MINISTERIO DE SALUD Visto el Informe W 1381 ... - Minsa

Salud, con el cargo de Asistente Administrativo 11, Nivel SPD, la suma ascendente a Treinta y Un Mil. Ciento Setenta y T
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MINISTERI O D E SALUD



Visto el Informe W 1381 -2015-ERP-OARH/MINSA, de fecha 17 de setiembre del 2015; contenido en el Expediente N° 15-011264-001; elaborado por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral W 136-2012-0GGRH/SA, de fecha 15 de febrero del 2012, se reconoció a doña Ana Maria CURUCHAGA DE ZUMAETA, pensionista de la Sede Central del Ministerio de Salud, con el cargo de Asistente Administrativo 11, Nivel SPD, la suma ascendente a Treinta y Un Mil Ciento Setenta y Tres con 50/100 Nuevos Soles (SI. 31,173.50), por concepto de devengados derivados de la aplicación del articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 037-94, previa deducción de lo pagado por el Decreto Supremo W 019-94-PCM, del periodo comprendido del 01 de julio de 1994 hasta el 30 de diciembre del 2010, en cumplimiento a lo ordenando mediante Resolución N° Trece de fecha 17 de mayo del 2011, expedida por el Décimo Segundo Juzgado Contencioso Administrativo de Lima; Que, en ese sentido, durante los meses de diciembre del 2012, abril, junio y diciembre del 2013 y octubre del 2014, se efectúo a favor de doña Ana Maria CURUCHAGA DE ZUMAETA, seis (06) depósitos parciales con cargo a la deuda principal, habiéndose cancelado la totalidad de los devengados reconocidos en la Resolución antes mencionada, como a continuación se indica: MONTO RECONOCIDO

R.D.W 1640-

MONTO PAGADO 2012

2012·OGGRH/SA

DICIEMBRE

31,173.50

3,341.74/11,777.94

ABRil

I

767. 90 1

2013 JUNIO

I DICIEMBRE

2,834.14 1 12,208 .64

2014 OCTUBRE

TOTAL AMORTIZADO

243 .14

31,173.50

Que, mediante Resolución N° 07 de fecha 29 de diciembre del 2014 se declara consentida la Resolución N° 6 de fecha 25 de julio del 2014, expedido por el 32° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró fundada la demanda por la cual se ORDENA al Ministerio de Salud , que cumpla con pagar a la accionante doña Ana Maria CURUCHAGA DE ZUMAET A, los intereses legales derivados de los devengados de la bonificación especial dispuesta por el artículo 2° del Decreto de Urgencia W 037-94, reconocidos mediante Resolución Directoral N° 1362012-0GGRH/SA a partir del 01 de jul io de 1994 a la fecha de cancelación de los devengados; Que, de acuerdo al Informe Situacional Actual W 457-2015-SERL-EIE-OARH-OGGRH, de fecha 09 de febrero del 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón , doña Ana Maria CURUCHAGA DE ZUMAETA, figura como cesante de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cargo de Asistente Administrativo 11 , Nivel SPD;

Que, el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial , aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS, que dispone que "toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos , restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil , penal o administrativa que la Ley señala"; Que, de acuerdo al Informe de Visto, ya la Liquidación W 209-2015-ERP-OARH/MINSA, de fecha 16 de setiembre del 2015, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, se ha determinado que corresponde reconocer a doña Ana María CURUCHAGA DE ZUMAET A , la suma de TRECE MIL TRESCIENTOS UNO CON 27/100 NUEVOS SOLES (S/. 13,301.27); por concepto de intereses legales laborales, del periodo comprendido del 01 de julio de 1994 al30 de setiembre del 2014, generado de los devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia W 037-94; Que, en este contexto, resulta conveniente expedir el acto resolutivo mediante el cual se cumple el mandato judicial expedido por el 32° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima; en lo que respecta a los intereses legales, por la bonificación antes citada; Que, a razón de las obligaciones derivadas de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada, mediante Resolución Ministerial W 210-2014/MINSA de fecha 11 de marzo del 2014, se conformó el Comité para la elaboración y aprobación del listado priorizado para la atención del pago de sentencias judiciales a efectos de reducir costos al Estado, en aplicación a lo dispuesto por el artículo 5° del Reglamento de la Ley W 30137, aprobado por Decreto Supremo W 001 -2014-JUS;



Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, y; De conformidad con lo previsto en el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS y el artículo 5° del Reglamento de la Ley N° 30137, aprobado por Decreto Supremo N° 001 -2014-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°._ RECONOCER, a favor de doña Ana María CURUCHAGA DE ZUMAETA, la suma ascendente a TRECE MIL TRESCIENTOS UNO CON 27/100 NUEVOS SOLES (S/. 13,301 .27); por concepto de intereses legales derivados de la aplicación del artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 037-94; del periodo comprendido del 01 de julio de 1994 al 30 de setiembre del 2014, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución . Artículo 2°.- El monto reconocido en el artículo precedente de la presente resolución , se abonará con cargo a la Específica de Gasto: 25.51 .21, Meta: 0133, y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la Unidad Ejecutora 001, Pliego 11 Ministerio de Salud. Artículo 3°._ Remitir copia de la presente resolución al Director General de la Oficina General de Administración , quien preside el Comité encargado del listado de priorización de obligaciones de sentencias con calidad de cosa juzgada . Artículo 4°.- Remitir copia de la presente resolución al Procurador Público del Ministerio de Salud para su conocimiento y presentación ante el 32° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, para su aprobación.

Regístrese y Comuniquese,