No 49g- 20131tr NsA - Minsa

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MINISTERIO DE SALUD

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Zinct, 21 a 001)1E118cl VISTO, el Decreto Supremo N° 285-2013-EF, que autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor de, entre otros, el Pliego 011: Ministerio de Salud, y el Informe N° 268-2013-OGPPOP/MINSA; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012EF, y de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se expidió la Resolución Ministerial N° 1019-2012/MINSA, de fecha 31 de diciembre de 2012 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2013 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, mediante el numeral 1.1 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 2852013-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, con cargo a la reserva de contingencia, hasta por la suma de S/. 420 411 848,00 (CUATROCIENTOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES), correspondiéndole al Pliego 011: Ministerio de Salud el importe de S/. 6 784 565,00 (SEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinados al pago de remuneraciones de médicos cirujanos residentes y guardias comunitarias que realizan el Servicio Rural y Urbano Marginal de la Salud — SERUMS; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2° del precitado Decreto Supremo, los titulares de los pliegos habilitados en la transferencia de partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados a nivel programático dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del citado Decreto Supremo; Que, mediante Informe N° 268-2013-OGPP-OP/MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sustenta la necesidad de emitir la Resolución Ministerial que autoriza la desagregación de recursos dispuesta en el numeral 1.1 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 2852013-EF;

2013

Con el visto del Director General de la Oficina General Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 2852013-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Apruébese la desagregación de los recursos autorizados mediante el numeral 1.1 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 285-2013-EF por un monto de S/. 6 784 565,00 (SEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), de acuerdo al siguiente detalle: (En Nuevos Soles)

ALA:

Gobierno Central 011 Ministerio de Salud 001 Administración Central-

SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA MINSA ACCIONES CENTRALES SIN PRODUCTO

: 5000005 Gestión de Recursos

ACTIVIDAD Humanos

1 Recursos Ordinarios

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales

6 784 565,00

Articulo 2°.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Finalidades y Unidades de Medida. Artículo 3°.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, instruirá a la Unidad Ejecutora 001: Administración Central, para que elabore la correspondiente "Nota para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4°.- Copia de la presente Resolución Ministerial se remite a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. A POR OCARRERO G.

Regístrese y comuníquese

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIO Ministra de Salud