Conferencia mundial sobre los Pueblos Indígenas - Centro de

25 sept. 2014 - 3 Consejo Económico y Social de Naciones Unidas, Resolución .... de la Carta de las Naciones Unidas, en
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NOTA DE COYUNTURA CENTRO DE ESTUDIOS INTERNACIONALES GILBERTO BOSQUES

Senado de la República, 30 de septiembre de 2014

CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE LOS PUEBLOS INDÍGENAS: ANTECEDENTES, INTERVENCIONES Y PRINCIPALES RESULTADOS

FUENTE: Notiindígena, “Bolivia: Conferencia Mundial de Pueblos Indígenas”, 31 de agosto de 2014. Consultado el 29 de septiembre de 2014 en: http://notiindigena.wordpress.com/2014/08/31/bolivia-conferencia-mundial-de-pueblos-indigenas/)

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Introducción El 21 de diciembre de 2010 la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas decidió en su resolución 65/198 la organización de una reunión plenaria de alto nivel denominada como la Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas para el año 2014. El propósito de la conferencia sería compartir puntos de vista y buenas prácticas en el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas, así como en la consecución de los objetivos contemplados en la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos Indígenas de 2007.1 De esta manera, los días 22 y 23 de septiembre del año en curso, en el marco del inicio del período ordinario de sesiones de la Asamblea General, se llevó a cabo la Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas. Aunado a la importancia que reviste la celebración por primera vez de una conferencia de este nivel sobre las poblaciones indígenas, resulta importante plantear también el andamiaje institucional desplegado durante las últimas décadas en el seno de Naciones Unidas con respecto al tema. Por lo mismo, la presente nota plantea los elementos que comprende dicho andamiaje, un panorama general sobre la intervención de México y otros actores en la Conferencia Mundial, así como las principales cuestiones abordadas en el proyecto de resolución presentado por el Presidente de la Asamblea General en el marco de la conferencia. Antecedentes: la defensa y promoción de los derechos de los pueblos indígenas en Naciones Unidas Si bien, hoy en día existe una variedad de mecanismos y figuras dentro de Naciones Unidas cuyo trabajo gira en torno a los derechos humanos de estas poblaciones, los primeros progresos en la materia deben mencionarse. En primer lugar, el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas fue establecido a principios de los años ochenta mediante la resolución 1982/34 adoptada por el Consejo Económico y Social (ECOSOC). Este Grupo de Trabajo, órgano subsidiario de la Subcomisión sobre la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, se reúne anualmente en Ginebra.2 Casi dos décadas después, el ECOSOC, mediante su resolución 2000/22, decidió establecer el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas como un órgano asesor del Consejo con el mandato de “examinar las cuestiones indígenas […] relativas al desarrollo económico y social, la cultura, el medio ambiente, la educación, la salud y los derechos humanos […]”3 Por su parte, dentro del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas también se han realizado esfuerzos para la promoción y defensa de los derechos de los pueblos indígenas, a través de la instauración de diversas figuras y mecanismos. En 2001, la Comisión decidió nombrar a un Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas, cuyo mandato contempla principalmente la promoción de buenas prácticas para implementar estándares internacionales relativos a los derechos de estas poblaciones, la elaboración de reportes sobre la situación de los pueblos indígenas, y la 1

Asamblea General, Resolución 65/198. Cuestiones Indígenas, A/RES/65/198, 21 de diciembre de 2010, párr. 8. Cuestiones más prácticas sobre la organización de la conferencia se decidieron en la resolución 66/296, en la que además, se le encomendó al presidente de la Asamblea General la preparación de un borrador del documento que sería adoptado al finalizar la Conferencia. Asamblea General, Resolución 66/296. Organización de la reunión plenaria de alto nivel de la 69° sesión de la Asamblea General, a ser conocida como la Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas, A/RES/66/296, 17 de septiembre de 2012. 2 Adicionalmente, en 1985 se estableció el Fondo Voluntario para Poblaciones Indígenas con el objetivo de asistir a los representantes de comunidades y organizaciones indígenas para participar en las discusiones del Grupo de Trabajo. Office of the High Commissioner for Human Rights (OHCHR), “Mandate of the Working Group on Indigenous Populations”, 1996-2014. Consultado el 25 de septiembre de 2014 en: http://www.ohchr.org/EN/Issues/IPeoples/Pages/MandateWGIP.aspx) 3 Consejo Económico y Social de Naciones Unidas, Resolución 2000/22 Establecimiento de un foro permanente para las cuestiones indígenas, E/2000/INF/2/Add.2, 28 de julio de 2000.

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conducción de estudios temáticos sobre la promoción y protección de sus derechos. 4 Asimismo, el Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas fue establecido como un órgano subsidiario del Consejo en 2007 a través de la resolución 6/36.5 Por último, entre los instrumentos internacionales más relevantes sobre el tema se encuentran los siguientes: el Convenio No. 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales que la Organización Internacional del Trabajo adoptó en 1989 y entró en vigor 1991, y la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas aprobada por la Asamblea General en septiembre de 2007. Respecto a esta última cabe recordar que, al tratarse de una declaración no constituye un instrumento internacional vinculante para los Estados. No obstante, y si bien la Declaración de 2007 fue aprobada después de un largo proceso de elaboración que duró cerca de dos décadas,6 ésta contiene importantes elementos que deben destacarse. La Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas reconoce la igualdad de los pueblos indígenas respecto a todos los demás, las contribuciones que estos realizan a la diversidad y riqueza de las diferentes civilizaciones y culturas, y la “urgente necesidad” de respetar y promover sus derechos.7 La declaración reafirma además, el principio de no discriminación y el de libre determinación, el derecho a la autonomía o al autogobierno y expone una preocupación con relación a las “injusticias históricas” que han resultado de la colonización y de haber sido desposeídos de sus tierras, teniendo como consecuencia un impedimento a ejercer su derecho al desarrollo.8 Asimismo, destaca el papel que le corresponde desempeñar a las Naciones Unidas en la promoción y protección de los derechos de estos pueblos, y reafirma el hecho de que todas las personas indígenas gozan de los derechos humanos reconocidos en el derecho internacional.9 De esta manera, la Declaración reconoce una serie de derechos sociales, económicos, políticos y culturales, que constituyen “las normas mínimas para la supervivencia, la dignidad y el bienestar de los pueblos indígenas en el mundo.”10 Reuniones previas a la Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas Previo a la celebración de la Conferencia, se organizaron diversas reuniones como parte de los trabajos preparatorios a la misma. En primer lugar, del 10 al 12 de junio de 2013 se llevó a cabo la Conferencia Preparatoria Indígena Global en la ciudad de Alta, Noruega, bajo los auspicios del Parlamento de dicho país y a la cual asistieron más de 600 delegados, indígenas, asesores, observadores y representantes de medios de comunicación. El objetivo de dicha conferencia fue el de “contribuir al fortalecimiento de la cooperación mutua, así como identificar y coordinar los problemas y las cuestiones importantes que afectan a los Pueblos Indígenas del mundo y el esfuerzo por salvaguardar sus derechos humanos,

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OHCHR, “Special Rapporteur on the rights of indigenous peoples”, 1996-2014. Consultado el 25 de septiembre de 2014 en: http://www.ohchr.org/EN/Issues/IPeoples/SRIndigenousPeoples/Pages/SRIPeoplesIndex.aspx 5 Como parte de su mandato, el Mecanismo de Expertos proporciona asesoría temática al Consejo a través de estudios e investigaciones. Asimismo, puede sugerir propuestas para consideración y aprobación del Consejo. OHCHR, “The Expert Mechanism on the Rights of Indigenous Peoples”, 1996-2014. Consultado el 25 de septiembre de 2014 en: http://www.ohchr.org/EN/Issues/IPeoples/EMRIP/Pages/EMRIPIndex.aspx 6 Consejo de Derechos Humanos, Resolución ½. Grupo de Trabajo de la Comisión de Derechos Humanos encargado de elaborar un proyecto de declaración de conformidad con el párrafo 5 de la resolución 49/124 de la Asamblea General, de 23 de diciembre de 1994, A/HRC/RES/1/2, 29 de junio de 2006. 7 Preámbulo a la Declaración. Asamblea General, Resolución 61/295. Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, A/61/L.67 y Add.I, 13 de septiembre de 2007. 8 Ídem. 9 Ídem. 10 Ibíd, artículo 43.

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[…].”11 Como resultado de ésta y otras reuniones, el Documento Final de Alta, el cual fue adoptado por consenso y entregado al secretario general de la ONU, incluye la identificación de ciertos temas generales y la formulación de recomendaciones para la Conferencia Mundial.12 Las cuestiones sobre las que versa el documento incluyen, entre otros: tierras, territorios, y recursos de los pueblos indígenas, acciones del sistema de Naciones Unidas para ayudar en el ejercicio de sus derechos, y prioridades de los mismos en materia de desarrollo.13 Adicionalmente, el 5 y 6 de febrero de 2014 se llevó a cabo una reunión organizada por el Grupo Coordinador Indígena y Asia Indigenous Peoples Pact en Chiang Mai, Tailandia. A esta reunión asistieron 59 participantes, incluidos representantes de organizaciones indígenas, organizaciones no gubernamentales, organismos de la ONU y gobiernos.14 Por su parte, la resolución 66/296 de la Asamblea General había solicitado al Presidente de la misma, organizar “no después de junio de 2014” una audiencia interactiva informal que incluyera tanto a representantes de pueblos indígenas y de los organismos del sistema de la ONU como a instituciones académicas, instituciones nacionales de derechos humanos, parlamentarios, y organizaciones de la sociedad civil y no gubernamentales.15 Dicha audiencia se celebró los días 17 y 18 de junio del presente año en la sede de Naciones Unidas con el objetivo de promover “consultas abiertas e inclusivas” entre los Estados Miembros de la organización y los pueblos indígenas, como la base del documento final de la Conferencia que sería presentado por el presidente de la Asamblea General.16 La Conferencia Mundial: expresión de la voluntad de Naciones Unidas para avanzar en el reconocimiento y protección de los derechos de los pueblos indígenas El Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-Moon, enfatizó en su discurso de la sesión de apertura de la Conferencia que “los pueblos indígenas son fundamentales para nuestro discurso de los derechos humanos y el desarrollo global.”17 Reconociendo que "las deliberaciones y decisiones de la Conferencia repercutirán en toda la comunidad internacional con efectos concretos en la vida de los pueblos indígenas", subrayó que el compromiso de estos será fundamental en el esfuerzo mundial por lograr un futuro sostenible y prometió el pleno apoyo de las Naciones Unidas para los pueblos indígenas. Luis Evelis Andrade Casamá, Representante de América Central, Sur y de la región indígena del Caribe, expresó en la sesión inaugural que “los indígenas valoramos el papel y la voluntad política de algunos gobiernos y Estados, que han asumido un compromiso solemne con los propósitos y principios 11

United Nations World Conference on Indigenous Peoples, Conferencia Preparatoria Global, celebrada del 10 al 12 de junio de 2013. Consultado el 25 de septiembre de 2014 en: http://wcip2014.org/es/690-2 12 “El Documento Final de Alta fue entregado como adjunto a una carta al Secretario General de la ONU, en la que se pidió que el documento fuese distribuido como un documento oficial de la Asamblea General. La carta fue firmada por nueve Estados miembros, incluidos Bolivia, Dinamarca, Finlandia, Guatemala, México, Nueva Zelandia, Nicaragua, Noruega y Perú. Como resultado, ahora se considera como un documento oficial de la ONU (A/67/994).” Ídem. 13 Ídem. 14 United Nations World Conference on Indigenous Peoples, Reunión de participación abierta sobre los eventos paralelos, celebrada el 5 y 6 de febrero de 2014. Consultado el 25 de septiembre de 2014 en: http://wcip2014.org/es/reuniones/reunion-de-participacion-abierta-sobre-los-eventos-paralelos-febrero-2014 15 United Nations World Conference on Indigenous Peoples, Audiencia Interactiva, celebrada el 17 y 18 de junio. Consultado el 25 de septiembre de 2014 en: http://wcip2014.org/es/audiencia-interactiva-junio-2014 16 Disposiciones de organización de la Conferencia Mundial Sobre los Pueblos Indígenas, Nota Conceptual. Consultado el 29 de septiembre de 2014 en: http://wcip2014.org/wp-content/uploads/2013/03/6132014Concept-note-wcipfinal.pdf_ES.pdf 17 The World Conference on Indigenous Peoples, comunicado de Prensa, 22 de septiembre de 2014. Consultado el 30 de septiembre de 2014 en: http://www.un.org/es/ga/69/meetings/indigenous/pdf/Comunicado%20de%20prensa_20140922.pdf

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de la Carta de las Naciones Unidas, en un espíritu de reconocimiento y cooperación con los Pueblos Indígenas del mundo, promoviendo leyes y en algunos casos, incorporando instrumentos internacionales en su ordenamiento interno”.18 Mencionó la importancia de este tipo de conferencias, pues expresa la voluntad del Sistema de Naciones Unidas para avanzar en la construcción de políticas de reconocimiento y protección especial a los derechos de los pueblos indígenas, destacando esfuerzos como la aprobación del Convenio 169 de la OIT, la Declaración de las Naciones Unidas de los Derechos de los Pueblos Indígenas, la creación del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas y de los Decenios de los Pueblos Indígenas, el establecimiento del Mecanismo de Expertos y la delegación del Relator Especial. Por su parte, Rebeca Grynspan, Secretaria General Iberoamericana, explicó en su intervención que los organismos internacionales, como la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB), deben promover la amplia participación de los pueblos indígenas en los Objetivos de Desarrollo Sostenible para así asegurar que sus derechos y prioridades se protejan. Asimismo, mencionó el informe “El Futuro Que Queremos”, el cual se adoptó en la Conferencia Río+20, donde se reconoce “la necesidad de contar con la implicación productiva de los pueblos indígenas en el desarrollo sostenible, reconociendo, entre otras cuestiones, que los conocimientos y prácticas tradicionales de los pueblos indígenas son una contribución importante a la conservación del planeta y el uso sostenible de la biodiversidad”.19 La intervención de México y el reconocimiento a su participación en los trabajos preparatorios En la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, el presidente Enrique Peña Nieto reiteró el compromiso de México con el reconocimiento de los derechos y libertades de los pueblos originarios de todas las regiones y países del mundo, incluyendo la protección de los mismos. Ante jefes de estado y de gobierno, y representantes de pueblos originarios de decenas de países, el presidente Enrique Peña Nieto expuso que “en México estamos decididos a construir una verdadera sociedad de derechos en la que todas las personas, independientemente de su origen étnico, puedan ejercer en su vida diaria los derechos y libertades que reconocen nuestra Constitución y los tratados internacionales.”20 Bajo este compromiso y con el fin de que los más de 15 millones de indígenas en México – 12% de la población nacional – puedan ejercer plenamente sus derechos, el primer mandatario estableció que el Estado cuenta con una política integral enfocada al mejoramiento de su calidad de vida y a la generación de mayores oportunidades de desarrollo, por lo cual “México ha establecido un diálogo respetuoso y directo con diversas comunidades indígenas para orientar políticas públicas y proyectos de infraestructura en sus áreas de influencia”.21 Aseveró además, que el Gobierno de México impulsa acciones encaminada al alcance de un verdadero desarrollo incluyente, sin perder su identidad cultural ni comprometer el patrimonio natural del país, añadiendo que “estamos respaldando, con determinación, su incorporación a la educación pública, a los servicios de salud y a una vivienda digna.

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Mirna Cunningham, Intervención del Representante de la América Central y del Sur y de la región indígena del Caribe, señor Luis Evelis Andrade Casamá. 24 de septiembre de 2014. Consultado el 25 de septiembre de 2014 en: http://www.mirnacunningham.org/?p=569 19 Secretaría General Iberoamericana (SEGIB), Prioridades de los pueblos indígenas en el Programa de Desarrollo Sostenible Post-2015. 23 de septiembre de 2014. Consultado el 25 de septiembre de 2014 en http://segib.org/es/node/9993 20 Presidencia de la República, “Refrenda el Presidente Peña Nieto ante la ONU el compromiso permanente de México con la protección de los derechos y libertades de los pueblos indígenas”. 22 de septiembre de 2014. Consultado el 25 de septiembre de 2014 en: http://www.presidencia.gob.mx/articulos-prensa/refrenda-el-presidente-pena-nieto-ante-la-onu-elcompromiso-permanente-de-mexico-con-la-proteccion-de-los-derechos-y-libertades-de-los-pueblos-indigenas/ 21 Ídem.

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Igualmente, impulsamos su acceso a la justicia, así como sus iniciativas para elevar la producción y comercialización de sus productos y artesanías, con un enfoque de sustentabilidad.”22 Reconoció que esta Conferencia se trataba de un logro muy importante para alcanzar el ejercicio efectivo de los derechos de los pueblos indígenas de todas las naciones; señaló que “para México ha sido un gran honor contribuir a la preparación de esta Conferencia Mundial y a la negociación de su documento final”. Sin embargo, expuso que “las iniciativas de desarrollo de la ONU merecen la suma de las capacidades y experiencias de todos los países, porque sólo juntos podemos hacer realidad el propósito de construir un mejor futuro para toda la humanidad.”23 Señaló, específicamente, la incorporación de algunos planteamientos que considera un paso importante a favor de los pueblos indígenas, entre los cuales mencionó: la agenda de desarrollo post 2015 procurando los derechos de los pueblos indígenas; la participación de los pueblos originarios en los trabajos de la ONU, bajo un estatus distinto al de organizaciones no gubernamentales; la armonización de las leyes nacionales siguiendo el espíritu de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; la posibilidad de monitorear, evaluar y mejorar la aplicación de la Declaración resultante en cada Estado miembro, por medio del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en consulta con pueblos indígenas. Por último, sobresalió el reconocimiento realizado por Rigoberta Menchú, Premio Nóbel de la Paz en 1992, al Gobierno de México por su participación en los actos preparatorios de este encuentro y en la redacción del documento final, que mencionó contribuiría al mejoramiento de las condiciones de vida de los pueblos indígenas.24 Los compromisos asumidos en la Declaración Final25 Entre los compromisos contemplados en el proyecto de resolución presentado por el presidente de la Asamblea General destacan en primer lugar, la adopción “en consulta y cooperación con los pueblos indígenas”26 de medidas apropiadas a nivel nacional, con el fin de alcanzar los objetivos de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; y la promoción de los mismos entre los miembros de la sociedad, así como en los órganos legislativos, el poder judicial y la administración pública. Se plantea además: la cooperación con los pueblos indígenas a través de sus instituciones representativas, para definir y poner en práctica planes de acción, estrategias u otras medidas nacionales para alcanzar los objetivos de la Declaración; la promoción y protección de los derechos de las personas indígenas con discapacidad y el mejoramiento de sus condiciones sociales y económicas; además de la recopilación de datos y el uso de indicadores de bienestar que permitan abordar la situación y las necesidades de los pueblos y personas indígenas. En materia de acceso a servicios básicos, el proyecto contempla el compromiso de “asegurar la igualdad de acceso a una educación de alta calidad que reconozca la diversidad de la cultura de los pueblos indígenas”27 y a otros servicios como vivienda, agua y saneamiento. A su vez, se busca asegurar la igualdad de acceso “al más alto nivel posible de salud física y mental”,28 y se reconoce la

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Ídem. Ídem. 24 Ídem. 25 Asamblea General, Documento final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General conocida como Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, Proyecto de resolución presentado por el Presidente de la Asamblea General, A/69/L.1, 15 de septiembre de 2014. 26 Ídem. 27 Ídem. 28 Ídem. 23

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importancia de las prácticas de salud de los pueblos indígenas, de su medicina y de los conocimientos tradicionales. El proyecto de resolución plantea: la promoción del derecho de los niños indígenas a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión, y a emplear su propio idioma; así como el empoderamiento de los pueblos indígenas para llevar a cabo programas económicos y sociales para mejorar su bienestar; y de los jóvenes indígenas para participar de manera plena y efectiva en los procesos de toma de decisiones sobre los asuntos que les conciernen. Asimismo, el proyecto de resolución afirma y reconoce la importancia de los lugares religiosos y culturales de los pueblos indígenas, y plantea el compromiso de establecer mecanismos para el acceso y la repatriación de objetos de culto que sean transparentes y eficaces. Se señala también, la intensificación de los esfuerzos para prevenir y eliminar todas las formas de violencia y discriminación contra los pueblos y las personas indígenas, y se formula una invitación al Consejo de Derechos Humanos para que considere la posibilidad de examinar las causas y las consecuencias de la violencia contra las mujeres y las niñas indígenas. Respecto a los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras y otras cuestiones, se reconocen los compromisos contraídos en la Declaración de 2007 para celebrar consultas y cooperar con los pueblos indígenas por medio de sus propias instituciones “a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos.”29 Adicionalmente, se reconocen los conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales de los pueblos indígenas como una importante contribución a la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica; se propone trabajar con ellos “para abordar los efectos que tienen o puedan tener […] los grandes proyectos de desarrollo, incluidos los relacionados con las actividades de la industria extractiva”,30 y se realiza un recordatorio a las empresas transnacionales y otras de la responsabilidad de respetar las leyes y principios internacionales aplicables en la materia. En materia de desarrollo sostenible, el proyecto de resolución alienta a los gobiernos a reconocer la contribución de los pueblos indígenas a la promoción de éste y reconoce la importancia de las aportaciones “al desarrollo económico, social y ambiental por medio de las prácticas agrícolas tradicionales sostenibles”.31 Respecto al cambio climático, el proyecto confirma el respeto a los conocimientos y las estrategias de los pueblos indígenas para conservar su entorno. De acuerdo con la propuesta, estos deberán tenerse en cuenta en el momento de definir los enfoques que se adopten a nivel nacional e internacional para mitigar el cambio climático y adaptación al mismo. Por último, se formula una solicitud al secretario general de la ONU para que ponga en marcha la elaboración de un plan de acción que permita alcanzar los objetivos de la Declaración sobre los Derechos Indígenas. Respecto a los progresos realizados, se plantea que el secretario general informe de éstas a la Asamblea General, en su 70° período de sesiones a través del ECOSOC. Asimismo, se incluye el compromiso de examinar, durante dicho período, la manera de posibilitar la participación de representantes e instituciones de los pueblos indígenas en las reuniones de los órganos de Naciones Unidas sobre las medidas que les conciernan, así como en cualquier propuesta formulada por el Secretario General de conformidad con la solicitud planteada.

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Ídem. Ídem. 31 Ídem. 30

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Consideraciones finales La celebración por primera vez de una reunión plenaria de alto nivel en el seno de Naciones Unidas relativa a los pueblos indígenas, que además contó con la participación de representantes de estas poblaciones en la conferencia y en los trabajos preparatorios de la misma, denota la importancia del tema y su consecuente inclusión en la agenda global. Por su parte, el compromiso de esta organización con los pueblos originarios se ha demostrado mediante la creación de un andamiaje institucional diverso y con una larga trayectoria. No obstante, y a pesar de los avances en la materia, aún queda un largo camino por recorrer para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas indígenas en el mundo. Al respecto, cabe recordar que las personas pertenecientes a las poblaciones indígenas representan cerca del 5% de la población mundial; al mismo tiempo, constituyen el 15% de los pobres del mundo y cerca de un tercio de los 900 millones de habitantes rurales extremadamente pobres a nivel global.32 Como consecuencia, resultará importante asegurar y fortalecer la participación de dichos pueblos en los organismos, foros y procesos de toma de decisiones relativos a los asuntos que les conciernen, para así poder traducir en la práctica los compromisos adoptados por los Estados en el marco de esta Conferencia.

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The World Conference on Indigenous Peoples, comunicado de Prensa del 22 de septiembre de 2014, op. cit.

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