En CSJLA encienden luces de motivos navideños

Expediente N° 131-2014: Esther .... Este criterio fue asumido en la Casación N. 3747-2014-Arequipa (El Peruano, 30/10/20
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PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV PRE CIO P PO OR PALA P ALABRA A LA ABR BRA: BRA B RA A: 00.0 01155 IINC INCLUD NCLLU LUDO UD DO IIG GV GV

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En denominado Pasaje de la Justicia

En CSJLA encienden luces de motivos navideños Alegre participación de Centro Juvenil José Quiñonez Gonzales La Corte Superior de Justicia de Lambayeque, aunándose al espíritu navideño que la fecha amerita, celebró en una acogedora ceremonia, el encendido de luces de los arbolitos navideños del pasaje La Justicia, ubicado en el frontis de esta sede. “Esta ceremonia es el inicio de la institucionalización del encendido de luces de arbolitos navideños en el recién denominado pasaje de La Justicia, espacio que será testigo de expresiones artísticas y culturales relacionadas con la paz y la justicia”, manifestó la Presidenta de la CSJLA, Mg. Ana Elizabeth Salés del Castillo. La ceremonia estuvo presidida por la Mg. Ana Salés del Castillo, y contó con la participación de Magistrados, representantes de diversas áreas de la Corte, así como de instituciones aliadas y empresas que colaboraron con la decoración. Las decoraciones navideñas fueron realizadas por: el Comité de Damas de la CSJLA; Presidencia y Bienestar Social; Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia; Colegios y Academias Aful; Banco de la

Nación; Centro Juvenil José Quiñones Gonzáles; empresa Liva; Universidad Los Ángeles de Chimbote, Sindicato de Trabajadores de la CSJLA y la Segunda Sala Civil. El evento estuvo animado por números artísticos de niños del colegio Aful, así como de jóvenes talentos del Centro Juvenil José Quiñónez Gonzales. Es importante informar que la nomenclatura de Pasaje de la Justicia, fue asignado mediante resolución N°104-2015, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial de Chiclayo y gestionado por la CSJLA.

EN CSJLA ENCIENDEN LUCES DE MOTIVOS NAVIDEÑOS; POR SUSTRAER LICOR, EN MENOS DE 48 HORAS FUERON SENTENCIADOS POR CSJLA; CONDOLENCIAS: SRA. ARMANTINA VEGA DEL AGUILA; FORTALECIENDO Y OPTIMIZANDO LA ATENCIÓN AL USUARIO INTERNO Y EXTERNO EN LAS MESAS DE PARTES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE; PRIMER Y SEGUNDO JUZGADO CIVIL MIXTO DE JAÉN CONOCERÁN PROCESOS DE LA PROVINCIA DE CUTERVO.

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CRÓNICA

Chiclayo, jueves 17 de diciembre del 2015

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV

Chiclayo, jueves 17 de diciembre del 2015

1. REMATE JUDICIAL

REMATES BIENES INMUEBLE

Telf: 481030 - 239182

PRIMER REMATE JUDICIAL (EXP. N° 874-2008) En los seguidos por MAGNA VICTORIA TARRILLO REYES contra FELIX EDGARDO CAMPOS SILVA sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, por orden del señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, que despacha la Dra. Leila Marín Mosquera, Especialista Legal Dr. Santos Flores Ramos, han dispuesto sacar a Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA, sobre las acciones y derechos que le corresponden al ejecutado del inmueble constituido por el Predio Paredón, Código de predio 7_6259275-_098853, Área Ha. 0.1860. U.C. 098853, Valle Chancay, Lambayeque, Sector Cruce Sandoval Mochumí, diligencias que se llevaran a cabo en la sala del Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, sito en la Calle Víctor Doig y Lora, N° 185 tercer piso, Distrito y Provincia de Lambayeque, Región de Lambayeque, inscrito en la Partida N° 02229993, del registro de predios de la oficina Registral N° II sede Chiclayo, remate que será efectuado por el Martillero Público Lenin Eduardo Chávez Ydrugo con Reg. N° 165 designado en autos. VALOR DE TASACIÓN: S/. 29,146.20 (Veintinueve mil ciento cuarenta y seis con 20/100 nuevos soles). BASE DE REMATE: S/. 19,430.80 (Diecinueve mil cuatrocientos treinta con 80/100 nuevos soles), que son las dos terceras partes de la tasación. GRÁVAMENES Y CARGAS: 1. Embargo en forma de inscripción, por resolución N° 1 de fecha 18/11/2008 y Resolución aclaratoria N° 03 del 28/01/2009, expedida por el Juez de Paz Letrado de Lambayeque Dra. Juana R. Huaman Alberca; Secretario Judicial Leopoldo Reyes Zeña, se ha resuelto trabar medida cautelas de embargo en forma de inscripción sobre las acciones y derechos que en propiedad le corresponden sobre el inmueble inscrito en esta partida a Felix Edgardo Campos Silva, hasta por la suma de S/. 25,000.00 nuevos soles, a favor de Magna Victoria Tarrillo Reyes, así consta en las partes debidamente certificados por el especialista legal y remitidos mediante oficio N° 971-21008-SC-JPLL, Exp. 971-2008, en los seguidos por MAGNA VICTORIA TARRILLO REYES contra FELIX EDGARDO CAMPOS SILVA sobre medida cautelar, asiento D00001. DIA Y HORA DEL REMATE: 29 de diciembre del 2015 a las 10:00 horas del día. LUGAR DEL REMATE: En la sala del Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, sito en la Calle Victor Doig y Lora, N° 185 tercer piso, Distrito y Provincia de Lambayeque, Región de Lambayeque. LOS POSTORES: Solo se admitirá como postor a quienes antes de iniciado el remate hayan depositado (Oblarán): el 10 % de la tasación en

Cheque de Gerencia a su nombre o Efectivo (esto es S/. 2,914.62 nuevos soles), adjuntando la tasa judicial en original y copia de la misma en la que se consignará a este juzgado, Número de Expediente y Número de DNI; no está obligado a este (oblaje) el ejecutante (si el ejecutante, presenta su tasa judicial, es considerado un postor más y puede participar y adjudicarse el bien a cuenta de su acreencia en el acto de remate) de conformidad con lo establecido en el artículo 735 del Código Procesal Civil, concordancias y jurisprudencias; Los honorarios del Martillero Publico son de acuerdo a Ley, teléfono RPM #947413142. Chiclayo, diciembre del 2015 LENIN EDUARDO CHAVEZ YDRUGO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 165 SANTOS AMERICO FLORES RAMOS SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5062103 B/ S/. 52.00 17, 18, 19, 21, 22, 23 Dic. PRIMER REMATE JUDICIAL (Exp. 2658-2014-0-1703-JR-CI-02) Proceso seguido por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C, contra Antonio Tello Vásquez y María Lucía Vásquez Torres, sobre ejecución de garantías, el Juez, doctor Rudecindo Jose Damián Sandoval que despacha en el SEGUNDO JUZAGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE JAEN, con intervención de la Especialista Legal, doctora Leidi Yanina Oliva Diaz, ha convocado a PRIMER remate de: BIEN A REMATAR: Inmueble ubicado en habilitación urbana progresiva Los Alcanfores, calle 1, lote 8, manzana G, sector Montegrande, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, inscrito en la partida electrónica N° 11020542 del Registro de Predios de la Zonar Registral N° II, SUNARP sede Chiclayo Oficina Registral de Jaen. TASACIÓN: US$ 48,000.00 BASE DE REMATE: US$ 32,000.00 GRAVÁMENES: Hipoteca constituida a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C, hasta por la suma de US$ 60,000.00, inscrita en el asiento D00001, materia de la presente ejecución. MARTILLERO PÚBLICO DESIGNADO: Roderick Hudson Galdos Ojeda con registro N° 117 quien en mérito a la facultad concedida por el Juzgado ha señalado lugar día y hora para el remate en PRIMER convocatoria. LUGAR DE REMATE: En la sala de remates de la oficina de administración de la Corte Superior de Justicia, ubicada en calle Mariscal Castilla N° 490, Jaén. DIA DEL REMATE: Veinte de enero del 2016. HORA DEL REMATE: Quince horas con treinta minutos. REQUISITOS PARA SER POSTOR: Entregar al Martillero Público, antes del remate: 1) No menos del 10% del valor de tasación en efectivo o en cheque de gerencia negociable girado a nombre del postor, en calidad de depósito. 2) Arancel por derecho

a participar en remate judicial, adquirido o habilitado con el número de expediente y de D.N.I, o RUC del postor. 3) Las personas jurídicas, por medio de sus representantes presentarán copia del RUC y vigencia de poder de quien la representará en el acto de remate. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con lo previsto por el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, y están afectos al IGV. Jaen 13 de noviembre del 2015 RODERICK HUDSON GALDOS OJEDA MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 117 LEIDI OLIVA DÍAZ SECRETARIA JUDICIAL 2° JUZGADO CIVIL – JAÉN PODER JUDICIAL – CSJLA P/ S/. 43.20 17, 18, 21, 22, 23, 24 Dic. SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO (Exp. N° 177-2014-0-1703) En los autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO y CREDITO PIURA S.A.C. contra TOMAS AQUINO FERNANDEZ CASTILLO y ESTHER VILLALOBOS VENTURA, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 177-2014-0-1703, el Segundo Juzgado Civil de Jaen, a cargo del Señor Juez Dr. Rudecindo José Damian Sandoval; Secretaria Judicial Dra Leidi Yanina Oliva Diaz, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA efectuado por el Martillero Público Orlando Florencio Roca Cuzcano, quien llevara a cabo el acto de remate, basado en el Código Procesal Civil, artículos 736, 737 y demás inherentes al proceso de remate, de los siguientes Inmuebles: 1.- Inmueble Uno, Parcela El Eucalipto, Sector El TabIón, U.C. 06944, Distrito Colasay, Provincia Jaén y Departamento Cajamarca, con área de 3.55 Ha. Linderos y medidas perimétricas que corren inscritos en su partida electrónica N° 02113178, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II-Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaén. VALOR DE TASACION: US $ 6,000.00 (SEIS MIL y 00/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$ 3,400.00 (TRES MIL CUATROCIENTOS y 00/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación, menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria. AFECTACIONES VIGENTES: 1).HIPOTECA, As. D00001, a favor de la CMAC PIURA S.A.C, hasta por la suma de US$ 6,000.00 (SEIS MIL y 00/100 DOLARES AMERICANOS). 2).-HIPOTECA, As. D00002, a favor de la ENTIDAD DE DESARROLLO PARA LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA - EDPYME ALTERNATIVA, hasta por la suma de US$ 28,400.00 (VEINTIOCHO MIL CUATROSCIENTOS y 00/100 DOLARES AMERICANOS). 2.- Inmueble Dos, Ubicado en Lote 1, Mz. E (Calle Agua Caliente S/N). Pueblo Tradicional Colasay, Distrito Colasay, Provincia Jaén y Departamento Cajamarca, con área de 261.90 M2. Linderos y medidas perimétricas que corren inscritos en su

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV partida electrónica N° P33003723, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaén. VALOR DE TASACION: US$ 33,000.00 (TREINTITRES MIL y 00/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$ 18,700.00 (DIECIOCHO MIL SETECIENTOS y 00/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación, menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria. AFECTACIONES VIGENTES: 1).INSCRIPCION DE HIPOTECA, As. 00003, a favor de LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C, hasta por la suma de US$ 33,000.00 DOLARES AMERICANOS. 2).- INSCRIPCION DE HIPOTECA, As. 00004. a favor de la la ENTIDAD DE DESARROLLO PARA LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA – EDPYME ALTERNATIVA, hasta por la suma de US$ 23,100.00 (VEINTITRES MIL CIEN y 00/100 DOLARES AMERICANOS). DIA Y HORA DEL REMATE PARA AMBOS INMUEBLES: 07 de Enero 2016 a las 11:00 am de la mañana. LUGAR DEL REMATE: Para los dos inmuebles, en la sala de remates ubicada en la Calle Mariscal Castilla N° 490, Jaen, Cajamarca (Segundo Piso Oficina de administración). LOS POSTORES: Oblaran no menos del 10% del valor de Tasación de cada inmueble en efectivo y/o en cheque de gerencia (no debe tener sello de NO NEGOCIABLE) y presentaran su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI), donde se consignara el N° de Expediente, Juzgado e identificación del postor, suscribiendo dicho arancel. Conforme lo establece el Art. 736 del Código Procesal Civil cuando el remate comprenda más de un bien, se preferirá a quien ofrezca adquirirlos conjuntamente, siempre que el precio no sea inferior a la suma de las ofertas individuales. La comisión del Martillero es por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732 del CPC, Ley de Martillero 27728, 28371 y al Reglamento según escala indicada en el Art. 18° D.S. 008-2005-JUS, y están afectos al IGV. Jaén, 26 de Octubre 2015. Martillero Publico Reg. N° 205 Roca Cuzcano, Orlando Florencio. Cel. 988-643628. ORNLANDO ROCA C. MARTILLERO PÚBLICO REG. NAC. 205 LEIDI OLIVA DIAZ SECRETARIA JUDICIAL 2° JUZGADO CIVIL – JAÉN PODER JUDICIAL – CSJLA P/ S/. 27.60 17, 18, 21 Dic. AVISO DE REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA Ante el Tercer Juzgado Civil, de la Provincia de Chiclayo, que despacha el Sr. Juez Dr. OSCAR TENORIO TORRES, y Especialista Legal Dra. ASTRID RENTERIA CHAFLOQUE. En el proceso seguido por, FORTUNATO LAUDIANO RIOS TEJADA. Contra, IDA SUNCIONA GONZALES VDA. DE RIOS, NANCY SARA RIOS GONZALES, CARLOS ALBERTO RIOS GONZALES, MAGALI JANET RIOS GONZALES, MARITZA CONSUELO RIOS GONZALES, JULIA ELIZABETH RIOS NUÑEZ Y RODOLFO ANTONIO RIOS GONZALES. Sobre, DIVISIÓN Y PARTICION DE BIENES. En el EXP N° 6256-2009-0-1706-JR-CI03°, el Señor Juez de conformidad con lo dispuesto por Ley 28371, que modifica los Art. 731-732 del Código Procesal Civil Concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero mediante D.S. N° 0082005-JUS, ha facultado al Martillero Público Dr. JOSE LUIS NECIOSUP FABERIO con Reg. N° 102, para llevar acabo LA REPROGRAMA-

CRÓNICA

CION DEL REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA para él, DÍA. MARTES 19 DE ENERO DE 2016. A HORAS 3:30 P.M. en la sala de Remates Ubicado en la calle San Jose N° 1052 de Chiclayo. BIEN IMUEBLE: Ubicado en la calle Próceres N° 544 (Antes Lote 37, Manzana “G”) de la Urbanización LA TINA del Distrito de José Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque con un área de 160.00 m2. Cuyas Características, área, Linderos y Medidas Perimétricas, constan inscritas en la Partida N° 02194374, del Registro de Propiedad Inmueble. En la Zona Registral N° II-Sede Chiclayo. El mismo saldrá a Remate sobre las dos terceras partes de su Tasación Comercial ascendente a US$. 197, 530.50 (CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA CON 50/100 DOLARES AMERICANOS); siendo el precio Base para el Primer Remate US$. 131, 687.00 (CIENTO TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). LOS POSTORES: Oblaran una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación Equivalente a $. 19, 754.00 Dólares Americanos, en efectivo, cheque de gerencia girado a su nombre o depósito Judicial y pagar la Tasa Judicial con el Código N° 7153 del Banco de la Nación, importe por derecho a participar en el remate por S/.770.00 Nuevos Soles. Indicando N° de EXP, Juzgado y documento de Identidad, para ser Postores. A si mismo validar la Tasa Judicial en el área de recaudaciones de la corte superior de Justicia de Lambayeque. HONORARIOS: Es de cargo del ADJUDICATARIO, la comisión del Martillero según escala regulada en el Art. N° 18 del D.S. N° 008-2005JUS. GRAVAMEN: ANOTACION DE DEMANDA: Mediante Resolución Judicial N° 01 de fecha 16/01/2012 suscrita por el Juez del Juzgado Mixto de Jose Leonardo Ortiz Dr. Juan Colina Fernández y especialista legal Dr. Yonny Llamoctanta Atalaya en el proceso seguido por LLucia Yaqueline Ríos de Carrero, contra. Ida Sunciona Gonzales Vda. De Ríos y otros, sobre. Medida Cautelar de Anotación de Demanda, signada con el número de Exp. 246-20110-1714-JM-CI-01 Así en los partes Judiciales. TELF: 074-979996289 - RPM # 0009635 - 074-979762030. Chiclayo, 16 de Noviembre de 2015. JOSE LUIS NECIOSUP FABERIO MARTILLERO PÚBLICO ABOGADO CALL 1983 ASTRID RENTERIA CHAFLOQUE SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO CIVIL DE CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5055063 B/ 448 S/. 57.00 14, 15, 16, 17, 18, 21 Dic. PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra NEGOCIOS L & R E.I.R.L. y LIMBER REYNA MELÉNDEZ, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expediente N° 010432014-0-1706-JR-CO-08, el 8° Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo a cargo del Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, con la intervención de la Secretaria Judicial Carolina Portocarrero Estela, ha facultado al martillero público Aldo Martin Zamora Millones, con Reg. N° 211, realizar el Remate Público en Primera Convocatoria del bien inmueble ubicado en el Predio Pampas de Pimentel, con U.C. 099747, valle Chancay del dis-

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Chiclayo, jueves 17 de diciembre del 2015

trito Pimentel, provincia Chiclayo, departamento Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Registral número 11054297 de la Sección Especial de Predios Rurales de la Oficina Registral Chiclayo de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. (Según informe pericial el inmueble estuvo destinado para granja y tiene un área de 20,200.00 m2). VALOR DE TASACION: US$ 655,130.00 (Seiscientos cincuenta y cinco mil ciento treinta y 00/100 dólares americanos). PRECIO BASE: US$ 436,753.33 (Cuatrocientos treinta y seis mil setecientos cincuenta y tres y 33/100 dólares americanos), equivalente a las dos terceras partes de su valorización. AFECTACIONES: 1.- HIPOTECA a favor de BBVA BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de US$ 655,000.00 dólares americanos, según Escritura Pública N° 1232 del 30-04-2014 ante Notario Público de Chiclayo Carlos Alberto Caballero Burgos, según Asiento D00005. DIA Y HORA DE REMATE: 22 de diciembre del 2015 a horas 03:15 pm. POSTORES: Presentar arancel judicial (código 07153 por S/.770.00 nuevos soles) correspondiente, consignado número de expediente, juzgado, documento de identidad; y, depositar en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de tasación (US$ 65,513.00 dólares americanos). Adjudicatario pagara honorarios del martillero público. RPM *429110, RPC 989049111, Movistar 978171100. ALDO MARTIN ZAMORA MILLONES MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 211 CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5054023 F/ 331 S/. 33.00 11, 14, 15, 16, 17, 18 Dic.

2. EDICTOS CLASIFICADOS INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS RECTIFICACION DE PARTIDA En el proceso N° 3522-2015-01706-JP-C1-1, seguidos por DERCI MARILU MARTINEZ GOMEZ sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Civil Transitorio Dr. Julio Rafael Suyón Lingan y Secretario Judicial Victor Cercado Sáenz ha dispuesto la notificación por Edictos publicándose un extracto de la RESOLUCION UNO: 09-122015. SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en vía del proceso No Contencioso la demanda interpuesta por DERCI MARILU MARTINEZ GOMEZ sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.SE RESUELVE: PUBLIQUESE, un extracto de la presente resolución, por una sola vez en el diario oficial de los avisos judiciales “La Republica” y el “Peruano”, y demuestre su cumplimiento anexando los ejemplares de los diarios donde se publicaron. VICTOR MANUEL CERCADO SAÉNZ SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL TRANSITORIO PODER JUDICIAL - CSJLA P/ 5062102 S/. 2.50 17 Dic.

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RECTIFICACION DE PARTIDA Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Ferreñafe, que despacha la Dra. Graciela Cuiquita Contreras, y en el Expediente N° 30952015 seguido por don ALEXANDER SALOMÓN PARRAGUEZ TORRES, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de su señor padre LUIS PARRAGUEZ RUIZ, inscrita ante la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, por presentar error subsanable, ya que se ha consignado como sus nombres los de Luis Heriberto Parraguez Ruiz, cuando su nombre correcto es el de LUÍS PARRAGUEZ RUIZ; la Señora Juez ha ordenado se efectúen las publicaciones mediante edictos por el término de un día, en el Diario Oficial La Republica. Ferreñafe, 09 de Diciembre del 2015 AMPARO MENDOZA DE LEÓN SECRETARIA PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO FERREÑAFE – CSJLA P/ 5059814 S/. 2.50 17 Dic. AVISO JUDICIAL EXP. N° 412-2015-JP-CI. El Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia Jose Leonardo Ortiz Chiclayo, despacha Dra. Patricia del Pilar Cueva Sampen, Secretario Robert vasquez Peralta Ali, Que toda persona tiene derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva, y Que, de la revisión del escrito que contiene la demanda, se advierte que esta reúne los requisitos legales de forma y fondo exigidos para su admisibilidad por las consideraciones expuestas; SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en VIA PROCESO NO CONTENCIOSO, la demanda interpuesta por JESUS DEL CARMEN PAREDES VILLALOBOS, sobre RECTIFIACIÓN DE PARTIDA; PROGRÁMESE AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, para el día MARTES CINCO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas DOS Y CUARENTA Y CINCO DE LA TARDE, hora exacta, en el local del juzgado, bajo apercibimiento de archivarse el presente proceso. PUBLÍQUESE un extracto del presente auto que admite la rectificación, por UN DÍA, en el Diario Oficial “El Peruano” y “La Republica”; a cuyo efecto, la parte demandante deberá cumplir con acreditar ante este juzgado, hasta un día antes de la fecha fijada para la realización de la audiencia arriba descrita, haber realizado las publicaciones correspondientes. Jose Leonardo Ortiz 09 de Diciembre del 2015 ROBERT ALI VASQUEZ PERALTA ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO DE PAZ LETRADO MBJ-JLO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5059823 B/ 496 S/. 4.00 17 Dic. EDICTO En el Expediente No. 00568-2015-01703-JR-CI-01, seguido en el Primer Juzgado Civil de Jaén, que despacha el señor Juez Dr. Lucien Eli Montoya Urbina, y Secretario judicial Roberto Huamán Santisteban, don Segundo Luis Gonzáles Bustamante demanda la SUSTRACCION DE NOMBRE, por lo que solicita que mediante sentencia se disponga el cambio de su nombre de SEGUNDO LUIS GONZALES BUSTAMANTE a LUIS GONZALES BUSTAMANTE. Lo que se hace de conocimiento a los interesados, para que se apersonen al proceso y hagan valer sus derechos. Jaen, 07 de Diciembre del 2015

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Chiclayo, jueves 17 de diciembre del 2015 LUCIÉN MONTOYA URBINA JUEZ PRIMER JUZGADO CIVIL MIXTO – JAEN PODER JUDICIAL – CSJLA ROBERTO HUAMAN SANTISTEBAN SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL MIXTO – JAEN PODER JUDICIAL – CSJLA

P/ S/. 3.50 17 Dic.

SUCESIÓN INTESTADA SUCESION INTESTADA ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL DE CHICLAYO, QUE DESPACHA EL DOCTOR WILLY ARNALDO LOPEZ FERNANDEZ, EN CALIDAD DE JUEZ TITULAR A CARGO DEL PRESENTE ORGANO JURISDICCIONAL Y, EL SECRETARIO JUDICIAL MARCO STEVE VASQUEZ PINEDO, SE RESOLVIO EN EL PRESENTE PROCESO SIGNADO CON EL NUMERO 2898-2015-0, MEDIANTE RESOLUCION NUMERO DOS, DE FECHA VEINTITRES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, LA MISMA QUE DECLARA: ADMITIR A TRÁMITE en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud sobre SUCESION INTESTADA presentada por MARCELA DORIS ORDOÑEZ TORRES, respecto de su extinto hermano HUMBERTO ORDOÑEZ TORRES, fallecido en la ciudad de Chiclayo el día diecinueve de mayo del año dos mil quince. Chiclayo, 23 de Noviembre del año 2015. MARCO S. VASQUEZ PINEDO SECRETARIO JUDICIAL 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5060855 B/ 516 S/. 3.00 17 Dic.

3.NOTIFICACIONES NOTIFICACIÓN JUDICIAL POR EDICTO Ante Juzgado Mixto de Ferreñafe, Despacha el Juez Provisional Luis Alberto Hernandez Revilla: Secretaria Ana Ruth Tarrillo Suarez; se tramita Expediente 198-2015, seguido por EDINSON MARIANO CABRERA y LOURDES JANET PISCOYA TELLO contra BERTHA VALENTINA CHAMAYA MARTINEZ y HEBERT PABLO NECIOSUP VASQUEZ sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio; habiéndose ordenado NOTIFICAR por EDICTOS, con extracto de demanda, resolucion admisoria, es como sigue: EXTRACTO DE DEMANDA: EDINSON MARIANO ROJAS CABRERA, DNI 40708317 y LOURDES JANET PISCOYA TELLO, DNI 40691110, ambos con domicilio en Calle Arica 664 - distrito Pueblo Nuevo; contra BERTHA VALENTINA CHAMAYA MARTINEZ y HEBERT PABLO NECIOSUP VASQUEZ; PETITORIO: Que, ejercicio de nuestro derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, interponemos DEMANDA DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO contra BERTHA VALENTINA CHAMAYA MARTINEZ y HEBERT PABLO NECIOSUP VASQUEZ; por RESOLUCION UNO del diecinueve junio del 2015; AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE Vía Proceso Abreviado demanda interpuesta por EDINSON MARIANO ROJAS CABRERA y LOURDES JANET PISCOYA TELLO contra BERTHA

CRÓNICA

VALENTINA CHAMAYA MARTINEZ y HEBERT PABLO NECIOSUP VASQUEZ sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA, en consecuencia, notifíquese a los demandados para que en el plazo de 10 DIAS de la última notificación se apersonen al proceso y contesten la demanda; bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de incumplimiento; mediante EDICTOS con la demanda, anexos y resolucion número uno, publíquese un extracto de la demanda, TRES VECES consecutivas en Diario Oficial “El Peruano” y “La Republica”, conforme al artículo 506 del Código Procesal Civil. Ferreñafe, 05 de Noviembre del 2015 ANA RUTH TARRILLO SUAREZ SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO DE FERREÑAFE PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5062083 S/. 16.50 17, 18, 21 Dic. EDICTOS El Juez del 4JECCH Dr. Edwin Eduardo Siadén Diaz y Esp. Legal German Surita García, en el Exp. N° 3843-2014-0-1701-J-CI-4, seguidos por FRANCISCO GAUDENCIO ROJAS MARTINEZ contra ERIKSON RONIER DAVILA LOZANO Y OTROS sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO ha ordenado NOTIFICAR POR EDICTOS la Resolucion UNO AUTOADMISORIO (12-11-14); RESUELVE: ADMITIR a trámite EN LA VIA DE CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por FRANCISCO GAUDENCIO ROJAS MARTINEZ contra ERIKSON RONIER DAVILA LOZANO, CRISPEN MEDINA AGUERO, sobre nulidad de acto jurídico. Confiérase TRASLADO de la misma a los demandados por el plazo de TREINTA DIAS a fin de que la absuelva. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican en el escrito de demanda. Chiclayo, 14 de diciembre del 2015 GERMAN SURITA GARCÍA SECRETARIO JUDICIAL CUARTO JUZGADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5061970 S/. 9.00 17, 18, 21 Dic. NOTIFICACIÓN EXP. N° 00804-2006-0-1703-JP-FC01, Ante al Primer Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Jaén, que despacha la Jueza JESUS MARIELA RODRIGUEZ RAMIREZ, con intervención de la secretaria judicial ANA MELVA VERGARA HERRERA doña LUZ YANINA SANCHEZ PEREZ, ha interpuesto la demanda de ALIMENTOS contra ISAIAS MUÑOZ ALTAMIRANO, se ha resuelto mediante resolución N°41, notificar al demandado mediante edictos con un extracto de la resolucion N° 40 que RESUELVE: APROBAR la liquidación practica mediante resolucion treinta y nueve en consecuencia REQUIERASE al demandado ISAIAS MUÑOZ ALTAMIRANO, para que en el plazo de tres días cumpla con pagar a favor de la demandante la suma de MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES Y 44/100 NUEVOS SOLES, puesto a cobro por concepto de pensiones alimenticias; bajo apercibimiento de remitirse copias al Ministerio Publico para la denuncia correspondiente; Notifique por tres días Jaen, 15 de diciembre del 2015 ANA MELVA VERGARA HERRERA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO JAÉN PODER JUDICIAL – CSJLA P/ S/. 10.80 17, 18, 21 Dic.

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV

NOTIFICACION POR EDICTOS 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO - JAEN EXPEDIENTE: 00020-2015-0-1703JP-FC-02 MATERIA: ALIMENTOS JUEZ: MENDOZA ZA VALET A MANUEL ANTONIO ESPECIALISTA: LLUNCOR TERRONES JULIO CESAR DEMANDADO: SUCLUPE CHAPOÑAN, MIGUEL ANGEL DEMANDANTE: AYALA DAVILA, ZADITH KATHERINE Por ante el segundo Juzgado de paz letrado de la provincia de Jaen que despacha el Dr. MENDOZA ZAVALETA MANUEL ANTONIO, con intervención del Secretario Julio Lluncor Terrones, en los seguidos por AYALA DAVILA, ZADITH KATHERINE, contra: SUCLUPE CHAPOÑAN, MIGUEL ANGEL sobre Alimentos; mediante RESOLUCION NRO- 05, se ha dispuesto notificar mediante edictos al demandado, de quien se desconoce su domicilio actual, con el auto admisorio de fecha 06-03-2015, cuyo tenor literal es como sigue: (1) ADMITIR en vía de proceso UNICO, la demanda interpuesta por AYALA DAVILA, ZADITH KATHERINE, contra SUCLUPE CHAPOÑAN, MIGUEL ANGEL, sobre Alimentos, (2) por ofrecidos los medios probatorios que se indican. (3) confiérase traslado al demandado por el termino de 05 días, más el plazo especial de 15 días para que conteste la demanda, quien al apersonarse deberá cumplir con los requisitos exigidos por los artículos 442, 444 y 565 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Notifíquese al demandado por tres días consecutivos, por edictos que se publicaran en el diario “La República” encargado de los avisos judiciales y diario “Ahora” de la ciudad de Jaén. Jaen, 23 de Noviembre del 2015 JULIO CESAR LLUNCOR TERRONES SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO PJ-CSJLA-JAEN P/ S/. 16.20 17, 18, 21 Dic. EDICTO El señor Juez del juzgado del Juzgado Mixto del distrito de Oyotún, Dr. Hernán Cabrera Montalvo, asistido por el secretario judicial Juan Manuel Cerna Rodríguez, ha ordenado: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por don Elmer Cancino Sánchez contra don Eduardo Raúl Vasquez Coronado, en la vía de Proceso de CONOCIMIENTO, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que señala. Córrase traslado al demandado por el plazo de TREINTA DIAS hábiles para que absuelva la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. NOTIFIQUESE al demandado mediante edictos en el diario Oficial La Republica de la Ciudad de Chiclayo; fijándose los edictos además en la Tablilla del Juzgado y en los sitios que aseguren su mayor difusión; la publicación se hará por tres días hábiles, conforme a lo establecido en el artículo 169° del Código Procesal Civil. Oyotún, 16 de noviembre 2015 HENÁN CABRERA MONTALVO JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO UNIPERSONAL DE OYOTUN JUEZ TITULAR PODER JUDICIAL - CSJLA P/ 5060242 B/ 505 S/. 11.00 17, 18, 21 Dic. EDICTO JUDICIAL Que, ante el Juzgado Civil de Ferreñafe, Juez Supernumerario Dr. Luis

Hernandez Revilla, Secretaria Marielena Ordinola Reyes; Expediente 00033-2015-0-1707-JM-CI-01 don GENARO BAZAN MORI demanda por PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO a FRANCISCO ARTEMIO HERNANDEZ INGOL, habiéndose ordenado la publicación de un extracto de la demanda mediante edictos por TRES VECES consecutivas; siendo como sigue: 1. DEMANDA: GENARO BAZAN MORI con DNI 17446954, interponen demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO contra FRANCISCO ARTEMIO HERNANDEZ INGOL2. RESOLUTION NUMERO DOS: Ferreñafe, treinta de julio del dos mil quince: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en vía de PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por don GENARO BAZAN MORI contra FRANCISCO ARTEMIO HERNANDEZ INGOL sobre de Prescripción Adquisitiva, por ofrecidos los medios probatorios; POR SEÑALADO su domicilio procesal; CONFIERASE TRASLADO al demandado por el plazo de DIEZ DIAS a fin que se apersone al proceso y conteste la demanda; Notifíquese al demandado Francisco Artemio Hernandez Ingol conforme lo señala el artículo 165 del Código Procesal Civil, con la demanda, anexos y presente resolucion; PUBLIQUESE un extracto de la presente demanda por tres veces consecutivas en el diario oficial y en uno de mayor circulación conforme lo señala el artículo 506 del Código Procesal Civil. MARIELENA ORDINOLA REYES ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO MIXTO DE FERREÑAFE PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5060257 B/ 507 S/. 12.00 17, 18, 21 Dic. EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado Mixto del Módulo Básico de Jose Leonardo Ortiz, Que Despacha el Señor Juez Dr. ERICK FRANK PEREZ ALQUIZAR y Especialista Legal Dra. CECILIA LABRIN ROMERO; en el EXP. N° 354-2014-0-1714-JM-CI-01; Mediante Resolucion NUMERO OCHO de fecha dos de Noviembre del dos mil quince, SE RESUELVE: NOTIFICAR por edictos al demandado AGUSTIN GUEVARA RAFAEL, en consecuencia, PUBLIQUESE un extracto de la demanda, resolucion admisoria de fecha 12 de septiembre del 2014 y la presente resolucion en el Diario Oficial c “El Peruano” y la “Republica” por TRES DIAS consecutivas para que se apersone al proceso en el plazo de TREINTA Y CINCO DIAS y ejercite su derecho de defensa , bajo apercibimiento. de nombrársele curador procesal; Mediante RESOLUCION NUMERO UNO de fecha doce de septiembre del dos mil catorce, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la Vía Causal de PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por KARETINE ELIANA ARAUJO RUIZ contra ELMER GUEVARA CUEVA, AGUSTIN GUEVARA RAFAEL sobre REINVINDICACION, COBRO DE FRUTOS E INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS en consecuencia; por ofrecidos los medios probatorios; COFIERASE TRASLADO a los demandados por el termino de DIEZ DIAS para que se apersonen al proceso y contesten la demanda; y a fin de notificar al demandado AGUSTIN GUEVARA RAFAEL .-Que, recurre a su despacho, a fin de demandar la Reivindicación del. Bien Inmueble de mi propiedad, consiguientemente la restitución del mismo, el cobro de frutos e indemnización de danos y perjuicios, intereses, costas y costos, la misma que la dirijo en contra del señor AGUSTIN GUEVARA RAFAEL y contra el Señor ELMER GUEVARA

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CUEVA, por cuanto sin asistirles derecho, han tornado posesión del predio ubicado en la Av. SANCHEZ CERRO LOTE 4 MZ. C4 - 5TO SECTOR VILLA HERMOSA distrito de Jose Leonardo Ortiz. Fdo. Juez Dr. Erick Frank Perez Alquizar.- Especialista Legal Cecilia Labrin Romero. Jose Leonardo Ortiz, 10 de diciembre del 2015 E. CECILIA LABRIN ROMERO ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO MIXTO – MBJ-JLO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5060286 B/ 509 S/. 18.00 17, 18, 21 Dic. EDICTO JUDICIAL Exp. N° 617-2014 En el Juzg. de Paz Letr. de J. L. Ortiz que despacha la Dra. Patricia Cueva Sampén, en los seguidos por Edita Campos Herrera sobre filiación y alimentos, se ha ordenado notificar con la Res: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por EDITA CAMPOS HERRERA, contra CASINALDO CHINCHAY CRUZ sobre FILIACION JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL Y ALIMENTOS, en consecuencia NOTIFIQUESE al demandado para que dentro del término de DIEZ DIAS de notificado CUMPLA con RECONOCER a la menor GREYSI CHINCHAY CAMPOS nacida el 01 de abril del dos mil 2012, en la Provincia de Jaén, bajo expreso apercibimiento de que el presente mandato se convierta en declaración judicial de paternidad, comunicándose a las entidades pertinentes; NOTIFIQUESE al demandado por un plazo de 03 días para que dentro de 15 DIAS se apersona a la instancia, bajo apercibimiento de designársele curador procesal(...)Fdo: Dra. Cueva JUEZ. Dr. Cadena.- Sec. J. L. Ortiz, 11 de diciembre 2015 ENRIQUE N. CADENA BANCES SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5058703 B/ 494 S/. 9.00 16, 17, 18 Dic. NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE 3099-2015 sobre Filiación de Paternidad y Maternidad Extramatrimonial seguido por AUGUSTO ROJAS ALVARADO, PEDRO PABLO ROJAS ALVARADO y MARIA DEL PILAR ROJAS VIUDA DE GUEVARA, contra NATIVIDAD JESUS ROJAS ALVARADO. La Señora Juez Patricia Vallejos Medina ha resuelto: RESOLUCION UNO: Chiclayo 18.08.2015: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por AUGUSTO ROJAS ALVARADO, PEDRO PABLO ROJAS ALVARADO y MARIA DEL PILAR ROJAS VIUDA DE GUEVARA, contra NATIVIDAD JESUS ROJAS ALVARADO sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE FILIACIÓN DE PATERNIDAD Y MATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL, en la VIA DE PROCESO DE CONOCIMIENTO; por señalado su domicilio procesal; por ofrecidos sus medios probatorios CORRASE TRASLADO al demandado por el plazo de TREINTA DIAS para que conteste la demanda; bajo apercibimiento de declarársele rebelde; RESOLUCION NUMERO TRES: Chiclayo 20.11.2015: NO CONSIDERAR COMO DEMANDADO A DON NATIVIDAD JESUS ROJAS ALVARADO, al no haber subsanado la omisión incurrida ordenada mediante resolucion numero dos; NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS; a los sucesores inciertos de don Alejandro Rojas Muñoz y doña Ana Maria Alvarado Sanchez, para que se apersonen o contesten la demanda en el plazo de sesenta días hábiles, acreditando

CRÓNICA

su calidad de herederos mediante sucesión intestada o testamento, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes y nombrárseles curador procesal; realizándose las publicaciones por Tres Días hábiles en el diario oficial el Peruano y Diario LA REPUBLICA. Chiclayo, 10 de diciembre de 2015 ELIZABETH PAZ CARBAJAL SECRETARIA SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5023662 B/ 263 15, 16, 17 Dic.

4. EDICTOS PENALES EDICTO PENAL Expediente: 160-2011-03-JIPSICSJL-RIV (FORMALIZACIÓN Juzgado: JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA Imputado: JOSE ALCARAZO SILVA. Delito: VIOLACION SEXUAL DE MENOR. Agraviado: MENOR DE INICIALES A.M.C. Juez: Dra. ROSA FERNANDEZ ARRASCUE. Especialista: Abog. YUSBELIA URDIALES SEGURA. SE EMITE LA PRESENTE RESOLUCION NUMERO TRES donde se dispone REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DIA 21 DE DICIEMBRE DE 2015 A HORAS 1:00 DE LA TARDE, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de San Ignacio - 3a Piso, para que se notifique al Imputado JOSE ALCARAZO SILVA proceso seguido al investigado, como presunto autor del delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR, en agravio de MENOR DE INICIALES A.M.C; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte procesal; Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 160-2011-03-JIP-SI en el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACION, en el diario oficial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, por el lapso de 3 DIAS HABILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal. San Ignacio, 10 de Diciembre del 2015 DRA. ROSA FERNANDEZ ARRACUE JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA Y LIQUIDADOR TRANSITORIO – SAN IGNACIO PODER JUDICIAL – CSJLA 17, 18, 19 Dic. EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 2588-2015-01706-JR-PE-05 JUZGADO: Séptimo Juzgado Penal Unipersonal Chiclayo JUEZ: MARIA MERCEDES DOMINGUEZ HUAMAN ESPECIALISTA JUDICIAL: Karen Moreno Rodríguez Se NOTIFICA a LUIS ALBERTO DÍAZ SANCHEZ, con la resolución número UNO de fecha 20 de OCTUBRE del 2015, mediante la cual se ha RESUELTO: PROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día ONCE DE DICIEMBRE del año dos mil Quince a horas DIEZ DE LA MAÑANA, diligencia que se realizara en la SALA DE

JUDICIAL

Chiclayo, jueves 17 de diciembre del 2015

AUDIENCIAS NUMERO CATORCE de los juzgados Unipersonales, ubicada en el TERCER PISO de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la calle José Leonardo Ortiz número 155 – Chiclayo bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto asi el proceso N° 2588-2015-0-1706-JR-PE05 en el proceso seguido contra el acusado, LUIS ALBERTO DIAZ SANCHEZ, como presunto autor del delito contra La Familia en su figura de Omisión de Asistencia Familiar modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, ilícito previsto en el Primer Párrafo del artículo 149° del Código Penal en agravio de DALIA DIAZ VASQUEZ este Juzgado es competente a tener lo dispuesto en el artículo 28° numeral 2 de la norma acotada. Chiclayo, 20 de octubre del 2015 MARIA MERCEDES DOMINGUEZ HUAMAN JUEZ PJ-NCPP-CSJLAMB 16, 17, 18 Dic. EDICTO PENAL Oficio N° 7868-2014-31-1708-JRPE-01/DRMOY JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: CORINA SILVA ZELADA ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro CITA Y EMPLAZA; a los imputados de autos JULIANA VELARDE CAYRO y JHAIRO SALOMON ESPINOZA DEL ROSARIO a efectos de notificarles con el tenor de la resolucion dos de fecha 02 de noviembre de 2015 que dispone REPROGRAMAR AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONSTITUCION DE ACTOR CIVIL para el día 22 DE DICIEMBRE DE 2015 a horas 08:00 a.m. (hora exacta), la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitoria de la ciudad de Lambayeque, sito en calle Bolívar N° 624 - Segundo piso - Lambayeque Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 7868-2014-31-1708-JRPE, seguida contra Juliana Velarde Cayro y otro, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado. DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 16, 17, 18 Dic. EDICTO EXPEDIENTE N°: 2015-779-CJPUSJ JUEZ: DR. JOSE LUIS TORRES BALLENA ESP. DE JUZGADO: JOSELITO MEJIA PEREZ SE HACE SABER A: LUIS MIGUEL RUIZ MEZA El Señor Juez del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Jaen, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL ACUSADO: LUIS MIGUEL RUIZ MEZA con la parte resolutiva de la resolución numero UNO de fecha veintitrés de noviembre del año dos mil quince, en la que se ha resuelto lo siguiente: “AUTOS Y VISTOS;... SE RESUELVE: 1.REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL en la presente causa seguida contra el acusado LUIS MIGUEL RUIZ MEZA como presunto autor del delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, para el día VEINTITRES DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA

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(HORA EXACTA) que se llevara a cabo en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede Jaen, ubicado en las intersecciones de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ en caso de inasistencia y ordenarse su captura a nivel nacional. Por haberse ordenado así en el Expediente N° 779-2015, seguido contra LUIS MIGUEL RUIZ MEZA por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD. Jaén, 23 de noviembre del 2015 JOSE LUIS TORRES BALLENA JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CSJLA – JAEN 16, 17, 18 Dic. EDICTO EXP. N° 01985-2012-46-JULIO BENAVENTE DELGADO EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. REYNERIO DIAZ NOTIFICA A LA AUDIENCIA DE CONTROL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA AL SENTENCIADO ALFREDO VIDAL LABRIN, PARA EL DIA MARTES VEINTINUEVE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS NUEVEDELA MAÑANA (HORA EXACTA) EN EL EXP. N°. 01985-2012-46 QUE SE LE SIGUE POR EL DELITO DE MICROCOMERCIALIZACION O MICROPRODUCCION EN AGRAVIO DEL ESTADO EN LA SEGUNDA SALA DEAUDIENCIA CITO EN AV. VIRREY TOLETO S/N. CUADRA DIEZ. JOSE LEINARDO ORTIZ, 10 DE DICIIEMBRE DEL 2015 REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ – JLO 16, 17, 18 Dic. EDICTO EXPEDIENTE N°: 2014-4220-CJPUS-J JUEZ: DR. JOSE LUIS TORRES BALLENA ESP. DE JUZGADO: JOSELITO MEJIA PEREZ SE HACE SABER A: LUCIO PACO SANTA CRUZ CAMPOS El Señor Juez del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Jaen, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL ACUSADO: LUCIO PACO SANTA CRUZ CAMPOS con la parte resolutiva de la resolución número CUATRO de fecha nueve de diciembre del año dos mil quince, en la que se ha resuelto lo siguiente: “AUTOS Y VISTOS;... SE RESUELVE: 1.- REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL en la presente causa seguida contra el acusado LUCIO PACO SANTA CRUZ CAMPOS como presunto autor del delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR en agravio de V.V.A.I Y OTRO, para el día SEIS DE ENERO DEL DOS MIL QUINCE. A HORAS DOS Y CUARENTA DE LA TARDE (HORA EXACTA) que se llevara a cabo en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede Jaen, ubicado en las intersecciones de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ en caso de inasistencia y ordenarse su captura a nivel nacional. Por haberse ordenado así en el Expediente N° 4220-2014, seguido contra LUCIO PACO SANTA CRUZ CAMPOS por el delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR en agravio de

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Chiclayo, jueves 17 de diciembre del 2015

V.V.A.I Y OTRO. Jaén, 09 de diciembre del 2015 JOSE LUIS TORRES BALLENA JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CSJLA – JAEN 16, 17, 18 Dic. EDICTO PENAL EXP. N° 04036-2015-0-1706-JR-PE04°-HRR-geyc AVOCANDOSE POR DISPOSICION SUPERIOR LA SENORTTA JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE, DRA. CECILIA MARGARITA GRANDEZ ROJAS. Por intermedio de la presente CITA, LLAMA, EMPLAZA, Y NOTIFICA a la acusada VANESSA IVONNE ENEQUE VASQUEZ, identificado con DNI N°42502463, al tenor del Acta de Audiencia de Control de Acusación, de fecha 13 de noviembre del 2015, que contiene la resolución Nro. Cuatro, que dispone: I.- DECLARAR FRUSTRADA LA PRESENTE AUDIENCIA al haberse notificado en una dirección errónea a la acusada. II.- NOTIFICAR a la acusada VANESSA IVONNE ENEQUE VASQUEZ en su domicilio real ubicado en calle Manuel Mesones Muro Mz. 151 - Lote 32 - distrito de La Victoria - Chiclayo y mediante EDICTOS, con la presente acta de audiencia. III.- REPROGRAMAR la presente audiencia de CONTROL DE ACUSACION para el día 08 DE ENERO DEL 2016 A LAS 08:30 A.M. (HORA EXACTA). EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO CUATRO del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo. Se Notifica en este acto a la señora Fiscal y el abogado de oficio del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de la representante del Ministerio Publico y abogado de oficio se aplicará el artículo 144° inciso 2) v 85° inciso 1) del Nuevo Código Procesal Penal respectivamente. IV.- LLAMESE LA ATENCION a la Asistente Jurisdiccional al haber realizado la cedula de notificación a la acusada con retraso, indicándole tener más cuidado en su trabajo en caso de persistir se remitirá copias a ODECMA. V.- CUMPLA a la Especialista de Audiencias con entregar la presente acta de audiencias en el día para que se pueda notificar debidamente a la acusada, bajo responsabilidad funcional. Por haberse ordenado en el proceso penal Nro. 4036-2015-0-1706-JRPE-4°-JIP, seguida contra VANESSA IVONNE ENEQUE VASQUEZ por el delito de Sustracción de menor, en agravio del Jimmy Teddy Castro Castañeda. Especialista de Juzgado: Dr. Humberto Ruiz Ruiz. Chiclayo, 13 de noviembre del 2015 CECILIA M. GRANDEZ ROJAS JUEZ TITULAR 4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 16, 17, 18 Dic. EDICTO PENAL Inst. No. 6510-2015-0 ESPECIALISTA LEGAL: Dra. KARINA GONZALES PAREDES MOTIVO: NOTIFICACION. EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECILIZADO PENAL DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. REYNERIO DIAZ TARRILLO CITA, LLAMA Y EMPLAZA a los imputados SIMEON GABRIEL PIZARRO GOMEZ; CON UN EXTRACTO DE LAACUSACION FISCAL; HECHOS: Con fecha 17 de mayo de 2015, a horas 17.25 aproximadamente, en

CRÓNICA

circunstancias que personal policial realizaba patrullaje motorizado por la intersección de las avenidas Paraguay y Argentina en JLO, intervino a SIMEON GABRIEL PIZARRO GOMEZ, el que presentaba síntomas de ebriedad, conduciendo el vehículo menor mototaxi de placa de rodaje NC-53309, marca RTM, color azul. Por tal motivo fue conducido hasta la CPNP de Jose Leonardo Ortiz para las diligencias del caso. Sometido al respectivo dosaje etílico, como resultado arrojo conforme se desprende del certificado N”00230003527 de fecha 17 de mayo de 2015 que, la muestra contiene alcohol etílico en un ramo sesenta cgs. (1.60 G/L) de alcohol por litro de sangre. EL ARTICULO DE LA LEY PENAL QUE TIPIFIQUE QUE EL HECHO, ASI COMO LA CUANTIA DE LA PENA QUE SE SOLICITE El hecho relata la presunta comisión del delito contra la Seguridad Publica, en su modalidad de PELIGRO COMUN - CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD previsto en el primer párrafo del Art. 274 del Código Penal, que prescribe: “El que encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos litro, o bajo el efecto de drogas toxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor ,de dos años o con prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas c inhabilitación, conforme al artículo 36 inciso 7)”. POR LO EXPUESTO: SE ACUSA a SIMEON GABRIEL PIZARRO GOMEZ como AUTOR DIRECTOR del delito contra la Seguridad pública, en su modalidad de PELIGRO COMUNCONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD y, y solicito se le imponga SEIS MESES DE - PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD e INHABILITACION por el mismo lapso de la pena principal, conforme al Art. 36 numeral 7 del Código Penal, asimismo; pague la suma de SEISCIENTOS NUEVOS SOLES (S/.600.00) por concepto de reparación civil a favor de la parte agraviada.EXTRACTO DE LA RESOLUCION NOMERO UNO: SE RESUELVE: DAR POR INICIADA LA ETAPA INTERMEDIA; CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ DIAS del requerimiento de acusación, acompañándose copia de todo; y cumplido que sea, prográmese la Audiencia Preliminar para debatir los fundamental del requerimiento fiscal de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. NOTIFIQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. NOTIFJQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada.III.- RESOLUCION NÚMERO: TRES. Jose Leonardo Ortiz, veinte de noviembre Del año dos mil quince.PARTE EXPOSITIVA: Se registró

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV

en audio PARTE CONSIDERATIVA: Se registró en audio PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe En consecuencia en aplicación del artículo 85 inciso 2 del código procesal penal se RESUELVE: 1.- DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia y se reprograma para. EL DIA OCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, tomando las previsiones del caso que el edicto demora en ser publicado, dicho edicto se publicara con un extracto de la acusación, la pena, reparación civil, medios probatorios, para lo cual se le concede al imputado Pizarro Gomez, el plazo de diez días hábiles para que absuelva la acusación que se va a publicar en el edicto correspondiente y se le va a informar que se le ha nombrado un defensor público, siendo su abogada la Dra. Tatiana Carranza Lozano. 2.- DISPONER que se le haga saber al imputado para que concurra al juzgado correspondiente si lo cree pertinente.- Por haberse dispuesto así en la instrucción No. 6510-20150 que se le sigue por el delito de CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Jose Leonardo Ortiz, 09 de diciembre del 2015 KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO 16, 17, 18 Dic. EDICTO PENAL EXP. N° 06195-2015-0-1706-JRPE-01 EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: Dra. JENNY KARINA INOÑAN MARTINO CITA Y EMPLAZA al señor SANTIAGO ANDRES PINEDA AGUILAR para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACION, en el proceso 06195-2015-0-1706-JR-PE01. RESOLUCION NUMERO: CUATRO PARTE CONSIDERATIVA: (Se registró en audio) PARTE RESOLUTIVA: SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia para el día DOCE DE ENERO DEL AÑO 2016. A LAS 09:00 A.M. (HORA EXACTA), en la sala de audiencias número uno, quedando válidamente notificada la señorita fiscal en este acto. NOTIFICAR con la presente resolucion al defensor público Dr. JUAN EDILBERTO BURGA TORRES en su domicilio procesal SEÑALADO EN AUTOS. CURSAR OFICIO a la Direccion de la defensoría Publica de Chiclayo, informando respecto de la inasistencia del mencionado defensor público a esta audiencia ADJUNTANDOSE copia de las piezas procesales pertinentes. NOTIFICAR con la presente resolucion al acusado SANTIAGO ANDRES PINEDA AGUILAR en su domicilio real señalado en autos como mediante edictos con el requerimiento acusatorio y con la presente resolucion; así mismo notificar mediante vía telefónica a su R.P.M. #947483549. NOTIFICAR a la parte agraviada conforme a ley, REITERAR los apercibimientos de proceder conforme al artículo 85, inciso 1) del NCPP, en caso de inconcurrencia del abogado defensor y en el supuesto que no asista el señor fiscal, aplicar lo dispuesto en el artículo 144°, inciso 2) del NCPP. Chiclayo, 13 de noviembre del 2015 JENNY KARINA YNOÑAN MARTINO

JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 16, 17, 18 Dic. EDICTO PENAL Oficio N° 2248-2015-856-1708-JRPE/DRMQY JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE LAMBAYEQUE JUEZ: CORINA SILVA ZELADA ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro CITA Y EMPLAZA: al imputado de autos SANTOS NAVARRO CONTRERAS, a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolucion seis - fecha siete de diciembre del año dos mil quince, que dispone se reprograme la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONSTITUCION EN ACTOR CIVIL para el día DOCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas OCHO Y TREINTA DEL MEDIO DIA (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Lambayeque, sito en calle Bolívar N° 624 -Segundo Piso de la ciudad de Lambayeque; audiencia que se instalara con presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y del abogado Defensor del acusado designado por este, bajo apercibimiento al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° modificado por la Ley N° 30076 y el artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamente.Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 2248-2015-86-1708-JR-PE, seguida contra Santos Navarro Contreras, por el delito de Falsificación de Documentos, en agravio del Estado. DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 16, 17, 18 Dic. EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 590-2010-0-1708JR-PE-01. JUZGADO: Investigación Preparatoria - Motupe IMPUTADOS: SEGUNDO WILFREDO SEVILLA PAREDES JUAN ALBERTO SALAZAR REYNA EDILBERTO SERRATO ZAPATA ALDO WILDER ARRASCUE CAJUSOL HERNAN MARTINO MIO JOSE MONJA SERRATO AGRAVIADO: PETROPERU S.A DELITO: HURTO AGRAVADO ESPECIALISTA: ROSALYN CORONEL ANAYA JUEZ: Dra. FLOR MARIBEL MENDOZA CUEVA EXPEDIENTE: 590-2010-0-1708JR-PE-01. EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE MOTUPE Mediante el presente edicto Se notifica, se cita, llama y emplaza a los procesados SEGUNDO WILFREDO SEVILLA PAREDES con DNI: 18059455 - JUAN ALBERTO SALAZAR REYNA con DNI: 17898569- EDILBERTO SERRATO ZAPATA con DNI: 17581332- ALDO WILDER ARRASCUE CAJUSOL CON DNI: 16742164,- HERNAN MARTINO MIO CON DNI: 17582041 Y JOSE MONJA SERRATO CON DNI: 17415380 a fin de que se pongan a derecho y respondan por los cargos formulados en el EXP. N° 590-2010-0-1708-JR-PE-Ol., que se le sigue por la presunta comisión de delito CONTRA EL PATRIMONIO,

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV en la modalidad de HURTO AGRAVADO, sancionada en el artículo 185 Y 186, inciso 6 primer párrafo del código penal; en agravio de PETROPERU S.A, con requerimiento acusatorio;, Y CON LA RESOLUCION N° TREINTA Y CINCO de fecha cuatro de noviembre del dos mil quince,, LA CUAL REPROGARAMA audiencia de CONTROL DE ACUSACION, para fecha TRECE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE CON TEINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (11:30 PM hora exacta).en , la audiencia se llevara a cabo en la sala de audiencias del juzgado de investigación preparatoria de Motupe, con la concurrencia obligatoria del señor fiscal y del abogado del imputado, bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 144° inc. 2 y 85° inc. 2 (en caso de inconcurrencia de la defensa privada) del código penal respectivamente. Y bajo apercibimiento de informarse a su coordinador (en caso el abogado del imputado sea la defensa publica” Motupe, 10 de diciembre del 2015 CESAR LIZA MORI TECNICO JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MOTUPE PODER JUDICIAL – CSJLA 16, 17, 18 Dic. EDICTO PENAL Oficio N° 5123-2015-0-1708-JR-PE/ DRMQY JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE LAMBAYEQUE JUEZ: CORINA SILVA ZELADA ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro CITA Y EMPLAZA: al imputado de autos JOSE ANTONIO MOGOLLON RESYES, a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolucion cinco - fecha nueve de diciembre del año dos mil quince, que dispone se reprograme la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION para el día CATORCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas OCHO Y TREINTA DEL MEDIO DIA (hora exacta). la misma que se realizara en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigacion Preparatoria Transitorio de Lambayeque, sito en calle Bolívar N° 624 - Segundo Piso de la ciudad de Lambayeque; audiencia que se instalara con presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y del abogado Defensor del acusado designado por este, bajo apercibimiento al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° modificado por la Ley N° 30076 y el artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamente.Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 5123-2015-0-1708-JR-PE, seguida contra Jose Antonio Mogollon Reyes, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Carlos Eduardo Mogollon Niquen. DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 16, 17, 18 Dic. EDICTO PENAL Juez: Maria Mercedes Domínguez Huaman Especialista Legal: Rosa Paz Noriega Por el presente CITO LLAMO Y EMPLAZO, a los acusados, ANTONIETA FREDESVINDA ROJAS SUAREZ y CLARISSA TUESTA CASTRO quinces deberán concurrir a la Audiencia de Juicio Oral, la misma que se llevara a cabo el día CATORCE DE ENERO del 2016 a horas

CRÓNICA

08:30 A.M. en la Sala de Audiencias número CATORCE, ubicada en el Tercer piso de la Nueva Sede del Poder Judicial, sito en la Av. Jose Leonardo Ortiz N° 155 - Centra Cívico - Chiclayo, bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia. Por haberse ordenado en el EXP. 3581-20114-1706-JR-PE-03, proceso seguido contra los acusados INGRID PAMELA PERONA GUEVARA, ANTONIETA FREDESVINDA ROJAS SUAREZ, JHON KLEIMER CASTRO VASQUEZ, JOSE ANTONIO RAMIREZ SUAREZ, DAVID VASQUEZ CABREJOS, CLARISSA TUESTA CASTRO y MARIA ESTHER LLAMO CHAVEZ, como presunto autor del delito Contra La Propiedad Industrial en la figura dc FABRICACION O USO NO AUTORIZADO DE PATENTE, ilícito previsto en el artículo 222° primer párrafo literal “f” del Código Penal, en agravio de los representantes de ADIDAS, PUMA, UMBRO y otros. MARIA MERCEDES DOMINGUEZ HUAMAN JUEZ PJ – NCPP-CSJLAMB 16, 17, 18 Dic. EDICTO EXP03881-2015-0JULIO BENAVENTE DELGADO EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATOIRA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DE LA DRA. SELFITRODRIGUEZ SAAVEDRA; CITA, LLAMA YEMPLAZA AL ACUSADO ALEX MARIN ALFARO CARRASCO, CON DOMICILIO EN EL CASERIO ROMERO CIRCA (FRENTE AL PARQUE) - SAUCEPAMPA - SANTA CRUZ - CAJAMARCA, PARA QUE CONCURRA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION PROGRAMADA PARA EL DIA 18 DE ENERO DEL AÑO 2016 A HORAS 11:30 A. M. (HORA EXACTA) EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO UNO DE LOS JUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE J L. O. SITO EN CALLE VIRREY TOLEDO N° 1080 - ATUSPARIAS; EN EL EXP. N° 038812015-0 SEGUIDO EN SU CONTRA POR EL DELITO DE CONDUCCION DE VEHICULO MONTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD EN AGRA VIO DE LA SOCIEDAD. JOSE LEONARDO ORTIZ, 10 DE DICIEMBRE DE 2015. SECRETARIO: BENAVENTE SELFIT RODRIGUEZ SAAVEDRA JUEZ 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLO PODER JUDICIAL – CSJLA JULIO CESAR BENANVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 16, 17, 18 Dic. EDICTO EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL LIQUIDAROS DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO, DR. JOSE L. CHANAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA LEGAL: RAMIRO CARRANZA CRUZ Por intermedio del presente Edicto: Cito, llamo y emplazo al acusado: GUILLERMO CESPEDES RODRIGUEZ para que comparezca a este Juzgado Ubicado en la calle San Jose 1052- 2° Piso de esta ciudad a la diligencia de lectura de sentencia reprogramada para el día 19 d enero del 2016 a horas 12.00.m. en la Instrucción No 082-2008-, que se le sigue por el delito de Homicidio Simple, en agravio de Pablo Cesar Hurtado. Bien entendido que si no lo hicieran quedaran sujetos a los efectos que la ley determina.

JUDICIAL

Chiclayo, jueves 17 de diciembre del 2015

Dado en la ciudad de Chiclayo, a los nueve días del mes de diciembre del dos mil quince. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA RAMIRO CARRANZA CRUZ SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 16, 17, 18 Dic. EDICTO EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL LIQUIDAROS DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO, DR. JOSE L. CHANAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA LEGAL: RAMIRO CARRANZA CRUZ Por intermedio del presente Edicto: Cito, llamo y emplazo al acusado: CESAR AUGUSTO ANTON ZEÑA para que comparezca a este Juzgado Ubicado en la calle San Jose 1052- 2° Piso de esta ciudad a la diligencia de lectura de sentencia reprogramada para el día 190 de enero del 2016 a horas 11.00.m. en la Instrucción No 322-2005-, que se le sigue por el delito de Violación de persona en estado de Inconsciencia en agravio de Juan Carlos Panta Damian. Bien entendido que si no lo hiciera quedara sujeto a los efectos, que la ley determina. Dado en la ciudad de Chiclayo, a los nueve días del mes de diciembre del dos mil quince. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA RAMIRO CARRANZA CRUZ SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 16, 17, 18 Dic. EDICTO EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL LIQUIDAROS DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO, DR. JOSE L. CHANAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA LEGAL: RAMIRO CARRANZA CRUZ. Por intermedio del presente Edicto: Cito, llamo y emplazo al acusado: MARCO PABLO NIZAMA ESQUEN para que comparezcan a este Juzgado Ubicado en la calle San JO9B1052- 2° Piso de esta ciudad a la diligencia de lectura de sentencia reprogramada para el día 20 de enero del 2016 a horas 12. 00 m. en la Instrucción No 393-2004, que se le sigue por el delito de Violencia la persona en Incapacidad de Resistir, en agravio de FLORES MARTINEZ VICENTA. Bien entendido que si no lo hiciera queda sujeto a los efectos que la ley determina. Dado en la ciudad de Chiclayo, a los nueve días del mes de diciembre del dos mil quince. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA RAMIRO CARRANZA CRUZ SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 16, 17, 18 Dic. EDICTO EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL LIQUIDAROS DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO, DR. JOSE L. CHANAME PARRAGUEZ

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ESPECIALISTA LEGAL: RAMIRO CARRANZA CRUZ. Por intermedio del presente Edicto: Cito, llamo y emplazo al acusado: PEDRO ATALAYA CERNA para que comparezca a este Juzgado Ubicado en la calle San Jose 1052- 2° Piso de esta ciudad a la diligencia de lectura de sentencia reprogramada para el día 20 de enero del 2016 a horas 12.00.m. en la Instrucción No 4022004-, que se le sigue por el delito de Falsificación de Documentos en agravio del Estado. Bien entendido que si no lo hiciera quedara sujeto a los efectos que la ley determina. Dado en la ciudad de Chiclayo, a los nueve días del mes de diciembre del dos mil quince. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA RAMIRO CARRANZA CRUZ SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 16, 17, 18 Dic. EDICTO EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL LIQUIDAROS DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO, DR. JOSE L. CHANAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA LEGAL: RAMIRO CARRANZA CRUZ. Por intermedio del presente Edicto: Cito, llamo y emplazo al acusado: EDILBERTO INOÑAN SANTISTEBAN para que comparezca a este Juzgado Ubicado en la calle San Jose 1052- 2° Piso de esta ciudad a la diligencia de lectura de sentencia reprogramada para el día 21 de enero del 2016 a horas 12.00.m. en la Instrucción No 193-2004-, que se le sigue por el delito de Actos contra el Pudor de menores en agravio de Flerida Burga Yovera Bien entendido que si no lo hiciera quedara sujeto a los efectos que la ley determina. Dado en la ciudad de Chiclayo, a los nueve días del mes de diciembre del dos mil quince. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA RAMIRO CARRANZA CRUZ SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 16, 17, 18 Dic. EDICTO EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL LIQUIDAROS DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO, DR. JOSE L. CHANAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA LEGAL: RAMIRO CARRANZA CRUZ. Por intermedio del presente Edicto: Cito, llamo y emplazo a los acusados: PABLO MAYANGA ARRIETA Y ELEAZAR MAYANGA BENITES para que comparezcan a este Juzgado Ubicado en la calle San Jose 1052- 2° Piso de esta ciudad a la diligencia de lectura de sentencia reprogramada para el día 21 de enero del año 2016 a horas 11.00 a.m. en la Instrucción No 304-20061-, que se le sigue por el delito FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, en agravio del Estado. Bien entendido que si no lo hicieran quedaran sujetos a los efectos que la ley determinen. Dado en la ciudad de Chiclayo, a los nueve día del mes de diciembre del dos mil quince. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ

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Chiclayo, jueves 17 de diciembre del 2015

JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA RAMIRO CARRANZA CRUZ SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 16, 17, 18 Dic. EDICTO PENAL EXP. N° 00841-2015-0-1706-JR-PE7° JCSC EL SEPTIMO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA CORTE SUERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEOUE. JUEZ: DR. SHILLING MARTIN YVANOV CASTAÑEDA SALAZAR SECRETARIO: JANET CECILIA SANCHEZ CAJO SE NOTIFICA por el presente a ROJAS RODRIGUEZ FRANCO FRANCISCO, que mediante Resolucion N° TRES de fecha veinticinco de Noviembre del dos mil quince, se ha Resuelto: PROGRAMAR FECHA DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION, PARA EL DIA VEINTIUNO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en la Sala de Audiencias N° ONCE del Séptimo Juzgado de Investigaci6n Preparatoria, ubicado en la calle Jose Leonardo Ortiz N° 155-Cenrro Cívico de Chiclayo Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 00841-2015-0-1706-JR-PE-7°, en los seguidos contra ROJAS RODRIGUEZ FRANCO FRANCISCO, por el presunto delito de LESIONES LEVES, en agravio de GUEVARA BERNAL LISSETTE IRENE. Chiclayo, 25 de noviembre 2015 SHILLING MARTIN Y. CASTAÑEDA SALAZAR JUEZ SEITMO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 16, 17, 18 Dic. EDICTO EXP. Nro. 02911-2014-0 JULIO BENAVENTE DELGADO EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DE LA DRA. RODRIGUEZ SAAVEDRA NOTIFICA AL ACUSADO FERNANDO JOSUE RODRIGUEZ SERQUEN DOMICILIADO EN SAN CLEMENTE N°. 170-V SECTOR -PJ. URRUNAGA JOSE LEONARDO ORTIZ CHICLAYO LAMBAYEQUE PARA QUE CONCURRA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION PROGRAMADA PARA EL DIA VEINTIDOS DE ENERO DEL AMÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO UNO DE LOSJUZGADOS DE INESTIGACION PREPARATORIA DE J.L.O. SITO EN CALLE VIRREY TOLEDO CUADRA 10 ATUSPARIAS, EXP. 02911-2014-0 JBD. -POR EL DELITO ACTOS CONTRA ELM PUDOR EN MENOR DE EDAD EN AGRAVIO M.M.F.P. JOSE LEINARDO ORTIZ, 4 DE DICIEMBRE DEL 2015 SELFIT RODRIGUEZ SAAVEDRA JUEZ 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLO PODER JUDICIAL – CSJLA JULIO CESAR BENANVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 16, 17, 18 Dic. EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 7237-2014-0-1708JR-PE-01.

CRÓNICA

JUZGADO: Investigacion Preparatoria - Motupe IMPUTADO: RAMOS DELGADO, JOHNY ADOLFO AGRAVIADO: RAMOS CARRASCO, JHON EDILSON DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR ESPECIALISTA: ROSALYN CORONEL ANAYA JUEZ: Dra. FLOR MARIBEL MENDOZA CUEVA EXPEDIENTE: 7237-2014-0-1708JR-PE-01. EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE MOTUPE Mediante el presente edicto Se notifica, se cita, llama y emplaza a los procesados RAMOS DELGADO, JOHNY ADOLFO con DNI: 33669329-, a fin de que se pongan a derecho y responda por los cargos formulados en el EXP. N° 72372014-0-1708-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión de delito CONTRA LA FAMILIA, en la modalidad de OMISION A LA ASIETENCIA FAMILIAR, sancionada en el artículo 149 del código penal; en agravio de JHON EDILSON RAMOS CARRASCO, con requerimiento acusatorio; con la resolucion N° uno QUE CORRE TRASLADO A LAS PARTES, Y CON LA RESOLUCION N° CINCO, DE FECHA VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, LA CUAL REPROGARAMA audiencia de CONTROL DE ACUSACION, para fecha VEINTISEIS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE Y CUARENTA DE LA MAÑANA (11:40 AM hora exacta).en , la audiencia se llevara a cabo en la sala de audiencias del juzgado de investigación preparatoria de Motupe, con la concurrencia obligatoria del señor fiscal y del abogado del imputado, bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 144° inc. 2 y 85° inc. 2 (en caso de inconcurrencia de la defensa privada) del código penal respectivamente. Y bajo apercibimiento de informarse a su coordinador (en caso el abogado del imputado sea la defensa publica” Motupe, 10 de diciembre del 2015 CESAR LIZA MORI TECNICO JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MOTUPE PODER JUDICIAL – CSJLA 16, 17, 18 Dic. EDICTO PENAL Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jaen Expediente N° 207-2015-1JIP-JCSJLA/PJ. Procesado: PEDRO PABLO GARCIA GARCÍA Agraviado: PAUL CHRISTIAN CHANTA FACUNDO. Delito: LESIONES GRAVES Juez: Dra. MARIA CAMPOS IDROGO Esp. Juzgado: MIGUEL ANGEL OLIVOS ARELLANO Por el presente Edicto, la Señora Juez del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jaen, NOTIFICA al procesado JORGE ARMANDO HUAYTALLA CORAHUA con la Resolucion N° Seis de fecha l6/11/2015, para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION, ha llevarse a cabo el día CATORCE DE DICEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas ONCE DE LA MAÑANA (11:00 a.m.) Hora exacta en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jaen, sitio en la intersección de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad. MARIA CAMPOS IDROGO JUEZ 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-JAEN MIGUEL ANGEL

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PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV

OLIVOS ARELLANO ESPECIALISTA DE JUZGADO 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA JAEN PJ-NCPP-CSJLAMB 15, 16, 17 Dic. EDICTO EXPEDIENTE N°: 2015-470-PJPUSJ JUEZ: DR. ESPINOZA SE HACE SABER A: IVAN BLADIMIR GUIVIN LOAYZA El Señor Juez del Primer Juzgado penal Unipersonal de la Provincia de Jaen, mediante el presente EDICTO CITA y EMPLAZA AL ACUSADO: IVAN BLADIMIR GUIVIN LOAYZA, para que concurran a la Audiencia de Juicio Oral el DIA CINCO DE ENERO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, derivado del Exp. N° 2015-470-PJPUS-J, delito de conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio de LA SOCIEDAD. ESP. DE JUZGADO: DR. Hurtado Jaen, 23 de Noviembre del 2015 GONZALO GUILLERMO ESPINOZA POLO JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CSJLA – JAEN 15, 16, 17 Dic. EDICTO EXPEDIENTE N°: 4602-2014-TJPUS-J JUEZ: DR. RIVER ENRIQUE BRAVO HIDALGO ESP. DE JUZGADO: A BOG. LUIS ALBERTO HURTADO LAZARO El Señor Juez Director de debates del Juzgado Penal Colegiado de la Provincia de Jaen, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL ACUSADO-LEONIDES FUENTES ESTELA, a fin de que concurra a la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Jaen, ubicado en la intersección de las calle Mariscal Castillo y Huamantanga de esta ciudad, para efectos de llevarse a cabo la audiencia de JUICIO ORAL, programada para el día SEIS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS TRES DE LA TARDE (HORA EXACTA), bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse ordenado así mediante resolucion tres, de fecha veinte de noviembre del año dos mil quince, expedida en el Expediente N° 4602-2014-TJPUS-J, seguido contra LEONIDES FUENTES ESTELA, por el delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de SANTOS ISABEL TERRONES CARBAJAL. Jaén, 23 de noviembre del 2015 LUIS ALBERTO HURTADO LÁZARO ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CSJLA-JAEN 15, 16, 17 Dic. EDICTO PENAL Oficio N° 4577-2013-0-1708-JR-PE/ DRMQY JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE LAMBAYEQUE JUEZ: CORINA SILVA ZELADA ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro CITA Y EMPLAZA; al imputado de autos JUAN CARLOS GARCIA MEZA , a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolucion siete - fecha siete de diciembre del año dos mil quince, que dispone se reprograme la AUDIENCIA para DETERMINAR LA PROCEDENCIA

DE REVOCATORIA DE COMPARECENCIA RESTRICTIVA para el día ONCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigacion Preparatoria Transitorio de Lambayeque, sito en calle Bolívar N° 624 - Segundo Piso de la ciudad de Lambayeque, audiencia que se instalara con presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y del abogado defensor del acusado designado por este, bajo apercibimiento al imputado de instalarse la audiencia en caso de inconcurrencia.Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 4577-2013-61-1708-JR-PE, seguida contra Juan Carlos García Meza, por el delito de Asesinato, en agravio de Liliana Soto Alarcón. DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 15, 16, 17 Dic. EDICTO PENAL Oficio N° 4837-2015-0-1708-JR-PE/ DRMQY JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE LAMBAYEQUE JUEZ: CORINA SILVAZELADA ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro CITA Y EMPLAZA; al imputado de autos OSCAR CARMONA POZADA, a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolucion cinco - fecha nueve de diciembre del año dos mil quince, que dispone se reprograme la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION para el día DOCE DE EMERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOCE Y TREINTA DEL MEDIO DIA (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigacion Preparatoria Transitorio de Lambayeque, sito en calle Bolívar N° 624 -Segundo Piso de la ciudad de Lambayeque, audiencia que se instalara con presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y del abogado Defensor del acusado designado por este, bajo apercibimiento al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° modificado por la Ley N° 30076 y el artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamente.Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 4837-2015-0-1708-JR-PE, que se sigue contra Oscar Carmona Pozada, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Juan Diego Carmona Monteza. DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 15, 16, 17 Dic. EDICTO PENAL LA SEÑORA JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE LAMBAYEQUE, DRA. CORINA SILVA ZELADA. Por el presente: se CITA, LLAMA, EMPLAZA y NOTIFICA por tres días consecutivos al acusado: EDWIN EDGAR IDROGO NAVARRO, identificado con D.N.I N° 76009114, CON DOMICILIO REAL EN CALLE BRASIL N° 618 DEL DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ -CHICLAYO, CON EL ACTA DE FECHA SIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO QUE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la insta-

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV lación de la audiencia de control de acusación y reprogramar la misma para el día TRECE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE CON TREINTA MINUTOS DE LA MANANA, en la sala N°3 de audiencias del Juzgado de Investigacion Preparatoria Transitorio de Lambayeque, quedando válidamente notificados las partes presentes en este acto, por haberse ordenado asi en la instrucción N° 06262-2014-0-1708JR-PE-01, seguido contra EDWIN IDROGO NAVARRO, por el delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de HURTO AGRAVADO en agravio de DENISSE YVONNE CHAVEZ ALCANTARA. Especialista Judicial: Dante Quiñones Yahiro. Lambayeque, de diciembre del 2015 DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 15, 16, 17 Dic. EDICTO PENAL Oficio N° 46-2015-0-1708-JR-PE/ DRMQY JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE LAMBAYEQUE JUEZ: CORINA SILVA ZELADA ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro CITA Y EMPLAZA; al imputado de autos ROBERTO CARLOS INONAN PAZ, a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolucion ocho - fecha nueve de diciembre del año dos mil quince, que dispone se reprograme la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION para el día TRECE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas UNA DE LA TARDE (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigacion Preparatoria Transitorio de Lambayeque, sito en calle Bolívar N° 624 - Segundo Piso de la ciudad de Lambayeque, audiencia que se instalara con presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y del abogado Defensor del acusado designado por este, bajo apercibimiento al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° modificado por la Ley N° 30076 y el artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamentePor haberse dispuesto así en el Exp. N° 46-2015-0-1708-JR-PE, que se sigue contra Roberto Carlos Inoñan Paz, por el delito de Lesiones Culposas, en agravio de Maria Llatas Osorio. DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 15, 16, 17 Dic. EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 1450-2013-601706-JR-PE-03 JUZGADO: TERCER JUZGADO UNIPERSONAL PENAL SUPRAPROVINCIAL DE CHICLAYO JUEZ: TANIA ESPERANZA PADILLA ORDOÑEZ ESP. JUDICIAL: PATRICIA PISCOYA PISCOYA Se NOTIFICA a: FLAVIO GARAY LAZARO, con el acta de audiencia de fecha 09 de noviembre del año 2015, en la cual se ha RESUELTO: 1.- SE RESUELVE: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA para el día TRECE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas TRES DE LA TARDE, en esta misma Sala de Audiencias, quedan debidamente notificados la Señora

CRÓNICA

Fiscal, los abogados defensores de los acusados, así como al abogado de la parte agraviada con los apercibimientos contenidos en el auto que cita a juicio oral, notifíquese asimismo de manera personal al acusado Segundo Roberto Samillan Llontop con el apercibimiento de declarársele reo contumaz y ordenarse su ubicación y captura, sin perjuicio de notificársele mediante edicto que se publicara en el diario oficial, vuélvase a notificar al acusado Flavio Garay Lázaro en las direcciones consignadas en el auto de citación a juicio oral bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia, debiendo realizarse tal gestión con los apremios de ley y bajo responsabilidad del Especialista de Causa y el Asistente Judicial, asimismo notifíquese por conducto regular a las demás partes procesales y órganos de prueba con los apercibimientos correspondientes. Se pone de conocimiento la presente resolucion.-2.- La presente publicación se deberá realizar por TRES DIAS. Chiclayo, 09 de noviembre del 2015 TANIA ESPERANZA PADILLA ORDOÑEZ JUEZ UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 15, 16, 17 Dic. EDICTO PENAL Oficio N° 4577-2013-0-1708-JR-PE/ DRMQY JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE LAMBAYEQUE JUEZ: CORINA SILVA ZELADA ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro CITA Y EMPLAZA; al imputado de autos JUAN CARLOS GARCIA MEZA , a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolucion cinco - fecha siete de diciembre del año dos mil quince, que dispone se programe la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION para el día CATORCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigacion Preparatoria Transitorio de Lambayeque, sito en calle Bolívar N° 624 - Segundo Piso de la ciudad de Lambayeque; audiencia que se instalara con presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y del abogado Defensor del acusado designado por este, bajo apercibimiento al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° modificado por la Ley N° 30076 y el artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamente.Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 4577-2013-0-1708-JR-PE, seguida contra Juan Carlos García Meza, por el delito de Asesinato, en agravio de Liliana Soto Alarcón. DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 15, 16, 17 Dic. EDICTO EXPEDIENTE N°: 554-2015-TJPUSJ JUEZ: DR. RIVER ENRIQUE BRAVO HIDALGO ESP. DE JUZGADO: A BOG. EDWIN VIZCONDE SAMANIEGO El Señor Juez Director de debates del Juzgado Penal Colegiado de la Provincia de Jaen, mediante el presente EDICTO NOTTFICA AL ACUSADO: LUIS ARTURO OLIVIA ATOCHE, a fin de que concurra a la Sala de Audiencias de la Corte

JUDICIAL

Chiclayo, jueves 17 de diciembre del 2015

Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la intersección de los jirones El Carmen y Cuzco - San Ignacio, para efectos de llevarse a cabo la audiencia de JUICIO ORAL, programada para el día CATORCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) bajo apercibimiento de ser declarados Reo Contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse ordenado así mediante resolución tres, de f echa cuatro de Noviembre del año dos mil quince, expedida en el Expediente N° 554-2015-JPCS-J, seguido contra LUIS ARTURO OLIVIA ATOCHE, por el delito de VIOLACION SEXUAL, en agravio de MENOR DE INICIALES O.L.Y.M. EDWIN VIZCONDE SAMANIEGO ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CSJLA-JAEN 15, 16, 17 Dic.

5. CRÓNICAS JUDICIALES CRONICA JUDICIAL DE LA PRIMERA SALA LABORAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEOUE CORRESPONDIENTE AL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE DIA TRES DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 1873-2013: Elena Clara Milian vda. de Vera/Oficina de Normalización Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 1567-2013: Nelly de los Milagros Gonzales Toscanelli/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 491-2011: Jose Baldelomar Vasquez Chingay/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infundada. Confirma resolucion ocho que impone multa de 2URP. Expediente N° 293-2010: Maria Estefa Santisteban Acosta/Municipalidad Distrital de Morrope/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda, revoca en el extremo que declara infundada la indemnización por vacaciones no gozadas, reformándola declara fundada en parte, revoca el extremo referido a las remuneraciones impagas y es declarado fundado en parte. Expediente N° 3795-2013: Metodio Minaya Mendez/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Confirma resolucion dos que impone multa, revoca en el monto de 5URP, reformándola impone 2URP. Expediente N° 6189-2013: Maria Magdalena Risco Gallardo/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 829-2014: Karina Elizabeth Ochoa Medina/Dirección

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Regional de Educación de Lambayeque y otro/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándola declara fundada. Expediente N° 1011-2013: Javier Urbina Cabezas/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 2947-2013: Carmela Valiente de Diaz/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 2719-2013: Reyna Isabel Nuñez Flores/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Integrándola ordena pago de intereses. Expediente N° 4114-2013: Carmen Petronila Canola Camacho/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Integrándola ordena pago de intereses. Expediente N° 6957-2012: Sally Malena Rubio Seminario/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada la demanda, integrándola ordena pago de intereses. Expediente N° 4587-2013: Maria Micaela Cruzado de Urbina/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 8038-2013: Rosa Elena Sanchez Zapata/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 6624-2013: Cecilia del Pilar Tapia Guevara/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 5185-2010-91: Enrique Guzman Yaipén/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion veintisiete que declara infundada la observación. Expediente N° 300-2014: Julia Rosario Torres Diaz vda. de Salazar/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma resolucion dos que declara concluido el proceso. Expediente N° 2104-2012: Nelson Carrasco Abarca/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion trece que impone multa de 2URP. Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 711-2009: Maritza Agustina Millones Jacinto/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 2133-2012: Práxedes Suyón Yocya/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion cinco que impone multa de 1URP, reformándola deja sin efecto. Declara nula la sentencia. Expediente N° 5686-2014: Ubaldina

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Chiclayo, jueves 17 de diciembre del 2015

Tavara Odar/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion uno que declara improcedente la demanda. Expediente N° 95-2013: Doris Nelly Enriquez Colchado/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion tres que impone multa de 2URP, reformándola deja sin efecto. Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 4337-2010: Enrique Loreto Perleche Chirinos/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 3171-2013: Maria Luisa Benites de Rivera/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara infundada la demanda, reformándola declara fundada. Confirma resolucion tres que impone multa de 1URP. Expediente N° 1077-2013: Cesarina Morante Chulli/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 7073-2013: Yadira Georgina Sanchez Sanchez/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 2565-2010: Elvia Rojas de Barrera/Ofician de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 4034-2013: Quetty Rosario Torres Diaz/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 6913-2012: Genoveva Tapia Alarcón/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 2063-2011: Miguel Miñope Capuñay/Gobierno Regional de Lambayeque y otro/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 113-2013: Julio Nazario Soriano Olivera/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion cinco que impone multa de 4URP, reformándolo impone 2URP. Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 1421-2014: Maria Arminda Chunga Vera/Gerencia Regional de Educación de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion dos, reformándolo dispone admitir a trámite la demanda. Expediente N° 5919-2011: Angel Saldaña Aguilar/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda, revoca en el extremo que desestima pago de intereses legales, reformándola procede dicho extremo. Expediente N° 5714-2013: Jose Rafael Hurtado Piedra/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma

CRÓNICA

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV

resolucion cinco que impone multa de 1URP. Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infundada.

ranza Montenegro de Vives y Lila Clara Torres Montalvo, reformándola declara infundada, confirma lo demás que contiene.

Expediente N° 523-2014: Percy Wiliam Becerra Villalobos/Municipalidad Provincial de Lambayeque/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 2481-2012: Victor Hermogenes Delgado Peralta/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion cinco que impone 4URP, reformándola deja sin efecto. Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 1591-2012: Jacinto Bardales Muñoz/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 5401-2012: Sucesores de Manuel Agustín Tineo Niño/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 4159-2012: Agustina Revilla vda. de Torres/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion tres que impone multa de 5URP. Confirma resolucion seis que impone multa de 12URP. Revoca resolucion siete que rechaza CDROM, reformándolo declara cumplido el mandate Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 3589-2013: Ana Justina Aimoto Yanagui/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 27-2015: Nilo Elias Millones Senmache/Hospital Docente Belén de Lambayeque y otro/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Confirma resolucion seis que impone multa de 1URP. DIA DOCE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y DIAZ PISCOYA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA Expediente N° 5155-2011: Carlomagno Rodríguez Tuesta/Procurador Publico de la Policía Nacional del Perú y otros/Proceso Contencioso Administrativo/En discordia Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infundada. CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, DIAZ PISCOYA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA Expediente N° 4353-2013: Maria Yrma Montalvo Fernandez/Hospital Regional Docente Las Mercedes y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara infundada la demanda, reformándola declara fundada. DIA TRECE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES LOZANO GASCO, RODRIGUEZ RIOJAS Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, DEZA SANCHEZ Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 389-2014: Ana Maria Carrasco de Suarez/Hospital Provincial Docente de Lambayeque y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ En discordia confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 5795-2012: Felipe Benicio Farfan Bonilla/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/En discordia revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara improcedente.

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y PINEDA RIOS SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 4585-2011: Elias Lescano Rodríguez/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Confirma resolucion dos que impone multa de 3URP. Expediente N° 2069-2010: Oscar Vargas Cotrina/ESSALUD y otro/ Proceso Contencioso Administrativo/ Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infundada. DIA ONCE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA Expediente N° 423-2011: Concepción de Maria Benavides Bazan y otros/ Direccion Regional de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/En discordia revoca sentencia que declara fundada la demanda respecto de Emperatriz Tuesta Durango, Elza Mensegal Torres Colorado, Dionely Medina Regalado, Maria Espe-

cia que declara fundada en parte la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 467-2014: Jose Nuñez Rodríguez y otros/Comité Electoral Externo de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo y otro/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 4471-2012: Santos Cobeñas de Navarro y otros/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion once que declara infundada la observación. Expediente N° 2687-2009-87: Oscar Arnao Mejia/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion veintidós que incrementa la multa a 6URP. DIA DIECISIETE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 4733-2009: Sergio Córdova Gomez/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion veintiséis que declara infundada la observación. Expediente N° 4923-2012: Sixto Arcadio Gonzales Guevara/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 5691-2013: Yolanda Tarrillo de Fustamante/Direccion Regional de Educación de Lambayeque/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Declara nulo el extremo “y la calcule conforme al artículo 56° de la Ley N° 29944 y el articulo 1° del Decreto Supremo N° 290-2012-EF, a partir del 26 de noviembre de 2012 siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de la remuneración de la actora”.

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, FIGUEROA GUTARRA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 4856-2012: Yudi Rosa Yupanqui Masías/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 4239-2012-86: Rosa Coico vda. de Montenegro/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion nueve que declara infundada la observación.

Expediente N° 6783-2013: Maria Evelina Silva Ygnacio/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

DIA CATORCE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, FIGUEROA GUTARRA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA Expediente N° 5597-2010: Iris Asenjo Perez/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/En discordia confirma sentencia que declara fundada la demanda. CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 6061-2013: Isidoro Agapito Bejarano/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca senten-

Expediente N° 2319-2009-57: Jose Roque Ruiz Ruesta/Ministerio Público/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion cuarenta y siete que concede plazo de 10 días para cumplimiento. Expediente N° 554-2012-53: Elsa Soledad Davila de Olivera/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion diecisiete que declara fundada la observación. Expediente N° 4365-2012: Jose Ismael Reaño Rojas/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion cuatro que declara improcedente la excepción de cosa juzgada. Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 6134-2012: Rigoberto

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV Crisanto Perez/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 4054-2013: Santos Isidro Diaz Vega/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 6706-2012: Jose Britaldo Saavedra Diaz/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 197-2014-48: Miguel Angel Torres López/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion seis que rechaza solicitud cautelar. Expediente N° 7038-2012: Maria de los Milagros López de Montalvo/Oficina de Normalizacion Previsional/ Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion quince que declara improcedente la nulidad. Expediente N° 6145-2012: Angela Yovera vda. de Aquino/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 6228-2013: Jesús Maria Quiroz de Abad y otros/Oficina de Normalizacion Previsional/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundad la demanda. Expediente N° 3410-2013: Doris Elizabeth Rojas Mejia/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Integrándola en el extremo que declara improcedente el pago de intereses, ordena el pago de los mismos. Expediente N° 6481-2012: Emilio Castro Rivas/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 5833-2013: Alejandro Zuloeta Alvarez/Oficina de Normalizacion Previsional y otro/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara improcedente la demanda. Expediente N° 5763-2012: Alfredo Johan Vasquez Perez/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 487-2010: Bernardo Baldera Maza/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 5573-2013: Anibal Torres Elera/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 1541-2013: Segundo Nolberto Panta Delgado/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion cuatro que impone multa de 4URP, reformándola impone 1URP. Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 6788-2012: Elizabeth Sanchez Gonzales/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y

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otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente Ne 3419-2012: Blanca Julia Avellaneda Suarez/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 6172-2012: Blanca Consuelo Fustamante de Vasquez/ Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion tres que impone multa de 5URP, reformándolo impone 1URP. Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 1483-2013: Segundo Santos Requejo Santos/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion tres que impone multa de 5URP, reformándola impone 1URP. Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 6969-2012: Juan Presbitero Ordinola Purisaca/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 8275-2013: Jose Luis Alfredo Barturen Salazar/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 1039-2012: Olivo Isaac Sanchez Vides/Unidad Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 6485-2011-96: Stela de la Puerta Ayala Ramírez/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/ Proceso Contencioso AdministrativoMedida Cautelar/Confirma resolucion dos que concede mandato cautelar. Expediente N° 4958-2013: Juana Reineria Adrianzen de Olano/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 7208-2013: Mary Cecilia Villalobos de Morante/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente Ne 6101-2013: Julio Cesar Benel Burga/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 2225-2013: Maria Mercedes Campos de Espinoza/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Declara nulo el extremo “y la calcule conforme al artículo 56° de la Ley N° 29944 y el artículo 1° del Decreto Supremo N9 290-2012-EF, a partir del 26 de noviembre de 2012 siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de la remuneración de la actora”. Expediente N° 2230-2010: Laura Noemi Canchis Chevez/Direccion Regional de Educación de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Integrándola en el extremo que declara improcedente los intereses lega-

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les, ordena pago de los mismos. Expediente N° 35-2013: Rolis Fernandez Hernandez/Unidad de Gestion Educativa Local y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia en el extremo que declara improcedente el pago de intereses, reformándolo declara fundado, confirma en los demás que contiene. Expediente N° 7680-2013: Elsa Aurora Requejo López/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Declara nulo el extremo “y la calcule conforme al artículo 56° de la Ley N° 29944 y el articulo 1- del Decreto Supremo N° 290-2012-EF, a partir del 26 de noviembre de 2012 siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de la remuneración de la actora”. Expediente N° 7638-2013: Angelita Damian Chero/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 966-2012-95: Angel Llontop Chaname/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Declara nulo el concesorio de apelación. Expediente N° 861-2012: Jose del Carmen Aquino Chero y otros/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 3487-2013: Blanca Mercedes Larrea Rivadeneira/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 7173-2013: Luis Arnaldo Carbonel Bances/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 253-2013: Julon Delgado Eva Jesús/Gobierno Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, DIAZ PISCOYA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 8194-2013: Aura Adelina Benites Vasquez y otra/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 7324-2013: Salvador Coronel Burga/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada la demanda, integrándola revoca extremo que declara improcedente pago de intereses, reformándola declara fundada. CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA Expediente N° 2311-2010: Arcenio Vasquez Perez/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Deja sin efecto la resolucion de vista. Revoca resolucion dieciséis, reformándola desa-

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prueba informe pericial. DIA DIECIOCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, DIAZ PISCOYA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 4746-2013: Flor Noelia Torres Ahumada/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 677-2013: Violeta Francisca Nazario Rojas/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Declara nulo el extremo “y la calcule conforme al artículo 56° de la Ley N° 29944 y el articulo 1° del Decreto Supremo N2 290-2012-EF, a partir del 26 de noviembre de 2012 siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de la remuneración del actor”. Expediente N° 849-2013: Consuelo Diaz Santa Cruz/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada la demanda. DIA DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, FIGUEROA GUTARRA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 4869-2013: Adela Marina Cigueña Campos/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Declara nulo el extremo “y la calcule conforme al artículo 562 de la Ley N° 29944 y el articulo l2 del Decreto Supremo N° 290-2012-EF, a partir del 26 de noviembre de 2012 siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de la remuneración del actor”. Expediente N° 40-2015: Angel Damian Ynoñan/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque/ Proceso Contencioso Administrativo/ Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 4963-2013: Gloria Alicia Burga de Carrillo/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 5798-2013: Blanca Isabel Lluncor Vega/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Integrándola ordena pago de intereses. CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 4912-2010: Milagros Flor Carranza Farro/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 5456-2010: Amado Ruiz Cabrejos/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencio-

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so Administrativo/Confirma sentencia en el extremo que declara fundada la demanda y nula la actuación administrativa que deniega pago de remuneraciones de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2002. Revoca en los demás que contiene, declarándola infundada. CON LOS SENORES HUANGAL NAVEDA, DIAZ PISCOYA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA Expediente N° 5311-2010: Edinson Jhon Alvarez Villalobos/Gobierno Regional de Lambayeque/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion ocho que impone multa de 3URP. Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. DIA VEINTICUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, FIGUEROA GUTARRA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 4404-2010: Rocío Ayasta Varona/Direccion Regional de Educacion de Lambayeque y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma resolucion dos que declara improcedente la denuncia civil. Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 3493-2012: Juan Bautista Raymundo Ruiz/Oficina de Normalización Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 6347-2011: Victor Antonio Idrogo Mirez/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada en parte la demanda, reformándola declara improcedente. Expediente N° 4175-2013: Maria Gladys Ruiz Mesta/Gerencia Regional de Salud de Lambayeque y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara infundada la demanda, reformándola declara fundada. Expediente N° 7688-2013: Luz Ines Ponce Licera/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 1776-2013: Gloria Marina López de Ponte/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 14-2014: Wilfredo Humberto Alegre Murrugarra/Direccion Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion cinco que declara fundada la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa, reformándola declara improcedente. Improcedente la demandada por caduca.

CRÓNICA

Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 50-2014: Zenaida Catalina Ponce Licera/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 473-2013: Ruperto Fernandez Valeriano/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion tres que impone multa de 4URP, reformándola impone 1URP. Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 4311-2013: Carlos López Merino/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 2011-2013: Luz Nereida Pisfil de los Santos/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia en el extremo que dispone cálculo de la bonificación a partir del 26-1112, reformándola deja sin efecto ese extremo, confirma lo demás que contiene. Expediente N° 446-2010: Lucelina Paucar de Guerrero/Gobierno Regional de Lambayeque y otro/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Integrándola ordena pago de intereses legales. Expediente N° 2745-2013: Anamelva Hermila Quispe Cordero de Escalante/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 4207-2013: Janet del Rosario Delgado Ayala/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Declara nulo el extremo “y la calcule conforme al artículo 56° de la Ley N° 29944 y el articulo 1° del Decreto Supremo N2 290-2012-EF, a partir del 26 de noviembre de 2012 siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de la remuneración de la actora”. Expediente N° 5633-2013: Blanca Margarita Puemape de Sanchez/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 1405-2013: Elena Emperatriz Zevallos García/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 55-2015: Felipe Ricardo Carlos Rojas/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infundada.

Expediente N° 395-2014: Gabriel Walberto Mogollon Balarezo/Gerencia Regional de Educacion y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 1138-2012-5: Victor Raúl Deza Martínez/Oficina de Normalización Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion catorce que impone multa de 2URP, reformándolo impone 1URP.

Expediente N° 2158-2013: Violeta Yolanda Nieto Ramos/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 3113-2013: Maria Consuelo López Chavez/Unidad de

Expediente N° 93-2014: Jose Asunción Rodríguez Vera/Oficina de

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PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV

Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion uno que declara improcedente la demanda. Expediente N° 236-2010-53: Maria Luisa Benites de Rivera/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion treinta y cuatro. Expediente N° 7061-2013: Abdias Vitello Sanchez Rivera/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándola fundada. Expediente N° 3448-2010-71: Ernesto Ricardo Loaiza Rivas/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion veinticinco que declara infundada la observación. Expediente N° 3177-2013: Alfonso Mario Becerra Santa Cruz/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara improcedente la demanda. Expediente N° 8193-2013: Oscar Eduardo Rojas Bazan/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

declara improcedente la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 8044-2013: Ana Marita Diaz Arrascue y otra/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N2 3307-2012-90: Castorina Saucedo de Alarcón/Oficina de Normalización Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion once que declara infundada la observación. Expediente N° 7945-2013: Teresa de Jesús García Montenegro y otro/ Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada en parte la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 4319-2013: Felipe Orión Tavara Perez/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion ocho que impone multa de 2URP, reformándolo impone multa 1URP. Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 1255-2011: Wilfredo Marchan Córdova/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion diecisiete que declara infundada la observación.

Expediente N° 8492-2013: Maria Socorro Muñoz Rivas/Gerencia Regional de Salud de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándola declara infundada.

Expediente N° 5666-2010: Rosa Maria Torrichelli de Jacinto/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 5854-2011-67: Rogelio Cotrina Zafra/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion catorce que declara fundada la observación.

Expediente N° 1556-2012: Fidel Zarpan Nunton/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara improcedente la demanda.

Expediente N° 111-2013-41: Yerivhel Davila Avila/Municipalidad Distrital de Jose Leonardo Ortiz/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion cinco que declara improcedente la oposición al mandate cautelar.

Expediente N° 69-2015: Rosa Elena Huaman Piscoya/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infundada.

Expediente N° 53-2010-30: Maria Verónica López de Muñoz/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion veinticinco que impone multa de 2URP. Expediente N° 7-2015: Felipe Ricardo Carlos Rojas/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 1569-2010-51: Andrés Justiniano Llamogtanta Chavez/Oficina de Normalizacion Previsional/ Proceso Contencioso Administrativo/ Revoca resolucion veintiséis que impone multa de 5URP, reformándola deja sin efecto. Expediente N° 5156-2010-35: Apolonia Delgado vda. de Pita/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion quince que declara infundada la observación. Expediente N° 1098-2014: Edy Marisol Valdivieso Gamboa/Gerencia Regional de Educación de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 801-2014: Segundo Moises Santa Cruz Aguinaga/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que

Expediente N° 4128-2013: Neil James Celis Guerrero/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirmaron resolucion cinco que impone multa de 4URP. Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 6529-2013: Luis Alberto Heredia Clavo/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 793-2013: Alfredo Agustín Vasquez Reupo/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 6233-2012: Benigno Guadalupe Flores Chafloque/Direccion Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion tres que impone multa, revoca en el monto de 5URP, reformándola fija 1URP. Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 6712-2013: Maria Dominga Hernandez Alcántara/ Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV Expediente N° 1777-2013: Maria Nancy Boggio de Seminario/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion cuatro que impone multa, revoca en el monto de 5URP, reformándola impone 1URP. Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

CRÓNICA

Expediente N° 4575-2013: Noemi Fermina Camacho Bustamante/ Direccion Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Declara nulo el extremo “y la calcule conforme al artículo 56° de la

Expediente N° 4268-2013: Wigberto Dario Acosta Aricoche/Direccion Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Ley N° 29944 y el artículo 1° del Decreto Supremo N° 290-2012-EF, a partir del 26 de noviembre de 2012 siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de la remuneración del actora.

Expediente N° 6037-2012: Alfredo Davila Hoyos/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 3669-2013: Carmen Castañeda Quiroz/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 6753-2013: Eva Fenco Gonzales/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Declara nulo el extremo “y la calcule conforme al artículo 56° de la Ley N° 29944 y el articulo 1° del Decreto Supremo N° 290-2012-EF, a partir del 26 de noviembre de 2012 siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de la remuneración del actor”.

Expediente N° 4831-2013: Manuel Velásquez Reyes/Gerencia Regional de Salud de Lambayeque y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 8456-2013: Lila Bety Esquen Sembrera/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 3648-2013: Luis Eugenio Moreno López/Direccion Regional Docente Las Mercedes y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 1205-2013: Rosa del Milagro Guevara Agip/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion dos que impone multa, revoca en el monto de 5URP, reformándola impone 1URP. Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Declara nulo el extremo “y la calcule conforme al artículo 56° de la Ley N° 29944 y el articulo l9 del Decreto Supremo N° 290-2012-EF, a partir del 26 de noviembre de 2012 siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de la remuneración del actora. Expediente N° 5088-2010: Victoria Trinidad Limo Limo/Direccion Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda, Expediente N° 686-2013: Amparo Consuelo Torres Fernandez/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Declara nulo el extremo “y la calcule conforme al artículo 569 de la Ley N° 29944 y el articulo 1° del Decreto Supremo N° 290-2012EF, a partir del 26 de noviembre de 2012 siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de la remuneración del actora. Expediente N° 667-2013: Teodoro Yamunaque Gomez/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, DIAZ PISCOYA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 286-2014: Ricardo Acosta Cajusol/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 851-2013: Enrique Anibal Vallejos Villalobos/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundad al demanda. CON LOS SEÑORES FIGUEROA GUTARRA, CERVERA DAVILA Y ARMAZA GALDOS SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 889-2013: Mirela Zuceti Herrera Rojas/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 45-2015: Mirtha Ynes Farro Jimenez vda. de Salazar/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/ Proceso Contencioso Administrativo/ Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 7-2011: Jorge Antonio Sanchez Loayza/Gerencia Regional de Educacion de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 6063-2013: Eva Maritza Alarcón Flores/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándola declara infundada. Expediente N° 131-2014: Esther Diana Coronel Ugaz/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Declara nulo el extremo “y la calcule conforme al artículo 56s de la Ley N° 29944 y el artículo 1° del Decreto Supremo N° 290-2012-EF, a partir del 26 de noviembre de 2012 siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de la remuneración del actora. Expediente N° 2434-2013: Carmen

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Chiclayo, jueves 17 de diciembre del 2015

Herleny Valdivia Chavez/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Revoca resolucion tres que impone multa de 5URP, reformándola impone 1URP. CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 3866-2013: Oswaldo Castillo Mundaca/Gerencia Regional de Salud de Lambayeque y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente Ne 3382-2014-43: Jose Gabriel Nuñez Barboza/Ministerio de Agricultura/Proceso Contencioso Administrativo-Medida Cautelar/Confirma resolucion uno que deniega medida cautelar.

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ra fundada en parte la demanda. Expediente N° 963-2013: Jorge Eduardo Gavino Lossio/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion cuatro que impone multa, revoca en el monto de 5URP, reformándola impone 2URP. Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Integrándola ordena pago de interés. CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, DEZA SANCHEZ Y FUGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA Expediente N° 3689-2010: Johny Zambrano Espinoza/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion doce que declara infundada la demanda, reformándola declara improcedente.

Expediente N° 5611-2012: Clemente Segundo Samame Suarez/Oficina de Normalización Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara infundada la demanda, reformándola declara fundada.

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 5145-2013: Jose Guillermo Mendoza Tavara/Oficina de Normalización Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 744-2013: Edilberto Zamora Vasquez/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

DIA VEINTICINCO DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 6147-2012: Ernesto Teodoro Fernandez Calderón/Direccion Regional de Educación de Lambayeque y otro/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 5543-2011: Maria Polo de Vasquez y otro/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/ Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, FIGUEROA GUTARRA Y DIAZ PISCOYA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA Expediente N° 7108-2013: Segundo Luis Gonzales Rojas/Red Asistencial de Lambayeque - ESSALUD/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Confirma resolución cuatro que declara infundada la excepción de falta de legitimidad para obrar. CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, DIAZ PISCOYA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 5483-2014: Carmen Ramos de Soberon/Oficina de Normalización Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolución uno que declara improcedente la demanda. Expediente N° 2426-2013: Franco Mera Palacios/Gobierno Regional de Lambayeque y otro/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara improcedente la demanda. Expediente N° 6955-2013: Gloria Janett Guevara Mundaca/Direccion Regional de Educación de Lambayeque/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que decla-

DIA VEINTIOCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE

Expediente N° 6413-2012: Alfonso Benigno Vasquez Castañeda/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara infundada la demanda, reformándola declara fundada. Expediente N° 4445-2013: Walter Enrique Yaipén Sanchez y otros/ Gerencia Regional de Agricultura y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 883-2011: Clara Narcisa Odar Puse/Poder Judicial y otro/ Proceso Contencioso Administrativo/ Confirma sentencia que declara fundada la demanda. CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, FIGUEROA GUTARRA Y DIAZ PISCOYA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA Expediente N° 1421-2010-37: Juan Bautista Alvitez Castañeda y otros/ Direccion Regional de Educación de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolución uno que declara procedente la medida cautelar, reformándola declara improcedente. DIA TREINTA Y UNO DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 1671-2010: Luis Carlos Lossio Vasquez/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 6086-2012: Juan Inoñan Cieza/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Declara nula la sentencia. SRA. CERVERA DAVILA JUEZ SUPERIOR KELLY JANNETT MEGO ALARCÓN RELATORA

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CRÓNICA

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ESTOS HECHOS NO CONFIGURAN CAUSAL DE IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMÚN Haber sido varias veces denunciado por la esposa no justifica divorcio La Corte Suprema ha establecido que no es posible sustentar la causal de divorcio por imposibilidad de hacer vida en común por el hecho de haber sido demandando o denunciado judicialmente por su cónyuge. Esto constituye un ejercicio válido del derecho de acción, con mayor razón si finalmente estos procesos fueron declarados fundados. Más detalles aquí. Haber demandado por alimentos al marido o haberlo denunciado por violencia familiar, no facultan a este accionar la causal de divorcio por imposibilidad de hacer vida en común. En efecto, en un proceso cuya pretensión subordinada versaba sobre divorcio por imposibilidad de hacer vida en común, la Corte Suprema determinó que esta causal no se configuraría por el mero hecho de que la esposa demandada haya presentado con anterioridad diversas acciones judiciales en contra del actor. Este criterio fue asumido en la Casación N 3747-2014-Arequipa (El Peruano, 30/10/2015), en la que la Sala Transitoria de la Corte Suprema desestimó dicha pretensión en concordancia con lo expuesto en la sentencia de vista expedida por la Sala Superior de Arequipa. De acuerdo con los hechos, el demandante inició un proceso de nulidad de matrimonio como pretensión principal y como subordinada la de divorcio por imposibilidad de hacer vida en común, causal recogida en el inciso 11 del artículo 333 del Código Civil. Alegó que su esposa había incurrido en actos que produjeron la imposibilidad de hacer vida en común, como el iniciar procesos en su contra que versaban sobre violencia familiar, alimentos y una denuncia penal por el delito de propagación de enfermedades.

En primer y segundo grado se desestimaron ambas pretensiones del marido. Los jueces señalaron que “los procesos iniciados en su contra, no son razón suficiente para que se configure dicha causal (imposibilidad de hacer vida en común), por cuanto se trata del ejercicio de los derechos que se asisten a su esposa (...), advirtiéndose pronunciamientos a favor de su cónyuge, de tal suerte que no podría fundarse la causal en hecho propio”. Ante ello, el demandante interpuso recurso de casación solicitando que se analice la nulidad de su matrimonio conforme al artículo 220 del Código Civil, es decir que se aplicara de oficio alguna causal de nulidad de acto jurídico, e insistió en que los procesos iniciados por su cónyuge si eran razón suficiente para fundar la causal de divorcio por imposibilidad de hacer vida en común. Pero, la Corte Suprema desestimó su recurso y señaló que el interés social del matrimonio no admite la invocación de las reglas de nulidad de acto jurídico. Asimismo, la Suprema asumió los mismos fundamentos de la sentencia de vista, al considerar que los procesos iniciados en contra del demandante fueron producto del ejercicio de acción de su cónyuge, lo cual no puede servir para alegar la causal de imposibilidad de hacer vida en común, mas aún si dichos procesos contenían pronunciamientos favorables a la demandada. Esto corroboró –señaló la Suprema– que quien se encontraba en falta era el mismo demandante y, en dicho escenario, lo que pretendía era fundar una causal en hecho propio, situación que se encuentra proscrita por el artículo 335 del Código Civil. La Ley.-

Para mejorar atención a justiciables se desarrollará taller:

“Fortaleciendo y optimizando la atención al usuario interno y externo en las mesas de partes de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque” Con la finalidad de optimizar la calidad de atención personal de la Mesa de Partes, brindando un mejor servicio interno y externo, la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, presidida por la Mg. Ana Elizabeth Salés del Castillo, viene desarrollando el taller: “Fortaleciendo y optimizando la atención al usuario interno y externo en las mesas de partes de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque”. El evento está dirigido a los servidores jurisdiccionales y administrativos que laboran en las

diferentes mesas de partes de esta institución. Este evento académico consta de tres sesiones y en dos grupos distintos. Primer grupo 9,11 y 14 de diciembre de 2015, segundo grupo16,18 y 21 de diciembre. “Los temas a tratar son: atención a usuario interno y externo; la importancia de la comunicación en la atención al usuario, conociendo los tipos de usuarios interno y externo”, manifestó el Abog. Peter Cornejo Ampuero, Jefe de la Unidad de Servicios Judiciales.

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En casos de impedimento, recusación, excusación y abstención Primer y Segundo Juzgado Civil Mixto de Jaén conocerán procesos de la provincia de Cutervo Considerando la distancia entre las provincias de Cutervo y Jaén, así como la competencia (Juzgado Civil), se dispuso mediante R.A. Nº 620 -2015-P-CSJLA/PJ, de fecha 7 de diciembre del año en curso, que los procesos en casos de impedimento, recusación, excusación y abstención de la provincia de Cutervo sean remitidos indistintamente al Primer y Segundo Juzgado Civil Mixto de Jaén. Ello, con la finalidad que sea el sistema informático el que aleatoriamente designe a cualquiera de dichos órganos jurisdiccionales. Y es que, tras la Resolución Administrativa Nº

342 – 2015 –CE-PJ, de fecha 4 de noviembre del presente año, en la que se dispuso convertir y reubicar, a partir del 1 de diciembre del 2015, el 1º Juzgado Mixto de la provincia de Cutervo, como Juzgado Civil del distrito y provincia de Lambayeque, así como el 2º Juzgado Mixto de Cutervo en Juzgado Civil Permanente del mismo distrito. En esa línea, el precitado Juzgado Civil Permanente de Cutervo es el único órgano jurisdiccional de dicha provincia que atenderá los casos civiles, laborales, constitucionales y de familia.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE SINDICATO DE TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL- LAMBAYEQUE COMITÉ ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DE JUNTA DIRECTIVA PERIODO 2016-2017

COMUNICADO Se comunica a todos los agremiados que la inscripción de candidatos a la convocatoria para la inscripción de las listas de lección a Junta Directiva para el periodo 2016-2017, será desde el día 7 al 11 de diciembre a horas 8:00 am a 4:30 p.m. CRONOGRAMA DE ELECCIONES 2015 ETAPAS DEL PROCESO

FECHAS

Recepción e Inscripción de Listas de candidatos

07, 09,10 y 11 de diciembre (8:00 a.m. 4:30 p.m.)

Sorteo del Número que se identificará cada Listas

14 de diciembre

Presentación de Tachas

14 y 15 de diciembre

Resolución de Tachas

16 diciembre

Publicación de resolución de tacha

17 de diciembre

Cumplimiento de la tacha fundada

18 de diciembre

Realización de Elecciones

22 de Diciembre (09:00 a.m. a 06:00 p.m.)

Publicación de Lista Ganadora y ceremonia de Juramentación 28 de Diciembre de Nueva Junta Directiva

NOTA: Toda documentación deberá presentarse ante el Presidente de la Junta Electoral en la Relatoría de la Segunda Sala Laboral (Nueva Sede – Cuarto piso) respetando estrictamente los horarios establecidos en el presente Cronograma de Elecciones 2015. En caso de las sedes Jaén, San Ignacio y Cutervo la inscripción podrán realizarla de manera opcional a través del siguiente correo electrónico: [email protected], debiendo remitir la documentación física a más tardar en un plazo de 48 horas, adjuntando copia del correo electrónico. EL COMITÉ ELECTORAL

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CRÓNICA

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV

Inculpados trataron de huir de conocida tienda sin pagar

Por sustraer licor, en menos de 48 horas fueron sentenciados por CSJLA Resuelven nuevo caso de proceso inmediato por delito de hurto agravado El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, a cargo de la Dra. María Celia Primo Vásquez, desarrolló nuevamente y en sólo 40 minutos otra audiencia de proceso inmediato por flagrancia delictiva, bajo el alcance del D.L. 1194. David Joseph Gutiérrez Pantoja (20) y Alfonso Javier Zapata Farias (21), se sumaron el último lunes 14 de diciembre a los primeros sentenciados a través de un proceso inmediato por el delito de hurto agravado en agravio de la empresa Hipermercados Tottus. La Magistrada, tras valorar los medios de prueba presentados por la representante de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo condenó a David Gutiérrez a dos años y 8 meses de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución, por el periodo de prueba de 1 año, mientras que, Alfonso Zapata fue sentenciado a dos años 11 meses de pena privativa de la libertad

suspendida en su ejecución, por el periodo de prueba de 1 año y dos meses. Ambos inculpados deberán estar sujetos a las siguientes reglas de conducta: no ausentarse de la localidad sin previo aviso al órgano jurisdiccional, acudir de manera mensual a fin de justificar sus actividades mediante control biométrico, y pagar una reparación solidaria de 200 soles, bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 59 del código procesal penal. El hecho ocurrió el 12 de diciembre del año en curso, al promediar las 10 de la noche, en circunstancias que ambos procesados fueron descubiertos por el personal de seguridad de Hipermercados Tottus, ubicado en la Av. Víctor Raúl Haya de la Torre N° 150 de la Urb. San Eduardo, cuando intentaban huir con 2 botellas de licor que minutos antes habían sustraído, valorizadas cada una de ellas en 49 y 60 soles.

La señora Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Mg. Ana Elizabeth Salés del Castillo, en nombre de los señores Magistrados, personal jurisdiccional y administrativo, expresan sus más sentidas condolencias a los familiares y amigos de quien en vida fue: SRA. ARMANTINA VEGA DEL AGUILA (Q.E.P.D. Y D.D.G.)

acaecido el día martes 15 de diciembre, en esta ciudad. Sus restos están velándose en la Parroquia Nuestra Señora de la Consolación y serán sepultados el día de hoy a las 12:00 en el Cementerio Jardines de la Paz; por quien elevamos nuestras plegarias al Creador, para el eterno descanso de su alma. La extinta, fue madre del Dr. Nelson Helio Mendoza Vega, Juez del Juzgado Unipersonal de San Ignacio, de esta Corte Superior de Justicia, con quien compartimos su dolor y resignación en unión de familiares y relacionados sociales. Chiclayo, diciembre del 2015