codigo de ética y conducta - La Hipotecaria Panama

18 mar. 2019 - La Alta Gerencia del La Hipotecaria ha adoptado el presente documento el cual se ha titulado Código de Ã
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CODIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA

Modificado 18 de marzo de 2019

Contenido 1.

Información del Documento ........................................................................................................... 3

2.

Actualizaciones del Documento ..................................................................................................... 3

3.

Objetivo.......................................................................................................................................... 3

4.

Definición y Marco legal ................................................................................................................. 3

5.

Políticas Relacionadas ................................................................................................................... 4

6.

Roles y Responsabilidades ............................................................................................................ 4

7.

Código de Ética y Conducta ........................................................................................................... 5 a.

Modelos de Actuación ............................................................................................................. 5

b.

El compromiso con la satisfacción de nuestros clientes ........................................................... 6

c.

Nuestros Valores ..................................................................................................................... 7

d.

Lenguaje de la Hipotecaria ...................................................................................................... 8

e.

La actitud del Líder de La Hipotecaria .................................................................................... 8

f.

Las relaciones en el ambiente de Trabajo ............................................................................... 9

g.

Clima Laboral y Balance de Vida ........................................................................................... 10

h.

Sobre las Finanzas Personales ............................................................................................. 10

i.

Conflicto de intereses ............................................................................................................ 10 i.1

Manejo de Relaciones ........................................................................................................ 10

i.2

Manejo de la confidencialidad de la información ............................................................... 11

i.3

Derecho a la Privacidad .................................................................................................... 12

i.4

Prevención y Tratamiento de Fraudes................................................................................ 12

i.5

Respecto al tema de regalos e invitaciones ....................................................................... 12

i.6

Sobre los Colaboradores, Clientes y Proveedores ............................................................ 12

i.7

Colaboradores Entre Colaboradores .................................................................................. 13

i.8

Inversiones Personales ..................................................................................................... 14

j.

Transacciones con Partes Relacionadas................................................................................... 14

k.

Relación con el Medio Ambiente: .............................................................................................. 15

l.

Evaluación de Desempeño........................................................................................................ 15

m. Compensación y Beneficios: ..................................................................................................... 15 n.

Sanciones Disciplinarias. .......................................................................................................... 16

o.

Consideraciones Finales ……………………………………………………………………………….15

Código de Ética y Conducta La Hipotecaria

Página 2

1. Información del Documento

La Alta Gerencia del La Hipotecaria ha adoptado el presente documento el cual se ha titulado Código de Ética y Conducta, mismo directores y accionistas.

que será divulgado entre los colaboradores, ejecutivos, gerentes,

Su contenido será supervisado y reforzado constantemente por medio de

los canales de comunicación corporativa de La Hipotecaria, así como a través de las reuniones que se realizan en todos los niveles.

2. Actualizaciones del Documento

El Código de Ética y Conducta será revisado anualmente y publicado para el libre acceso de todos los colaboradores por medio de la intranet, canal de comunicación corporativa a nivel interno; se solicitará al ingresar, a cada uno de sus colaboradores una carta de certificación para su firma, evidenciando de esta forma, constancia de lectura y compromiso de cumplir con lo establecido.

3. Objetivo

Este documento contiene los lineamientos generales con el objetivo de evaluar gran parte de las situaciones a las que se podrían enfrentar los destinatarios del presente Código, pero no detalla necesariamente todas las situaciones que pueden surgir en su día a día. De este modo, podrán surgir dudas sobre cuál es la conducta más correcta a ser adoptada, casos en los cuales se comunicará al superior jerárquico, a Gestión Humana o a la Gerencia General antes de tomar cualquier decisión.

4. Definición y Marco legal

Definición:

El Código de Ética y Conducta detallará las normas y modelos de actuación que todos

los miembros del personal de La Hipotecaria observarán,

con el propósito de cumplir con el

comportamiento diligente hacia clientes y de igual forma, con el proceder laboral, personal y profesional en todas las gestiones operativas, administrativas y ejecutivas, procurando compromiso cabal con su Gobierno Corporativo.

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Marco legal: El acuerdo 5-2011 establecido por la Superintendencia de Bancos de Panamá, ente regulador de las entidades bancarias en Panamá, contiene los requisitos mínimos que debe contener un código de ética y conducta. 5. Políticas Relacionadas

Las políticas relacionadas con el presente Código de Ética y Conducta son las siguientes: 

Manual de políticas de Gobierno Corporativo



Manual de Cumplimiento Regulatorio



Manual de Prevención de blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de proliferación de armas de destrucción masiva

6. Roles y Responsabilidades

Área de Gestión Humana: Velará por la actualización y divulgación del presente Código a todos los miembros del personal y nuevos miembros que ingresen desde la Junta Directiva hasta la Alta Gerencia y Administración de toda La Hipotecaria. En la programación de la Inducción al nuevo personal se incluirá una explicación resumida del presente documento y se entregará una copia como constancia de conocimiento sobre su contenido. Adicionalmente, el documento estará vigente en la intranet, canal de comunicación corporativa para los miembros del personal. Oficialía de Gobierno Corporativo: Velará por el seguimiento de la revisión periódica del presente documento y evaluará recomendaciones.

Miembros del personal, Alta Gerencia y Junta Directiva:

Velarán por el cumplimiento cabal del

presente documento, practicando y permeando nuestros valores y se comprometerán a actuar de forma transparente y con sigilo en cada momento,

para prevenir que los

productos y servicios

ofrecidos en La Hipotecaria se utilicen para otros propósitos de manera ilícita.

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7. Código de Ética y Conducta

a. Modelos de Actuación Los colaboradores, ejecutivos, directores y accionistas de La Hipotecaria acuerdan actuar, dentro y fuera de la empresa según se desglosa a continuación:

1. Emplear, en el ejercicio de sus funciones, la misma actitud que cualquier persona honrada y de carácter íntegro emplearía en la relación con otras personas y en la administración de sus propios negocios.

2. Actuar siempre en defensa de los mejores intereses de la institución, así como sobre los negocios e informaciones de sus clientes.

Es fundamental que sus actitudes y

comportamiento sean un reflejo de su integridad personal y profesional y no coloquen en riesgo su seguridad financiera y patrimonial o la empresa.

3. Evaluar cuidadosamente situaciones que puedan caracterizar un conflicto entre sus intereses y los de la empresa y/o conducta no aceptable desde el punto de vista ético, aunque no causen pérdidas concretas a la institución.

En particular, no se aceptan las

siguientes conductas: 

Mantener relaciones comerciales, en su condición de representante de la institución, con empresas en las que usted, o personas de sus relaciones familiares o personales, tengan interés o participación directa indirectamente, sin autorización del Gerente General.



Mantener relaciones comerciales particulares, de carácter habitual, con clientes o proveedores.

Las relaciones comerciales eventuales con clientes o proveedores no

están prohibidas, pero las mismas se deberán comunicar previamente, por escrito, al Gerencia General. 

Utilizar su cargo, función o informaciones sobre negocios y asuntos de la empresa o de sus clientes, para influir en las decisiones que puedan favorecer a intereses propios o de terceras partes.

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Aceptar u ofrecer, en forma directa o indirecta, favores o regalos de carácter personal, que sean el resultado de relaciones con la empresa y que puedan influir en las decisiones, facilitar negocios o beneficiar a terceras partes, salvo por sinceros gestos menores de agradecimiento.



Cualquier actitud que discrimine a las personas, en función de color, orientación sexual, religión, ideología política, clase social, edad, discapacidad, estado civil, origen o nacionalidad, la cual estará sujeta a la legislación laboral vigente.



Usar equipos y otros recursos de la institución para fines particulares no autorizados.



Involucrarse en actividades particulares no autorizadas, que interfieran con el tiempo de trabajo dedicado a la empresa.



Manifestarse en nombre de la Empresa sin estar autorizado o calificado para ello.

4. Algunos comportamientos que se esperan: 

Abstenerse de comportarse de manera indecorosa o contraria a la moral y buenas costumbres de manera tal que pueda verse afectada la reputación de la Empresa.



Reconocer honestamente los errores cometidos y comunicarlos inmediatamente a su jerárquico.



Cuestionar las orientaciones contrarias a los principios y valores de la empresa.



Presentar sugerencias y críticas constructivas teniendo en mira la mejora de la calidad del trabajo.

5. Cumplir con los procedimientos que integran el sistema de prevención de blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y su adecuado desarrollo, de acuerdo a la normativa vigente en la materia y

el Manual de Prevención de Blanqueo de Capitales.

En especial, en lo

referente al Plan y Cronograma de Prevención y las Políticas Conozca a su Cliente, Conozca a su Empleado.

b. El compromiso con la satisfacción de nuestros clientes se deberá reflejar en lo siguiente: 1. El respeto a sus derechos y en la búsqueda de soluciones que atiendan a sus intereses, siempre en concordancia con los objetivos de desarrollo y rentabilidad de la empresa.

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2. Brindar a los clientes una atención caracterizada por la cortesía y la eficiencia, ofreciendo informaciones claras, precisas y transparentes. El cliente deberá obtener respuestas, aun cuando fueren negativas a sus solicitudes, en forma adecuada y dentro del plazo esperado por el mismo. 3. Evitar dar tratamiento preferente a cualquiera que sea por interés o sentimiento personal. 4. Abstenerse de proporcionar información de las operaciones realizadas por los clientes, a personas ajenas a la empresa distintas del mismo cliente, sus beneficiarios o sus representantes. 5. Ofrecer a cada cliente los productos o servicios que más se adecuen a sus características y necesidades. 6. Hacer del conocimiento de sus superiores, a la brevedad posible cualquier situación provocada por la empresa que cause o pueda causar daño o perjuicio a uno o más clientes o que represente un conflicto entre estos y la empresa sino pueden resolverlos por sí mismos. 7. Abstenerse de intervenir en cualquier negocio con los clientes en el que exista o puede existir conflicto de intereses, impidiendo el desempeño de sus funciones y obligaciones de manera íntegra y objetiva. c. Nuestros Valores Vivir una conducta compatible con los valores de La Hipotecaria: 

Mejoramiento Continuo: Damos pasos diariamente para ser mejores.



Sentido de Urgencia: Ejecutamos con velocidad y precisión nuestras responsabilidades.



Positivismo y Perseverancia: Mantenemos siempre una actitud positiva sin rendirnos ante los retos.



Honestidad y Transparencia: Nos comportamos siempre de forma íntegra. 1) Actuando en forma íntegra. 2) Arrojando luz a los problemas cuando son pequeños 3) Teniendo la valentía para aportar tus ideas a las conversaciones. 4) Honestidad contigo mismo y tus colaboradores sobre el rol que has asumido dentro de la organización.

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d. Lenguaje de la Hipotecaria El lenguaje de La Hipotecaria es único, diferente y forma parte del día a día caracterizándose las conversaciones entre todos los miembros del personal con las siguientes frases: “Hay que enfrentar la tormenta como búfalo” “Te cambiaron la cerradura” “Agarrar el toro por los cuernos” “Hay que mover la piedra” “Lo que no me mata me hace más fuerte” “Hay que mover la piedra” “Disparar balas antes de disparar bolas de cañón” “Haz lo correcto y no tendrás miedo de nadie” “Yo he comenzado a caminar sobre fuego y ahora quiero que ustedes me sigan”

Estas frases, entre otras

definen nuestras conversaciones y las enmarcan en acciones,

mismas que transformamos en resultados. e. La actitud del Líder de La Hipotecaria Nuestras creencias son la base de nuestro proceder día a día; nuestros hábitos, son pasos que damos todos los días para ir creando la costumbre y poco a poco cimentar aún más, nuestra cultura. 

Un buen líder siempre posee una pasión por lo que hace; una pasión que tiene sus raíces en un deseo de impulsar una causa digna y noble que va mucho más allá de sus ambiciones personales.



Un buen líder siempre crea un ambiente de trabajo cómodo y libre de miedo para asegurar que los canales de comunicación estén totalmente abiertos y la información fluya libremente por la organización hasta llegar a los líderes; especialmente las malas noticias.



Un buen líder constantemente promueve los valores de la organización, explicando repetidamente los comportamientos que desea de sus miembros, así inculcando la cultura de la organización a todos.

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f.

Las relaciones en el ambiente de Trabajo

Se pautarán por la cortesía, respeto, transparencia, justicia y equidad; ejemplos de los cuales se encuentra a continuación: 1. Colaborar para que predomine el respeto y la cortesía, el espíritu de equipo, la lealtad, la confianza, la conducta compatible con los valores de la empresa y búsqueda de resultados. 2. Al desempeñar una función de supervisión, tener en mente que sus colaboradores lo tomarán como ejemplo. Sus acciones, por lo tanto, deberán constituir un modelo de conducta para su equipo. 3. No se admite el uso del cargo para solicitar favores o servicios personales a los subordinados. 4. Es fundamental reconocer el mérito de cada uno, fomentar la equidad y justica en el acceso a las oportunidades de desarrollo profesional existentes, según las características, cualidades y contribuciones de cada colaborador. 5. Dar a sus compañeros de trabajo, en la medida de sus posibilidades la colaboración que estos requieran para el buen desarrollo de las actividades que tengan encomendadas, absteniéndose de obstaculizarlos o proporcionarles información falsa o engañosa. 6. Abstenerse de cualquier acto que implique discriminación en función de: color, orientación sexual, religión, ideología política, clase social, edad, discapacidad, estado civil, condición de salud, origen o nacionalidad, la cual estará sujeta a la legislación laboral vigente. 7. Prohibir y establecer responsabilidad por actos de violencia que atenten contra la honra, dignidad, integridad física y psicológica del personal, promoviendo la protección del derecho al trabajo en condiciones de equidad. 8. Evitar incurrir en hostigamiento, acoso sexual o moral, con acciones sistemáticas, continuas o de reiteración eventual, en la que una persona insinúa, invita, pide, persigue, limita o restringe derechos, disminuye la libertad, actúa groseramente con insultos, humilla a otros con fines de obtener alguna retribución sexual o afectar la dignidad de la persona. 9. Evitar dentro del ámbito laboral, la explotación, acoso laboral, favoritismo y negar oportunidades de empleo desvirtuando los mismos criterios de selección, no respetar la permanencia de los colaboradores o condiciones generales de trabajo, o la descalificación del trabajo realizado. 10. Evitar las consideraciones de superioridad en cuanto a ciertas razas y de igual forma, evitar opiniones discriminatorias sobre las funciones y roles diferentes asignados a hombres y

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mujeres mismos que son consecuencia de un orden natural, inherentes a las personas por el hecho de haber nacido de sexo masculino o femenino.

g. Clima Laboral y Balance de Vida La Hipotecaria promueve iniciativas enfocadas en generar un ambiente de trabajo saludable, así como actividades enfocadas el balance trabajo-familia. Periódicamente se realizan encuestas de clima laboral con el objetivo de implementar acciones e iniciativas para mejorarlo.

La Hipotecaria utiliza los canales de comunicación interna para promover estilos de vidas saludables y libres del consumo de sustancias tóxicas y/o prohibidas (drogas y alcohol). h. Sobre Las Finanzas Personales Los miembros del personal de La Hipotecaria

contarán con una gestión sobre sus finanzas

personales aceptable, ya que representan la estabilidad económica de una persona o una familia. De igual forma,

representan solidez y equilibrio a nivel personal y emocional.

El personal de

La Hipotecaria,

controlará de forma balanceada sus compromisos de crédito y observará

comportamiento satisfactorio con cada entidad en la cual inicie una relación comercial. Adicionalmente observará los siguientes pasos para el mejor control de sus finanzas personales: -Evaluación de la situación actual y futura -Establecimiento de objetivos (corto, mediano, largo plazo) -Creación de un plan y apegarse al mismo -Ejecución del plan y velar por su cumplimiento -Re-evaluación del plan para monitorear ajustes que sean necesarios i.

Conflicto de intereses i.1

Manejo de Relaciones

Con respecto al manejo de las relaciones con el Sector Público, los colaboradores de La Hipotecaria, mantendrán los siguientes comportamientos: i.1.1. Observar los más elevados estándares de honestidad e integridad en todos los contactos con administradores y empleados del sector público, evitando siempre que su conducta pueda parecer impropia.

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i.1.2. Abstenerse de manifestar opinión sobre actos o actitudes de funcionarios públicos o de hacer comentarios de naturaleza política. i.1.3. Al defender los intereses de la empresa, actuar con confianza en los estándares de actuación de nuestra empresa y observar siempre los más elevados principios éticos y el respeto a las leyes y normas vigentes.

Con respecto al manejo de las relaciones con competidores

los colaboradores de La

Hipotecaria, mantendrán los siguientes comportamientos: i.1.4 La competencia leal deberá ser el elemento básico en todas nuestras operaciones y relaciones con otras Empresas e instituciones del mercado financiero. Nuestra competitividad se deberá ejercer con base en ese principio. i.1.5. No se deberán hacer comentarios que puedan afectar la imagen de los competidores o contribuir para la divulgación de rumores sobre los mismos. i.1.6. Tratar a las demás instituciones financieras con el mismo respeto con que la empresa espera ser tratada. i.1.7. Se prohíbe suministrar a la competencia informaciones que pertenecen a la empresa. i.2

Manejo de la confidencialidad de la información

Los colaboradores de la empresa mantendrán los siguientes comportamientos: i.2.1. Deberán mantener la debida reserva sobre los documentos de trabajo y la información confidencial que esté a su cuidado. Por lo tanto deberán controlar y evitar que en cualquiera de las instancias o dependencias de la Empresa se haga uso indebido de dicha información o que la misma sea conocida por personas que no tengan autorización para ello. i.2.2. Así mismo, no revelarán ni transferirán a terceras personas las tecnologías, metodologías, programas, y secretos comerciales o estratégicos que pertenecen a La Empresa, sus clientes o proveedores, a los que haya tenido acceso con ocasión de su cargo. Igualmente, no obtendrán ni intentarán el acceso a información que represente secreto comercial o estratégico en forma ilegítima. i.2.3. Deberán mantener la debida reserva de la información relacionada al sistema de prevención de Blanqueo de Capitales.

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i.3

Derecho a la Privacidad

La Hipotecaria velará por la información personal, médica, de beneficios o cualquier otra relacionada con el colaborador, así como cualquier queja, reclamo o investigación en que el colaborador participe. Toda la información relativa a los colaboradores será manejada con estricta confidencialidad.

i.4

Prevención y Tratamiento de Fraudes

Los colaboradores deben reportar o denunciar cualquier sospecha o evidencia de la realización de un acto fraudulento, estos reportes o denuncias deberán hacerse a través del superior inmediato o por los canales disponibles para estos casos, con el fin de que se tomen las acciones necesarias en el caso.

i.5

Respecto al tema de regalos e invitaciones

Los intereses

comerciales de la empresa serán mejor servidos cuando sus decisiones

comerciales estén basadas en criterios comerciales y no influidos por factores tales como regalos, favores, donaciones, invitaciones, viajes o pagos tendientes a obtener resultados para los destinatarios del presente código, sus vinculados o familiares.

Todos los directivos, empleados y colaboradores de La Empresa que voluntariamente o con culpa grave incurran en conductas que violen los principios éticos y las normas consagradas en el presente Código, serán sancionados de acuerdo con lo previsto en la ley y en el Reglamento Interno de trabajo de La Empresa. i.6

Sobre los Colaboradores, Clientes y Proveedores

Entre un colaborador y un cliente existe un conflicto de interés desde que se presentan intereses de índole personal de forma directa o indirecta

en

cualquier cliente de cualquier departamento de La Hipotecaria.

asuntos relacionados con Los colaboradores se

abstendrán de lo siguiente:

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i.6.1.

No ofrecer trato o condiciones especiales a clientes ni proveedores; y de igual

forma, no influir para que otros actúen a favor, en caso de que puedan existir vínculos familiares, personales, laborales, de negocios o de cualquier otra índole. i.6.2.

No inmiscuirse en situaciones de posibles actuaciones sin beneficios aparentes

para el cliente, con el propósito de contar con

una ganancia a nivel personal o

profesional, o evitar una pérdida de cualquier índole, involucrando al cliente. i.6.3.

No efectuar operaciones o gestiones de un cliente para beneficiar a otro.

i.6.4.

No revelar transacciones, operaciones, visitas, gestiones de negocios de ningún

cliente a otro. i.7

Colaboradores Entre Colaboradores

Entre un colaborador y otro, existe un conflicto de interés desde que se presentan intereses de índole personal, laboral o profesional con impacto en las relaciones interpersonales y ambiente de trabajo. Los colaboradores de La Hipotecaria, procederán como a continuación se detalla:

i.7.1.

Comunicar al líder inmediato, acerca de posibles contrataciones o traslados de

personal que puedan tener afinidad o consanguinidad y representar de esa forma un conflicto de interés. i.7.2.

Evitar cercanía laboral (supervisión, subordinación o control) con personas que

podrían representar un conflicto de interés debido a que son parientes en grado de consanguinidad.

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i.7.3.

Declararse impotente para la toma de decisiones en cuanto a la contratación de

personas que podrían representar un conflicto de interés por su grado de afinidad o consanguinidad. i.7.4.

Ningún miembro del personal (colaboradores, Administración Superior, Alta

Gerencia) podrá ser fiador de transacciones comerciales que realice el personal subalterno o viceversa en La Hipotecaria.

i.8 Inversiones Personales

Los colaboradores tienen la libertad de hacer inversiones, siempre y cuando se observe riguroso cumplimiento de las leyes, reglamentos, políticas y procedimientos aplicables.

Se

abstendrán de utilizar o aprovechar información disponible debido a su cargo, para satisfacer intereses particulares y personales.

En caso de tener dudas con respecto a la existencia de un posible conflicto de interés, consultar o informar a los superiores inmediatos y de igual forma a las áreas de control interno de La Hipotecaria. j.

Transacciones con Partes Relacionadas

El acuerdo 6-2009 de la Superintendencia de Bancos de Panamá, artículo 9 establece

que se

considera como parte relacionada a cualquier persona natural o jurídica que integre con esa entidad un grupo económico.

Se entiende como Grupo Económico al conjunto de personas

naturales o jurídicas, de cualquier naturalidad o jurisdicción, cuyos intereses se encuentran en tal forma relacionados entre sí y que, a juicio de la Superintendencia se consideran como si fueran una sola persona. encuentran

Los diferentes escenarios para ser considerados como parte relacionada se

en los artículos

96 y 98

de la ley bancaria y los artículos del 9 al 13 del acuerdo

6-2009. La Hipotecaria busca ofrecer equidad y garantizar a los diferentes grupos de interés transparencia en el manejo de las transacciones con partes relacionadas.

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En este sentido, se observará el fiel cumplimiento con las regulaciones establecidas y políticas internas las cuales procuran que las transacciones en mención, se efectúen bajo estrictas condiciones e implementando los mismos procesos que se llevan con partes independientes. La Hipotecaria confirmará en primera instancia y actuará de acuerdo con lo establecido en la política de transacciones con partes relacionadas y consultará con el Manual de Procedimientos de Gobierno Corporativo mismo que detalla cabalmente los pasos para la aprobación de propuestas en donde figuran las partes relacionadas y de igual forma confirmará con la Política de Compras y Contrataciones, mismas que documentan lo relativo a contratos o convenios de servicios, asesoramiento, proveeduría de productos o servicios entre La Hipotecaria y empresas de los Accionistas, en caso de que excedan los límites establecidos. k. Relación con el Medio Ambiente: La Hipotecaria consciente de la importancia de proteger el medio ambiente promueve campañas internas para su conservación y el uso racional de sus recursos naturales.

Asimismo apoya

campañas de fundaciones o instituciones a través de donaciones y el voluntariado corporativo de La Hipotecaria. l.

Evaluación de Desempeño.

Anualmente se realizarán las evaluaciones de desempeño con el fin de promover el cumplimiento de objetivos y metas de los colaboradores; así como el desarrollo de las competencias, habilidades, aptitudes e idoneidad de los mismos.

m. Compensación y Beneficios:

La Hipotecaria anualmente realiza una revisión de los salarios a fin de proponer los ajustes anuales. El Comité de Compensación aprueba el presupuesto de ajustes de salario, así como de la repartición de utilidades.

La Hipotecaria ofrece una diversidad de beneficios a sus colaboradores con el objetivo de que complementen su compensación y así, contribuir al mejoramiento de su calidad de vida.

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n. Sanciones Disciplinarias.

Correlativamente al deber de estimular a los colaboradores al mejor cumplimiento de sus obligaciones, la Empresa tiene la facultad de sancionar el incumplimiento por parte de los colaboradores de dichas obligaciones.

A ningún colaborador se le podrá imponer dos (2) sanciones disciplinarias por la misma falta. Sin perjuicio de la facultad que tiene la Empresa para despedir a un colaborador de acuerdo con el Código de Trabajo, se establecen las siguientes sanciones disciplinarias: 1. Amonestación verbal 2. Amonestación escrita 3. Suspensión sin goce de salario hasta por tres (3) días, en proporción a la gravedad de la falta cometida y de conformidad con lo establecido en este reglamento. 4. Despido

1. Amonestación Verbal: Por cualquier incumplimiento leve de las obligaciones o violación de las prohibiciones impuestas a los colaboradores en el Código de Trabajo, Reglamento Interno y en éste Código. 

Incumplimientos considerados leves.  Faltar injustificadamente al trabajo.  Llegar tarde injustificadamente al trabajo.  Salir o ausentarse del puesto sin autorización de su Jefe inmediato.  No incorporarse a sus labores después de concluido el tiempo establecido para el refrigerio.  Uso inadecuado del uniforme, imagen y/o presentación personal.  Conductas inapropiadas.  Desobedecer a su superior inmediato en el cumplimiento de las labores encomendadas.  Faltar de palabra o de hecho a los superiores y/o colaboradores.  Actuar con negligencia o ineficiencia en sus obligaciones laborales. Esto incluye desconocer o no aplicar correctamente las políticas y procedimientos de la Empresa.

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 Usar equipos y otros recursos de la institución para fines particulares no autorizados.  Alterar el orden de la organización mediante altercados, riñas o peleas.  Manejar u operar equipos, maquinarias o vehículos sin estar debidamente autorizado.  Tomar bebidas alcohólicas mientras se utilice el uniforme de la Empresa.

2. Amonestación Escrita: Por reincidir en la comisión de faltas que den lugar a la amonestación verbal, por incumplimiento moderado de las políticas de la Empresa, o por la comisión de faltas que no tengan una sanción especial. 

Incumplimientos considerados moderados.  Cuando el colaborador obtenga permiso para acudir a diligencia judicial, por calamidad doméstica, asistir a un examen o tratamiento médico, o cumplir con obligaciones análogas tales como reuniones obligatorias con docentes de sus dependientes (hijos), citaciones de autoridades competentes en general, y se le compruebe que ha abusado del permiso o licencia, prolongándola indebidamente.  Salir o ausentarse del trabajo antes de la hora sin el permiso o autorización correspondiente del Jefe inmediato.  Por dos tardanzas en un periodo de un mes.  No incorporarse a sus labores después de concluido el tiempo de su descanso vacacional o licencia.  Realizar actos contrarios al orden, moral, ética y buenas costumbres dentro o fuera de la Empresa, en horario de trabajo o después de concluidas sus labores, utilizando o no el uniforme o ropa distintiva de la Empresa.  Mantener relaciones comerciales, en su condición de representante de la institución, con empresas en las que usted, o personas de sus relaciones familiares o personales, tengan interés o participación directa o indirectamente, sin autorización del Gerente General.  Mantener relaciones comerciales particulares, de carácter habitual, con clientes o proveedores. Las relaciones comerciales eventuales con clientes o proveedores no están prohibidas, pero las mismas se deberán comunicar previamente, por escrito, al Gerencia General.

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 Utilizar su cargo, función o informaciones sobre negocios y asuntos de la empresa o de sus clientes, para influir en las decisiones que puedan favorecer a intereses propios o de terceras partes.  Aceptar u ofrecer, en forma directa o indirecta, favores o regalos de carácter personal, que sean el resultado de relaciones con la empresa y que puedan influir en las decisiones, facilitar negocios o beneficiar a terceras partes, salvo por sinceros gestos menores de agradecimiento.  Discriminar a las personas, en función de color, orientación sexual, religión, ideología política, clase social, edad, incapacidad física, origen o nacionalidad.  Involucrarse en actividades particulares no autorizadas, que interfieran con el tiempo de trabajo dedicado a la empresa.  Manifestarse en nombre de la Empresa sin estar autorizado o calificado para ello.  Comportarse de manera indecorosa o contraria a la moral y buenas costumbres de manera tal que se viera afectada la reputación de la Empresa.  No tomar las precauciones necesarias para que la conducta del colaborador fuera la Empresa no afectara la imagen de la Empresa ante el público en general.  No reconocer honestamente los errores cometidos y, ocultarlos de su Superior Jerárquico.  Reiterada comisión de faltas que determinen amonestación verbal.  No cumplir con las políticas y procedimientos de debida diligencia establecidos por el Sistema de Prevención de Blanqueo de Capitales, Financiamiento del Terrorismo y financiamiento de armas de destrucción masiva.  No permitir o encubrir la revisión de paquetes o maletines en la puerta de ingreso y/o salida de las Oficinas de La Hipotecaria por el personal de seguridad encargado. 

No devolver oportunamente los valores que la Empresa le hubiera entregado para el desempeño de labores.

3. Suspensión: Se suspenderá hasta por tres (3) días sin goce de salario a los colaboradores por la reincidencia en la comisión de faltas que se haya amonestado verbal y por escrito o que cometan faltas moderadas.

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4. Despido: se aplicará por la comisión de faltas que el Código de Trabajo enumera en el acápite A, artículo 213, de naturaleza disciplinaria, y se hará constar en nota dirigida al colaborador en la que se detallarán las razones que sirven de fundamento al despido. Serán causas justificadas de naturaleza disciplinaria que facultan a la Empresa para dar por terminada la relación de trabajo con el colaborador, las siguientes: 

El haber sufrido engaño de parte del colaborador, mediante la presentación de documentos o certificados falsos, que le atribuyan cualidades, aptitudes o facultades de que carezca, cuando el contrato o su modificación se celebre en atención a dichas condiciones especiales. El derecho de la Empresa de terminar el contrato por esta causa, caducará al mes, a partir de la fecha en que se compruebe la falsedad. Cuando no se trate de certificación de idoneidad para el ejercicio de una profesión, este plazo no excederá de un año, contados desde la fecha del inicio de la relación de trabajo.



Incurrir, durante sus labores, en actos de violencia, amenazas o injurias en contra del Empresa, sus familiares o de miembros del personal directivo de la empresa o negocio, o de los compañeros de trabajo, excepto que hubiere mediado provocación.



La revelación, por parte del colaborador, sin la autorización de la Empresa, de secretos técnicos, comerciales o de fabricación o la divulgación de asuntos de carácter administrativo, reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicios al Empresa.



Incurrir, durante la ejecución del contrato, en faltas graves de probidad u honradez, o la comisión de delitos contra la propiedad, delitos de Blanqueo de Capitales, o cualquier otro delito cometido en perjuicio directo de la Empresa.



Cometer de modo intencional, durante el desempeño de sus labores o con motivo de ellas, un daño material en las máquinas, herramientas, materias primas, productos, edificios y demás objetos relacionados de modo inmediato con el trabajo.



Causar, con culpa de su parte, los daños materiales contemplados en el numeral anterior con la condición de que fuesen graves y que la culpa del colaborador sea la única causa del prejuicio.



Comprometer con su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del lugar donde se realicen las labores o de las personas que allí se encuentren.



Comprometer el colaborador con su imprudencia o descuido inexcusable, la reputación de la Empresa frente al público en general.

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Negarse el colaborador manifiesta o reiteradamente a adoptar las medidas preventivas y los procedimientos indicados para evitar los riesgos profesionales.



Desobedecer, sin causa justificada, y perjuicio del Empresa, las órdenes impartidas por éste o sus representantes en la dirección de los trabajos, siempre que fuesen indicadas con claridad, y se refieran de modo indirecto a la ejecución del trabajo contratado. Esto incluye desobedecer los lineamientos dispuestos en las políticas y procedimientos de la Empresa.



La inasistencia del colaborador a sus labores, sin permiso del Empresa o sin causa justificada, durante dos lunes en el curso de un mes, seis en el curso de un año, o tres días consecutivos o alternos en el período de un mes. Para los efectos de este numeral se tendrá como lunes el día que siga a uno de fiesta o duelo nacional.



La reincidencia en el abandono del trabajo por parte del colaborador que comprende la salida intempestiva e injustificada del centro de trabajo durante las horas de labores, sin permiso del Empresa o de quien lo represente, o la negativa reiterada a trabajar sin causa justificada en la prestación convenida.



La reincidencia del colaborador, en el término de un año, en infringir las prohibiciones previstas en los numerales 3, 4 y 5 del artículo 127 del Código de Trabajo de Panamá. 

Tomar de los talleres, fábricas o de sus dependencias, materiales, artículos de programación informática, útiles de trabajo, materias primas o elaboradas, equipos u otras propiedades del Empresa, sin la autorización de éste o sus representantes.



Presentarse al trabajo en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas prohibidas por la ley.



Presentarse al lugar de trabajo sin informarle al Empresa sobre el uso de medicamentos, recetados por un facultativo, con la advertencia de que puedan producir somnolencia o afectar su coordinación motora.



La comisión por parte del colaborador de confianza de actos u omisiones, dentro o fuera del servicio que conlleven la pérdida de la confianza del Empresa.



El acoso sexual, la conducta inmoral o delictiva del colaborador durante la prestación del servicio.



La falta notoria del rendimiento, calificada de acuerdo con sistemas y reglamentos concretos de evaluación técnica y profesional, previamente aprobados según la Ley.

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Tardanzas Injustificadas

Se establecen las siguientes sanciones por llegadas tardías injustificadas, dentro de un período de 30 días. Se entiende por llegadas tardías aquellas en que se llega al lugar de trabajo con cinco minutos o más de atraso. A) la primera vez, el trabajador será amonestado verbalmente. B) La segunda vez, será amonestado por escrito. C) La tercera vez, será suspendido por un día sin goce de salario. D) La cuarta vez, será suspendido hasta por un mínimo de dos días sin derecho a salario. E) La quinta vez o más, será suspendido sin derecho a salario por tres días. Ausencias Injustificadas Sin perjuicio de que en su lugar la Empresa aplique el artículo 213, acápite A, ordinal 11, del Código de Trabajo,

se establecen las siguientes sanciones por ausencias injustificadas o por abandono

injustificado del colaborador de su puesto de trabajo dentro de un período de 30 días. Se entiende por ausencia la no-presentación del colaborador al lugar de trabajo dentro de las primeras dos horas de su jornada de trabajo o turno. A) por la primera ausencia o abandono, amonestación escrita al trabajador. B) Por la segunda ausencia o abandono, suspensión sin derecho a salario de uno o dos días si no han sido consecutivos y por tres días si han sido consecutivos. C) Si las ausencias o abandonos sin permiso del empleador o sin justificación por parte del trabajador caen dentro de lo establecido en los ordinales 11 y 12 del acápite a del artículo 213 del código de trabajo, darán lugar al despido del trabajador sin responsabilidad para el empleador. C.1. La inasistencia del colaborador a sus labores, sin permiso de la Empresa o sin causa justificada, durante dos lunes en el curso de un mes, seis en el curso de un año, o tres días consecutivos o alternos en el período de un mes. Para los efectos de este numeral se tendrá como lunes el día que siga a uno de fiesta o duelo nacional. C.2. La reincidencia en el abandono del trabajo por parte del colaborador que comprende la salida intempestiva e injustificada del centro de trabajo durante las horas de labores, sin permiso del Empresa o de quien lo represente, o la negativa reiterada a trabajar sin causa justificada en la prestación convenida”.

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Ausencias Justificadas En todos los casos de ausencias justificadas, el colaborador deberá completar la solicitud de permiso y presentar la documentación respectiva. Se considerarán ausencias justificadas, además de las ocasionadas por enfermedad, las siguientes: Muerte de cónyuge, hijos, padres y hermanos

(Hasta 3 días)

Muerte de abuelos, tíos, sobrinos, primos y suegros

(Hasta 1 día)

Matrimonio del colaborador

(Hasta 2 días)

Alumbramiento de la esposa o compañera

(Hasta 1 día)

Siniestros Graves o Calamidad Doméstica

(Depende de cada caso)

Constancia de sanción en el expediente del colaborador.

Las sanciones, cualquiera sea su naturaleza, serán registradas en el expediente de personal y serán tomadas en cuenta, como parte del historial del colaborador, para las promociones, incrementos de remuneraciones y bonificaciones.

O. Consideraciones Finales

El Gerente General o a quién designe, y el Vicepresidente Asistente de Gestión Humana se reunirán cuando así lo estimen conveniente para tratar temas relativos a la aplicación de ese código, así como determinar las acciones necesarias para la divulgación y fortalecimiento de los más elevados estándares de conducta ética dentro de la empresa, velando por la actualización del presente Código de Ética y Conducta.

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