Lima, 09 fEB. 2011 - Ministerio de Defensa

9 feb. 2011 - Corbeta Hugo Romero Garda, del 10 al 14 de iebrero de 2011, para participar en reuniones de coordinaci6n p
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-2011-DE/SG

Lima,

09 fEB. 2011

CONSIOERANOO:

Que, con Facsimiles (DSD) N° 082 de fecha 08 de febrero de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizaci6n para el ingreso de personal militar de la Republica de Ecuador, sin armas de guerra; Que, la Unidad del Centro de lnvestiqaclon de Enfermedades de la Marina de los Estados Unidos de America-NAMRU-6, realizara diversas reuniones para priorizar y dividir esfuerzos de investiqacion entre el Ministerio de Deiensa y el sector Salud de la Region; Que, el articulo 5 de ta Ley N° 27856, modificado por Ley N° 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civlca , de planeamiento de futuros ejercicios militares, acadernicas, de instrucci6n 0 entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas 0 para realizar visitas de coordinaci6n 0 protocolares con autoridades militares vto del Estado Peruano es autorizado par el Ministro de Defensa mediante Resoluci6n Ministerial, can conocimiento del Presidente del Cansejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resoluci6n, ba]o responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relaci6n del personal militar. la retacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opini6n favorable de la Marina de Guerra del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para Ia autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que rnodifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisites para fa autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Hepubllca:

SE RESUELVE: Articulo 1°._ Autorizar el ingreso al territorio de la Republica del Capitan de Corbeta Hugo Romero Garda, del 10 al 14 de iebrero de 2011, para participar en reuniones de coordinaci6n para priorizar y dividir esfuerzos de investigaci6n entre el Ministerio de Defensa y el sector Salud de la Regi6n.

Regislrese, comuniquese y p

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