Lima. 0 l, SEi 2017

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CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N" 004-201o-MIMDES, se dictaron medidas para el funcionamiento de las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social, aprobándose la conformación de su Directorio, el mismo que está integrado, entre otros, por un representante designado por el Min¡sterio de Vivienda, Construcción y Saneam¡ento: Que, mediante Resolución tvlinister¡al N' 224-2O15-VIVIENDA de fecha 14 de agosto de 2015, se designó a la señora Ruth Esther Saavedra Barbarán, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneam¡ento, ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública y Junta de Participación Social de lquitos; siendo necesario dar por concluida la citada designación y, asimismo, designar a su reemplazo;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N' 30156, Ley de Organización y Funciones del f\/inisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Decreto Supremo N' 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo N' 006-201S-VIVIENDA, y el Decreto Supremo N' 004-20 1 0-l\il I fi/ DES,

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora Ruth Esther Saavedra Barbarán efectuada mediante Resolución IVlinisterial N'224-201s-VIVIENDA, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar a la señora Piera Samantha Panduro fvleléndez como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de lquitos. Artículo 3.- Notificar la presente Resoluc¡ón al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. para los fines pertinentes.

Artículo 4.- Disponer que la Oficina General de Estadística e lnformática publique la presente Resolución en el Portal lnstitucional del tvlinister¡o de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob. pe), el m¡smo día de su publicación en el diario of¡c¡al "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese

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