Gaceta Judicial - Tacna

Expediente 00201-2012-0-2301-JR-CI-02, Demandante Za- carías Coarita Mamani, Demandado Mario Tunqui Villares,. Materia I
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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 14 de marzo del 2016

Avisos Judiciales TACNA(3V/14-15-16 MAR) EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA En el proceso N°1152-2012-13-2301-JR-PE-3, seguido contra HUGO NELSON CCALLATA INCACUTIPA, Y MARTINA JENEZ FLORES por el presunto delito por el delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Uso de Documento Público Falsificado previstos en los artículos 427° primer párrafo, (pena) y segundo párrafo del Código Penal, en agravio del Estado, representado por la Súper Intendencia Nacional de Registros Públicos y otros; se ha dispuesto notificar por Edictos al acusado HUGO NELSON CCALLATA INCACUTIPA, con el acta de audiencia de fecha cuatro de marzo del dos mil dieciséis, emitida por este Juzgado, LA MISMA QUE SEÑALA LA REPROGRAMACIÓN DEL INICIO DE JUICIO ORAL A LLEVARSE A CABO EL DÍA 28 de abril de 2016 a las 10:00 horas a.m., EN LA SALA DE AUDIENCIA DE LOS JUZGADOS PENALES UNIPERSONALES Y COLEGIADOS DE TACNA.- FIRMAN EL DOCTOR RAUL CABALLERO LAURA. ESPECIALISTA LEGAL ABOG. Flor de Maria Chacolla Chino.Tacna 09 de Marzo del 2016 RAUL CABALLERO LAURA Juez Especializado penal (t) del 3er juzgado penal Unipersonal supra provincial con competencia territorial de la Provincia de Tacna y Jorge Basadre (3V/1114-15 MAR) EDICTO PENAL Exp. N° 0020-2015-0.- ACUSACION DIRECTA TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABG. GLADYS SANTOS CUTIPA En el proceso N° 0020-2015-0, seguido contra MARIO CCAMA APAZA por el delito Contra La Vida, El Cuerpo y La Salud en la modalidad de Lesiones Leves, previsto y penado en el primer párrafo del artículo 122 del Código Penal, en agravio de Javier Condori Callusani; la señora juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, señala que estando a lo dispuesto en la resolución número cuatro, con fecha tres de marzo del presente año, se dispone la notificación vía edictos al acusado MARIO CCAMA APAZA respecto de la resolución número uno, en el que señala lo siguiente: Por recibido el requerimiento de acusación directa formulado por el Fiscal Provincial del Primer Despacho de Decisión Temprana de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna; y advirtiéndose que el acusado Mario Ccama Apaza no cuenta con defensor, se le requiere designe abogado particular de su libre elección en el término del tercer día de notificado; y en caso de no cumplir lo indicado, el juzgado solicitará a la Dirección de Defensa Pública designe defensa pública que lo represente en el proceso. FDO. DRA. SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA, JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABG. GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.-Tacna, 03 de marzo del 2016 SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA Juez (T) del 3er Juzgado de Investigacion Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA Especialista Judicial de los Juzgados de Investigacion Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA(3V/14-15-16 MAR) EDICTO PENAL Expediente N° 144-2016-0-2301-JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna.-Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso de FALTAS, agraviada YENNY YSABEL TURPO MAMANI, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a YENNY YSABEL TURPO MAMANI, con Resolución Número uno de fecha veintiocho de Enero del 2016, mediante la cual, SE RESUELVE: Asumiendo funciones la Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta, por disposición del Superior. Por recibido el oficio que antecede, proveniente del PRIMER DESPACHO DE INVESTIGACION DE TACNA; previamente cúmplase con notificar a YENNY SECIBEL TURPO MAMANOI, a fin de que concurra al TERCER día de notificada con la presente resolución al local del Juzgado con el objeto de ratificarse de la denuncia presentada y acreditar los bienes sustraídos, bajo apercibimiento de tenerse por desistido tácitamente.-Firman el Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna, a los 09 días del mes de marzo del 2016.INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE

EDICTO PENAL Expediente N° 1334-2015-0-2301-JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna.-Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso de FALTAS, agraviada ARLETTY AURORA BASURCO VALDIVIA, en contra de la misma, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a don ARLETTY AURORA BASURCO VALDIVIA con Resolución Número tres de fecha 25 de Enero del 2016, mediante la cual, SE RESUELVE: SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDA de la presente acción penal del proceso formulado por ARLETTY AURORA BASURCO VALDIVIA por falta contra el patrimonio y contra la persona; en consecuencia, se declara CONCLUIDO, debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente. NOTIFIQUESE la presente resolución mediante edictos. Regístrese y notifíquese..-Firman el Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna, 09 días del mes de Marzo del 2016.INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA(3V/14-15-16 MAR) EDICTO PENAL Expediente N° 01437-2015-0-2301-JP-PE-01.Juez del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza. Especialista Judicial Dr. David Benigno García Espinoza.En el proceso de LESIONES DOLOSAS, agraviado IGNACIO MONTORO LAURENTE, con resolución número uno de fecha doce de mayo del dos mil quince mediante la cual SE RESUELVE: APERTURAR PROCESO por Faltas contra la Persona, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS, en contra de don SANTOS CALCIN LAURACIA, identificado con documento nacional de identidad número 44636820, en agravio de doña MARITZA ANDREA RAMOS MENDOZA, dictándose MANDATO DE COMPARECENCIA en contra del procesado, en consecuencia, se dispone CITAR A JUICIO a las partes, señalándose fecha para la realización de la AUDIENCIA DE ENJUICIAMIENTO para el día QUINCE de ENERO del dos mil dieciséis, a las ONCE de la mañana, debiendo las partes asistir en compañía de sus abogados y con los medios probatorios que pretendan hacer valer, bajo apercibimiento de declararse el desistimiento tácito de la denuncia, en caso de inasistencia de la parte agraviada.; y con resolución número dos de fecha veintidós de enero del dos mil dieciséis: DE OFICIO: Teniéndose presente que MARITZA ANDREA RAMOS MENDOZA no ha logrado ser notificada por la Central de Notificaciones, tratándose de un proceso penal, CÚMPLASE con notificar mediante edictos para su conocimiento. Siendo el estado del proceso, no habiéndose notificado válidamente a la agraviada, se REPROGRAMA la fecha de audiencia para el CATORCE DE ABRIL del año en curso, a horas DOCE de medio día.- Hecho sea cumpla ASISTENTE JUDICIAL con adjuntar a los autos las publicaciones de ley.-Flrman el especialista legal Dr. David Benigno García Esplnoza.Tacna, 29 días del mes de Enero del 2016. DAVID BENIGNO GARCIA ESPINOZA Secretario Judicial (e) Juzgado de Paz Letrado Modulo Basico Justicia de Alto de La Alianza CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA(3V/14-15-16 MAR) EDICTO PENAL Expediente N° 01069-2015-0-2301-JP-PE-01.Juez del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza. Especialista Judicial Dr. David Benigno García EspínozaEn el proceso de LESIONES DOLOSAS, agraviado IGNACIO MONTORO LAURENTE, con resolución número uno de fecha doce de mayo del dos mil quince mediante la cual SE RESUELVE: APERTURAR PROCESO por Faltas contra la Persona, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS, en contra de don JOSE LUIS CONDORI FLORES Identificado con documento nacional de Identidad número 46795560, en agravio de doña DELIA LUQUE MACHACA, dictándose MANDATO DE COMPARECENCIA en contra del procesado, en consecuencia, se dispone CITAR A JUICIO a las partes, señalándose fecha para la realización de la AUDIENCIA DE ENJUICIAMIENTO para el día VEINTIOCHO DE MAYO del año dos mil trece, a horas DIEZ de la mañana, debiendo las partes asistir en compañía de sus abogados y con los medios probatorios que pretendan hacer valer, bajo apercibimiento de declarar-

se el desistimiento tácito de la denuncia, en caso de inasistencia de la parte agraviada: y con resolución número dos de fecha cinco de enero del dos mil dieciséis: DE OFICIO: Teniéndose presente que IGNACIO MONTORO LAURENTE no ha logrado ser notificada por ¡a Central de Notificaciones, tratándose de un proceso penal, CÚMPLASE con notificar mediante edictos para su conocimiento. Siendo el estado del proceso, no habiéndose notificado válidamente al agraviado, se REPROGRAMA la fecha de audiencia para el SEIS DE ABRIL del año en curso, a horas DOCE de medio día.- Hecho sea cumpla ASISTENTE JUDICIAL con adjuntar a los autos las publicaciones de lev.-Firman el especialista legal Dr. David Benigno García Espinoza.Tacna, 29 días del mes de Enero del 2016. DAVID BENIGNO GARCIA ESPINOZA Secretario Judicial (e) Juzgado de Paz Letrado Modulo Basico Justicia de Alto de La Alianza CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/14-15-16 MAR) EDICTO PENAL Exp. N° 00039-2014-0-2301-JR-PE-03 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO ABOG. HERMES JULIO PATIÑO VIACAVA.En el proceso N° 00039-2004-0-2301-JR-PE-01 seguido contra VICENTE NILO SURICALLO HUIRACOCHA, por e presunto delito contra La Seguridad Pública en la modalidad de Conducción en Estaco ce Ebriedad, en agravio de la Sociedad; la señora Juez del Primer Juzgado de investigación Preparatoria de Tacna, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos al imputado VICENTE NILO SURICALLO HUIRACOCHA, con lo dispuesto en la resolución número 07: De la revisión de autos se colige que la parte imputada Vicente Nilo Suricallo Huiracocha, pese encontrase válidamente notificado, no ha cumplido con el requerimiento del Juzgado, motivo por el cual debe de hacerse efectivo el apercibimiento, debiendo de cursarse oficio a la Directora General de Defensoría Pública de Tacna, a efecto que designe un abogado público para el acusado, debiendo de corrérsele traslado con el requerimiento de acusación y con la resolución número uno, asimismo, conforme el estado del proceso se procede a programar audiencia para el día SIETE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, a fin de llevar a cabo la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, con la concurrencia obligatoria del representante del Ministerio Público, en caso de inconcurrencia del mismo, se comunicará a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público de Tacna, asimismo, en caso de inconcurrencia de la defensa pública, se informara a su superior a efecto de que tome las medidas correctivas. Notifíquese la presente resolución vía Edictos. Tacna 10 de marzo del 2016 . SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA Juez (T) del 3er Juzgado de Investigacion Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA HERMES JULIO PATIÑO VIACAVAEspecialista Judicial de Juzgado del Modulo PenalCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA(3V/11-14-15 MAR) EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Civil Transitorio de Tacna, Sede Central Juez Dr. Luis Escalante Medina y especialista Jennifer Hidalgo Benavides. Expediente 00201-2012-0-2301-JR-CI-02, Demandante Zacarías Coarita Mamani, Demandado Mario Tunqui Villares, Materia Interdicto se ha expedido la siguiente resolución N2 47 su fecha treinta de diciembre del 2015, que resuelve: Suspender el proceso por el tiempo de treinta días, hasta que los herederos legales de quien en vida fuera Zacarías Coarita Mamani se apersonen al proceso. 2) Previo a notificarse por edictos cumpla la parte demandada o la parte recurrente con adjuntar las instrumentales regístrales que den cuenta de la inscripción de la sucesión intestada de la causante y de la inscripción de testamento, o en su defecto certificado negativo de dichas inscripciones. 3) Dejar sin efecto el llama do de autos para dictar sentencia. Al Otrosí: Téngase presente T.R. y H.S. Se avoca al conocimiento de la causa el Juez titular suscribiente por disposición del Superior.-Tacna 10 de marzo del 2016 JENNIFER E. HIDALGO BENAVIDES Secretario Judicial Judicial del juzgado civil transitorio CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/11-14-15 MAR) NOTIFICACION POR EDICTO

Lunes, 14 de marzo del 2016

La juez del Juzgado Mixto del Modulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza - Tacna. Dra: HILDA FILOMENA SEGURA y Secretario Judicial que suscribe, hace saber que en el Expediente Nro. 00442-2013-0-2301-JM-FC-01 seguido por FELISA ESTRADA CHAMBILLA en contra de FREDY YAMPASI GOMEZ sobre ALIMENTOS, ha ordenado se publique, mediante Edicto un extracto de la Resolución Nro. 05 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre Tenencia y acumulativamente Alimentos, interpuesta por FELISA ESTRADA CHAMBILLA en contra de FREDY YAMPASI GOMEZ tramitándose en la vía del proceso UNICO, corriéndose traslado de la demanda al demandado por el plazo de cinco días para que la conteste, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios los que oportunamente se merituaran conforme a su naturaleza. Juan Guzmán Afán. Secretario Judicial. Juzgado Mixto del Modulo Básico de Justicia-de Alto de la Alianza-Tacna. JUAN GUZMAN AFAN Especialista Legal Modulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/14-15-16 MAR) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO NUESTRA GENTE S.A.A. ahora FINANCIERA CONFIANZA S.A.A., en contra de JORGE CHIPANA PILCO y SILVIA COTRADO DE CHIPANA, sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 266-2013-0-2301-JR-CO-03; el Tercer Juzgado Civil de Tacna, a cargo del Juez, Vladimir Omar Salazar Díaz, y como Especialista Legal, Elsa Georgina Aguirre Huareccallo, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO LOS OLIVOS MZ. D, LOTE 13, en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna, con un área de 286..27 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la partida P20046536 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna, SUNARP. 2.- VALOR DE LA TASACIÓN: S/. 22,463.41 (Veintidós Mil Cuatrocientos Sesenta y Tres con 41/100 Nuevos Soles). 3.- BASE DEL REMATE: S/. 14,975.61 (Catorce Mil Novecientos Setenta y Cinco con 61/100 Nuevos Soles), equivalente a las dos terceras partes de la tasación. 4.- GRAVAMENES Y CARGAS: a) INSCRIPCION DE HIPOTECA.- A) Inscripción de Hipoteca.Sobre el bien inmueble propiedad de Jorge Chipana Pilco, Casado, D.N.I. 01771727 y Silvia Cotrado Choque, Casada, D.N.I. 01842896, a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO NUESTRA GENTE S.A.A. R.U.C. 20228319768, hasta por la suma de $. 5,168.43 Dólares Americanos. Según Escritura Pública N° 641 del 18/05/2009, otorgada ante Notario Público Ángela María Díaz Jara Almonte (Tacna). Inscrito en el Asiendo 00004 de la Partida P20046536 de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna, SUNARP. Fecha de Inscripción 21/05/2009. B) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Jorge Chipana Pilco, Casado, D.N.I. 01771727 (demandado) y Silvia Cotrado Choque, Casada, D.N.I. 01842896, a favor de MI BANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de S/. 40,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento 00005 de la Partida P20046536 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna SUNARP. Fecha de inscripción 24/05/2013. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 29 DE MARZO DEL 2016, A LAS 4:00 P.M. 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis del Tercer Juzgado Civil, ubicado en el primer piso de la Corte superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. 7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda, tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por Participación en Remate, indicando en este, el número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia de los documentos en mención). El Adjudicatario cancela los honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 008-2005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional Nº 142. Celular 998706190 ó RPM #339910. Tacna, 10 de Marzo del 2016. Ma.ANGELA ZEBALLOS A. Martillero Publico Reg. N°142 ELSA G. AGUIRRE HUARECCALLO Secretaria Judicial del 2do Juzgado de Familia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/14 AL 21 MAR) SEGUNDO REMATE PUBLICO En el proceso que sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 02069-2014-0-2301-JR-CI-03 seguido por SCOTIABANK

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PERU S.A.A. en contra de Rosa Elena Cabrera Velasco y Roberto Luis Quispe Churayra y Empresa NUEVA PESCA S.A.C. representado por Roberto Luis Quispe Churayra, el Juez del Tercer Juzgado Civil de Tacna - Sede central, Dr. Vladimir Salazar Diaz con intervención de la Especialista Legal Elsa Aguirre Huareccallo ha dispuesto sacar a Remate Público en Segunda convocatoria lo siguiente: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO PROYECTO NORTE, MANZANA 355, LOTE 23, Etapa II del Distrito de Ciudad Nueva, Provincia y Departamento de Tacna, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida N° P20013714 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna. VALOR DE TASACIÓN: S/. 117,484.21 (Ciento diecisiete mil cuatrocientos ochenta y cuatro y 21/100 nuevo soles). BASE DEL REMATE: S/. 66,574.38 (Sesenta y seis mil quinientos setenta y cuatro con 38/100 Nuevos Soles), correspondientes a las dos terceras partes del valor de tasación menos un 15% adicional por tratarse de la Segunda Convocatoria. GRAVÁMENES: 1) Asiento 00009.- Inscripción de hipoteca común a favor del Banco Scotiabank Perú S.A.A. hasta por la suma de $ 21,042.0000 inscrita con fecha 20/12/2010. 2) Asiento 00011. Inscripción de Hipoteca común a favor del Banco Scotiabank Perú S.A.A. hasta por la suma de S/.93,000.0000, inscrita con fecha 20/01/2014. LUGAR. FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevara a cabo en el frontis del Tercer Juzgado Civil de Tacna, ubicado en la sede central de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina de las calle Inclán con Presbítero Andía de esta ciudad, el día 31 de Marzo del 2016 a horas 10.00 a.m. POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación (S/.11,748.42), además del Arancel Judicial respectivo por derecho a participar en el Remate judicial (S/.395.00), consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del martillero al término de la diligencia más IGV de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 008-2005JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321. Celular 952-603020.Tacna 10 de marzo del 2016 ELSA G. AGUIRRE HUARECCALLO Especialista Legal del Segundo Juzgado de Familia - sede central –CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA VICTOR O.APAZA MORANTE MARTILLERO PUBLICO REG.N°321SUNARP (3V/14-15-16 MAR) SEGUNDO REMATE JUDICIAL - PUBLICO En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., en contra de OBANDO TITALO CARLA MARIELLA y TITALO CHOQUE VDA DE OBANDO CARMEN ROSA, en el presente proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 103-2014-0-2301-JP-CI-03; el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo de la Juez, Milagros Ivonne Parihuana Serrano, y como Especialista Legal, Margot Nadia Liendo Moscoso, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: 1- EN SEGUNDA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en PUEBLO JOVEN AUGUSTO B. LEGUIA MZ. B, LOTE 11; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna, con un área de 201.86 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la Partida P20014688 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII Sede - Tacna, SUNARP. 2- VALOR DE LA TASACIÓN: S/. 133,623.12 (CIENTO TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS VEINTITRES CON 12/100 NUEVOS SOLES). 3- BASE DEL REMATE: S/. 75,719.77 (SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DIECINUEVE CON 77/100 NUEVOS SOLES). Equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación, menos un 15% por tratarse de segunda convocatoria. 4- GRAVAMENES Y CARGAS: A)MODIFICACION DE HIPOTECA.- Sobre el bien inmueble propiedad de TITALO CHOQUE VDA DE OBANDO CARMEN ROSA, a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de S/. 133,939.45 Nuevos Soles, Según Escritura Pública N° 54 del 17/01/2013 Elba Aurora Anguis de Adawi (Tacna). Inscrito en el Asiento 00011 de la Partida P20014688 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna -SUNARP. Fecha de inscripción 25/07/2013. B)INSCRIPCION DE EMBARGO.- Sobre el bien inmueble propiedad de TITALO CHOQUE VDA DE OBANDO CARMEN ROSA, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREAQUIPA S.A., hasta por la suma de S/. 8,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento 00012 de la Partida P20014688

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de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 11/06/2014. 5- DIA Y HORA DEL REMATE: 29 DE MARZO DEL 2016, A LAS 11:30 HORAS DE LA MAÑANA (11:30 A.M.) 6- LUGAR DEL REMATE: Frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, ubicado en el Primer piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. 7- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda, tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por Participación en Remate, indicando en este, el número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia de los documentos en mención). El Adjudicatario cancela los honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.V. y D.S. 008-2005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional N° 142. Celular 998706190 ó RPM #339910. Tacna, 18 de Enero del 2016. Ma.ANGELA ZEBALLOS A. Martillero Publico Reg. N°142 MARGOT NADIA LIENDO MOSCOSO Secretaria Judicial (e) del Segundo JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA.(3V/14-15-17 MAR) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por BANCO FINANCIERO DEL PERU, en contra de MARITZA FLORA MENDOZA ZANGA, en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 2166-2013-0-2301-JP-CI-02; el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo de la Juez, Kati Verónica Antonio Damián, y como Especialista Legal, Ingrid Melanie Rodríguez Cotrado, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble, ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO MARGINAL CIUDAD NUEVA MZ. 57, LOTE 19; en el Distrito de CIUDAD NUEVA, Provincia y Departamento de TACNA, con un área de 112.74 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la Partida P20001585 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII Sede - Tacna, SUNARP. 2.- VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 22,140.72 (VEINTIDOS MIL CIENTO CUARENTA CON 72/100 DÓLARES AMERICANOS). 3.- BASE DEL REMATE: US$. 14,760.48 (CATORCE MIL SETECIENTOS SESENTA CON 48/100 DÓLARES AMERICANOS). Equivalente a dos terceras partes del valor de la tasación. 4.- GRAVAMENES Y CARGAS: A) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Maritza Flora Mendoza Zanga, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA S.A., hasta por la suma de US$. 18,000.00 Dólares Americanos. Inscrito en el Asiento 00009 de la Partida P200001585 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna SUNARP. Fecha de inscripción 09/12/2013. B) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Maritza Flora Mendoza Zanga, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE CUSCO S.A., hasta por la suma de S/. 40,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento 00010 de la Partida P20001585 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 24/02/2014. C) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Maritza Flora Mendoza Zanga, a favor de BANCO FINANCIERO DEL PERU, hasta por la suma de S/. 50,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento 00011 de la Partida P20001585 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 12/03/2014. D) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Maritza Flora Mendoza Zanga, a favor de MI BANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de S/. 80,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento 00012 de la Partida P20001585 de la Zona Registral N° XIII Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 20/08/2014. E) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Maritza Flora Mendoza Zanga, a favor de MI BANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de US$. 31,000.00 Dólares Americanos. Inscrito en el Asiento 00013 de la Partida P20001585 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 21/01/2015. F) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Maritza Flora Mendoza Zanga, a favor de MI BANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de S/. 70,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento 00014 de la Partida P20001585 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna SUNARP. Fecha de inscripción 06/04/2015. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 29 DE MARZO DEL 2016, A LAS 13:00 HORAS DE LA TARDE (1:00 P.M.) 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, ubicado en el Cuarto piso de la Corte Su-

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perior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. 7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda, tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por Participación en Remate, indicando en este, el número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia de los documentos en mención). El Adjudicatario cancela los honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 008-2005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional Nº 142. Celular 998706190 ó RPM #339910. Tacna, 07 de Marzo del 2016. Ma.ANGELA ZEBALLOS A.Martillero Publico Reg. N°142 INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA(6V/10 AL 17 MAR) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A., en contra de COMERCIAL YOLANDA E.I.R.L., Representada por YOLANDA JENNY FERNANDEZ TORRES; YOLANDA JENNY FERNANDEZ TORRES y LINO SANDRO MAMANI FLORES; en el presente proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 1965-2011-0-2301-JP-CI-02; el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo de la Juez, kati Verónica Antonio Damián, y como Especialista Legal, Jennifer Estephanie Hidalgo Benavides, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en PROGRAMA DE VIVIENDA HABILITACION URBANA PROGRESIVA ALFONSO UGARTE MZ. A-1, LOTE 24; EN EL DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área de 123.90 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la Partida P20028926 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna, SUNARP. 2.- VALOR DE LA TASACIÓN: S/. 215,539.69 (DOSCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 69/100 NUEVOS SOLES). 3.- BASE DEL REMATE: S/. 143,693.13 (CIENTO CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 13/100 NUEVOS SOLES) equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación. 4.- GRAVAMENES Y CARGAS: A) Inscripción de Hipoteca.- Sobre el bien inmueble propiedad de los ejecutados MAMANI FLORES LINO SANDRO y FERNANDEZ TORRES YOLANDA JENNY, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA S.A., hasta por la suma de US$. 26,000.00 Dólares Americanos. Según Escritura Pública N° 722 del 18/06/2008, otorgada ante Dra. Daysi Morales de Barrientos (Tacna). Inscrito en el Asiendo 00006 de la Partida P20028926 de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna, SUNARP. Fecha de Inscripción 25/06/2008. B) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de los ejecutados MAMANI FLORES LINO SANDRO y FERNANDEZ TORRES YOLANDA JENNY, a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO NUESTRA GENTE S.A.A., hasta por la suma de S/. 12,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento 00007 de la Partida P20028926 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 15/06/2012. C) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de los ejecutados MAMANI FLORES LINO SANDRO y FERNANDEZ TORRES YOLANDA JENNY, a favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de S/. 80,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento 00008 de la Partida P20028926 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 27/08/2012. D) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de los ejecutados MAMANI FLORES LINO SANDRO y FERNANDEZ TORRES YOLANDA JENNY, a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A., hasta por la suma de US$. 13,000.00 Dólares Americanos. Inscrito en el Asiento 00009 de la Partida P20028926 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 03/12/2013. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 29 DE ENERO DEL 2016, A LAS 12:30 P.M. 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, ubicado en el cuarto piso de la Corte superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. 7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda, tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por Participa-

Lunes, 14 de marzo del 2016

ción en Remate, indicando en este, el número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia de los documentos en mención). El Adjudicatario cancela los honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 008-2005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional Nº 142. Celular 998706190 ó RPM #339910. Tacna, 18 de Enero del 2016. JENNIFER HIDALGO BENAVIDES Secretario Judicial (S) 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA Ma.ANGELA ZEBALLOS A. Martillero Publico Reg. N°142 (3V/08 AL 15 MAR) REMATE PUBLICO - JUDICIAL En los seguidos por SCOTIABANK PERÚ SAA en contra de EXPORTACIONES IMPORTACIONES CERVANTES TAPIA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA representada por Gladys Teresa Guillén Olvea, y Víctor Jesús Cervantes Olvea; proceso único de ejecución de garantía hipotecaria signado con Expediente Judicial N°00103-2010-02301-JR-C0-03; el Tercer Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Tacna a cargo del Señor Juez Vladimir Salazar Diaz, con intervención de la Especialista Legal Srta. Maritza Gómez Cutipa, ha ordenado sacar a REMATE PÚBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el INMUEBLE de propiedad de Don Víctor Jesús Cervantes Olvea, UBICADO EN LA MANZANA 43 LOTE 13 DE LA URBANIZACIÓN ASOCIACIÓN DE VIVIENDA AGRARIO TACNA DEL DISTRITO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, inscrito en la Partida Registral con Código N°11035036 de la Zona Registral N°XIII Sede Tacna La referida partida registral publicita que el inmueble a ser rematado es de propiedad de la Sociedad Conyugal conformada por VICTOR JESUS CERVANTES OLVEA y JESSICA TAPIA QUISPE. El inmueble se encuentra valorizado en la suma de S/. 115 962.40 (ciento quince mil novecientos sesenta y dos con 40/100) soles y SERÁ REMATADO SOBRE LA BASE DE S/. 77 308, 27 (setenta y siete mil trescientos ochenta con 27/100) soles, suma equivalente a los dos tercios de la suma por la cual ha sido valorizado. AFECTACIONES CONOCIDAS DEL BIEN: Asiento D002 de la Partida Registral antes mencionada: Inscripción de Hipoteca a favor del Banco Scotiabank Perú SAA hasta por la suma de USD $ 14, 417.00 dólares de los EUA. Asiento D003 de la Partida Registral antes mencionada: Embargo en forma de Inscripción.- Hasta por la suma de S/. 1 000 (mil) soles a solicitud del Ejecutor Coactivo - SUNAT. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del abogado Juan Pablo Kong Eyzaguirre - Martillero Público con Registro N° 227 el día VEINTIUNO DE MARZO DEL AÑO 2016 A LAS 11:00 HORAS EN LA SALA DE USOS MÚLTIPLES - TERCER PISO (AUDITORIO) DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA ubicada en la Calle Inclán, esquina con Presbítero Andía s/n de esta ciudad. POSTORES: Las personas que deseen ser consideradas como postores en el remate deberán constituir depósito en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre una cantidad no menor al 10% del valor de tasación del inmueble: S/. 11 596,24 (once mil quinientos noventa y seis con 24/100) soles, presentando este depósito al Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Así mismo, los postores deberán de presentar el pago correspondiente del arancel judicial respectivo por derecho a participar en remate judicial de bien inmueble a la orden del Tercer Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Tacna, suscribiéndolo con indicación del juzgado y número de expediente, adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad correspondiente. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732° del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectados al IGV.Tacna 07 de marzo del año 2016. MARITZA E.GÓMEZ CUTIPA.Secretario Judicial del 1er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA JUAN PABLO KONG YZAGUIRRE MARTILLERO PUBLICO REG. N° 227 ABOGADO (6V/08 AL 15 MAR) TERCER REMATE JUDICIAL En los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A., en contra de LEONCIO QUISPE ROQUE, en el presente proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 143-2012-0-2301-JP-CI-03; el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo de la Juez, Milagros Ivonne Parihuana Serrano, y como Especialista Legal, Luz Sara Aguilar Chambi, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN TERCERA CONVOCATORIA: El 50% de las acciones y derechos que le corresponden a Julio César Mogollón Vi-

llanueva en su calidad de co – propietario del inmueble, al haberse realizado la transferencia del 50% de las acciones y derechos que poseía el anterior vendedor y propietario Leoncio Quispe Roque, inmueble ubicado en PREDIO URBANO MZ. F, LOTE 15, URB. ASOCIACION DE VIVIENDA TENIENTE CORONEL RICARDO O’DONOVAN; en el Distrito, Provincia y Región de Tacna, con un área de 200.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la Partida N° 11021809 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna, SUNARP. 2.- VALOR DE LA TASACIÓN: S/. 161,619.89 (CIENTO SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 89/100 NUEVOS SOLES). 3.- BASE DEL REMATE: S/. 77,846.91 (SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 91/100 NUEVOS SOLES). Equivalente a dos terceras partes del valor de la tasación, menos un 15% y menos otro 15% por tratarse de tercera convocatoria. 4.- GRAVAMENES Y CARGAS: A) INSCRIPCION DE EMBARGO.- Sobre el 50% de los derechos y acciones que le corresponden a Leoncio Quispe Roque en su calidad de co propietario de del bien inmueble, a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A., hasta por la suma de S/. 33,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00003 de la Partida N° 11021809 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 22/02/2013. B) ANOTACION DE DEMANDA.- Anotar la Demanda solicitada por Comercial Santa Fe. Representada por Liboria Erundina Quenta Coaquira, sobre Acción Revocatoria – Pauliana, según Expediente Judicial N° 663-2014-77-JR-CI-01. Inscrito en el Asiento D00004 de la Partida N° 11021809 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 10/11/2014 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 29 DE MARZO DEL 2016, A LAS 11:00 HORAS DE LA MAÑANA (11:00 A.M.) 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, ubicado en el Primer piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. 7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda, tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por Participación en Remate, indicando en este, el número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia de los documentos en mención). El Adjudicatario cancela los honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 008-2005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional Nº 142. Celular 998706190 ó RPM #339910. Tacna, 10 de Marzo del 2016. Ma.ANGELA ZEBALLOS A.Martillero Publico Reg. N°142 LUZ SARA AGUILAR CHAMBI Secretario Judicial 2do.Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/11-14-15 MAR) SUCESION INTESTADA EXPEDIENTE N° 1609 - 2015, ANTE EL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA QUE DESPACHA LA SEÑORA JUEZ KATI ANTONIO DAMIAN, ESPECIALISTA GRACIELA LINAJA GORDILLO: ELMER WILSON CAHUACHIA GUTIERREZ, SOLICITA LA SUCESION INTESTADA DE QUIEN EN VIDA SU HERMANO DIEGO JAVIER CAHUACHIA GUTIERREZ, A FIN QUE SE LE DECLARE HEREDERO UNIVERSAL DEL CAUSANTE, LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY.TACNA 10 DE MARZO DEL 2016. GRACIELA LINAJA GORDILLO Secretario judicial (e) del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/14 MAR) RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante el Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Alto de La Alianza, que despacha la Sra. Juez Yemille Escarlet Vásquez Vega, con intervención del especialista Rosanna Elizabeth Jiménez Gonzales, en el Expediente N° 00152-2016, Juana María Paredes De Villanueva, solicita la rectificación de su partida de nacimiento, debiendo completar el segundo apellido de sus progenitores, los cuales han sido omitidos por el registrador al momento de su inscripción, debiendo quedar como sigue: ...hija legítima DE DON Santiago Paredes PEREZ de nacionalidad peruana, Y DE DOÑA Otilia Linares RAMOS de nacionalidad peruana, señalándose fecha de audiencia para el día diecisiete de Marzo del dos mil dieciséis a las diez de la mañana. Tacna, 10 de Marzo de 2016. ROSANNA E. JIMENEZ GONZALEZ Secretaria Judicial (e) Juzgado de Paz Letrado de Gregorio albarracin CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.(1V/14 MAR)

Lunes, 14 de marzo del 2016

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Gaceta Judicial

Sala Civil Transitoria conformada por los Magistrados: VICENTE AGUILAR, COHAILA TAMAYO, RAMOS VARGAS



FECHA: VEINTICUATRO DE FEBRERO DEL 2016

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA NO HUBO INFORMES ORALES NO HUBO

DESPACHO NO HUBO

CANTIDAD DE RESOLUCIONES.RESOLUCIONES DE VISTA: 00 AUTOS: 00 DECRETOS: 00

LUIS AMERICO BUSTINZA SAIRA RELATOR (E) DE LA SALA CIVIL TRANSITORIA

Sala Civil Transitoria conformada por los Magistrados: FLORES ALANOCA, VICENTE AGUILAR, COHAILA TAMAYO



FECHA: VEINTICINCO DE FEBRERO DEL 2016

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA NO HUBO

INFORMES ORALES NO HUBO

DESPACHO NO HUBO CANTIDAD DE RESOLUCIONES.RESOLUCIONES DE VISTA: 00 AUTOS: 00 DECRETOS: 00

LUIS AMERICO BUSTINZA SAIRA RELATOR (E) DE LA SALA CIVIL TRANSITORIA

Sala Civil Transitoria conformada por los Magistrados: FLORES ALANOCA, VICENTE AGUILAR, COHAILA TAMAYO



FECHA: VEINTISIEIS DE FEBRERO 2016

La República

5

6

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 14 de marzo del 2016

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA NO HUBO INFORMES ORALES NO HUBO

DESPACHO NO HUBO

CANTIDAD DE RESOLUCIONES.RESOLUCIONES DE VISTA: 00 AUTOS: 00 DECRETOS: 03

LUIS AMERICO BUSTINZA SAIRA RELATOR (E) DE LA SALA CIVIL TRANSITORIA Sala Civil Transitoria conformada por los Magistrados: FLORES ALANOCA, MEDINA CHAVEZ, VICENTE AGUILAR



FECHA: VEINTINUEVE DE FEBRERO 2016

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA NO HUBO INFORMES ORALES NO HUBO

DESPACHO NO HUBO CANTIDAD DE RESOLUCIONES.RESOLUCIONES DE VISTA: 00 AUTOS: 00 DECRETOS: 00

LUIS AMERICO BUSTINZA SAIRA RELATOR (E) DE LA SALA CIVIL TRANSITORIA

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 14 de marzo del 2016

La República

CUADRO DE VALORES DE LOS ARANCELES JUDICIALES

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PODER JUDICIAL

(Ejercicio Gravable 2016) Resolución Administrativa Nº 001-2016-CE-PJ (Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 12 de enero de 2016)

UNIDADDE DEREFERENCIA REFERENCIA PROCESAL PROCESAL (URP) 380.00 UNIDAD (URP)= =S/.S/. 395.00

CÓDIG O

07900

PROCESOS CONTENCIOSOS Por ofrecimiento de pruebas: demanda, contestación, reconvención, denuncia civil, intervención coadyuvante, litisconsorcio excluyente de propiedad o de derecho preferente y sucesión procesal, calificación de título ejecutivo o de ejecución (incluyendo la ejecución de las actas de conciliación extrajudicial por laudos arbitrales incumplidos por las partes y actas extrajudiciales de alimentos), la actuación de prueba anticipada, las contradicciones, nuevos medios probatorios, excepciones, defensas previas, tercería, observación a pericias laborales, observación a liquidación de devengados en los procesos de alimentos y observación a la tasación de bienes muebles e inmuebles a ser rematados.

07439 Por solicitud de nulidad de actos procesales.

HASTA S/.39,500

MÁS S/. 39,500 A S/.98,750

MÁS S/. 98,750 A S/.197,500

MÁS S/.197,500 A S/.296,250

MÁS S/.296,250 A S/.493,750

MÁS S/.493,750 A S/.790,000

MÁS S/.790,000 A S/.1'185,000

MÁS DE S/.1'185,000

HASTA 100 URP O CUANTÍA INDETERMINABLE

MÁS 100 URP HASTA 250 URP

MÁS 250 URP HASTA 500 URP

MÁS 500 URP HASTA 750 URP

MÁS 750 URP HASTA 1250 URP

MÁS 1250 URP HASTA 2000 URP

MÁS 2000 URP HASTA 3000 URP

MÁS 3000 URP

S/.

39.50

S/.

39.50

S/.

59.25

S/.

43.45

S/.

79.00

S/.

47.40

S/.

98.75

S/.

55.30

S/.

S/.

118.50

63.20

S/.

S/.

177.75

71.10

S/.

S/.

355.50

79.00

S/.

S/.

533.25

86.90

07927 Por recurso de apelación de autos.

S/.

39.50

S/.

59.25

S/.

79.00

S/.

98.75

S/.

118.50

S/.

177.75

S/.

355.50

S/.

533.25

07935 Por recurso de apelación de sentencias.

S/.

158.00

S/.

237.00

S/.

316.00

S/.

395.00

S/.

474.00

S/.

711.00

S/.

1,422.00

S/.

2,133.00

07951 Por recurso de nulidad y casación.

S/.

632.00

S/.

711.00

S/.

790.00

S/.

987.50

S/.

1,185.00

S/.

1,777.50

S/.

3,456.25

S/.

5,135.00

07943 Por recurso de queja.

S/.

98.75

S/.

148.10

S/.

197.50

S/.

246.85

S/.

296.25

S/.

444.35

S/.

888.75

S/.

1,333.10

07978 Por diligencias a realizarse fuera del local judicial. 08168 Por formas especiales de conclusión del proceso (allanamiento, reconocimiento, transacción, desistimiento del proceso), abandono del proceso a pedido de parte o tercero legitimado y conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo, por suspensión convencional del proceso (excepto conciliación y abandono de oficio). 07374 Por otorgamiento de poder por acta.

CÓDIG O

POR SOLICITUD DE:

08222 Medidas Cautelares en todas sus modalidades, anotaciones de demandas en todos los procesos, embargos en ejecución forzada, solicitud de ejecución de laudo arbitral firme, recurso de anulación de laudo arbitral, oposición contra el mandato de ejecución de laudo arbitral, solicitud de suspensión de laudo arbitral, solicitud de colaboración y asistencia judicial para la actuación de medios probatorios o solicitud de medidas cautelares dentro del proceso arbitral y solicitud de requerimiento judicial de incautación (Ley de Garantía Mobiliaria).

S/.

197.50

S/.

296.25

S/.

395.00

S/.

493.75

S/.

592.50

S/.

888.75

S/.

1,777.50

S/.

1,975.00

S/.

110.60

S/.

154.05

S/.

197.50

S/.

276.50

S/.

355.50

S/.

711.00

S/.

1,066.50

S/.

1,619.50

S/.

39.50

S/.

39.50

S/.

39.50

S/.

39.50

S/.

79.00

S/.

79.00

S/.

86.90

S/.

86.90

HASTA S/.39,500

MÁS S/.39,500 A S/.79,000

MÁS S/.79,000 A S/.118,500

MÁS S/.118,500 A S/.237,000

MÁS S/.237,000 A S/.395,000

MÁS S/.395,000 A S/.790,000

MÁS S/.790,000 A S/.1'185,000

MÁS S/.1'185,000 A S/.1'382,500

MÁS DE S/.1'382,500

HASTA 100 URP O DE CUANTÍA INDETERMINADA

MÁS 100 URP HASTA 200 URP

MÁS 200 URP HASTA 300 URP

MÁS 300 URP HASTA 600 URP

MÁS 600 URP HASTA 1000 URP

MÁS 1000 URP HASTA 2000 URP

MÁS 2000 URP HASTA 3000 URP

MÁS 3000 URP HASTA 3500 URP

MÁS DE 3500 URP

S/.

395.00

S/.

790.00

S/.

1,185.00

S/.

1,580.00

S/.

1,975.00

S/.

2,370.00

S/.

3,160.00

S/.

4,937.50

S/.

6,517.50

S/.

395.00

S/.

790.00

S/.

1,185.00

S/.

1,580.00

S/.

1,975.00

S/.

2,370.00

S/.

3,160.00

S/.

4,937.50

S/.

6,517.50

Las personas naturales que soliciten medidas cautelares por una cuantía inferior a las 10 URP se encuentran exoneradas del pago del arancel judicial.

08079 Solicitud de remate judicial.

CÓDIG O

PROCESOS NO CONTENCIOSOS

ACTOS DE PROCEDIMIENTOS

RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA O LAUDO EXTRANJERO

07900 Por ofrecimiento de pruebas.

S/.

79.00

S/.

158.00

07927 Por recurso de apelación de autos.

S/.

158.00

S/.

316.00

07943 Por recurso de queja.

S/.

197.50

S/.

197.50

07978 Por diligencias a realizarse fuera del local judicial.

S/.

395.00

S/.

395.00

08168 Por formas especiales de conclusión del proceso.

S/.

197.50

S/.

395.00

07374 Por otorgamiento de poder por acta.

S/.

39.50

S/.

39.50

CÓDIG O

SOLICITUDES DE ACTOS JUDICIALES

IMPORTANTE ¾Se

encuentran exonerados del pago de aranceles judiciales: los procesos previsionales, procesos de garantías constitucionales, procesos penales (salvo las Querellas); asi como las empresas del sistema financiero en proceso de disolución o liquidación.

¾No se encuentran exonerados del pago de aranceles judiciales, las empresas del Estado, con accionariado integramente público o mayoritariamente público que se encuentran dentro del ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE; así como las empresas regionales o municipales cuyo accionariado le pertenece en su integridad o mayoritariamente a las regiones o municipalidades; con excepción de ESSALUD. ¾La improcedencia de la demanda, no da lugar a la devolución del arancel por ofrecimiento de medios probatorios, por ser requisito de fondo para la presentación de la demanda. ¾Los

% de URP

IMPORTE S/.

Jueces, al calificar las demandas, deberán advertir obligatoriamente que en éstas se haya cuantificado el petitorio.

¾Los

usuarios son responsables por la presentación de aranceles judiciales falsificados, cuyo procedimiento se sujeta a lo dispuesto en las normas pertinentes.

(1)

07005 Reintegro. 08036 Por prueba anticipada:

¾En los casos de interponerse más de una excepción se abonará un arancel por cada una de ellas. ¾En el caso de interponerse recurso de oposición contra una medida cautelar, se abonará el arancel judicial por recurso de apelación de autos de acuerdo al monto de la medida cautelar que se pretende desafectar.

Por actuación de prueba anticipada de cuantía indeterminable y determinable, se sujetarán a los valores consignados en los procesos contenciosos. 07153 Por derecho a participar en remate judicial de:

¾En los procesos laborales, al admitirse como medios probatorios la actuación, verificación, exhibición, recopilación de información y otros que requieran que el Especialista Legal, Revisor de Planillas o Perito adscrito al despacho, realicen tal labor fuera del local del juzgado, el oferente del medio probatorio deberá pagar el arancel judicial por diligencia a realizarse fuera del local del juzgado. En caso que el oferente sea el demandante se tendrá presente lo dispuesto en el literal i) del articulo tercero (3).

Bienes Muebles * Hasta 10 URP * Más de 10 URP hasta 30 URP * Más de 30 URP

15.0% 30.0% 50.0%

S/. S/. S/.

59.25 118.50 197.50

Bienes Inmuebles * Hasta 100 URP * Más de 100 URP hasta 500 URP * Más de 500 URP hasta 1000 URP

50.0% 100.0% 150.0%

S/. S/. S/.

197.50 395.00 592.50

* Más de 1000 URP 07455 Por saneamiento y expedición de partes judiciales para inscripción en el registro de propiedad inmueble y mueble del bien rematado (1% del valor de adjudicación del inmueble y 1% de la URP bien mueble).

200.0%

S/.

08990 Por expedición de partes judiciales para inscripción preventiva y definitiva de solicitudes en procesos contenciosos y no contenciosos (municipalidades, registros públicos, RENIEC, minería y otros). 08991 Por expedición de copias simples en todos los tipos de procesos y en violencia familiar según rango (pago que efectúa el demandado en atención al D.S. N° 002-98-JUS). Por cada copia adicional es S/. 0.39.

10.0%

S/.

39.50

600

URP =

S/.

237,000.00

(01 a 05 folios)

S/.

1.95

1000

URP =

S/.

395,000.00

2000

URP =

S/.

1.0%

S/.

3.95

3000

URP =

S/.

1,185,000.00

3500

URP =

S/.

1,382,500.00

07447 Por expedición de copias certificadas en todos los tipos de procesos (por cada folio).

¾La autorización judicial de viaje de menor es un proceso no contencioso; en tal sentido, el pago del arancel judicial que corresponda se sujetará a los procesos no contenciosos en lo que sea aplicable. TABLA DE URP

790.00

(2)

08214 Por trámite de exhorto: 10.0%

* Dentro del distrito judicial * Otro distrito judicial * Al extranjero

S/.

20.0%

S/.

50.0%

S/.

39.50 79.00

(1): (2):

10

URP =

S/.

3,950.00

100

URP =

S/.

39,500.00

300

URP =

S/.

118,500.00

500

URP =

S/.

197,500.00

790,000.00

NOTA El plazo de vigencia del arancel judicial es de un año calendario, periodo que es computado a partir de la fecha en que el justiciable efectúa el pago correspondiente en el Banco de la Nación o entidad financiera designada.

Importe que indique el usuario. Se encuentran obligados al pago de este Arancel las partes o terceros que se adjudiquen un

197.50 bien inmueble.

(3):

07412 Los actos procesales por querellas Se sujetarán al pago de aranceles judiciales de los procesos contenciosos en lo que sea aplicable según la cuantía de la indemnización solicitada. 07366 Procesos laborales.

(3)

07390 Procesos de alimentos.

(3)

En los procesos sumarisimos por alimentos, cuando la pretensión del demandante exceda las

20 URP se sujetarán a los pagos dispuestos en la presente resolución, reducidos en un 50% (literal g del artículo tercero). En los procesos laborales, los trabajadores, ex-trabajadores y sus herederos, cuyo petitorio exceda del mínimo señalado en la Ley Orgánica del Poder Judicial como exonerados (hasts 70 URP), se sujetarán a los pagos contenidos en la presente resolución reducidos en un 50% (literal i del artículo tercero).

GERENCIA GENERAL GERENCIA DE SERVICIOS JUDICIALES Y RECAUDACIÓN SUB GERENCIA DE RECAUDACIÓN JUDICIAL

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CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE JUEZ DE PAZ DE 24 DE JUNIO Distrito de Gregorio Albarracin Nº

FECHA 23 de diciembre 2015 24,28,29,30 y diciembre 2015

31

de

04,05 y 06 de enero 2016 07,08 y 11 de enero 2016 12 de enero 2016

13,14 y 15 de enero 2016 18 y 19 de enero 2016 20,21,22 de enero 2016 25,26 y 27 de enero 2016

28 y 29 de enero 2016 01 y 02 de febrero 2016 03, 04 y 05 de febrero 2016 08,09 y 10 de febrero 2016 11 de febrero 2016 12,15 y 16 de febrero 201617 de febrero 2016 17 de febrero 2016

Del 18 al 29 de febrero 2016 06 de Marzo 2016 06 de marzo 2016

07,08 y 09 de marzo 2016 14 de marzo de 2016

ACTIVIDAD PUBLICACION DEL CRONOGRAMA DE ELECCIONES (Art. 43°) Publicación del Padrón Electoral Art. 48° (5 días hábiles)

LUGAR/OTROS I.E. Luís Alberto Sánchez y otros Local de la Comisión Electoral, Lugares públicos

Inclusión de electores al Padrón electoral ( Art. 49°) 03 días Impugnación al padrón electoral ( Art. 50°) 03 Días PUBLICACION DEFINITIVA DEL PADRON ELECTORAL REMISION AL JUEZ DECANO (ART. 51°) Inscripción de Candidatos y Evaluación de Expedientes Art. 54° Subsanación de Carpetas ( Art. 57°) 02 días Publicación de candidatos inscritos Art. 60° Formulación de Tachas contra Candidatos (Art. 61°) 03 días hábiles posteriores a la publicación Traslado de tachas (Art. 62°) 02 días Absolución de Tachas (Art. 62°) 02 días Resolución de Tachas ( Art. 63°) 03 días Apelación de Resolución que resuelve las Tachas ( Art. 64°) 03 días Elevación al Juez Decano ( art.64°) en el día Resolución de Apelaciones ( Art. 64°) 03 días Sorteo de números para postulantes (art. 65°) y publicación de candidatos aptos Publicidad de candidaturas (art. 66,67° y 68°) Elecciones Impugnación de resultados de la elección ( ante la Comisión Electoral el mismo día) Juez Decano resuelve impugnaciones (art. 82°) 03 días Proclamación de resultados (art. 83°)

LA COMISION ELECTORAL Local: J:V La Concordia Mz J L 21( ex A.V. Jaime Yoshiyama) Horario de atención: de lunes a viernes de 06:00 a 10:00 Teléfonos: 952678836,945382260 y 952685037

I.E. Luís Alberto Sánchez

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d públ ica el Perú Re

Corte Superior de Justicia de Tacna RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 843 -2015-P-CSJT-PJ Tacna, Cuatro de Noviembre Del año dos mil quince.VISTO: El Informe N° 040-2015-ODAJUP-CSJT-PJ a través del cual la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de esta Corte Superior, hace llegar a este Despacho la relación de Juzgados de Paz que tienen competencias restringidas en el Distrito Judicial de Tacna; y, CONSIDERANDO: PRIMERO.- La Justicia de Paz es una institución regulada por la Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz y su Reglamento el Decreto Supremo N° 007-2013-JUS, que tiene por objetivo facilitar el acceso a la justicia para aquellas poblaciones o comunidades campesinas o nativas que, por su ubicación geográfica, no pueden acceder al servicio formal de justicia brindado por el Poder Judicial a través de sus diferentes Cortes Superiores, respetando en todos los casos la igualdad de oportunidades y derechos de las personas, así como la inclusión de grupos vulnerables, debiéndole otorgar especial atención a la realidad pluricultural y multilingual de cada región, así como las costumbres y tradiciones de las comunidades campesinas y nativas que la componen; SEGUNDO.- Mediante Resolución Administrativa N° 012-2015-ONAJUP-CE-PJ, la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena aprueba los “Lineamientos para la Determinación de Competencias de los Juzgados de Paz en Materia de Funciones Notariales, Faltas y Violencia Familiar” con la finalidad de implementar las disposiciones contenidas en la Ley de Justicia de Paz en cuanto a la determinación de las competencias materiales de los Jueces de Paz; sobre este aspecto refiere el Art. 3° de los citados Lineamientos que aquellos Juzgados de Paz que estén ubicados en centros poblados donde existe Juzgado de Paz Letrado carecen de competencia en materia de faltas y violencia familiar, de conformidad con lo señalado en el Art. 16° de la Ley de Justicia de Paz; TERCERO.- Dentro de este marco normativo, mediante Of. N° 380-2015-ONAJUP/CE-PJ del 21 de Septiembre del presente año, la ONAJUP remite una propuesta inicial del listado de Juzgados con Competencia Completa y Competencia Restringida para el Distrito Judicial de Tacna, lo que ha sido consensuado con la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz, habiendo evacuado el informe del Visto en uso de las facultades otorgadas por las disposiciones normativas acotadas en los Considerandos precedentes, definiendo la relación de Juzgados de Paz que, por su cercana ubicación al servicio de justicia ordinaria, no reúnen las condiciones y criterios normativos para que puedan conservar la competencia en materia de Faltas y Violencia Familiar a que se contrae el

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Art. 16° de la acotada ley, indicando que aquellos Juzgados que no están comprendidos en dicho listado mantienen sus competencias completas, en tal sentido, con la observancia del espíritu de la Ley de Justicia de Paz y, en aras de brindar una adecuada protección a la seguridad jurídica y al derecho de los particulares, de la colectividad y del Estado, deviene procedente emitir el acto que formalice la relación alcanzada a este Despacho mediante el citado informe; Por estas consideraciones, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- DEFINIR la relación de Juzgados de Paz que tienen competencia restringida en materia de Faltas y Violencia Familiar en el Distrito Judicial de Tacna: - Juzgado de Paz de La Esperanza - Juzgado de Paz de Ciudad Nueva - Juzgado de Paz de Alto de la Alianza - Juzgado de Paz de Augusto B. Leguía - Juzgado de Paz de 28 de Agosto - Juzgado de Paz de Gregorio Albarracín - Juzgado de Paz de Eloy G. Ureta - Juzgado de Paz de Leoncio Prado - Juzgado de Paz de La Natividad - Juzgado de Paz de Asociación 24 de Junio - Juzgado de Paz de Francisco de Paula Gonzalez Vigil - Juzgado de Paz de Francisco Bolognesi - Juzgado de Paz de Pocollay - Juzgado de Paz de Para Chico - Juzgado de Paz de Locumba - Juzgado de Paz de Tarata - Juzgado de Paz de Candarave ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que la presente resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Judicial y en el Diario Oficial “El Peruano” para el conocimiento de toda la colectividad y estricta observancia de los juzgados involucrados. ARTÍCULO TERCERO.- REMITIR copia de la presente Resolución Administrativa a la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a la Oficina Nacional de Justicia de Paz, a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura y a los Juzgados involucrados. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Jorge Antonio Armaza Galdos Presidente Corte Superior de Justicia de Tacna

Nro. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65

Expediente 2015-01874-15 2015-01636-61 2015-01209-69 2015-01216-55 2009-02199-89 2015-00810-0 2015-02341-0 2015-02046-0 2015-01712-0 2015-02334-0 2015-01065-61 2013-00977-46 2015-00314-36 2015-02071-43 2015-00390-75 2014-02015-8 2015-01288-60 2015-02096-12 2015-02534-16 2015-02400-8 2015-02154-74 2014-01280-16 2014-02387-12 2014-01031-22 2015-01512-0 2012-01616-39 2014-01726-29 2014-01301-78 2015-02075-35 2015-02601-66 2015-01685-0 2015-00847-77 2015-00204-74 2012-01208-20 2015-01904-16 2013-01698-11 2015-01573-82 2013-01354-42 2015-01453-81 2015-01246-0 2015-02980-0 2015-02613-0 2015-02990-0 2015-02881-0 2015-02542-0 2015-01838-0 2015-02716-0 2015-02062-0 2015-01970-0 2015-02189-0 2015-02004-69 2015-00534-13 2010-01529-19 2014-00631-18 2012-01963-78 2014-00114-87 2009-01881-83 2014-00169-72 2014-01007-14 2015-02621-44 2015-01043-0 2013-00689-34 2015-01929-8 2016-00001-35 2006-00892-0

Organo Jurisdiccional 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.)

Sala Audiencia SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN SALA INV. PREP. - MBJAA SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO

ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. FECHA: Lunes 14 de Marzo del 2016. Hora 15:00 16:30 12:00 15:00 09:00 10:00 11:00 11:15 11:30 11:45 12:00 15:00 16:00 08:50 09:00 09:10 09:20 09:30 09:40 09:50 10:00 10:30 11:30 09:00 10:30 11:30 09:00 09:00 10:00 11:00 12:00 08:30 09:00 10:00 11:00 11:30 15:00 16:00 09:00 09:30 10:00 10:21 10:41 11:00 11:21 11:59 15:30 15:51 10:00 11:00 12:00 09:00 09:00 10:00 12:30 08:31 09:00 09:30 10:00 10:30 11:00 12:00 14:30 15:00 15:30

Delito Robo Agravado Robo Agravado Hurto agravado. Violación sexual de menor de edad. Falsedad genérica. Desobediencia o resistencia a la autoridad Uso de documentos falsos. Omisión de asistencia familiar Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Omisión de asistencia familiar Hurto simple. Peculado Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Omisión de asistencia familiar Lesiones graves a menor de edad Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones. Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Ursurpación Agravada Falsificación de documentos. Falsedad genérica. Uso de documentos falsos. Homicidio culposo Omisión de asistencia familiar Estafa genérica Robo Agravado Usurpación Usurpación Peculado Falsificación de documentos. Estafa genérica Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Omisión de asistencia familiar Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Fabricación, suministro o tenencia ilegal de armas o materiales peligrosos Robo. Homicidio Simple Violación sexual de menor de edad. Contrabando Contrabando Contrabando Omisión de asistencia familiar Contrabando Hurto agravado. Desobediencia o resistencia a la autoridad Desobediencia o resistencia a la autoridad Homicidio culposo Peculado TRAFICO ILICITO DE DROGAS AGRAVADO

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