Cobertura de Empleo Universal.pdf

En tiempos de expansión económica, con tasas de paro en disminución, alguna de las actividades se puede anular, redirigi
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Zaragoza, Diciembre 2014 COBERTURA DE EMPLEO UNIVERSAL (CEU).

Todo lo que sigue es una reflexión personal, que puede estar equivocada en todo o en parte, que responde a una voluntad de contribuir con ideas a restaurar el equilibrio social y económico perdido con la crisis, por ello ruego una lectura reposada y reflexiva, esperando más que adhesiones, aportaciones y crítica constructiva, para conseguir el mejor texto posible.

El fundamento de esta propuesta surge de la convicción de que son ciertas las siguientes premisas de partida: - Estamos en una economía de mercado capitalista que tiene marcado un rol para la obtención de rentas de los ciudadanos. Fundamentalmente a través del trabajo asalariado por cuenta ajena. La modificación de este rol se vislumbra fuera de nuestro alcance próximo. - Las dificultades económicas de una buena parte de la ciudadanía surgen de la caída brusca de las rentas del trabajo para una gran parte de la población, cuya consecuencia inmediata es la caída del consumo, el cual realimenta el desempleo. - En estas condiciones, y dada la situación de la deuda privada y pública, no se puede esperar una recuperación significativa del empleo privado ni público con la urgencia que se requiere. - No es una opción dejar a su suerte o en manos de la caridad la subsistencia de estas personas. - El estado tiene, además de la obligación por ley, una estructura capaz de organizar y encontrar nichos de empleo que ocupen las personas que deseen trabajar durante el tiempo que sea necesario. - Que la opción de proporcionar directamente una renta de subsistencia universal, para resolver las carencias económicas con simplicidad y rapidez, se enfrenta a un problema de financiación inasumible hoy, con un futuro aún más inasumible, además de cronificar la inacción laboral en grandes capas de la sociedad que pasarían literalmente a vivir fuera de los circuitos de producción y generación de bienes.

No es una idea novedosa, ya se han hecho experiencias fuera y dentro de nuestro país, tampoco es una solución inmediata ni sencilla, pero es un intento de dar respuesta a la dura situación que vive el país y de paso crear para el futuro un nuevo instrumento de cohesión social: el pleno empleo. Se pretende crear un nuevo paradigma de derecho al trabajo que trascienda a las legislaturas de forma que se incorpore como derecho efectivo al llamado “estado del bienestar”. Posiblemente, en el futuro, a medio y largo plazo las economías más progresistas implantarán la “Renta Básica Universal” porque llegará un momento que las nuevas tecnologías que implican una disminución de mano de obra, harán insostenible el pleno empleo en las condiciones que hoy conocemos y su aplicación resulte perfectamente viable. Pero mientras llega ese momento tenemos que dar satisfacción a un derecho fundamental para la pervivencia de las personas, como es el derecho al trabajo, que estando reconocido expresamente en la Constitución, no se cumple para una buena parte de la población. Este artículo 35 dice: Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo. -1-

En la situación actual de desempleo, el Estado debe intervenir para impulsar empleo estatal complementando al privado, realizando actividades que tengan un beneficio social, bien con servicios a personas, bien con proyectos (ambos son Programas de Empleo) que den como resultado un bien para la ciudadanía que no se realizan normalmente con pleno empleo. En tiempos de expansión económica, con tasas de paro en disminución, alguna de las actividades se puede anular, redirigir hacia el voluntariado o derivar a la iniciativa privada. Es decir que esta cobertura debe de poseer la cualidad de auto ajustarse a las necesidades de empleo del momento. No es objetivo de esta propuesta la creación de funcionariado por esta vía, ni la creación de nuevas empresas estatales, sino la de ser una cobertura de seguridad de empleo y por tanto de asegurar unos ingresos mínimos para los ciudadanos y sus familias.

¿Quién puede ser candidato a la cobertura de empleo?: Se puede solicitar la cobertura cumpliendo los requisitos siguientes: - Estar apuntado como demandante de empleo en el INEM. - Hombre o mujer, mayor de 18 años y menor de 64 años y no cobrar prestaciones por jubilación ni de otro tipo. - Tener nacionalidad española o en su defecto haber cotizado en un trabajo en España con residencia de 5 años. - No tener en la actualidad ningún trabajo concertado de ningún tipo (con o sin contrato legal). - Firmar la renuncia a subsidios o rentas proporcionados por el estado al ser efectivo el contrato laboral.

Aptitud física y conocimientos necesarios de los candidatos: El Programa de Empleo junto con el Plan de Trabajo definirá tanto las condiciones físicas, intelectuales y profesionales necesarias para la incorporación al puesto y establecerá el plan de formación adecuado si fuera necesario. Se establecen dos tipologías de empleo: -

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Empleado: Se trata de trabajos que, o bien son sencillos trabajos manuales o presenciales que requieren una breve formación o bien son trabajos que requieren habilidades que acompañan al conocimiento profesional de candidato. En general son trabajos que estarán por debajo de las habilidades profesionales del candidato. Empleado supervisor: Se requiere una formación y/o experiencia más amplia en organización de grupos, manejo de sistemas informáticos, etc., pero nunca altas cualificaciones.

¿Cómo se establece la prevalencia de acceso a la cobertura?: En este orden: - Tener familiares menores de edad a su cargo siempre que el cónyuge no ingrese más de 1’5 SMI. (orden por urgencia económica) - Tener familiares a su cargo. (siempre que el cónyuge no ingrese más de 1’5 SMI. - No haber tenido empleo anterior. - Tener más de 45 años. - La antigüedad en la lista de demandante de empleo.

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¿Qué es un Programa de Empleo? Un Programa de Empleo se plasma en un texto que describe, planifica y desarrolla las actividades laborales de un proyecto o iniciativa. También se definen las condiciones en que debe desarrollarse la relación laboral y contractual del demandante de Cobertura de Empleo Universal (CEU) con el Organismo del Estado que actúa como empleador, definiendo además el origen y destino de los servicios o bienes involucrados en la actividad del programa.

¿Quien promueve los Programas de Empleo? Los programas los promueven: - Cualquier organismo del estado local, autonómico o nacional podrán presentar Programas de Empleo al organismo controlador. - Cualquier organización ciudadana u ONG puede presentar proyectos o iniciativas al organismo local o autonómico para su estudio y viabilidad. La financiación de los Programas puede correr a cargo del organismo promotor con sus propios presupuestos o a los presupuestos generales del estado en el caso de programas de ámbito nacional.

¿Quién actúa como órgano controlador del Programas de Empleo? El órgano controlador es INEM nacional o en sus versiones autonómicas, con las modificaciones estructurales necesarias. Recibe las propuestas de los Programas de Empleo y los estudia comprobando que se cumplen las normas establecidas, viabilidad, demanda de empleo para el programa, etc., y compromete la financiación al ministerio u organismo correspondiente. Realiza también la verificación e inspección del desarrollo, esto último en conjunción con un comisario perteneciente al organismo financiador del programa. El órgano controlador determina para cada Programa de Empleo un Plan de Trabajo y asigna la dirección y las personas demandantes de CEU que intervendrán. En resumen la puesta en marcha de un Programa de Empleo consta de varios niveles: - Promotor de los Programas de Empleo: Los organismos políticos nacionales o autonómicos en colaboración con el órgano controlador. - Plan de Trabajo: El funcionariado del INEM nacional o autonómico en colaboración con el organismo que lo promueve establece el Plan de Trabajo concreto esto es, asigna uno o varios directores coordinadores, determina el número de supervisores y trabajadores y sus funciones, planifica la formación si es necesaria, marca los tiempos del lanzamiento, los horarios, la duración, transporte, etc.. - Puesta en marcha: El director y los supervisores establecen medios y logística necesaria. - Realización diario del plan de trabajo: Los supervisores realizan la asignación de tareas y el control efectivo. - Comprobación y control: Los supervisores reportan resultados al Director, semanalmente. Trimestralmente se emite un informe al estamento político y a los medios de comunicación. - Inspección: Comisarios del INEM y del organismo financiador.

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Características generales de los trabajos: Obviamente no se pretende sustituir empleos ya cubiertos por el Estado o por la iniciativa privada. Las principales condiciones que debe cumplir un Programa de Empleo son: - Deben tener rentabilidad social y ser intensivos en mano de obra. (Si además tienen alguna rentabilidad económica mejor que mejor). - Que el receptor de los bienes y servicios resultantes sea de titularidad pública o ciudadanos que no tienen posibilidades económicas para obtenerlos. - Que sin darse el caso anterior la finalidad de los empleos dotados por la cobertura sea el de ayudar a la creación de proyectos cooperativos que cumplan los requisitos que se estipulen, siempre con la condición de salir de la prestación en dos años. - El producto final, si lo hubiere, no puede ser cedido o adquirido por entidad o persona privada, salvo ONG registrada. - La actividad se realiza en el territorio del entorno local del candidato, salvo que se trate de proyectos de desarrollo territorial o rural. - Son solo y totalmente remunerados por cualquier organismo del Estado que sea competente. (Dinero público). Los Planes de Trabajo son transparentes a la ciudadanía y pueden ser conocidos en todos sus aspectos (cumpliendo la Ley de Protección de Datos) por cualquier ciudadano por internet. Campos de actividad de los programas de trabajo: A modo de ejemplo podríamos citar estos: - Asistencia a personas mayores o impedidas para que puedan seguir viviendo en sus casas (Muchas no pueden pagarse una residencia). - Asistencia en cocinas y comedores en Colegios Públicos, Residencias 3ª edad, Comedores sociales y de Asistencia social. - Programas de educación y orientación a emigrantes en barrios deprimidos. (Tal vez de la mano de ONG’s). - Programas de voluntariado de eventos, protección social, ayuda en catástrofes, información cívica, reciclaje de residuos, etc. - Trabajos de mantenimiento sencillos en ciudades y pueblos. - Trabajos de recogida de productos comunitarios cuya venta sea un ingreso para el Ayuntamiento (pequeños ayuntamientos). - Trabajos en residencias o albergues en localidades remotas. (Siempre que sean propiedad del Ayuntamiento). - Programas concretos intensivos en mano de obra generadores de cohesión e ilusión social (Repoblaciones forestales, limpieza de bosques, parajes, parques nacionales, etc.) - Granjas y huertos para generación de alimentos para comedores sociales, ayuda a tercer mundo, etc. - Apoyo mediante financiación en forma de salarios CEU para proyectos cooperativos nuevos, previa presentación de estudio de viabilidad. - Financiación en forma de salarios CEU para el mantenimiento en actividad de empresas de servicios vitales para la comunidad por causa de quiebra.

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Condiciones del Contrato de Trabajo CEU: -

Contrato limitado a dos años. A su finalización se puede optar de nuevo pasando al final de la lista. Dietas por transporte al costo real mínimo, si es necesario. En el caso de finalización del programa se puede optar por la recolocación en otros programas o servicios hasta completar los dos años. Vacaciones, baja por enfermedad, etc., según la ley laboral vigente. Permisos por maternidad con el 100% del salario. Sin derecho a indemnización por finalización de contrato. Horario, jornada: - La jornada y el horario se definen en el Plan de Trabajo. - 35 Horas semanales, salvo casos especiales. Los supervisores podrán gozar de jornada flexible o más reducida para primar la dedicación o la especial formación de estas personas, ya que sus salarios son los mismos. - La natalidad o cuidado de niños pequeños gozarán de los permisos de conciliación necesarios. - Permisos de asistencia a entrevistas de empleo y/o formación.

Remuneración salarial: Estamos hablando de una cobertura, por tanto se desea incentivar el paso al empleo privado y desincentivar la permanencia continuada en la cobertura, por eso la remuneración siempre será inferior a la teóricamente homologa en el mercado de trabajo Sin embargo las condiciones sociales, la conciliación de la vida familiar, el horario y las ventajas para la maternidad pueden ser un aldabonazo a la “conciencia social” de los empleadores. Además la cobertura de empleo conlleva siempre las cuotas patronales a S.S. (muy importante). El mismo salario para Supervisores y trabajadores, sea cual sea su dedicación. Remuneración fija mensual de 85% Salario Mínimo Interprofesional por jornada de 35 horas/semana (14 pagas). Evidentemente la primera medida que debería tomar el Gobierno de Podemos es poner el SMI por encima de los 800 euros x 14 pagas.

Requisitos para proveedores de bienes y servicios: En el desarrollo de las actividades de los Programas de Empleo en algunos casos se necesitaran servicios, acopios y/o suministros proporcionados por terceros. Para la concurrencia a los concursos públicos de suministros se establece el siguiente orden de prevalencia. - Provisión a través de otros Planes de Trabajo Social que puedan aportar los bienes o servicios necesarios. - Organismos Oficiales del Estado. (Sanidad, Ejercito, cursos INEM, etc.). - Empresas o particulares que tengan acreditadas motivaciones o fines sociales. - Empresas o particulares que practiquen conductas laborales socialmente avanzadas y que además estén al corriente de las obligaciones laborales, fiscales, etc.

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Estimación del costo de la cobertura por candidato: En este momento el SMI es de 645 euros x 14pagas = 9.030 euros, por lo cual el costo anual será: Salario CEU anual (85% SMI) Cotizaciones Seguridad Social

551,31 euros x 14 pagas = 7.718,34 euros. (Base 753 euros) 28,3% x 12 pagas = 2.557,19 euros. Total Costo ……………………………. = 10.275,53 euros.

A este importe hay que añadir el costo de lanzamiento y ejecución del programa: Costo de la preparación del programa. ……………………….. (Depende del programa) Costo de Suministros y servicios en ejecución. ..…………. ““

Medidas de acompañamiento: Como ya se ha dicho el Salario Mínimo Interprofesional debería aumentarse de un 15%, pasando de 9.035 a 10.640 euros anuales (760 euros x 14 pagas), con ello el salario de la CEU sería de 9.044 euros anuales (646 euros x 14 pagas.) ----------------------Actualización -----------Base mínima = 753,00 mes Solo cotiza por Contingencias Comunes= Empresa + Trabajador (23.60+4,70)=28,30% Salario CEU anual (85% SMI) 646 euros x 14 pagas = 9.044 euros. Cotizaciones Seguridad Social (Base 753 euros) 28,30% x 12 pagas = 2.557 euros. Total Costo …………………………….. = 11.601 euros. Efectuar las modificaciones legales necesarias, para el cambio de paradigma de la protección de desempleo actual a la cobertura de empleo universal, adaptando a la nueva situación de las leyes y normas vigentes de los organismos afectados. Las necesarias para obtener la financiación de la cobertura.

Bondades del Sistema: - Revalorización del concepto de trabajo como generador de progreso, utilidad social y forma de obtener un medio de vida digno y considerado socialmente. - Elevado retorno de la inversión a la sociedad en forma de valores, servicios y bienes. - Eliminación de economía sumergida de nivel bajo, pero muy extendida. - Oportunidad para establecer una ayuda real a la maternidad, que sea ejemplo para la empresa privada. - Cotizaciones a la Seguridad Social para el presente y el futuro. (Falta le hace) - Mejora de la autoestima y realización personal. - Inyección de liquidez al sistema económico de consumo básico y por tanto con bajo riesgo de inflación. - Consolidación y generación de empleo nuevo privado a partir del aumento del consumo. - Es contra cíclico. Recesión= +Paro + EG Expansión = - Paro - EG. (Menor riesgo de inflación). - Es una medida fuertemente distributiva, presiona al alza el mercado de trabajo. - En su condición de universal resulta ser una variable importantísima para pilotar la macro economía del país.

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