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13 may. 2016 - Tacna 10 de mayo del 2016 DELIA MARIA ONQUE QUIS-. PE Secretaria judicial ..... SUCESION DE SABINA CHOQUE
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 16 de mayo del 2016

Avisos Judiciales EDICTO Expediente N° 00374-2016-0-2301 -JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna.- Especialista Judicial abogada Delía Onque Quispe.En el proceso de Faltas contra la persona, en la modalidad de Faltas, seguido entre CANDELARIA CABRERA PARI y CAYETANO ALBERTO DUEÑAS QUISPE, la Señorita Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a CANDELARIA CABRERA PARI, con la Resolución 01 de fecha veintidós de marzo del 2016, mediante la cual se DISPONE: (...) Previamente cúmplase con notificar a CANDELARIA CABRERA PARI, a fin de que concurra al TERCER día de notificado con la presente resolución al local del Juzgado, con el objeto de ratificarse de la denuncia presentada, bajo apercibimiento de tenerse por desistido tácitamente. Firman la Señorita Juez (s) KATI VERONICA ANTONIO DAMIAN y la Secretaria Judicial (s) abogada Jennifer Hidalgo Benavldes.Tacna, 10 de Mayo del 2016. DELIA MARIA ONQUE QUISPE Secretaria judicial (e) 1er juzgado de paz letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/16 MAY) EDICTO Por ante el Io JUZGADO DE FAMILIA de Tacna, que Despacha la Doctora GRUSHENKA GUTIERREZ CUTIPA, bajo la actuación de la Especialista Legal JANETH LEZAMA SALAMANCA, se tramita el EXPEDIENTE: 00330-2016-0-2301-JR-FC-01 por MARIZA SUPA MISME, sobre DIVORCIO POR CAUSAL. Se ha dispuesto publicar la resolución N° 03 de fecha 11-04-2016, que RESUELVE: ADMITIR la demanda de DIVORCIO por causal de ABANDONO INJUSTIFICADO DEL HOGAR CONYUGAL Y SEPARACION DE HECHO Y ACUMULATIVAMENTE FENECIMIENTO DEL REGIMEN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES, seguida por MARIZA SUPA MISME, en contra de FRANCISCO CALDERON CRUZ, tramitándose en la vía de proceso DE CONOCIMIENTO corriéndose traslado de la misma al demandado, por el plazo de treinta días para que la conteste, debiendo de notificarse mediante EDICTOS en la forma de ley, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL... Tómese Razón y Hágase Saber. –Tacna 12 de mayo del 2016 JNETH PAOLA LEZAMA SALAMANCA Secretario (e) del primer Juzgado de Familia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/16-17-18 MAY) EDICTO Expediente N° 00369-2016-0-2301 -JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna.-Especialista Judicial abogada Delia Onque Quispe.En el proceso de Faltas contra la persona, en la modalidad de Agresión Física Mutua, seguido entre ROBERTO AMONES TICONA y LUIS ALBERTO MENDOZA SALAS, la Señorita Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a LUIS ALBERTO MENDOZA SALAS, con la Resolución 03 de fecha nueve de marzo del 2016, mediante la cual se DISPONE: 1) Aperturar proceso penal en contra de LUIS ALBERTO MENDOZA SALAS (DNI 22497714), por Faltas contra la persona en la modalidad de agresión física en agravio de ROBERTO AMONES TICONA, 2) Dictar mandato de COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES, en contra de la parte imputad, 4) Se dispone la concurrencia obligatoria de la parte imputada, debiendo concurrir con su abogado defensor... y con la Resolución N° 05, de fecha veintiocho de abril del 2016, mediante la cual se DISPONE: Señalar Nuevo día y hora para la audiencia de ley, la misma que tendrá lugar el día seis de junio a horas once de la mañana del presente año, bajo apercibimiento de tenerse por desistido tácitamente en caso de inconcurrencia de la parte agraviada. Firman la Señorita Juez (s) KATI VERONICA ANTONIO DAMIAN y la Secretaria Judicial (s) abogada Delia Onque Quispe.Tacna 10 de mayo del 2016 DELIA MARIA ONQUE QUISPE Secretaria judicial (e) 1er juzgado de paz letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/16 MAY) EDICTO Expediente N° 123-2015-0-2301-JR-PE-1.-ACUSACION DIRECTA 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Silvana Alcalá Quelopana. En el proceso N° 123-2015-0-2301-JR-PE-2, seguido contra SABINO CHOQUECAHUA MENDOZA, por el presunto delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a SABINO CHOQUECAHUA MENDOZA con la resolución numero 06 de fecha seis de mayo del dos mil dieciséis, mediante la cual SE RESUELVE; Dado cuenta en la fecha con la constancia que antecede. Estando a lo señalado en la constancia emitida por la especialista de audiencias REPROGRAMESE la Audiencia de Control de Acusación para el día TREINTA DE MAYO DEL PRESENTE AÑO A HORAS OCHO Y VEINTE DE LA MAÑANA la que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, con la presencia obligatoria de la Fiscal y el defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del primero de los nombrados de ponerse en conocimiento de la Junta de Fiscales, y en caso del defensor, de aplicarle la medida disciplinaria que corresponda y comunicarse a la Dirección Distrital de la Defensa Pública de Tacna, para que proceda según sus atribuciones.. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHI CAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO Tacna, 06 de mayo

del 2016 SILVANA ALCALA QUELOPA Especialista Judicial 2do Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/26-17-18 MAY) EDICTO El Juzgado Civil de Descarga Procesal con sede en Gregorio Albarracín; que despacha el señor Juez Rogelio Alberto Zea Catacora, bajo la actuación del secretario Jorge Antonio Ortega López; en el proceso Na019522008-0-2301-JR-CI- 01, sobre Prescripción Adquisitiva, Interpuesto por Dionicio García Vásquez y Yolanda Angelina Girón Vilca. En contra de Enrique Duran Coaquera y Humberta García Vásquez de Durand y otros, se ha expedido la resolución N°89, de fecha treinta de marzo del dos mil dieciséis, con el texto siguiente: Resolución Nro. 89 AL PRINCIPAL: AUTOS VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que la demandada Humberta García Vásquez de Durand solicita la suspensión del proceso a efecto de que comparezca el sucesor de quien en vida fuera el codemandado Enrique Durand Coaquera fallecido el dieciocho de diciembre del dos mil quince, según acompaña copia certificada del Acta de Defunción; SEGUNDO.- Que estando a lo solicitado, y de la copla legalizada del Acta de Defunción de fecha dieciocho de diciembre del dos mil quince, se acredita que Enrique Durand Coaquera ha fallecido el dieciocho de diciembre del dos mil quince, persona quien tenía la calidad de codemandada en la presente causa; TERCERO.- Que al respecto, se encuentra establecido en el inciso 1 del Artículo 108 del Código Procesal Civil que fallecida una persona que sea arte en el proceso, es reemplazada por su sucesor procesal, quien ocupa su lugar en el proceso al reemplazarlo como titular pasivo del derecho discutido; consecuentemente estando a las consideraciones antes señaladas, SE RESUELVE: SUSPENDER el presente proceso debiendo notificarse por edictos y en la forma de ley, a quienes se sientan con derecho a la sucesión del codemandado Enrique Durand Coaquera, a fin de establecer la relación jurídica procesal dentro del plazo de treinta días, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, para lo cual cumpla la parte demandante con gestionar la facción de los mismos.T.R. Y H.S.Lo que se publica para los fines de ley .Tacna 4 de mayo del 2016. JORGE ANTONIO ORTEGA LOPEZ Secretario Judicial del juzgado civil transitorio de Gregorio albarracin Lanchipa CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/16-17-18 MAY) EDICTO PENAL Expediente N° 01532-2013-59-2301 -JR-PE-02- REQUERIMIENTO PRISION PREVENTIVA FISCAL ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: CECILIA PEREZ CIPRIANO En el proceso N° 01532-2013-59-2301-JR-PE-02, seguido contra HUBER MAYTA HUAYHUA, por el delito de Falsificación de Documento Público, Falsedad Ideológica, en agravio de DAYSI MARGARITA ALFEREZ LAURA, el señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto, mediante acta de audiencia de fecha 06/MAY/16, SE NOTIFIQUE por Edictos a HUBER MAYTA HUAYHUA con la fecha de reprogramaclón señalada para el día VEINTE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS 09:00 AM„ a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, con la concurrencia obligatoria del representante del Ministerio Público y el acusado debidamente acompañado de su defensa pública designado en el cuaderno N°1532-2013-37 (cuaderno de Reo Ausente), bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del señor fiscal de ponerse en conocimiento al Órgano de Control si por su causa se frustra la audiencia y en caso de la defensa pública de comunicarse a la Coordinadora de los defensores públicos a fin de que tome las medidas pertinentes. FIRMADO YURI ORLANDO MAQUERA RIVERA - JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO CECILIA PEREZ CIPRIANO - ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.Tacna, 12 de Mayo del 2016. YURI ORLANDO MAQUERA RIVERA Juez (T) del 4to Juzgado de Investigación Preparatoria y Juzgado Penal de la provincia y distrito Judicial de tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/16-17-18 MAY) EDICTO PENAL EXPEDIENTE : 01041-2014-67-2301-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA ESPECIALISTA ; ESCALANTE PAREDES, MARIA ELENA En el proceso N° 2014-01041-67-2301-JR-PE-1, seguido contra NINO CARIGA DE LA CRUZ por delito de HURTO AGRAVADO; El Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, HA RESUELTO .PRIMERO LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS DEL ACTA DE FECHA DEIZ DE MAYO DEL PRESENTE AÑO QUE DISPONE LA CITACION A JUICIO ORAL: A LLEVARSE ACABO EL DIA VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA CON CUARENTA MINUTOS, EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA, EN EL PROCESO SEGUIDO EN CONTRA DE ELMER ROJAS CANDIA por delito de HURTO AGRAVADO Y DEMÁS QUE ESTE CONTIENE; BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ Y ORDENAR SU CAPTURA A FIN DE QUE SEA PUESTO A DISPOSICION DE ESTE JUZGADO FIRMADO DR FRANCO APAZA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. MARIA ELENA ESCALANTE PAREDES ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO Tacna 12 de mayo del 2016 MARIA ELENA ESCALANTE PAREDES Especialista Judicial del Juzgado Penal Unipersonal Y Juzgado Penal Colegiado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/16-17-18 MAY)

EDICTO PENAL Expediente N° 1709-2015-36-2301-JR-PE-1.- ACTOR CIVIL 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Silvana Alcalá Quelopana. En el proceso N° 1709-2015-36-2301-JR-PE-2, seguido contra OMAR RAMIRO ZEGARRA VEGA Y OTROS, por el presunto delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de SANTON SIMON ZEGARRA LOZANO.: el señor Juez del8 Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a OMAR RAMIRO ZEGARRA VEGA con la resolución numero 02 de fecha veinticinco de setiembre del dos mil quince, mediante ¡a cual SE RESUELVE: Primero: Tener por ADMITIDA la solicitud de constitución en actor civil presentada Santón Simón Zegarra Lozano, en el marco de la Investigación Preparatoria seguida contra de SUJHEY CARLA ZEGARRA VEGA, por a presunta comisión del delito de Omisión a la Asistencia Familiar. Segundo: Póngase a conocimiento de los demás sujetos procesales la presente solicitud, y en virtud a los Principios de Economía y Celeridad Procesal debe de precisarse que de no nacer oposición pasarán los autos a Despacho para RESOLVER. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO Tacna, 29 de abrí de 2016 JORGE ANTONIO MACHICADO TEJADA Juez del segundo Juzgado De la investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA SILVANA ALCALA QUELOPA Especialista Judicial 2do Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/16-17-18 MAY) EDICTO PENAL EXPEDIENTE : 0210-2015-86-2301 -JR-PE-01 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA ESPECIALISTA : ESCALANTE PAREDES, MARIA ELENA En el proceso N° 2015-0210-86-2301-JR-PE-1, seguido contra ISMAEL FLORES HUAYLLARA por delito de HURTO AGRAVADO; El Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, HA RESUELTO .PRIMERO LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS DEL ACTA DE FECHA CUATRO DE MAYO DEL PRESENTE AÑO QUE DISPONE LA CITACION A JUICIO ORAL: A LLEVARSE ACABO EL DIA VEINTITRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA, EN EL PROCESO SEGUIDO EN CONTRA DE ISMAEL FLORES HUAYLLARA por delito de HURTO AGRAVADO Y DEMÁS QUE ESTE CONTIENE; BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ Y ORDENAR SU CAPTURA A FIN DE QUE SEA PUESTO A DISPOSICIÓN DE ESTE JUZGADO.- FIRMADO. DR FRANCO^ APATA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.. MARIA ELENA ESCALANTE PAREDES ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO Tacna, 05 de Mayo del 2016 MARIA ELENA ESCALANTE PAREDES Especialista Judicial de Juzgado 1er. 2do 3ro Juzgado Penal Unipersonal Y Juzgado Penal Colegiado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/16-17-18 MAY) EDICTO PENAL Expediente N° 1709-2015-0-2301-JR-PE-1.-ACUSACION DIRECTA 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Silvana Alcalá Quelopana. En el proceso N° 1709-2015-0-2301-JR-PE-2, seguido contra OMAR RAMIRO ZEGARRA VEGA Y OTROS, por el presunto delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de SANTON SIMON ZEGARRA LOZANO; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a OMAR RAMIRO ZEGARRA VEGA con las resoluciones N° 01 y 03, mediante las cuales SE RESUELVE: RESOLUCION 01: Admítase a trámite y córrase traslado del presente requerimiento de Acusación a todos los demás sujetos procesales por el plazo de diez días hábiles, para efectos de que puedan ejercer el derecho de defensa que estimen por conveniente para su posterior debate en la audiencia correspondiente de ser el caso. RESOLUCION 03: Se requiere a los procesados, que en el plazo de tres días, cumplan con apersonarse señalando domicilio procesal dentro del Radio Urbano de la Corte Superior de Justicia de Tacna, bajo apercibimiento de designarse a un defensor público para que ejerza su defensa técnica en el presente proceso.. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA- FIRMADO SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO Tacna, 28 de abril del 2016 JORGE ANTONIO MACHICADO TEJADA Juez del segundo Juzgado De la investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA SILVANA ALCALA QUELOPA Especialista Judicial 2do Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/16-17-18 MAY) EDICTO PENAL Expediente N° 604-2016-0-2301-JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna.- Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso de FALTAS, imputa JEAN PAUL PAEZ VALLEJO, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a OSWALDO GOMEZ CUIPAL, con Resolución Número seis de fecha seis de mayo del 2016. mediante la cual, SE RESUELVE: Tener por CONSENTIDA la Resolución N° 04 de fecha

Lunes, 16 de mayo del 2016

20 de octubre del año dos mil quince; en consecuencia, devuélvanse los anexos y una vez hecho esto, remítanse los actuados al ARCHIVO CENTRAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, para su custodia. NOTIFÍQUESE mediante edictos a OSWALDO GOMEZ CUIPAL.-Firman el Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna, a los 10 días del mes de mayo del 2016. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/12-13-16 MAY) EDICTO PENAL Expediente N° 1285-2015-0-2301-JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna. - Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso de FALTAS, imputado JULIO CESAR HUALPACHOQUE, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a HILDA COHAILA VALDIVIA DE LOPEZ, con Resolución Número seis de fecha nueve de mayo del 2016, mediante la cual, SE RESUELVE: Tener por CONSENTIDA la Resolución N5 05 de fecha 29 de enero del año dos mil dieciséis; en consecuencia, devuélvanse los anexos y una vez hecho esto, remítanse los actuados al ARCHIVO CENTRAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, para su custodia. NOTIFIQUESE por edictos a HILDA COHAILA VALDIVIA DE LOPEZ..-Firman el Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna, a los 10 días del mes de mayo del 2016. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/12-13-16 MAYO) EDICTO PENAL Expediente N° 144-2016-0-2301-JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna. - Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso de FALTAS, agraviada YENNY YSABEL TURPO MAMANI, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a KELLY ROQUE MAMANI, con Resolución Número cinco de fecha veinte y dos de abril del 2016, mediante la cual, SE RESUELVE: Tener por CONSENTIDA la Resolución N^ 04 de fecha dieciocho de marzo del año dos mil dieciséis; en consecuencia, devuélvanse los anexos y una vez hecho esto, remítanse los actuados al ARCHIVO CENTRAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, para su custodia. NOTIFIQUESE mediante edictos Kelly Roque Mamani..-Firman el Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna, a los 10 días del mes de mayo del 2016. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/12-13-16 MAYO) EDICTO JUDICIAL EN LOS EXPEDIENTES ACUMULADOS N° 00625-2012-0-2301 -JR-Ct-02 Y 2581-2013 TRAMITADOS POR ANTE EL JUZGADO CIVIL TRANSITORIO DE TACNA, QUE DESPACHA EL JUEZ LUIS ESCALANTE MEDINA, CON INTERVENCIÓN DE LA ESPECIALISTA ZENAIDA CHOQUE CHOQUEÑA, SOBRE REIVINDICACIÓN EN LOS SEGUIDOS POR YAMILETH NOELIA PORTILLA ANDIA, EN CONTRA DE ANGELICA ANDIA LOPEZ Y SOBRE NULIDAD DE ACTO JURIDICO SEGUIDO POR ANGELICA ANDIA LOPEZ CONTRA YAMILETH NOELIA PORTILLA ANDIA SE HA EMITIDO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN N° 36, DE FECHA DIECISIETE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISÉIS; CUYO TENOR ES EL SIGUIENTE: SE RESUELVE: SUSPENDER EL TRÁMITE DEL PRESENTE PROCESO, POR EL PLAZO DE TREINTA DÍAS, DEBIENDO EMPLAZARSE A SUS SUCESORES DE LA DEMANDADA ANGELICA ANDIA LOPEZ, QUIENES DEBERÁN DE APERSONARSE EN EL PLAZO DE TREINTA DÍAS, SUJETÁNDOSE AL ESTADO DEL PROCESO, BAJO APERCIBIMIENTO DE DESIGNARSE CURADOR PROCESAL, PARA LO CUAL DEBERÁ DE EFECTUARSE LA CORRESPONDIENTE NOTIFICACIÓN POR EDICTOS DE ESTA RESOLUCIÓN TANTO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA NACIÓN, COMO EN EL DIARIO JUDICIAL DE LA LOCALIDAD, EN LA FORMA Y VECES QUE SEÑALAN LOS NUMERALES 167 Y t68 DEL CÓDIGO ADJETIVO. AL OTROSÍ: TÉNGASE PRESENTE. SE AVOCA A LA PRESENTE CAUSA EL SEÑOR MAGISTRADO LUIS JORGE ESCALANTE MEDINA, ELLO EN MERITO A LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 39-2016-P-CSJT-PJ Y ASUMIENDO FUNCIONES LA SECRETARIA ENCARGADA POR DISPOSICIÓN DEL SUPERIOR. T.R Y H.S. Tacna 02 de Mayo del 2016.ZENAIDA CRUZ CHOQUE CHOQUEÑA Secretaria judicial del juzgado civil transitorio CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/16-17-18 MAY) EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil, Expediente No. 008472012-0-2301 -JR-CI-01 Interviniendo la Especialista Legal Dra. Miriam Yessenia Cueva Ojeda, seguido por NICOLAS JACINTO ARRATIA ESCOBAR en contra de MARIA ROSA ROJAS GARCIA Y OTROS sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO, expidiéndose la RESOLUCIÓN NO. 31 (parte pertinente): SE RESUELVE SUSPENDER el proceso por el plazo de TREINTA DÍAS a efecto de que se apersonen los sucesores procesales de doña MARÍA ROSA ROJAS GARCÍA, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; SE DISPONE las notificaciones por edictos con gestión de parte, debiendo tenerse presente lo dispuesto en el artículo 167 del Código Procesal Civil. Sin perjuicio de ello se requiere a la parte demandante para que cumpla dentro del plazo de cinco días con adjuntar el Certificado Negativo de Inscripción de Testamentos y el Certificado de Inscripción de Sucesión Intestada correspondiente a doña María Rosa Rojas García, ello a fin de salvaguardar la seguridad jurídica del proceso. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Resolución expedida por el Juez del Primer Juzgado Civil Dr. Juan Manuel Vera Esquivel.- MIRIAM YESSENIA CUEVA OJEDA Especialista Legal Primer Juzgado Civil Corte Superior de Justicia de Tacna (3V/13-16-17 MAYO)

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NOTIFICACION POR EDICTOS Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna se viene tramitando el expediente N° 00310-2014-0-2301 -JR-CO-03 en el que se ha ordenado publicar el extracto de la siguiente resolución: Resolución Nro. 09: “SE RESUELVE: PRIMERO: Suspender el presente proceso por el término de treinta días a efectos que comparezcan los sucesores procesales de don Juan Luis Cabrera Malpartida a quienes se les deberá notificar mediante edictos para que comparezcan al proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal. SEGUNDO: Requerir a la parte ejecutante para que dentro del tercer día de notificada cumpla con gestionar los carteles respectivos a efectos de notificar a los sucesores procesales de don Juan Luis Cabrera Malpartida. TERCERO: Declarar innecesario emitir pronunciamiento respecto al pedido efectuado por don Luis Daniel Cabrera Huarahuara a fojas cincuenta y tres y siguientes. Reasume jurisdicción el Señor Juez que suscribe por disposición superior. Tómese Razón y Hágase Saber.- MARITZA E.GÓMEZ CUTIPA.Secretario Judicial del 1er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/16-17-18 MAY) NOTIFICACION POR EDICTO Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna se viene tramitando el expediente N° 01146-2015-0-2301-JP-CI-02 en el que se ha ordenado publicar el extracto de la siguiente resolución: Resolución Nro. 06: “SE RESUELVE: 1)ADMITIR en la vía procedimental correspondiente al PROCESO UNICO DE EJECUCIÓN la demanda sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO presentada por BANCO FINANCIERO DEL PERU, representada por su apoderado JESUS ENRIQUE OBANDO VELARDE, en contra de la SUCESION DE MARIA DEL ROSARIO MAMANI DE MAQUERA y OSCAR MAQUERA MAMANI (D.NJ. 00478042) en calidad de obligados principales; 2)En consecuencia, NOTIFÍQUESE a los demandados antes nombrados para que en el plazo de cinco días cumplan con pagar a favor del ejecutante la suma de SI 27,381.17 (VEINTISIETE MIL TRESCINTOS OCHENTA Y UNO CON 17/100 SOLES), más intereses compensatorios y moratorios pactados hasta la fecha de pago, portes, comisiones, seguros, costas y costos del proceso, portes, y cualquier otra suma de dinero, bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada, 3)Téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a los antecedentes los anexos adjuntados. 4)Estando a lo indicado por la entidad ejecutante, en cuanto desconoce la dirección domiciliaria de la sucesión de María del Rosario Mamani de Maguera. NOTIFIQUESE mediante edictos a la misma, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL. Fdo. Dra. Kati Verónica Antonio Damián, Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Tacna, 12 de mayo de 2016. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADOSecretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz LetradoCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA(3V/16-17-18 MAY) NOTIFICACION POR EDICTOS Por ante el Primer Juzgado Civil de Tacna a cargo del Juez Dr. Juan Manuel Vera Esquivel y Especialista Legal: Dr. José Luis Vilca Becerra, Exp. Nro. 00477 - 2016, mediante resolución Nro. 02 de fecha 25 de Abril del 2016 cuyo literal dice: SE RESUELVE: Admitir la demanda de OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA, interpuesta por la demandante BERTHA EVANGELINA PARIHUANA CHOQUE, en contra de 1).- MAXIMO PARIHUANA PARACTA; 2).- SUCESION DE SABINA CHOQUE CONDORI, debiendo tramitarse en la vía de proceso SUMARISIMO; en consecuencia TRASLADO de la demanda a los demandados por el termino de cinco días para que conteste, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados los que deberán ser merituados en su oportunidad y a los autos los anexos acompañados. Y estando a lo solicitado por la demandante y de conformidad con los artículos 165, 435 y 550 del Código Procesal Civil: Se dispone que se notifique a los representantes de la sucesión demandada mediante edictos judiciales y en el Diario Oficial el Peruano y el Diario la República por el plazo de ley y con las formalidades legales respectivas; bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, que los represente en el proceso. Haciendo presente que no se emplaza a los representantes indicados, por no estar acreditada en autos dicha representación.TR Y HS.Tacna, 05 de Mayo del año 2016. JOSE LUIS VILCA BECERRA Especialista Legal 1er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/10-16-20 MAYO) PRIMER REMATE En el proceso de sobre obligación de dar suma de dinero, expediente 00073-2013-02301-JR-C0-03, seguido por la demandante DISTRIBUIDORA CALMET EIRL en contra de los demandados DISTRIBUIDORA SEÑOR DE LOCUMBA EIRL y ALCIRA JUANA CORI TALA, que se tramita ante el Tercer Juzgado Civil Comercial de la Corte Superior de Justicia de Tacna a cargo del Juez Dr. Vladimir Salazar Díaz con intervención de la especialista legal Maritza Gómez Cutipa, ha designado al Martillero Publico Percy Luis Cornejo Barragán con registro Nº 247 para que se lleve a cabo la diligencia del PRIMER REMATE de la acciones y derechos que le corresponden a Alcira Juana Cori Tala respecto del bien inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Asociación de Vivienda Tarapacá, Manzana B, Lote 25, del distrito de Gregorio Albarracín Lanchipa, provincia y departamento de Tacna inscrito en la partida P20016832 del registro de predios de la zona registral XIII-sede Tacna, área 174.96 metros cuadrados. El Martillero Publico ha señalado la realización del primer remate para el día 27 de mayo del 2016 a las 11:00 a.m. (once de la mañana) a realizarse en el Frontis del Tercer Juzgado Civil Comercial de la Corte Superior de

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Justicia de Tacna ubicado en la esquina de la calle Inclán con presbítero Andia s/n – Cercado de Tacna. VALOR DE TASACION DE LOS DERECHOS Y ACCIONES: El bien esta valorizado en s/. 192,160.00 (ciento noventa y dos mil ciento sesenta con 00/100 soles) correspondiendo al 50% de acciones y derechos la suma de s/. 96.080,00 (noventa y seis mil ochenta con 00/100 soles). PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE DE LOS DERECHOS Y ACCIONES: s/. 64,053.33 (sesenta y cuatro mil cincuenta y tres con 33/100 soles) AFECTACIONES: Embargo en forma de inscripción a favor de Distribuidora Calmet E.I.R.L. hasta por la suma de S/. 42,035.36 soles sobre los derechos y acciones que le corresponden a Alcira Juana Cori Tala, la que es materia del presente proceso. DEPOSITO PARA SER POSTOR: Los postores depositaran, antes del remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre una cantidad dineraria no menor al 10% del valor de tasación de los derechos y acciones a rematar, así mismo adjuntaran el arancel por participación en remate (indicando numero de expediente, juzgado, y numero de documento nacional de identidad del postor) y presentaran su documento nacional de identidad, en caso de personas jurídicas presentaran vigencia de poder. El remate será efectuado por el Martillero Publico Percy Luis Cornejo Barragán con Registro Nacional número 247, Celular 992014422, 957870365. Los honorarios del Martillero Publico los paga el postor beneficiado con la adjudicación conforme al D.S. 008-2005-JUS, Ley 27728 y están efectos al Impuesto General a las Ventas (I.G.V.).Tacna, 05 de mayo del 2016. MARITZA E.GÓMEZ CUTIPA.Secretario Judicial del 3er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/11 AL 18 MAYO) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., en contra de PACCI MAMANI SELEDONIA PAULA, en el presente proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 520-2012-0-2301-JP-CI-02; el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo de la Juez, kati Verónica Antonio Damián, y como Especialista Legal, Delia María Onque Quispe, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en MZ. 18, LOTE 01, SECTOR 19, AMPLIACION VIÑANI, EN EL DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, cuya propietaria es Avelina Tacuri Ocsa identificada con DNI N° 24664431, con un área de 500.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la Partida N° 11067765 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna, SUNARP. 2.- VALOR DE LA TASACIÓN: S/. 28,850.00 (VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES). 3.- BASE DEL REMATE: S/. 19,233.33 (DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/100 NUEVOS SOLES) equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación. 4.- GRAVAMENES Y CARGAS: A) INSCRIPCION DE EMBARGO.- Sobre el bien inmueble propiedad de PACCI MAMANI SELEDONIA PAULA, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por la suma de S/. 12,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00001 de la Partida N° 11067765 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 11/06/2012. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 25 DE MAYO DEL 2016, A LAS 09:45 HORAS DE LA MAÑANA. 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, ubicado en el cuarto piso de la Corte superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. 7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda, tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por Participación en Remate, indicando en este, el número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia de los documentos en mención). El Adjudicatario cancela los honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 008-2005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional Nº 142. Celular 998706190 ó RPM #339910. Tacna, 04 de Mayo del 2016. DELIA MARIA ONQUE QUISPE Secretaria judicial (e) 1er juzgado de paz letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA Ma.A(6V/12 AL 19 MAYO) PRIMER REMATE JUDICIAL – PÚBLICO En los seguidos por RICARDO MENA YUPANQUI, en contra de GREGORIO MAMANI MOLLINEDO e ISIDORA LEON TICONA, en el presente proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 1004-2008-0-2301-JP-CI-02; el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo de la Señorita Juez, Kati Verónica Antonio Damián, y como Especialista Legal Delia María Onque Quispe, ha dispuesto sacar a Remate Público, lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO MARGINAL AMPLIACION CIUDAD NUEVA MZ. 178, LOTE 17; EN EL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área de 130.94 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida P20003826, del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna, SUNARP. 2.- VALOR DE LA TASACIÓN: S/. 14,092.99 (CATORCE MIL NOVENTA Y DOS CON 99/100 NUEVOS SOLES). Equivalente al 50% de los Derechos y Acciones que le corresponden a Gregorio Mamani Mollinedo. 3.- BASE DEL REMATE: S/. 9,395.33 (NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 33/100 NUEVOS SOLES) Equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación.

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

4.- GRAVÁMENES Y CARGAS: A) INSCRIPCION DE EMBARGO.- Sobre los derechos y acciones que le corresponden a Gregorio Mamani Mollinedo, Co-Propietario del bien inmueble, hasta por la suma de S/. 30,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento 00005, de la Partida P20003826, de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna – SUNARP. Fecha de Inscripción 19/12/2008. B) INSCRIPCION DE EMBARGO.- Sobre el 50% de los derechos y acciones que le corresponden a Gregorio Mamani Mollinedo, Co-Propietario del bien inmueble, a favor de Ricardo Mena Yupanqui, hasta por la suma de S/. 20,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento 00006, de la Partida P20003826, de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna – SUNARP. Fecha de Inscripción 15/10/2012. 5.- DÍA Y HORA DEL REMATE: 25 DE MAYO DEL 2016, A LAS 10:10 A.M. 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, ubicado en el cuarto piso de la Corte superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. 7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda, tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por Participación en Remate, indicando en este, el número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia de los documentos en mención). El Adjudicatario cancela los honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 008-2005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional Nº 142. Celular 998706190. Tacna, 04 de Mayo del 2016. . DELIA MARIA ONQUE QUISPE Secretaria judicial (e) 1er juzgado de paz letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA Ma.A(6V/12 AL 19 MAYO) PRIMERA CONVOCATORIA DE REMATE JUDICIAL DE BIEN INMUEBLE En los seguidos por Lourdes Mercedes Chata Colque contra Díaz Aucassi Sonia Ysabel, sobre Obligación De Dar Suma De Dinero, Expediente Judicial N°1194-2013-0-2301-JP-CI-03, el Segundo Juzgado De Paz Letrado De Tacna - Sede Central, a cargo de la señora juez Dra. Milagros Parihuana Serrano y especialista legal Dra. tiendo Moscoso, Margot, han dispuesto sacar a Remate Público el siguiente Bien Inmueble en Primera Convocatoria: Descripción del bien inmueble: El bien inmueble a rematar se encuentra ubicado en el Predio Urbano Mz. C1 Lote 5 Sector Programa de Vivienda Regional Sector Arunta, Distrito de Gregorio Albarracín Lanchipa, Provincia de Tacna, Departamento de Tacna; cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N°11024177 del Registro de Predios/Registro de la Propiedad Inmueble la Zona Registral N°XIII Sede Tacna, Oficina Registral Tacna. Área: 128.25m2 VALOR DE TASACIÓN: S/. 61,560.00 (Sesenta y Un Mil Quinientos Sesenta con 00/100 Nuevos Soles). BASE DEL REMATE: S/. 41,040.00 (Cuarenta y Un Mil Cuarenta con 00/100 Nuevos Soles), equivalente a sus 2/3 partes de su valor de tasación menos el 15% por tratarse de un remate en Segunda Convocatoria. AFECTACIONES: EMBARGO a favor de LOURDES MERCEDES CHATA COLQUE hasta por la suma de S/. 3,000.00 en mérito a la Resoluciion N°01 de fecha 06-082013 suscrita por el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna Dra. Paola Lourdes Castillo Vicente y Secretaria Judicial Dra. Jakeline Supo Sánchez en el Expediente 1194-2013-87-2301-JP-CI-03, el parte Judicial se remitió con Oficio N1360-2013-2DO-JPLT-PJ de fecha 09-082013 el mismo que quedo debidamente inscrito en el ASIENTO D00002 de la Partida Electrónica N11024177 del Registro de Predios/Registro de la Propiedad Inmueble la Zona Registral N°XIII - Sede Tacna, Oficina Registral Tacna. Fecha de Inscripción 11-10-2013. DÍA Y HORA DEL REMATE: Lunes 13 de Junio del 2016 a horas 11:50AM. LUGAR DEL REMATE: Local del Segundo Juzgado De Paz Letrado De Tacna - Sede Central, sito en la Esquina Calle Inclan S/N , Ditrito de Tacna, Provincia de Tacna, Departamento de Tacna. LOS POSTORES: Deberán 1) Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de no negociable el 10% del valor de la tasación, 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda; y el Arancel judicial respectivo consignando el Juzgado, número de expediente y el documento de identidad o RUC. 3) Presentar copia del Cheque de gerencia si el oblaje \ se realiza con dicho instrumento. 4) En caso de actuar a través de representante se deberá acreditar los poderes respectivos. EL ADJUDICATARIO CANCELA HONORARIOS DEL MARTILLERO MÁS IGV DE ACUERDO A LEY AL FINALIZAR EL REMATE DE ACUERDO AL ARTÍCULO 18 DEL DECRETO SUPREMO M 008-2005-JUS (REGLAMENTO DE LA LEY DEL MARTILLERO PUBLICO). El remate será efectuado por Martin Ventura González. Martillero Público - Registro Nacional N°324. Celular 943937075. 944261164 - 949406517 - 044231163. Sírvase revisar el contenido de este edicto antes de su publicación, bajo responsabilidad. (6 Veces o 6 Días de Publicación). Tacna, 24 de Abril del 2016. MARGOT NADIA LIENDO MOSCOSO Secretaria Judicial (e) del Segundo JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA. MARTIN VENTURA GONZALEZ MARTILLERO PUBLICO REG N°324 (6V/09 AL 16 MAYO) TERCER REMATE JUDICIAL - PUBLICO En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., en contra de OBANDO TITALO CARLA MARIELLA y TITALO CHOQUE VDA DE OBANDO CARMEN ROSA, actuando como Tercero Acreedor No Ejecutante FINANCIERA CONFIANZA S.A.A; en el presente proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 103-2014-0-2301-JP-CI-03; el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo de la Juez, Milagros Ivon-

Lunes, 16 de mayo del 2016

ne Parihuana Serrano, y como Especialista Legal, Margot Nadia Liendo Moscoso, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN TERCERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en PUEBLO JOVEN AUGUSTO B. LEGUIA MZ. B, LOTE 11; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna, con un área de 201.86 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la Partida P20014688 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna, SUNARP. 2.- VALOR DE LA TASACIÓN: S/. 133,623.12 (CIENTO TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS VEINTITRES CON 12/100 NUEVOS SOLES). 3.- BASE DEL REMATE: S/. 64,361.80 (SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON 80/100 NUEVOS SOLES). Equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación, menos un 15% de la segunda convocatoria y menos otro 15% por tratarse de Tercera Convocatoria 4.- GRAVAMENES Y CARGAS: A) MODIFICACION DE HIPOTECA.- Sobre el bien inmueble propiedad de TITALO CHOQUE VDA DE OBANDO CARMEN ROSA, a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de S/. 133,939.45 Nuevos Soles, Según Escritura Pública N° 54 del 17/01/2013 Elba Aurora Anguis de Adawi (Tacna). Inscrito en el Asiento 00011 de la Partida P20014688 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 25/07/2013. B) INSCRIPCION DE EMBARGO.- Sobre el bien inmueble propiedad de TITALO CHOQUE VDA DE OBANDO CARMEN ROSA, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREAQUIPA S.A., hasta por la suma de S/. 8,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento 00012 de la Partida P20014688 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 11/06/2014. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 25 DE MAYO DEL 2016, A LAS 09:15 HORAS DE LA MAÑANA 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, ubicado en el Primer piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. 7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda, tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por Participación en Remate, indicando en este, el número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia de los documentos en mención). El Adjudicatario cancela los honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 008-2005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional Nº 142. Celular 998706190 ó RPM #339910. Tacna, 04 de Mayo del 2016 Ma.ANGELA ZEBALLOS A. Martillero Publico Reg. N°142 MARGOT NADIA LIENDO MOSCOSO Secretaria Judicial (e) del Segundo JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA. (3V/16-17-18 MAY) SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., contra DAVID AYERBE PINEDO y MARCELINO CRISTOBAL CARDENAS MAMANI; en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 1650-2011-0-2301-JP-CI-03; el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, que Despacha la Juez Milagros Ivonne Parihuana Serrano y como Especialista Legal Margot Nadia Liendo Moscoso, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: EN SEGUNDA CONVOCATORIA: El PREDIO URBANO MZ. 124, LOTE 06, ZONA PROMUVI LA UNION; EN EL DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área de 140.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida N° 11026337 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. VALOR DE TASACIÓN: S/. 63,277.02 (Sesenta y Tres Mil Doscientos Setenta y Siete con 02/100 Nuevos Soles). BASE DE REMATE: S/. 35,856.98 (Treinta y Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y Seis con 98/100 Nuevos Soles), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación, menos un 15% por tratarse de segunda convocatoria. AFECTACIONES: A) Causales de Reversión.- Por decisión del adjudicante MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA, se constituyen como causales de reversión las siguientes: 1.- La falta de posesión directa, continua, pública y pacífica del lote del terreno en un plazo de 12 meses, desde la celebración del acta de adjudicación provisional o del Título de propiedad. 2.- Realizar acto de disposición total o parcial del lote de terreno que se adjudica por medio del presente, dentro del plazo de 5 años de la celebración del compromiso de pago o Título de propiedad. 3.- No podrá variar el fin para el cual fue adjudicado el terreno, aun cuando no se altere la zonificación, señalada en los planes urbanos. 4.- El incumplimiento de los términos y condiciones estipuladas, así como las contenidas en el Reglamento de adjudicaciones de los PROMUVI. Inscrito en el Asiento D00001, de la Partida N° 11026337 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 13/07/2010. B) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de MARCELINO CRISTOBAL CARDENAS MAMANI, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A. hasta por la suma de S/. 13,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00002, de la Partida N° 11026337 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 11/05/2012. C) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de MARCELINO CRISTOBAL CARDENAS MAMANI, a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. 103, hasta por la suma de S/. 35,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00003, de la Partida N° 11026337 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII

– Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 11/05/2012. D) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de MARCELINO CRISTOBAL CARDENAS MAMANI, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por la suma de S/. 9,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00004, de la Partida N° 11026337 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 30/04/2013. E) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de MARCELINO CRISTOBAL CARDENAS MAMANI, a favor de MI BANCO – BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de S/. 45,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00005, de la Partida N° 11026337 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 08/09/2014. F) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de MARCELINO CRISTOBAL CARDENAS MAMANI, a favor de MI BANCO – BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de S/. 38,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00006, de la Partida N° 11026337 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 04/02/2015 DIA Y HORA DEL REMATE: 30 DE MAYO DEL 2016, A LAS 11:30 A.M. LUGAR: Frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, ubicado en el primer piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. POSTORES PRESENTARAN: Arancel por derecho a participar en remate judicial (Código 07153 por S/. 395.00), con indicación del Juzgado, número de DNI y número de Expediente; original y copia de su DNI, copia certificada de poder y copia del RUC, de ser el caso. Entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, en efectivo o Cheque de Gerencia. El adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez cerrada el acta de remate, (de conformidad con el Art. 18º del Reglamento aprobado por D.S. 008-2005-JUS) y están afectos al IGV.- Dr. Frany Heber Díaz Díaz - Martillero Público con Registro N° 278. Celular #995738170/997219766, e-mail: franydiaz@hotmail. com. Tacna, 06 de Mayo del 2016. Frany Diaz Diaz Martillero Publico Reg. N°278 MARGOT NADIA LIENDO MOSCOSO Secretaria Judicial (e) del Segundo JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA. (3V/16-17-18 MAY) EDICTO: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO En el Tercer Juzgado Civil de Tacna. Juez Dr. Vladimir Salazar Díaz, Especialista Legal Dra.Elsa Aguirre Huarecallo, se tramita el Exp. N°004022016- 0-2301-JR- CI-03, seguido por Pedro Nolasco Gonzales Villanueva en contra de Maria Mercedes Bernabé Jiménez y Leandro Vilcanqui Huichi, habiéndose expedido la resolución .Nro, 02 de fecha 13-042016,que resuelve ADMITIR la presente demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO en la vía de PROCESO ABREVIADO interpuesto por PEDRO NOLASCO GONZALES VÍLLANUÉVA, en contra de MARIA MERCEDES BERNABE JIMENEZ Y LEANDRO VILCANQUI HUICHI. Córrase traslado a los demandados por el término de ley, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican y agregúese a los autos los anexos acompañados. Por resolución Nro, 03 de fecha 25-04- 2016, SE RESUELVE: CORREGIR la resolución número dos fecha trece de abril del presente año, respecto al nombre de uno de los demandados, siendo lo correcto”... en contra de la sucesión de Leandro Vilcanqui Huichi, al haber fallecido” quedando subsistente lo demás, debiendo de notificarse por EDICTO, a efecto que se apersonen al proceso y contesten la demanda los sucesores, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal y PUBLIQUESE el extracto de la presente resolución. Tacna, 04 de mayo del 2016 ELSA G. AGUIRRE HUARECCALLO Secretaria Judicial del 3er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/10-16- 20 MAY) EDICTO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA En el Expediente Nro 00421-2016 del 1 0JUZGADO CIVIL, que despacha el Dr. Juez JUAN MANUEL VERA ÉSQUIVEL, Especialista: José Luis Vilca Becerra, ha ordenado la publicación, Mediante la Resolución N° 02 de fecha 27 de abril del 2016, admitir en la vía de proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por Manuel Sigifredo Infante Molina en contra del Titular Registra! Don Jorge Jaime Espinoza Cáceres y Doña Yolanda Molina de Espinoza, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INDEPENDIZACION REGISTRAL DEL PREDIO, alegando la posesión continua, pacífica y pública por más de 10 años desde 09 mayo1985 al 2016. El bien Inmueble materia de prescripción se encuentra ubicado en la Av. Coronel Mendoza N° 1615; y corresponde a un área de 168,99 m2. y un perímetro de 66.95 mí. el cual no se encuentra independizado y forma parte de la matriz de una extensión superficial de -5.540 mi el cual se encuentra dentro de la URBANIZACION LOS “SAUCES” inscrito en la PE N° 11000833 del distrito, -provincia y departamento de Tacna, teniendolos -siguientes linderos y medidas perimétricas: a.- Por el fondo; En línea recta 16.85ml, colinda con el Lote N° 2 de propiedad de YOLANDA MOLINA DE ESPINOZA y JORGE ESPINOZA CÁCERES. b.- Por el frente: En línea recta de 6.40ml, Colinda con la Av, Coronel Mendozao- Por la derecha: En línea quebrada de dos tramos de 15.34 y 2.40, colinda con Lote 11 Propiedad de Héctor Huisa Laura» 4 - Por la Izquierda: En línea quebrada de cuatro tramos de 10,73 mí, 10.31 mi, 4.42 mi. y 2.50 mi, colinda con el Lte N° 01 Propiedad de Yolanda Molina de Espinoza y Jorge Espinoza Cáceres y Lte. N° 1627 Propiedad de NINOSKA ZAPATA SALAMANCA., Para los fines de ley conforme dispone el artículo 506 del Código Procesal Civil JOSE LUIS VILCA BECERRA Especialista Legal 1er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/16-20-26 MAY)

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 16 de mayo del 2016

Gaceta Judicial

FECHA: 14 DE ABRIL DEL 2016 SALA CIVIL CONFORMADA POR LOS SEÑORES JUAREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA TABLA DE LA VISTA DE CAUSA EXPEDIENTE

DEMANDANTE

DEMANDADO

MATERIA/PROCES

RES

1737-2015-CI

FRANCISCA MELO AVENDAÑO

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

1749-2015-CI

SUSANA REYNOSO SANCHEZ

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

1824-2015-CI

VICTORIA GUEVARA RUEDA

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

2021-2015-CI

OSCAR URDANIVIA DELGADO

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

2347-2015-CI

TOMASA CRUZ PARIGUANA

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

1996-2015-CI

MARIA TERESA BORDA CHAVEZ

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

2118-2015-CI

VIRGINIA VASQUEZ PALMA

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Auto

2442-2015-CI

ANA BANEGAS TESILLO

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Auto

597-2015-CI

YURI PORTUGAL OLIVERA

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

2111-2015-CI

LINO JUAREZ SALAZAR

D.R.E.T.

P.AMPARO

Auto

950-2014-CI

FELISA CASTILLO LOPEZ

JUNTA USUARIOS RIEGO SAMA

P.AMPARO

Auto

131-2015-FC

2°FISCALIA FAM/Veronica Velasco

PAULINA HUALLPACHOQUE Y OT

VIOLENCIA FAMILIAR

Sentencia

1544-2015-FC

MINIST,PUB./OTILIA LINARES

GERMAN PAREDES LINARES Y OT

VIOLENCIA FAMILIAR

Sentencia

INFORMES ORALES 1.

EXP. NRO. 950-2014-CI. Con el informe oral del Doctor Wilfredo Vargas Cancino.

DESPACHO

1.

EXP. NRO. 19-2013-FC. APROBARON la Sentencia, que declara fundada la demanda, interpuesta por Eulalia Condori De Armijos en contra de José Antonio Armijos Revilla por la causal de Separación de hecho. Conformaron Sala los Magistrados JUAREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y FUENTES BORDA.CANTIDAD DE RESOLUCIONES RESOLUCIONES DE VISTA: 01 AUTOS: 02 DECRETOS: 12 MACARENA LIENDO DUARTE RELATORA (E) DE LA SALA CIVIL

FECHA: 15 DE ABRIL DEL 2016 SALA CIVIL CONFORMADA POR LOS SEÑORES JUAREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA TABLA DE LA VISTA DE CAUSA NO HUBO VISTAS DE LA CAUSA INFORMES ORALES NO HUBO INFORMES ORALES DESPACHO

1. 2. 3. 4.

EXP.NRO. 2939-2013-CI. NULA la Sentencia, que declara Infundada en todos sus extremos, la demanda contenciosa administrativa presentada por Asociación de Vivienda Los Hijos de Viñani representado por su presidente Juan Luis Huanca Villanueva en contra del Gobierno Regional de Tacna”. Conformaron Sala los Magistrados JUAREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 398-2013-FC. CONFIRMARON la Sentencia, que declara fundada en parte la demanda, interpuesta por Teresa Lupaca Mamani en contra de Lorenzo Santos Santos sobre Divorcio por causal y otros. Conformando Sala los Maigstrados JUÁREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 101-2015-FC. CONFIRMARON EN PARTE la Sentencia, que declara fundada en parte la demanda de Alimentos, interpuesta por Úrsula Romina Sumari Téllez en representación de Ángel David Limache Sumari, en contra de Ángel David Limache MamanI. Conformando Sala los Magistrados JUÁREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 2347-2015-CI. CONFIRMARON la Sentencia, que declara fundada la demanda, interpuesta por Tomasa Zunilda Cruz Pariguana sobre Proceso de Cumplimiento en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna.. Conformando Sala los Magistrados JUAREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.-

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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

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Lunes, 16 de mayo del 2016

EXP. NRO. 1996-2015-CI. CONFIRMARON la Sentencia, que declara fundada en parte la demanda, interpuesta por Maria Teresa Borda Chavez, sobre Proceso de Cumplimiento en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna. Conformaron Sala los Magistrados JUAREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 2021-2015-CI. CONFIRMARON: la Sentencia, declarar fundada en parte la demanda, interpuesta por Oscar Armando Urdanivia Delgado, sobre Proceso de Cumplimiento en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna. Conformaron Sala los Magistrados JUAREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 1544-2015-FC.- APROBARON la sentencia, que declara infundada la demanda, interpuesta por la representante del Ministerio Público en contra de German Walter Paredes Linares y María Otilia Paredes Linares, sobre Violencia Familiar en la modalidad de Violencia Psicológica en agravio de Erika Lourdes Paredes Linares y Otilia Linares De Paredes. Conformando Sala los Magistrados JUAREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 597-2015-CI. CONFIRMARON la Sentencia, que declara fundada la demanda, interpuesta por Yuri Rey Portugal Olivera, sobre Proceso de Cumplimiento contra la Directora Regional de Educación de Tacna, representada por Ingrid Jiménez Mamani, con emplazamiento a la Procuraduría del Gobierno Regional de Tacna. Conformando Sala los Magistrados JUAREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA. EP. NRO. 1749- 2015-CI. CONFIRMARON la Sentencia, que declara fundada en parte la demanda, interpuesta por Deyce Susana Reynoso Sánchez de Peralta, sobre Proceso de Cumplimiento en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna. Conformando Sala los Magistrados JUÁREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 77-2011-CI. REVOCARON la Sentencia que declara fundada en parte la demanda de amparo interpuesto por Juan Alfredo Maquera Luque en contra del Consejo Nacional de la Magistratura y CONFIRMARON la misma sentencia en el extremo que declara improcedente la declaración de insubsistencia de la Resolución N° 654-2011 de fecha 13 de setiembre del 2011, expedido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Conformando Sala los Magistrados JUÁREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y FUENTES BORDA.EXP. NRO. 1125-2011-CI. CONFIRMARON la Sentencia, que declara fundada la demanda de Habeas Data interpuesta por Carlos Alberto Valle Tataje, Reynaldo Arua Castillo, Ilda Pauro Cutipa, Vilma Ramos Alave, Paulina Acacia Musaja De Arce, Gregorio Lupaca Lupaca, María Asunción Ticona Maquera, Isabel Tintaya de Mamani, Emilia Pariona Jacinto, Benedicta Leonarda Salazar de Alvarado, Soledad Marisol Alvarado Salazar, Fidelia Mamani Ticona, Dolores Condori Díaz, Sofia Ccalli Quispe, siendo los dos primeros Carlos Alberto Valle Tataje y Reynaldo Arua Castillo apoderados comunes de los demandantes en contra de la Asociación Junta de Conductores de Puestos del Mercado Mayorista Municipal de Tacna debidamente representada por su presidenta Rebeca Aguilar Choquehuanca. Conformando Sala los Magistrados JUÁREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y FUENTES BORDA.EXP. NRO. 1945-2013-CI. CONFIRMARON la Sentencia, que declara improcedente la demanda Contencioso Administrativo interpuesta por la Municipalidad Distrital de Ciudad Nueva en contra de la Municipalidad Provincial de Tacna. Conformaron Sala los Magistrados JUÁREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 369-2015-FC. CONFIRMARON EN PARTE la Sentencia , que declara fundada la demanda, seguida por el representante del Ministerio Público, a favor de Walter Alfonso Benavides Cartagena, sobre violencia familiar en la modalidad de Violencia Física, en contra de Hugo Francisco Benavides Cartagena, y REVOCARON la misma sentencia en el extremo que declara fundada la demanda, seguida por el representante del Ministerio Público, a favor de Hugo Francisco Benavides Cartagena, sobre violencia familiar en la modalidad de Violencia Física y Psicológica, en contra de Walter Alfonso Benavides Cartagena. Conformaron Sala los Magistrados JUÁREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 1824-2015-CI. CONFIRMARON la Sentencia, que declara fundada la demanda, interpuesta por Victoria Georgina Guevara Rueda, sobre Proceso de Cumplimiento en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna. Conformaron Sala los Magistrados JUÁREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 1737-2015-CI. CONFIRMARON la Sentencia, que declara fundada en parte la demanda interpuesta por Francisca Melo Avendaño, sobre Proceso de Cumplimiento en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna. Conformaron Sala los Magistrados JUÁREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 84-2013-CI. CONFIRMARON la Resolución N° 21 de fecha 15 de setiembre del 2015, que declara infundada la devolución de la cédula de notificación número 1423-2015-JM-CI,seguida por Amelia Quea Mamani y otros, en contra de Mario Antonio Mamani Onofre, sobre Desalojo. Conformaron Sala los Magistrados JUAREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 2118-2015-CI. CONFIRMARON el auto contenido en la Resolución N° 01, de fecha 05 de enero del 2016, que declara improcedente la demanda de acción de amparo interpuesta por Virginia Justina Vásquez Palma en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna. Conformaron Sala los Magistrados JUAREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 2442-2015-CI. CONFIRMARON el auto contenido en la Resolución N° 01, de fecha 07 de enero del 2016, que declara improcedente el proceso de amparo presentado por doña Ana María Banegas Tesillo. Conformaron Sala los Magistrados JUAREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 1659-2015-58. CONFIRMARON la resolución número cuatro de fecha veintiocho de diciembre del año dos mil quince que declaro improcedente por extemporáneas la Contestación de demanda y Reconvención, interpuesta por el demandado Antonio Julián Ajajavi Romero, sobre reinvidicacion. Conformando Sala los Magistrados JUAREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA.EXP. NRO. 2111-2015-CI. CONFIRMARON la resolución número seis de fecha nueve de febrero del año dos mil dieciséis, que declara improcedente en el proceso de amparo interpuesto por Lino Andrés Juárez Salazar, contra la Dirección Regional de Educación de Tacna. Conformaron Sala los Magistrados. Conformando Sala los Magistrados JUAREZ TICONA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA

CANTIDAD DE RESOLUCIONES RESOLUCIONES DE VISTA: 20 AUTOS: 05 DECRETOS: 05 MACARENA LIENDO DUARTE RELATORA (E) DE LA SALA CIVIL

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Lunes, 16 de mayo del 2016

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ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. FECHA: Lunes 16 de Mayo del 2016. Nro. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82

Expediente 2014-02293-59 2015-01902-93 2012-01111-26 2014-00556-99 2015-02130-20 2015-01244-30 2015-00077-81 2015-02721-83 2015-02086-14 2015-02725-60 2013-01265-28 2014-02221-84 2015-01344-85 2015-01358-85 2015-01465-1 2015-02701-56 2014-01182-78 2015-02046-79 2015-00935-20 2015-03074-34 2015-01174-43 2015-02199-62 2015-00415-43 2016-00097-76 2015-02683-2 2014-01275-79 2015-00810-51 2015-02057-25 2015-00984-96 2015-00096-60 2014-01889-45 2014-01588-61 2014-02387-2 2014-01827-37 2015-01733-0 2015-01199-0 2014-00512-36 2016-00968-0 2014-02315-56 2013-00830-88 2013-00742-37 2014-00625-87 2014-01726-29 2014-01109-62 2015-02633-89 2015-00148-41 2011-01912-26 2013-00398-2 2015-01573-82 2013-01354-42 2014-01712-89 2016-00117-0 2015-01794-46 2015-01203-43 2015-02271-45 2016-00277-0 2016-00486-0 2016-00385-0 2015-01464-0 2015-02590-0 2016-00102-0 2015-01671-24 2015-02984-65 2014-01914-7 2016-01033-0 2016-01034-0 2014-02256-91 2012-01883-85 2013-01704-61 2014-00631-18 2014-00314-93 2014-02063-76 2015-00177-50 2014-01385-70 2011-00579-54 2013-01728-38 2011-01778-57 2014-00016-17 2013-01970-67 2010-00074-91 2013-00951-20 2004-05055-0

Organo Jurisdiccional J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.)

Sala Audiencia SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN SALA INV. PREP. - MBJAA SALA INV. PREP. - MBJAA SALA INV. PREP. - MBJAA SALA INV. PREP. - MBJAA SALA INV. PREP. - MBJAA SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO

Hora Delito 12:00 Peculado doloso 15:50 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 16:00 Violación de la libertad sexual. 16:30 Violación sexual de menor de edad. 17:00 Robo Agravado 09:00 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 10:00 Violación de la libertad de trabajo y asociación 11:00 Falsedad ideológica. 12:00 Fabricación, suministro o tenencia ilegal de armas o materiales peligrosos 15:00 Violación sexual de menor de edad. 16:00 Receptacion Aduanera 08:30 Lesiones leves 08:40 Omisión de asistencia familiar 08:50 Omisión de asistencia familiar 09:00 Omisión de asistencia familiar 09:10 Omisión de asistencia familiar 09:20 Omisión de asistencia familiar 09:30 Omisión de asistencia familiar 09:40 Omisión de asistencia familiar 09:50 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 10:00 Omisión de asistencia familiar 10:10 Omisión de asistencia familiar 10:20 Omisión de asistencia familiar 10:30 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 10:40 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 10:50 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 11:00 Desobediencia o resistencia a la autoridad 11:30 Omisión de asistencia familiar 12:00 Apropiación ilícita. 12:30 Lesiones culposas 15:00 Receptación 15:40 Falsedad ideológica. 16:00 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 17:01 Lesiones culposas 08:30 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 11:00 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 12:00 Fabricación o uso no autorizado de patente 15:00 Omisión de asistencia familiar 09:00 Desobediencia o resistencia a la autoridad 15:00 Fabricación o uso no autorizado de patente 08:30 Uso de documentos falsos. 09:00 Falsedad ideológica. 10:05 Ursurpación Agravada 11:30 Uso de documentos falsos. 12:00 Sustracción de menor 12:40 Daños 15:00 Abuso de autoridad. 16:00 Lesiones culposas 16:30 Peculado 17:00 Falsificación de documentos. 09:00 Omisión de asistencia familiar 09:30 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 10:00 Ingreso Indebido de Equipos de Comunicación al Interior de un Establecimieno Penitenciario 10:30 Formas agravadas del delito de violencia y resistencia a la autoridad 11:00 Falsificación de documentos 11:30 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 12:00 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 12:30 Lesiones leves 10:00 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 11:00 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 12:00 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 09:00 Defraudaciones, fraude procesal,abusode firma en blanco. 10:00 Fuga en accidente de tránsito. 11:00 Omisión de asistencia familiar 14:30 Omisión de asistencia familiar 15:00 Omisión de asistencia familiar 08:30 Atentado contra la autoridad o funcionario 09:00 Violación sexual de menor de edad. 10:00 Robo Agravado 10:31 Violación sexual de menor de edad. 11:00 Peculado 12:01 Robo. 12:30 Violación sexual de menor de edad. 15:00 Formas Agravadas de la Trata de Personas 17:31 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 09:00 Violación de la libertad sexual. 10:00 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 11:00 Depredación de bosques legalmente protegidos. 12:00 Falsificación de documentos. 13:00 Contrabando 15:30 Violación sexual de Menor. 16:00 Peculado doloso más de 10 UIT

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Lunes, 16 de mayo del 2016

Corte Superior de Justicia de Tacna PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 0455-2016-P-CSJT-PJ Tacna, veintisiete de abril Del año dos mil dieciséis.VISTOS: La Ley 30229, la Ley 30293, la Resolución Administrativa 069-2015-CE-PJ, la Resolución Administrativa 234-2015-CE-PJ, el Externo 3094-2016 y Resolución Administrativa 290-2016-P-CSJT-PJ; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: La Resolución Administrativa Nº 069-2015-CE-PJ, publicada el trece de marzo del año dos mil quince en el diario oficial El Peruano, aprueba el proyecto denominado Implantación del Sistema de Notificaciones Electrónicas – SINOE en el ámbito nacional y en todas las especialidades, estableciéndose disposiciones para su implementación en tres etapas de manera progresiva, correspondiendo a esta Corte Superior de Justicia en la tercera etapa 2015-2016. SEGUNDO: Mediante Resolución Administrativa Nº 234-2015-CE-PJ, publicada el diecinueve de agosto del año dos mil quince en el diario oficial El Peruano, se dispuso la ejecución de la tercera etapa de implantación del Sistema de Notificaciones Electrónicas (Grupos 3, 4, 5, 6, 7 y 8) en el ámbito nacional y en todas las especialidades, formando parte del grupo 5 la Corte Superior de Justicia de Lima Este y del grupo 8 la Corte Superior de Justicia de Tacna, proponiendo, la Sub Gerencia de Desarrollo de Sistemas de Información de la Gerencia de Informática de la Gerencia General, la modificación de la programación de actividades para la ejecución de implementación del SINOE. Y es a través de la Resolución Administrativa Nº 074-2016-CE-PJ de fecha veintitrés de marzo del año dos mil dieciséis que se modifica la ejecución de la tercera etapa de la “Implantación del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) en el ámbito nacional y en todas las especialidades” incorporándose el distrito Judicial de Tacna al Grupo 5 y el distrito Judicial de Lima Este al Grupo 8; disponiendo que la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia y la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus Órganos de Línea y en cuanto sea

Lunes, 16 de mayo del 2016

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de su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución.

TERCERO: Bajo este contexto, se ha llegado a la conclusión que las notificaciones de la resoluciones judiciales expedidas en un determinado proceso judicial a través de la cédula de notificación física muchas veces no cumplen su finalidad (esto es poner en conocimiento de manera rápida, a las partes procesales las resoluciones judiciales) siendo esto así, con el propósito de coadyuvar a la organización del sistema judicial, es necesario recurrir a las TIC1 y de esta manera optimizar nuestros recursos, haciéndolos más productivos y mejorando la calidad, invirtiendo mucho menos tiempo. CUARTO; Mediante la Ley Nº 30229 – Ley que adecúa el uso de las Tecnologías de Información y Comunicaciones en el sistema de remates judiciales y en los servicios de notificaciones de las resoluciones judiciales y que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Código Procesal Civil, el Código Procesal Constitucional y la Ley Procesal del Trabajo – se incorporan los artículos 155-A, 155-B, 155-C, 155-D, 155-E, 155-G, 155-H y 155-I al Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Cuyo artículo 155-A prescribe que: “La notificación electrónica es un medio alternativo a la notificación por cédula y se deriva a casilla electrónica de manera obligatoria en todos los procesos contenciosos y no contenciosos tramitados ante los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial. La notificación electrónica debe contar con firma digital2 y debe ser utilizada en el marco de la Ley 27269 – Ley de Firmas y Certificados Digitales - su reglamento, así como la normativa relacionada”. Asimismo, el artículo 155-B establece: “Es un requisito de admisibilidad que las partes procesales consignen en sus escritos postulatorios la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial, extendiéndose dicho requisito al apersonamiento de cualquier tercero en el proceso”. En tanto el artículo 155-D dispone que: “Los abogados de las partes procesales, sean o no de oficio, los procuradores públicos y los fiscales deben consignar una casilla electrónica la cual es asignada por el Poder Judicial sin excepción alguna…” La citada ley modifica el artículo 157º del Código Procesal Civil disponiendo que: “La notificación de las resoluciones judiciales, en todas las instancias, se realiza por vía electrónica a través de casillas electrónicas implementadas, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado con Decreto 1

Tecnología de Información y Comunicación: es el conjunto de tecnologías desarrolladas para gestionar información y enviarla de un lugar a otro. 2 La firma digital es aquella firma electrónica que utiliza una técnica de criptografía asimétrica, basada en el uso de un par de claves único, asociadas una clave privada y una clave pública relacionadas matemáticamente entre sí, de tal forma que las personas que conocen la clave pública no puedan derivar de ella la clave privada.

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Supremo 017-93-JUS, con las excepciones allí establecidas”. De la misma forma se modifica el artículo 14º del Código Procesal Constitucional refiriendo que: “Todas las resoluciones se notifican por vía electrónica a casillas electrónicas acorde con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado con Decreto Supremo 017-93-JUS, con las excepciones allí establecidas y las actuaciones a que se refiere el artículo 9”. QUINTO: A su turno, la Ley 30293 – “Ley que modifica diversos artículos del Código Procesal Civil a fin de promover la modernidad y la celeridad procesal” modifica, entre otros, el artículo 414º inciso 2) del Código Procesal Civil prescribiendo que: “La demanda se presenta por escrito y contendrá: 2) El nombre, datos de identidad, dirección domiciliaria, domicilio procesal del demandante y el domicilio procesal electrónico, constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial de acuerdo a la Ley 30229”. SEXTO: En el marco de la implantación del Sistema de Notificaciones Electrónicas en esta Corte Superior de Justicia se ha llevado a cabo como acciones administrativas la expedición de la Resolución Administrativa Nº 290-2016-P-CSJT-PJ de fecha veintiuno de marzo del año dos mil dieciséis a través de la cual se conformó el Comité Distrital de Implantación del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Dicho comité tuvo una reunión de trabajo el día treinta y uno de marzo del año en curso, oportunidad en la que se expusieron los objetivos, se detalló el plan de la implantación, la distribución de los equipos, estableciéndose los acuerdos generales, la digitalización, despliegue, clonación, instalación y configuración de equipos y capacitación; todo ello conforme se encuentra en el acta de trabajo levantada con intervención del Comité de Implantación del Sistema de Notificaciones Electrónica. Asimismo, a través de la Resolución Administrativa Nº 3712016-P-CSJT-PJ se autorizó la participación de los Señores Jueces y Personal de esta Corte Superior de Justicia, a capacitaciones como parte del Proyecto de Implantación del Sistema de Notificaciones Electrónicas – SINOE. SETIMO: De otro lado, la Sub Gerencia de Desarrollo de Información de la Gerencia de Informática del Poder Judicial, según el estudio de factibilidad técnica de esta Corte Superior de Justicia, puso en conocimiento al Comité Distrital de Implantación del Sistema de Notificaciones Electrónicas que durante la etapa de diagnóstico se realizó la distribución de treinta equipos a los órganos jurisdiccionales que cuentan con la factibilidad técnica para efectos de que brinde soporte a la notificación electrónica; de la misma forma la Gerencia de Informática ha distribuido los discos duros internos a las estaciones de la Sede Central, a la sede de Gregorio Albarracín Lanchipa, de Alto de la Alianza, de Tarata y uno de retén para cualquier imprevisto.

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OCTAVO: Bajo dicho contexto, se ha verificado el cumplimiento de todo el proceso de implantación para la entrada en funcionamiento del Sistema de Notificaciones Electrónicas en este distrito judicial, en aras de creación de mecanismos que permitan un mayor acceso al servicio de la justicia, eficacia en el cumplimiento de los plazos procesales, imparcialidad, transparencia y honestidad en la conducción de los procesos y en la emisión de los fallos, mejorando el servicio de administración de justicia. Finalmente, mediante el Externo 3094-2016 de fecha veinte de abril del año en curso, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el cronograma de inauguración del Sistema de Notificaciones Electrónicas en las Cortes Superiores de Justicia de Lima Sur, Callao, Tacna y La Libertad, correspondiendo a esta Corte Superior de Justicia el día veintinueve de abril del presente año. Por lo que estando a lo expuesto, resulta necesario expedir el acto administrativo correspondiente al funcionamiento del Sistema de Notificaciones Electrónicas en este Distrito Judicial, lo que permitirá que los actos procesales de las notificaciones se realicen en tiempo real, a través de las casillas electrónicas, las mismas que serán entregadas gratuitamente coadyuvando a que la justicia sea eficaz y célere. Por tanto, de conformidad con el artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: PRIMERO: DIPONER EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS (SINOE), en forma obligatoria, en la Corte Superior de Justicia de Tacna a partir del día VEINTINUEVE DE ABRIL del año dos mil dieciséis, en todas las especialidades y/o materias, en los órganos jurisdiccionales ubicados en la SEDE CENTRAL, MODULO BASICO DE JUSTICIA DEL DISTRITO ALTO DE LA ALIANZA, MODULO BASICO DE JUSTICIA DEL DISTRITO DE GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA Y SEDE DE LA PROVINCIA DE TARATA. SEGUNDO: PÓNGASE en conocimiento de los Magistrados de todas las instancias de la sede central, Módulo Básico de Alto de la Alianza, Módulo Básico de Gregorio Albarracín Lanchipa y la sede de Tarata, sobre el uso obligatorio del Sistema de Notificaciones Electrónicas; EXHORTÁNDOLOS a requerir a los abogados de las partes procesales o terceros intervinientes, el señalamiento de su casilla electrónica, con arreglo a la normatividad vigente tanto para las demandas nuevas como para los procesos en trámite o ejecución, con los apremios de ley.

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TERCERO: CUMPLA el área de Personal con NOTIFICAR al personal jurisdiccional el uso obligatorio de las casillas electrónicas para los efectos de las notificaciones electrónicas en este Distrito Judicial. CUARTO: DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario de avisos judiciales desde el día veintinueve de abril hasta el día trece de mayo del año dos mil dieciséis; así como en la página web de esta Corte Superior de Justicia y del Intranet a través del área de Imagen Institucional. QUINTO: ENCARGAR al área de Imagen Institucional la difusión del Sistema de Notificaciones Electrónicas en los medios de prensa locales (diarios, comunicados, notas de prensa, internet, página web, entre otros). SEXTO: ENCARGAR a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura el monitoreo de la ejecución del funcionamiento del Sistema de Notificaciones Electrónicas. SETIMO: Póngase en conocimiento al Presidente del Poder Judicial, al Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Informática, de la Gerencia de Servicios Judiciales, del Ministerio Público, de la Dirección Distrital de Defensa Pública de Tacna, del Colegio de Abogados de Tacna, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, de la Oficina de Administración Distrital, del área de Personal, de la Unidad de Servicios Judiciales, del área de Informática, de la Oficina de Imagen Institucional, de la Jefatura de Mesa de Partes Única, de la Oficina de Atención al Usuario Judicial, del Administrador del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza, del Módulo Penal, del apoyo en Administración del Módulo Laboral, de todos los Magistrados y de quienes corresponda. Regístrese, Comuníquese y Cúmplase. Jorge Antonio Armaza Galdos Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA AVISO DE CONVOCATORIA PROCESO CAS N° 051-2016 I.

FINALIDAD DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN Contratar los servicios de:

Código

Prestación

00723

ASISTENTE JURISDICCIONAL

00429

RESGUARDO, CUSTODIA Y VIGILANCIA

II.

Dependencia Oficina de Administración Distrital – Tacna Oficina de Administración Distrital – Tacna

S/.

Cantidad

2,572.00

1

950.00

2

REQUISITOS GENERALES PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE



  III.

No encontrarse comprendido en la Ley N° 27588, ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos así como las personas que prestan sus servicios al estado bajo cualquier modalidad contractual. En caso de ser ex trabajador de alguna entidad de la administración pública, no haber extinguido vínculo por causa de despido, destitución o renuncia con incentivos. No encontrarse registrado en el registro Nacional de Sanciones y Destituciones del Estado. ASPECTOS DE INTERES

La presente convocatoria, se efectuará a través del Aplicativo de Selección de Personal, el cual se encuentra en la dirección del enlace Oportunidad Laboral de la página web institucional (www.pj.gob.pe), CONCURSOS CAS – CONVOCATORIA CAS N° 051-2016-TACNA, en el cual se encuentran colgadas las Bases, los Perfiles y el Cronograma del Concurso. 

Para acreditar su inscripción al concurso, el postulante debe obtener el reporte impreso de la información registrada del Aplicativo de Selección de Personal, el mismo que deberá ser presentado en un sobre cerrado, conjuntamente con la información sustentatoria (hoja de vida documentada). El detalle de los perfiles estará disponible vía web desde el 13 de mayo del 2016 y la postulación desde el 17 al 19 de mayo del 2016.



Los postulantes que registraron su inscripción a través de la página web presentarán sus documentos en la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Tacna, ubicada en la Tercera cuadra de la calle Inclán s/n esquina con Presbítero Andía-Cercado de Tacna (4to Piso), en las fechas señaladas en el cronograma.



Los documentos presentados no se devolverán al postulante por ningún motivo, ya que formarán parte del acervo documentario del proceso.

Las consultas se efectuarán a través del correo electrónico [email protected] o al (052) 583200 anexo 52224.

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PROCESO CAS N° 051-2016 CRONOGRAMA Y ETAPAS DEL PROCESO ETAPAS DEL PROCESO

CRONOGRAMA

RESPONSABLE

Aprobación de la Convocatoria

29 de abril del 2016

Oficina de Personal

Publicación del proceso en el Servicio Nacional del Empleo

del 29 de abril al 12 de mayo del 2016 (10 días hábiles)

Dirección General del Servicio Nacional del Empleo - MTPE

CONVOCATORIA 1

Publicación de la convocatoria en la página web del Poder Judicial.

2

Postulación web

3

del 13 al 19 de mayo del 2016 (05 días hábiles) del 17 al 19 de mayo del 2016

Presentación física de hoja de vida documentada: (solo aquellos postulantes que se inscribieron vía web)

Oficina de Personal Postulante Oficina de Trámite Documentario y Archivo

20 de mayo de 2016

Calle Inclán s/n esquina con calle Presbítero Andía Mesa de Partes de la Oficina de Administración

Horario: De 08:00 hs a 13:30 hs o de 14:30 hs a 16:00 hs SELECCIÓN

4

Evaluación Curricular – sin puntajes

23 de mayo de 2016

Oficina de Personal

5

Resultados de la Evaluación Curricular – sin puntajes

23 de mayo de 2016

Oficina de Personal

6

Evaluación Curricular – con puntajes

23 de mayo de 2016

Comisión CAS Ad Hoc

7

Resultados de la Evaluación Curricular – con puntajes

23 de mayo de 2016

Comisión CAS Ad Hoc

8

Evaluación Técnica

24 de mayo de 2016

Comisión CAS Ad Hoc

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Resultados de la Evaluación Técnica

24 de mayo de 2016

Comisión CAS Ad Hoc

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Entrevista Personal

25 de mayo de 2016

Comisión CAS Ad Hoc

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Resultados de la Entrevista Personal

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Resultados Finales – Declaración de Ganadores

25 de mayo de 2016 25 de mayo de 2016

Comisión CAS Ad Hoc Oficina de Personal

SUSCRIPCIÓN Y REGISTRO DE CONTRATO 13

Suscripción del contrato

27 de mayo de 2016

Oficina de Personal

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