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TC-S2 y 2446-2009-TC-S2, las propuestas deben ser evaluadas y calificadas de forma integral, es decir, según la document
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y No 0992-2011-ME/SGVisto; los InformesTécnicosN" 0127-2011-MEISG-OGA-UA-APS y, OGA-UAy el InformeLegalNo 1133-2011-MEISG-OAJ-TAC; CONSlDERANDO: Que, el día 07 de noviembrede 2011, se convocó en el Sisiema Electrónicode Contrataciones del Estado,en adelanteSEACE,el procesode AdjudicaciónDirectaSelectivaNo44y sustitución para la consultoría 2011-EDIUE'108 de "Supervisión de ejecuciónde obra reconstrucción de la infraestructura de la l.E. HoracloZevallosGamez(PuebloNuevo- Chincha-lca)"; por un valor referencialde S/. 191,897.23(Cientonoventiúnmil ochocientosnoventay siete y 231100nuevos soles);en adelanteel proceso; a las bases,y con fecha Que, en el citadoprocesono se formulóconsultasni observaciones Ingenieros, 29 de noviembre de 201'1se otorgóla buena-proa favordelConsorcioAlegríaAldoradín integradopor los señoresMalaquíasAlegríaHuamaníy William LeoncioAldoradínCarrasco,por el valor de su ofertaeconómicaascendentea Sl. 172.707.51(Cientosetentav dos mil setecientossiete y 51/100nuevossoles); Que, segúnlo indicadoen el Acta No6 del proceso,de fecha22 de noviembrede 2011, en la que constala aperturay evaluaciónde las ofertastécnicaspresentadas, entrelas propuestastécnicas admitidas,el ComitéEspecialconsideróque la ofertatécnicadel señor PablolsidoroFelixLozano mplía los requerimientos técnicosmínimossolicitados en las basesdel proceso,por cuantohabía reditado4 años,4 mesesy 25 días en el cargo de supervisor,y no los cinco años de experiencia muladacomosupervisoro asistentede supervisoren obrasde edificaciónque exigíanlas bases; PablolsidoroFelixLoza,en adelante Que,con fecha05 de diciembrede 201'1,el participante el Apelante, interponeRecurso de Apelación,contra la descalificaciónde su oferta técnica del se realiceuna correctaevaluaciónde la misma,productode la cual sea admitida , solicitando alificadasu oferta técnica. se orocedaa la evaluaciónde su oferta económicav se otorquela - pro del procesoa quiencorresponda; Que, de acuerdoa lo expresadopor el apelante,en el citadoprocesoel ComitéEspecialha evaluadosu propuestatécnicade forma parcial, y que, si se realizauna revisióncompletade la misma se conoce oue. además de los serviciosde consultoríaindicadosen el Cuadro de pervisionesde obrasde edificaciones ha prestadoserviciosde consultoríaen tres , el participante porel en el anexo0B-Bde su oferta. los mismosque no han sido considerados tratosindicados y con loscualeselapelanteacredita, diasde mité Especial, en total,6 años,dos mesesy diecisiete como supervisorde obra de edificaciones, superandola exigenciade mínimo5 años de edificaciones; supervisor ra cvaluaciónde una propuestatécnicatiene el carácterde .,-,,,-rrrosr qpsrar¡LsJ que se realiceen su integridad, valorando todala información examendocumentario, correspondiendo obranteen ella,sin importarel orden en que aparezcaen la propuesta,a efectosque la decisiónde mitir o descalificar una propuestasea el resultadode una visióninteqralde la mismav no una iaciónparcialde un extremode la misma; ñllo

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Que, según la argumentación legalde la apelación,el ComitéEspecialno actuóconformea los principiosque rigen las contratacionesdel Estado, ni a los principiosde razonabilidad, y solicitaque la entidad informalismo, eficaciay simplicidadque rigenel procedimiento administrativo; de convocantecorrijaesa omisión,de conformidadcon lo dispuestoen el articulo70 del Reglamento en adelante la Ley de Contrataciones del Estado,aprobadoporel DecretoSupremoNo 184-2008-EF, y evaluación el Reglamento, segúnel cual la calificación de propuestases integral; Que, el apelanteha cumplido con presentarla garantíapor interposicióndel recursode a p e l a c i ó nm , e d i a n t e edl e p ó s i t o e n c u e n t a c o r r i e n t e N " 4 9 2 T l 2 S 0 d e f e c h a 0 5 d e d i c i e m b r e d e 2 0 l l , por el montode S/. 5,800.00(Cincomil ochocientos y 00/100nuevossoles); de de fecha 06 de diciembre Que, a travésdel OficioNo 0231-2011-ME/SG-OGA-UA-APS corretrasladodel 2011,|a Jefa del Área de Procesosde Selecciónde la Unidadde Abastecimiento, recurso de apelaciónal postor ganador de la buena - pro, para su absolución,conformea lo dispuestoen el artÍculo'1'13del Reglamento; Que, habiendotranscurridoel plazo de tres días hábilesde la notificacióndel trasladodel recursoal ganadorde la buena- pro, sin haberrecibidoabsoluciónal traslado,correspondeque la entidadresuelvala apelaciónsin la absolucióndel trasladode la apelación,conformelo indicaen numeral4 del precitadoarticulo'113 del Reglamento;

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Que,con fecha 15 de diciembrede 201'1,el apelantepresentaa la entidadel documento denominadoalegatoal recursode apelacióncontrala no admisiónde su propuestatécnicay otro;

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de Que, de conformidadcon el Acta No06 de Aperturade Sobres,de fecha 22 de noviembre 1'1.se conoceque el Comité Esoeciala carqode la conduccióndel proceso,descalificóla oferta técnicos técnica del señor Pablo lsidoro Félix Loza, indicandoque no cumple los requerimientos mínimossolicitados en las bases,por cuantosóloacredita4 años,4 mesesy 25 díasde experiencia en el cargode supervisor, concluyendoque su propuestatécnicano es admitidapor no cumplircon la presentación de la documentación obligatoria solicitadaen el numeral2.5 del CapítuloI de la r;-:-_ ': tr,vl'' secciónespecíficade las basesdel oroceso: Que, el Acta No7, de buenapro del proceso,el ComitéEspecialreiteraque la propuestadel en las pelanteno fue admitidapor no cumplircon los requerimientos técnicosmínimossolicitados de bases por no acreditarla experienciapor el plazo mínimo de cinco años como supervisor edificaciones; TécnicosMinimos-de las bases Que, segúnel numeral1.0 del Capitulolll -Requerimientos parala consultoría ingeniero es la de un (01)supervisor, el proceso,una de lasexigencias solicitada, o arquitectocon asistenciaa tiempo completodurantela ejecuciónde la obra y el procesode pción(7 meses),el cual debe contarcon un mínimode 05 años de experiencia en acumulada señala numeral se En la Nota de ese as de edificacióncomo supervisoro asistentede supervisor. que la experiencia mediantecopia añosy se acreditará considerada serála obtenidaen los últimos'15 simplede los contratoscon la respectivaacta de recepciónde obra y conformidadde la prestactón, certificadosy/o constanciasdonde se señalenlos serviciosde supervisiónasí como el períodode eJecución; Que, acordeal literalc del numeral2.5.1de la secciónespecíficade las basesdel proceso, de presentación al contenidodel sobrede la propuesta técnica, es documentación correspondiente juraday documentación que acrediteel cumplimiento de los requerimientos la declaración obligatoria mínimosconteniáos TécnicosMinimos; en el Capítulolll-Requerimientos \ñi.or

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Que, de la revisiónde la oferta técnicadel apelante,se conoce que, a fojas 406 obrael Cuadro denominado"Requerimiento Técnico Mínimo" en el cual explicitaonce serviciosde supervisióny adjuntasu documentación sustentatoria,respectode los cuales,en dos serviciosprestadosal SENATIy al GobiernoRegionalde lca, respectivamenteno presentaconstanciade conformidadde servicios,motivopor el cual no son considerados parael plazode experiencia mínima de consultoríaen supervisión de edificaciones; Que, sin embargo,en la mismaofertatécnica,a fojas 97 obra el cuadrodenominadoAnexo N" 08-B "DeclaraciónJurada de la experienciadel profesionalpropuestoen la especialidadedificaciones" en cuyo contenidose detallaotros contratosde supervisiónde edificaciones, de los cuales,con la información sustentatoria adjunta,correspondiente a los contratosde supervisión de la obra en el Centro EducativoNo 40079 "VÍctor NuñezValencia",prestadoa favor del Ministeriode Educacióny de la obra"Reconstrucción y mejoramiento del servicioeducativoen el InstitutoSuperior TecnológicoPúblicode Nasca",prestadoa favor del GobiernoRegionalde lca, y sus respectivas conformidadesde servicio,se conoce que, aunadaa la experienciaen supervisióndetalladaen el párrafoanterior,el participante superael limite mínimode cinco años de experienciaexigidacomo requerimiento técnicomínimoen las bases; Que, el citadoanexo 0B-Bfue presentadopor el apelante,en virtuddel literale del numeral 2.5.1 -Contenidode las propuesta-documentaciónde presentaciónfacultativa,de la sección específicade las basesdel proceso,que preveíaeste formatopara el detallede la experienciadel profesionalpropuestoen la especialidad de edificaciones; Que, según lo dispuestoen el artículo61 del Reglamentode la Ley de Contrataciones del o, para que una propuestasea admitidadeberá incluir,cumplir y, en su caso, acreditarla mentaciónde presentaciónobligatoriaque se establezcaen las bases y los requerimientos os mínimosque constituyen las características y cualquierotro técnicas,normasreglamentarias requisitoestablecidocomo tal en las bases y en las disposicioneslegalesque regulanel objeto materiade la contratación:

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articulo 70 /U del cttado Que, anlculo citado Reglamentodispone que la calificacióny evaluaciónde las S /'U A i ÉtsftclOtlfpropuestas es integral,y, a efectosde la admisiónde las propuestastécnicas, . el Comité Esoecial

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lasofertas cumplan conlosrequisitos deadmisión de laspropuestas establecidas en

Que, el contenido de la propuestatécnicaes todo aquelque se encuentrefoliado,selladoy suscrito por el participante, cumpliendocon los requisitosseñaladosen el artículo63 del mismo , por lo que la documentaciónsustentatoriade la experienciaen consultoríade que se encuentraincorporadaen la oferta técnicadel apelantey que, rvisiónde edificaciones, el presentecaso ha sido reseñadaanteriormente, debióser consideradapara la admisibilidad de

ú propuesta técnica;

Que, según reiteradajurisprudencia del Tribunalde Contrataciones del Estado,expresada para la resolución de controversias en otroscasos,y contenidaen las Resoluciones No'1541-2010TC-S2 y 2446-2009-TC-S2, las propuestasdeben ser evaluadasy calificadasde forma integral,es decir,segúnla documentación que incluidaen ellas,es decir,apreciando la totalidadde información obraen la oferta,a efectosde que la decisiónde admitiro descalificar una propuestasea resultadode una visión integralde la misma,y no de una apreciación sesgadade un extremode la oferta; asimismo,segúnel criterioexpresado en la Resolución No 159312007.fC-S1 delentoncesTribunalde y Adquisiciones Contrataciones del Estado, la evaluación integralde la oferta,a que hacereferencia la norma sobre contrataciones del Estado.constituveuna suerte de directivadirioidaal Comité para que valorea cabalidadel total de la informacióncontenrdaen cada una de las s, de modo que verifiquecon precisiónel cumplimiento de los requerimientos técnicos 5TO imos,así comoel de los criteriosde evaluaciónprevistosen las Basesy, de estamanera,se evite injustificada escalificación de los postorespor aspectosque podrÍanverseindicados en los propios menlosque presentan -

Que, según lo señaladoen el articulo 114 del Reglamentode la Ley de Contrataciones, cuandoen el acto impugnadose adviertala aplicaciónindebidao interpretación erróneade la Ley,del Reglamento, de las baseso demásnormasconexaso complementarias, la Entidaddeclararáfundado el recursode apelacióny revocaráel acto objetode impugnación. Si el acto o los actos impugnados están directamentevinculadosa la evaluaciónde propuestasyio otorgamientode la buena pro, deberá,de contar con la informaciónsuficiente,efectuarel análisispertinentesobre el fondodel asuntoy otorgarla buena-pro a quiencorresponda; Que, en el presentecaso, se concluyeque la propuestatécnica del apelantedebe ser admitida,y correspondeque, el ComitéEspecialla evalúeaplicándolecorrectamente los factoresde evaluaciónprevistosen las bases integradasdel proceso,y en caso obtener el puntaje mínimo señaladoen las mismas(80 puntos),abra su ofertaeconómicay otorguela buenapro del procesoal postor que obtenga el mayor puntaje total, conforme al procedimientopara evaluaciónde las propuestasprevistoen el Reglamento; Que, la normativade contrataciones regulala oportunidadparala presentación del recursode apelacióncon sus fundamentosde hechoy de derecho,así como un plazopara la subsanación del mismo en los casos que corresponda, con lo cual el contenidodel recurso de apelación,sus requisitosy su sustentose completanen esta etapa,con posterioridad a la cual se corretrasladodel mismo al o a los postoresque pudieranverse afectadoscon la resolucióndel recurso,para que puedan absolversu traslado;por este motivo no es procedenteevaluar,para efectosdel presente recurso, el contenidodel documentopresentadopor el apelantea la entidad con fecha 15 de diciembrede 2011, sumillado"AlegatoRecursode Apelacióncontrala No Admisiónde mi propuesta técnicay otro"; Que, de acuerdoa los InformesTécnicosNo 0127-20'11-MEISG-OGA-UA-APS de fecha13 de diciembrede 2011, del Área de Procesosde Selecciónde la Unidadde Abastecimiento v No09922011-ME/SG-OGA-UA de la mismafecha,de la Unidadde Abastecimiento, en el presenteprocesose a acreditadoque el aDelantecuentacon una exoei'lencia suoei'ioi" a cinco años como suoeivisoro tente de supervisoren obras de edificación,cumpliendode esta forma con ese extremode los rimientostécnicosmÍnimosdel proceso,por lo que correspondedeclararfundadoel recursode apelacióny revocarsu descalificación, debiendoel Comité Especialprocedera la calificaciónde la propuestatécnicay económica,adjudicandola buena-pro del procesoa quiencorresponda; Que,a travésdel InformeNo 1133-201 1-ME/SG-OAJ-TAC de fecha16 de diciembre de 2011, Oficinade AsesoriaJurídicaemite informeleqal considerandooue se debe declararfundadoel urso de apelación,por los fundamentoslegalesexpuestosen los considerandos de la presente

ución, De conformidad con lo expuestoen los informesdelvisto,y con lo dispuestoen el DecretoLey No 25762,Ley Orgánicadel Ministerio de Educación, modificadopor la Ley No 26510,el Decreto SupremoN" 006-2006-ED, y Funcionesdel Ministeriode Educación, Reglamento de Organización por los DecretosSupremosNo016-2007-ED modificado la Lev de Contrataciones v No001-2008-ED, el Estado aprobadapor el DecretoLegislativoNo 10'17,su reglamentoaprobadopor el Decreto premo N" 184-2008-EF y sus modificatorias;y en ejerciciode las facultadesdelegadaspor por la Resolución ión Ministerial No001-2011-ED modificada No 0449-2011-ED,

SE RESUELVE: Á

Artículo1.por el participante Declarar Fundadoel Recursode Apelacióninterpuesto Pablo lsidoro Felix Loza, contra la descalificaciónde su propuestatécnica en el proceso de Adjudicación DtrectivaSelectivaNo 44-2011-EDIUE 108 para la consultoríade "Supervisión de elecuciónde obra reconstrucción y sustituciónde la infraestructura de la LE. HoracioZevallosGamez ueblo Nuevo- Chincha-lca)", y en consecuencia revocarel otorgamiento de la buena- pro e l 2 9 d e n o v i e m b rdee 2 0 1 1 . Artículo2.Disponerque el ComitéEspecialprocedaa admitirla propuestadel apelante, a calificarsu oferta técnica,y prosigacon el procesode selección,según lo dispuestoen el Reglamento de la Leyde Contrataciones del Estado.

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Artículo 3.Comunicarla presenteresolucióna la OficinaGeneralde Administración, a la Unidadde Abastecimiento v al ComitéEsoeciala carqode la conduccióndel procesode selección.

queel ComitéEspecial Artículo4.- Disponer a travésdel notifique la presente resolución ma Electrónico de Contrataciones delEstado-SEACE. Artículo 5.al Disooneroue la OficinaGeneralde Administración orocedaa la devolución apelante,de la garantíapor interposición del recursode apelación,en el plazoseñaladoen el articulo 125odel Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo 6.Disponerque la Oficina General de Administracióninforme al Organo de Instiiucional respectode las causalesoue sustentanla declaratoria de fundadodel presente que pudieracorrespondera los rso de apelación,a fin de determinarlas responsabilidades del ComitéEspeciala cargode la conduccióndel proceso Artículo7.La presenteresoluciónagota la vía administrativa, conformeal artículo115 Reglamentode la Leyde Contrataciones del Estado. Regístresey comuniquese.

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