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Que, con Resolución Directoral N° 767-2013-0GGRH/SA, de fecha 29 de mayo del 2013, se reconoció a favor de los Pensionis
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MIN ISTE RIO DE SA LUD



.deI. .. i?Y! Visto, el Informe W 1587-2015-ERP-OARH/MINSA de fecha 21 de octubre del 2015, contenido en el Expediente W 14-036388-004, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; CONSIDERANDO : Que, con Resoluci ón Directoral N° 767-2013-0GGRH/SA, de fecha 29 de mayo del 2013, se reconoció a favor de los Pensionistas - Cesantes de la Administración Central del Ministerio de Salud que no contaban con sentencia judicial, los devengados generados como consecuencia del reconocimiento de la Bonificación Especial dispuesta por el artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 037-94, de conform idad con lo señalado en la Ley W 29702, entre los cuales se encuentra doña CRISALlDA JESÚS MONTEZUMA ZAVALETA, consignado con el número 21 de la relación descrita como Anexo 01 - RELACiÓN DE SERVIDORES QUE NO CUENTAN CON SENTENCIA JUDICIAL - D. U. W 037-94, a quien por dicho concepto se le calcula la suma de Veintisiete Mil Veinticinco y 52/100 Nuevos Soles (SI. 27 ,025 .52); Que, en ese sentido, durante los meses de diciembre del 2013, marzo y noviembre del 2014, se efectúo a favor de doña CRISALlDA JESÚS MONTEZUMA ZAVALETA, tres (03) depósitos parciales con cargo a la deuda principal, habiéndose cancelado la totalidad de los devengados reconocidos en la Resolución antes mencionada , como a continuación se detalla: MONTO PAGADO

MONTO RECONOCIDO R.O. W 767-2013OGGRH/SA

2013 DICIEMBRE

MARZO

NOVIEMBRE

27,025. 52

3,365.71

1,332.33

22 ,327.48

2014

TOTAL AMORTIZADO 27 ,025.52

Que, mediante Sentencia de Vista, de fecha 19 de marzo de dos mil trece, emitida por la Tercera Sala Laboral de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima, recaída en el expediente W 003922010-0-1801-JR-LA-34 ACA LAB (S), se confirma la sentencia recaída en la Resolución N° 09 de fecha 31 de mayo de 2011 , que declara fundada la demanda y ordena que el Ministerio de Salud expida nueva resolución administrativa otorgando a la demandante los devengados más intereses legales provenientes de la bonificación especial del artículo 2° de la bonificación especial del Decreto de Urgencia N° 037-94;

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Que, según Informe Situacional Actual W 1366-2015-SERL-EIE-OARH-OGGRH , de fecha 07 de Mayo del 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón , doña CRISALlDA JESÚS MONTEZU MA ZAVALETA, figura como cesante de la Administración Central del Ministerio de Salud , en el cargo de Secretaria V, Nivel STA;

Que, la Oficina General de Gestión de Recurses Humanes, en estricto. cumplimiento. de la ebligación legal impuesta per el artículo. 4° del Texto. Único. Ordenado. de la Ley Orgánica del Peder Judicial, aprobado. per Decrete Supremo. W 017-93-JUS, que dispene: "teda persena y autoridad está ebligada a acatar y dar cumplimiento. a las decisienes judiciales de índele administrativa, emanadas de auteridad judicial cempetente, en sus propies términes, sin peder calificar su centenide e sus fundamentes , restringir sus efectes e interpretar sus alcances, baje respensabilidad civil , penal e administrativa que la Ley señala"; ha precedido. a practicar una nueva liquidación de les devengades cerrespendientes a la benificación especial etergada per el artícu lo. 2 del Decrete de Urgencia W 037-94 a faver de deña CRISALlDA JESÚS MONTEZUMA ZAVALETA, yen virtud de elle se ha determinado. cen ellnferme de Viste y la Liquidación N° 2302015-ERP-OARH/MINSA, emitida per el Equ ipe de Remuneracienes y Pensienes, recenece r la suma de SI. 27,148.84 Nueves Seles, per cencepte de devengades de la benificación especial establecida en el Decrete de Urgencia W 037-94 , y S/. 9,250.39 Nueves Seles, per cencepte de intereses legales laborales , por el períede cemprend ide desde el 01 de julio. de 1994 al 31 de diciembre del 2010; Que, ante el precitado. recenecimiente de la deuda per cencepte de devengades de la benificación especial etergada per el artículo. 2 del Decrete de Urgencia W 037-94, resulta necesario. tener en cuenta les pages realizades, teniendo. ceme sustente le erdenade per la Reselución Directeral N° 767 -2013-0GGRH/SA, detallades en el segunde censiderande de la presente reselución , que ascienden a S/. 27,025.52 Nueves Seles, quedando. un salde pendiente de S/. 123.32 Nueves Seles per cencepte de devengades, a faver de la demandante;



Que, en este centexte, resulta cenveniente expedir el acto. reselutive mediante el cual se cumple el mandato. judicial expedido. per la Tercera Sala Laberal de Lima; en le que respecta a les intereses t.íOloO~ot." legales, per la benificación antes citada;

'i71"- .~ . ~ i Que: a razón de la~ ebligaciones derivadas de sentencias judiciales cen calidad de cesa juzgada: ~,

"" mediante Reseluclen Ministerial W 210-2014/MINSA de fecha 11 de marzo. de 2014, se cenferme Cemité para la elaberación y aprebación del listado. prierizade para la atención del pago. de sentencias judiciales a efectes de reducir cestes al Estado., en aplicación a le dispuesto. per el artículo. 5° del Reglamente de la Ley W 30137, aprebade per Decrete Supremo. W 001 -2014-JUS;

~;;i,.R.el J.!!!!"

Cen les visades del Jefe de Equipe de Remuneracienes y Pensienes y del Ejecutivo. Adjunte I de la Oficina General de Gestión de Recurses Humanes; De cenferm idad cen le previste en el artículo. 4° del Texto. Único. Ordenado. de la Ley Orgán ica del Peder Judicial, aprobado. per Decrete Supremo. N° 017-93-JUS y el artículo. 5° del Reglamente de la Ley W 30137, aprebade per Decrete Supremo. W 001-2014-JUS;

SE RESUELVE:

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Artículo 1°._ RECONOCER , a fa ver de deña CRISALlDA JESÚS MONTEZUMA ZAVALETA identificada cen DNI W 06448455 , la nueva suma de VEINTISIETE MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO CON 84/100 NUEVOS SOLES (S I. 27,148.84) per devengades de la benificación especial dispuesta per el artículo. 2° del Decrete de Urgencia N° 037-94, Y per cencepte de intereses legales laberales , del períede cemprendide desde el 01 de julio. de 1994 hasta el 31 de diciembre del 2010, la suma de NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 39/100 NUEVOS SOLES (S/. 9,250.39); deduciéndese le abenade en cumplimiento. a le recenecide en la Reselución Directeral W 7672013-0GGRH/SA, cenferme a le expuesto. en la parte censiderativa de la presente reselución , de . 'acuerde al siguiente detalle:

Judicial

Devengados del D.U. 037-94

Monto pagado de acuerdo a R.D. N" 767 -2013-0GGRH/SA

Saldo pendiente por devengados

Intereses legales laborales del D.U. 037-94

00392-2010·0-1801 · JR· LA-34 ACA LAS (S)

27,1 48.84

27,025.52

123.32

9,250.39

N" Expediente



MiN I TERIO DE SAL UD



Artículo 2° ._ DISPONER, el pago del saldo pendiente por concepto de devengados, a favor de doña CRISALlDA JESÚS MONTEZUMA ZAVALETA por la suma de CIENTO VEINTITRES CON 32/100 NUEVOS SOLES (SI. 123.32), conforme al cuadro que se detalla en el artículo 1° de la presente resolución. Artículo 3°.- El monto reconocido en el artículo precedente de la presente resolución , se abonará con cargo a la Específica de Gasto 25.51 .21 , Meta: 0133 y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la Unidad Ejecutora 001 , Pliego 11, Ministerio de Salud . Artículo 4°._ Remitir copia de la presente resolución al Director General de la Oficina General de Administrac ión, quien preside el Comité encargado del listado de priorización de obligaciones de sentencias con calidad de cosa juzgada . Artículo 5°._ Remitir copia de la presente resolución al Procurador Público del Ministerio de Salud para su conocimiento y presentación ante la Tercera Sala Laboral de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima, para su aprobación .

Regístrese y Comuníquese,