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Que, según consta en los Informes Técn¡cos Nros. ... de Nuevo Soc¡o (Ampliatorio al Informe Económico - Financ¡ero N' 13
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%butooo/ N' 2806 Lima,

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tt srt.2015

el Exped¡ente N'877476-2015-MINCETUR, de fecha 20.05.2015, presentado por la empresa S.A.C. en el que sol¡c¡ta autor¡zac¡ón expresa par€¡ la explotación de juegos de máquinas lragamonedas la sala de juegos "RlO VERDE" del Hotel Cinco Estrellas: 'RlO VERDE", ub¡cada en Av. Ramón Mu¡¡ca Mz E 01, Urban¡zac¡ón El Ch¡pe, D¡strito, Prov¡ncia y Deparlamento de Piura; V¡sto,

CONSIDERANDO:

Que, med¡ante Ley N" 27153, y normas modif¡catorias, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N" 009-2002-MINCETUR, se reguló la explotac¡ón de los juegos de casino y máquinas tragamonedas en el pais, estableciéndose en el alículo 24'del c¡tado cuerpo legal que crrresponde a la Dirección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas las facultades adm¡n¡strativas de autorización, fiscalización, superv¡s¡ón, evaluación y sanc¡ón vinculadas a las explotac¡ones antes refer¡das; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 13'de la Ley N'27153 y normas modifcator¡as, para la de juegos de máquinas tragamonedas se requiere de autor¡zac¡ón expresa emitida por la D¡recc¡ón de Juegos de Cas¡no y Máqu¡nas Tragamonedas; Que, el artículo 14" de la Ley antes menc¡onada así como el artículo 7' de su Reglamento, aprobado med¡ante Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, establecen los requ¡s¡tos que los sol¡c¡tantes deben cumplir para acceder a la mencionada autorización:

Que, mediante Expediente N'877476-2015-MINCETUR, de fecha 20.05.2015, la empresa QULLQI S.A.C. solic¡ta autorizac¡ón expresa para la explotac¡ón de juegos de máqu¡nas tragamonedas en la sala de juegos "RlO VERDE'del Hotel C¡nco Estrellas: "RlO VERDE", ubicada en Av. Ramón Mujica Mz E Lote 01, Urban¡zación - . .F^l.Ch¡pe, Distr¡to, Provincia y Departamento de Piura; :'

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Que, el g¡ro princ¡pal a que se refere el artículo 60 de la Ley No 27153 y normas mod¡f¡cadoras, el ,establec¡miento donde se encuentra instalada la sala de juegos de) máqu¡nas tragamonedas de la solic¡tante

.i.,..,., denom¡nado dsnom¡nado "RlO VERDE" ha sido cal¡ficado cál¡ficádo

I según consta en el Cert¡ficado con como como Hotel C¡nco Estrellas, por la Gerencia Regional de Desarrollo el 14.02.2017, expedido E_conóm¡co de la D¡rección Reg¡onal de Comerc¡o Exterior y Turismo, as¡m¡smo, presenta copia de la L¡cenc¡a de - -Funcionamiento Mun¡cipal de fecha 22.07.2008, por el giro comercial de Hospedaje, por el inmueble ub¡cado en Urb. San Eduardo Av. Ramón NIujica. De otro lado, adjunta copia de la Calegorización del Restaurante Cinco Tenedores, de fecha 01.03.2013, v¡gente hasta et 01.03.2017, em¡t¡do por la Gerencia Reg¡onal de Desarrollo Económ¡co de la Direcc¡ón Reg¡onal de Comercio Exterior y Tur¡smo;

-

fi¡' de Registro: 006

2013, v¡gente hasta

Que, de conformidad con lo d¡spuesto en el art¡culo 50 de la Ley No 27153 y normas modif¡catorias los establecim¡ento destinados a la exploiación de máqu¡nas tragamonedas no pueden encontrarse a menos de cienlo c¡ncuenta (150) metros, med¡dos de puerta a puerta s¡guiendo el mín¡mo tránsito p€atonal pos¡ble de templos y/o centros de estudios donde se imparte educac¡ón ¡n¡c¡al, pr¡mar¡a y secundar¡a; Que de conformidad con el articulo 150 de Ia D¡rectiva No 001-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, aprobada 38-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 2901 2007 "Normas al proced¡miento de reordenamiento y formalización previsto en la Ley No 28945" dispone: "De con lo establec¡do en el articulo 5o de la Ley, ent¡éndase pot centros de educac¡ón ¡n¡cíal, primaría o a aquellos centros de estudios que imparten educación bás¡ca regular de acuerdo con la Ley M 28044 Generat de Educación" que cuenten con el calificativo exped¡do por el M¡n¡steño de Educación y la l¡cencia

mediante Resoluc¡ón Directoral

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munic¡pal de funcionamiento conespond¡ente. (...)" 'atiñc.ada con el artículo 2' de la D¡rect¡va N' 002-2008MINCETURA/MT/DGJCMT, aprobada med¡ante Resoluc¡ón Directoral No 349-2008-MINCETURA/MT/DGJCMT, D¡spos¡ciones Ad¡cionales, relac¡onadas con la d¡stancia mín¡ma;

Que, según consta en los Informes Técn¡cos Nros. 0476-2015-MINCETURA/MT/DGJCMT/DFCS-LRC y i-2015-MINCETURA/MT/DGJCMT/DCS-LCR, de fechas 22.06.2015 y 18.08.2015, respect¡vamente, al amparo lo establec¡do en la D¡rect¡va No 001-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, aprobada mediante Resolución No 038-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007 , se ver¡f¡có que la sala de juegos cumple con lo establec¡do en el artícu¡o 50 de la Ley No 27153 y norma mod¡ficator¡as, toda vez que no se encuentra ubicada a menos de ciento cincuenta (150) metros contados sigu¡endo el minimo tránsito peatonal de templos y/o centros de estudios de educac¡ón ¡nic¡al, pr¡maria y/o secundar¡a; y que asim¡smo cumple con los requis¡tos técnicos ex¡gibles para la ¡nstalac¡ón y func¡onamiento de una sala de juegos de máquinas tragamonedas, enconlrándose las máqu¡nas tragamonedas autor¡zadas y reg¡stradas (homologadas) por la Direcc¡ón General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedasl

4.\

vü.

Que, la empresa cumple con adjuntar cop¡a del Certif¡cado de Inspección fécnica de Seguridad en Edif¡cac¡ones de Detalle N' 0753-2015, de fecha 08.06.2015, con v¡genc¡a Indeterminada, cop¡a del Informe de f nspección Técnica de Seguridad en Ed¡licac¡ones de Detalle - Anexo '12 N" 277M, exped¡dos por la Mun¡cipalidad Prov¡ncial de P¡ura, en el que de acuerdo con lo eslablecido en el Decreto Supremo N'058-2014-PCM y normas mod¡ficatorias, se deja constancia que la sala de juegos de la sol¡c¡tante cumple con las condic¡ones de segur¡dad ex¡g¡bles a este t¡po de establec¡mientos para la explotac¡ón de hasta se¡s (06) máquinas tragamonedas;

ffi, él

Que, de la evaluac¡ón de la solvenc¡a económ¡ca de la sol¡c¡tante y de los soc¡os, directores, gerentes y con facultades ¡nscritas, según consta en el Infome Económico F¡nanc¡ero N' 13t20t5 de Autorizac¡ón Expresa y del Informe Económ¡co - F¡nanc¡ero N' 147-2015 de Autorización expresa e Incorporación de Nuevo Soc¡o (Ampliatorio al Informe Económico - Financ¡ero N' 135 - 2015, de fecha 3l .07.2015 y 28.08.20f 5, respecl¡vamente, la sol¡citante y las personas antes ¡nd¡cadas cumplen con los cr¡terios de evaluac¡ón establecidos en la D¡rect¡va No 001-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, aprobada med¡ante Resoluc¡ón Directoral No 38-2007MINCETUR/VMT/DGJCMT, de lecha 29.01.2007, deb¡éndose precisar de conform¡dad con lo d¡spuesto en el artículo 15' de la Ley N' 27153 y normas modif¡cator¡as que d¡cha evaluación es permanente en tanto el titular de la autorizac¡ón mantenga vigente la autorización concedida;

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Que, en observanc¡a de lo establec¡do en los artículos 19'y s¡gu¡entes de la Ley N'27153 normas modificatorias, la sol¡c¡tante cumple con presentar la Póliza de Cauc¡ón N" J0'173-01-20'l 5, de fecha 31.08.2015 vigenle hasta el 21.05.2016, otorgada por SECREX Compañía de Seguros de Crédito y Garantías a favor del Min¡ster¡o de Comercio Eferior y Turismo - MINCETUR, por la suma de ve¡ntitrés mil c¡en y 00/'100 (S/. 23,100.00) nuevos soles, por las máqu¡nas autorizadas para su explotación en la sala de juegos "RlO VERDE", en respaldo de las obligac¡ones asumidas con el Estado y lerceros der¡vadas de la apl¡cac¡ón del menc¡onado cuerpo legal, la m¡sma que ha sido rem¡tida alárea de adm¡n¡slrac¡ón del MINCETUR para su custod¡a y fnes correspond¡entes;

N'

la

Que, med¡ante Exped¡ente 883703-201s-MlNCETUR, de fecha 15.06.2015, empresa QULLQI S.A.C. cumplió con presentar el Plan de Prevenc¡ón de la Ludopatía, al que hace referenc¡a el l¡teral t) del articulo.l4 de la Ley N" 27153, '-Ley que regula-la-explotac¡ón de los juegos de casino y máquinas