472002-PCM Y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N.o 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N.o 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la servidora Angélica Surama Sauñe Ferrel, Analista Forestal de la Dirección General de Ordenamiento Territorial dependiente del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente - MINAM, a la ciudad de Belém, República Federativa del Brasil, del 02 al 09 de octubre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, la servidora cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar ante la Titular del Ministerio del Ambiente un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor de la Entidad, así como entregar un ejemplar de los materiales de trabajo obtenidos.

Artículo 3.- La presente autorización de viaje no irroga gastos con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, asimismo, no otorga derecho a exoneración o liberación de impuesto o derechos de aduana, de cualquier clase o denominación. Artículo 4.- Transcribir la presente resolución a la Dirección General Territorial y a la Oficina General de Administración, para los fines correspondientes. Regístrese

y comuníquese.

de Ordenamiento