competencias de los trabajadores del área laboral son

hace 5 días - PRIMER REMATE PÚBLICO. En autos sobre División y Partición, seguido por PEDRO ANTONIO PEREZ MARQUEZ, repre
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Corte Superior de Justicia de La Libertad

Miércoles 10 de Octubre de 2018

N° 3831 / Miércoles 10 de Octubre de 2018

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Presidente: Juan Rodolfo Segundo Zamora Barboza Con técnicas de andragogía y aprendizaje empresarial

COMPETENCIAS DE LOS TRABAJADORES DEL ÁREA LABORAL SON FORTALECIDAS EN TALLERES en equipo, orientación a resultados, orientación al usuario, flexibilidad, planeación y pro actividad. Con dicha información se realizó el segundo taller durante los primeros días del mes en curso.

Talleres diseñados con técnicas de andragogía y aprendizaje empresarial, así como con metodología participativa y vivencial para el autoconocimiento y desarrollo de las competencias, vienen siendo ejecutados en los Módulos Corporativos Laborales de Trujillo y Ascope, en cumplimiento del “Plan nacional de capacitación 2018 para el fortalecimiento de la reforma procesal laboral”, que fue aprobado

con Resolución Administrativa nro. 076-2018CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. El primer taller se realizó en julio del año en curso para el diagnóstico de las competencias generales de los trabajadores, que a la vez permitió la realización de un estudio donde se identificaron estas seis competencias: Trabajo

En este segundo taller, dictado por la psicóloga y coaching Gladys Ventura Ponce, se entregaron los resultados de la evaluación de la primera actividad, y se identificó el nivel en que se encuentra cada competencia identificada, con el fin de mejorarlo con compromisos adoptados que serán evaluados en un tercer taller programado para diciembre.

dades del perfil ideal (esperado) de los trabajadores judiciales de los Módulos Corporativos Laborales de Trujillo y Ascope; así como generar compromisos personales y grupales que apunten a la mejora continua y el desarrollo del trabajo en conjunto, con el objetivo común de generar celeridad en los procesos judiciales laborales. (K.G.O.)

Cabe precisar que la realización de estos talleres tiene como finalidad potenciar las capaci-

CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL Juan Rodolfo Zamora Barboza (Presidente), Dr. Olegario David Florián Vigo, Dr. Carlos Natividad Cruz Lezcano, Dr. Robert Mendieta Narro,

Dr. Manuel Montoya Cárdenas (Integrantes).

SALAS SUPERIORES 1° SALA ESPECIALIZADA CIVIL Dr. Carlos Natividad Cruz Lezcano Dr. Juan Virgilio Chunga Bernal Dr. Carlos Alberto Anticona Luján

2° SALA ESPECIALIZADA CIVIL Dra. Hilda Rosa Chávez García Dra. Wilda Mercedes Cárdenas Falcón Dr. Hugo Francisco Escalante Peralta

3° SALA ESPECIALIZADA CIVIL Dra. Alicia Iris Tejeda Zavala Dra. María Elena Alcántara Ramírez Dra. Lilly del Rosario Llap Unchón de Lora

SALA MIXTA PERMANENTE

3° SALA PENAL DE APELACIONES

3° SALA ESPECIALIZADA LABORAL

Dr. Carlos Augusto Falla Salas Dr. Óscar Eliot Alarcón Montoya Dr. Manuel Rodolfo Sosaya López

Dr. Walter Ricardo Cotrina Miñano Dr. Carlos Eduardo Merino Salazar Dr. Eliseo Giammpol Taboada Pilco

Dra. Mery Elizabeth Robles Briceño Dr. Manuel Federico Loyola Florián Dra. Yvonne del Pilar Lúcar Vargas

1° SALA PENAL DE APELACIONES

1° SALA ESPECIALIZADA LABORAL

4° SALA ESPECIALIZADA LABORAL

Dra. Norma Beatríz Carbajal Chávez Dr. Manuel Estuardo Luján Túpez Dra. Cecilia Milagros León Velásquez

Dr. Víctor Antonio Castillo León Dra. Liliana Rodríguez Villanueva Dra. María Isabel Angulo Villajulca

Dra. Irene Sofía Huerta Herrera Dra. Sabina Olinda Salazar Díaz Dr. Justo Vera Paredes

2° SALA PENAL DE APELACIONES Dr. Víctor Alberto Martín Burgos Mariños Dra. Sara Angélica Pajares Bazán Dra. Ofelia Namoc López de Aguilar

2° SALA ESPECIALIZADA LABORAL Dr. Javier Arturo Reyes Guerra Dra. Rosa Elena Perales Rodríguez Dra. Lola Emérida Peralta García

SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE SÁNCHEZ CARRIÓN - HUAMACHUCO Dr. Gilberto Otoniel León García Dra. Silvia Mercedes Sánchez Haro Dr. Juan Iván Vojvodich Tocón

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Miércoles 10 de Octubre de 2018

Corte Superior de Justicia de La Libertad

Precio por palabra: S/0.03

1. REMATE JUDICIAL . REMATE BIENES INMUEBLES REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el Exp. 01183-2016-0-1601-JR-CI-03 seguido por Ml BANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. (ANTES FINANCIERA EDYFICAR S.A.) en contra SANTOS REYNALDO REYES RUBIO y MARÍA JULIANA ULLOA DE REYES, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el Sr. Juez del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo, Dr. José Ventura Torres Marín, Especialista Legal Dra. Jhonny Elizabeth Guzmán Arqueros; ha ordenado sacar a remate público en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble de propiedad de EDITH CATALINA ALVARADO GUZMÁN ubicado en Pueblo Joven El Porvenir - Sector Río Seco - Barrio 3 Manzana-31 Lote19 del Distrito El Porvenir, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, inscrito en la Partida N° P14034239 del Registro de Predios de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo. TASACION: Asciende a la suma de US $ 49,833.40 (CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES CON 40/100 DÓLARES AMERICANOS); siendo la base del remate la suma de US $ 33,222.26 (TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON 26/100 DÓLARES AMERICANOS), que equivale a las dos terceras partes del valor de la tasación. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: 22 DE OCTUBRE DEL 2018, A LAS 09:30 ANTES DEL MERIDIANO (HORAS 09:30), en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia La Libertad, sito en Jr. Pizarro N° 544, de la ciudad de Trujillo. El remate será realizado por el Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta, con Registro SUNARP Número 315. AFECTACIONES: 1) TRASLADO DE HIPOTECA COMÚN - CONSTITUCIÓN: inscrita en el asiento 00003 a favor de FONAVI - ENACE hasta por la suma de S/ 9,900.00 (NUEVE MIL NOVECIENTOS CON 00/100 SOLES), así consta del documento privado de fecha 27 de marzo de 1996.-.- 2) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA: inscrita en el asiento 00008 a favor de EMPRESA FINANCIERA EDYFICAR S.A., hasta por la US $ 49,833.40 (CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES CON 40/100 DÓLARES AMERICANOS).- 3) INSCRIPCIÓN DE EMBARGO: inscrito en el asiento 00009 a favor de FINANCIERA CONFIANZA S.A.A. hasta por la suma de S/ 28,000.00 (VEINTIOCHO MIL CON 00/100 SOLES).- No se conocen otras afectaciones. POSTORES: Oblarán suma no menor a US $ 4,983.34 (CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES CON 34/100 DÓLARES AMERICANOS) equivalente al 10% del valor de la tasación del inmueble, en efectivo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y entregarán en original y copia: el DNI del postor y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor. EL ADJUDICATARIO: Deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate, tal y como lo señala el Art. 741 del Código Procesal Civil. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario

una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) encontrándose afectos al IGV. Trujillo, 2018 octubre 23 PATRICIA VICTORIA VASQUEZ ZUBIETA Martillero Público – Registro SUNARP N° 315 Cel. 952715456 – 995960240 ELIZABETH GUZMAN ARQUEROS Secretaria Judicial P/7015841 – 02,03,04,05,09,10oc – S/102.00 PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE NRO. 01411-2016-0-1601-JR-CI-07 SEGUIDO ANTE EL SEPTIMO JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD, QUE DESPACHA EL JUEZ: NEBLO CARMEN PALACIOS, ESPECIALISTA LEGAL: MARIA TRINIDAD NORIEGA CORDOVA, SOBRE PROCESO DE: EJECUCION DE GARANTIAS, SEGUIDO POR Ml BANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. CONTRA EDGAR MANUEL RIVERA SANTOS, MERLY JAKELY BECERRA MEDINA DE RIVERA Y CARLOS ALBERTO HIDALGO REYES (OCUPANTE DEL PREDIO SUBLITIS, SE HA NOMBRADO COMO MARTILLERO PÚBLICO A BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, QUIEN HA DISPUESTO CONVOCAR EL PRIMER REMATE DEL INMUEBLE UBICADO EN: ASENTAMIENTO HUMANO LOS LAURELES II, MZ. R LOTE 9, DISTRITO DE EL PORVENIR, PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, CON PARTIDA ELECTRONICA N° P14000936 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE PROPIEDAD INMUEBLE DE TRUJILLO – ZONA V SEDE TRUJILLO. VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 14,588.08 (CATORCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$. 9,725.34 (NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO CON 34/100 DOLARES AMERICANOS), QUE VIENE A SER LAS DOS TERCERAS PARTES DEL PRECIO DE TASACIÓN. GRAVAMENES Y CARGAS: ASIENTO 00012 - INSCRIPCION DE HIPOTECA: A FAVOR DE MI BANCO – BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. HASTA POR LA SUMA DE S/. 46,681.60 NUEVOS SOLES. DIA Y HORA DEL REMATE: EL VEINTIDOS DE OCTUBRE DEL 2018 A LAS CATORCE HORAS Y TREINTA MINUTOS. LUGAR DE REMATE: LOCAL DEL SEPTIMO JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD UBICADO EN JIRON BOLIVAR N° 547 - TRUJILLO. POSTORES: OBLARAN EL 10% DEL VALOR DE TASACIÓN EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA. ADJUNTAR TASA JUDICIAL POR DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN EL REMATE, CONSIGNAR NÚMERO DEL EXPEDIENTE CON COPIA DEL ARANCEL Y DNI Y GENERALES DE LEY. BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA Martillero Público - Reg. 345 M. TRINIDAD NORIEGA CORDOVA Secretaria Judicial P/7015886 – 03,04,05,09,10,11st – S/120.00

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA En el expediente No. 2431-2014 seguido por SCOTIABANK PERU SAA contra JAVIER OSWALDO RODRIGUEZ SEGURA, sobre Ejecución de Garantías, el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo, a cargo del Juez Dr. Jose Ventura Torres Marin, Especialista Legal Rocio Cerna Diaz, ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro N° 195 para llevar a cabo el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del Bien Inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Huanchaco Tradicional Mz 25 Lote 3A del Distrito de Huanchaco, Provincia de Trujillo y Departamento de La Libertad inscrito en la Partida Electrónica N° P14115222 del Registro de Predios de la Zona Registral N° V Sede Trujillo. VALOR DE LA TASACION: US$ 39,831.00 (Treinta y nueve Mil Ochocientos treinta y uno y 00/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 26,554.00 (veinte y seis mil quinientos cincuenta y cuatro y 00/100 dólares americanos) que son las dos terceras partes del valor de la Tasación por tratarse de la Primera Convocatoria. AFECTACIONES: 1) Hipoteca.- A favor de Scotiabank Peru SAA hasta por la suma de US$ 39,831.00 dólares americanos, así consta inscrito en el Asiento 00006 registrado en la Partida Electrónica N° P14115222 de la Zona Registral N° V Sede Trujillo. DIA Y HORA DEL REMATE: 05 DE NOVIEMBRE DEL 2018 A HORAS 09:30 A.M. (NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA). LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de La Libertad - Sede Central Pizarro Nro 544, 2do piso - Trujillo. LOS POSTORES: Depositaran el 10% de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando DNI en original y copia, adjuntando tasa judicial por derecho a participar en remate judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro N° 195; Especialista Legal Rocio Cerna Diaz, Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo. P/7018481 – 04,05,09,10,11,12oct – S/96.00

PRIMER REMATE PÚBLICO En autos sobre División y Partición, seguido por PEDRO ANTONIO PEREZ MARQUEZ, representado por Gladys Elva More Yupanqui de Pérez, en contra de ESTHER MARIA PEREZ MARQUEZ DE MULLER y VICTOR ALFREDO PEREZ MARQUEZ, el Séptimo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, a cargo de la Señora Juez Rosa Elena Abanto Salazar, y como Especialista Legal María Trinidad Noriega Córdova, ha dispuesto sacar a Remate Público, según lo ordenado en el Expediente N° 1565-2014-0-1601-JR-CI-07, el bien inmueble ubicado en: Avenida Talara N° 351, 353 y 355; del distrito de JESUS MARIA, Provincia y departamento de LIMA, cuyo dominio, área y demás características

corren inscritas en la Partida Electrónica N° 07011041 de la Zona Registral N° IX Sede Lima. VALOR DE TASACIÓN.- US$. 1’054,768.20 (Un millón cincuenta y cuatro mil setecientos sesenta y ocho con 20/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA.US$. 703,178.80 (Setecientos tres mil ciento setenta y ocho con 80/100 Dólares Americanos). DÍA Y HORA.- LUNES 19 DE NOVIEMBRE DEL 2018. A LAS 10:00 A.M. LUGAR.- SALA DE REMATES, ubicada en el Segundo Piso de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, sito en Jirón Francisco Pizarro N° 544; en el Distrito, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad. AFECTACIONES.- AS. D00001: ANOTACIÓN DE DEMANDA.- Por Resolución N° 1 del 24.11.2009, expedida por el 13° Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, sobre PETICION DE HERENCIA O INCLUSION DE SUCESIÓN INTESTADA, Exp. 42805-2009- Cuaderno Cautelar, seguido por Víctor Alfredo Pérez Márquez, contra las sucesiones de Alfredo Pérez Chueca y Lía Rosa Márquez Romero y Esther María Pérez Márquez. AS. D00002: ANOTACIÓN DE DEMANDA.- Por Resolución N° 2 del 27/12/2010, expedida por el Juez Provisional del Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, sobre PETICION DE HERENCIA O INCLUSION DE SUCESIÓN INTESTADA, Exp. 2047-2010, seguido por Pedro Antonio Pérez Márquez, contra la demandada Esther María Pérez Márquez de Muller. POSTORES.- Presentarán: A) Original de su Documento de Identidad y/o RUC, si corresponde, con documentos de Representación. B) Arancel por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles (Banco de la Nación, Código 07153, más de 1000 URP), por S/ 830.00 Soles, indicando el Juzgado: Civil, el Expediente N° 1565-2014, y número de DNI o RUC según postor. C) Monto igual o mayor al 10% del valor de tasación (US$. 105,476.82 Dólares Americanos), en efectivo o Cheque de Gerencia, devuelto a los no beneficiados. LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO: Serán fijados por la Juez, en base al arancel establecido por el artículo 18 del Reglamento de la Ley del Martillero Público, Decreto Supremo N° 008-2005-JUS. El pago de honorarios a cargo del adjudicatario, se efectuará dentro del plazo de 03 días, tras el requerimiento judicial, bajo apercibimiento de imposición de multa y no emisión del auto de transferencia. El remate lo efectuará Jairzinho Jorge Arturo Arce Almirón, Martillero Público con Registro. N° 347. Celular 995904045. Trujillo, 27 de septiembre, 2018. JAIRZINHO ARCE ALMIRÓN Martillero Público – Reg. N° 347 M. TRINIDAD NORIEGA CORDOVA Secretaria Judicial P/7018246 – 04,05,09,10,11,12oc – S/75.00

SUBASTA PUBLICA EN PRIMERA CONVOCATORIA Expediente: 00292-2017-0-1601-JR-CI-02; en los seguidos por CAROLINA MARCELA HERRERA PECART; en sucesión procesal de MIBANCO-BANCO DE LA MICROEMPRESA SA. contra EDDIE PERCI QUILCATE PAIRAZAMAN y contra ROSA MAGDALENA

SIFUENTES WILTIMBURI DE QUILCATE sobre Ejecución de Garantías Reales; el Segundo Juzgado Civil de Trujillo a cargo de la señora Juez Guissella del Carmen Soriano Ramirez; y especialista legal Clara Alvarado Chanduví conforme al estado de estos autos se dispone el remate en primera convocatoria del inmueble registral con partida N° 11067183 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° V-Sede Trujillo; el inmueble se encuentra físicamente en la Mz. 14; Lote 27 Departamento 403 de la Urbanización Los Jardines del Golf Distrito de Víctor Larco Herrera; Provincia de Trujillo; Departamento Geográfico de La Libertad; cuyas demás características constan de la partida citada. PRECIO COMERCIAL; Valor consensuado en la Escritura Pública en la suma de US.$120,768.94 Dólares Americanos. PRECIO BASE: US. $. 80,512.63 Dólares Americanos. GRAVAMENES Y CARGAS.- Asiento D00002; Los propietarios constituyen hipoteca a favor de MI BANCO-BANCO DE LA MICROEMPRESA hasta por la suma de US.$. 96,615.15 D.A. inscrita la constitución el 15 de Junio del 2012. CONDICIONES DEL REMATE; Los participantes en el remate depositarán una garantía del 10% del precio comercial en cheque de gerencia a su nombre, asimismo pagar el arancel por participación en remate de inmuebles pagado ante el Banco de la Nación Código 07153 indicando DNI. ó RUC del postor número de expediente y Juzgado; el evento se encuentra a cargo de la martillero Público María Helena Alvitez Ríos; con Registro SUNARP 228; y tendrá lugar el día 25 de Octubre a horas 9.30 de la mañana en la Sala de Remates ubicada en el segundo piso de la sede judicial de los Juzgados Civiles Jr. Pizarro N°544- Trujillo; Los honorarios del Martillero pagados por el ejecutante o el adjudicatario según corresponda adicionando el igv. en ambos casos. PUBLICACIONES, Publíquese el edicto por seis veces; Trujillo 24 de Agosto del 2018. [email protected] – Teléf: (074) 227641 / (074) 271134 – Cel: (97)9028479 – Vicente de la Vega Nro 1161-Chiclayo MARIA HELENA ALVITEZ RIOS Abogado – Martillero Público Reg. SUNARP 228 CLARA ANGELICA ALVARADO CHANDUVI Secretaria P/7019156 – 05,09,10,11,12,15oc – S/72.00

SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por FRANCISCO NINA LAZARO Y VILMA CARLOS LOYOLA DE NINA SUCESORES PROCESALES DEL BANCO REPUBLICA EN LIQUIDACION contra INVERSIONES TURÍSTICAS S.A., JOEL VIDAL ACUÑA, MIRIAM GRACIELA OTINIANO NÚÑEZ DE VIDAL, Y PAOLA VIDAL OTINIANO sobre EJECUCION DE GARANTIAS EXP. Nº 5008-2009, en el DECIMO SEXTO JUZGADO CIVIL SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL DE LIMA, a cargo del Doctor EDGAR NILTON ESTEBAN ASTETE, Especialista Legal JUAN CARLOS NUNEZ MATOS, ha dispuesto a sacar a remate público en SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado frente a la Calle Santa Cruz, esquina con la Av. América del Sur y Pasaje

Corte Superior de Justicia de La Libertad s/n, Sector denominado Chicago, Distrito de Trujillo, Provincia y Departamento de Trujillo, inscrito en la ficha 00060406 que continua en la Partida Electrónica Nº 03125767 del Registro de Propiedad Inmueble de Trujillo. VALOR DE TASACION: US$662,325.12 (SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO CON 12/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DE REMATE: US$375,318.00 (TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) SIENDO LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE LA TASACIÓN, MENOS UN 15% POR TRATARSE DEL SEGUNDO REMATE. AFECTACIONES: A.- HIPOTECA: Inscrita en el asiento D1 Constituida a favor del Banco República hasta por la suma de US$ 652,500.00 Dólares Americanos. B.- ANOTACION DE DEMANDA: Inscrita en el Asiento D2 en los seguidos por Tomas Sánchez Azabache contra Joel Vidal Acuña y otros sobre Resolución de Contrato y otros; ordenado por la Juez del Tercer Juzgado Civil Alicia Iris Tejada, secretario Francisco Flores M. en el Exp: N° 66299. C.- EMBARGO.- Inscrita en el Asiento D4 inscrita por la suma de US$ 305,000.00 a favor de Tomas Sánchez Azabache, ordenado a ejecutar por el Juez Del Tercer Juzgado Penal, secretario Viñas. D.- ANOTACION DE DEMANDA.- Inscrita en el Asiento D00001, Expediente 334-06 ordenada por el señor Juez del Segundo Juzgado Civil de Trujillo Marco Carbajal Carbajal, actuando como secretario judicial Angélica Cabeza Velásquez, en el proceso seguido por Tomas Sánchez Azabache contra Joel Vidal Acuña y otros sobre Nulidad de Acto Jurídico y otro. E.EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- Inscrita en el Asiento D00002 en los seguidos por Tomas Sánchez Azabache contra los propietarios inscritos en la presente partida registral, exp: 6803-2007 emitida por el Juez del Primer Juzgado Civil de Trujillo Oscar Ramos Castro hasta por la suma US$ 306,000.00. F.- MEDIDA CAUTELAR DE ANOTACION DE DEMANDA.- Inscrita en el Asiento D00003, Expediente 3407-2012 ordenada por el señor Juez Suplente del Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil Adelmo Gerónimo Hernández, actuando como secretario judicial Adelmo Gerónimo Hernández. G.- MEDIDA CAUTELAR DE ANOTACION DE DEMANDA.- Inscrita en el Asiento D00004, Expediente 5055-2014 ordenada por el señor Juez Suplente del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil Permanente de Trujillo Dr. José Torres Marín, Secretario Judicial Erick Hamilton Castillo Saavedra. H.- ANOTACION DE APELACIÓN: Inscrita en el Asiento D00006, referente al título Nro. 20171152327, referente a la solicitud de renovación de hipoteca legal, ha sido materia de apelación, presentado por Reyes Sánchez Azabache con fecha 20/06/2017. I.- RESULTADO DE APELACIÓN: Inscrita en el Asiento D00007, referente al título Nro. 20171152327, referente a la solicitud de renovación de hipoteca legal, ha sido CONFIRMADA mediante resolución Nro. 419-2017-SUNARP-TR-T de fecha 18/09/2017. J.- CESIÓN DE GARANTIA HIPOTECARIA: Inscrita en el asiento D00008, La sociedad conyugal conformada por FRANCISCO NINA LAZARO Y VILMA CARLOS LOYOLA DE NINA, se convierten en el nuevo acreedor hipotecario de la hipoteca inscrita en el asiento D1. K.- MEDIDA CAUTELAR DE ANOTACION DE DEMANDA.- Inscrita en el Asiento D00009, Expediente 5008-2009 expedida por el Juez del 16° Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Lima Dr. Edgar Nilton Esteban Astete, se resuelve conceder medida cautelar de anotación de demanda de ejecución de garantía hipotecaria, formulada por Francisco Nina Lázaro y Vilma Carlos Loyola de Nina (Sucesores del Banco República en Liquidación).. DIA Y HORA DEL REMATE: El dieciséis (16) de octubre del 2018 a horas 12:00 del mediodía. LUGAR DE REMATE: Sala de remates de

las Salas y Juzgados Comerciales ubicado en el Segundo Sótano de los Juzgado Comerciales en la Avenida Petit Thoars Nº 4979, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia y presentaran su arancel judicial con copia del arancel y D.N.I. Suscribiendo dicho arancel con número de expediente y generales de Ley. Lima. LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PUBLICO SON POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 732° DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, Y SERÁN CANCELADOS EL DIA DEL REMATE. FELIX M. NEYRA USQUIANO Martillero Público - Reg. N° 202 JUAN CARLOS NUÑEZ MATOS Especialista Legal 16° Juzgado Civil de Subespecialidad Comercial CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA P/7020475 – 05,09,10oc – S/67.00

TERCERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por FINANCIERA CONFIANZA con HUAMANI MENDOZA LILIA sobre EJECUCION DE GARANTIAS Expediente N° 00575-2016-0-1601-JR-CI-05, el 5to. Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de la Libertad, a cargo del Señor Juez FELIPE PEREZ CEDAMANOS; Especialista Legal SEGUNDO MUÑOZ MENDOZA; ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN TERCERA CONVOCATORIA el bien inmueble ubicado en la Manzana M, Lote No. 5, calle José Joaquín Inclán Nos. 336-340, urbanización Santa María, 5ta. Etapa, 2da. Fase, inscrito en la Partida Electrónica No. 03004548 de la Zona Registral No. V-Sede Trujillo; TASACION COMERCIAL: US$. 129,484.82 (ciento veinte y nueve mil cuatrocientos ochenta y cuatro con 82/100 dólares americanos) BASE DEL REMATE: US$. 62,368.52 (Sesenta y dos mil trescientos sesenta y ocho con 52/100 dólares americanos) que corresponde a las dos terceras partes del valor de su tasación comercial con el descuento de ley por tratarse de tercera convocatoria de remate. AFECTACIONES: D00001 ANOTACION DE DEMANDA.- Por resolución Judicial N°04 de fecha 31/01/2014, expedida por el Juez del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo Dr. Hugo Francisco Escalante Peralta, en el proceso seguido por Manuel Ángel Urquiaga Huamani y Juan Oscar Urquiaga Huamani contra Lilia Huamani Mendoza - Exp 39462013, se ha resuelto ordenar ANOTACION DE DEMANDA DE PETICION DE HERENCIA Y DECLARATORIA DE HEREDEROS, respecto del causante José Raul Urquiaga Caballero. D00002 ANOTACION DE DEMANDA.- Por resolución Judicial N°02 Exp.N°3946-2013-39-1601-JRCI-01 aclarada mediante resolución N°04 de fecha 14/01/2015, ambas expedidas por el Juez del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo Dr. Hugo Escalante Peralta, conceder la medida cautelar de ANOTACION DE DEMANDA DE PETICION DE HERENCIA Y DECLARATORIA DE HEREDEROS, formulada por Manuel Ángel Urquiaga Huamani, Juan Oscar Emiliano Urquiaga Huamani y María Luz Urquiaga Huamani contra Lilia Huamani Mendoza respecto del causante José Raul Urquiaga Caballero. Así consta de las copias certificadas con fecha 12/11/2014 y 14/01/2015 expedidas por secretaria Katherine Campos Zapata. D3 HIPOTECA.- A favor de la Caja de Ahorro y Crédito LA LIBERTAD por la suma de US$.7,000.00 bajo la modalidad de emisión de títulos valores con una tasa de interés efectiva de 23.14% anual, constituyen primera hipoteca y preferencial hasta por la suma de US$.2,400.00. Así consta de la Escritura Pública de fecha 12 de junio de 1995. Notario Lina Amayo Martínez. D4 AMPLIACION DE LA HIPOTECA.- Inscrita en

Miércoles 10 de Octubre de 2018 el rubro D3, hasta por la suma de US$.47,679.00 con el objeto de garantizar un crédito hasta por un monto de $.40,000.00 en el plazo de interés que se estipula en la escritura pública de fecha 10/12/97, extendida ante Notario Lina Amayo Martínez. DIA Y HORA DEL REMATE: El 25 de Octubre del 2018 a horas 10:00 de la mañana. LUGAR DEL REMATE: En la sala de Remates de los Juzgados Civiles de la Corte Superior de Justicia de la Libertad, esto es en Jr. Francisco Pizarro N° 544 con Bolívar N° 547, Segundo Piso - Trujillo - Corte Superior de Justicia de La Libertad. LOS POSTORES.- Oblaran el diez por ciento del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Raúl José Fernando Zevallos Díaz.MARTILLERO PUBLICO- Registro Nacional N° 114 telf. 4401381 (Lima) Cel. 998104095 [email protected] RAUL ZEVALLOS DIAZ Martillero Público Reg. 114 SEGUNDO A. MUÑOZ MENDOZA Secretario Judicial P/7019909 – 09,10,11oc – S/48.00

TERCER REMATE PUBLICO Exp. N° 4509-2014, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO SA con REBECA SOLEDAD ARTEAGA AREDO, LOURDES EMPERATRIZ RUIZ ALFARO, IRAIDA AREDO QUISPE, SEGUNDO MOISES ARTEAGA LATOCHE, Y LUIS ALBERTO ZAVALETA NOLASCO sobre Obligación de dar Suma de Dinero, el Segundo Juzgado Civil de Trujillo a cargo de la señora Juez, Dra. GISSELLA DEL CARMEN SORIANO RAMIREZ y Especialista Legal Dr. JOSÉ VELÁSQUEZ ROJAS, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO en TERCERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en EL Pueblo Joven El Porvenir Sector Rio Seco Barrio 2 Manzana 17E Lote 3 Distrito El Porvenir, Provincia Trujillo, Departamento La Libertad, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida N° P14042422 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral V - Sede Trujillo. TASACION: S/.156,994.50 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 50/100 SOLES). BASE: S/.75,619.02 (SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 02/100 SOLES) equivalente a las 2/3 partes de la tasación con la deducción de dos veces 15% de Ley. GRAVAMEN: a) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, ordenado mediante Resolución N° 01 del 03.12.2014 del Segundo Juzgado Civil de Trujillo a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo SA hasta por la suma de S/. 25,000 nuevos soles, Exp. N° 4509-2014, As. 00004 de la Partida P14042422. b) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, hasta por S/. 20,000.00 soles a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito León XIII Ltda., ordenado mediante Resolución N° 01 de 30.03.2017 y Resolución N° 02 de 30.03.2017 por el Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Trujillo, en los seguidos en el Exp. N° 4177-2015 contra Segundo Moises Arteaga Latoche y otro sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, As. 00005 de la Partida P14042422; c) AMPLIACION DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, ordenado mediante Resolución N° 03 del 13.04.2017 del Segundo Juzgado Civil de Trujillo a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo SA hasta por la suma de S/. 125,963.62 soles, Exp. N° 4509-2014, As. 00006 de la Partida P14042422. DIA HORA DEL REMATE: 26 de octubre de 2018 a las 12:45 horas. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates ubicada en Jirón Francisco Pizarro N° 544, Segundo Piso, Cercado de Trujillo, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad.

Martillero Público que se encargará de realizar el Remate Público: Rodolfo Reátegui Herrera. POSTORES: Oblarán el 10% del valor de Tasación en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre; presentarán documento de identidad (copia y original); Arancel Judicial (original y copia firmados) donde conste el número del Juzgado, expediente y documento de identidad. El adjudicatario pagará los honorarios del Martillero Público que están afectos al IGV. Trujillo, 20 de agosto de 2018 RODOLFO REATEGUI HERRERA Martillero Público Reg. N° 123 JUAN ALBERTO JARA VALENCIA Secretario Judicial P/7020394 – 09,10,11oc – S/48.00

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En el proceso seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA contra CYNTHIA PAOLA BOCANEGRA DIAZ DE LARREA y JUAN CARLOS LARREA ABANTO sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expediente N°: 02132 -2017-0-1601-JR-CI-06, el Sexto Juzgado Civil de Trujillo a cargo de la Juez Dra. KELLY JOCCY CABANILLAS OLIVA e interviniendo como Especialista Legal MANUEL VARGAS GUERRA han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble ubicado en Urbanización José Faustino Sánchez Carrión MZ. H Lote 5, Dpto. 101, Segunda Etapa del Distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, cuya área, linderos, medidas perimétricas corren inscrita en la Partida N° P14195259 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Trujillo Zona Registral N° V. Trujillo. VALOR DE LA TASACION: US$ 77,260.51 Dólares Americanos (SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA con 51/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US$ 51,507.00 Dólares Americanos (CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS SIETE con 00/100 Dólares Americanos) equivalente a las dos terceras partes del Valor de la Tasación. AFECTACIONES: Asiento 00011 Inscripción de Hipoteca. Se constituye Hipoteca a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA hasta por la suma de US$ 57,053.91 Dólares, a fin de garantizar un préstamo por la suma de S/ 100,000.00 Nuevos Soles. Consta de Escritura Pública N° 2706 del 27/10/2014 otorgada ante la Notaria Dra. Deysi Vásquez Caspita en la ciudad de Trujillo. DÍA Y HORA DE REMATE: DIA 19 de OCTUBRE DEL 2018 A HORAS 11:30 A.M. LUGAR DE REMATE: En la SALA DE REMATES sito en Jirón Francisco Pizarro N° 544, Segundo Piso, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad. CONDICIONES DEL REMATE: Los POSTORES: 1) Al momento del acto de remate deberán entregar como garantía en efectivo o cheque de gerencia a su nombre NEGOCIABLE: suma no menor al 10% del valor de la Tasación del Inmueble. 2) Presentar el arancel judicial Código 07153 Derecho a participar en Remate Judicial debiendo consignar número de expediente, Juzgado e identificación del postor. 3) Presentar documento de identidad: DNI y/o RUC. 4) En caso de actuar mediante representante, se deberá acreditar Poder suficiente inscrito en los Registros Públicos. De conformidad con la Ley del Martillero Publico N° 27728 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por Fanny Adeli Vergara Coaguila - Martillera Publica con Matricula N° 316 Celular 956-833302. Trujillo, 15 de agosto de 2018. FANNY A. VERGARA COAGUILA Martillero Público - Reg. N° 316 MANUEL ELISEO VARGAS GUERRA Secretario Judicial P/7021443 – 09,10,11,12,15,16oc – S/96.00

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2. EDICTOS CLASIFICADOS . INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS RECTIFICACION PARTIDA NACIMIENTO Ante el 4to J.P.L. Esp. Legal: Jorge Vásquez Figueroa, Exp. N° 735 - 2018 - MARIA ALEJANDRINA OLORTINO DE LA CRUZ DE OTINIANO, solicita Rectificación de su Partida de Nacimiento en el sentido de que se Rectifique el nombre de su señora madre, en el sentido de que es ALEJANDRINA DE LA CRUZ ROJAS y no como se ha consignado Alejandrina de la Cruz., debiendo de adicionarse el apellido Rojas.Trujillo, 28 de Setiembre del 2018 JORGE A. VASQUEZ FIGUEROA Secretario Judicial P/7021312 – 10oc – S/5.00 RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Ante el JPL - SCH, Sec. Juvenal Bereaun Avalos, expediente N° 17-2018, doña CUEVA ALZA SANTOS solicita rectificación de su partida de nacimiento, en el rubro sexo, debe quedar como FEMENINO. Santiago de Chuco, Setiembre de 2018. JUVENAL OCTAVIO BERAUN AVALOS Secretario Judicial P/7021282 – 10oc – S/4.00 RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Ante el 5JPL - Trujillo, Exp. 03273-2018, Sec: Amparo Rodríguez Castillo; Eduardo Gastón La Riva Vegazzo pide la rectificación de su partida de nacimiento, solicita se rectifique el nombre de su padre ya que este se consignó de manera incorrecta, como: Ivan Telmo La Riva, siendo su nombre correcto: Ivan Telmo La Riva Cipriano. AMPARO RODRIGUEZ CASTILLO Secretaria Judicial P/7021251 – 10oc – S/4.00

. SUCESION INTESTADA SUCESIÓN INTESTADA Ante el 5JPL - Trujillo, Exp. 2558-2018, Juez: Mariela Moreno Vega, Sec. Víctor Alejandro Torres Albitres; JOSE WALTER TORRES NEIRA, IRIS TORRES NEIRA, MIRIAM TORRES NEIRA, GRACIELA TORRES NEIRA, MAXIMINA RICI TORRES NEIRA; solicitan Sucesión Intestada, de quien en vida fue su madre, OLGA ROSA NEIRA CARRANZA DE TORRES, quien falleció el 14 de julio del 2017 en esta ciudad de Trujillo. VICTOR A. TORRES ALBITRES Secretario Judicial P/7021248 – 10oc – S/4.00 SUCESIÓN INTESTADA Ante el 1° Juzgado Paz Letrado - La Esperanza, Exp. N° 102-2018, Juez Luis León Reinsltt, Esp. Kelly Morillas Perez; VARGAS BUENO HILARIO AGUSTIN solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su cónyuge ROSA TERESA SILVA TORRES, fallecida el 06 de Abril del año 2018, en el distrito La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento La Libertad. MARGARETH NORIEGA CORDOVA DE OLCHAUSKI Secretaria Judicial P/7024115 – 10oc – S/4.00

3. NOTIFICACIONES POR EDICTOS EDICTO 3JF, EXPEDIENTE 4389-2000; SECRETARIA: LIDIA SALVATIERRA; RESUELVE POR RESOLUCION N°57, EMPLAZAR A RAUL ADOLFO TUEROS VENEGAS, CONCEDERLE QUINCE DIAS HÁBILES PARA QUE COMPAREZCA AL PROCESO Y EJERZA SU DEFENSA EN LA RESOLUCION

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Miércoles 10 de Octubre de 2018

Corte Superior de Justicia de La Libertad

N° 50 QUE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE PENSIONES POR S/57,644.69; RESOLUCION N°51 Y RESOLUCION N°52 QUE REQUIERE EL PAGO DE S/57,644.69, BAJO APERCIBIMIENTO DE REMITIRSE COPIAS CERTIFICADAS A LA FISCALÍA PARA LA DENUNCIA CORRESPONDIENTE. LIDIA SALVATIERRA PEREZ Secretaria Judicial P/7019059 – 05,09,10oc – S/15.00

NOTIFICACION POR EDICTO LA SEÑORA JUEZ DEL JUZGADO DE TRABAJO TRANSITORIO DE ASCOPE, DRA. LOURDES CAROLINA JARA SANCHEZ Y ESP. LEG. QUE SUSCRIBE EN EL EXP. N° 247-2015, SEGUIDO POR MIGUEL ANDRES MONTES DE OCAS FRIAS CONTRA ELI RONALD FLORES ATENCIO Y OTROS, SOBRE MEJOR DERECHO DE POSESION, HA RESUELTO MEDIANTE RESOLUCIÓN N° QUINCE. ASCOPE, 20 DE SETIEMBRE DEL 2018: CÓRRASE TRASLADO DE LA DEMANDA POR EL PLAZO DE QUINCE DÍAS A FLORES ATENCIO ELI RONALD Y ZULEIMA XIOMARA TRUJILLO LINARES, A QUIENES SE LE NOTIFICARAN MEDIANTES EDICTOS POR TRES DÍAS EN LOS DIARIOS OFICIALES, PARA QUE CONTESTE LA DEMANDA SOBRE MEJOR DERECHO DE POSESION, BAJO APERCIBIMIENTO DE NÓMBRESELE CURADOR PROCESAL PARA QUE ASUMA SU DEFENSA EN ESTE PROCESO. ASCOPE, 01 DE OCTUBRE DEL 2018 KAREN JUDITH CRUZ VALVERDE Secretaria Judicial P/7019143 – 05,09,10oc – S/15.00

EDICTO El señor Juez del Cuarto Juzgado Laboral de Trujillo, Dr. CARLOS OLMEDO VENEROS GUTIERREZ, Expediente número 01461-2018, en los seguidos por MONICA DEL PILAR PAREDES GARCIA, contra CONSTRUCTORA MORENO LINCH SAC, sobre DERECHOS LABORALES, ha dispuesto por RESOLUCION NUMERO CUATRO de fecha 26 de Setiembre del 2018, lo siguiente: NOTIFICAR, por Edictos a la Sucesión de los denunciados civiles: JUAN FERNANDO ZARZAR MARINI, ABEL DARIO VINATEA MARINI y JUAN ZARZAR SABJA, para que se acerquen por ante este Despacho a recabar copias de demanda, anexos, resolución admisoria, escrito de contestación que contiene la denuncia civil, acta de registro de audiencia, escrito que se provee así como la presente resolución, en el plazo de veinte días, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Trujillo, 01 de Octubre del 2018. LUCIA VERÓNICA MENDOZA PARDO Secretaria Judicial Cuarto Juzgado Laboral de Trujillo P/7019331 – 05,09,10oc – S/15.00

EDICTO Primer Sala Civil de Trujillo, Exp. No. 0471-2018, en los seguidos por CINTHYA SAHUANAY SALCEDO, contra JULIO CESAR CORREA GUAMAN, sobre Reconocimiento de Sentencia expedida en el extranjero; dispusieron, conforme a la Resolución Admisoria Número Uno-Trujillo, ocho de Agosto del Dos Mil Dieciocho: Autos y Vistos, se solicita el reconocimiento de la sentencia extranjera expedida por el Juzgado de Primera Instancia ó Instrucción No. 1. S/ La Gallarda II Planta Primera - Estrella/ Lizarra. España - emitida con fecha quince de Junio del año dos mil diez. Resuelven ADMITIR A TRAMITE, la Solicitud de sentencia expedida en el extranjero interpuesta por doña Cinthya Sahuanay Salcedo y, TRAMITAR la presente acción en la Vía de proceso contencioso, NOTIFIQUESE a don Julio Cesar Correa Guaman la presente solicitud mediante EDICTOS a fin de que comparezca al proceso en el plazo de treinta días, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.- PUBLIQUESE extracto de la demanda y resolución admisoria en el Diario Oficial el Peruano y en el de mayor

circulación de esta ciudad en el lapso de tres días consecutivos. Trujillo, 3 de Setiembre del 2,018. MIRIAM PATRICIA ZEVALLOS ECHEVERRIA Secretaria de Sala P/7020252 – 09,10,11oc – S/15.00 EDICTO Exp. 1137-2018, tramitado en el Tercer Juzgado Laboral de Trujillo que despacha el Juez Ricardo Miranda Rivera, secretaria Lucia Mendoza Pardo en los seguidos por Felipe Almerin Rodriguez Ulloa sobre pago de beneficios sociales contra Compañía Minera Quiruvilca S.A. y otros, se ha ordenado mediante resolución N° 03 de fecha 24-09-2018 se notifique mediante edictos a la codemanda COMPAÑIA MINERA QUIRUVILCA S.A, en consecuencia otórguese un plazo de veinte días hábiles a fin que se acerque a la secretaria a recabar las copias de la demanda, anexos y resolución admisoria, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; debiendo realizar las publicaciones en el diario de mayor circulación, 3 días consecutivos. Trujillo, 01 de octubre del 2018. LUCIA VERONICA MENDOZA PARDO Secretaria Judicial – Pool NLPT P/7020302 – 09,10,11oc – S/15.00 EDICTO Ante el Juzgado Mixto Virú, Exp. N° 039-2011CI, Juez Rosa Gil Cahuana, Esp. Legal Jhonny Lozada Negrón, sobre Nulidad de Acto Jurídico, demandante Nélida Mestanza Mayta y otros en contra de José Mestanza Maita y otro, se ha dispuesto por resolución 69, NOTIFICAR a los sucesores, herederos legales o interesado alguno del causante Julio Mestanza Mayta, para que se apersonen al proceso dentro del plazo de treinta días, bajo apercibimiento de ser designado Curador Procesal en caso de no hacerlo, avisos a ser efectuados por tres veces con intervalo de un día. Lo que publico conforme a ley. Virú, 03 de octubre de 2018. JHONNY LOZADA NEGRON Especialista Legal P/7019249 – 05,10,12oc – S/15.00 EDICTO Exp. N° 2929 - 2018, ante el Noveno Juzgado Especializado Civil de Trujillo, que despacha la Juez Dra. Tatiana Pedemonte del Rio, Especialista Dra. Cecilia Elizabeth Vente Castillo, sobre CAMBIO DE NOMBRE, SUPRESIÓN DE NOMBRE Y/O ADICION DE NOMBRE, mediante Resolución N° 01 de fecha 13 de Septiembre de 2018, ADMITE A TRAMITE la demanda VIA PROCESO NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por ROSAS JAIME PRINCIPE VASQUEZ, con intervención del Ministerio Público, sobre CAMBIO DE NOMBRE en modalidad de SUPRESIÓN de su primer pre nombre ROSAS JAIME PRINCIPE VASQUEZ debiendo quedar en lo posterior como JAIME PRINCIPE VASQUEZ, con cuyo objeto realícese las publicaciones conforme a ley. CECILIA ELIZABETH VENTE CASTILLO Secretaria Judicial P/7021468 – 10oc – S/5.00 EDICTO Ante el Quinto Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, Juez Dra. Mariela Moreno Vega, Expediente 02750-2018-0-1601-JP-CI-05. Especialista Legal Maroktsi Monica Trujillo Neyra, en la vía del proceso no contencioso, RENNE ESTHER REVOLLAR LOZADA DE YBAÑEZ solicita la Rectificación De Partida de Nacimiento, siendo que se ha consignado erróneamente con el nombre de RENE ESTHER REVOLLAR LOZADA, por lo que lo correcto es el nombre de RENNE ESTHER REVOLLAR LOZADA, el mismo utilizando en su vida personal y también el que se encuentra consignado en su Documento Nacional de Identidad. MAROKTSI MONICA TRUJILLO NEYRA Secretaria Judicial P/7021238 – 10oc – S/5.00

EDICTO Ante el Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Trujillo que despacha la señora Juez, Dra. Eliza Soledad Delgado Suárez, Exp. 2749-2018, Sec. Leydi Consuelo Abanto Gil; doña GLORIA BERNARDITA BROCCA AZABACHE solicita la Declaración Judicial de Sucesión Intestada de su madre VIOLETA FARA AZABACHE GORDILLO Vda. de BROCCA, a fin de que se declare como herederos a GLORIA BERNARDITA BROCCA AZABACHE, AUGUSTO RODOLFO BROCCA AZABACHE, WILLIAM ALEJANDRO BROCCA AZABACHE, JUAN ESTUARDO BROCCA AZABACHE, JORGE LUIS BROCCA AZABACHE, CARLOS ALFONSO BROCCA AZABACHE y VÍCTOR ERNESTO BROCCA AZABACHE, lo que se publica para los fines legales correspondientes. Trujillo, 10 de Octubre de 2018. LEYDI CONSUELO ABANTO GIL Secretaria Judicial P/7021236 – 10oc – S/5.00 EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de Familia, que despacha el Señor Juez Dr. Huber E. Asencio Díaz; se ha iniciado el Expediente N* 7063-2018 seguido por María Yolanda Olano Alvarillo contra la Sucesión de Guillermo Luis Chunga Figueroa sobre Declaración de Unión de Hecho y se ha expedido las siguientes resoluciones: Por resolución N*2 de fecha 14-08-2018; se resuelve: Admitir a trámite la demanda de Declaración Judicial de Unión de Hecho, interpuesta por María Yolanda Olano Alvarillo, en la vía de proceso de conocimiento; y se corre traslado de la misma a la Sucesión de Guillermo Luis Chunga Figueroa a quien se le notificará por medio de edictos, los que se publicarán en el diario oficial El Peruano y La República por el plazo de tres días, a fin de que cumplan contestarla en el plazo de 60 días hábiles, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal; y se corre traslado de la demanda por el plazo de 30 días a Sonia Marcela Chunga Olano, bajo apercibimiento de declarársele rebelde. Por Resolución N*3, de fecha 28-08-2018, se Integra la Resolución N*2; en el sentido que no se emplaza a la Fiscal de Familia por no ser parte en este tipo de proceso. Firmado Dr. H. Asencio D. Juez. Dra. Rosa Valle, Secretaria. Trujillo 28 de Septiembre de 2018 ROSA VALLE FLORES Secretaria Judicial P/7021307 – 10,11,12oc - S/22.00 EDICTO Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado, Expediente N° 4768-2017, Especialista Sonny Renzo Chavez Luna Victoria, Juez Roque Ivan Ortiz Manzanedo, en el proceso seguido por JOSSE ESTHEFANI RUBIO APOLITANO, contra GABRIEL OMAR RIVAS BORDA sobre ALIMENTOS, según Resolución N° 1 del 12-0118 autos y vistos: se resuelve admítase a trámite la demanda sobre alimentos, en la vía del proceso único, interpuesta por doña JOSSE ESTHEFANI RUBIO APOLITANO, téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican y TRASLADO de la demanda por el plazo de cinco días al demandado GABRIEL OMAR RIVAS BORDA, y mediante Resolución N° 3 de fecha 12-9-18 se dispuso emplazar mediante edictos al demandado GABRIEL OMAR RIVAS BORDA en el diario oficial El Peruano y la República por el plazo de tres días, a fin de que este cumpla con contestar la demanda dentro del plazo de 25 días hábiles, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso no lo haga. SONNY CHAVEZ LUNA VICTORIA Secretario Judicial P/7021843 – 10,11,12oc – S/15.00 EDICTO Ante el 9° JEL de Trujillo, Exp. 5230-2018, Juez. Luis Sánchez, Sec. Fernando Ly Mass, seguido por Hugo Carhuancho Rojas, contra Minera EJECYMIZA SRLTDA y otros; sobre

desnaturalización de Intermediación y otros; admitida mediante Rs. 02, que cita a Aud. Conciliación el 13/11/18 a las 01:00 pm, sala de audiencia N° 10. Disponiendo que las Ddas. SERVICIOS ESPECIALES GANVINI SA, CONTRATA MINERA LOS ANDES EIRL, COMPAÑÍA MINERA ALFA OMEGA SA, EJECUCIONES CIVILES Y MINERAS ZAMUDIO SRL; sea notificada mediante edicto por el plazo legal. FERNANDO B. LY MASS Secretario Judicial P/7021707 – 10,11,12oc – S/15.00 EDICTO Ante el 8mo. J.E.L. de Trujillo, Exp. 6954-2017, juez Silvia Meléndez García, Secretario David Cabrera, seguido por DANIEL ROMULO COILA BELIZARIO, contra Kallpa Sapa EIRL y otros, sobre Desnaturalización de Contratos y otros, admitida mediante resolución 02, disponiendo que las demandadas CASANOVA, PROTECCION Y SERVICIO DE GUARDIANIA E.I.R.L., KALLPA SAPA E.I.R.L., EMPRESA DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS S.A.C., SERVICIOS GENERALES S.R.L., ATR INGENIEROS S.A., PATMOS MINING E.I.R.L., PATMOS MINING S.A.C. y INCEMIN CONTRATISTAS GENERALES S.R.., sean notificadas mediante edictos por el plazo de 20 días hábiles para que se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrar curador procesal, citándose a audiencia de conciliación, mediante resolución 03 para el día 20/11/18 a 11:30 A.M. Trujillo. DAVID CABRERA HUAMAN Secretario Judicial P/7021707 – 10,11,12oc - S/15.00 NOTIFICACIÓN POR EDICTOS Por ante el Primer Juzgado Mixto del Distrito La Esperanza - Trujillo, que despacha el señor JUEZ FELIX ENRIQUE RAMIREZ SANCHEZ, Especialista Legal Dr. FABIAN ANTONIO GOMEZ CALDERÓN, Expediente N° 00115-2015-0-1618-JM-CI-01, se ha dispuesto mediante Resolución Número Veintiuno, de fecha ocho de junio del dos mil dieciocho, notificar por EDICTOS a los sucesores legales de: FEDERICO IDELFONSO ZAVALETA URTECHO; para que dentro del plazo de ley de la última publicación, cumplan con ejercer los derechos inherentes a su causante en calidad de demandado; notificándoseles un extracto de la sentencia de primera instancia contenida en la Resolución Diecinueve de fecha veintiuno de marzo del dos mil dieciocho que: Declara FUNDADA la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio interpuesta por Alicia Soledad Cavero Rodríguez; la misma que ORDENA que consentida o ejecutoriada que sea la misma, se proceda a cancelar el Asiento Registral de la inscripción de la propiedad a favor de los demandados en la Partida Electrónica 04053744 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral V Sede Trujillo y proceder a inscribir la propiedad a favor del actor. Trujillo, 20 de septiembre del 2018. Fabián Antonio Gómez Calderón. Especialista Legal del Primer Juzgado Mixto del Distrito La Esperanza - Trujillo.FABIÁN ANTONIO GÓMEZ CALDERÓN Secretario Judicial P/7021301 – 10,12,16oc – S/24.00 EDICTO CIVIL EXP. N° 5073-2013, 4° Juzgado Especializado en lo Civil - Trujillo, Juez Dr. JOHAN MITCHEL QUESNAY CASUSOL, demandante Segundo Manuel Guevara Castañeda, en la materia de Indemnización por Daño Moral, Societario y Patrimonial, con resolución N° 25, se emplaza a la Sucesión Intestada de Juan Ciro Clemente Lizano y/o algún interesado en el proceso, a fin de que comparezca al proceso como sucesor procesal, en el plazo de 60 días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de incumplimiento. ERIK FRANCIS ECHEVARRIA HUAYNATE Secretario Judicial P/7023905 – 10,11,12oc – S/15.00

EDICTO Expediente 9570-2018 demanda interpuesta FREDESBERINDA CASAS BAUTISTA, contra SUCESION JULIO AMADO JIMENEZ GONZALES con CITACION MP, sobre RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO. Juez Silvia Zapata Obando, ordena publicar extracto demanda y Resolución Admisoria, trascripción: DEMANDA, FREDESBERINDA CASAS BAUTISTA DNI 18052299 dice Interpongo demanda Reconocimiento convivencia, CON OBJETO declare judicialmente reconocimiento unión hecho con JULIO AMADO JIMENEZ GONZALES; Resolución 01 La Esperanza 21/09/2018 SE RESUELVE: ADMITIR demanda RECONOCIMIENTO JUDICIAL UNIÓN HECHO, interpuesta FREDESBERINDA CASAS BAUTISTA, contra Sucesión JULIO AMADO JIMENEZ GONZALES, con citación MP Tramítese vía PROCESO CONOCIMIENTO. TRASLADO demanda mediante EDICTOS, plazo sesenta días, bajo apercibimiento nombrársele curador procesal, debiendo demandante publicar Diario “Peruano, República”. Juzgado Familia La Esperanza., 4 octubre 2018.- Roberto Miguel Julca Acosta. - ABOGADO. - CALL. N.° 9401.- MARTIN ELIAS REYES ALAYO. -SECRETARIO. JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIALA ESPERANZA. - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD. MARTIN ELIAS REYES ALAYO Secretario Judicial P/7023980 – 10,12,16oc – S/15.00

4. EDICTOS PENALES EDICTO PENAL EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA SÁNCHEZ CARRIÓN; Juez: Dr. SandovalAsistente Jurisdiccional Dra. Rojas: Pone de conocimiento del imputado Ángel Miguel Castillo Marquina CORRE traslado del requerimiento fiscal de acusación por el plazo de diez días hábiles, solicitando el representante del Ministerio Público cuatro años de pena privativa de Libertad como presunto autor del delito de Lesiones Culposas, en agravio de la persona de iniciales E.L.P.R S la suma de dos mil nuevo soles por concepto de reparación civil se le asignado a un abogado defensor público cuya oficina está ubicada en Jirón Leoncio Prado N° 180 Huamachuco; en el Exp N° 00392-2015-41-1608-JR-PE-01. Huamachuco, 01 de Octubre del 2018. 05, 09, 10 – OCT.-

EDICTO PENAL EXP. Nº: 00308-2018-0-1608-JR-PE-01 EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN; Juez: Dr. Sandoval Asistente de Causas Rojas, pone en conocimiento de investigado José Luciano Bermudes Serin que el representante de Ministerio Público le ha incoado el proceso inmediato en su contra por el delito de Conducción en estado de ebriedad drogadicción, en agravio del Estado - Ministerio de Transporte y Comunicaciones y mediante resolución número dos dispone la reprogramación de la audiencia de incoación de proceso inmediato para el día 13-112018 a horas 9:30 am la misma a realizarse en la Sala de Audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria, ubicada en la Avenida Diez de Julio con Jr. Julio Basurto s/n; además pone de conocimiento que se le designado a un abogado defensor público cuya oficina se encuentra ubicada en el Jirón Leoncio Prado N° 180 Huamachuco. Huamachuco, 01 de Octubre del 2018.05, 09, 10 – OCT.-

EDICTO PENAL INST. N° 13-1997 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA

Corte Superior de Justicia de La Libertad Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: NOE TSUTOMU INAFUKU HIGA, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de CONCUSIÓN IMPROPIA, en agravio de EL ESTADO Y OTRO. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 05, 09, 10 – OCT.-

EDICTO PENAL INST. N° 781-2007 SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: ESTEBAN JACINTO SIMEÓN GUTIÉRREZ, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de H.Y.N.R. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 05, 09, 10 – OCT.-

EDICTO PENAL INST. N° 440-2000 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: JUAN ESCOBEDO VÁSQUEZ, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de PECULADO AGRAVADO, en agravio de FONCODES Y OTROS. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 05, 09, 10 – OCT.-

EDICTO PENAL INST. N° 315-2004 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: RENE MOSTACERO NAMOC, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de TRAFICO ILICITO DE DROGAS, en agravio de EL ESTADO. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 05, 09, 10 – OCT.-

EDICTO PENAL INST. N° 479-2004 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: PEDRO VALLE GUILLÉN, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ASESINATO, en agravio de PRESBITERO ANTICONA NARVAEZ. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 05, 09, 10 – OCT.-

EDICTO PENAL INST. N° 46-2008-1 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: FÉLIX VICENCIO BERMÚDEZ, para que se ponga(n) a derecho

y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de E.M.R.B. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 05, 09, 10 – OCT.-

EDICTO PENAL INST. N° 516-1999 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: JULIO CÉSAR AROCA GUZMÁN, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de JORGE LUÍS VÁSQUEZ RODRÍGUEZ. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 05, 09, 10 – OCT.-

EDICTO PENAL INST. N° 3951-2002 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: ARQUÍMEDES HARO ALBARRÁN, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de PECULADO, en agravio de FONCODES. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 05, 09, 10 – OCT.-

EDICTO PENAL INST. N° 226-2004 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTES: FELIX GUZMÁN RODRÍGUEZ Y ESTEBAN MARIANO LIZÁRRAGA BENITES, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de JUAN PABLO CASTILLO RODRÍGUEZ. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 05, 09, 10 – OCT.-

EDICTO PENAL Exp.: 5503-2018-0 1ª Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Secretario: YSELA CARRERA RENGIFO Se notifica a JOSE GERARDO BECERRA ESPEJO con la resolución Nª Uno, por la que se RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por el Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, contra el imputado EUSTAQUIO CABELLOS BRYAN Y PEREZ AREVALO EDWIN por el Delito de FABRICACION, SUMINISTRO O TENENCIA ILEGAL DE ARMAS O MATERIALES PELIGROSOS y VALDIVIESO VERA ALIN ARBILDO por el delito de EXTORSION en agravio de EL ESTADO PROCURADOR DEL MINISTERIO DEL INTERIOR y PEREZ AREVALO EDWIN. Trujillo, 03 de Setiembre del 2018. 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL El Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria De Trujillo, que tiene como Juez al Dr. ROSENDO POMPEYO VIA CASTILLO; dispone: CITA y EMPLAZA AL ACUSADO JAIME ALBERTO GONZALES ROJAS, a

Miércoles 10 de Octubre de 2018 la REALIZACIÓMN DE LA AUDIENCIA PÚBLICA DE REQUERIMIENTO MIXTO para el día SEIS (06) DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO a las DIEZ HORAS CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, ( hora exacta 10:15am), en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, Haciéndole de su conocimiento que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra a su disposición en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso (Carpeta Fiscal N° 2744-2015); EXP. N° 04801-2016-40, seguido contra JAIME ALBERTO GONZALES ROJAS y otros, por el delito de USURPACIÓN. Asistente de Causas Jurisdiccionales: MARIA ELENA ZAPATA RUÍZ. 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL EXP. Nº 5297-2017-34. CUARTO Juzgado Penal de Investigación Preparatoria JUEZ: DRA. IRENE CRUZADO ZAPATA ESPECIALISTA: JUAN PABLO QUIÑE QUIÑE NAVARRO SE NOTIFICA AL IMPUTADO SAGASTEGUI ALVA EDY ANTONI CON LA RESOLUCIÓN N° 04 QUE RESUELVE: PROGRAMAR la audiencia pública de CONTROL DEL REQUERIMIENTO FISCAL ACUSATORIO, para el día DIECISEIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO, a las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la Sala de Audiencias del CUARTO Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, sito en la Corte Superior de Justicia de La Libertad, ubicada en la Av. América Oeste s/n – Urb. Covicorti- Sector Natasha Alta de la ciudad de Trujillo – Primer Piso- Módulo Penal-; con la presencia obligatoria del Fiscal a cargo del caso y del abogado defensor del acusado. Trujillo 28 de Setiembre del 2018. 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL Exp. N° 04945-2017-80-1601-JR-PE-08 Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria Trujillo Esp. Jud. Gerhard Nieves Ruiz Se ordena notificar al imputado, don ANDRE ALFONSO LESCANO LEON, con la resolución número DOS de fecha 01-10-2018, la cual resuelve programar audiencia de control de acusación, para el día 12-11-2018, a las 09:40 hrs; todo ello motivo de la investigación seguida en su contra por el delito de Falsedad ideológica en agravio del RENIEC. Trujillo, 01 de Octubre del año 2018. 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL Exp. N 02592-2018-30 -1601-JR-PE-08 OCTAVO Juzgado de Investigación Preparatoria Trujillo Esp. Jud. Gerhard Nieves Ruiz Se ordena notificar al imputado, don RODRIGUEZ BLAS NERI ALBERTO, con la resolución número DOS de fecha 01-10-2018, la cual resuelve programar audiencia de control de acusación, para el día 13-11-2018 a las 11:15 de la mañana en la sala de audiencias del juzgado; todo ello motivo de la investigación seguida en su contra por el delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio del CAPRISTAN BLAS LUIS ALBERTO. Trujillo, 01 de Octubre del año 2018. 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE PACASMAYO, Juez: VOJVODICH, Cita y emplaza al acusado CARLOS OCTAVIO SANCHEZ CHANDUVI, a la audiencia de Juicio Oral para el día 3110-2018 A LAS 10:30 HORAS, la misma que tendrá lugar en este Juzgado Penal Unipersonal de Pacasmayo, Sito: Avenida Centenario S/N - Cuadro Uno - Segundo Piso de San Pedro de Lloc, con el apercibimiento de ser

declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su conducción compulsiva, en caso de inasistencia; EXPEDIENTE N° 756-2017-40, por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio MILUSKA MADELYN SANCHEZ PAICO. CARMEN ROSA ARANA ZAMORA Asistente de Audiencias 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE PACASMAYO, Juez: VOJVODICH, Cita y emplaza a las acusadas RICHARD GUMAR VARGAS GOMEZ, a la audiencia de Juicio Oral para el día 17-10-2018 A LAS 12:00 HORAS, la misma que tendrá lugar en este Juzgado Penal Unipersonal de Pacasmayo, Sito: Avenida Centenario S/N - Cuadra Uno - Segundo Piso de San Pedro de Lloc, con el apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su conducción compulsiva, en caso de inasistencia; EXPEDIENTE N° 136-2015-70, por el delito de HURTO AGRAVADO en el grado de TENTATIVA en agravio de JAIME RICARDO NUÑEZ MIREZ. CARMEN ROSA ARANA ZAMORA Asistente de Audiencias 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL Exp.: 4712-2018-0 2° Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Secretario: GERHARD NIEVES RUIZ Se notifica al imputado LUIS ALEJANDRO POBLETE RODRIGUEZ con la resolución número UNO de fecha 17/07/2018,, que resuelve FORMALIZAR el Requerimiento de investigación preparatoria; en el proceso seguido en su contra, por el delito EXTORSION, en agravio de SILVANO CORDOVA NEYSI NATALY. Haciéndose presente que el contenido completo de capeta fiscal N° 562-2018, se encuentra a su disposición en la fiscalía encargada. Trujillo, 28 de SETIEMBRE de 2018 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 03393-2014-2-1601-JR-PE-08 JUEZ: ALICIA VILLANUEVA MIRANDA ESPECIALISTA JUDICIAL: GERHARD NIEVES RUIZ Se cita y emplaza a: WERNHER HALLEY HERNÁNDEZ LOZANO como agraviado, para que se apersone ante el Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, al haberse sobreseído el presente proceso seguido contra TOMAS ENRIQUE SERIN AZAÑERO, por el delito de Robo Agravado, en el Exp. N° 03393-2014-2-1601-JR-PE-08. Trujillo, 28 de Setiembre del año 2018. 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL Exp.: 7025-2018-0 2° Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Secretario: LIZ ELIZABETH LOPEZ SIPIRAN Se notifica a ALEJANDRO ANGULO GUERRA, con la resolución N° UNO QUE RESUELVE: RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por el Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, contra el imputado ALEJANDRO ANGULO GUERRA, por el delito de ACTOS CONTRARIOS AL PUDOR EN MENOR DE EDAD, tipificado en el artículo 176-A primer párrafo incisos 1 y 2 del Código Penal, en agravio de los menores de inicial L.A.A.B. y G.M.A.B., y por el delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD tipificado en el artículo 173° inciso 1) del Código Penal en agravio de la menor de iniciales L.A.A.B.a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. NOTIFICAR la presente resolución al imputado y al agraviado sólo por ésta vez en su domicilio real; y al Ministerio Público, en su sede institucional. DÉJESE CONSTANCIA que es

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obligación del Ministerio Publico notificar las disposiciones fiscales que emite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122° del CPP. 01 de Octubre del 2018. 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL EXPEDIENTE Nº 3054 - 2014 - 66 - 1601 JR PE 04. CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TRUJILLO. Asistente de causas: Eddy Sánchez Gálvez. La señora Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, doctora, Irene Milagritos Cruzado Zapata, emplaza al agraviado MIGUEL ISIDRO LEZAMA REBAZA, con la resolución número QUINCE, que dispone el Sobreseimiento de la presente causa; seguido contra Yván Peláez Pesantes, por el delito de Falsificación de documento Público, cometido en vuestro agravio. Trujillo, 24 de Septiembre del 2018.09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL EXPEDIENTE Nº 3452-2016-48-1601-JR-PE-07. SEPTIMO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TRUJILLO. Asistente de causas: Eddy Sánchez Gálvez. El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, doctor, Alberto Ramiro Cruzado Aliaga, emplaza al agraviado PABLO JOSÉ CAVERO CALLE, con la resolución número CUATRO, para que se ponga a derecho ante el despacho del citado juzgado, sito en Natasha Alta- Urb. Covicorti, por motivo de haberse programado audiencia de control Acusación, para el día 17.10.18 a las 09:00 a.m, en el proceso que se le sigue a WILSON ABANTO REYNA MURGA, por el delito de LESIONES CULPOSAS, cometido en vuestro agravio. Trujillo, 02 de Octubre del 2018. 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL El 06° Juzgado Penal Unipersonal De Trujillo, en el Exp. Nº 5706-2015-47, emplaza al acusado GREGORY ZARATE LEYVA proceso que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de ALINSON ARIANA ZARATE MENDOZA Y OTRO, y se cita audiencia de Juicio Oral para el día 26 de Octubre del 2018, a las 12:00 p.m. horas de la tarde, en la Sala de Audiencias del Sexto Juzgado penal unipersonal De Trujillo. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ. Asistente de causas: Josefa tejada Obeso. 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL Exp.: 7300-2017-64 2° Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Secretario: GERHARD NIEVES RUIZ Se notifica al imputado PEDRO ESTEBAN VENEGAS FLORES con la resolución número SEIS de fecha 01-10-2018, que resuelve programar AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el 15-11-18, a horas 10:30 a.m.; en el proceso seguido en su contra, por el delito VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de K.L.Z.L. Trujillo, 01 de Octubre de 2018. 09, 10, 11- OCT.-

EDICTO PENAL Exp. 00892-2014-10-1601-JR-PE-07 7° Juzgado Investigación Preparatoria de Trujillo Secretario (e): Juan Diego Herrera Rodríguez Se pone a conocimiento del sentenciado MARIA ANTONIA RODRIGUEZ ALVA, que en la audiencia de REVOCATORIA DE LA CONVERSIÓN DE LA PENA DE DÍAS – MULTA con fecha 24/09/2018, a horas 09:50 A.M, el señor Juez del Sétimo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Trujillo CSJLL; mediante resolución número SIETE se declaró INFUNDADO el requerimiento fiscal de REVOCATORIA DE LA CONVERSIÓN DE LA PENA DE DÍAS – MULTA POR LA

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Miércoles 10 de Octubre de 2018

Corte Superior de Justicia de La Libertad

DE PENA EFECTIVA, en consecuencia SE DISPUSO SE NOTIFIQUE a la sentenciada MARIA ANTONIA RODRIGUEZ ALVA, para que en plazo de QUINCE DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente de notificada, CANCELE el saldo total adeudado en la suma de S/. 1,500.00 soles, a través de consignación judicial; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento de autorizar al Ministerio Público continué ejecutando la sentencia de conformidad con el artículo 53° en concordancia con el artículo 56° del Código Penal. Asimismo se DISPONE que la suma de S/. 300.00 sea consignada mediante certificado de depósito judicial a favor del agraviado EDER ROJAS PONTE, DENTRO DEL PLAZO DE 12 HORAS a partir de la fecha, la misma que será puesta a conocimiento del Ministerio Público. Por último se le pone a conocimiento que su defensa técnica viene siendo asumida por el defensor público Dr. Lucio Vásquez Rodríguez. 09, 10, 11- OCT.-

EDICTO PENAL Exp.: 7112-2018 6TO Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Secretario: LIZ ELIZABETH LÓPEZ SIPIRAN Se notifica al imputado HERNÁN BLAS CEDANO, en el proceso que se le sigue por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, tipificado en el artículo 149º, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de HEYSELIN MARICELY BLAS LUCAS con la resolución N° 01, CITAR a la AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, para el día: DIECIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a las ONCE HORAS DE LA MAÑANA (hora exacta), en la Sala de audiencias del SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA – CSJLL. PRECÍSESE, que se ha designado defensor público. 03 de octubre del 2018. 09, 10, 11- OCT.-

EDICTO PENAL EXP. Nº: 1396-2017-44-1618-JR-PE-01 JUEZ: RAFAEL ESTEBAN ROMERO RODRIGUEZ ESPECIALISTA: LOURDES ROJAS LACHE El Primer JIP - La Esperanza HACE SABER que en el Exp. N° 1396-2017-44, MEDIANTE el acta de audiencia de fecha 28/09/2018, se emite RES. N° 05 SE DISPONE: la notificación vía EDICTOS al sentenciado IBAÑEZ MELENDEZ HENRRY PAUL a fin de poner a conocimiento que mediante acta de audiencia de fecha 28/09/2018 se emite RES. N° CINCO SE DISPONE DECLARAR FUNDADO EL REQUERIMIENTO DE AMONESTACION al sentenciado, por incumplimiento del pago. Todo ello a fin de salvaguardar sus derechos. La Esperanza, 01 de octubre de 2018. 09, 10, 11- OCT.-

EDICTO PENAL 9° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL EXP. N° 4190-2017-26-1601-JR-PE-06 ASIST. CAUS. JURISD. LUISA DORIS QUEZADA MURGA Se cita y emplaza al acusado VÍCTOR ENRIQUE VARGAS GALVEZ, (cómplice primario), por la presunta comisión del delito Contra El Patrimonio, en la modalidad de EXTORSION AGRAVADA en Grado de TENTATIVA, en agravio de Brayan Arístides Arenas Chávez, a fin de que se ponga a derecho y concurra a la audiencia de juicio oral reprogramado para el día 25 DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a las 13:00 HORAS DEL TARDE, la misma que se realizara en la SALA N° 4 ADJUNTA AL PENAL EL MILAGRO, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ en caso de inconcurrencia. 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL EL JUZGADO PENAL INVESTIGACION PREPARATORIA DE CHEPEN, Juez: WILSON MANAYALLE SÁNCHEZ, Cita y emplaza al acusado ANÍBAL VÁSQUEZ CHACON, con

el requerimiento fiscal de incoación de proceso inmediato, actuado en su contra por el delito de Conducción en estado de ebriedad, con resolución numero uno que se le corre traslado y resolución número 02 que reprograma audiencia de Proceso Inmediato, para el día 18 de Octubre del 2018 a las 08:45 A.M., la misma que tendrá lugar en la Sala de Audiencias de este Juzgado ubicado en la Mz. D Lote 12 de la Urbanización Palma Bella del Distrito y Provincia de Chepén, en el EXP. Nº 2018-480-0-JPICH. 10/09/2018. Asistente de Causas Jurisdiccionales: Abogado Luis Torres Asenjo. 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO JUDICIAL OCTAVO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TRUJILLO -SEDE COMISARIA DE AYACUCHO EX: Nro. 957-2016-0-1601-JP-PE-08 ASIST. JURISD.: HELSI NOVOA RABANAL CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: JUAN ANTONIO RAMOS DE ROSAS CANO Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el presente proceso seguido, por Falta contra La Persona en la modalidad de Lesiones Culposas, en agravio de MAGUIN HELI VARGAS VASQUEZ, a la audiencia señalada para el día CINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA.WALTER JOEL SAAVEDRA GONZALEZ Juez Supernumerario 09, 10, 11 – OCT.-

EDICTO PENAL El Sétimo Juzgado Penal Unipersonal, que tiene como Juez al doctor Leomara Castro Juárez, cita y emplaza al acusado JOSÉ ALBERTO CASTILLO NARRO, para la audiencia de juicio oral del día 22.10.2018 a horas 12:00 p.m., en la Sala de audiencias del Sétimo Juzgado Penal Unipersonal ubicado en el tercer piso del Edificio de las dependencias del Nuevo Código Procesal Penal, Sector Natasha Alta-Trujillo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su conducción compulsiva en caso inconcurrencia, en el Exp. N° 6146-2013-40, seguido contra JOSÉ ALBERTO CASTILLO NARRO, por el delito de HURTO AGRAVADO, en agravio de WENDY LIZBETH FLORIAN TIRADO y LUISA MARIA ESPINOZA MANTILLA. Especialista Judicial: Abog. Javier Alcides Castro Pesantes. 10, 11, 12 – OCT.-

EDICTO PENAL El Primer Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo, que tiene como Juez al DR. FRANCISCO POLO POLO, cita y emplaza al acusado ROMEL RODRIGUEZ FERRER; para la audiencia de juicio oral, del día 11.04.2019, a horas 10:00 am en la SALA DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TRUJILLO, ubicado en el segundo piso del edificio de las dependencias del Nuevo Código Procesal Penal, sito dentro de la Sede Judicial de la Avenida América Oeste s/n, Urbanización Covicorti, Sector Natacha Alta, de esta ciudad de Trujillo; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, y ordenarse su conducción compulsiva, en caso de inconcurrencia, según sea el caso; en el EXP. N° 05233-2014-51-, seguido contra ROMEL RODRIGUEZ FERRER, como presunto autor del delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR. Asistente de Causas Jurisdiccionales: FANNY Z. FARRO QUIROZ. 10, 11, 12 – OCT.-

EDICTO PENAL El Octavo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria De Trujillo, que tiene como Juez al Dr. ROSENDO POMPEYO VÍA CASTILLO; cita y emplaza a la imputada ESTEPHANIE CRISTINA VILLASIS RENGIFO; con la Resolución número UNO, que recepciona la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria, expedida por la Tercera Fiscalía provincial Penal corporativa de Trujillo, contra Estephanie Cristina

Villasis Rengifo por el delito Contra la Vida, el cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones Leves a Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Jean Arnol Velazco Hidalgo, en el Exp. N° 05007-2018-0; habiéndose impuesto la medida de comparecencia simple, a quien se encuentra obliga a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia; bajo apercibimiento de ser conducida compulsivamente por la policía; haciéndole presente que el contenido completo del Caso Fiscal N° 7644-2017) se encuentra a su disposición en la Tercera Fiscalía encargada del caso. Asistente de Causas Jurisdiccionales: MARIA ELENA ZAPATA RUIZ. 10, 11, 12 –OCT.-

EDICTO PENAL El Octavo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria De Trujillo, que tiene como Juez a la Dra. MARÍA ELIZABETH ZULUETA CABRERA; cita y emplaza al imputado NILTON KELVIN CHACON CASTILLO; para la audiencia de Control de Acusación para el día 16-10-2018 a horas 11:00 am. En la SALA DEL QUINTO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TRUJILLO, ubicado en el PRIMER piso de las Instalaciones del N.C.P.P. Natasha Alta-CovicortiTRUJILLO; bajo apercibimiento de continuar con el trámite correspondiente y dictarse auto de enjuiciamiento y remitirse al juzgado competente para el juicio respectivo, en caso de inconcurrencia, en el Exp. N° 02395-2018-73, seguido contra NILTON KELVIN CHACON CASTILLO, por el delito de CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales E.L.O.F. Asistente de Causas Jurisdiccionales: MARIA ELENA ZAPATA RUIZ. 10, 11, 12 –OCT.-

EDICTO PENAL Exp.: 4872-2018-0 5° Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Secretario: GERHARD NIEVES RUIZ Se notifica al imputado NANET MELCHORA SOLORZANO CASTILLO con la resolución número uno de fecha 27-08-2018, que resuelve correr traslado de la acusación directa por el plazo de diez días útiles; en el proceso seguido en su contra, por el delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de LESIONES LEVES POR AGRESIÓN EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR en agravio de JANET ROXANA CALDERON SALINAS. Trujillo, 03 de Octubre de 2018. 10, 11, 12 – OCT.-

EDICTO PENAL Exp.: 5499-2014-88 8° Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Secretario: CLAUDIA CARRANZA YON Se notifica a WILDER CARLOS RODRIGUEZ TOLENTINO con la resolución N° 26 de fecha 01-10-2018, que REPROGRAMA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION para el día 28/11/2018, a las 09:00 am., en la sala de audiencias del 8°JIPT-CSJLL, en el proceso seguido en su contra, por el delito de FRAUDE PROCESAL, FALSA DECLARACIÓN EN PROCESO ADMINISTRATIVO Y DALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS – USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO en agravio de la ONP. Trujillo, 04 de octubre de 2018. 10, 11,12 – OCT.-

EDICTO PENAL Exp. 00418-2017-45-1601-JR-PE-09 9° Juzgado Investigación Preparatoria de Trujillo Secretario (e): Juan Diego Herrera Rodríguez Se cita, y emplaza al sentenciado FELIX DANIEL LOPEZ CASTILLO, para que concurra a la audiencia de REVOCATORIA de la condicionalidad de la pena requerida por el representante del Ministerio Público, la misma que se reprogramó para el día 22/10/2018, a horas 11:15 A.M., en la sala de audiencias del Noveno

Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Trujillo - CSJLL – 3° Piso – Sede Natasha; a fin de que se apersone y formule los descargos que crea conveniente; en el proceso que se le sigue por delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de NANCY LOPEZ CASTILLO Y OTRO. Asimismo se le informa que su defensa técnica viene siendo asumida por su abogado defensor particular Dr. Segundo Hipólito Agreda Chávez. 10, 11,12 – OCT.EDICTO PENAL INST. N° 449-2002 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: ROBERT RICHARD VEGA CABRERA, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de OSCAR CHACÓN LIÑAN. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 10, 11,12 – OCT.EDICTO PENAL INST. N° 267-2003-12 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: ELÍAS RAICO SÁNCHEZ O JOES AGUILAR MORENO, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, en agravio de MITCHELLE ANDRÉ LLERENA DANJOY. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 10, 11,12 – OCT.EDICTO PENAL INST. N° 126-2006 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: CARLOS DAVID QUIROZ PAUCAR, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO Y OTROS, en agravio de DOMITILA EUSTAQUIO LLERENA Y OTROS. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 10, 11,12 – OCT.EDICTO PENAL INST. N° 956-2003 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: JOSÉ VENICIO ARROYO VILLANUEVA, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de G.I.G.R. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 10, 11,12 – OCT.EDICTO PENAL INST. N° 2179-2002 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: VÍCTOR RAÚL ABANTO AGUILAR, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el

delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VICTOR LARCO HERRERA. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 10, 11,12 – OCT.-

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 006-2018 JUEZ: JUANA CONSUELO CHAMAY URQUIZA APOYO JUDICIAL NCPP: YESENIA ESTEFANY ROSAS VILLALOBOS El JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE USQUIL, notifica a MERLY EVITA CASTRO CASTAÑEDA; que por RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO de fecha 03 de octubre de 2018, se dispone: REPROGRAMAR la audiencia PUBLICA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO FISCAL ACUSATORIO, para el día MIERCOLES TREINTA Y UNO de OCTUBRE del DOS MIL DIECIOCHO, a horas ONCE DE LA MAÑANA (11:00 a.m.) en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Usquil, sito en Calle Leoncio Prado S/N - Centro Cívico – Distrito Usquil. Usquil, 03 de octubre de 2018. 10, 11, 12 – OCT.-

EDICTO PENAL EL JUZGADO PENAL INVESTIGACION PREPARATORIA DE CHEPEN, Juez: WILSON MANAYALLE SANCHEZ Cita y emplaza al acusado RICARDO SAMUEL BAZAN PADILLA para que concurra a la reprogramación de la audiencia pública de CONTROL DE ACUSACION el día SEIS DE NOVIEMBRE del año dos mil dieciocho a las ONCE Y CUARENTA Y CINCO HORAS DE LA MAÑANA la misma que tendrá lugar en la Sala de Audiencias de este Juzgado ubicado en la Manzana D lote 12 Urb Palma Bella de esta ciudad; en el proceso que se le sigue EXP 09- 2018– 19 –JPICH Caso Fiscal ( 1939-2017), por el delito Contra la Familia Omisión a la Asistencia Familiar en la modalidad de Incumplimiento de la Prestación Alimentaria en agravio Yohjan Oveth Bazan Tantalean. Se corre traslado del presente por 10 días hábiles para que ejerza su derecho que corresponde. Fecha 3/10/2018. Asistente de Causas Jurisdiccionales: JOSE RONALD ZELADA ROJAS. 10, 11, 12 – OCT.-

EDICTO PENAL INST. N° 636-2004 SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: PÁNFILO WALTER SOLÓRZANO CERNA, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de EMPRESA DE TRANSPORTES TRANDÍA S.A Y OTROS. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 10, 11, 12 – OCT.-

EDICTO PENAL INST. N° 565-2004 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: JOSÉ JAIME ABANTO LEYVA, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de SILVIA ESTHER ZULEN MAMONTE. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 10, 11, 12 – OCT.-

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ACTA DE ACUERDOS

SESIÓN DE JUECES DE LOS JUZGADOS DE PAZ LETRADO TEMA 1: Uniformización de criterios sobre la notificación electrónica ANTECEDENTES NORMATIVOS: Ley N° 30229 - Ley que adecua el uso de las tecnologías de información y Comunicaciones en el sistema de remates judiciales y en el servicio de notificación de las resoluciones judiciales; y que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Código Procesal Civil, el Código Procesal Constitucional y la Ley Procesal del Trabajo. Artículo 155-A: Notificaciones electrónicas: La notificación electrónica es un medio alternativo a la notificación por cédula y se deriva a casilla electrónica de manera obligatoria en todos los procesos contenciosos y no contenciosos tramitados ante los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial. La notificación electrónica debe contar con firma digital y debe ser utilizada en el marco de la Ley 27269 - Ley de Firmas y Certificados Digitales, su reglamento, y en la normativa relacionada. Artículo 155- E: Notificaciones por cédula: Sin perjuicio de la notificación electrónica, las siguientes resoluciones judiciales deben ser notificadas sólo mediante cédula: 1.- La que contenga el emplazamiento de la demanda, la declaración de rebeldía y la medida cautelar. 2.- La sentencia o auto que pone fin al proceso en cualquier instancia. La resolución notificada por cédula surte efecto desde el día siguiente de la notificación. SITUACIÓN PROBLEMÁTICA: Es expuesta por la doctora Rosa Trinidad Chávez Saldaña sobre la interpretación del artículo 155 E de la Ley Orgánica del Poder Judicial: Se están emitiendo dos notificaciones respecto a la sentencia y el auto final, es decir una cédula física y una notificación electrónica, lo que ha originado que se le conceda a los litigantes un doble plazo; verificándose que muchos de ellos apelan solo cuando se les notifica en casilla electrónica, pero teniendo en cuenta que dicho artículo menciona que los plazos se computan desde la cédula física; considera que sólo debe emitirse una cédula física teniendo en cuenta, que desde dicha constancia de notificación se computa el plazo para impugnar. Sobre el particular se han emitido decisiones judiciales como la contenida en el Expediente 1466-2017-0-1601-PJ-CI-05, en el cual se ha resuelto declarar nulo el concesorio de apelación por cuanto el personal jurisdiccional únicamente notificó con la sentencia, en casilla electrónica de las partes procesales, habiendo omitido notificar a ambas partes en sus domicilios mediante cédula en físico, trasgrediendo el articulo 155 E del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Así mismo, la doctora Carmen BuchelliDeville refiere que existe pronunciamiento del superior en el Expediente N° 2351-2015-0-1601-PJ-FC-03, en el cual se ha declarado nulo el concesorio de apelación, por cuanto únicamente se ha notificado en el domicilio procesal del demandado y no en el domicilio real, en la medida de que tiene la condición de rebelde.

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ACUERDOS

ACUERDO N° 3-2018-SPS-CSJLL DE LOS JUECES SUPERIORES TITULARES DE LAS SALAS PENALES DE APELACIONES Para mayor sustento existe sentencia emitida por el Tribunal Constitucional (Expediente El doctor Walter Saavedra refiere que no se estaría transgrediendo ningún derecho del demandado rebelde, que se apersona señalando domicilio procesal y ahí se le notifica con la sentencia, en la medida que es el propio demandado quién ha fijado ese domicilio.

02901-2014-PA/TC) que declara infundada la demanda, por cuanto al estar notificado con la

1. Tema:en su domicilio real, y contestó de manera extemporánea, se apersona y señala demanda Aprobación de donde formatos para el con trámite de apelaciones. domicilio procesal fue notificado la sentencia y actos posteriores; advierte el tribunal que tuvo conocimiento de todas las actuaciones realizadas en dicho proceso.

2. Base legal: PROPUESTAS: Artículo 123.1º del CPP: Las resoluciones judiciales, según su objeto, son 1. Se notifique el auto final y sentencia en el domicilio procesal de la defensa de ambas partes decretos, autos y sentencias. Salvo los decretos, deben contener la apersonadas para no generar doble plazo (cédula física). exposición de los hechos debatidos, el análisis de la prueba actuada, la 2. Rebelde no apersonado al proceso debe ser notificado en su domicilio real. 3. Rebelde que estáde apersonado en su domicilio condecide, el mismode tratomodo que se claro le da a la determinación la ley aplicable y loprocesal, que se y parte demandante. expreso. Artículo 122º, último párrafo del CPC: Los decretos son expedidos por los auxiliares jurisdiccionales respectivos y serán suscritos con su CONCLUSIÓN: firma completa.

- Por unanimidad los jueces de paz letrado de Trujillo acuerdan seguir los lineamientos establecidos en las propuestas que anteceden. 3. Fundamentación: - Asimismo, se dispone que a través de coordinación se elaboren formatos de admisorios de demanda que contengan las reglas de apersonamiento de las al proceso. estandarizaEl nuevo despacho judicial penal se basa en lapartes uniformidad,

ción y predictibilidad de todos los procedimientos (R.A. Nº 014-2017-CETEMA 2: PJ del 11/01/2017 aprueba el Reglamento del Nuevo Despacho Judicial Estándar de producción del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República), en tal sentido corresponde a las salas penales uniformizar el SITUACIÓN PROBLEMÁTICA: Se ha notificado el estándar producción en de los juzgados instancia, de paz letrado a los señores trámite de loscon recursos dedeapelación segunda mediante la magistrados, si bien es cierto se está cumpliendo hasta la fecha con ello es necesario que los aprobación de formatos únicos de resoluciones, que contengan apercibijueces controlen el cumplimiento de los parámetros establecidos. mientos específicos según sea la clase de recurso y la parte recurrente. CONCLUSIÓN:

4. Acuerdo: - Los jueces de paz letrado se comprometen a cumplir con los estándares de producción. Aprobar los formatos de resoluciones para el trámite de apelaciones que TEMA 3: al presente.* se anexan

Avances sobre el cumplimiento de los dispuesto por el Equipo Técnico de Gestión en acta de mayo de 2018

5. Difusión: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y SITUACIÓN PROBLEMÁTICA: comuníquese jueces penales de primera instancia, al Ministerio En el mes de mayo,aloslos jueces y personal jurisdiccional de paz letrado fueron notificados con la acta emitida el Equipo Técnico de Gestión (ETG),de habiéndose cumplido parcialmente Público, lapor Defensoría Pública, el Colegio Abogados de La Libertad ycon a lo dispuesto por dicho ETG. Así se tiene que los juzgados están aún con escritos pendientes del las facultades de derecho de las Universidades de Trujillo.

mes de junio y julio de 2018, con mayor incidencia en los juzgados de paz letrado de familia en la medida que es mayor la cantidad de escritos que ingresan a esta área. Especialmente para los *El formato debe ser encuentran requerido a laencoordinación Salas Penales de Apelaciones. procesos que se ejecución de de las sentencia, solicitud de liquidaciones para aprobaciones, nulidades, consignaciones, informes, aperturas de cuentas. CONCLUSIÓN: - Notificar al personal de los juzgados de paz letrado para que cumplan con el proveído de los escritos pendientes, a fin de dar cuenta al ETG sobre dicho avance debiendo imprimir reporte de escritos, el último día hábil del mes de julio del presente año. Dr. Giammpol Taboada Pilco - El señor OlegarioJuez Florián Vigo, presente en la reunión jueces, EXHORTA a los señores superior coordinador de lasde Salas Penales jueces el cumplimiento de susde funciones asíSuperior como el buen trato a losde abogados y litigantes. de Apelaciones la Corte de Justicia La Libertad

Miércoles 07 de febrero de 2018 Miércoles 10 de Octubre de 2018

ACUERDON°9 N° 4-2018-SPS-CSJLL ACUERDO DE LOS JUECES DE LOS JUECES SUPERIORES TITULARES TITULARES DE LAS SALAS PENALES DE LASSUPERIORES SALAS PENALES APELACIONES DE LADECSJLL

Ab

1. Tema: 1. Tema: Formación del expediente judicial.

Notificaciones al agraviado del trámite de apelación en segunda instancia.

2. Base legal: 2. Base legal: Artículo 136.1del CPP: Una vez que se dicta el auto de citación a juicio, el juez penal ordenará formar el respectivo Artículo 95.1.dexpediente del CPP:judicial. El agraviado tiene el derecho a impugnar el sobresei-

miento y la sentencia absolutoria.

Artículo 136.2 del CPP: El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial reglamentará todo lo relacionado con la formación, custodia, conservación, traslado, recomposición y archivo del 3. Base jurisprudencial: expediente judicial.

Casación N 353-2011-Arequipa del 04/06/2013: El artículo 95.1d del CPP establece elnro. agraviado tendrá como derecho sobre impugnar el sobreseimiento Artículo 87 de que la RA 014-2017-CE-PJ, del 11/01/2017, el Reglamento del Nuevo y la sentencia en concordancia conCortes el artículo 347dedel CPPdeseñala Despacho Judicialabsolutoria, del Módulo Penal Corporativo de las Superiores Justicia la República: Diferencia y precisa los anexos para la formación del expediente judicial para la que contra el auto de sobreseimiento procede recurso de apelación [fj. 4.5]. prueba y del expediente judicial para el debate.

4. Fundamentación:

3. Fundamentación: Se considera agraviado a todo aquél que resulte directamente ofendido por el El artículo 136.1 del CPP prescribe que para la formación del expediente judicial se anexarán: delito o perjudicado por las consecuencias del mismo (artículo 94.1 del CPP). a) Los actuados relativos al ejercicio de la acción penal y de la acción civil derivada del delito; b) Elactas agraviado del delito se encuentra ene condiciones ser unpor protagonista Las en que consten las actuaciones objetivas irreproducibles de realizadas la Policía o el del procesoPúblico, penal,asíencontrándose facultado para participar activamente Ministerio como las declaraciones del imputado; c) Las actas referidas a en la el desarrollo del proceso, siendo necesario que el agraviado actúe con todos actuación de prueba anticipada; d) Los informes periciales y los documentos; e) Las resolucio- los nesderechos expedidas ypor el juez deque la investigación preparatoria y, de serde el su caso, los elementos garantías le aseguran la satisfacción pretensión. Endeeste convicción que las sustentan; f) Las resoluciones emitidas durante la etapa intermedia y los sentido, el agraviado tiene derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentendocumentos, informes y dictámenes periciales hayan podido recabarse, jurisdiccionales así como -de ser el de cia absolutoria (artículo 95.1.d CPP),que para ello los órganos caso- las actuaciones complementarias realizadas por el Ministerio Público. Al respecto, el primera instancia -bajo responsabilidad- deben notificar al agraviado el auto de artículo 87 del Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las sobreseimiento y la sentencia absolutoria, con la finalidad de permitirle Cortes Superiores de Justicia de la República precisa, que el expediente judicial para la prueba ejercitar derecho doble instancia está formado de con manera los mediosefectiva de prueba su admitidos en laconstitucional etapa intermedia,aasílacomo los nuevos (artículo 139.6 de la Constitución Política del Perú). medios de prueba ofrecidos en la audiencia de juicio; además se incorporarán las actas, informes y declaraciones vinculados con el órgano de prueba, previamente admitidos. En el caso las declaraciones de testigos prestadas ante el fiscal durante la investigación preparato5. de Acuerdo: riaAl debe adjuntarserecurrente, las constancias debido emplazamiento a las partes, lo exige el el agraviado nodelconstituido en actor civil, se le como notificará todo artículo 383.1.d del CPP. De otro lado, el expediente judicial para el debate se forma con el auto trámite en segunda instancia del recurso de apelación del auto de sobreseide enjuiciamiento, el auto de citación a juicio oral, el acta de registro de audiencia, las resolumiento y de la sentencia absolutoria. De otro lado, al agraviado recurrido ciones escritas dictadas en el desarrollo del juicio y la sentencia, así como sus respectivas únicamente se le notificará la resolución final (auto o sentencia), que resuelve notificaciones, citaciones y comunicaciones.

el recurso salvo que se hubiere apersonado en segunda instancia, en cuyo también se le notificará todo el trámite. 4. caso Acuerdo: El expediente judicial para la prueba debe estar formado con los anexos señalados en el artículo 136.1 del CPP y en el artículo 87 del Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo 6. Difusión: Penal Corporativo de las Cortes Superiores dediario Justicia de la del República. el casoy de las Publíquese el presente acuerdo en el oficial distritoEn judicial, comunídeclaraciones de testigos prestadas ante el fiscal durante la investigación preparatoria debe quese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la adjuntarse las actas de declaraciones previas con las constancias del debido emplazamiento a Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a las facultades las partes, como lo exige el artículo 383.1.d del CPP.

de derecho de las Universidades de Trujillo.

5. Difusión: Dr. Giammpol Taboada Pilco Publíquese el presenteJuez acuerdo en el diario oficial del judicial y comuníquese a los superior coordinador dedistrito las Salas Penales jueces penales de de primera instancia, Público,delaJusticia Defensoría el Colegio de Apelaciones de al la Ministerio Corte Superior dePública, La Libertad

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ACUERDOS

ACUERDO N° 3-2018-SPS-CSJLL DE LOS JUECES SUPERIORES TITULARES Dr. Giammpol Taboada Pilco DE LAS SALAS PENALES DEPenales APELACIONES Juez coordinador de las Salas

Abogados de La Libertad y las facultades de Derecho de las universidades de Trujillo.

Superiores de la Corte de Justicia de La Libertad

1. Tema: Aprobación de formatos para el trámite de apelaciones.

ACUERDO N°10 DE LOS JUECES 2. Base legal: TITULARES DE LAS SALAS PENALES Artículo 123.1º del CPP: Las resoluciones judiciales, según su objeto, son DE APELACIONES DE LA CSJLL

decretos, autos y sentencias. Salvo los decretos, deben contener la exposición de los hechos debatidos, el análisis de la prueba actuada, la 1. Tema: determinación de lajudicial. ley aplicable y lo que se decide, de modo claro y Formación de cuaderno expreso. Artículo 122º, último párrafo del CPC: Los decretos son expedi2. Base legal: dos por los auxiliares jurisdiccionales respectivos y serán suscritos con su Artículo 122.5del CPP: Las disposiciones y los requerimientos deben estar motivados. En el firma completa.

caso de los requerimientos, de ser el caso, estarán acompañados de los elementos de convicción que lo justifiquen.

3. Fundamentación: Artículo de la RA nro. 014-2017-CE-PJ, 11/01/2017, sobre el Reglamento del Nuevo El nuevo89despacho judicial penal sedelbasa en la uniformidad, estandarizaDespacho Judicial del Módulo Penal los Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la ción y predictibilidad de todos procedimientos (R.A. Nº 014-2017-CERepública: Los requerimientos de los sujetos procesales que correspondan ser resueltos en PJ del 11/01/2017 aprueba el Reglamento del Nuevo Despacho Judicial audiencia deberán estar acompañados de los anexos respectivos como la obligación de del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la exhibirse la carpeta fiscal en la audiencia, a fin de permitir el debate contradictorio y el examen República), en tal sentido corresponde a las salas penales uniformizar el inmediato por el juez. trámite de los recursos de apelación en segunda instancia, mediante la 3. Fundamentación: aprobación de formatos únicos de resoluciones, que contengan apercibiDicho artículo del Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de mientos específicos según sea la clase de recurso y la parte recurrente.

las Cortes Superiores de Justicia de la República precisa, que el cuaderno judicial se forma para atender los requerimientos y solicitudes presentados por las partes procesales durante la etapa 4. deAcuerdo: investigación preparatoria, etapa intermedia y ejecución de la sentencia. En tal sentido, el Aprobar los formatos de resoluciones para apelaciones que cuaderno judicial debe formarse con las solicitudes de el lostrámite abogadosde defensores o los requerimientos fiscales, acompañados de los elementos de convicción que lo justifiquen. Asimismo, se anexan al presente.* en caso la resolución se expida oralmente en audiencia deberá transcribirse integralmente en el acta por seguridad jurídica, sólo en el caso que alguna de las partes haya impugnado la decisión 5. Difusión: judicial, ello bajo criterios razonables de economía y celeridad procesal como lo precisa el Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y Acuerdo Plenario nro. 6-2011-C/116, del 06/12/2011.

comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio 4. Acuerdo: Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a El cuaderno judicial formarse las solicitudes o requerimientos las facultades de debe derecho de con las Universidades de Trujillo. acompañados de los

elementos de convicción que lo justifiquen. En caso la resolución se expida oralmente en audiencia deberá transcribirse integralmente en el acta, sólo en el caso que alguna de las partes *El formato debe ser requerido a la coordinación de las Salas Penales de Apelaciones. haya impugnado la decisión judicial. 5. Difusión: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial y comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y las facultades de Derecho de las universidades de Trujillo. Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez superior coordinador de lasPilco Salas Penales Dr. Giammpol Taboada de ApelacionesJuez de la Corte Superior de Justicia coordinador de las Salas Penalesde La Libertad Superiores de la Corte de Justicia de La Libertad

Miércoles 07 de febrero de 2018 Miércoles 10 de Octubre de 2018 15

ACUERDO N° 4-2018-SPS-CSJLL ACUERDO N°11 DE LOS JUECES DE LOS JUECES SUPERIORES TITULARES LAS SALAS PENALES DETITULARES LAS SALASDE PENALES DE APELACIONES SUPERIORES DE LA CSJLL

1. Tema:

1. Tema: Notificaciones al agraviado del trámite de apelación en segunda instancia. Seguimiento de los acuerdos adoptados en Junta de Jueces Superiores.

2.Base Base legal: 2. legal: Artículonro. 95.1.d del CPP: ElLineamientos agraviado de tiene el derecho a impugnar sobreseiDirectiva 011-2016-CE-PJ: Aplicación del Equipo Técnico el Distrital de Implementación del Código Procesal Penal (ETI Distrital Penal) aprobado por Resolución miento y la sentencia absolutoria. Administrativa nro. 296-2016-CE-PJ, del 16/11/2016. 3. Base jurisprudencial:

3. Fundamentación: Casación N 353-2011-Arequipa del 04/06/2013: El artículo 95.1d del CPP La Directiva nro. 011-2016-CE-PJ sobre los Lineamientos de Aplicación del Equipo Técnico establece que el agraviado tendrá como derecho impugnar el sobreseimiento y Distrital de Implementación del Código Procesal Penal (ETI Distrital Penal) establece entre sus la sentencia absolutoria, endeconcordancia con el artículo 347 del CPP señala funciones “realizar el seguimiento acuerdos y/o disposiciones que emanen de las reuniones queconvoquen. contra el auto deefecto sobreseimiento procede recurso demismas apelación [fj. 4.5]. que Para tal deberán mantener un control de las mediante actas, legajos u otro medio, a fin de preservar la predictibilidad de las decisiones emitidas. Dicho monitorio y fiscalización será realizado por el administrador del Módulo Penal”. Por tanto, en 4. Fundamentación: sintonía con la función anotada, corresponde ETIresulte Distritaldirectamente Penal realizar el ofendido seguimiento de el Se considera agraviado a todo aquélalque por los acuerdos adoptados en las Juntas de Jueces Superiores Titulares de la Corte Superior de delito o perjudicado por las consecuencias del mismo (artículo 94.1 del CPP). Justicia de La Libertad materializado en actas, legajos u otro medio; comunicando periódicaEl agraviado del delito se encuentra en condiciones de ser un protagonista del mente al juez superior coordinador los aspectos positivos o negativos derivados de la ejecución proceso penal, encontrándose facultado para participar activamente en el de los acuerdos adoptados, lo que además tiene correspondencia con la función de ETI desarrollo necesario el agraviadodel actúe Distrital Penaldel de proceso, monitorearsiendo y evaluar el proceso que de implementación CPPcon en eltodos distritolos derechos y garantías que le aseguran la satisfacción de su pretensión. En este judicial, como lo establece el artículo 22.a de la Nueva Estructura Organizacional y Funcional sentido, agraviado tiene derecho a impugnar el sobreseimiento la sentendel Equipoel Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal y(ETI CPP) aprobado por Resolución Administrativa nro. 061-2013-CE-PJ, del 03/04/2013. cia absolutoria (artículo 95.1.d CPP), para ello los órganos jurisdiccionales de

primera instancia -bajo responsabilidad- deben notificar al agraviado el auto de

4. Acuerdo: sobreseimiento y la sentencia absolutoria, con la finalidad de permitirle El seguimiento de los acuerdos adoptados en las Juntas de Jueces Superiores Titulares de la ejercitar de manera efectiva su derecho constitucional a la doble instancia Corte Superior de Justicia de La Libertad será realizado por el ETI Distrital Penal y materiali(artículo 139.6 de la Constitución Política del Perú). zado en actas, legajos u otro medio; comunicando periódicamente al juez superior coordinador los aspectos positivos o negativos derivados de la ejecución de los acuerdos adoptados.

5. Acuerdo:

5. AlDifusión: agraviado recurrente, no constituido en actor civil, se le notificará todo el Publíquese presente acuerdo en el del diario oficial del judicial comuníquese a los trámite enel segunda instancia recurso de distrito apelación dely auto de sobreseijueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de miento y de la sentencia absolutoria. De otro lado, al agraviado recurrido Abogados de La Libertad y las facultades de Derecho de las universidades de Trujillo.

únicamente se le notificará la resolución final (auto o sentencia), que resuelve el recurso salvo que se hubiere apersonado en segunda instancia, en cuyo caso también se le notificará todo el trámite. Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez coordinador de las Salas Penales Superiores de la Corte de Justicia de La Libertad

6. Difusión: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a las facultades de derecho de las Universidades de Trujillo.

ACUERDO N°12 DE LOS JUECES TITULARES DE LAS SALAS PENALES DE APELACIONES DE LA CSJLL Dr. Giammpol Taboada Pilco

Juez superior coordinador de las Salas Penales 1. Tema: decompetencia Apelaciones de laen Corte Superior de tributarios, Justicia de Libertad Precisión de la judicial delitos aduaneros, deLa mercado y ambientales.

2. Bas La Re órgan ambie crear Adua territo Juzga Unipe mism trámit de ape (artícu merca ambie reviste judici y no e en el m segun

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ACUERDOS

ACUERDO N° 3-2018-SPS-CSJLL DE LOS JUECES SUPERIORES TITULARES DE LAS SALAS PENALES DE APELACIONES

2. Base legal: La Resolución Administrativa nro. 152-2016-CE-PJ, del 15/06/2016, dispone la creación de órganos jurisdiccionales especializados en delitos aduaneros, tributarios, de mercado y ambientales, que entraran en funciones a partir del 01/08/2016. En consecuencia, se dispuso crear el 9º Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales, con sede en Chiclayo y competencia 1. Tema: territorial en los distritos judiciales de Lambayeque, La Libertad y Cajamarca. Asimismo, el 2° Aprobación formatos el trámite deadición apelaciones. Juzgado Penalde Unipersonal depara Chiclayo actuará en de funciones como Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales; del el Juzgado Penal Colegiado Permanente conocerá en adición de funciones el 2.mismo Basemodo, legal: trámite de los procesos delitos aduaneros, tributarios, de mercado y ambientales. Y en etapa Artículo 123.1º del por CPP: Las resoluciones judiciales, según su objeto, son de apelación serán de conocimiento de la Primera Sala Penal de Apelaciones de Lambayeque decretos, autos y sentencias. Salvo los decretos, deben contener la (artículo primero). Los procesos judiciales derivados de los delitos aduaneros, tributarios, de exposición de los hechos debatidos, el análisis de la prueba actuada, la mercado y ambientales, así como de los órganos jurisdiccionales especiales en materia determinación ley aplicable y lo que senacional decide,o transnacional, de modo claro y ambiental que no de esténlavinculados al crimen organizado que no revisten especial gravedad, sus efectos dañosos no trasciendan el ámbitoson de un distrito expreso. Artículo 122º,que último párrafo del CPC: Los decretos expedijudicial, investigación de los delitos y juzgamientos de susymiembros no sean complejos, dos porque loslaauxiliares jurisdiccionales respectivos serán suscritos con su y no estén estructurados dentro de una organización serán tramitados en sus diferentes etapas firma completa. en el mismo distrito judicial, siempre que no existan órganos judiciales especializados (artículo segundo)

3. Fundamentación: El despacho judicial penal se basa en la uniformidad, estandariza3. nuevo Fundamentación: En el Acuerdo nro. 9-2017-SPS-CSJLL de procedimientos los Jueces Titulares de las Salas Penales Superiores ción y predictibilidad de todos los (R.A. Nº 014-2017-CEde la Corte Superior de Justicia de La del 18/10/2017, se acordó que “La competenPJ del 11/01/2017 aprueba el Libertad, Reglamento del Nuevo Despacho Judicial cia para conocer los delitos aduaneros, tributarios, de mercado y ambientales por hechos del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la punibles ocurridos en la región La Libertad, le corresponde a los jueces penales de la Corte República), en tal sentido corresponde a las uniformizar del el Superior de Justicia de Lambayeque precisados en salas la RApenales nro. 152-2016-CE-PJ, trámite de los recursos apelación segunda instancia, mediante la 15/06/2016. La resolución de de inhibición del juezen es inimpugnable”. Sin embargo, es necesario precisar la competencia de losúnicos jueces penales de los distritosque judiciales de La Libertad y de aprobación de formatos de resoluciones, contengan apercibiLambayeque conforme a los alcances del artículo segundo de la anotada resolución. mientos específicos según sea la clase de recurso y la parte recurrente. 4. Acuerdo:

4.Dejar Acuerdo: sin efecto el Acuerdo nro. 9-2017-SPS-CSJLL de los Jueces Titulares de las Salas Penales Aprobar formatos de resoluciones el trámite de apelaciones quela Superioreslos de la Corte Superior de Justicia de Lapara Libertad, del 18/10/2017. Establecer que se anexan alpara presente.* competencia conocer los delitos aduaneros, tributarios, de mercado y ambientales por hechos punibles ocurridos en la región La Libertad le corresponde a los jueces penales de la Superior de Justicia de La Libertad, siempre que no revistan especial gravedad, que sus 5.Corte Difusión: efectos dañosos no trasciendan el ámbito de un distrito judicial, que la investigación de los Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y delitos y juzgamientos de sus miembros no sean complejos y no estén estructurados dentro de comuníquese los contrario jueces serán penales de primera instancia, al Ministerio una organización;acaso de competencia de los jueces penales de la Corte Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad ya Superior de Justicia de Lambayeque, como lo establece el artículo segundo de la RA nro.1522016-CE-PJ del 15/06/2016. La de resolución de inhibición delde juezTrujillo. es inimpugnable. las facultades de derecho las Universidades 5. Difusión: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial y comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y las facultades de Derecho de las universidades de Trujillo.

*El formato debe ser requerido a la coordinación de las Salas Penales de Apelaciones.

Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez las SalasPilco Penales Dr.coordinador Giammpol de Taboada Superiores decoordinador la Corte de Justicia La Libertad Juez superior de lasde Salas Penales de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

Miércoles 07 de febrero de 2018 Miércoles 10 de Octubre de 2018

ACUERDO DE LOS JUECES ACUERDON°13 N° 4-2018-SPS-CSJLL TITULARES DE LAS SALAS PENALES DE LOS JUECES SUPERIORES TITULARES SUPERIORES DE LA CSJLL DE LAS SALAS PENALES DE APELACIONES 1. Tema: Actuación de declaraciones previas al juicio.

1. Tema: Notificaciones al agraviado del trámite de apelación en segunda instancia. 2. Base legal: Artículo 378.6 del CPP: Si un testigo o perito declara que ya no se acuerda de un hecho se puede leerBase la parte correspondiente del acto sobre su interrogatorio anterior para hacer memoria. Se 2. legal: dispondrá lo mismodel si en el interrogatorio surgetiene una contradicción la declaración Artículo 95.1.d CPP: El agraviado el derechocon a impugnar el anterior sobreseique no se pueda constatar o superar de otra manera miento y la sentencia absolutoria. 3. Fundamentación:

3. El Base artículojurisprudencial: 87 del Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República precisa, que El el expediente Casación N 353-2011-Arequipa del 04/06/2013: artículo judicial 95.1d para del la CPP prueba está formado con los medios de prueba admitidos en la etapa intermedia, así como los y establece que el agraviado tendrá como derecho impugnar el sobreseimiento nuevos medios de prueba ofrecidos en la audiencia de juicio; además se incorporará las actas, la sentencia absolutoria, en concordancia con el artículo 347 del CPP señala informes y declaraciones vinculados con el órgano de prueba, previamente admitidos. En el que contra el auto de sobreseimiento procede recurso de apelación [fj. 4.5]. caso de las declaraciones de testigos prestadas ante el fiscal durante la investigación preparatoria debe adjuntarse las constancias del debido emplazamiento a las partes, como lo exige el 4. Fundamentación: artículo 383.1.d del CPP. En tal sentido, las declaraciones previas pueden ser utilizadas por los sujetos procesalesagraviado en el examenade testigos paraque hacer memoria o evidenciar contradicciones; Se considera todo aquél resulte directamente ofendido por el empero, como aclara el artículo 378.2 del CPP, no se puede leer la declaración de undel testigo delito o perjudicado por las consecuencias del mismo (artículo 94.1 CPP). interrogado antes de la audiencia cuando hace uso de su derecho a negar el testimonio en el El agraviado del delito se encuentra en condiciones de ser un protagonista del juicio. Finalmente, el artículo 186.1 del CPP prescribe que cuando sea necesario se ordenara el proceso penal, encontrándose facultado pararesulte participar activamente en el reconocimiento del documento por su autor o por quien identificado según su voz, desarrollo delseñal proceso, siendo necesario que el agraviado actúe con todos los imagen, huella, u otro medio.

derechos y garantías que le aseguran la satisfacción de su pretensión. En este 4. Acuerdo: sentido, el agraviado tiene derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentenLa declaración previa del testigo que obra en el expediente judicial para la prueba puede ser cia absolutoria (artículo 95.1.d CPP), para ello los órganos jurisdiccionales de utilizado por los sujetos procesales en el examen realizado en el juicio oral para hacer memoria primera instancia -bajo responsabilidad- deben notificar al agraviado el auto de o evidenciar contradicciones, previo reconocimiento del documento por el mismo testigo. sobreseimiento y la sentencia absolutoria, con la finalidad de permitirle ejercitar de manera efectiva su derecho constitucional a la doble instancia 5. Difusión: Publíquese el presente en el diario oficialdel del Perú). distrito judicial y comuníquese a los (artículo 139.6 de laacuerdo Constitución Política jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y las facultades de Derecho de las universidades de Trujillo.

5. Acuerdo: Al agraviado recurrente, no en actor Dr. constituido Giammpol Taboada Pilcocivil, se le notificará todo el Juez coordinador de las Salas Penales del auto de sobreseitrámite en segunda instancia del recurso de apelación Superiores de la Corte de Justicia de La Libertad miento y de la sentencia absolutoria. De otro lado, al agraviado recurrido únicamente se le notificará la resolución final (auto o sentencia), que resuelve el recurso salvo que se hubiere apersonado en segunda instancia, en cuyo caso también se le notificará todo el trámite. 6. Difusión: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a las facultades de derecho de las Universidades de Trujillo. Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez superior coordinador de las Salas Penales de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad