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Visto, el expediente N° 15-095916-001, que contiene el Informe N° 247-2015OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012EF, y de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se expidió la Resolución Ministerial N° 1000-2014/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2014 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2015 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el literal b) del artículo 28 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza al Ministerio de Salud a efectuar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional a favor de los gobiernos regionales hasta por la suma de S/. 111 000 000,00 para la operación y mantenimiento de los nuevos establecimientos de salud, que entrarán en funcionamiento a partir del año 2015, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y Ministro de Salud;

S. Ruiz Z.

Que, en tal sentido, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 277-2015EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 668 553.00), del Pliego 011 Ministerio de Salud a favor del Pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín, destinado a financiar la operación y mantenimiento del Nuevo Hospital Regional Docente de Medicina Tropical "Julio Cesar Demarini Caro", para el periodo de octubre a diciembre del presente año fiscal; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del precitado Decreto Supremo, establece que los Titulares del Pliego habilitador y de los Pliegos habilitados con la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la mencionada norma a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del referido Decreto Supremo;

q

Que, mediante el Informe del Visto, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite la opinión técnica presupuestal que sustenta la necesidad de emitir la Resolución Ministerial que aprueba la desagregación de los recursos autorizados por Decreto Supremo N° 277-2015-EF; Que, con Nota Informativa N° 1044-2015-0GAJ/MINSA. la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la solicitud de desagregación propuesta; Que, en ese sentido resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente y aprobar la desagregación de los recursos aprobados mediante Decreto Supremo N° 277-2015-EF; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo N° 277-2015-EF, y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Desagregación de recursos Apruébese la desagregación de los recursos autorizados mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 277-2015-EF, por el monto de TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NUEVOS SOLES (S/. 3 668 553.00), de acuerdo al siguiente detalle: (En Nuevos Soles) Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administración Central- MINSA

SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

5005467 :

Mantenimiento para Equipamiento e Infraestructura Hospitalaria

1 : Recursos Ordinarios

GASTOS CORRIENTES 2.3. Bienes y Servicios

3 668 553,00 TOTAL DE EGRESOS

3 668 553,00

S. RUIZ Z.

Artículo 2.- Nota para Modificación Presupuestaria

.4, sows ,' . 7.11'0112 I.

La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, instruirá a la Unidad Ejecutora 001: Administración Central, para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

No 611 -

MINISTERIO DE SALUD

\srav.ICA Dez.

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dee 2015

Artículo 3.- Remisión Copia de la presente Resolución Ministerial se remite a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF. Regístrese y comuníquese.

DANIEL S MAURATE ROMERO Ministro de Tra jo\ y Pro oción del Empleo Encarg o de la C itera de Salud

S. RUIZ Z.

2 01 S) iiiris i