BOP 237, viernes 15 diciembre.17.qxd - Diputación de Granada

15 dic. 2017 - calle Joaquina Eguaras, nº 2, en horario de 9,00 a 14,00 de lunes a viernes, así como en la página web de
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B.O.P. número 63

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Granada, martes, 11 de septiembre de 2008 Granada, martes, 5 de enero de 2016

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Año 2017 Viernes, 15 de diciembre

237 ANUNCIOS OFICIALES

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JUNTA DE ANDALUCÍA. Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Granada.Expte. 13.633/A.T. ................................................................. 2 Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Delegación Territorial de Granada.Autorización administrativa en terrenos de dominio público marítimo terrestre y zona de servidumbre de protección, expte. AUTO02/17/GR/0016. 545 ZSP ............. 2 DIPUTACIÓN DE GRANADA. Delegación de Presidencia y Contratación.-Resolución de rectificación al procedimiento de contratación, expte. SU8/17 .................. 25

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SECRETARÍA DE GOBIERNO. GRANADA.Nombramiento de Juez de Paz sustituto de La Zubia ........

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JUZGADOS PRIMERA DE INSTANCIA NÚMERO ONCE DE GRANADA.Autos 850/16 .......................................................................... SOCIAL NÚMERO CUATRO DE GRANADA.-Autos 737/17 PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE MOTRIL.-Autos 591/16 ....................................................

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AYUNTAMIENTOS ALBUÑUELAS.-Acuerdo Pleno innecesariedad de formulación de avance del art. 4, Decreto 2/2012 .............. ALMUÑÉCAR.-Corrección de errores materiales en la memoria de adaptación parcial a la LOUA del PGOU-87... ALGARINEJO.-Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza de IBI rústica............................................... ATARFE.-Ampliación de oferta de empleo público 2017 .. BAZA.-Licitación de obras de rehabilitación Teatro Dengra de Baza...................................................................... BENAMAUREL.-Aprobación definitiva de proyecto de actuación promovido por Antonio Manuel Jaén................ CHAUCHINA.-Aprobación definitiva modificación de créditos número MC-13/2017............................................... Aprobación definitiva modificación de créditos número MC-12/2017 .............................................................

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Aprobación de pliego de cláusulas administrativas subasta de inmueble en Polígono Industrial La Rosa VI .... Aprobación inicial modificación de créditos MC-22/2017 . CÚLLAR VEGA.-Modificación de composición de Comisión Informativa............................................................ DEHESAS VIEJAS.-Modificación de plantilla de personal. Modificación de Relación de Puestos de Trabajo............... DEIFONTES.-Modificación de la ordenanza reguladora de Ayudas Económicas Municipales para la Atención de Necesidades Sociales ........................................................... Modificación de la ordenanza reguladora de la Administración Electrónica................................................... Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la participación en procesos de selección de personal ......... Convocatoria plaza de funcionario interino......................... Bases para la provisión en comisión de servicios de un puesto de Policía Local ......................................................... LAS GABIAS.-Padrón de agua, alcantarillado y recogida de basura, septiembre y octubre de 2017........................... HUÉTOR VEGA.-Aprobación inicial de la modificación de la ordenanza del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida ................................................................ IZNALLOZ.-Aprobación de padrón de la tasa por reservas de la vía pública (vados), año 2017 ...................................... Aprobación del padrón de canalones, año 2017 ................ Aprobación del padrón de la tasa de tratamiento de residuos sólidos, segundo semestre de 2017..................... Aprobación del padrón por la tasa de basura, segundo semestre de 2017 .................................................................. Aprobación definitiva de suplemento de crédito ............... LANJARÓN.-Proyecto de actuación de hermanas Torres Gerónimo ............................................................................... PELIGROS.-Nombramiento de funcionario de carrera....... PINOS PUENTE.-Aprobación de las bases reguladoras de subvenciones IBI 2017 ..................................................... Aprobación inicial de la ordenanza reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles............................................ Aprobación inicial propuesta para la imposición y ordenación de contribuciones especiales, reparación Camino de las Canteras de Zujaira....................................... MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA TROPICAL DE GRANADA.-Aprobación de padrones fiscales de la tasa del servicio de suministro, saneamiento y depuración, 4º periodo de cobro, ejercicio 2017, de Albuñol ....................................................

Administración: Diputación de Granada. Domicilio: c/ Periodista Barrios Talavera nº 1 (Granada 18014). Tel.: 958 247768 / Fax: 958 247773 DL GR 1-1958. I.S.S.N.: 1699-6739. Edición digital. http:/www.dipgra.es/BOP/bop.asp

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NÚMERO 6.761

JUNTA DE ANDALUCÍA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DE GRANADA

Expte. 13.633/A.T. EDICTO RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2017, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Granada, por la que se autoriza administrativamente y se aprueba el proyecto de ejecución, de la instalación eléctrica que se cita. Exp. Núm. 13.633/AT. Visto el expediente incoado en esta Delegación Territorial, cuya descripción se reseña a continuación, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las Actividades de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica; esta Delegación Territorial de Granada, en virtud de las competencias delegadas en materia de instalaciones eléctricas por resolución de 9 de marzo del 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (B.O.J.A. nº 51 de 16 de marzo de 2016); ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se reseña: Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S.L. con domicilio en C/ Escudo del Carmen, nº 31 de Granada y CIF: B-82.846.817. Características: Reforma de Línea Aérea MT 20 kV “Atarfe-Vega” en tramo de 589 m de longitud entre el apoyo AR608792 hasta el apoyo AR608796, conductor 94-AL1/22-ST1A, aislamiento C3670EBAV 36kV 70kN y apoyos metálicos galvanizados, sito en paraje “Molino del Rey”, en t.m. de Íllora. Presupuesto: 11.990,62 euros. Finalidad: Mejora de la calidad de suministro en la zona. Esta aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre Autorización de Instalaciones Eléctricas, Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, de Reglamento Técnico de Líneas Aéreas de Alta Tensión, Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación. El plazo de puesta en marcha será de 18 meses contados a partir de esta resolución, para la cual será necesario la presentación de certificación final de obra suscrito por técnico competente. Dado que se está reformando una instalación existente y al objeto de garantizar el suministro a los abonados se autoriza la puesta en tensión de la instalación durante quince días desde la fecha de descargo de la misma mientras se tramita el acta de puesta en marcha definitiva. A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013 esta autorización se concede sin perjuicio de

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las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a ordenación del territorio y al medio ambiente, así como de los posibles terceros afectados. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, de conformidad a lo establecido en los arts. 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Dirección General de Industria, Energía y Minas. P.D. (resolución 9 de marzo 2016, BOJA nº 51) El Delegado Territorial, fdo.: Juan José Martín Arcos.

NÚMERO 6.508

JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DELEGACIÓN TERRITORIAL DE GRANADA

Autorización administrativa en terrenos de dominio público marítimo terrestre y zona de servidumbre de protección, expte. AUTO02/17/GR/0016. 545 ZSP EDICTO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74.1 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, en relación con el artículo 152.8 del Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas, el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 13.le) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, se somete a información pública la autorización administrativa en terrenos de dominio público marítimo terrestre con referencia AUT02/17/GR/0016, y autorización en zona de servidumbre de protección seguido con número 545 ZSP, solicitada por Dª Pilar López Reyes, por el establecimiento de Bar Brisa, paseo marítimo de Torrenueva (Granada). El proyecto que sirve de base a la solicitud estará a disposición de cualquier persona interesada durante un plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, y podrá ser examinado en las oficinas de esta Delegación Territorial, en calle Joaquina Eguaras, nº 2, en horario de 9,00 a 14,00 de lunes a viernes, así como en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a través de la url: www.juntadeandalucia.es/medioambiente/informacionpublica, durante el periodo de información pública.

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Durante este plazo podrán formularse asimismo las alegaciones que se estimen oportunas, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este Acuerdo, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Granada, 20 de noviembre de 2017.-La Delegada Territorial, fdo.: María Inmaculada Oria López.

NÚMERO 6.688

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SECRETARÍA DE GOBIERNO. GRANADA

Nombramiento Juez de Paz sustituto de La Zubia EDICTO Por el presente se hace saber que, por acuerdo de la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia, en sesión celebrada el 21/11/2017, han sido nombrados los señores que se indican, para desempeñar los cargos que a continuación se expresan: Partido Judicial de Granada D. José Cuevas Gómez, Juez de Paz sustituto de La Zubia (Granada) Contra el expresado acuerdo, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes, contado de fecha a fecha desde la notificación, o publicación en el Boletín Oficial de la Provincia correspondiente.

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SENTENCIA Nº 76/2017 Magistrada que la dicta: Mónica Carvia Ponsaillé Lugar: Granada Fecha: dos de mayo de dos mil diecisiete Parte demandante: Visogsa Abogado: Antonio María Caro Derqui Procurador: Antonio Jesús Pascual León Parte demandada: Matilde Roldán Martín Objeto del juicio: reclamación de cantidad FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el Procurador don Antonio Jesús Pascual León, en nombre y representación de Visogsa, S.A., contra doña Matilde Roldán Martín, condenando a la demandada a abonar la cantidad de 4.012,34 euros, más la cantidad correspondiente en concepto de intereses legales y procesales en los términos previstos por los artículos 1.108 del Código Civil y 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Las costas ocasionadas, en su caso, en esta instancia se imponen a la parte demandada. La presente resolución no es firme. Contra ella cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación. El órgano jurisdiccional competente para conocer del recurso de apelación es la Audiencia Provincial de Granada. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo: Mónica Carvia Ponsaillé, Magistrada Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número Once de Granada. Y como consecuencia del ignorado paradero de Matilde Roldán Martín, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Granada, 29 de noviembre de 2017.-El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

NÚMERO 6.763

Granada, 27 de noviembre de 2017.-El Secretario de Gobierno, fdo.: Diego Molina García.

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE GRANADA

Autos 737/2017, citación 24/01/18 NÚMERO 6.708

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÜMERO ONCE DE GRANADA

EDICTO El/La Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cuatro de Granada,

Notificación sentencia dictada en juicio verbal 850/16 EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente: Juzgado de Primera Instancia número Once de Granada NIG: 1808742C20160006150 Procedimiento: Juicio verbal (250.2) 289/2016 Negociado: 4

HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 737/2017 se ha acordado citar a Rubén González Fernández, Construcciones y Rehabilitaciones Beneus, S.L. y Beneus Global Services, S.L., como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 24 enero 2018 a las 9:50 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Avda. del Sur 5, Edificio La Caleta debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de

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que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a Rubén González Fernández, Construcciones y Rehabilitaciones Beneus, S.L. y Beneus Global Services, S.L., se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. Granada, 28 de noviembre de 2017.-El/La Letrado/a de la Administración de Justicia (firma ilegible).

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asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Lo que hace público para general conocimiento. Albuñuelas, 5 de diciembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: José Díaz Alcántara.

NÚMERO 6.640

AYUNTAMIENTO DE ALMUÑÉCAR (Granada)

Corrección de errores materiales en la memoria de la adaptación parcial a la LOUA del PGOU-87 Cuadro 5.2 (Anexo Cuadros Informativos Plan General Almuñécar 1987), Cuadro 11.2 (Anexo Cuadros Informativos Adaptación Parcial PGOU) EDICTO

NÚMERO 6.581

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE MOTRIL (Granada)

Autos 591/2016 EDICTO El presente edicto se dirige a Jorge Illescas Peña, con NIF 23802227X OBJETO: Notificación de sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Motril en el juicio verbal núm. 591/2016, de fecha 31 de octubre de 2017, contra la que cabe recurso de apelación que deberá de presentarse ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles desde su notificación, del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial. Encontrándose a disposición del interesado los autos en Secretaría de este Juzgado. (Firma ilegible).

Por acuerdo de Ayuntamiento Pleno celebrado en sesión extraordinaria el día veintisiete de abril de dos mil dieciséis y por acuerdo de Ayuntamiento Pleno celebrado en sesión ordinaria el día 25 de mayo de 2017 se ha procedido a aprobar la corrección de errores materiales en la Adaptación Parcial a la LOUA del PGOU-87 de Almuñécar (aprobada por Pleno en sesión extraordinaria el pasado 1 de diciembre de dos mil nueve). Se subsanan los errores materiales detectados en la memoria de la citada Adaptación Parcial a la LOUA del PGOU-87, concretamente los cuadros informativos 5.2 (del Anexo cuadros informativos Plan General Almuñécar 1987) y cuadro informativo 11.2 (del Anexo cuadros informativos Adaptación Parcial PGOU). También se subsanan los Planos de Información denominados: Inf_1 Esquema general de ordenación (PGOU-87). Plano 31. Hoja 7. Escala 1:10.000. Inf_2 Estructura General y Orgánica del Territorio (PGOU-87). Plano 32. Hoja 8. Escala 1:4.000.

NUMERO 6.781

Inf_3 Ordenación General (PGOU-87). Plano 33. Hoja 19. Escala 1:2.000

AYUNTAMIENTO DE ALBUÑUELAS (Granada)

Acuerdo pleno innecesariedad de formulación de avance del art. 4. Decreto 2/2012

Inf_4 Ordenación General (PGOU-87). Plano 33. Hoja 26. Escala 1:2.000.

EDICTO

4.1.C.10 Sistemas Generales (Documento de Adaptación Parcial a la LOUA del PGOU-87). Escala 1:5.000.

D. José Díaz Alcántara, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Albuñuelas (Granada),

Se incluye Plano de propuesta de documento de rectificación de error material denominado 4.1.C.10n.

HACE SABER: El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día treinta de noviembre de dos mil diecisiete acordó declarar la innecesariedad de formulación de un avance para este municipio de Albuñuelas a que se refiere el artículo cuarto del Decreto 2/2012, de 10 de enero por el que se regula el régimen de los edificios y

Se publican de forma íntegra los cuadros informativos y planimetría de la corrección material de la Adaptación Parcial a la LOUA del PGOU’87 de Almuñécar para general conocimiento. La Alcaldesa, Trinidad Herrera Lorente.

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NÚMERO 6.753

AYUNTAMIENTO DE ALGARINEJO (Granada)

Aprobación definitiva modificación de la ordenanza IBI rústica EDICTO Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Algarinejo adoptado en fecha 5 de octubre de 2017, sobre la modificación de la Ordenanza fiscal al reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica, cuyo texto íntegro de la modificación de dicha Ordenanza se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales: Artículo 2.1: Bienes de Naturaleza Rústica. El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica para el ejercicio económico de 2018, queda fijado en el 0,60 por 100. Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada. Algarinejo, 28 de noviembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Jorge Sánchez Hidalgo.

NÚMERO 6.758

AYUNTAMIENTO DE ATARFE (Granada)

Ampliación de oferta de empleo público de 2017 ANUNCIO Francisco Rodríguez Quesada, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Atarfe. HACE SABER: Que mediante resolución de Alcaldía nº 1504/17, de fecha 4 de diciembre, se aprobó la ampliación de la Oferta de Empleo Público de 2017, correspondiente a la ampliación de la plaza que a continuación se reseña, en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico de la Ley del Empleado Público. De conformidad con lo establecido en el artículo 21.1. g) de la Ley 7/85, de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVO Primero. Aprobar la ampliación de la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el año 2017, que contiene el siguiente puesto de trabajo:

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Personal Funcionario. Grupo Subgrupo Nº vacantes Denominación A 1 1 Arquitecto. Segundo. Que se publique en la sede electrónica atarfe.sedelectronica.es, en el tablón de anuncios de la Corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia. Atarfe, 4 de diciembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Francisco Rodríguez Quesada.

NÚMERO 6.698

AYUNTAMIENTO DE BAZA (Granada)

Licitación obras rehabilitación Teatro Dengra de Baza ANUNCIO DE LICITACIÓN Resolución del Ayuntamiento de Baza por la que se anuncia la licitación para la contratación por procedimiento abierto en orden a la ejecución del proyecto de Rehabilitación del Teatro Dengra, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del Programa Operativo de crecimiento sostenible 20142020 (2014ES16RFOP002), encuadrada en la estrategia de desarrollo urbano sostenible integrado “Baza Sostenible 2020” conforme al siguiente contenido: 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Baza. b) Dependencia que tramita el expediente: Contratación. c) Obtención de documentación e información: 1. Dependencia: Unidad de Contratación. 2. Domicilio: Plaza Mayor, 4. 3. Localidad y código postal. Baza, 18800. 4. Teléfono y Telefax: 958-700395 y 958-700650 5. Correo electrónico: mercedes.sanchez@ayuntamiento de baza.es 6. Dirección del perfil del contratante. www.ayuntamientodebaza.es 7. Fecha límite de obtención de documentos e información: Durante el plazo de presentación de ofertas. d) Número de expediente: 58/2017 2. Objeto del contrato: a) Tipo: Obras. b) Descripción del objeto: Es objeto del contrato la contratación por procedimiento abierto en orden a la ejecución del proyecto de Rehabilitación del Teatro Dengra, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del Programa Operativo de crecimiento sostenible 2014-2020 (2014ES16RFOP002), encuadrada en la estrategia de desarrollo urbano sostenible integrado “Baza Sostenible 2020”, conforme a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego de Prescripciones Técnicas y Proyecto. c) División por lotes: No d) Lugar de ejecución/entrega: Baza e) Plazo de ejecución: 12 meses f) Admisión de prórroga: No g) Establecimiento de un acuerdo marco: No h) Sistema dinámico de adquisición: No i) CPV: 45200000-9

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3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Subasta electrónica: No. d) Criterios de adjudicación: Varios criterios: - Oferta económica: Hasta 30 puntos. - Ampliación plazo garantía: Hasta 12 puntos. - Reducción plazo de ejecución: Hasta 8 puntos. - Calidad del proyecto a desarrollar: Hasta 20 puntos. - Mejoras: Hasta 30 puntos. 4. Valor estimado del contrato: 1.653.927,2 euros (IVA excluido). 5. El presupuesto base de licitación: 1.653.927,2 euros, más el IVA que asciende a 347.324,71 euros. El importe total asciende a 2001.251,91 euros. Existe el crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven de la contratación, con cargo a la aplicación presupuestaria 08 3360 62200, con código de Gasto/Proyecto 2017 2 RRHIS 1 del vigente Presupuesto Municipal. Dicho importe está cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible, 2014-2020 (2014ES16RFOP002). 6. Garantía provisional: No se exige. Garantía definitiva: 5% del importe de adjudicación. 7. Requisitos específicos del contratista. Estar en posesión de la clasificación siguiente: Grupo: K Especiales Subgrupo: 7. Restauración de bienes inmuebles histórico-artísticos. Categoría: E (4) 8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación. a) Fecha límite de presentación. 26 días naturales contados desde el siguiente al de la fecha de publicación del anuncio en el B.O.P. b) Modalidad de presentación. Ver Pliego de Cláusulas. c) Lugar de presentación. Ver punto 1 de este anuncio. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta. Tres meses a contar desde la apertura de las proposiciones.

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9. Apertura de las ofertas. a) Descripción: Excmo. Ayuntamiento de Baza. b) Dirección:- Plaza Mayor, 4. c) Localidad y código postal: Baza, 18800 d) Fecha: A determinar por el Ayuntamiento. 10. Gastos de publicidad: A cargo del adjudicatario. Baza, 30 de noviembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Alfredo Alles Landa.

NÚMERO 6.779

AYUNTAMIENTO DE BENAMAUREL (Granada)

Aprobación definitiva de proyecto de actuación promovido por Antonio Manuel Jaén EDICTO El Excmo. Ayuntamiento de Benamaurel en Pleno Municipal, sesión ordinaria, celebrado el día 30 de noviembre de 2017 acordó aprobar definitivamente el Proyecto de Actuación, promovido por D. Antonio Manuel Jaén Pérez, para la implantación de una explotación porcina, en las parcelas 133,134 y 135 del polígono 17, paraje de “Cañada de los Santos” de Benamaurel, consistente en la construcción de dos naves, almacén auxiliar y balsa. Lo que se hace público a efectos del artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, advirtiéndole al interesado que la licencia correspondiente para realizar la actuación pretendida deberá solicitarse en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del Proyecto de Actuación, debiéndose efectuar el pago de la prestación compensatoria y la constitución de la garantía conforme el art. 52.4, de forma previa a la obtención de la licencia. Benamaurel, 4 de diciembre de 2017.-El Alcalde-Presidente, fdo.: Juan Francisco Torregrosa Martínez.

NÚMERO 6.833

AYUNTAMIENTO DE CHAUCHINA (Granada)

Aprobación definitiva modificación de créditos número MC-13/2017 EDICTO En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 28 de septiembre de 2017, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, como sigue a continuación: PRIMERO. Aprobar definitivamente el expediente de modificación de créditos nº 13/2017, con la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de distinta área de gasto, como sigue a continuación:

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Altas en Aplicaciones de Gastos Aplicación Progr. Económica 241 143.01 241 160.00

Descripción Plan de Apoyo al Empleo Municipal Cuotas Sociales Total Altas

Créditos iniciales

Modificaciones de crédito (Altas)

Créditos finales

112.400,00 euros 41.000,00 euros

43.500,00 euros 13.000,00 euros 56.500,00 euros

155.900,00 euros 54.500,00 euros

Esta modificación se financia con cargo a una transferencia de crédito en los siguientes términos: Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos Aplicación Progr. Económica 491 626 3321 626 920 626 920 641 920 220.00 920 226.10 450 227.06 450 623.01 165 625 491 227.99

Descripción Adquisición Equipos Informáticos Adquisición Equipos Informáticos Adquisición Equipos Informáticos Adquisición Aplicaciones Informáticas Material Oficina no Inventariable Notaría y Registro de la Propiedad Estudios y Trabajos Técnicos Adquisición dúmper Adquisición Farolas Gestión de la Sociedad de la Información y Comunicación Total Bajas

Créditos iniciales

Modificaciones de crédito (Bajas o anulaciones)

Créditos finales

1.000,00 euros 1.000,00 euros 4.000,00 euros 9.500,00 euros 10.000,00 euros 2.600,00 euros 43.000,00 euros 16.900,00 euros 35.800,00 euros

1.000,00 euros 1.000,00 euros 4.000,00 euros 1.600,00 euros 1.000,00 euros 1.000,00 euros 10.000,00 euros 16.900,00 euros 10.000,00 euros

0,00 euros 0,00 euros 0,00 euros 7.900,00 euros 9.000,00 euros 1.600,00 euros 33.000,00 euros 0,00 euros 25.800,00 euros

18.000,00 euros

10.000,00 euros 56.500,00 euros

8.000,00 euros

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado. Lo que se hace público para conocimiento de todos. Chauchina, 30 de noviembre de 2017.-La Alcaldesa, fdo.: Mª Encarnación García García.

NÚMERO 6.835

AYUNTAMIENTO DE CHAUCHINA (Granada)

Aprobación definitiva modificación de créditos número MC-12/2017 EDICTO En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 28 de septiembre de 2017, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, como sigue a continuación: PRIMERO. Aprobar definitivamente el expediente de modificación de créditos nº 12/2017, con la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de distinta área de gasto, como sigue a continuación: Altas en Aplicaciones de Gastos Aplicación Progr. Económica 340 226.21

Descripción Promoción del Deporte Total Altas

Créditos iniciales

Modificaciones de crédito (Altas)

Créditos finales

3.000,00 euros

9.000,00 euros 9.000,00 euros

12.000,00 euros

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Granada, viernes, 15 de diciembre de 2017

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B.O.P. número 237

Esta modificación se financia con cargo a una transferencia de crédito en los siguientes términos: Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos Aplicación Progr. Económica 920 227,99

Créditos iniciales

Modificaciones de crédito (Bajas o anulaciones)

Créditos finales

18.800,00 euros

9.000,00 euros 9.000,00 euros

9.800,00 euros

Descripción Trabajos profesionales para la confección de la R.P.T. Total Bajas

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado. Lo que se hace público para conocimiento de todos. Chauchina, 30 de noviembre de 2017.-La Alcaldesa, fdo.: Mª Encarnación García García.

NÚMERO 6.834

AYUNTAMIENTO DE CHAUCHINA (Granada)

Aprobación de pliego de cláusulas administrativas subasta inmueble Polígono Industrial La Rosa VI EDICTO De conformidad con el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 08-02-2017, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria de la subasta para la enajenación del bien inmueble según pliego de cláusulas administrativas particulares para subasta del inmueble de carácter patrimonial sito en Polígono Industrial La Rosa VI de Chauchina, conforme a los siguientes datos: 1. Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de la información: a) Organismo: Ayuntamiento de Chauchina b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaria. c) Obtención de documentación e información: 1. Dependencia: Secretaria. 2. Domicilio: Plaza Constitución 12 3. Localidad: Chauchina -18330-Granada. 4. Teléfono: 958455120 5. Telefax: 958455121 6. Correo electrónico: [email protected] 7. Dirección de internet del Perfil de Contratante: http://pdc.dipgra.es:8080/pdcGRA/Index.action?pkCegr=19&profileId=46&code=46 8. Fecha límite de obtención de documentación e información: 15 días a partir de la publicación en el BOP de Granada y el Perfil del Contratante. d) Número de expediente: 1166/2017 2. Objeto del contrato. a) Tipo: Subasta de bienes.

b) Descripción del objeto: para subasta del inmueble de carácter patrimonial, sito en Polígono Industrial La Rosa VI de Chauchina 3. Tramitación y procedimiento. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. 4. Importe del contrato: a) Importe total: 221.176,92 euros al alza mas IVA. 5. Requisitos específicos del contratista. a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: - No exigible dada la cuantía. b) Otros requisitos: - No exigible fianza provisional. 6. Presentación de las ofertas. a) Fecha límite de presentación: - 15 días desde la publicación en el BOP de Granada y en el perfil del contratante. b) Modalidad de presentación. - Sistema abierto según pliego. c) Lugar de presentación: 1. Dependencia. Secretaría. 2. Domicilio. Plaza Constitución 12 3. Localidad: Chauchina, 18.330 Granada. 4. Dirección electrónica: [email protected] d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta. - El referido en el pliego de condiciones. 7. Apertura de las ofertas. Quinto día hábil posterior al plazo de presentación de ofertas. a) Dirección. Plaza Constitución 12 b) Localidad: Chauchina, 18330 Granada. Lo que se hace público para conocimiento de todos. Chauchina, 30 de noviembre de 2017.-La Alcaldesa, fdo.: Mª Encarnación García García.

B.O.P. número 237

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Granada, viernes, 15 de diciembre de 2017

NÚMERO 6.836

AYUNTAMIENTO DE CHAUCHINA (Granada)

Aprobación inicial de modificación de créditos MC22/2017 EDICTO El Pleno de este Ayuntamiento de Chauchina (Granada), en sesión ordinaria celebrada el día 30-11-2017, acordó la aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal. Aprobado inicialmente el expediente de transferencia de créditos número 22-2017, entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, por Acuerdo del Pleno de fecha 30-11-2017, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://www.chauchina.es. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. Lo que se hace público para conocimiento de todos. Chauchina, 5 de diciembre de 2017.-La Alcaldesa, fdo.: Mª Encarnación García García.

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No suscitándose debate, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa correspondiente, obteniéndose siete votos a favor, correspondientes al GM PSOE y cinco abstenciones, correspondientes a los GM PP, IU-PG y C’S, aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente ACUERDO: Apreciada la necesidad de proceder a reestructurar las concejalías creadas mediante Decreto de Alcaldía de 19 de junio de 2015, se estima pertinente modificar también la composición de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, Empleo, Desarrollo Local, Obras y Servicios, Medio Ambiente y Deportes, de modo que pase a formar parte de ella la nueva Concejala de Urbanismo, sin necesidad de modificar el resto de Comisiones Informativas. Visto el acuerdo de Pleno adoptado en sesión organizativa de fecha 30 de junio de 2015, sobre composición de Comisiones Informativas. Visto el informe de Secretaría de 13 de noviembre de 2017, en virtud de lo previsto en el art. 124.2 del Real Decreto Legislativo 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, el Pleno ACUERDA: Primero: Modificar la composición de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, Empleo, Desarrollo Local, Obra y servicios, Medio Ambiente y Deporte, pasando a integrarse de la siguiente forma: La integran siete Concejales incluyendo la Presidencia, resultando 4 Concejales, del Grupo municipal del PSOE, 1 del Grupo municipal del PP y 1 del Grupo municipal de IULV-PG y 1 del Grupo municipal de C´S. Segundo: Publicar el presente acuerdo en el BOP de Granada, para general conocimiento.” Lo que se hace público para general conocimiento, en Cúllar Vega, a 1 de diciembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Jorge Sánchez Cabrera.

NÚMERO 6.742

AYUNTAMIENTO DE CÚLLAR VEGA (Granada)

Modificación de composición Comisión Informativa EDICTO D. Jorge Sánchez Cabrera, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cúllar Vega (Granada), HACE SABER: Que en sesión ordinaria de Pleno celebrado el 23 de noviembre de 2017, se adoptó, entre otros, acuerdo de modificación de composición Comisión Informativa de Urbanismo, Empleo, Desarrollo Local, Obras y Servicios, Medio Ambiente y Deporte, con el siguiente tenor literal: 5. “EXPEDIENTE 1850/2017. MODIFICACIÓN DE COMPOSICIÓN COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO, EMPLEO, DESARROLLO LOCAL, OBRAS Y SERVICIOS, MEDIO AMBIENTE Y DEPORTE.

NÚMERO 6.776

AYUNTAMIENTO DEHESAS VIEJAS (Granada)

Modificación de la plantilla de personal EDICTO Aprobado inicialmente el expediente de modificación de la plantilla de personal de este Ayuntamiento por Acuerdo del Pleno de fecha 22 de noviembre de 2017, de conformidad con el artículo 126 del Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la provincia de Granada. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para

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Granada, viernes, 15 de diciembre de 2017

que se formulen las reclamaciones que se estimen pertinentes. En el caso de que no se presentaran reclamaciones durante este período, se entenderá elevado a definitivo el acuerdo de aprobación inicial y la modificación se considerará aprobada.

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B.O.P. número 237

Dehesas Viejas, 24 de noviembre de 2017.- Fdo.: Lucrecia Rienda Lozano.

se somete a un periodo de información pública de treinta días a contar desde la inserción de este anuncio en el BOP durante el cual podrá examinarse en la Secretaría de este Ayuntamiento y en su caso presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. En caso de no presentarse reclamaciones, el acuerdo provisional expresado se entenderá aprobado definitivamente publicándose el texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia.

NÚMERO 6.777

Lo que se hace público para general conocimiento en Deifontes, 1 de diciembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Francisco Abril Tenorio.

AYUNTAMIENTO DE DEHESAS VIEJAS (Granada)

Modificación de Relación de Puestos de Trabajo NÚMERO 6.749

EDICTO

AYUNTAMIENTO DE DEIFONTES (Granada)

Por Acuerdo del Pleno municipal de fecha 22 de noviembre de 2017, se aprobó inicialmente la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Dehesas Viejas. Conforme determina el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante el cual los interesados podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas. Se considerará aprobada definitivamente la modificación de la relación si durante el citado plazo no se hubieren presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.

Modificación ordenanza reguladora de la Administración Electrónica EDICTO D. Francisco Abril Tenorio, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Deifontes,

AYUNTAMIENTO DE DEIFONTES (Granada)

HACE SABER: Que por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el pasado día 30 de noviembre de 2017, se adoptó acuerdo aprobando provisionalmente la modificación de la Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica De conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985 reguladora de Bases de Régimen Local, el expediente se somete a un periodo de información pública de treinta días a contar desde la inserción de este anuncio en el BOP durante el cual podrá examinarse en la Secretaría de este Ayuntamiento y en su caso presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. En caso de no presentarse reclamaciones, el acuerdo provisional expresado se entenderá aprobado definitivamente publicándose el texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia.

Modificación ordenanza reguladora de Ayudas Económicas Municipales para la Atención de Necesidades Sociales

Lo que se hace público para general conocimiento en Deifontes, 1 de diciembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Francisco Abril Tenorio.

Dehesas Viejas, 24 de noviembre de 2017.-Fdo.: Lucrecia Rienda Lozano.

NÚMERO 6.748

EDICTO D. Francisco Abril Tenorio, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Deifontes,

NÚMERO 6.750

AYUNTAMIENTO DE DEIFONTES (Granada) HACE SABER: Que por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el pasado día 30 de noviembre de 2017, se adoptó acuerdo aprobando provisionalmente la modificación de la Ordenanza reguladora de Ayudas Económicas Municipales para la Atención de Necesidades sociales De conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985 reguladora de Bases de Régimen Local, el expediente

Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la participación en procesos de selección de personal EDICTO D. Francisco Abril Tenorio, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Deifontes,

B.O.P. número 237

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Granada, viernes, 15 de diciembre de 2017

HACE SABER: Que por este Ayuntamiento en sesión Plenaria celebrada el pasado día 30 de noviembre de 2017, se adoptó acuerdo aprobando provisionalmente la siguiente Ordenanza Fiscal: - Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la participación en procesos de selección de personal De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Texto Refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales, el expediente de somete a un periodo de información pública de treinta días a contar desde la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia durante el cual podrá examinarse en la Secretaría de este Ayuntamiento y en su caso presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.

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día del plazo inhábil, se prorrogará hasta el siguiente día hábil). El contenido íntegro de las Bases y modelo de solicitud se podrá consultar en la página Web del Ayuntamiento: http://www.ayuntamientodeifontes.es/ en el apartado portal de transparencia - ofertas de empleo; y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Lo que se hace público para general conocimiento en Deifontes, 1 de diciembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Francisco Abril Tenorio.

NÚMERO 6.752

AYUNTAMIENTO DE DEIFONTES (Granada) En caso de no presentarse reclamaciones, el acuerdo provisional expresado se entenderá aprobado definitivamente publicándose el texto integro en el BOP. Lo que se hace público para general conocimiento en Deifontes, 1 de diciembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Francisco Abril Tenorio.

NÚMERO 6.751

Bases para la provisión en comisión de servicios de un puesto de Policía Local EDICTO BASES PARA LA PROVISIÓN EN COMISIÓN DE SERVICIOS DE UN PUESTO DE POLICÍA LOCAL, FUNCIONARIO DE CARRERA, PERTENECIENTE AL GRUPO C1, ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA DE SERVICIOS ESPECIALES, DENOMINACIÓN: “POLICÍA LOCAL”

AYUNTAMIENTO DE DEIFONTES (Granada)

Convocatoria plaza de funcionario interino a tiempo parcial EDICTO D. Francisco Abril Tenorio, Alcalde del Ayuntamiento de Deifontes (Granada), HACE SABER: Que conforme a la resolución de esta alcaldía de fecha 1 de diciembre de 2017 y según Bases aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 11 de enero de 2016, se convoca para la provisión mediante Concurso Oposición libre para el ingreso como funcionario interino (modalidad artículo 10.1 letra a) Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) de un puesto de trabajo de funcionario Técnico de Gestión de Administración General Subgrupo A-2 vacante en la plantilla de personal de este Ayuntamiento. Jornada de trabajo: Transitoriamente en tanto se dote la cobertura presupuestaria al 100%, la dotación presupuestaria actual es del 50% y por tanto la jornada de trabajo y retribuciones son al 50% de la jornada normal de esta Administración que en la actualidad son treinta y siete horas y media semanales. De dotarse el puesto hasta el 100% de la jornada el personal seleccionado podrá continuar prestando servicio en tanto la plaza esté vacante o no se amortice. El plazo para presentación de solicitudes es de diez días naturales contados desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Granada (Si el último

D. Francisco Abril Tenorio, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Deifontes, HACE SABER: Que por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 30/11/2017, se han aprobado las bases de la convocatoria para provisión en Comisión de Servicios de carácter voluntario de un puesto de Policía Local, de la plantilla de personal funcionario de carrera de este Ayuntamiento, perteneciente al Grupo C1, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, denominación “Policía Local”. Dotado presupuestariamente año 2017 con retribuciones básicas según Grupo C-1, Nivel de complemento de destino: 18 y Complemento específico anual: 9.769,48 euros. El plazo para presentación de solicitudes conforme al modelo normalizado previsto en las bases, es de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Granada (si el último día del plazo fuese inhábil, se prorrogará hasta el siguiente día hábil). El contenido íntegro de las Bases y modelo de solicitud se podrá consultar en la página Web del Ayuntamiento: http://www.ayuntamientodeifontes.es/ en el apartado portal de transparencia - ofertas de empleo; y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Lo que se hace público para general conocimiento en Deifontes, 1 de diciembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Francisco Abril Tenorio.

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Granada, viernes, 15 de diciembre de 2017

NÚMERO 6.744

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B.O.P. número 237

AYUNTAMIENTO DE LAS GABIAS (Granada)

sentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Padrón de agua, alcantarillado y recogida de basura correspondiente a los meses de septiembre y octubre de 2017

Huétor Vega, 4 de diciembre de 2017.-El Alcalde-Presidente, fdo.: Mariano Molina del Paso.

EDICTO HACE SABER: Que habiendo sido aprobado el Decreto número 671 de fecha 29/11/2017 por la Concejalía de Economía y Hacienda, el padrón de tasa de Agua, recogida de basura y alcantarillado correspondiente al período de facturación de los meses de septiembre y octubre de 2017. Los mismos se exponen al público de conformidad con lo dispuesto en el art. 12.4 de la Ley reguladora de Haciendas Locales. Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14.2 del RDL 2/2014, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, podrá interponerse ante dicho órgano, recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir de la inserción de este anuncio en el B.O.P., previo al contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en la forma y plazos previstos en la Ley reguladora de dicha jurisdicción, estando a tales efectos los padrones a disposición de los interesados en las oficinas del Ayuntamiento. Las Gabias, 29 de noviembre de 2017.- El Concejal de Economía, Hacienda y Salud.

NÚMERO 6.730

AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR VEGA (Granada)

Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza reguladora nº 10 Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida.

NÚMERO 6.824

AYUNTAMIENTO DE IZNALLOZ (Granada)

Aprobación de padrón de la tasa por reservas de la vía pública (vados) año 2017 ANUNCIO Por medio del presente se hace público que la Sra. Alcaldesa, con fecha veintiocho de noviembre de 2017 ha dictado la siguiente resolución: “7º. APROBACIÓN DEL PADRÓN DE CONTRIBUYENTES RELATIVO A LA TASA POR RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO (VADOS), AÑO 2017). VISTO el Padrón de Contribuyentes sujetos al pago de la Tasa por RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO (VADOS), correspondiente al año 2017 por importe de 15.105,28 euros, y que consta de 1041 recibos. Esta Alcaldía ha resuelto: 1º. Aprobar el referido Padrón de contribuyentes, que se exponga al público mediante Edicto inserto en el BOP y tablón de anuncios de este Ayuntamiento para presentación de reclamaciones por plazo de quince días hábiles, y transcurrido el mismo, se dará cuenta a esta Alcaldía para resolver las reclamaciones que se hubiesen presentado. 2º. En caso de no presentarse reclamaciones, este Padrón quedará definitivamente aprobado, iniciándose el cobro en periodo voluntario.” Iznalloz, 28 de noviembre de 2017.-La Alcaldesa, fdo.: Ana Belén Garrido Ramírez.

EDICTO El Pleno del Ayuntamiento de Huétor Vega, en sesión ordinaria celebrada el 30 de noviembre de 2017, acordó la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Municipal reguladora nº 10 por la que se establecen las Bases de Constitución del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Huétor Vega, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 7/85 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública durante el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen pre-

NÚMERO 6.825

AYUNTAMIENTO DE IZNALLOZ (Granada)

Aprobación de padrón de canalones, año 2017 ANUNCIO Por medio del presente se hace público que la Sra. Alcaldesa, con fecha veintiocho de noviembre de 2017 ha dictado la siguiente resolución: “6º. APROBACIÓN DEL PADRÓN DE CONTRIBUYENTES RELATIVO A LA TASA POR VERTIDO Y DESAGÜE DE CANALONES EN TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL, AÑO 2017. VISTO el Padrón de Contribuyentes sujetos al pago de la Tasa por vertido y desagüe de canalones en terre-

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nos de uso público local, correspondiente al año 2017 por importe de 5.077,27 euros, y que consta de 1.277 recibos. Esta Alcaldía ha resuelto: 1º. Aprobar el referido Padrón de contribuyentes, que se exponga al público mediante Edicto inserto en el BOP y tablón de anuncios de este Ayuntamiento para presentación de reclamaciones por plazo de quince días hábiles, y transcurrido el mismo, se dará cuenta a esta Alcaldía para resolver las reclamaciones que se hubiesen presentado. 2º. En caso de no presentarse reclamaciones, este Padrón quedará definitivamente aprobado, iniciándose el cobro en periodo voluntario.“

días hábiles, y transcurrido el mismo, se dará cuenta a esta Alcaldía para resolver las reclamaciones que se hubiesen presentado. 2º. En caso de no presentarse reclamaciones, este Padrón quedará definitivamente aprobado, iniciándose el cobro en periodo voluntario.

Iznalloz, 28 de noviembre de 2017.-La Alcaldesa, fdo.: Ana Belén Garrido Ramírez.

Aprobación del padrón por la tasa de basura, segundo semestre del año 2017

Iznalloz, 28 de noviembre de 2017.-La Alcaldesa, fdo.: Ana Belén Garrido Ramírez.

NÚMERO 6.827

AYUNTAMIENTO DE IZNALLOZ (Granada)

ANUNCIO

NÚMERO 6.826

AYUNTAMIENTO DE IZNALLOZ (Granada)

Aprobación del padrón de la tasa de tratamiento de residuos sólidos, segundo semestre del año 2017 ANUNCIO Por medio del presente se hace público que la Sra. Alcaldesa, con fecha veintiocho de noviembre de 2017 ha dictado la siguiente resolución: “5º. APROBACIÓN DEL PADRÓN DE CONTRIBUYENTES POR LA TASA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS, CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2017. VISTO el Padrón de Contribuyentes de este municipio de Iznalloz sujetos al pago de la Tasa de tratamiento de residuos sólidos, correspondiente al segundo semestre del año 2017 por importe de 42.653,54 euros (cuarenta y dos mil seiscientos cincuenta y tres con cincuenta y cuatro céntimos), y que consta de 2.288 recibos. Esta Alcaldía, en función de las competencias que legalmente tiene atribuidas, ha resuelto: 1º. Aprobar el referido Padrón de contribuyentes, que se exponga al público mediante edicto inserto en el BOP y tablón de anuncios de este Ayuntamiento para presentación de reclamaciones por plazo de quince

Por medio del presente se hace público que la Sra. Alcaldesa, con fecha veintiocho de noviembre de 2017 ha dictado la siguiente resolución: “4º. APROBACIÓN DEL PADRÓN DE CONTRIBUYENTES POR LA TASA DE RECOGIDA DOMICILIARIA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2017. VISTO el Padrón de contribuyentes de este Municipio de Iznalloz correspondiente al segundo semestre de año 2017, por la tasa de recogida domiciliaria de residuos sólidos urbanos, que asciende con IVA al importe de 111.310,44 euros (ciento once mil trescientos diez euros con cuarenta y cuatro céntimos), y que consta de 2.289 recibos. Esta Alcaldía, en función de las competencias que legalmente tiene atribuidas, HA RESUELTO: 1º.- Aprobar el referido Padrón de contribuyentes que se exponga al público mediante Edicto inserto en el BOP y tablón de anuncios de este Ayuntamiento para presentación de reclamaciones por plazo de quince días hábiles y transcurrido el mismo se dará cuenta a esta Alcaldía para resolver las reclamaciones que se hubiesen presentado. 2º.- En caso de no presentarse reclamaciones, este Padrón quedará definitivamente aprobado, iniciándose el cobro en periodo voluntario.” Iznalloz, 28 de noviembre de 2017.-La Alcaldesa, fdo.: Ana Belén Garrido Ramírez.

NÚMERO 6.728

AYUNTAMIENTO DE IZNALLOZ (Granada) EDICTO En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Iznalloz, adoptado en fecha 26 de septiembre de 2017, sobre concesión de su-

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plemento de crédito financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones presupuestarias, como sigue a continuación: Altas en aplicaciones de gastos Créditos Modificaciones Créditos Descripción Aplicación iniciales de crédito finales Progr. Económica 011 91302 Préstamo pago a proveedores 0 284.725,12 284.725,12 TOTAL 284.725,12 Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos: Bajas o Anulaciones en partidas de gastos no comprometidas Créditos Bajas o Créditos Descripción Aplicación iniciales anulaciones finales Progr. Económica 942 46801 Trans. E.L.A. de Domingo Pérez 609.520,97 607.002,12 2.518,85 942 46802 Trans. E.L.A. de Dehesas Viejas 450.317,67 320.000,00 15.933,88 TOTAL 18.452,73 Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes: a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores. b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica. Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado. Iznalloz, 17 de noviembre de 2017.-La Alcaldesa, fdo.: Ana Belén Garrido Ramírez.

NÚMERO 6.766

NÚMERO 6.820

AYUNTAMIENTO DE LANJARÓN (Granada)

AYUNTAMIENTO DE PELIGROS (Granada)

Proyecto de actuación de hermanas Torres Gerónimo

Nombramiento de funcionario de carrera EDICTO

EDICTO Por Decreto de la Alcaldía de fecha 22 de noviembre de 2017, ha sido admitido a trámite el proyecto de actuación presentado por María Victoria y María Magdalena Torres Gerónimo, para legalización de vivienda vinculada a explotación agraria en Polígono Catastral 4, parcela 23 Por lo que en virtud de lo establecido en el art. 43, apartado c) de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, se somete a información pública por plazo de veinte días. Lanjarón, 22 de noviembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: D. José Eric Escobedo Jiménez.

Por resolución de la Alcaldía de fecha 5 de diciembre de 2017, una vez concluido el procedimiento selectivo, se ha efectuado el nombramiento de: - Dª Susana González Liñán, DNI núm. 75.159.454-P, para cubrir la plaza de Grupo: C; Subgrupo: C2: Escala: Administración General; Subescala: Auxiliar; Denominación: Auxiliar Administrativo. Lo que se hace público a los efectos del artículo 25.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado en relación con el artículo 62

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del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Peligros, 7 de diciembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Roberto Carlos García Jiménez.

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AYUNTAMIENTO DE PINOS PUENTE (Granada)

Aprobación bases reguladoras subvenciones I.B.I. 2017 EDICTO D. José Enrique Medina Ramírez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Pinos Puente (Granada), HACE SABER: Que el Pleno del Ayuntamiento de Pinos Puente, en sesión ordinaria celebrada el día 30/11/2017, acordó las bases reguladoras que han de regir para la convocatoria de ayudas públicas municipales para sufragar los gastos de I.B.I. relativos a la vivienda habitual de personas y familias del municipio de Pinos Puente de 2017, con el siguiente detalle: BASES PARA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PÚBLICAS MUNICIPALES PARA SUFRAGAR LOS GASTOS DE I.B.I. RELATIVOS A LA VIVIENDA HABITUAL DE PERSONAS Y FAMILIAS DEL MUNICIPIO DE PINOS PUENTE. Base 1ª.- OBJETO.La presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para hacer frente a los gastos derivados del pago del impuesto de bienes inmuebles correspondiente a la propiedad de la vivienda habitual, exclusivamente para uso residencial, en el ejercicio 2017, a las personas y familias que cumplan con lo establecido en las mismas. Base 2ª.- REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS.1. Podrán tener derecho a percibir la subvención los españoles o extranjeros con residencia legal en territorio español que cumplan con los siguientes requisitos: a) Ser la persona beneficiaria propietaria, usufructuaria, concesionaria o titular de un derecho de superficie sobre su vivienda habitual, la cual deberá estar situada dentro del término municipal de Pinos Puente. Además, ni la persona beneficiaria ni las personas integrantes de su unidad familiar podrán ser titulares sobre inmuebles de uso residencia distintos a la vivienda habitual de alguno de los derechos mencionados en el párrafo anterior. De tal circunstancia se presentará la correspondiente declaración responsable. Si el Ayuntamiento comprobase que los titulares de viviendas objeto de la solicitud lo son de más de un inmueble, dará lugar al inicio del correspondiente expediente de reintegro sin perjuicio, en su caso, de las sanciones a que haya lugar.

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b) Que el valor catastral de la vivienda habitual no supere los 90.000 euros. c) Encontrarse la persona beneficiaria con su familia empadronada en la vivienda habitual con una antigüedad de al menos 2 años, a contar desde la fecha de devengo del impuesto. d) Ser la persona beneficiaria sujeto pasivo, a título de contribuyente, del Impuesto sobre Bienes inmuebles de naturaleza urbana del ejercicio 2017 correspondiente a su vivienda habitual. Asimismo podrán ser personas beneficiarias de la subvención: - Aquellas que no contando con documentos de pago a su nombre en el recibo del IBI, sean copropietarias de las viviendas objeto de la solicitud, siempre que estas sean de uso de la unidad matrimonial o pareja de hecho. Para acreditar tal circunstancia la persona solicitante deberá aportar fotocopia del libro de familia o certificación de pareja de hecho y escrituras de propiedad de la vivienda. - Aquellas cuyo recibo se gire a nombre de su cónyuge fallecido, quienes deberán acreditar tal circunstancia mediante la aportación del certificado de defunción y copia de las escrituras de propiedad de la vivienda. e) Haber pagado el importe total de la cuota del IBI del ejercicio 2017 correspondiente a su vivienda habitual. f) Hallarse la persona beneficiaria al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la Agencia Tributaria de Andalucía, tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Pinos Puente y de Seguridad Social, así como no ser deudores en periodo ejecutivo por reintegro de subvenciones del Ayuntamiento de Pinos Puente. De tales circunstancias se presentará la correspondiente declaración responsable. g) Que el importe máximo de los ingresos netos en el año 2016 del conjunto de las personas que forman a la fecha de devengo del impuesto la unidad familiar sea: - Inferior al Indicador público de renta de efectos múltiples para 2017 (IPREM) para unidades familiares de una sola persona. - Inferior a 1,3 veces el IPREM para unidades familiares de dos personas - Inferior a 1,5 veces el IPREM para unidades familiares de tres personas - Inferior a 1,7 veces el IPREM para unidades familiares de cuatro o más personas Resultando en consecuencia la siguiente tabla: Número de miembros de la Unidad familiar Umbral de ingresos anuales 1 7.519,59 euros 2 9.775,47 euros 3 11.279,39 euros 4 ó más 12.783,30 euros A tal efecto se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante el año 2016. Se tendrá en cuenta la declaración del impuesto sobre la Renta de las Personas físicas y, en el supuesto de que no se tenga obligación de presentar la citada declaración, declaración res-

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ponsable de ingresos además de la correspondiente certificación relativa a la falta de obligación de su formulación expedida por la AEAT. 2. La subvención solo se concederá a las unidades familiares que resulten titulares de un único inmueble de uso residencial, que además constituya su residencia habitual en los términos definidos por la legislación fiscal. A estos efectos se entenderá que la unidad familiar ostenta la titularidad sobre un único inmueble de uso residencia aún en el caso de que, además, sea titular de un único inmueble de uso de almacén y/o estacionamiento, que constituya inmueble independiente a efectos catastrales del de uso residencial, por contar con referencia catastral propia. Base 3ª.- Ayudas y criterios de reparto 1. La cuantía máxima de la ayuda a percibir por cada persona beneficiaria será de 100,00 euros, no pudiendo ser dicha cuantía superior al importe de la cuota anual del IBI correspondiente a su vivienda habitual. 2. En el caso de que, según el número de personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en esta convocatoria, hayan presentado la solicitud para acogerse a la misma, se superasen, por aplicación de lo previsto en el apartado anterior las disponibilidades presupuestarias de la convocatoria, tendrán prioridad para la adjudicación aquéllas que pertenezcan a unidades familiares en las que concurra por orden de prelación alguna de las circunstancias siguientes, hasta agotar el crédito disponible: - Que alguno de las personas que componen la unidad familiar tenga declarada discapacidad igual o superior al 33 por ciento o se encuentre en situación de dependencia. - Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental con, al menos, un hijo o hija a cargo. - Que entre los miembros de la unidad familiar de la persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad. - Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la legislación vigente. - Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar con, al menos, dos menores a cargo. Si, como consecuencia de la aplicación de los criterios anteriores resultasen unidades familiares con el mismo primer nivel de prelación, se procederá a priorizar aquéllas en las que concurran el máximo de circunstancias por orden de prelación y a igualdad de número de circunstancias se considerará el menor valor catastral de la vivienda habitual. Base 4ª.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes La solicitud, dirigida a la Concejalía Economía del Ayuntamiento de Pinos Puente, se presentará, junto con la documentación adjunta, en el registro municipal del Ayuntamiento en el plazo de dos meses, contados a partir de la fecha de publicación en el BOP del extracto de la Convocatoria. Dicho extracto se publicará simultáneamente en página Web, app y facebook municipal para su mejor difusión.

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Base 5ª.- Documentación a presentar con la solicitud. 1. Las solicitudes se formalizarán conforme al modelo que figura como Anexo I. 2. A la solicitud se adjuntará la documentación que se señala en la base 2ª junto con la siguiente documentación preceptiva: a) Fotocopia compulsada del D.N.I. del solicitante (N.I.E. en caso de extranjeros) y de los mayores de 18 años de la unidad familiar. b) Fotocopia del libro de familia donde figure el matrimonio y/o los hijos menores y en el caso de parejas de hecho, documento similar, si no se dispone de libro de familia. c) Certificado actualizado del Servicio Público de Empleo que acredite si cada uno de los miembros de la unidad familiar está inscrito como demandante de empleo y es o ha sido perceptor o no de alguna prestación o subsidio por desempleo en el último año, así como las prestaciones percibidas durante el ejercicio 2016. d) Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2016 del solicitante y de las personas mayores de 18 años empadronadas en la vivienda habitual objeto de la presente convocatoria, o en su caso, documento justificativo de la no obligatoriedad de su presentación. e) Para el caso de que el solicitante y/o las personas mayores de 18 años empadronadas en la vivienda habitual objeto de la presente convocatoria no hubieran presentado Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2015, se requerirá certificado del INSS que acredite si cada uno de los miembros de la unidad familiar, activos y no activos, perciben o no pensiones de la Administración Pública y en caso positivo, qué clase de pensión perciben y su importe, así como certificado bancario sobre rendimientos de capital mobiliario, dividendos, etc. Para el supuesto de perceptores de salario social básico, certificado acreditativo de la cuantía del mismo durante el ejercicio 2016. 3. Previo consentimiento de los interesados, el órgano gestor verificará, mediante intercambio de información con las administraciones competentes, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base segunda. La información recabada se limitará a los datos estrictamente necesarios para la tramitación del expediente y este consentimiento le eximirá de la obligación de adjuntar a la solicitud la documentación que se relaciona en el apartado siguiente. En caso de no prestar este consentimiento, el solicitante de la ayuda deberá adjuntar a la solicitud la documentación que se enuncia a continuación: f) Certificado histórico de empadronamiento donde se haga constar todos los miembros de la unidad de convivencia que figuran en la vivienda objeto de la solicitud. g) Fotocopia compulsada del recibo del Impuesto Municipal de Bienes Inmuebles correspondiente al ejercicio 2017 que identifique de manera indubitada el inmueble objeto de la petición de subvención, así como el pago del mismo. h) Informe de la vida laboral de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años en activo.

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i) Certificado de bienes urbanos del solicitante y de todos los miembros de la unidad de convivencia, expedido por la Oficina correspondiente de la Dirección General del Catastro, donde se acredite que, aparte de su residencia habitual, no es titular de ningún otro bien inmueble urbano de uso residencial en todo el territorio nacional. Base 6ª.- Subsanación de defectos en la solicitud. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en las bases de la presente convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable del5 días indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Base 7ª.- Crédito presupuestario. En la aplicación presupuestaria número 2017.0.925.48007 del vigente Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Pinos Puente para el ejercicio 2017, existe crédito por importe de 20.000,00 euros (VEINTE MIL EUROS), que se han de destinar a dar cobertura a las concesiones de ayudas recogidas en esta convocatoria. Base 8ª.- Órgano concedente. El órgano competente para resolver sobre la concesión o denegación de la subvención será la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pinos Puente. Base 9ª.- Justificación de las subvenciones. La justificación de la subvención concedida se realizará mediante la presentación, al propio tiempo de la solicitud, del recibo original o copia debidamente compulsada del Impuesto Municipal de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana correspondiente al ejercicio 2017, con exclusión de cualesquiera intereses, recargos o sanciones tributarias sobre el mismo, que acredite que ha sido efectivamente pagado. Base 10ª.- Compatibilidad con otras subvenciones o ayudas. Las ayudas reguladas por las presentes bases son incompatibles con cualesquiera otras ayudas públicas o privadas que tengan idéntico o similar objeto. Base 11ª.- Reintegro de la subvención. El Ayuntamiento de Pinos Puente podrá verificar en cualquier momento las circunstancias alegadas por el solicitante para la concesión de la ayuda. Serán causas de reintegro de la subvención, aparte de las previstas en la normativa vigente en materia de subvenciones públicas, la obtención de la subvención falseando las condiciones requerida para ello u ocultando aquéllas que lo hubiera impedido, dando lugar al correspondiente expediente de reintegro y, en su caso, sancionador. Base 15ª.- Norma final. Para lo no previsto en estas bases, resultará de aplicación supletoria la Ley 38/2003, General de Subvenciones, el Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la misma, la legislación en materia de régimen local, las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Pinos Puente, la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones del Ayun-

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tamiento de Pinos Puente y la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo común cuantas normas de carácter general o procedimental resulten aplicables. ANEXO1. SOLICITUD DE AYUDAS PÚBLICAS MUNICIPALES PARA SUFRAGAR LOS GASTOS DE I.B.I. RELATIVOS A LA VIVIENDA HABITUAL DE PERSONAS Y FAMILIAS DEL MUNICIPIO DE PINOS PUENTE. DATOS DE LA VIVIENDA HABITUAL DE LA PERSONA SOLICITANTE: Tipo Vía_______ Nombre de la vía pública __________________________________________Nº _____ Portal _____ Esc. ________ Puerta _________ C.P. _______ Referencia Catastral _____________________________ DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE: NIF,NIE_____________ Nombre___________________ Apellidos_____________________________________ Correo electrónico (opcional) ____________________ Teléfono(opcional)________________________ DATOS BANCARIOS Entidad de crédito_______________________________ IBAN: ES_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ AUTORIZACIÓN DE TRANSMISIÓN DE DATOS La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n a la Concejalía de salud y bienestar social del Ayuntamiento de Pinos Puente a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Dirección General del Catastro, Seguridad Social y Tesorería Municipal, información de naturaleza tributaria y no tributaria relativa a los ingresos personales declarados con motivo de la solicitud de ayuda municipal para gastos de I.B.I. relativos a la vivienda habitual de personas y familias del Municipio de Pinos Puente. La autorización puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido a la Concejalía de salud y bienestar social del Ayuntamiento de Pinos Puente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A.- DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE DE LA AYUDA NOMBRE Y APELLIDOS: N.I.F.: FIRMA: B.- DATOS DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR CUYOS INGRESOS SON COMPUTABLES PARA EL RECONOCIMIENTO, SEGUIMIENTO O CONTROL DE LA AYUDA Y QUE POR LA RPESENTE PRESTAN SU AUTORIZACIÓN (Únicamente mayores de 18 años). MIEMBRO 1 NOMBRE Y APELLIDOS N.I.F.: FIRMA: MIEMBRO 2 NOMBRE Y APELLIDOS N.I.F.: FIRMA: MIEMBRO 3

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NOMBRE Y APELLIDOS N.I.F.: FIRMA: MIEMBRO 4 NOMBRE Y APELLIDOS N.I.F.: FIRMA: MIEMBRO 5 NOMBRE Y APELLIDOS N.I.F.: FIRMA: MIEMBRO 6 NOMBRE Y APELLIDOS N.I.F.: FIRMA: No consiento la consulta por el Ayuntamiento de Pinos Puente de los datos de la Base 5ª apartado 3. En caso de no autorizar la consulta, deberá presentar la correspondiente documentación. DECLARACIÓN RESPONSABLE D/Dª _________________________________________, con D.N.I.: ________________________ en cumplimiento del RD 887/2006, de 21 de julio, artículo 24 del Reglamento de Subvenciones. DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: 1.- Que no se halla incurso en procedimientos de reintegro de subvenciones públicas o sancionadoras en materia de ayudas públicas. 2.- Que está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Hacienda Autonómica, así como frente a la Seguridad Social. 3.- Que los datos que se aportan son exactos, completos y veraces respecto a los requisitos y documentación requeridos por las presentes Bases. 4.- Que cumple con los requisitos de la presente convocatoria. 5.- Que los ingresos anuales de la unidad familiar del solicitante no superan los límites previstos en la Base 2ª y que para su determinación se han integrado las rentas de todos los miembros de la unidad familiar. 6.- Que los miembros de la unidad familiar no disponen de más bienes inmuebles que los requeridos en las Bases para percibir la subvención que se solicita. Pinos Puente a ________ de _______________________ de 2017 (Firma) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Pinos Puente con la finalidad de la gestión de ayudas públicas municipales para sufragar los gastos de IBI relativos a la vivienda habitual. Los datos no podrán ser cedidos a terceros salvo en los supuestos previstos en el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Pinos Puente, 29 de noviembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: José Enrique Medina Ramírez.

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NÚMERO 6.759

AYUNTAMIENTO DE PINOS PUENTE (Granada)

Aprobación inicial a la ordenanza fiscal nº 4 reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles EDICTO D. José Enrique Medina Ramírez, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Pinos Puente (Granada). HACE SABER: Que el Ayuntamiento en pleno en sesión ordinaria celebrada el 30 de noviembre de 2017, prestó aprobación inicial a la Ordenanza Fiscal nº 4 reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles. Para dar cumplimiento a lo preceptuado en la legislación vigente, se someterá a información pública el citado Reglamento, mediante anuncio que se insertará en el Boletín Oficial de la Provincia durante el plazo de treinta días. De no presentarse alegaciones y/o sugerencias, el texto se elevará a definitivo debiendo publicarlo de acuerdo con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. En caso contrario corresponderá al pleno resolver las alegaciones y/o sugerencias que se planteen. El expediente se encuentra de manifiesto en el Departamento de Secretaría del Ayuntamiento. Pinos Puente, 30 de noviembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: José Enrique Medina Ramírez.

NÚMERO 6.760

AYUNTAMIENTO DE PINOS PUENTE (Granada)

Aprobación inicial propuesta para la imposición y ordenación de contribuciones especiales, reparación Camino de las Canteras de Zujaira EDICTO D. José Enrique Medina Ramírez, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Pinos Puente (Granada), HACE SABER: Que el Ayuntamiento en pleno en sesión ordinaria celebrada el 30 de noviembre de 2017, prestó aprobación inicial a la Propuesta para la Imposición y Ordenación de Contribuciones Especiales - Reparación Caminos de las Canteras en Zujaira (Pinos Puente). Para dar cumplimiento a lo preceptuado en la legislación vigente, se someterá a información pública el citado Reglamento, mediante anuncio que se insertará en el Boletín Oficial de la Provincia durante el plazo de treinta días. De no presentarse alegaciones y/o sugerencias, el texto se elevará a definitivo debiendo publicarlo de acuerdo con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. En caso contrario corresponderá al pleno resolver las alegaciones y/o sugerencias que se planteen.

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El expediente se encuentra de manifiesto en el Departamento de Secretaría del Ayuntamiento. Pinos Puente, 30 de noviembre de 2017.-El Alcalde, fdo.: José Enrique Medina Ramírez.

NÚMERO 6.813

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA TROPICAL DE GRANADA

Aprobación de padrones fiscales de la tasa de servicio suministro, saneamiento y depuración, 4º periodo de cobro ejercicio 2017 de Albuñol EDICTO D. Sergio García Alabarce, Presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropical de Granada, HAGO SABER: Que por resolución de esta Presidencia de fecha de hoy, se aprueba definitivamente el siguiente Padrón Fiscal Trimestral, facturado en el mes de diciembre para su recaudación en el cuarto periodo de cobro del ejercicio 2017 de Albuñol, procede su aprobación definitiva conforme al siguiente detalle:

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- Padrón Fiscal de la tasa por la prestación del servicio de suministro domiciliario de agua potable. - Padrón Fiscal de la tasa por la prestación del servicio de saneamiento y depuración de aguas residuales. Los citados padrones se exponen al público en el Tablón de Edictos de la Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropical de Granada, durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la inserción de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, plazo durante el cual los interesados legítimos podrán examinarlos en las Oficinas del Servicio sitas en Plaza Javier de Burgos, 5-1ª Planta, Motril. De conformidad con el Artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, podrá interponerse recurso de reposición contra los datos contenidos en el mismo ante el Presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropical en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización de la exposición pública del Padrón Fiscal. Lo que se hace público para general conocimiento. Motril, 4 de diciembre de 2017.- El Presidente, fdo.: Sergio García Alabarce.

NÚMERO 6.870

DIPUTACIÓN DE GRANADA DELEGACIÓN DE PRESIDENCIA Y CONTRATACIÓN

Resolución de rectificación con relación al procedimiento de contratación expediente SU8/17 “suministro de artículos de limpieza, aseo personal, higiene y protección, guantes, artículos de droguería, menaje y tarrinas con destino a los Centros Sociales de Armilla” EDICTO “RESOLUCIÓN - Detectada la existencia de varios errores materiales en las páginas 32 y 33 del PCAP del expediente SU 8/17 “SUMINISTRO DE ARTÍCULOS DE LIMPIEZA, ASEO PERSONAL, HIGIENE Y PROTECCIÓN, GUANTES, ARTÍCULOS DE DROGUERÍA, MENAJE Y TARRINAS CON DESTINO A LOS CENTROS SOCIALES DE ARMILLA (RESIDENCIA LA MILAGROSA Y CENTRO REINA SOFÍA)”, durante el plazo de presentación de proposiciones. Emitido informe por la Jefa de Sección de Tramitación y Coordinación 3, con fecha 21 de noviembre de 2017, que se transcribe a continuación a los efectos previstos en el artículo 88.6 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dispone que la aceptación de informes servirá de motivación a la resolución cuando se incorporen al texto de la misma: “Primero: Con fecha 19 de septiembre de 2017, se aprobó el expediente de contratación del suministro arriba mencionado mediante procedimiento abierto, los pliegos de cláusulas Administrativas particulares (PCAP) y de Prescripciones Técnicas (PPT) que habían de regir dicho suministro, así como la tramitación anticipada del gasto para los ejercicios 2018 y 2019. Segundo: El día 24 de octubre de 2017 se publicó el pertinente anuncio de licitación en el DOUE y en el Perfil de Contratante de la Diputación de Granada; el día 2 de noviembre en el BOP nº 208; y el 4 de noviembre en el BOE número 268. Tercero: El plazo de presentación de proposiciones es de 40 días desde el envío del anuncio al DOUE, plazo que expira el próximo día 29 de noviembre de 2017. Cuarto: A día de la fecha de emisión del presente informe, se ha detectado en el Servicio de Contratación Administrativa la existencia de varios errores materiales en el Anexo II del PCAP, Modelo de proposición económica y otros cri-

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terios de adjudicación valorados mediante la aplicación de fórmulas, concretamente en el cuadro correspondiente al LOTE Nº 5: ARTÍCULOS DE DROGUERÍA, en la columna que indica la necesidad estimada de los productos nº 5/004; 5/005; 5/006; y 5/007. Se trata de errores de transcripción de las cantidades señaladas que, en cambio, sí vienen reflejadas correctamente en el PPT. Quinto: El art. 109.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que “Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”. Sexto: El último inciso del artículo 75 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, establece que “cualquier aclaración o rectificación de los anuncios de contratos será a cargo del órgano de contratación y se hará pública en igual forma que éstos, debiendo computarse, en su caso, a partir del nuevo anuncio, el plazo establecido para la presentación de proposiciones.” Por cuanto antecede, esta funcionaria considera que procede dictar resolución por la que se rectifiquen los errores detectados en las páginas 32 y 33 del PCAP del expediente SU 8/17 “SUMINISTRO DE ARTÍCULOS DE LIMPIEZA, ASEO PERSONAL, HIGIENE Y PROTECCIÓN, GUANTES, ARTÍCULOS DE DROGUERÍA, MENAJE Y TARRINAS CON DESTINO A LOS CENTROS SOCIALES DE ARMILLA (RESIDENCIA LA MILAGROSA Y CENTRO REINA SOFÍA)”, en el sentido siguiente: Primero: Donde dice: Nº

Producto

5/004

Bolsa basura industrial azul

5/005

5/006

5/007

Especif.

Rollo de 10 unidades colores Bolsa basura Rollo de 10 industrial amarilla unidades colores Bolsa basura Rollo de 10 industrial blanca unidades colores Bolsa basura Rollo de 10 industrial negra unidades colores

Necesidad estimada

Precio unidad sin IVA

IVA unidad 21%

Total precio sin IVA

Total IVA 21%

Precio unidad sin IVA

IVA unidad 21%

Total precio sin IVA

Total IVA 21%

20.000 UND

30.000 UND

20.000 UND

5.000 UND

debe decir: Nº

Producto

5/004

Bolsa basura industrial azul

5/005

5/006

5/007

Especif.

Rollo de 10 unidades colores Bolsa basura Rollo de 10 industrial amarilla unidades colores Bolsa basura Rollo de 10 industrial blanca unidades colores Bolsa basura Rollo de 10 industrial negra unidades colores

Necesidad estimada 25.000 UND

600 UND

40.000 UND

1.000 UND

Segundo: Ordenar la publicación de la rectificación, e iniciar un nuevo plazo de presentación de ofertas, de cuarenta días, contados a partir del envío del anuncio de rectificación al DOUE.” En uso de las atribuciones que me están conferidas por la D.A.2ª.1, del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y a tenor de lo establecido en el art. 109.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, RESUELVO: PRIMERO.- Rectificar los errores detectados en las páginas 32 y 33 del PCAP del expediente SU 8/17 “SUMINISTRO DE ARTÍCULOS DE LIMPIEZA, ASEO PERSONAL, HIGIENE Y PROTECCIÓN, GUANTES, ARTÍCULOS DE DROGUERÍA,

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MENAJE Y TARRINAS CON DESTINO A LOS CENTROS SOCIALES DE ARMILLA (RESIDENCIA LA MILAGROSA Y CENTRO REINA SOFÍA)”, en el sentido siguiente: Primero: Donde dice: Nº

Producto

5/004

Bolsa basura industrial azul

5/005

5/006

5/007

Especif.

Rollo de 10 unidades colores Bolsa basura Rollo de 10 industrial amarilla unidades colores Bolsa basura Rollo de 10 industrial blanca unidades colores Bolsa basura Rollo de 10 industrial negra unidades colores

Necesidad estimada

Precio unidad sin IVA

IVA unidad 21%

Total precio sin IVA

Total IVA 21%

Precio unidad sin IVA

IVA unidad 21%

Total precio sin IVA

Total IVA 21%

20.000 UND

30.000 UND

20.000 UND

5.000 UND

debe decir: Nº

Producto

5/004

Bolsa basura industrial azul

5/005

5/006

5/007

Especif.

Rollo de 10 unidades colores Bolsa basura Rollo de 10 industrial amarilla unidades colores Bolsa basura Rollo de 10 industrial blanca unidades colores Bolsa basura Rollo de 10 industrial negra unidades colores

Necesidad estimada 25.000 UND

600 UND

40.000 UND

1.000 UND

SEGUNDO: Ordenar la publicación de la rectificación, e iniciar un nuevo plazo de presentación de ofertas, de cuarenta días, contados a partir del envío del anuncio de rectificación al DOUE.” Así lo resuelve y firma D. Pedro Fernández Peñalver, Vicepresidente 1º y Diputado Delegado de Presidencia y Contratación en virtud de delegación conferida por Resoluciones de la Presidencia de fecha 17 de julio de 2015, lo que yo como Secretario General, certifico. Granada, 21 de noviembre de 2017.” Fecha de envío del anuncio de rectificación al DOUE: 29 de noviembre de 2017. Granada, 1 de diciembre de 2017.- Vicepresidente 1º y Delegado de Presidencia y Contratación, fdo.: Pedro Fernández Peñalver. n