frt¿o#tcan 9,Pu*ro

SERIES 3. 80000272. 14. Aristocrat. HXS8004338. HELIX SLANT. 80000487. 't5. Aristocrat. HXS8004342. HELIX SLANT. 8000048
480KB Größe 1 Downloads 16 Ansichten
frt¿o#tcan

9,Pu*ro/

n" 2881

L¡ma,

-2016-MtNcETUR/vMrrDGJcMr

1g Sil.?010

v¡sto, el Exped¡ente No 983502-2016-MINCETUR, de fecha '15.07.2016, la empresa NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C. sol¡cita la Renovac¡ón de la Autorizac¡ón Expresa para la explotac¡ón de máquinas tragamonedas en la sala de juegos "ANDAHUAYLAS 2", ub¡cada en Jr. Ramón Cast¡lla No 502, Distrito y Prov¡nc¡a de Andahuaylas y Departamenlo de Apurímac; CONSIDERANDO:

ffitrR

¿(P' \Q,>--.9

Que, medianle Ley N" 27153, y normas mod¡fcatofias, y su Reglamenlo aprobado mediante Decreto Supremo N" 009-2002-MINCETUR, se reguló la explotac¡ón de los juegos de cas¡no y máquinas tragamonedas en el pais, establec¡éndose en el artículo 24'del c¡tado cuerpo legal que corresponde a la D¡recc¡ón General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas las facultades admin¡strativas de autorizac¡ón, fiscal¡zación, superv¡s¡ón, evaluac¡ón y sanc¡ón v¡nculadas a las explotac¡ones antes referidas; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10'del Oecreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, Renovación de la Autorizac¡ón Expresa conced¡da a las salas de juegos ¡nstaladas en los establec¡m¡entos en el articulo 6' de la Ley N" 27153, mod¡ficada por la Ley N" 27796, se real¡za sigu¡endo el proced¡m¡ento establec¡do para el de Autorizac¡ón Expresa; Que, el artículo 14' de la Ley antes mencionada así como elarticulo 7' de su Reglamento, aprobado med¡ante Decreto Supremo No 009-2002-MINCETUR, establecen ¡os requ¡s¡tos que los sol¡c¡tantes deben cumpl¡r para acceder a la menc¡onada autorizac¡ón; Que, mediante Expediente N" 983502-2016-MINCETUR, de fecha 15.07.2016, la empresa NEVADA S.A.C. sol¡c¡ta la renovación de la autorizac¡ón expresa para la explotac¡ón de máqu¡nas en la sala de juegos "ANDAHUAYLAS 2", ubicada en Jr. Ramón Castilla No 502, D¡strito y Provincia de Andahuaylas y Oepartamento de Apurímac, autor¡zac¡ón otorgada a la sol¡c¡tante mediante Resoluc¡ón D¡rectoral N" 57-2008-MINCETUR /MT/DGJCMT, de fecha 16.01.2008, renovada mediante 100-20013-MINCETUR^/MT/OGJCMT, de fecha '16.01.2013, conforme al Resoluc¡ón D¡rectoral proced¡miento adm¡n¡strat¡vo de Reordenam¡ento y Formalizac¡ón, creado por el artículo 2' de la Ley N" 28945 "Ley de Reordenamiento y Formalizac¡ón de la Actividad de Explotac¡ón de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas", en adelante Ley N' 28945;

N'

Que, la sol¡c¡tanie ha cumpl¡do con presenlar la documentac¡ón y/o ¡nformac¡Ón requerida para r a la renovación de la autor¡zación concedida para explotar máqu¡nas tragamonedas en la sala de "ANOAHUAYLAS 2", asi como L¡cencia Única de Funcionamiento No 001274, de fecha 02.06.20'14, por la Mun¡c¡pal¡dad Prov¡nc¡al de Andahuaylas por el g¡ro de actividades de entreien¡mientosatragamonedas a favor de la sol¡citante;

Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la Ley No 27153 y normas mod¡f¡cator¡as, los establec¡mientos dest¡nados a la explotación de juegos de cas¡no y máqu¡nas lragamonedas no pueden estar ub¡cados a menos de c¡ento c¡ncuenta ('150) metros, contados siguiendo el minimo tráns¡to peatonal pos¡ble, desde la puerta de ¡ngreso pr¡nc¡pal de templos y cenlros de estudio donde se ¡mparte educación in¡c¡al, primaria y/o secundar¡a, hasla la puerta de ingreso princ¡palde d¡chos eslablec¡m¡entos;

Que, según consta en el Informe Técnico No 646-201o-MTNCETURA/MT/DGJCMT-DCS-MESL, de fecha 13.09.2016, la sala de.iuegos no se encuentra dentro de la proh¡b¡ción de la distancia mínima antes menc¡onada, cumple con los requisitos técn¡cos establecidos en la Ley y su Reglamento, acred¡tándose que

las máquinas tragamonedas

y

memorias de sólo lectura se encuenlÍan autorizadas

y regisfadas poi

la

D¡rección General de Juegos de Cas¡no y Máqu¡nas Tragamonedas; y que el t¡tular de la presente autorización ha cumpl¡do con ¡mplementar el sistema un¡ficado de control en tiempo real SUCTR, según ¡o dispuesto en el Decreto Supremo 015-2010-MINCETUR, que aprobó el Regtamento de ;Normas Técnicas complementarias para la implementac¡ón del s¡stema un¡f¡cado de control en t¡empo real - sucrR" a que se refiere la Pr¡mera D¡sposición Final de la Ley N'27796 y la Resoluc¡ón de Superintendencia N" 14S-}OO3SUNAT;

N'

Que, se encuentra acreditado el derecho de propiedad y/o poses¡ón de las tre¡nta y ocho (38) máqu¡nas

tragamonedas y noventa y nueve (99) memorias de sólo lectura, cuya documentación e ¡nformac¡ón obra en los exped¡entes de modifcación de Aulorización Expresa presentados por la solicitante;

Que, as¡mismo, la sol¡citante cumple con adjuntar copia del Cert¡f¡cado de Inspecc¡ón Técnica de Segur¡dad en Ed¡ficac¡ones de Detalle N' 002-20'15, de fecha 08.06.2015, e Informe de Inspecc¡ón Técn¡ca de

Segur¡dad en Ed¡ficac¡ones de Detalle N' 1924-2015, exped¡do por la Mun¡cipat¡dad Prov¡nc¡al de Andahuaylas, en los que se deja constancia que la sala de juegos cumple con las cond¡ciones de segur¡dad exigibles a este t¡po de establecim¡entos;

ffiKR

Que, de la evaluac¡ón de la solvenc¡a económica del solic¡tante y de los soc¡os, gerentes y apoderados facultades inscr¡tas, según consta en el Informe Económ¡co Financ¡ero N. 1sg-2ó16 de Ránovación de Expresa, de fecha 25.08.2016, la sol¡c¡tante, los soc¡os, los directores, el gerente general y los cumplen con los criterios de evaluac¡ón establecidos en los arlículos

7'y

sigu¡entes dó la D¡rect¡va No 38-2007MINCETUR /MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, debiéndose prec¡sar de conform¡dad con lo d¡spuesto en el artículo 15' de la Ley No 27153 y normas modif¡cadoras que dicha evaluación es pemanente en tanto elt¡tular de la aulorización mantenga vigente la autorización concedida;

001-2007-MINCETUR/MT/DGJCMT, aprobada mediante Resoluc¡ón Diréctoral

Que, la sol¡c¡tante en observancia de lo establec¡do en los aliculos 19'y s¡gu¡entes de la Ley N" 27153 y no,rmas modificator¡as ha cumplido con otorgar garantía, la misma que se encuentra const¡tu¡da pór la Póliza de cauc¡ón N" 7101510'102160-000, de fecha 20.'12.20i5, em¡t¡da por ta empresa Mapfre peru iompañía de y Reaseguros S.A. a favor del M¡n¡sterio de Comerc¡o Exterior y Turismo - MINCETUR, vigente hasta 20.12.2016,.en respaldo de las obl¡gac¡ones asum¡das con el Estado y terceros der¡vadas de lá aplicación del me_ncionado cuerpo legal, la m¡sma que ha sido remitida atárea de admin¡strac¡ón del MINCETUH para su custodia y f¡nes corespondientes;

.

Que, de€cuerdo con lo dispuesto en el artículo l7'de la Ley N" 27153 y normas mod¡ficatorias, el plazo de v¡gencia de Renovación de las Autorizaciones Expresas conced¡das por la Direcc¡ón General de Juegós de cas¡no y Máquinas Tragamonedas es por un plazo de cuatro (04) años renovables, en forma suce-siva y adic¡onal; Que, la empresa NEVADA ENTRETENIiIIENTOS S.A.C. cumpl¡ó con presentar el Ptan de Prevención de la Ludopaúa, al que hace referencia el l¡terat t) del numerat 14.'l det artículo 14 de la Ley N' 27153, .Ley que regula la explolación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas" modificado mediante el articulo 6' de la Ley -N' 29907, "Le'l para la Prevenc¡ón de ra Ludopatía en ras saras de casino y máqu¡nas tragamonedas", y el articulo 1l'del Reglamento aprobado med¡ante Decreto supremo N.- oo7-2013MINCETUR;

Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral6 del Anexo ll del Cuadro de Infracc¡ones y

sanciones, del Decreto supremo N" o1s2o l o-MINCETUR, sa sancionaÉ at ütutar de una seta tagamonedas con una muta de cinco (05) lJlr por cada máquina tragamonedas gue no se encuentre interconectada con un n odeto SUCTR;

Que, en apl¡cac¡ón de los Princ¡p¡os de Presunc¡ón de Verac¡dad y de Priv¡leg¡o de Controles posteriores regulados en los numerales 1 .7 y 1.16 del artículo lV de la Ley No 2744i 'Ley del p;oced¡m¡ento Adminisfativo General", se presume la verac¡dad de la documentac¡ón y/o información presentada;

_ -

confom¡dad con las Leyes N'27'153,

277

,28945y 27444 "Ley del Procedim¡ento Administral¡vo lo op¡nado en et Informe Económico F¡nanciero N" 158-2016 de Renovac¡ón Expresa, lnforme Técnico 646-2016MINCETUR /MT/DGJCMT-DCS-MESL, de fecha 13.09.2016, e Inrorme Legar No 342-2016D_e

General' y el Decreto supremo N' 009-2002-MINCETUR y, eitando a

M

)

INCETURA/MT/DGJCMT/DAR. RLLV;

,9üt¿u#¿cu6n

9,*uto*/ ...1

SE RESUELVE:

Artículo 1".- Aceptar la sol¡c¡tud de Renovación de Autorización Expresa conced¡da a la empresa NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C. para la explotac¡ón de máquinas tragamonedas en la sala de juegos "ANDAHUAYLAS 2", ub¡cada en Jr. Ramón Castilla No 502, Distrito y Prov¡ncia de Andahuaylas y Departamento de Apurímac, por un p{azo de cuatro (04) años, en observancia de lo prescrilo en el art¡culo 17' de la Ley N" 27153, modificado por las Leyes N' 27796 y 28945.

Artículo 2'.- La presente autorización faculta a la empresa la explotación de treinta y ocho (38) máquinas tragamonedas y noventa y nueve (99) memorias de sólo lectura, según detalle conten¡do en los Anexos I y ll que forman parte integrante de la presente resoluc¡ón (03 fojas). Artículo 3'.- De acuerdo mn lo dispuesto en el inciso 14.2 del art¡culo 14'de la Ley N" 27153 y mod¡f¡cator¡as, todos los requisitos y cond¡c¡ones que sirvieron de base para la presente Renovac¡ón Autor¡zac¡ón Expresa deben mantenerse duranle el plazo de vigenc¡a de la misma, bajo aperc¡b¡miento de la autorización conced¡da y d¡spone¡se la clausura del establec¡miento dest¡nado a la explotac¡ón máquinas tragamonedas. Artículo 4'.- De conform¡dad con lo establecido en el artículo 7' de la Ley N' 27153 y normas mod¡f¡catorias, los titulares de una autorización de explotación concedida por la D¡rección General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas se encuentran obligados a observar las normas que sobre zonificac¡ón, seguridad, h¡g¡ene, parqueo, entre otros, establezcan las munic¡palidades en sus respectivas jurisd¡cc¡ones para el otorgam¡ento de la l¡cencia munic¡pal a que hub¡ere lugar.

Artículo 5'.- De acuerdo con lo d¡spuesto en la Sentencia de fecha 02.02.2006, expedida por el

N' 4227-2OO5-PNÍC), la misma que bajo responsabilidad constituye precedente vinculante para lodos los poderes públicos, los explotadores de juegos de casino y de máqu¡nas tragamonedas deben cumpl¡r con el pago del lmpuesto a los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas como consecuencia de la activ¡dad comerc¡al que desarrollan. Tribunal Const¡tucional (Expediente

Artículo 6'.- La D¡recc¡ón General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas se reserva el derecho de revocar la presente Renovac¡ón de Autorizac¡ón Expresa en caso verificarse que las cond¡c¡ones económico-fnancieras de la empresa autorizada se han mod¡ficado negat¡vamente como mnsecuenc¡a de las acciones de cobranza que pud¡era llevar a cabo la Super¡ntendenc¡a Nac¡onal de Aduanas y de Adm¡n¡stración

Tr¡butarial SUNAT por la deuda ex¡g¡ble por concepto del lmpuesto a los Juegos de Cas¡no y Máqu¡nas Tragamonedas.

Artículo 7o.- De acuerdo con lo d¡spuesto en el numeral 6 de¡ Anexo ll del Cuadro de Infracciones y sanc¡ones, del Decreto supremo N'015-2010-MINCETUR, que apmbó el Reglamento de "Normas Técn¡cas Complementarias para la implementac¡ón del s¡stema unif¡cado de control en liempo real a que se refiere la primára Disposicibn F¡nat de la Ley N" 27796, mod¡ficada por la Ley 29829, y la Resoluc¡ón de Superintendéncia ¡t" 1¿S-ZOOS-SUNÁT, de fecha 25.O7.2OO3, se sancionará al titular de una sata tn;Lgamonedas con una mulE de cinco (05) IJIT por cada máquina tngamonedas que no se encuentre ¡nterconectada con un Modelo SUCTR, Artículo 8..- De conform¡dad con lo previsto en el afticulo 24" de ta Ley N'27153 y en concordanc¡a princ¡p¡o de pr¡vilegio de Conlroles Poster¡ores recog¡do en el numeral 1.'16 del inciso 1 artículo lV del el pretiminar de ta Lei No 27444 "Ley del Procedimiento Admin¡strativo General", la Dirección General de : de Casino y Máquinas Tragamonódas en ejerc¡c¡o de su facultad de fiscalización se reserva el derecho

de ver¡ficar la información y/o documentación presentada por la sol¡c¡tante así como establecer las sanciones o in¡c¡ar las acciones legales que resulten apl¡cables ante cualqu¡er d¡screpanc¡a con la real¡dad de los hechos.

Artículo 9'.- En observanc¡a de lo dispuesto en el articulo '12. de la D¡rectiva 0Oj-2007MINCETUR/VMT/DGJCMT, aprobada mediante Resolución Directoral No 38-2007-MINCETURA/MT/DGJCI\4T, remílase a la Un¡dad de Intel¡genc¡a F¡nanc¡eta la informac¡ón y/o documentac¡ón económica financ¡era relacionada con el sol¡c¡tante y las personas naturales y/o.¡uridicas que han sido objeto de evaluación, para los tines a que se contrae la dispos¡ción antes ¡nd¡cada.

Artículo l0'.- De acuerdo mn

lo dispuesto en et artículo 8" del Decreto Supremo N" 006-2013-pCM,

que'Aprueba la relación de autorizaciones sectoriales de las Ent¡dades del Poder Ejecutivo, que deben ser exig¡das como requisito previo para el otorgamienlo de la licenc¡a de funcionam¡ento, de acuerdo a la Ley N" 28976, Ley Marco de Licencia de funcionamiento", publíquese la presente resolución directoral en el Portal wEB del Min¡sterio de comercio Exterior Turismo, en s¡gu¡ente d¡rección electrón¡ca:

y

www.

m ¡ n c etu r. q ob.

la

De/neww eb/.

Regístrese,

Manuel San

Benavente

y Máqu¡nas Tragamonedas

-

ANEXO I

ReuclóH oe uÁeu¡rl¡s

TRAGAMoNEDAS AuroRtzADAs A LA EMPRESA NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C. POR SALA DE JUEGOS 'ANDAHUAYLAS 2'

Rttl

REsoLUctóN DtREcToRAL N'

NO 1

2 3

4

6 7

I

o 10

13

Ar¡stocrat

14

Aristocrat Aristocrat

16 17 18 19

20 21

22 23 24

,aJ

'!'u2';3 //#,fl3i['\ / r nÉc'slno

\

v"B"

i'ir -

A.G.t. A.G.r. A.G.t. A.G.t. A.G.r. A.G,I A.G,I A.G.t.

Aristocrat Aristocrat

't5

26 27 29

130 ,/ /31 32 JJ 34 35 36 \ J/ 5ó

N'D

A.G. r. A.G. t.

12

11

,A

FABRICANTE

Ar¡stocrat Ar¡stocrat Ar¡stocrat Ar¡stocrat

Aristocrat Aristocrat r.G.T. r.G.T.

Sigma S¡gma S¡qma S¡qma Sigma Sigma S¡qma

Sigma Sigma Spielo Sp¡elo Spielo Spielo ADP Gauselmann ADP Gauselmann

-201 6.MINCETUR/VMT/DGJCMT

MODELO

179065 179067 262657 453814 453830

FV 623 CF D FV 623 CF D FV 623 CF D

262630

FV 623 CF D FV626CF2 FV 626 CF2 FV 626 CF2 FV 626 CF2 MKs SERIES II SERIES 3 SERIES 3 HELIX SLANT HELIX SLANT MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI 96419000 96419000

FV626CF2

FV626CF2

449797 4 163't 4

416469 419579 0661988

400687 A00694 HXS8004338 HXS8004342 MVo05660 MVo08631 MVo08784 MV017417 MVo34816 MV065596 1068866 1255601

sG - 24't2 sG - 24',12

r4301083 16300816 29900023 7

sG-1

sG - 2412

5103432

80000266 80000266 80000266 80000306 80000306 80000266 80000306 80000306 80000306 80000306 80000174 80000272 80000272 80000487 80000487 80000245 80000245 80000245 80000245 80000245 80000245 80000125 80000125 80000375 80000375 80000137 80000375 80000137 80000137 80000f 37 80000137

062610 062617

sG-1 sG-1 sG-1 sG-1

61072

SG-1

80000t37

SEPOXG SEPOXG SEPOXG SEPOXG GLS100 GLSlOO

80000369 80000369 80000369 80000369 80000528 80000528

016000515

0160005't6

30000'12380 3000012413 3000012814 3000012833 6'195800036 6195800037

Página

1

ANEXO II RELACIÓN DE MEMORIAS DE SÓLO LECTURA AUTORIZADAS A LA EMPRESA NEVADA ENTRETENIMIENTOS S,A.C POR SALA DE JUEGOS "ANDAHUAYLAS 2'

REsoLuctóN DtREcToRAL N. 2

1

FABRICANTE A.G.t.

2

A.G.r.

J

A.G.t. A.G. A.G. A.G. A.G. A.G.

4 5 6 7

I I 11

12

l3 14 15 16

#x1 i/

(7 .1\

o\bdoo, t\ tf. ,,\J

\

r

_

r:'o_:_il '22 23

g4

4'':;ÍÉF

W



29 30 31

& R3 '3 JDI

't

CANT.

cófnGo-

REGISTRO

1

KERNEL V-8.9.1I

40011890

1

KERNEL

3?"

48 39

40 41

42 43 44 45 46 47

A.G, A.G. A.G. A.G. A.G.t. A.G.t. A.G.t. Aristocrat Aristocrat Aristocrat

Arislocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Ar¡stocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocral Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat

V

8.21-O

SUPERGAMVPTTg4 V 8.21-0 SUPERGAMVPTgg4 V8.21.1 GAMTOR894_I V_5.5-8 (P401 80801) GAMTOR8g4 2V 5.5-8(P401 80801)

1

1

2 2

GAMTOR4g4 1V 5.6-11(P401 80801) GAMTOR4g4 2V 5.6-11(P401 80801) SUPERGAMVP2Og2V 8.4-3 KERNEL V 8-4-3 SUPERGAMVP22g2 V A.4-A KERNEL V 8.4-7 SUPERGAMVP2I92 V 8.4-6 KERNEL V 8.4-10 PREMGAMVP2g4 V 8.9-54 KERNEL V 8.21.0 0rJ01906 u7 (u7) 01J01906 U8 (U8) 01J01906 U1r (U11) 01J01906 U12 (U12) 03J01856 U7 (U7) 03J01856 U8 (U8) 03J01856 U11 (U11) 03J01856 U12 (U12) 0152239-U72 (U72) 0152239-U73 (U73) 0152239-U85 (U85) 0152239-U86 (U86) 0152357 (u73) 0152357 lu86) 0152323-U72 (U721 o152323-U73 (U73) 0152323-U85 (U85) o152323-U86 (U86)

2 2

A-G.

10

q / -2016-iltNcETUR/vitr/DGJcilT

'l 1 1

'l 'l

2

2 2 2 1 1

1

I 1 1 1 1

1

(U74 /J tU/.t'

I

o152658-U72

1

0152656-U

I I I

0152658-U85 (U85)

órszsss-uao (uso)

'l

u1c4uc, 0154057 0154057 0154057

1

ulc4ucr

1

I

0154057 01.04.16-U70 01.04.16-U70

4 1

^'

I Página 2

^t

4a I 11^

AOO'12714

40013075 40013078 40007104 A0007105 40008189 40008190 40008645 40008648 40009089 400091¿t4

40009168 A0009346 40011636 AO012714 AOOO4977

A0004978 A0004979 A0004980 A0006268 A0006269 A0006270 40006271 A0008069 A0008070 A0008071 A0008072 A0008940 A0008941 A0008968 A0008969 A0008970 A0008971 A0009074 A0009075 A0009076 A0009077 A0010112 A0010113 A0010114 A0010115 A0010116 AOO1011?

i

A0010730 A0010730

\A0010730

ANEXO II RELACIÓN DE MEITIORIAS DE SÓLO LECTURA AUTORIZADAS A LA EMPRESA NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C POR SALA DE JUEGOS "ANDAHUAYLAS 2" RESOLUCIÓN DIRECTORAL N"

48 49 50 51

52

53 54 55 56 57 58 59 60

ii¡ 11:!

!,:'i

'\

íP.q

161

l@* tg) \\, ll;:rí'c

;Jte

7 ^Ylffir6' ü"¡iá",

*\

!É5

66 67 68 69 70 71

"\=