MORAL Y DERECHO

otros sujetos: alude a dos personas como mínimo, regulando sus conductas en recíproca interferencia. • La norma moral es
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MORAL Y DERECHO

Ética y Legislación UNT 2011

• Ambos son sistemas normativos de la conducta humana. • Entre las doctrinas que los distinguen, algunas los oponen y diferencian, en tanto otras admiten estrechas relaciones entre ambos sistemas.

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Diferencias.

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• La norma jurídica es intersubjetiva, bilateral o vinculatoria porque regula la conducta de una persona, en relación o en interferencia con la conducta de otro u otros sujetos: alude a dos personas como mínimo, regulando sus conductas en recíproca interferencia.

• La norma moral es subjetiva o unilateral no porque enfoque la conducta aislada del hombre, sino porque la regula, no con relación a la de otra u otras personas, sino con relación al sujeto que la realiza, es decir, con relación a las otras conductas posibles del mismo sujeto. Ética y Legislación UNT 2011

• Se dice que las normas jurídicas son heterónomas en el sentido de que rigen la conducta humana sin derivar su validez de la voluntad de los sujetos vinculados sino de una voluntad superior a la de ellos (por ej., la voluntad del legislador). • Las normas morales, por el contrario, se califican como autónomas en el sentido de que sólo obligan cuando el sujeto las reconoce como válidas, de manera voluntaria y, por lo tanto, libre. Esto significa que su fuente de validez está en la voluntad libre de quien debe cumplirlas. En cambio, quien por propia voluntad no les reconoce validez, por no concordar por ejemplo con su escala de valores, tampoco las cumple, pero siempre de manera voluntaria. Ética y Legislación UNT 2011

• Tanto el Derecho como la Moral pueden ser violados y ambos tienen sanción, pero de carácter diferente. • La norma jurídica es coercible. La coercibilidad es la posibilidad de hacer cumplir el derecho mediante la fuerza, en caso de inobservancia. • No es lo mismo que la coacción: la coacción – física y psíquica –, es la acción que se ejerce sobre una o varias personas, para constreñirlas a obrar de una manera determinada • La coercibilidad es la posibilidad jurídica de la coacción, es decir, coacción virtual, en potencia y no en acto; es una sanción latente o posible que se actualizará en caso de violación del respectivo deber jurídico. Ética y Legislación UNT 2011

• La norma moral, en cambio, es incoercible, vale decir que su cumplimiento no puede ser impuesto por la fuerza. • Para que un acto sea moral de verdad, debe ser hecho voluntariamente (Kant). •

En síntesis, por su carácter incoercible (o voluntario), la moral en general no establece derechos, sino que a la inversa sólo prescribe deberes que, por el carácter antedicho, deben cumplirse voluntariamente.

• Esto no quiere decir que la conducta inmoral carezca de sanción; en efecto, también la tiene y está constituida ya por el remordimiento que provoca una mala acción, o por el repudio social hacia el infractor del deber moral, o por ambas, según los casos. Ética y Legislación UNT 2011

Bibliografía. • AFTALIÓN, Enrique R. - GARCÍA OLANO, Fernando – VILANOVA, José: Introducción al derecho, 11ª Edición Actualizada, Cooperadora de Derecho y Ciencias Sociales, Buenos Aires, 1980. • MOUCHET, Carlos – ZORRAQUÍN BECÚ, Ricardo, “Introducción al derecho”, Ed. Abeledo – Perrot, Buenos Aires, 2005. • TORRÉ, Abelardo, Introducción al derecho, Decimocuarta edición ampliada y actualizada, Abeledo Perrot, Buenos Aires, 2003.

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