Gaceta Judicial 701589 jud tac 07 set


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Boletín Informativo

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 07 de setiembre del 2015

Lunes, 07 de setiembre del 2015

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

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Avisos Judiciales EDICTO POR ANTE EL TERCER JUZGADO CIVIL DE TACNA, QUE DESPACHA EL SEÑOR JUEZ LUIS JORGE ESCALANTE MEDINA Y ESPECIALISTA KARINA ROMERO CALDERON EN EL EXPEDIENTE N° 00676- 2015-02301 -JR-CI-03 EN LOS SEGUIDOS POR DOÑA EULALIA YAPUCHURA DE AVENDAÑO y DON SATURNINO AVENDAÑO UCHASARA EN CONTRA DE DOÑA TERESA ISABEL COPAJA BARTRA Y OTROS SOBRE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO RESPECTO DEL INMUEBLE URBANO SIGNADO CON EL Na 2193 DE LA CALLE INDEPENDENCIA - PAGO DE CAPANIQUE - CENTRO POBLADO MENOR LA NATIVIDAD, COMPRENSIÓN DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA CON UNA ÁREA DE CIENTO NOVENTA PUNTO SETENTIOCHO METROS CUADRADOS (190.78 M2) CON LOS LINDEROS Y DEMAS CARACTERISTICAS QUE CONSTAN EN EL PLANO Y MEMORIA DESCRIPTIVA ANEXADOS A LA DEMANDA Y DEBIDAMENTE VISADOS POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL Y QUE FORMA PARTE DE OTRO DE MAYOR EXTENSION INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA Na 05100351 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE TACNA. POR RESOLUCIÓN Na 01, SE HA RESUELTO LO SIGUIENTE: RESOLUCIÓN N° 01.- TACNA, CUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.- SE RESUELVE.: TENER POR ADMITIR LA DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO PRESENTADA POR EULALIA YAPUCHURA DE AVENDAÑO Y DON SATURNINO AVENDAÑO UCHASARA EN LA VÍA DEL PROCESO ABREVIADO EN CONTRA DE TERESA ISABEL COPAJA BARTRA, CARMEN COPAJA BARTRA, JOSE LUIS COPAJA BARTRA, NANCY LUZ COPAJA BARTRA, CARLOS FERNANDO COPAJA BARTRA, VIOLETA COPAJA BARTRA, LA SOCIEDAD CONYUGAL FORMADA POR MARTIN QUISPE CUNURANA Y JUANA ROSA ANCALLE COAQUIRA Y EN CONTRA DE LA SUCESION DE DOÑA LIDER BARTRA PINEDO VIUDA DE COPAJA CON CITACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA REPRESENTADA POR SU ALCALDE LUIS TORRES ROBLEDO Y CON CITACIÓN DEL PROCURADOR PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA, DEBIENDO EMPLAZARSE A LA VEZ A LOS COLINDANTES ALFREDO PALACIOS PALACIOS, BARTOLOME MAMANI APAZA, ALEX ROBERTO CUEVA TINTA, AIDA HELGA MAMANI PARI, OMAR ALFREDO MAMANI PARI Y DON GERSON ALONSO MAMANI PARI, A QUIENES SE LE DEBERÁ NOTIFICAR EN SU DOMICILIO REAL SEÑALADO; EN CONSECUENCIA NOTIFÍQUESE A LA SUCESION DE DOÑA LIDER BARTRA PINEDO VIUDA DE COPAJA MEDIANTE EDICTOS, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL; PARA CUYO EFECTO FACCIONESE LOS CARTELES CORRESPONDIENTES PARA LAS PUBLICACIONES DE LEY, EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y LA REPUBLICA, POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS Y AGRÉGUESE A LOS AUTOS LOS ANEXOS. PUBLÍQUESE UN RESUMEN DE LA DEMANDA EN LOS DIARIOS EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y LA REPUBLICA Y POR EL TÉRMINO DE LEY. AL PRIMER, SEGUNDO, TERCER, CUARTO, QUINTO OTROSI: ESTESE A LO RESUELTO. AL SEXTO OTROSI; TÉNGASE PRESENTE Y A LOS AUTOS. AL SÉPTIMO OTROSI; TÉNGASE POR DELEGADA LAS FACULTADES A FAVOR DEL ABOGADO QUE SEÑALA. T.R. Y H.S.- FIRMADO: LUIS JORGE ESCALANTE MEDINA.- JUEZ.- KARINA ROMERO CALDERON.- ESPECIALISTA LEGAL TACNA 14 DE JULIO DEL AÑO 2015 KARINA LEONOR ROMERO CALDERON Secretaria Judicial del 3er Juzgado Civil Con

sub especialidad en Comercial CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/07-11-17 SETIEMBRE) EDICTO Exp. 729-2015. Ante el Tercer juzgado de Paz letrado de Tacna, que Despacha la Dra. María Soledad Anco Rejas, Secretario Dr. Juan Carlos Ramos Hume, GEOVANA SON1A GUTIERREZ ROMERO, en representación de Don Eduardo Gutiérrez Bautista, solicita rectificación de partida de matrimonio para que aparezca los nombres de los contrayentes como “EDUARDO BENJAMIN GUTIERREZ BAUTISTA” Y Doña “AMERICA FELIPA ROMERO CALDERON”. Audiencia 23 de Setiembre del 2015, horas 11:15 am, se publica para los fines de ley. Tacna 03 de setiembre del 2015 JUAN CARLOS RAMOS HUME Secretario Judicial del 3ert Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/07 SETIEMBRE) EDICTO PENAL Expediente Nro. 00795-2015-0-2301-JP-PE-03 3o JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA SECRETARIA JUDICIAL: Abg. Alicia Maita Cruz. En el proceso Nro. 00795-2015-0-2301-JP-PE-03; el señor Juez del 3o Juzgado de Paz Letrado de Tacna, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edicto a AMPARO SALOME POLAR ESPINOZA con la Resolución Nro. 01, mediante la cual se dispone: 1. DISPONER el ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES en cuanto a la denuncia presentada por AMPARO SALOME POLAR ESPINOZA. 2. REMITIR copias certificadas al representante del Ministerio Publico, para que proceda conforme a sus atribuciones, atendiendo al fundamento tres. Tacna 03 de setiembre del 2015 ALICIA J. MAITA CRUZ Secretaria Judicial 3er Juzgado de Paz Letrado de Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/07 SETIEMBRE)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, que despacha la Jueza Kati Antonio Damián, con Intervención de la secretaria judicial Ingrid Rodríguez Cotrado, se viene tramitando el Expediente N° 934-2015, SOBRE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de doña ALEJANDRA CAPAQUIRA ALTAMIRANO, a efecto de que se corrija el nombre de sus padre que aparece como JUAN CAPAQUIRA, debiendo ser JUAN CAPAQUIRA FLORES. Habiéndose expedido la resolución N° 03 de fecha 13 de Agosto 2015 que ha resuelto: admitir a trámite la solicitud y la respectiva Audiencia que tendrá lugar el dia 29 de Setiembre del 2015 a horas 10.00 am. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/07 SETIEMBRE) EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, que despacha el Juez Nazario Ernesto Turpo Coapaza, con intervención de la Secretaria Judicial Margot Liendo Moscoso, se viene tramitando el Expediente N° 01050-2015-0-2301-JP-CI-03, sobre SUCESION INTESTADA, del causante MANUEL FELIPE CAYCHO MAMANI seguido por ZENOBIA CONDORI VICENTE, a efecto de que se le declare como sus herederos a la recurrente ZENOBIA CONDORI VICENTE y a sus hijos ISABEL CINTHYA CAYCHO

CONDORI y DERLY EMANUEL CAYCHO CONDORI. Habiéndose expedido la Resolución N° 01 de fecha once de agosto del año dos mil quince, que ha resuelto: Admitir a trámite la solicitud de Sucesión Intestada, interpuesta por ZENOBIA CONODRI VICENTE, disponiendo se realicen las publicaciones correspondientes, lo que se notifica para los fines de ley.- Tacna, 25 de agosto del 2015. MARGOT NADIA LIENDO MOSCOSO Secretaria Judicial (e) del Segundo JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA. (1V/07 SETIEMBRE) EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, que despacha el Juez Nazario Ernesto Turpo Coapaza, con intervención de la Secretaria Judicial Margot Liendo Moscoso, se viene tramitando el Expediente N° 1031-2015-0-2301-JP-CI-03, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de doña DORA MERCEDES PARI CONDORI, a efecto de que se agregue el segundo apellido de su padre, el que actualmente aparece consignado como VICTOR CEFERINO PARI, debiendo ser VICTOR CEFERINO PARI PARI. Habiéndose expedido la Resolución N° 01 de fecha siete de agosto del año dos mil quince que ha resuelto: Admitir a trámite la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, interpuesta por doña DORA MERCEDES PARI CONDORI, disponiendo llevar adelante la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día QUINCE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, en el local del Juzgado, lo que se notifica para los fines de ley.- Tacna, 07 de agosto del 2015. MARGOT NADIA LIENDO MOSCOSO Secretaria Judicial (e) del Segundo JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA. (1V/ 07 SETIEMBRE)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Segundo Juzgado de Familia de Tacna que despacha el señor Juez Dr. Rene Julio Aguilar Lasteros, Secretaria Judicial Abog. María Griselda Tapia Tito, se tramita el Expediente 767-2006- 0-2301-JRFC-02 sobre Alimentos. Donde se ha dispuesto se notifique al demandado WALTER CASTRO PAUCAR mediante edicto la Resolución 29 de fecha 23-072010. A los autos los edictos realizados y REQUIERASE al demandado a efecto que cumpla con lo ordenado mediante resolución numero quince en el termino de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de ser denunciado por Omisión a la asistencia familiar y remitirse copias al Ministerio Público., Resolución 15 de fecha 05-05-2008), RESUELVE: Aprobar LA LIQUIDACION por la suma de Siete Mil sesentiseis Nuevos Soles con Cincuenta centimos MARIA GRISELDA TAPIA TITO Secretaria Judicial (e) del 2do juzgado de Familia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/07-08-09 SETIEMBRE)

NOTIFICACION POR EDICTOS

Ante el Tercer Juzgado Civil de Tacna se viene tramitando el expediente N° 01266-2015-0-2301 -JRCI-03 en el que se ha expedido la resolución N° 01 cuyo extracto se ha ordenado publicar: Resolución Nro. 01 “RESUELVE: ADMITASE en la vía del Proceso NO CONTENCIOSO, la solicitud de Declaración de Muerte Presunta presentada por ANA MARÍA SANTILLANA MEZA DE SORIA en contra de LIMBER ALBERTO SORIA RIVA; En consecuencia, cítese a los solicitantes a la audiencia de Actuación y Declaración Judicial que se llevará a cabo el día veintiocho de septiembre del presente año a horas nueve y treinta de la mañana, previa publicación

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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

de un extracto de la solicitud en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la localidad así como en el Diario oficial “El Peruano’ a efecto de notificar al desaparecido, ausente o al muerto presunto. Por ofrecidos los medios probatorios. Al primer otrosí: Conforme solicita, NOTIFIQUESELES con la presente Demanda. Firmado Dr. Rogelio Alberto Zea Catacora. Resolución Nro. 02: Tacna, primero de septiembre del año dos mil quince. SE RESUELVE: INTEGRAR la resolución número UNO, teniendo como fecha dicha resolución once de agosto del presente año. Asumiendo jurisdicción el señor juez que suscribe, por disposición superior y funciones la secretaria que da cuenta. Fdo. Dr. Vladimir Díaz Salazar. Tacna, 03 de setiembre de 2015. ELSA G. AGUIRRE HUARECCALLO Secretario Judicial del 3er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/07 SETIEMBRE)

NOTIFICACION POR EDICTOS A LA SUCESION DE DOÑA:

SOLEDAD DEL MONTE SANCHEZ DE CACERES

En el expediente N° 02071-2000-0-2301-JR-CI-01, seguido por BERTHA MARIA GIRON ORTIZ, en contra de Don JORGE CACERES ORTIZ, y OTROS, sobre NULIDAD DE ACTOS JURIDICOS y otros; se ha dispuesto por Resolución Nro. 192 de fecha 09/07/2015 Suspender el proceso por 30 días para notificarse a los sucesores de la fallecida demandada SOLEDAD DEL MONTE SANCHEZ DE CACERES debidamente instituidos, bajo apercibimiento de nombrársele un curador procesal; efectúese las publicaciones de ley. Firmado. Limache Ninaja, Nalvarte Estrada y Quillaos Sánchez, Jueces superiores. Fdo. Mendoza Núñez, Secretario - Sala Civil Permanente de la Corte de Justicia de Tacna.- Tacna, 03 de Setiembre de 2015.- CARLOS MENDOZA NUÑEZ Secretario (s) de la sala Civil Permanente CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/0708-09 SETIEMBRE)

EDICTO PENAL

Expediente N° 104-2015-0-2301-JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso de FALTAS, agraviado CRHISTIAN ANGEL CUNYAR LA ROSA, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a don CRHISTIAN ANGEL CUNYAR LA ROSA con Resolución Número tres de fecha trece de agosto del 2015, mediante la cual, SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDA, de la presente acción penal del proceso formulado por CRHISTIAN ANGEL CUNYAR LA ROSA, en contra de Armando Alvarado Sanguinez, por faltas en contra la persona; en consecuencia se declara CONCLUIDO, debiendo archivarse una vez consentida que sea la presente. Tómese Razón y Hágase Saber. .-Firman el Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna, 01 día del mes de setiembre del 2015.INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretario Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/03-04-07 SETIEMBRE)

EDICTO PENAL

Expediente N° 886-2015-0-2301-JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso de FALTAS, agraviado FELIX CHURACUTIPA LLANQUE, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a don FELIX CHURACUTIPA LLANQUE con Resolución Número uno de fecha diecisiete de agosto del 2015, mediante la cual, SE RESUELVE: DECLARAR NO HA LUGAR LA CITACION A JUICIO, en el presente proceso; en consecuencia se DISPONE EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES , en lo seguidos por ESTEFANY RAMOS, sobre Faltas

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contra la Persona en contra de Félix Churacutipa Llanque; debiendo para tal fin remitirse los actuados al Archivo Central para su custodia una vez que quede consentida la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber. .-Firman el Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna, 01 día del mes de setiembre del 2015 INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretario Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/0304-07 SETIEMBRE)

EDICTO PENAL

Expediente N° 747-2013-0-2301-JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna.Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso de FALTAS, agraviado LUZ CHIPAN A CAJCHAYA Y REYNA CAJCHAYA, en contra de MARIA TOMA MAMANI, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a doña MARIA TOMA MAMANI con Resolución Número cinco de fecha veinte y cuatro de agosto del 2015, mediante la cual, SE RESUELVE: TENER POR CONSENTIDA: la resolución Nro. 03 de fecha 04 de junio del dos mil catorce; en consecuencia, remítanse los actuados al ARCHIVO CENTRAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, para su custodia. Tómese Razón y Hágase Saber. .-Firman el Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna. 01 día del mes de setiembre del 2015 INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretario Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/03-04-07 SETIEMBRE)

EDICTO PENAL

Expediente N° 228-2015-0-230l-JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso de MALTRATOS, agraviado SANDY PILAR LUPACA MAQUERA Y FLOR DE MARIA EGUZQUIZA TOVARI Y OTRO, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a don FLOR DE MARIA EGUSQUIZA TOVARI con Resolución Número tres de fecha trece de agosto del 2015, mediante la cual, SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDA, de la presente acción penal del proceso formulado por FLOR DE MARIA EGUSQUIZA TOVARI Y OTRO, en contra de Flor de María Egusquiza Tovari, por Faltas contra la persona; en consecuencia se declara CONCLUIDO, debiendo archivarse una vez consentida que sea la presente. Tómese Razón y Hágase Saber. .-Firman el Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna, 01 día del mes de setiembre del 2015. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretario Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/03-04-07 SETIEMBRE)

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL

En el expediente Nro.00056-2014-0-2301 -JRCO-03, en los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL representada por su apoderada Renza Cecilia de Lourdes Mazzerini Carbajal contra BERTHA ROXANA TICONA CCALLI, sobre Ejecución de Garantías, el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna, que despacha el Juez Dr. Rogelio Alberto Zea Catacora y Especialista Legal Dr. Luis Americo Bustinza Saira, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en el departamento numero uno del primer piso del edificio con acceso al pasaje peatonal de la Urbanización Santa Anita, del Distrito, Provincia y Departamento de Tacna Provincia y Departamento de Tacna, (Actualmente C-10 DPTO 01 URB. Santa Anita), cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características técnicas, se encuentran inscrito en la Partida N° 11000363

del Registro de la Propiedad inmueble de la Zona Registral Nro. Xlll-Sede Tacna. VALOR DE TASACION: El valor de tasación de! bien inmueble, asciende a la suma de S/.115,723.15 (Ciento quince mil setecientos veintitrés con 15/100 Nuevos Soles). PRECIO BASE DE REMATE: S/.77,148.76 (Setentisiete mil ciento cuarentiocho con 76/100 Nuevos Soles). AFECTACIONES DEL BIEN: Según la Partida Registral aparecen en los asientos: Asiento D00002: Hipoteca: La propietaria del predio inscrito en esta partida Roxana Bertha Ticona Ccalli, otorga hipoteca a favor del BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de US$.35,000.00 Dólares Americanos y se detallan más extensamente en la Escritura Pública del 11/02/2012 otorgada ante Notario Angela Díaz Jara Almonte en la ciudad de Tacna. Asiento D00003: Embargo en forma de inscripción fuera de proceso: Sobre el predio inscrito en esta partida de propiedad de la demandada Roxana Bertha Ticona Ccalli, hasta por la suma de S/.24,000.00 nuevos soles a favor de la demandante Banco Internacional del Perú INTERBANK, en mérito a la Resolución Judicial Nro. 01 suscrita por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Juan Vera Esquivel con intervención de la Secretaria Judicial Delia María Onque Quispe y Resolución Nro.03 suscrita por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Juan Vera Esquivel, con intervención de la Secretaria Judicial Maria del Rosario Vega Lozada, expediente Nro.02Q65-201480-2301-JP-CI-02. LUGAR DEL REMATE: El bien inmueble se rematara en el Local del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna, ubicado en el Primer piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina de las calles Inclán con Presbítero Andía S/N del cercado de Tacna. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 16 de setiembre del 2015, a horas 12:00 del mediodía. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación, esto es la suma de S/.11,572.31 (Once mil quinientos setentidos con 31/100 Nuevos Soles), suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/385.00 donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar vigencia de poder correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) y están afectos al IGV.La diligencia de remate estará a cargo del Martillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega, con Registro Nro. 292.Tacna, 26 de agosto del 2015 LUIS AMERICO BUSTINZA SAIRA Especialista Legal del 3er Juzgado Civil de Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA Luis Beltran Ramos Ortega MARTILLERO PUBLICO Reg. N°292 Celular 52-952 977820 (6V/02 AL 09 SET) PRIMER REMATE PÚBLICO DE BIEN INMUEBLE En el expediente Nro. 00065-2013-0-2301-JP-CI-01, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., contra NORMA

Lunes, 07 de setiembre del 2015

ELVIRA CATACHURA CCALLI, sobre Ejecución de obligación de dar suma de dinero, el Juzgado de Paz Letrado del MBJ del Alto de la Alianza, que despacha la Juez Dra. Yemille Escarlet Vasquez Vega y Especialista Legal Dr. David Benigno Garcia Espinoza, ha dispuesto sacar a Primer Remate Público, el bien Inmueble materia de ejecución, ubicado en la manzana 23 lote 07 Sector 04 Ampliación Viñani del Distrito Gregorio Albarracin Lanchipa, Provincia y Departamento de Tacna, de un área de 160.00 m2, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la partida 11063267 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. XIII-Sede Tacna. VALOR DE TASACION: El valor de tasación del bien inmueble asciende a la suma de SI. 16,000.00 (Dieciséis mil con 00/100 Nuevos Soles). PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de la tasación es equivalente a SI. 10,666.66 (Diez mil seiscientos sesentiseis con 66/100 Nuevos Soles). AFECTACIONES DEL BIEN: Se desprende de la partida señalada en el Asiento D00001: Medida Cautelar de embargo en forma de inscripción a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por la suma de SI. 6,000.00. LUGAR DEL REMATE: El bien inmueble se rematará en el patio del local del Módulo Básico de Justicia del Alto de la Alianza, ubicado en la esquina que conforman la calle Eleodoro Camacho con Naciones Unidas del Distrito del Alto de la Alianza, Provincia y Departamento de Tacna. DIA Y HORA: El día 14 de setiembre del 2015, a horas 09:00 de la mañana. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre una cantidad no menor del 10% del valor de tasación, esto es la suma de S/.1,600.00, suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial correspondiente, con número de expediente y DNI. Copias del arancel y DNI. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, de conformidad con el artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará a cargo del Martillero Público José Angelo Canales Gallegos, con Registro Nro. 281.Tacna, 19 de agosto del 2015 DAVID BENIGNO GARCIA ESPINOZA Secretario judicial del Juzgado de Paz Letrado Modulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza Jose Angelo Canales Gallegos MARTILLERO PUBLICO Reg.n°281 SUNARP (6V/ 03 AL 10 SET)

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL

En el expediente Nro.00293-2013-0-2301-JP-CI-02, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA S.A. contra MERY JUANA LLANQUI TARQUI, sobre Obligación de dar suma de dinero, el Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, que despacha la Juez Dra. Kati Antonio Damian y Especialista Legal Dra. Jennifer Hidalgo Benavides, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en Habilitación Urbana Promuvi Viñani IV Mza. 358-A Lote 14, del Distrito Coronel Gregorio Albarracin Lanchipa, Provincia y Departamento de Tacna, con un área de 120.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características técnicas, se encuentran inscrito en la Partida P20060763, del Registro de la Propiedad inmueble de la Zona Registral Nro. XIII-Sede Tacna, de propiedad de Mery Juana Llanqui Tarqui. VALOR DE TASACION: El valor de tasación del bien inmueble, asciende a la suma de S/.12,000.00 (Doce mil con 00/100 Nuevos Sóles). PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de tasación es equivalente a S/.8,000.00 (Ocho mil

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con 00/100 Nuevos Soles). AFECTACIONES DEL BIEN: Según la Partida Registral aparecen en los asientos: Asiento 00003: Causales de reversión.- La Municipalidad Provincial de Tacna, constituye las siguientes causales de reversión: 1.- La falta de posesión directa, continua, pública y pacífica del lote de terreno en un plazo de doce meses desde la celebración del acta de adjudicación provisional o del título de propiedad. 2.-La transferencia total o parcial, subdivisión o cualquier otro acto de disposición del lote del terreno en un plazo de cinco años de la celebración del compromiso de pago o título de propiedad. 3.-No podrá variar el fin para el cual fue adjudicado el terreno, aún cuando no se altere la zonificación, señalada en los planes urbanos. 4.-El incumplimiento de los términos y condiciones estipuladas, así como las contenidas en el Reglamento de Adjudicaciones del PROMUVI. Asiento 00004: Embargo en forma de inscripción sobre el predio inscrito en ésta partida, hasta por la suma de S/.6,000.00 nuevos soles a favor de la Demandante CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO NUESTRA GENTE S.A.A., en mérito de la Resolución Judicial N° 01 de fecha 05.07.2012, suscrita por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Juan Vera Esquivel con intervención de la Secretaria Judicial Lisseth Chambe Gamarra, Expediente N° 1004-2012-84-2301 -JP-CI-02. Asiento 00005: Embargo en forma de inscripción sobre el predio inscrito en ésta partida, hasta por la suma de S/.11,000.00 nuevos soles a favor de la Demandante CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA S.A., en mérito de la Resolución Judicial N° 02 de fecha 15.03.2013, suscrita por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Juan Vera Esquivel con intervención de la Secretaria Judicial Delia María Onque Quispe, Expediente N° 00293-2013-84-2301-JP-CI-02. LUGAR DEL REMATE: El bien inmueble se rematara en el frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el:4to piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, en calle Inclán con Presbítero Andía S/N, del Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 16 de Setiembre del 2015, a horas 09:00 de la mañana POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación, esto es la suma de S/.1,200.00 (Un mil doscientos con 00/100 Nuevos Soles), suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/. 192.50, donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUO. y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar vigencia de poder correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de rematé estará a cargo del Martillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega, con Registro Nro. 292.Tacna, 01 de Setiembre del 2015 (6V/03 AL 10 SETIEMBRE) CARTEL En el Exp. Nro. 01082-2015-0-2301 -JR-CI-03 tramitado ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna que despacha el Señor Juez Aboga-

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do Vladimir Omar Salazar Diaz con intervención de la Especialista Legal Abogada Patricia Fernanda Albarracin Palacios, don Luis Tomás Bernuy Alférez viene siguiendo el Proceso de Prescripción Adquisitiva de bien mueble (vehículo de placa de rodaje AU 1716) en contra de doña Cecilia Patricia Ortiz Corrales de Fragneau. Habiéndose admitido a trámite la demanda mediante resolución número dos de fecha tres de agosto del presente año, la parte resolutiva de la misma es como sigue: Por las consideraciones precedentes y estando a lo dispuesto por los artículos 486 inciso 7, 488, 491 y demás pertinentes del Código Procesal Civil, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la Vía Procedimental del PROCESO ABREVIADO la demanda de Prescripción Adquisitiva de bien mueble (vehículo) interpuesta por don Luis Tomás Bernuy Alférez en contra de doña CECILIA PATRICIA ORTIZ CORRALES DE FRAGNEAU; En consecuencia, córrase traslado a la demandada para que en el plazo de diez días de notificada cumpla con contestar la demanda, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde. Ténganse por ofrecidos los medios probatorios y agréguense a autos los anexos que se acompañan. Al Primer Otrosí: Téngase por delegada la representación a favor del letrado que se indica. Al Segundo Otrosí: Estése al principal. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 506 del Código Procesal Civil, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano así como en el Diario encargado de las publicaciones judiciales de la localidad. Asume jurisdicción el Señor Juez que suscribe por disposición superior. Tómese Razón y Hágase Saber.PATRICIA ALBARRACIN PALACIOS Especialista legal del 3er juzgado civil de Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA(3V/07-08-09 SETIEMBRE)

SENTENCIA

El Juzgado Mixto del MBJ Alto de la Alianza que despacha la Sra. Juez Hilda Segura Esp Legal Juan Guzmán en el Exp. N° 192-2014 se resuelve declarar FUNDADA la solicitud presentada por Gilberto Quispe Lima y se autoriza el cambio de nombre de Gilberto por el de James Franco, debiendo figurar como JAMES FRANCO QUISPE LIMA TR Y HS. Tacna, julio 2015. JUAN GUZMAN AFAN Especialista Legal Modulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA(1V/07 SETIEMBRE)

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Gaceta Judicial FECHA: 24 DE AGOSTO DEL 2015 SALA CIVIL CONFORMADA POR LOS SEÑORES LIMACHE NINAJA, VICENTE AGUILAR Y NALVARTE ESTRADA TABLA DE LA VISTA DE CAUSA EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO LUIGI PRESIDENTE 569-2015-CI CALZOLAIO C.S.J.T.

MATERIA/PROCESO

RES

HABEAS DATA

Sentencia

INFORMES ORALES 1. EXP.NRO. 569-2015. Con el Informe Oral del Doctor Oscar Rolando Lucas Asencios.DESPACHO 1. EXP.NRO. 3129-2013-CI. APROBARON la sentencia, que contenida en la resolución número nueve de fecha quince de mayo del dos mil quince,, emitida por el Aquo, que DECIDE: Declaro Fundada la demanda, en los seguidos por Eda Guisela Rodríguez Durand en contra de la Sucesión Víctor Alfonso Rodríguez Casanova, conformada por quien en vida fuera su señora madre Eva María Durand Feliciano, sobre petición de herencia y declaración de heredero.- DRA. NALVARTE E.2. EXP.NRO. 1002-2015-CI. CONFIRMARON la resolución apelada, que declaró Improcedente la demanda en los seguidos por LUPE ANDREA ALAVARADO SALAZAR en contra de la Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna, sobre de de acción de amparo.- DRA. NALVARTE E.3. EXP.NRO. 996-2015-CI. CONFIRMARON la sentencia, que declaró fundada en parte la demanda, que declaró Fundada en Parte la demanda, en los seguidos por Pablo Cutipa Quenta en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre Acción de Cumplimiento.- DRA. NALVARTE E.4. EXP.NRO. 829-2013-CI. CONFIRMAR la sentencia, que declaró Improcedente la demanda, en los seguidos por Wile Machaca Maquera, en contra del Congreso de la República representado por Víctor Isla Rojas, la Presidencia de la República del Perú representado por el Presidente Constitucional Ollanta Moisés Humala Tasso y el Ministerio de Educación representado por Patricia Salas O’Brien.y en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna representada por la Profesora Magda Portugal Copaja, sobre Proceso de Amparo.- DRA. NALVARTE E.5. EXP.NRO. 643-2013-CI. CONFIRMA la sentencia, que declaró improcedente la demanda interpuesta, en los seguidos por Luisa Dominga Alanoca Pérez, en contra del Ministerio de Educación representado por la señora Ministra Patricia Salas O’Brien y la Dirección Regional de Educación de Tacna representada por la Profesora Magda Portugal Copaja, con citación del Procurador Público del Gobierno Regional de Tacna, sobre Proceso de Amparo.- DR. LIMACHE N.6. EXP.NRO. 343-2015-CI. R ANULA la sentencia, que declaró fundada la demanda, en los seguidos por Janeth Marlene Maquera Flores, en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre Proceso de Cumplimiento.- DR. LIMACHE N.-

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7. EXP.NRO. 243-2015-CI. ANULA la sentencia, que declaró fundada la demanda, en los seguidos por Sara América Mercado Rodríguez, en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre Proceso de Cumplimiento.- DR. LIMACHE N.8. EXP.NRO. 2041-2014-CI. CONFIRMA la sentencia, que declaró fundada la demanda, en los seguidos por Ofelia Julia Choque López, en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre Proceso de Cumplimiento.- DR. LIMACHE N.9. EXP.NRO. 506-2013-CI. CONFIRMA la sentencia, que declaró improcedente la demanda, en los seguidos por María del Carmen Estrada Rejas, en contra del Ministerio de Educación representado por la señora Ministra Patricia Salas O’Brien y la Dirección Regional de Educación de Tacna representada por la Profesora Magda Portugal Copaja, con citación del Procurador Público del Gobierno Regional de Tacna, sobre Proceso de Amparo.- DR. LIMACHE N.10. EXP.NRO. 740-2014-89-FC. CONFIRMA la Resolución apelada, que declaró Improcedente la interrupción del proceso, presentada por el demandado, en los seguidos por Mónica Luisa Palza Abril en contra de Alberto Javier Garrido Lecca Cevallos, sobre proceso de Alimentos.- DRA. NALVARTE E.11. EXP.NRO. 67-2012-CI. ANULA la Resolución apelada, en el extremo que resolvió Aprobar los informes periciales evacuados, de folios ciento veintisiete a cierto treinta y uno y de fojas doscientos cuarenta a doscientos cuarenta y tres realizados por los peritos judiciales ingenieros Salvador Virgilio Linares Pérez y Víctor Hugo Barrientos Bendezú.- DRA. NALVARTE E.12. EXP. NRO. 81-2014-FC. CONFIRMA en parte la sentencia, declaró Fundada la demanda, en los seguidos por Abigail Yuri Yapurasi Mamani, en contra de Alcides Roger Roque Ticona, sobre proceso de Tenencia.- DRA. NALVARTE E.13. EXP.NRO. 66-2011-FC. REVOCA la Sentencia, que declaró Infundada la demanda, en los seguidos por don Alfredo Paucar Gutierrez, sobre Divorcio por la causal de Separación de Hecho, en contra de doña Mirtha Sonia Factor Carrillo.DRA. NALVARTE E.14. EXP.NRO. 2076-2011-FC. DESAPRUEBA la sentencia, que declaró Fundada la demanda, en los seguidos por Roberto Eloy Namuche Gómez, en contra de Ana María Tapia Morales, sobre Divorcio por la causal de Separación de Hecho.- DR. VICENTE A.15. EXP. N°2777-2014-FC. REVOCA la sentencia, que declaró Fundada la demanda, en los seguidos por la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Tacna en contra de Samuel Bernardo Quispe Coarita, sobre Violencia Familiar en la modalidad de maltrato psicológico en agravio de Rosario Lema Contreras.- DR. VICENTE A.16. EXP. N°2045-2014-CI.- CONFIRMA la sentencia, que declaró Infundada la solicitud presentada por Honorato Juan Chambilla Sanjinez, sobre Rectificación de Partida.- DR. VICENTE A.17. EXP. N°1916-2013-FC.- REVOCA la sentencia, que declaró Fundada en parte la demanda, en los seguidos por el representante del Ministerio Público, a favor de doña Nerida Priscila Liendo Loza, sobre Violencia Familiar en su modalidad de Violencia psicológica, en contra de Jesus Manuel Huarcaya de la Cruz.- DR. VICENTE A.18. EXP. N°503-2015-CI.- CONFIRMA la sentencia, que resuelve haciéndose efectivo el apercibimiento dictado por resolución número uno de autos, se Rechaza la demanda interpuesta, en los seguidos por Marisol Carmela Laura Luque en contra del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la

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Propiedad Intelectual – INDECOPI sobre acción Contenciosa Administrativa.- DR. VICENTE A.19. EXP. N°1829-2014-25-CI.- CONFIRMA la resolución, que declaró Improcedente la solicitud de Medida Cautelar de No Innovar presentada por el demandante Raúl Ascencio Chipana Chambe.- DR. VICENTE A.20. EXP.NRO. 2173-2014-CI.- CONFIRMA la sentencia, que declaró Fundada en parte la demanda, en los seguidos por Lourdes Arcaya Quispe, en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre Acción de Cumplimiento.- DR. VICENTE A.21. EXP.NRO. 553-2014.-CI. CONFIRMA la sentencia, que declaró Fundada la demanda, en los seguidos por doña Nilda Zoila Mamani Campos, en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre proceso de Cumplimiento.- DR. VICENTE A.22. EXP.NRO. 918-2015-CI. CONFIRMA la sentencia, que declaró Fundada la demanda, en los seguidos por Eulalia Machaca Mamani, en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre proceso de Cumplimiento.- DR. VICENTE A.23. EXP. N°1201-2014-CI.- CONFIRMA la sentencia, que declaró Improcedente la solicitud de folios doce y siguientes y escrito de subsanación de fojas veinte, en los seguidos por María Enriqueta Vargas Sanchez Viuda de Marcos, con citación de Margarita Estela, Vicente Julio y Victor Richard Marco Vargas, sobre Administración Judicial de Bienes.- DR. VICENTE A.24. EXP.NRO. 207-2015-CI. CONFIRMA la sentencia, que declaró Fundada la demanda, en los seguidos por don Lourdes Trinidad Castro Ayca, en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre proceso de Cumplimiento.- DR. VICENTE A.CANTIDAD DE RESOLUCIONES RESOLUCIONES DE VISTA: 24 AUTOS: 07 DECRETOS: 38

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ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA Fecha: Viernes 04 de Setiembre del 2015 N° Expediente 1 2014-01918-59 2 2013-01123-59 3 2012-01183-56 4 2013-01703-67 5 2015-00534-99 6 2013-00212-56 7 2013-01985-23 8 2012-00270-10 9 2012-01760-89 10 2014-01489-92 11 2014-02293-22 12 2011-01600-1 13 2014-01385-83 14 2013-01415-23 15 2013-00206-57 16 2014-01237-0 17 2014-01557-60 18 2012-00016-45 19 2015-00498-99 20 2014-00728-68 21 2014-01593-0 22 2012-02127-35 23 2014-00326-43 24 2013-02145-26 25 2015-00178-98 26 2013-01357-10 27 2014-00120-21 28 2012-00619-92 29 2011-01777-20 30 2013-00609-24 31 2013-00853-2 32 2015-01496-0 33 2015-01120-0 34 2015-00036-5 35 2013-01526-56 36 2013-01416-28 37 2013-02246-20 38 2015-01848-0 39 2008-01573-5 40 2011-00923-6 41 2014-01841-14 42 2014-01621-16 43 2013-01253-23 44 2010-02021-52 45 2014-00522-70 46 2012-00026-83 47 2013-01635-51 48 2011-01696-32 49 2015-01489-0 50 2014-02393-0 51 2015-00505-42 52 2015-00726-83 53 2015-01274-0 54 2014-01419-98 55 2015-01028-0 56 2013-01823-20 57 2014-01365-82 58 2010-01548-70 59 2014-00726-11 60 2010-01529-19 61 2009-01651-48 62 2012-01148-75 63 2013-00510-71

Organo Jurisdiccional Sala Audiencia Hora Delito 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 11:00 Producción, desarrollo y comercialización o tenencia de armas químicas 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 11:40 Sustracción de menor 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 12:00 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 15:00 Robo Agravado J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 15:58 Robo. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 16:00 Hurto simple. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 17:00 Robo Agravado JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 18:00 Defraudacion Tributaria 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 02 PENAL DE POCOLLAY 11:00 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 02 PENAL DE POCOLLAY 12:00 Hurto simple. J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza SALA 02 PENAL DE POCOLLAY 15:00 Peculado doloso 2° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 02 PENAL DE POCOLLAY 16:05 Coacción 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 03 PENAL DE POCOLLAY 11:00 Formas Agravadas de la Trata de Personas 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 1 JIP. - 3ER PISO 09:00 Falsedad genérica. 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 1 JIP. - 3ER PISO 15:00 Defraudacion Tributaria 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 1 JIP. - 3ER PISO 16:00 Peculado 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 08:15 Daños 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 09:00 Omisión de asistencia familiar 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 10:00 Omisión de asistencia familiar 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 15:00 Ursurpación Agravada 2° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 2 JIP - 1ER PISO 09:00 Desobediencia o resistencia a la autoridad 2° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 2 JIP - 1ER PISO 11:00 Omisión de asistencia familiar 2° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 2 JIP - 1ER PISO 12:00 Homicidio culposo 2° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 2 JIP - 1ER PISO 15:00 Hurto agravado. 2° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 2 JIP - 1ER PISO 16:00 Hurto agravado. 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 2 JUNI - 2DO PISO 08:30 Falsedad ideológica. 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 2 JUNI - 2DO PISO 09:00 Falsificación de documentos. 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 2 JUNI - 2DO PISO 12:30 Usurpación 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 2 JUNI - 2DO PISO 15:00 Usurpación 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 2 JUNI - 2DO PISO 16:00 Peculado culposo 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 2 JUNI - 2DO PISO 17:00 Hurto agravado. 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 08:30 Omisión de asistencia familiar 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 09:00 Omisión de asistencia familiar 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 10:00 Lesiones graves 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 11:00 Omisión de asistencia familiar 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 11:30 Hurto agravado. 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 12:00 Omisión de asistencia familiar 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 12:30 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 15:00 Robo Agravado 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 08:30 Homicidio culposo 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 09:00 Peligro por medio de incendio o explosión. 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 10:00 Homicidio culposo 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 11:00 Lesiones leves 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 11:30 Hurto simple. 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 12:00 Daño agravado 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 12:30 Lesiones culposas 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 13:00 Omisión de asistencia familiar 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 15:00 Usurpación de funciones.o autoridad 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRALSALA 4 JIP - 1ER PISO 09:00 Omisión de asistencia familiar 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRALSALA 4 JIP - 1ER PISO 10:00 Omisión de asistencia familiar 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRALSALA 4 JIP - 1ER PISO 11:00 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRALSALA 4 JIP - 1ER PISO 11:30 Fabricación, suministro o tenencia ilegal de armas o materiales peligrosos J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN 09:00 Desobediencia o resistencia a la autoridad J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN 10:00 Lesiones leves J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN 11:30 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza SALA INV. PREP. - MBJAA 09:00 Agravante por abuso de cargo en retención o traslado de menor de edad o de persona incapaz JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 09:00 Violación sexual de menor de edad (mayor de 10 y menor de 14 años de edad) JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 10:00 Violación sexual de menor de edad (mayor de 10 y menor de 14 años de edad) JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 11:00 Actos contra el pudor en menores (edad víctima: 10-14 años). SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO 10:00 Homicidio Simple SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO 11:00 Contrabando SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO 12:30 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO 15:30 Cohecho pasivo propio

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PODER JUDICIAL

               !&  %&*" '%") -$ # $ '(&( *,   )" %$" & %  " "&)$%"&+%

UNIDAD DE DE REFERENCIA PROCESAL (URP) (URP) = S/. 380.00 UNIDAD REFERENCIA PROCESAL = S/. HASTA S/.38,500

07900

HASTA 100 URP O CUANTÍA INDETERMINABLE

PROCESOS CONTENCIOSOS

CÓDIGO

Por ofrecimiento de pruebas, demanda, contestación, reconvención, denuncia civil, sucesión procesal, calificación de título ejecutivo o de ejecución, (incluyendo la ejecución de las actas de conciliación extrajudicial por laudos arbitrales incumplidos por las partes, actas extrajudiciales de alimentos), nuevos medios probatorios, interponer excepciones, defensas S/. previas, observación a pericias laborales, observación a liquidación de devengados en los procesos de alimentos y observación a la tasación de bienes muebles e inmuebles a ser rematados.

MAS S/. 38,500 A S/.96,250

MAS 100 URP HASTA 250 URP

38.50

S/.

38.50

S/.

38.50

S/.

07439

Por solicitud de nulidad de actos procesales

S/.

07927

Por recurso de apelación de autos

S/.

07935

Por recurso de apelación de sentencias

S/.

154.00 S/. 616.00 S/.

07951

Por recurso de nulidad y casación

S/.

07943

Por recurso de queja

S/.

07978

Por diligencias a realizarse fuera del local judicial

S/.

08168

07374

Por formas especiales de conclusión del proceso (allanamiento, reconocimiento, transacción S/. y desistimiento del proceso), abandono del proceso a pedido de parte o tercero legitimado y conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo, por suspensión convencional del proceso (excepto conciliación y abandono) Por otorgamiento de Poder por Acta

08222

HASTA 100 URP O DE CUANTÍA INDETERMINADA

POR SOLICITUD DE:

CÓDIGO

Medidas Cautelares, en todas sus modalidades, anotaciones de demandas en todos los procesos, embargos en ejecución forzada, solicitud de ejecución de laudo arbitral firme, recurso de anulación de laudo arbitral, oposición contra el mandato de ejecución de laudo arbitral, solicitud de suspensión de laudo arbitral, solicitud de colaboración y asistencia judicial S/. para la actuación de medios probatorios o solicitud de medidas cautelares dentro del proceso arbitral y solicitud de requerimiento judicial de incautación (Ley de Garantía Mobiliaria)

MAS 250 URP HASTA 500 URP

57.75

S/.

42.35

S/.

57.75

S/.

231.00 S/.

385.00

MAS S/.192,500 A S/.288,750

MAS 500 URP HASTA 750 URP

77.00

S/.

46.20

S/.

77.00

S/.

308.00 S/.

MAS S/.288,750 A S/.481,250

MAS 750 URP HASTA 1250 URP

MAS S/.481,250 A S/.770,000

MAS 1250 URP HASTA 2000 URP

115.50 S/.

MAS S/.770,000 A S/.1'155,000

MAS 2000 URP HASTA 3000 URP

96.25

S/.

53.90

S/.

96.25

S/.

115.50 S/.

173.25 S/.

385.00 S/.

462.00 S/.

693.00 S/.

61.60

S/.

84.70 519.75

1,386.00

S/.

2,079.00

3,368.75

S/.

5,005.00

770.00 S/.

962.50 S/. 240.60 S/.

288.75 S/.

433.10 S/.

192.50 S/.

288.75 S/.

385.00 S/.

481.25 S/.

577.50 S/.

866.25 S/.

1,732.50

S/.

1,925.00

107.80 S/.

150.15 S/.

192.50 S/.

269.50 S/.

346.50 S/.

693.00 S/.

1,039.50

S/.

1,578.50

84.70

S/.

84.70

38.50

S/.

MAS 100 URP HASTA 200 URP

MAS 200 URP HASTA 300 URP

38.50

MAS S/.115,500 A S/.231,000

MAS 300 URP HASTA 600 URP

S/.

38.50

S/.

MAS S/.231,000 A S/.385,000

MAS 600 URP HASTA 1000 URP

77.00

MAS S/.385,000 A S/.770,000

MAS 1000 URP HASTA 2000 URP

S/.

77.00

MAS S/.770,000 A S/.1'155,000

MAS 2000 URP HASTA 3000 URP

S/.

77.00

346.50 S/.

519.75

192.50 S/.

S/.

1,732.50

S/.

346.50 S/.

693.00 S/.

38.50

S/.

69.30

MAS 3000 URP

144.35 S/.

MAS S/.38,500 A S/.77,000MAS S/.77,000 A S/.115,500

1,155.00

S/.

173.25 S/.

MAS DE S/.1'155,000

S/.

96.25

S/. HASTA S/.38,500

MAS S/. 96,250 A S/.192,500

S/.

866.25 S/.

MAS S/.1'155,000 A S/.1'347,500

MAS 3000 URP HASTA 3500 URP

1,299.35

MAS DE S/.1'347,500

MAS DE 3500 URP

385.00 S/.

770.00 S/.

1,155.00

S/.

1,540.00

S/.

1,925.00

S/.

2,310.00

S/.

3,080.00

S/.

4,812.50

S/.

6,352.50

385.00 S/.

770.00 S/.

1,155.00

S/.

1,540.00

S/.

1,925.00

S/.

2,310.00

S/.

3,080.00

S/.

4,812.50

S/.

6,352.50

Las personas naturales que soliciten medidas cautelares por una cuantía inferior a 10 URP se encuentran exoneradas del pago del arancel judicial.

08079

Solicitud de Remate Judicial

S/.

PROCESOS NO CONTENCIOSOS

CÓDIGO

ACTOS PROCESALES

RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA O LAUDO EXTRANJERO

S/.

S/.

07927

Por recurso de apelación de autos.

S/.

154.00 S/.

308.00 de disolución o liquidación.

07943

Por recurso de queja.

S/.

192.50 S/.

192.50

07978

Por diligencias a realizarse fuera del local Judicial.

S/.

385.00 S/.

385.00 Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE; así como las empresas regionales o municipales

08168

Por formas especiales de conclusión del proceso (allanamiento, reconocimiento, transacción S/. y desistimiento del proceso), abandono del proceso a pedido de parte o tercero legitimado y conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo, por suspensión convencional del proceso (excepto conciliación y abandono)

192.50 S/.

385.00 excepción de ESSALUD.

07374

Por otorgamiento de Poder por Acta

07005 08036

07153

08990

08991

URP - %

S/.

38.50

IMPORTE S/.

En los casos de interponerse más de una excepción se abonará un arancel por cada una de ellas. Los Órganos Jurisdiccionales al calificar las demandas deberán advertir obligatoriamenteque en éstas se haya cuantificado el petitorio. Los usuarios son responsables por la presentación de aranceles judiciales falsificados cuyo procedimiento se sujeta a lo dispuesto en las normas pertinentes.

(1)

En los procesos donde se solicite la desafectación de bienes o se interponga proceso de tercería, se deberá pagar el concepto de ofrecimiento de pruebas según monto de la medida cautelar que se pretende desafectar.

15.0% 30.0% 50.0%

S/. S/. S/.

57.75 115.50 192.50

En los procesos laborales al admitirse como medios probatorios la actuación, verificación, exhibición, recopilación de información y otros que requieran que el Especialista Legal, Revisor de Planillas o Perito adscrito al Despacho realicen tal labor fuera del local del Juzgado, el oferente del medio probatoriodeberá pagar el arancel judicial por diligenciaa realizarsefuera del local del juzgado. En caso que el oferente sea el demandantese tendrá presente lo dispuesto en el articulo décimo de la presente resolución (2). La autorización judicial de viaje de menor es un

proceso no contencioso; en tal sentido, el pago del arancel

50.0%

S/.

192.50 judicial que corresponda se sujetará a los procesos no contenciosos en lo que sea aplicable.

* Más de 10 URP hasta 30 URP * Más de 30 URP hasta 1000 URP * Más de 1000 URP Por saneamiento y expedición de partes judiciales para inscripción en el registro de propiedad inmueble del bien rematado (1% del valor de adjudicación del inmueble).

100.0% 150.0% 200.0%

S/. S/. S/.

385.00 577.50 770.00

Expedición de partes judiciales para inscripción preventiva y definitiva de solicitudes en procesos contenciosos y no contenciosos (municipalidades, registros públicos, reniec, minería y otros). Por expedición de copias simples en todos los tipos de procesos y en violencia familiar según rango (pago que efectúa el demandado en atención al D.S. N° 002-98-JUS). Por cada copia adicional es de S/. 0.38.

10.0%

S/.

07447

Por expedición de copias certificadas en todos los tipos de procesos.

08214

Por trámite de Exhorto * Dentro del Distrito Judicial * Otro Distrito Judicial * Al Extranjero

07412

No se encuentran exonerados del pago de aranceles judiciales, las empresas del Estado, con accionariado integramente público o mayoritariamente público que se encuentran dentro del ambito del Fondo Nacional de cuyo accionariado le pertenece en su integridad o mayoritariamente a las regiones o municipalidades; con

Por derecho a participar en remate judicial de:

Bienes Inmuebles * Hasta 10 URP

07455

38.50

Reintegro Por prueba anticipada: Por actuación de prueba anticipada de cuantía indeterminable y determinable, se sujetarán a los Valores consignados en los Procesos Contenciosos. Bienes Muebles * Hasta 10 URP * Más de 10 URP hasta 30 URP * Más de 30 URP

constitucionales,procesos penales (salvo las Querellas); asi como las empresas del sistema financiero en proceso

En los casos de Recurso de Oposición contra Medida Cautelar, Recurso de Oposición o Tacha de Medios Probatorios se abonará por el concepto "Por recurso de apelación de autos".

S/.

SOLICITUDES DE ACTOS JUDICIALES

154.00

IMPORTANTE

Por ofrecimiento de pruebas

CÓDIGO

77.00

Se encuentran exonerados del pago de aranceles judiciales: los procesos previsionales,procesos de garantías

07900

07366

Los Actos Procesales por Querellas Se sujetarán al pago de Aranceles Judiciales de los procesos contenciosos en lo que sea aplicable según la cuantía de la indemnización solicitada. Procesos laborales

07390

Procesos de alimentos

TABLA DE URP

(3) 38.50

(01 a 05 folios)

S/.

1.90

1.0%

S/.

3.85

10.0%

S/.

20.0%

S/.

77.00

50.0%

S/.

192.50

38.50

(2) (2)

(1):

10 100

URP = URP =

S/. S/.

3,850.00 38,500.00

200

URP =

S/.

77,000.00

300

URP =

S/.

115,500.00 231,000.00

600

URP =

S/.

1000

URP =

S/.

385,000.00

2000

URP =

S/.

770,000.00

3000

URP =

S/.

1,155,000.00

3500

URP =

S/.

1,347,500.00

NOTA

El plazo de vigencia del Arancel Judicial es de un año calendario, periodo que es computado a partir de la fecha en que el justiciable efectúa el pago correspondiente en el Banco de la Nación o entidad financiera designada.

Importe que Indique el Usuario.

(2):

En los procesos sumarisimos por alimentos, cuando la pretensión del demandante exceda las 20 URP se sujetrán a los pagos dispuestos en la presente resolución, reducidos en un 50% (art. octavo). En los procesos laborales, los trabajadores, ex-trabajadores y sus herederos, cuyo petitorio exceda del mínimo señalado en la Ley Orgánica del Poder Judicial como exonerados (hasts 70 URP); se sujetarán a los pagos contenidos en la presente resolución reducidos en 50% (art. décimo).

(3):

Se encuentran obligados al pago de este Arancel las partes o terceros que se adjudiquen un bien inmueble.

GERENCIA GENERAL GERENCIA DE SERVICIOS JUDICIALES Y RECAUDACIÓN SUB GERENCIA DE RECAUDACIÓN JUDICIAL

12

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 07 de setiembre del 2015

 2

PODER JUDICIAL

%-+(/#'4*$)'*'-.,!.'0!1    /"('#!$+%*%('!,'+&'#'!((%,/!*+%( $%/*'+$%   S/. 3,850

   CONCEPTOS

CÓDIGO 03670

(*) 07080

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES

(Expedido por el Poder Judicial)

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES (Expedido en Agencia o Sucursal Autorizada del Banco de la Nación) EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS: - Corte Suprema (por cada folio) - Consejo Ejecutivo, Corte Superior, OCMA (de Resolución final), ODECMA (de Resolución final), Gerencia General (por Cada Folio) EXPEDICIÓN DE COPIAS SIMPLES DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS: - Corte Suprema, Corte Superior, Consejo Ejecutivo, OCMA (de Resolución final) (por cada folio)

07099

% UIT

IMPORTE S/.

1.3715

52.80

1.3013

50.10

0.1910

7.35

0.1910

7.35

0.0962

3.70

3.0104

115.90

3.2858

126.50

07006

CERTIFICACIÓN DE FIRMAS DE JUECES SUPREMOS (por firma) CERTIFICACIÓN DE FIRMAS DE JUECES SUPERIORES Y JUECES PARA USO NACIONAL O EN EL EXTRANJERO (por firma) EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE DEUDOR ALIMENTARIO MOROSO

0.1910

7.35

07007

EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE HOMONIMIA

0.2598

10.00

07110

REGISTRO DE TITULO DE ABOGADO

0.9273

35.70

REGISTRO DE ESTUDIOS COLECTIVOS DE ABOGADOS E INSCRIPCIÓN DE NUEVOS INTEGRANTES - Registro de Estudios

2.7429

105.60

2.4962

96.10

07129

- Inscripción de nuevos integrantes (por integrante). 07277 07285

INSCRIPCIÓN Y REINSCRIPCIÓN DE MARTILLEROS PÚBLICOS

0.7819

30.10

CERTIFICACIÓN DE LIBROS DE LOS MARTILLEROS PÚBLICOS

1.4234

54.80

EXPEDIENTES CON MANDATO JUDICIAL DE ARCHIVO : - Búsqueda y Lectura (por expediente)

0.3793

14.60

- Expedición de Copias Simples : De 1 a 3 copias ( S/. 1,80 por copia adicional)

0.0988

3.80

- Expedición de Copias Certificadas (por cada folio).

0.1909

7.35

- Expedición de Copias Certificadas de Expedientes con Mandato Judicial de Archivo para Estudiantes de Derecho expeditos para obtener el grado académico (por expediente). Por c/adicinal S/.0.20 - Desarchivamiento (por expediente)

4.1065 0.9117

158.10 35.10

- Devolución de Anexos de Expedientes con Mandato Judicial de Archivo (por expediente)

0.9299

35.80

- Expedición de Constancia de no ubicación de expediente en el Archivo Central (por expediente)

0.9221

35.50

TRÁMITE DONDE NO HAY NOTARIO: - Legalización de Firmas por Juez de Paz Letrado (por firma)

0.1195

4.60

- Legalización de Documentos por Juez Paz Letrado (por folio)

0.1195

4.60

- Otorgamiento de Carta Poder con Firmas Legalizadas

0.1559

6.00

Tributarios, Libros de las Juntas Directivas, de las Comisiones de Regantes y Juntas de Usuarios. por c/ 100 folios (libro u hojas sueltas). - Protesto de Títulos Valores

0.6130 0.6208

23.60 23.90

- Inscripción de Escrituras Imperfectas

0.7299

28.10

- Certificado de Constatación de Supervivencia

0.3832

14.75

07102

PROCESO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LOS PERITOS JUDICIALES

4.0338

155.30

07323

GASTOS ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS DE PERITAJE - Constancia de Inscripción del Perito Judicial

0.5039

19.40

- Expedición de Listados de Peritos Judiciales

0.4494

17.30

- Antecedentes del Perito Judicial (por folio)

0.2156

8.30

- Expedición de Carnet de Perito Judicial

0.8806

33.90

07331

INSCRIPCIÓN DE PERITO JUDICIAL (Validez 01 año)

5.9091

227.50

07358 08230

REVALIDAR LA INSCRIPCIÓN DEL PERITO JUDICIAL SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN - En Copia Simple : De 1 a 5 Copias (S/.0.20 por copia adicional)

3.9793

153.20

0.0260

1.00

- En Copia Certificada : De 1 a 5 Copias

0.0650

2.50

- En Disco Compacto (CD).

0.0312

1.20

- En Disco Compacto (DVD).

0.0390

1.50

SOLICITUD DE HABILITACIÓN DE ARANCELES JUDICIALES

0.0962

3.70

07307

- Legalización de Libros de Sociedades, Libros de Actas, Registros y Libros Contables para Asuntos

08000

( S/.0.50 por copia adicional)

(*): Más comisión del Banco de la Nación S/. 10.00 Nota: El Abono del Valor Neto de la Pericia, Retención Automática del 8% en el Banco de la Nación, continuará emitiéndose en el Código 07021, de acuerdo a lo precisado en el Articulo 23º de la RA Nº 351-98-SE-T-CME-PJ.

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La República

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CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE JUEZ DE PAZ DE C.P. AUGUSTO B. LEGUIA Nº

ACTIVIDAD

FECHA

01

PUBLICACION DEL CRONOGRAMA DE ELECCIONES (ART. 43`)

02

PUBLICACION DEL PADRON ELECTORAL (ART. 48`)

11 al 17 de agosto

03

INCLUSION DE ELECTORES AL PADRON ELECTORAL (ART. 49`)

17 al 19 de agosto

04

IMPUGNACION AL PADRON ELECTORAL (ART. 50`)

17 al 19 de agosto

05

PUBLICACION DEFINNITIVA DEL PADRON ELECTORAL (ART. 51`)

06

INSCRIPCION DE CANDIDATOS Y EVALUACION DE EXPEDIENTES (ART. 53` Y 54`)

24 al 26 de agosto

07

SUBSANACION DE CARPETAS (ART. 57`)

01 y 02 de setiembre

08

PUBLICACION DE CANDIDATOS INSCRITOS (ART. 60`)

09

FORMULACION DE TACHAS A LOS CANDIDATOS (ART. 61`)

04 al 08 de setiembre

10

TRASLADO DE TACHAS (ART. 62`)

09 al10 de setiembre

11

ABSOLUCION DEL TRASLADO DE TACHAS (ART. 62)

11 al14 de setiembre

12

RESOLUCION DE TACHAS (ART. 63`)

15 al17 de setiembre

13

APELACION DE RESOLUCION QUE RESUELVE LAS TACHAS (ART. 64`)

18 al 22 de setiembre

14

ELEVACION AL JUEZ DECANO ( ART. 64°) EN EL DIA

23 de setiembre

15

RESOLUCION DE APELACIONES (ART. 64`)

16

SORTEO DE NUMEROS PARA CANDIDATOS POSTULANTES (ART. 65`)

29 de setiembre

17

PUBLICACION DE CANDIDATURAS (ART. 66` y 67`)

30 de setiembre

18

ELECCIONES

19

RESUELVE IMPUGNACIONES (ART. 82º)

20

PROCLAMACION DE RESULTADOS

20 de agosto

03 de setiembre

24 al 28 de setiembre

04 de octubre 05 al 07 de octubre 09 de octubre

ATENCION: LOCAL COMUNAL DE LA JUNTA VECINAL AUGUSTO B. LEGUIA HORARIO DE ATENCION: De 6:00 p.m. a 08:00 p.m. Tacna, 2015, Agosto 07 COMISION ELECTORAL

11 de agosto 2015