INTER - AMERICAN COMMISSION ON HUMAN RIGHTS

21 ene. 2013 - De conformidad con el artículo 25(5) del Reglamento de la CIDH, y sin prejuzgar sobre el posible otorgami
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INTER - AMERICAN COMMISSION ON HUMAN RIGHTS COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS COMISSÃO INTERAMERICANA DE DIREITOS HUMANOS COMMISSION INTERAMÉRICAINE DES DROITS DE L'HOMME

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS WASHINGTON, D.C. 2 0 0 0 6 E E U U 21 de enero de 2013 REF: Geomar Carolina Llanos Romero Solicitud de Información MC-333-12 Ecuador Estimados señores: Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, en nombre de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a fin de hacer referencia a su solicitud de medidas cautelares en favor de Geomar Carolina Llanos Romero en Ecuador. Cumplo con informarles que en el día de la fecha, la Comisión remitió una solicitud de información al Estado en relación con la situación de Geomar Carolina Llanos Romero. Las partes pertinentes de dicha comunicación establecen: De conformidad con el artículo 25(5) del Reglamento de la CIDH, y sin prejuzgar sobre el posible otorgamiento de medidas cautelares, cumplo con solicitar al gobierno de Su Excelencia tenga a bien enviar a esta Secretaría, en un plazo de 30 días, contados a partir de la recepción de esta comunicación, la información que considere oportuna respecto a lo referido por los peticionarios y particularmente sobre: 1. Las condiciones de detención en las que se encuentra actualmente la señora Geomar Carolina Llanos Romero; 2. Respecto de los presuntos actos de torturas y malos tratos, informar si se iniciaron investigaciones; si se llevaron a cabo evaluaciones médicas a la propuesta beneficiaria, los resultados de las mismas y el estado físico y psíquico de la misma.

Aprovecho la oportunidad para saludar a ustedes muy atentamente,

Señores Comisión de Derechos Humanos de la Federación Nacional de Abogados del Ecuador

1/18/2013-MZ-5004369