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L¡ma,

-2017-MTNcETUR/VMT/DGJcMT

20 tflt'

2017

Visto, el Exped¡ente N" 1004186-2016-MINCETUR, de fecha 21 10.2016' en el que la empresa NEVADA ¡HtnetÉ¡lluleNTos s.A.c. solicita la Renovación de la Autorización Expresa para la

explotación de máqu¡nas tragamonedas en la sala de juegos "ZARATE 2", ub¡cada en la Av. Gran Chimú N" 858, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima; CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N' 27153, y normas modificatorias, y Su Reglamenlo aprobado mediante Decreto Supiemo H" OOg-ZbOZ-lvtlHCETÚR, se regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tiág"mon"d"" en el pafs, establec¡éndose en el artfculo 24' del citado cuerpo legal que coresponde a la óirÉcc¡On General di Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas las facultades administrat¡vas de aulor¡zac¡ón, f¡scalización, supervisiÓn, evaluaciÓn y sanc¡Ón v¡nculadas a las explotaciones antes referidas;

Que, de acuefdo con lo establec¡do en el artículo 10' del Decreto supremo N' 009-2002juegos de casino y de MINCETUR, la Renovación de la Autorización Expresa concedida a las salas de para el de Autorización proced¡miento establecido el máquinas tiagamonedas, se realiza siguiendo Expresa;

14'de la Ley antes mencionada asl como el artfculo 7" de su Reglamento' Decreto Supremo Ñ" 999-2002-MINCETUR, se establecen los requisitos que los aprouaoo meoianie Que, en el artfculo

sól¡c¡tantes deben cumPlir para acceder a la mencionada autorizac¡Ón;

Que,medianteResoluciÓnD¡rectora|N"258-2008-M|NCETUR^/MT/DGJCMT,defecha juegos solicitante se te autorizó la explotac¡ón de máquinas tragamoned€s en la.sala de y Prov¡ncia de Lurigancho;zln¡re 2,,,laubiuda Juan en la Av. Gran Chimú Ñ" ssa, oistfno de san de la y Formalizac¡ón. Reordenam¡ento 'Ley de Oepartamentó de Lima, at amparo de la Ley N" 28945 que^ le fue Áci¡u¡oao de Exptotación de Juegos de cásino y Máquil3: Iragamonedaq_autorizac¡ó¡27.o2.ZOOg, á

26 03 2013: r"nouááá mádiante Resotución Diráctoral N" 743-20i3-MINCETURA/MT/DGJGMT' de fecha

Que'medianteExpedienteN"1oo4188.2o16.M|NCETUR,defecha2l'10.2016,|aempresa para la Cñf neTENlMtEi{TOS a.A.C, sol¡c¡ta la Renovación de la Autorizac¡ón Expresa chimú Gran la Av en juegos 2", ubicada 'ZARATE erolotación de máouinas traqaton"das en la sala de

leV¡ol

N.tH, ;:üi"

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L¡""*iá áé iun"ionamienro H. Juan de Lurigancho, por el giro

Lurigancho, provincia y ñe,partamento de Lima, la misma que cuenia con

óóáé7-ro, ae ¡ecna )q.oi.2o1o, expedida por la MuniciPalidad de san

de 'Tragamonedas';

Que'|aso|icitantehacumptidoconpresentaf|adocumentaciÓny/oinformac¡ÓnE9u.9lqapara 1004'188-2016a ta renovación oe ra aúil.¡iácion Lxpresa solicitada mediante Exped¡entedeN" juegos "ZARATE la sala en It¡rñcErun, o" t""n" zr.ro.zolo, páiááxiiotai máquinas tragamonedas Provinc¡a de Lurigancho, v Juan San de Distrito én l" ¡u. Cran C¡imt Ñ' aóa-AOZ-SOi,

acceder

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Departamento de Lima,

Que, de otro lado, según consta

en

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Informe Técnico

N"

826-2016-

juegos cumple con los requisitos MINCETUi'üMT/DGJCMT/DCS-¿MAs,?e tecna 23.11.2016, ta sala de

técnicos ex¡gibles para la instalac¡ón y funcionam¡ento de una sala de juegos de máquinas tragamonedas, asi como con la d¡stancia mfn¡ma requerida por la Ley; Que, al respecto es del caso señalar que las puertas de la sata de juegos "ZARATE 2" s¡gnadas con los números 862 y 864 que figuran en el Certifcado de Inspecc¡ón Técnica de Seguridad en Edif¡caciones de Detalle N" 037-2016, de fecha 12.10.2016, así como en la L¡cencia de Funcionámienio N' 00897-10, de fecha 24.03.2010, de la mencionada sala de juegos, se encuentran a una distancia inferior a los 150 metros del cenlro Educativo "santa Teres¡ta" según el Informe Técn¡co N' E26-2016MINCETUR /MT/DGJCMT/DCS-CMAS, antes ¡nd¡cado, por to que, ta empresa NEVADA ENTRETEI{IMIENTOS S.A.C. no puede mantener las menc¡onadas puertas abiertas at público bajo

sanción de cancelación de la Autorización Expresa;

Que, asimismo, cabe señalar que, med¡ante Resoluc¡ón Directoral

N"

3744_2016_

MINCETUR/VMT/DGJCMT de fecha 09.12.2016, a ta empresa NEVADA ENTRETENtMtENTos s.A.c., se le autorizó la últ¡ma modificación solicitada a su Autor¡zac¡ón Expresa para la explotación de c¡ncuenta y

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qaqu¡nas tEgamonedas y ciento ocho (108) memorias de sólo tectura en ta sala de juegos

"T.¡IRATE 2", y que son las mismas que a la fecha v¡ene explotando;

_ . . Que, la empresa cumple con adjuntar a su sol¡c¡tud cop¡a del Certifcado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones de Detalle N' 037-2016, de fecha 12.02.2016, con vigenciá indeterm¡nada, el Informede InspecciÓn Técnica de Seguridad en Edifcac¡ones de Deta e de fechá 1g.08.2015, exped¡dos por la Mun¡cipalidad de San Juan de Lurigancho, en el que de acuerdo con Io establec¡do en el becreto supremo No 058-20'14-PcM, se deja constancia que la sala de juegos de la solicitante cumple con las cond¡ciones de seguridad exigibles a este üpo de establecimientosf Que, de la evaluación de la solvencia económica de la solicitante y de los soc¡os, d¡rectores, gerentes y apoderados con facultades inscritas, según consta en el Informe Ecbnómico Financiero N" 2262016 de RenovaciÓn de Autorización Expresa, de fecha 05.12.2016, la sol¡ciianle y las personas antes Diráiva No oo.t-2007ildigg?s cumplen con los crilerios de evatuac¡ón estabtec¡dos en MINCETUR r'MT/DGJCMT, deb¡éndose precisar de conformidad con lo dispuesto en et argcuto rS. oe l"

la

Ley N' 27153 y normas modificatorias que dicha evaluación es permanente en tanto el titular de la aulorización mantenga vigenle la autorización concedida; Que, en observancia de lo establecido en los artfcutos 19. y s¡gu¡entes de la Ley N" 27i53 y normas modif¡catorias, la solicitante cumple con presentar ta póliza d'e Cáución N" 710161b101233-OOO, de fecha 01.092016 vigente hasta.et.01.o9.2ot 7, otorgada por MAFRE eenú compánta á"-s"lrro" y Reaseguros s.A. a favor der Ministerio_ Eferior y Turismo - rrllrucrrün, foi r" süra o" _de -comercio doscientos veintiún mit doscientos y oo/ioO sotes (s/. 221,¿oo.ool, po, tas máqrtnás- ii"g"Á;n"0"" autorizadas para su exptotación en ta sata de juegós "ZARATE z;;, en respatáo- oe L, o'oiü"óion"" asumidas con.el Estado y terceros.de¡ivadas de ta aplicación det menóionado óuerpo r"gai, r" qu. ha sido remitida at área de admin¡stración del MlNcÉruR para su custodia nnes io"esEno¡enü;-

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Que, según Informe Técnico

i,? * 30j3"".".1i?^":$,fd9 q!

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N'

926-2016-M|NCETUR^/MT/DGJCMT/DCS-CMAS,

sata de_juesos ha cumptido con to dispuesto

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ó""réio

de

fecha

érpr"r.

"l ¿"';No,'"á" ie"niüi-¿;;É,-"-;d;";:;';; .... ¡mplementación ogl |lfllJrirfnenlacton der s¡stema unifrcado de contror en tiempo rear sucin'-á ,\... X"Lf:r^E:*'I9T,-y1¡::*:l1".9ó-:r¡9glá,""p !; ,"_n;;; l; s

F¡nal de ra Ley N.277e6, \ :\|i"?lligllljlatde i \ ilN' 145-2003-5UNAT;

\'r.

,,

Disposic¡ón

I

mod¡f¡cada porra

-

láyzsazs,

fi;".

il;

tl;il;"or;¿-";-"'iri""¡ni"no"n"¡"

asim¡smo, de. aclerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de ,_,-__-,_O]1 Infracciones y sanciones, det Decreto supremo ñ. 01 5-201o-M|ñ¿ETUR, se sancionará árl¡trr"iá" 'q"á sala tragamonedas con una rlf".d.e UtT por cadá máquina tragamonáOi.

*.

liryg_(O5)

encuentre interconectada con un Modelo SUCTR;

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!-"g¡ante Expediente N" 1007661-2016-MTNCETUR, de fecha 09.1r.2016, ra empresa -.-...-qul l{EvADA ENTRETENTMTENTOS s.A.c., cumpre con presentar et pran de prevenc¡ón de r; L;dó;[;, al que. hace referenc¡a er riterar t) der numerar

"r"iq* i!ili"

14.r der ;drcuro in oe r" t_"y N" 27153, r" explotación-de los juegos de casino.y máqu¡nas tragamonJdas: róo,n""oo mediante el articulo 6" de ta Ley N".29907, "Ley para ra prevención oe tá t-uoopaiia en tás

v el artfcuro

v

1

ti"j"r"""i""", - --

sáas oe casino v ,aqrrái 1" der Regramento aprobado medianie oecretó suliemo ru" ooz_ioril¡¡iruóEiúñ;

gbuforo/ fr*¿o/o,e¡ao ...t

plazo

eue, de acuerdo con lo d¡spuesto en el artlculo 17' de la Ley N'27'153 y normas modiñcatorias, el vigenc¡a de las autorizaciones expresas concedidas por la DirecciÓn General de Juegos de

de

basino y Máquinas Tragamonedas es de cinco (05) años, pudiendo ser renovada por plazos suces¡vos y adic¡onales de cuatro (4) años;

De conformidad con las Leyes Nos. 27153, 27796 y 27444'Ley del Procedimiento Adm¡nistrativo General" y el Decfeto supfemo Nro. 009-2002-MINCETUR, estando a lo op¡nado en los lnformes Económicó - Financ¡ero t¡; 226-ZO16, Técnico N" 826-2016-MINCETUR /MT/DGJCMT/DCS-CMAS y Legal N' 038-201 7-MINGETUR /MT//DGJCMT/DAR.GED; SE RESUELVE:

a la empresa NEVADA 120511014, Para la exPlotaciÓn .de.máqu¡nas ENTRETENIIUIENTOS S.A.C., con código de feglstro N' ch¡mú N" 858, Distrito de San la Av. Gran en ubicada 2"; "z¡mfe ir"ga.on"J"" en ta sata