estado libre asociado de puerto rico municipio autónomo de san juan ...

[PDF]estado libre asociado de puerto rico municipio autónomo de san juan ...municipiosj-heroku.s3.amazonaws.com/wp.../rf
315KB Größe 9 Downloads 34 Ansichten
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO MUNICIPIO AUTÓNOMO DE SAN JUAN DEPARTAMENTO DE SALUD

SOLICITUD DE PROPUESTAS RFP #: 2015-02

BIENES O SERVICIOS SOLICITADOS:

FECHA Y HORA DE ENTREGA DE LA PROPUESTA: LUGAR DE ENTREGA DE LA PROPUESTA:

PROPONENTES ELEGIBLES:

SOLICITUD DE PROPUESTAS PARA EL DESARROLLO DE UN PROYECTO RESIDENCIAL DE ALQUILER Y COMERCIAL EN LOS TERRENOS DEL ANTIGUO COLEGIO EL PILAR EN RIO PIEDRAS.

7 DE NOVIEMBRE DE 2014, A LAS 3:00 PM

OFICINA DE COMPRAS EN EL PISO 15 DEL CENTRO DE GOBIERNO (TORRE MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN) CALLE CARLOS E. CHARDÓN HATO REY

TODO AQUEL PROPONENTE QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE CALIFICACIÓN ESTABLECIDOS EN LA PARTE IV DEL PRESENTE DOCUMENTO SERÁN ELEGIBLES PARA PARTICIPAR EN ESTA SOLICITUD DE PROPUESTAS.

I.

INTRODUCCIÓN

A tenor con los derechos, privilegios y facultades otorgadas mediante la Ley Núm. 81 del 30 de agosto de 1991, según enmendada, conocida como Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y según surge del Aviso de RFP publicado el 18 de agosto de 2014 por el Municipio Autónomo de San Juan (en adelante, el "Municipio") en un rotativo de publicación diaria, el Municipio publica el presente pliego de solicitud de propuestas (la "Solicitud de Propuestas" o, por sus siglas en inglés, el "RFP") con el propósito identificar y potencialmente contratar con un Proponente para el desarrollo de un proyecto residencial de alquiler y comercial en la parcela de terreno del antiguo Colegio El Pilar en Rio Piedras. La publicación y celebración de este RFP por parte del Municipio, no obliga al Municipio a: (i) adjudicar la buena pro del proceso; (ii) otorgar un contrato; y/o (iii) reembolsar cualquier gasto, de cualquier naturaleza, incurrido por los proponentes en la preparación, entrega, presentación y participación de sus propuestas o en el proceso de negociación, si alguno, de los términos y condiciones del contrato. La participación de los Proponentes en el RFP supondrá el consentimiento de éstos con las normas del proceso, según aquí dispuestas. II.

PROPÓSITO Y BREVE TRASFONDO

La propiedad municipal consiste de una parcela de terreno con cabida de 16,900.68 metros cuadrados (el "Bien Inmueble") que fue adquirida por el Municipio en febrero de 2012 y se encuentran frente a la PR-177, conocida como la Avenida Lomas Verdes, y próxima al estacionamiento del Recinto Metropolitano de la Universidad Interamericana (Ver Apéndice 1). El Bien Inmueble tiene acceso por la carretera # 8838, conocida como Avenida Juan Ponce de León. Tiene superficie llana y sus linderos son aproximadamente los mostrados el Apéndice 1. Se emprende este proceso de RFP con los siguientes propósitos: (i) hacer uso eficaz de un bien patrimonial municipal de importante valor; (ii) acceder al capital y a la experiencia de una entidad del sector privado capaz de financiar y acometer exitosamente el desarrollo y operación del Proyecto en el Bien Inmueble; y (iii) maximizar la capacidad del Bien Inmueble para generar actividad económica, ampliar la oferta residencial de alquiler y generar nuevas fuentes de ingreso para el Municipio. III.

DEFINICIONES a) "Bien Inmueble" - Se refiere a la parcela de terreno identificada en el Apéndice 1 donde antiguamente estuvo localizado el Colegio Nuestra Señora del Pilar. b) "Comité Evaluador" - Será el grupo de personas designadas por la Junta de Subastas para asesorar a la Junta de Subastas y emitir las recomendaciones que estime apropiadas y pertinentes para la adjudicación de la buena pro del RFP. c) "Comité Negociador" - Será el grupo de personas designadas por la Junta de Subastas para negociar con los Proponentes invitados por el Comité Evaluador a participar en un proceso de negociación previo a la adjudicación final. La creación del Comité Negociador y la decisión de abrir una fase de negociación antes de la adjudicación del RFP serán de la total discreción del Comité Evaluador, según se establece en este RFP y el Reglamento de Subastas. d) "Contrato" - Se refiere al acuerdo escrito otorgado entre el Municipio y el Proponente Contratado para el desarrollo del Proyecto. e) "Entidad Gubernamental" - Se refiere a cualquier departamento, agencia, corporación pública u oficina del Gobierno de Estados Unidos o del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. El término Entidad Gubernamental incluirá al Municipio de San Juan en su capacidad de entidad con capacidad para emitir permisos, endosos y otras autorizaciones del Municipio, según requeridas por las Leyes Aplicables. f) "Leyes Aplicables" - Será cualquier ley, estatuto, ordenanza, código, reglamento, regla u orden de una Entidad Gubernamental, vigente durante la celebración del RFP o al

2

momento de la otorgación del Contrato o según sea aprobada en el futuro, o cualquier acuerdo vinculante con alguna Entidad Gubernamental. g) "Municipio" - Se refiere al Municipio Autónomo de San Juan. h) "Proponente" - Se refiere a cada persona, natural o jurídica, que someta una Propuesta en respuesta de este RFP, en conformidad con los términos y condiciones de éste. i) "Proponente Contratado" - Se refiere al Proponente que finalmente otorgue el Contrato. j) "Proponente Seleccionado" - Se refiere al Proponente al cual se le adjudique la buena pro del RFP. k) "Propuesta" - Se refiere al conjunto de documentos presentados por un Proponente, en conformidad con los términos de esta Solicitud de Propuestas. Se entenderá que el conjunto de documentos constituye una Propuesta si incluye todos los documentos requeridos en esta Solicitud de Propuestas. l) "Proyecto" - Se refiere al proyecto de naturaleza residencial de alquiler y comercial a ser desarrollado en la Propiedad, conforme a los términos y condiciones del RFP, la Propuesta del Proponente Contratado y el Contrato. m) "Reglamento de Subastas" - Reglamento de Subastas y Solicitud de Propuestas del Municipio de San Juan, Capítulo 23 del Código Administrativo del Municipio de San Juan, Ordenanza Núm. 23, Serie 2001-2002, según enmendado. n) "Representante del Municipio" - Será la persona que representará al Municipio durante el proceso de Solicitud de Propuestas, identificado en el Capítulo V, inciso 3. o) "Representante del Proponente" - Será la persona designada por el Proponente para representarlo durante este proceso de Solicitud de Propuestas, incluyendo cualquier procedimiento de negociación o procedimiento posterior, según identificado conforme al Capítulo V, inciso 4. p) "RFP" - Véase, "Solicitud de Propuestas" q) "Solicitud de Propuestas" - Se refiere a este documento, publicado por el Municipio para establecer las especificaciones, términos y condiciones, que gobernarán el proceso de evaluación de Propuestas para el desarrollo del Bien Inmueble. IV.

REQUISITOS MÍNIMOS DE CALIFICACIÓN

El Municipio considerará y evaluará solamente las Propuestas que se encuentren en cumplimiento con los siguientes requisitos (en adelante, los "Requisitos Mínimos de Calificación"): 1. El Proponente deberá estar inscrito en el Registro de Licitadores del Municipio y sus documentos de cumplimiento deben estar actualizados en la fecha de entrega de la Propuesta. 2. El Proponente debe garantizar que no se retirará en ningún momento del proceso y que el cumplimiento con su Propuesta podrá ser exigible por el Municipio. Los Proponentes deberán someter los siguientes documentos como evidencia de cumplimiento con los Requisitos Mínimos de Calificación: ● Documentos para mostrar cumplimiento con el requisito número 1: Certificado emitido por la Oficina de Compras del Municipio certificando que el Proponente se encuentra inscrito en el Registro de Licitadores del Municipio y que su información está actualizada.

3

● Documentos para mostrar cumplimiento con el requisito número 2. Certificado de fianza por la cantidad total de cincuenta mil dólares ($50,000.00). La fianza podrá ser prestada mediante cheque certificado, oficial o de gerente, emitido por una institución financiera autorizada a hacer negocios en Puerto Rico, a nombre del Municipio de San Juan, mediante garantía de una compañía de fianzas autorizada a hacer negocios en Puerto Rico, o mediante efectivo, giro, Visa, MasterCard o tarjeta de débito (ATH). V.

PROCEDIMIENTO DE LA SOLICITUD DE PROPUESTAS 1. Reglamento de Subastas del Municipio de San Juan La presente Solicitud de Propuestas se celebra conforme a las disposiciones del Reglamento de Subastas y las Leyes Aplicables. El Municipio se reserva la facultad de descalificar y rechazar cualquier Propuesta que incumpla de alguna manera con los requisitos dispuestos en el Reglamento de Subastas o en este RFP. 2. Cancelación. En todo momento que así lo determine necesario y/o conveniente, y previo a la otorgación de un Contrato, el Municipio tendrá derecho a cancelar este RFP sin que los proponentes tengan derecho a reclamación alguna, incluyendo honorarios, costos y gastos relacionados con la preparación de sus respectivas propuestas. El Municipio podrá, a su entera discreción, renovar o publicar una nueva Solicitud de Propuestas cuantas veces lo estime necesario y/o conveniente con el fin de cumplir con los propósitos municipales. 3. Representante del Municipio El Representante del Municipio será el representante exclusivo del Municipio durante el procedimiento de Solicitud de Propuestas. Toda comunicación entre los Proponentes y el Municipio, luego de publicada la Solicitud de Propuestas, deberá ser dirigida al Representante del Municipio a la siguiente dirección de correo electrónico: Nombre: Sra. Karim Pacheco López Correo Electrónico: [email protected] Cualquier comunicación hecha no conforme a lo dispuesto en este inciso será nula. 4. Representante del Proponente Cada Proponente designará y proveerá la información de contacto del Representante del Proponente. Esta persona representará al Proponente ante el Municipio y será en punto de contacto durante el RFP. El Representante del Proponente será identificado en los documentos de la Propuesta según se solicita en este RFP y deberá estar autorizado por el Proponente para negociar a nombre del Proponente, lo cual deberá ser evidenciado mediante resolución corporativa que se incluirá en la Propuesta, específicamente con el Memorial Ejecutivo. 5. Itinerario del RFP Fecha y lugar de reunión pre-subasta:

29 de agosto de 2014 a las 10:00 AM en la Oficina de Compras de la Torre Municipal Calle Cardón, Piso 15

Fecha de inspección ocular del inmueble:

5 de septiembre de 2014 a las 10:00 AM

Fecha límite para someter preguntas:

26 de septiembre de 2014

Fecha y hora límite para entregar Propuestas:

7 de noviembre de 2014 a las 3:00 PM

4

El Municipio se reserva el derecho de revisar el itinerario de tiempo en tiempo según lo determine necesario. El Municipio notificará a los Proponentes mediante correo electrónico sobre cualquier cambio al itinerario. El hecho de que un Proponente no haya recibido la notificación de cambios en itinerario no será razón para que el Proponente incumpla con el itinerario enmendado. Será responsabilidad de los Proponentes mantener comunicación continua y eficaz con el Representante del Municipio. Los Proponentes deberán tomar todas las medidas necesarias para mantenerse informados de los eventos relacionados al RFP y se les advierte de la importancia de verificar periódicamente la información provista por el Municipio. 6. Aceptación de los términos y condiciones Mediante la presentación de Propuestas, los Proponentes aceptan quedar sujetos a los procedimientos, términos, condiciones e instrucciones establecidas por el Municipio en esta Solicitud de Propuestas. 7. Reunión previa a la entrega de las Propuestas e inspección ocular del Bien Inmueble El Municipio celebrará una reunión previa a la fecha de entrega de las Propuestas para recibir preguntas iniciales de los Proponentes y coordinar una inspección ocular del Bien Inmueble. La reunión será celebrada el 29 de agosto de 2014 a las 10:00 AM en la Oficina de Compras de la Torre Municipal, Piso 15. La inspección ocular con el Municipio será el 5 de septiembre de 2014 a las 10:00 AM. Los Proponentes serán responsables de obtener toda información, datos y especificaciones sobre el estado físico de los Bienes Inmuebles y que sean necesarios para preparar la Propuesta. Cada Proponente deberá coordinar con el Representante del Municipio el acceso a los Bienes Inmuebles para hacer inspecciones oculares adicionales a la inspección ocular con el Municipio y tomar datos sobre las características y condición física de éstos. Las inspecciones oculares deberán ser coordinadas y realizadas antes de la Fecha de Entrega de las Propuestas. Además de la inspección ocular con el Municipio, cada Proponente podrá coordinar varias inspecciones oculares adicionales antes de la Fecha de Entrega de las Propuestas. 8. Preguntas, Requerimientos y Solicitudes Los Proponentes deberán someter preguntas o solicitud de clarificación de cualquier elemento de la Solicitud de Propuestas no más tarde del 26 de septiembre de 2014. El Municipio se reserva el derecho de aumentar o reducir el término para presentar preguntas, requerimientos o solicitudes dispuesto en el presente inciso. Toda pregunta, requerimiento de información y/o documentación o solicitud de clarificación deberá someterse por escrito, dirigido al Representante del Municipio a la dirección de correo electrónico dispuesta en el inciso 3 de esta Parte V. El Comité Evaluador revisará y emitirá las contestaciones a todas las preguntas, requerimientos o solicitudes sometidas por los Proponentes dentro de un término de siete (7) días calendarios, contados a partir del cierre de la fecha límite de entrega de preguntas, requerimientos o solicitudes de clarificación dispuesta en esta sección 8. Solo aquellas contestaciones emitidas por el Comité Evaluador y notificadas a todos los Proponentes por el Representante del Municipio por escrito serán consideradas oficiales y vinculantes. Toda contestación emitida por cualquier funcionario del Municipio que no sea el Comité Evaluador o notificada por cualquier persona que no sea el Representante del Municipio será considerada una comunicación extraoficial y no será vinculante para el Municipio. El Municipio se reserva la facultad de extender el término para proveer sus contestaciones conforme a la presente sección. De así entenderlo necesario y/o conveniente, como parte del proceso de evaluación y contestación de las preguntas provistas por los Proponentes, el Municipio podrá enmendar y actualizar los términos y condiciones del RFP. Quedará a la entera discreción del Municipio contestar cualquier pregunta, requerimiento o solicitud que haya sido

5

presentada por un Proponente con posterioridad a la fecha límite para presentar preguntas, requerimientos o solicitudes de clarificación dispuesta en esta sección 8. 9. Presentación de Propuestas a) Requisitos de presentación - Cada Proponente deberá someter una sola Propuesta. La Propuesta será sometida en original y acompañada de cinco (5) copias, más una copia en versión electrónica (PDF). Las Propuestas serán entregadas en la fecha que se dispone en la Parte V, sección 5, de este RFP. Los Proponentes deberán identificar el sobre de la Propuesta con la siguiente información:       

Título y Número del RFP Nombre del Proponente Dirección Física Dirección Postal Número de Teléfono Número de Facsímil Nombre del Representante del Proponente, incluyendo puesto que ocupa en la entidad e información de contacto (número de teléfono y dirección de correo electrónico)

El sobre de la Propuesta incluirá: (i) un sobre conteniendo el certificado del Registro de Licitadores, el certificado de la fianza de licitación y los estados financieros auditados requeridos en este RFP; y (ii) un segundo sobre con la Propuesta. La Propuesta tendrá los siguientes componentes: i.

Memorial Ejecutivo Se deberá someter un memorial ejecutivo en papel timbrado del Proponente y firmado por el Representante del Proponente. El memorial ejecutivo será un narrativo del Proponente en el que se incluirán los siguientes elementos:         

el nombre corporativo del Proponente; la dirección física y postal del Proponente; información de contacto del Representante del Proponente (dirección física, postal, dirección de correo electrónico, número de teléfono); el número de identidad patronal (por sus siglas en inglés, EIN) del Proponente; la fecha de incorporación, organización u autorización para hacer negocios en Puerto Rico; los nombres, direcciones, título de las posiciones que ocupan (si alguna), la naturaleza y el interés propietario, de los oficiales, accionistas e/o inversionistas del Proponente; si el Proponente es una empresa conjunta (joint venture), enumere cada una de las entidades participantes y el porcentaje del interés propietario o una descripción de la naturaleza o la extensión del interés; un breve resumen del Plan de Desarrollo del Bien Inmueble y de la oferta económica para el Municipio; y una declaración del Representante del Proponente a los efectos de haber leído y estar de acuerdo con los términos, condiciones e instrucciones establecidos por el Municipio en este pliego de RFP.

El Memorial Ejecutivo deberá ser acompañado por una resolución de la Junta de Directores o cuerpo directivo análogo, dependiendo de la personalidad jurídica del Proponente, autorizando al Representante del Proponente a presentar la Propuesta a nombre del Proponente y para hacer cualquier otro trámite que sea necesario durante el proceso de RFP, incluidas negociaciones del Contrato. ii.

Parte Sustantiva de la Propuesta

6

El Proponente deberá incluir los documentos e información necesarios para demostrar cumplimiento con los cinco (5) criterios de evaluación del RFP establecidos en la sección 14 de esta Parte V. Los requisitos relacionados a cada criterio se establecen en la Parte VII de este RFP. El Proponente deberá incluir secciones separadas en la Propuesta, de tal forma que discuta y presente documentos e información para demostrar su cumplimiento con cada criterio de evaluación. b) Hora y lugar para someter la Propuesta - Las Propuestas deberán ser entregadas mediante entrega personal en el Lugar de Entrega, en la Fecha de Entrega en o antes de la Hora de Entrega, todas establecidas en la Parte V, sección 5, de este RFP. c) Propuestas sometidas en incumplimiento con el inciso anterior - Toda Propuesta sometida mediante el uso de correo, correo electrónico, facsímile o cualquier otro método distinto a la entrega personal, no será considerada por el Municipio. Además, las Propuestas presentadas luego de la hora arriba establecida serán rechazadas, salvo que la Solicitud sea declarada desierta, en cuyo caso el Municipio podrá considerar la Propuesta tardía. 10. Enmienda o Retiro de Propuestas Los Proponentes no podrán enmendar o retirar sus Propuestas. Sin embargo, el Municipio podrá solicitar enmiendas a las Propuestas en cualquier momento luego de la Fecha de Entrega. 11. Apertura de las Propuestas Se evaluará inicialmente el cumplimiento del Proponente con la entrega de los Requisitos Mínimos de Calificación. De entenderse que un Proponente no cumple de alguna forma con los Requisitos Mínimos de Calificación, el Comité Evaluador lo informará a la Junta de Subastas y le proveerá todos los datos necesarios para que ésta tome una determinación. De entender que procede la descalificación, la Junta de Subastas procederá a notificarle por escrito a ese Proponente su descalificación del RFP. Los documentos de calificación y los estados financieros auditados (a ser incluidos en el mismo sobre) no serán públicos. Luego de verificar el cumplimiento con los Requisitos Mínimos de Calificación, el Comité Evaluador procederá a abrir los sobres conteniendo las Propuestas. El Comité Evaluador verificará que cada Propuesta contenga la información y los documentos necesarios para hacer una evaluación informada, según descritos en la Parte V, sección 9(a). La Junta de Subastas podrá permitir que los Proponentes vean de forma limitada o total las Propuestas de los otros Proponentes, según el procedimiento que aquélla establezca. Todos los documentos sometidos por el Proponente en su Propuesta serán propiedad del Municipio. 12. Periodo de Validez de las Propuestas Las Propuestas deberán permanecer válidas y exigibles hasta la fecha de adjudicación de la buena pro del RFP. La Propuesta del Proponente Seleccionado deberá permanecer válida mientras el Municipio y el Proponente Seleccionado se encuentren en el proceso de negociación del Contrato. El Proponente Seleccionado deberá renovar la fianza de licitación como condición para comenzar el proceso de negociación del Contrato con el Municipio. El retiro de la Propuesta o el retiro de las negociaciones por parte del Proponente Seleccionado le darán derecho al Municipio a ejecutar la fianza de licitación requerida en la Parte IV del RFP. 13. Evaluación de Propuestas Las Propuestas serán evaluadas por el Comité Evaluador. El Comité Evaluador evaluará el cumplimiento de cada Propuesta con los requisitos dispuestos en esta Solicitud de Propuestas. El Comité Evaluador podrá solicitar que los Proponentes provean información adicional de tal forma que se pueda evaluar cada Propuesta en sus méritos. 7

El Comité Evaluador asignará una puntuación a cada Propuesta a base del grado de cumplimiento de cada una de éstas con los criterios de evaluación que se establecen en la sección 14.

14. Criterios de Evaluación El Comité Evaluador determinará si o en qué grado cada Propuesta cumple con los Criterios de Evaluación: a) Plan de Desarrollo: concepto del proyecto residencial de alquiler y comercial que sea propuesto, el plan de desarrollo y el plan para la operación del Proyecto (será importante cumplir con los parámetros generales sobre el proyecto establecidos en la Parte VI, sección 2 de este RFP); b) Experiencia y capacidad operacional: calificaciones y experiencia del Proponente; c) Capacidad financiera: capacidad del Proponente para financiar el Plan de Desarrollo y operarlo de forma económicamente sustentable; d) Oferta económica: canon de arrendamiento y/o cualquier otra oferta económica para el Municipio a cambio de los derechos que se le otorgarán al Proponente Contratado (la oferta económica deberá ser presentada según se solicita en la Parte VI, sección 1(e)); y e) Otros: otros beneficios para el Municipio que surjan de la Propuesta. El Proponente deberá identificar los beneficios adicionales y cómo éstos aportan al interés público. El Municipio se reserva el derecho de añadir o eliminar criterios de evaluación, según mejor se sirva al interés público. 15. Comunicación entre el Municipio y los Proponentes Toda comunicación entre el Municipio y los Proponentes autorizada mediante este RFP se hará de conformidad con lo dispuesto en esta Solicitud de Propuestas. Excepto por las comunicaciones de la Junta de Subastas que sean necesarias o convenientes, toda comunicación notificada a nombre del Municipio por cualquier persona que no sea el Representante del Municipio se entenderá que es de naturaleza extraoficial y la misma no será vinculante para el Municipio. Asimismo, cualquier comunicación de un Proponente hecha por una persona que no sea el Representante del Proponente o dirigida a cualquier persona que no sea el Representante del Municipio se entenderá como no hecha. El Municipio se reserva el derecho de, cuando así lo estime necesario para salvaguardar la integridad del procedimiento de RFP, descalificar a cualquier Proponente que incumpla con lo dispuesto en este RFP sobre comunicaciones entre el Municipio y los Proponentes. 16. Negociación Durante el proceso de evaluación de las Propuestas, y sujeto a lo dispuesto en este RFP, el Comité Evaluador podrá comunicarse directamente con los Proponentes con el propósito de clarificar el contenido de las Propuestas y poder hacer una evaluación exhaustiva del cumplimiento de las ofertas con los requisitos de evaluación dispuestos en el RFP. Cuando así lo estime necesario o conveniente, el Comité Evaluador podrá seleccionar aquellas Propuestas que mejor cumplan con los Criterios de Evaluación y emprenderá un proceso de negociación con los Proponentes pertinentes. En tal evento, el Comité Evaluador le recomendará a la Junta de Subastas que se le notifique por escrito a los Proponentes no seleccionados el hecho de no haber sido invitados al proceso de negociación. Tal notificación constituirá una notificación de no adjudicación.

8

Cuando se entienda necesario o conveniente entrar en tal proceso de negociación, el Comité Evaluador constituirá un Comité Negociador, el cual será responsable de llevar a cabo el proceso de negociación con los Proponentes invitados. El Comité Negociador negociará directamente con los Proponentes seleccionados por el Comité Evaluador y preparará y remitirá un informe de recomendación al Comité Evaluador, donde detallará el contenido de las negociaciones con cada uno de los Proponentes y hará una recomendación de adjudicación al Comité Evaluador, identificando los factores que apoyan su recomendación conforme a los Criterios de Evaluación dispuestos en el RFP. El Comité Evaluador preparará su informe de recomendación final utilizando el análisis y las recomendaciones hechas por el Comité Negociador. Las conclusiones y recomendaciones del Comité Negociador no serán vinculantes y el Comité Evaluador tendrá la facultad de recomendarle a la Junta de Subastas el Proponente que mejor cumpla con los propósitos de este RFP. 17. Adjudicación de la buena pro del RFP Luego de que el Comité Evaluador haya rendido su informe, la Junta de Subastas podrá proceder a adjudicar la buena pro de la Solicitud de Propuestas al Proponente que mejor cumpla con los intereses y las necesidades del Municipio, según determinado por la evaluación de cumplimiento con respecto a los Criterios de Evaluación. El Municipio no estará obligado a adjudicar la buena pro de la presente Solicitud de Propuestas si entiende que así protege el interés púbico. 18. Notificación de Determinaciones y Adjudicación La Junta de Subastas notificará la adjudicación de la buena pro mediante resolución escrita a ser enviada a todos los Proponentes por correo certificado. 19. Reconsideración y Revisión Judicial Todo Proponente adversamente afectado por una determinación o adjudicación final hecha por el Municipio podrá solicitar reconsideración dentro de un término de cinco (5) días contados a partir de la fecha del depósito en el correo de copia de la notificación de la determinación o adjudicación final. Para propósitos del presente inciso, el término "determinación final" incluye cualquier determinación hecha por el Municipio con relación a la descalificación de Proponentes y la adjudicación de la buena pro. Dicha solicitud de reconsideración deberá ser presentada ante la Junta de Subastas a la dirección indicada en la carta de notificación de la descalificación o adjudicación. El Proponente que presente una solicitud de reconsideración deberá notificar su solicitud de manera simultánea y por correo certificado con acuse de recibo a todos los demás Proponentes dentro del término de cinco (5) días dispuesto para la presentación de la solicitud de reconsideración. La Junta de Subastas tendrá tres (3) días luego de su presentación para considerar la solicitud de reconsideración. Si la solicitud de reconsideración fuera rechazada de plano, el término para acudir al Tribunal de Apelaciones se considerará no interrumpido. Se entenderá que la solicitud de reconsideración ha sido rechazada de plano cuando la Junta de Subastas deje de tomar alguna determinación dentro del término de tres (3) días dispuesto. Si se tomare alguna determinación, el término para acudir al Tribunal de Apelaciones comenzará a correr en la fecha de depósito en el correo de la notificación de la determinación de la Junta de Subastas resolviendo la solicitud de reconsideración. La presentación de una solicitud de reconsideración no será un requisito jurisdiccional previo para poder presentar un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones. La mera presentación de una solicitud de reconsideración no tendrá el efecto de paralizar de forma automática la adjudicación de la Solicitud de Propuestas ni la formalización del Contrato.

9

Todo Proponente adversamente afectado por una determinación o adjudicación final hecha por el Municipio podrá presentar una solicitud de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones dentro del término jurisdiccional de diez (10) días. En los casos donde el Proponente no presente una solicitud de reconsideración ante la Junta de Subastas, el término para acudir al Tribunal de Apelaciones comenzará a correr en la fecha de depósito en el correo de la notificación de la determinación o adjudicación final del Municipio. En los casos donde el Proponente presente una solicitud de reconsideración, el término para acudir al Tribunal de Apelaciones comenzará a correr en la fecha de depósito en el correo de la notificación de la determinación de la Junta de Subastas resolviendo la solicitud de reconsideración. La mera presentación de una solicitud de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones no tendrá el efecto de paralizar de forma automática la adjudicación de la buena pro de la Solicitud de Propuestas ni la formalización del Contrato. VI.

CONDICIONES GENERALES DEL RFP 1. Términos básicos del Contrato. a) Objeto del Contrato. El bien inmueble con respecto al cual los Proponentes deberán someter Propuestas se describe en el Apéndice 1. Los Proponentes son responsables de familiarizarse con todas las condiciones actuales del Bien Inmueble, de tal forma que su Propuesta esté plenamente informada. Cada Proponente será responsable de evaluar las circunstancias físicas, ambientales, jurídicas y de cualquier otro tipo que sean relevantes para someter la Propuesta. Los costos y gastos relacionados a estudios, inspecciones y otros serán responsabilidad exclusiva de cada Proponente. b) Derechos a ser otorgados. El Municipio considera otorgar derechos de arrendamiento, de superficie y/o cualquier otro derecho con relación a la totalidad del Bien Inmueble, que sea necesario para la implementación exitosa de la Propuesta seleccionada, sujeto a que tales derechos sean consistentes con los términos de este RFP y las Leyes Aplicables. El Municipio no considerará la solicitud de venta, total o parcial, del Bien Inmueble. c) Cánones de arrendamiento. El canon de arrendamiento será el producto de la tasa porcentual ofrecida por el Proponente y el precio de tasación del Bien Inmueble (canon de arrendamiento = tasa propuesta x valor tasado), según provisto en el pliego de RFP. El Municipio no aceptará ofertas basadas en tasaciones independientes. d) Forma de pago de los cánones de arrendamiento. Los Proponentes incluirán en su oferta económica los términos de pago de los cánones de arrendamiento. El Municipio considerará ofertas tales como el pago mensual de los cánones durante el término del contrato como un solo pago total equivalente al valor presente neto de los cánones pagaderos durante el término del Contrato, entre otras posibles alternativas. Cada Proponente deberá especificar en su Propuesta su forma de pago. El Municipio podrá otorgarle una mayor cantidad de puntos a aquellos Proponentes que se comprometan a pagar por adelantado el valor presente de los cánones de arrendamiento. e) Oferta económica de los Proponentes. Los Proponentes deberán especificar en su Propuesta los siguientes aspectos económicos: ● la tasa propuesta para el cálculo del canon de arrendamiento anual (canon de arrendamiento = tasa propuesta x valor tasado (según provisto en este RFP)); ● el factor de aumento del canon de arrendamiento durante el término del contrato y la frecuencia de aumento de éste; y ● si propone hacer un solo pago por el valor presente neto (Net Present Value) de los cánones de arrendamiento, tal pago deberá ser por la totalidad de los cánones a ser pagados durante el término del contrato 10

(aplicando el factor de aumento de las rentas durante el tiempo) y el proponente deberá presentar el valor de la tasa de descuento anual propuesta para el cálculo del valor presente neto. f) Exenciones contributivas. El Municipio no otorgará exenciones contributivas. g) Término del Contrato. El Municipio podrá otorgar el Contrato por un periodo máximo de treinta (30) años. El Contrato podrá ser renovado al vencimiento del término original del Contrato excepto según se limite por la Legislatura Municipal en la Ordenanza que habilita este RFP. h) Obligaciones generales del Proponente Contratado. Sin limitarse a otras obligaciones establecidas en las Leyes Aplicables, en este RFP o que pudieran requerirse como parte del Contrato, el Proponente será responsable de: (i) financiar, diseñar, construir, administrar, operar y mantener el Proyecto durante el término del Contrato; (ii) obtener todas las inspecciones, permisos, aprobaciones y certificados de las Entidades Gubernamentales, según sea necesario; (iii) cumplir con las Leyes Aplicables; y (v) evaluar, antes de someter la Propuesta, la condición física, ambiental y jurídica del Bien Inmueble. i) Financiamiento. El Proponente Contratado será responsable de asegurar la financiación para desarrollar, administrar y operar el Proyecto. El Municipio no erogará fondos propios para cubrir costo o gasto alguno relacionado al desarrollo, administración y/u operación del Proyecto. j) Titularidad sobre las nuevas estructuras a ser construidas como parte del Proyecto. El Proponente Contratado tendrá el derecho de propiedad sobre todas las nuevas estructuras que construya como parte del Proyecto durante la vigencia del Contrato. El título de propiedad sobre las mejoras pasará gratuitamente a favor del Municipio una vez vencido el término de treinta (30) años del Contrato, salvo en el caso que el Contrato sea renovado. 2. Parámetros generales sobre el proyecto. a) El Proyecto deberá contener usos mixtos de tipo comercial, residencial de alquiler y recreación pasiva. La actividad comercial podrá ser un porcentaje menor del Proyecto. El Municipio podrá permitir que no se incluya el componente comercial si tal determinación hace viable el proyecto residencial de alquiler. b) El proponente será responsable por los costos y gastos relacionados a la demolición y disposición de los escombros, conforme a las leyes aplicables, de cualquier estructura existente en los Terrenos, si alguna. VII.

ELEMENTOS A SER INCLUIDOS EN LA PROPUESTA PARA CUMPLIR CON LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN

El Municipio seleccionará el Proponente cuya oferta se ajuste mejor a esta Solicitud de Propuestas y sea la más ventajosa para el Municipio, según ésta cumpla con los Criterios de Evaluación. Con el fin de corroborar cumplimiento con los Criterios de Evaluación, las Propuestas deben incluir la siguiente información y documentación: 1. Oferta Económica. El Proponente deberá proveer una explicación detallada de los elementos de su oferta económica al Municipio, incluyendo las condiciones en las que se basa la oferta y los presupuestos usados para determinar las cuantías ofrecidas. Se deberán proveer los datos requeridos en la Parte VI, sección 1(f), de este RFP. 2. Plan de Desarrollo propuesto. 11

El Proponente deberá detallar el Proyecto propuesto, incluyendo, sin limitarse a éstos: (i) la cabida, forma y localización de la parcela de terreno dentro del Bien Inmueble (en el caso de necesitar solamente parte del Bien Inmueble) con respecto a la cual se solicitará derecho de arrendamiento, de superficie u otro; (ii) los dibujos conceptuales que sean necesarios para ilustrar el alcance del Proyecto, sus estructuras, accesos, elevaciones, dimensiones, propiedades arquitectónicas y otros elementos; (iii) el plan para el diseño, construcción, administración y operación del Proyecto, incluyendo un calendario de desarrollo del Proyecto en formato de tabla GANTT con fechas aproximadas relacionadas a la tramitación de permisos, comienzo de construcción, comienzo de operaciones y otras; y (iv) cualquier información adicional que permita al Municipio evaluar adecuadamente los méritos de la Propuesta y determinar si cumple con los Criterios de Evaluación. El Plan de Desarrollo deberá discutir cómo el proyecto propuesto cumple con cada uno de los parámetros generales del proyecto que se establecen en la Parte VI, sección 2, de este RFP. 3. Calificaciones y Experiencia del Proponente. Los Proponentes deberán someter información que aborde lo siguiente: a) Experiencia Relevante El Proponente proveerá un narrativo detallado sobre su historial en el desarrollo de proyectos similares en escala y complejidad al propuesto en su Propuesta durante los últimos diez (10) años. b) Estructura Organizacional El Proponente someterá la estructura organizacional propuesta. Identificará la entidad principal que otorgará el contrato con el Municipio, entidades o personas que serán accionistas o socias en la entidad principal, entidades que proveerán servicios como contratista, ya sean diseñadores, constructores, administradores/operadores, entidades proveedoras de financiamiento y cualquier otro consultor o contratista que será utilizado para el Proyecto. El Proponente deberá sustituir cualquier entidad o persona natural que el Municipio entienda, inicialmente o durante la vigencia del Contrato, no es satisfactorio c) Identificación de la Entidad Principal Cada Propuesta debe identificar y proveer todos los detalles necesarios y/o convenientes sobre la entidad principal proponente, enumerando las calificaciones y la experiencia que la empresa tiene para emprender proyectos de este tipo. Se deberá proveer evidencia en la Propuesta que sustente la alegación del Proponente de que posee las capacidades institucionales y la experiencia adecuada para ofrecer los servicios que se solicitan en esta Solicitud de Propuestas. Proporcionar las calificaciones y la experiencia del personal clave que será asignado al equipo que emprenderá las distintas actividades bajo el Contrato con el Municipio, incluidos los directores de las distintas entidades que participarán en el Proyecto. Se deberá someter un organigrama del Proponente, así como uno que muestre gráficamente la relación del Proponente con otros contratistas y consultores. d) Experiencia del Personal El Proponente describirá las experiencias relevantes anteriores de los miembros del equipo propuesto y discutirá cómo esas experiencias son importantes para los roles que esas personas asumirán en cualquier fase del desarrollo del Proyecto. 4. Financiación del Proyecto. a) Recursos Financieros El Proponente le proveerá al Municipio una lista de los recursos financieros/económicos ya comprometidos para el Proyecto o que espera obtener con bastante seguridad para el Proyecto. El Proponente deberá proveer información sobre la capacidad financiera de 12

cada corporación, sociedad o persona que contribuirá capital para el proyecto, incluyendo estados financieros auditados del período contable más reciente. b) Ingresos y Gastos Estimados El Proponente incluirá un análisis financiero pro forma del Proyecto, incluyendo las fases las fases de construcción y operación. El análisis pro forma debe proveer la siguiente información: i.

ii. iii. iv.

v.

los costos directos de administración y operación del Proyecto con el mayor grado de detalle posible, identificando partidas de costos y gastos típicas de la operación, incluyendo nómina, así como los gastos capitalizables tales como reemplazo de equipo y maquinaria; los aumentos previstos de todas las partidas durante un periodo de diez (10) años contemplado en el análisis, incluyendo el aumento en renta; el servicio de la deuda requerida y ganancias del desarrollador; los costos estimados totales para llevar a cabo las obras de construcción, incluidos todos los costos ("soft" y "hard costs"), tales como el diseño, cualquier demolición, de ser necesaria, la construcción del Proyecto y cualquier gasto general; y los detalles de los tipos y las condiciones relacionadas al financiamiento de la construcción y el financiamiento permanente, incluyendo tasas de interés, plazos de amortización, aportación de capital y fuentes de financiamiento.

FIN DEL DOCUMENTO

13

APÉNDICE 1.

DESCRIPCIÓN DEL BIEN INMUEBLE

RFP DESARROLLO DE UN PROYECTO RESIDENCIAL Y COMERCIAL EN LOS TERRENOS DEL ANTIGUO COLEGIO EL PILAR EN RIO PIEDRAS 1. Terrenos a ser desarrollados a) Descripción General Los Terrenos fueron adquiridos por el Municipio en febrero de 2012 y se encuentran frente a la PR-177, conocida como la Avenida Lomas Verdes, y próxima al estacionamiento del Recinto Metropolitano de la Universidad Interamericana (Ver Foto # 1). Los Terrenos tienen accesos por la carretera # 8838, conocida como Avenida Juan Ponce de León. La cabida de los Terrenos es de aproximadamente 16,900 metros cuadrados y tiene superficie llana. Los linderos son aproximadamente los mostrados en la Foto # 2. Foto #1.

Foto #2.

14

b) Descripción Registral ---RUSTICA: Parcela de terreno radicada en el Barrio Monacillos, antes del término Municipal de Río Piedras, hoy del término Municipal de San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de 16,857.3542 metros cuadrados, equivalentes a 4.2890 cuerdas, según mensura realizada por la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura de Puerto Rico, a través de la firma Agrimensores del Norte, certificado por el Ing. José T. Santiago Díaz, Licencia número 6375. En lindes por el NORTE, con terrenos de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico, de la Universidad Interamericana y Sabri Hamed Corporation; por el SUR, con calle marginal y la Carretera Estatal PR 177 (Ave. Lomas Verdes); por el ESTE, con remanente de la finca principal, propiedad de la Autoridad de Energía Eléctrica y área asfaltada que dará acceso a dicho remanente; por el OESTE, con terrenos de American Parking, de la Universidad Interamericana y Sabri Hamed Corporation. Finca número 26,648, inscrita al folio 71 del tomo 1010 de Monacillos, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Tercera. ---Sobre la propiedad anteriormente descrita enclavan varias estructuras, las cuales se detallan a continuación: 1. Al Sur de los Terrenos, frente a la Carretera Estatal P.R. 177, está ubicado el edificio principal de las antiguas instalaciones del Colegio El Pilar. Este edificio es una estructura de dos plantas de hormigón reforzado y bloques de cemento, dedicada en el pasado a salones de clase. 2. Al Centro de los Terrenos enclava una estructura dedicada a cafetería. Este es un edificio de una planta con una estructura de hormigón reforzado y bloques en sus extremos y una estructura techada en viguetas de acero y aluminio en su centro, a la cual le falta todo el techo. 3. En la parte posterior de los Terrenos, está ubicada una estructura de hormigón reforzado y bloques de cemento, techada de viguetas de acero y hormigón de una sola planta, dedicada a salones de laboratorio de uso institucional. Dicha estructura tiene un área de sótano de hormigón reforzado y bloques de cemento. 4. Entre los edificios de cafetería y laboratorio, está ubicada una estructura dedicada a baños. Dicha estructura de hormigón reforzado y bloques de cemento de una planta, tiene un área de construcción de 500 pies cuadrados y una altura de 10'0". 5. Además de la estructura antes mencionada, ubican en los Terrenos otras dos estructuras, una ubicada cercana a la entrada que está vacante y se encuentra en pobres condiciones, y un pequeño garaje que está ubicado al Este del edificio principal. 6. Los Terrenos tienen un área pavimentada, que se utiliza como estacionamiento, patio y acceso de aproximadamente 118,500 pies cuadrados. En el frente de la propiedad hay una verja de 7'0" de altura (4'0" en hormigón y 3'0" en rejas) que tiene 395 pies lineales. 7. En gran parte de la colindancia Oeste, hay una verja de aproximadamente 15'0" de altura (11'0" en hormigón reforzado y 4'0" de alambre eslabonado) que tiene 500 pies lineales. En la colindancia Noroeste y Norte, hay una verja de 8'0" de altura (2'0" en hormigón y 6'0" en alambre eslabonado) que tiene aproximadamente 375 pies lineales. c) Gravámenes y Cargas

15

Por su procedencia: Libre de cargas. Por sí: Libre de Cargas d) Calificación de los Terrenos La Terrenos están calificados actualmente como R-1 y R-6, por lo cual el Proponente que sea contratado deberá, de así serlo necesario, someter una consulta de ubicación ante la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe), o cualquier otra entidad con jurisdicción para atender dicha consulta, como condición para emprender el Proyecto.

16