desarrollo e inclusion social - Midis

25 ago. 2016 - Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones. Exteriores, solicita se expida la autorización para el
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El Peruano / Jueves 25 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Argentina, República de Chile, Estados Unidos de América, Canadá, República de Panamá y los Estados Unidos Mexicanos, sin armas de guerra; Que, con Oficio G.500- 3573, del 08 de agosto de 2016, el Secretario del Comandante General de la Marina, por especial encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Argentina, República de Chile, Estados Unidos de América, Canadá, República de Panamá y los Estados Unidos Mexicanos, del 25 al 26 de agosto de 2016, con la finalidad de asistir a la XXIII Conferencia Naval Interamericana Especializada en Operaciones de Helicópteros desde Buques que no sean Portaviones (CNIE - HOSTAC 2016), organizada por la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a un (01) militar de la República Argentina, un (01) militar de la República de Chile, cuatro (04) militares de los Estados Unidos de América, un (01) militar de Canadá, dos (02) militares de la República de Panamá; y, dos (02) militares de los Estados Unidos Mexicanos, del 25 al 26 de agosto de 2016, con la finalidad de asistir a la XXIII Conferencia Naval Interamericana Especializada en Operaciones de Helicópteros desde Buques que no sean Portaviones (CNIE - HOSTAC 2016), organizada por la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. Mariano González Fernández Ministro de Defensa

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Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

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DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aceptan renuncia de Viceministra de Políticas y Evaluación Social RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2016-midis Lima, 24 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, la cual contempla el cargo de Viceministro de Políticas y Evaluación Social; Que, mediante Resolución Suprema N° 007-2014-MIDIS, se designa a la señora Ariela María de los Milagros Luna Florez en el cargo de Viceministra de Políticas y Evaluación Social; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo de Viceministra de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, habiéndose estimado pertinente aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.-  Aceptar, a partir del 5 de setiembre de 2016, la renuncia formulada por la señora Ariela María de los Milagros Luna Florez como Viceministra de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.-  La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República Cayetana Aljovín Gazzani Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1420623-6

Designan Viceministra Evaluación Social

de

Políticas

y

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2016-midis Lima, 24 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, la cual contempla el cargo de Viceministro de Políticas y Evaluación Social; Que, a partir del 5 de setiembre de 2016 se encontrará vacante el cargo de Viceministro de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, por lo que resulta necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 5 de setiembre de 2016, a la señora María Eugenia Mujica San Martín como Viceministra de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.