Boletín Unión Europea.

7 mar. 2013 - una manipulación del régimen fiscal del IVA, es responsable de la pérdida de ..... entorno empresarial y e
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Boletín Unión Europea Marzo 2013 Gabinete Técnico de la Guardia Civil — Centro de Análisis y Prospectiva 1

Boletín UE – Marzo 2013 ACTUALIDAD DE LA UNIÓN EUROPEA 1.- Europol identifica a 3600 grupos de crimen organizado activos en la Unión Europea. 2.- Principales resultados del Consejo de Asuntos de Justicia e Interior (JAI) celebrado en Bruselas el 7 y 8 de marzo. 3.- La UE señala una cifra de muertos en carretera de las más bajas que se han registrado y da el primer paso hacia una estrategia en materia de lesiones en carretera. 4.- Lucha contra el tráfico de armas de fuego: la Comisión propone que se ratifique del Protocolo de las Naciones Unidas y otras medidas. 5.- Alcanzado un acuerdo en el Consejo sobre medidas de control aduanero de mercancías falsificadas o pirateadas 6.- El Consejo aprueba el acuerdo informal sobre mutuo reconocimiento de las medidas de protección en asuntos civiles. 7.- Los eurodiputados piden a la Comisión que tome medidas para evitar el amaño de partidos de fútbol. 8.- La Comisión Europea amplía el ámbito de aplicación de su análisis de los sistemas judiciales de los Estados miembros 9.- Europol: El eje de la UE para apoyar la cooperación y la formación policiales. 10.- La UE refuerza su respuesta para combatir el blanqueo de dinero y el tráfico de drogas en África Occidental. 11.- La revisión de la Política Europea de Vecindad arroja resultados desiguales..

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva DOCUMENTACIÓN REMITIDA POR ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA A ESTE CENTRO DE ANÁLISIS Y PROSPECTIVA 1.- El creciente mercado de las drogas ilícitas en la UE muestra el impacto de la crisis. 2.- El papel de la UE en la promoción de una amplia asociación Transatlántica. 3.- La organización y funcionamiento del Servicio Europeo de Acción Exterior. Logros, retos y oportunidades. 4.- La práctica religiosa y la observancia de la Estados miembros de la UE 5.- El impacto de las resoluciones y otras actividades del Parlamento Europeo en el campo de los Derechos Humanos fuera de la UE. 6.- Presentación de los programas de trabajo de 2012 y 2013 de la Agencia para la gestión operativa de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y la justicia. 7.- Resultados del grupo de expertos sobre la seguridad y resistencia de las redes de comunicaciones y sistemas de información para las redes inteligentes. 8.- PROYECTO DE INFORME sobre la dimensión marítima de la política común de seguridad y defensa. 9.- Supervisor Europeo de Protección de Datos – Paquete de reformas de protección de datos. 10.- PROYECTO DE INFORME sobre las estructuras militares de la UE: situación y perspectivas futuras. 11.- Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la aplicación del mecanismo de Schengen (2004-2006). 12.- Sahel / Magreb (crisis en Malí, In Amenas) - implicaciones para la seguridad interior de la UE: resumen ejecutivo

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Boletín UE – Marzo 2013

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva

13.- Proyecto de informe de la Acción 5.2 "Examinar las técnicas de trabajo de investigación aplicadas por las aduanas y otras autoridades para luchar contra delitos conexos, incluida la delincuencia organizada, a través de la Internet, y explorar la situación actual con respecto a la existencia de Unidades de Aduanas especializadas en Internet ". 13.- FRA: Hacer visibles los crímenes por odio en la Unión Europea. 14.- Corrupción y Derechos Humanos en terceros países.

DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS OTROS ÓRGANOS INTERNACIONALES 1.- JIFE advierte de la amenaza de las drogas de diseño. 2.- Manual de Tallin sobre el Derecho Internacional aplicable a los Cyber Warfare 3.- ONUDD. Metanfetamina cristalina principal amenaza drogas ilícitas de Indonesia. 4.- ONUDD. Consumo de drogas en Paquistán. 5.- ONUDD. El reto de las nuevas sustancias psicoactivas. 6.- ONUDD. Normas internacionales para la prevención del consumo de drogas. 6.- OSCE. Informe anual 2012.

NORMATIVA DE INTERÉS

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Boletín UE – Marzo 2013

ACTUALIDAD DE LA UNIÓN EUROPEA 1.- Europol identifica a 3600 grupos de crimen organizado activos en la Unión Europea. En el estudio más detallado jamás realizado de este tipo por Europol se han identificado unos 3.600 grupos de delincuencia organizada en la UE. La Evaluación de las Amenazas Graves y del Crimen Organizado (SOCTA, en sus siglas en ingles), ha sido publicado por Europol, y muestra que el tráfico internacional de drogas sigue siendo la actividad del crimen organizado más activa, pero también identifica la aparición de nuevos fenómenos delictivos, muchos de ellos vinculados a la crisis económica actual y a Internet . Estos nuevos desarrollos están cambiando la naturaleza de la delincuencia organizada hacia un modelo basado en torno a una comunidad en la red heterogénea de grupos internacionales. “Una nueva generación de grupos del crimen organizado se está asentando en Europa, capaz de operar en múltiples países y sectores criminales. Estos grupos ya no se definen por su

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva nacionalidad o especialización en un área del crimen, sino por la capacidad de operar a nivel internacional, con un enfoque de tipo empresarial en la maximización de los beneficios y en minimizar los riesgos. Estos son el epítome de nuestra nueva sociedad globalizada ", dice Rob Wainwright, director de Europol. La La Evaluación de las Amenazas Graves y del Crimen Organizado (SOCTA) ofrece una serie de recomendaciones basadas en un análisis en profundidad de las principales amenazas de la delincuencia a la que se enfrenta la UE. El informe se basa en información significativa obtenida por las agencias de aplicación de la ley en los Estados miembros de la UE, otras agencias de la UE y bases de datos propias de Europol. El Consejo de Ministros de Justicia y Asuntos de Interior utilizará las conclusiones del informe y recomendaciones para definir las prioridades para los próximos cuatro años. Con base en el análisis de los peligros actuales SOCTA del 2013 se han identificado los ámbitos delictivos que requieren una mayor acción concertada de los Estados miembros y otros actores para garantizar un impacto más efectivo en la amenaza general. Estas amenazas incluyen ámbitos delictivos que recientemente han ganado importancia o que no fueron consideradas como áreas prioritarias antes, pero ahora están en auge debido a su impacto en la sociedad. Las prioridades identificadas en el informe son:

4

Boletín UE – Marzo 2013



La facilitación de la inmigración ilegal



La trata de seres humanos

 Los productos falsificados que tengan un impacto en la salud pública y la seguridad 

Fraude “Missing Trader Intra Comunity (MTIC)”

Producción de Drogas sintéticas y el tráfico de varias drogas en la UE 



Ciberdelincuencia



Blanqueo de dinero

Las condiciones de la actual crisis económica y los cambios resultantes en la demanda de los consumidores están impulsando un cambio en la actividad delictiva. La reducción del consumo de energía ha inspirado a los falsificadores a expandirse hacia nuevas líneas de productos como la falsificación de productos básicos, el comercio ilícito de productos de baja calidad y de bienes que violan la normativa sanitaria y de seguridad. Además de la falsificación de productos de lujo tradicional, los grupos de delincuencia organizada ahora también explotan la falsificación de bienes de consumo diario, como alimentos y productos médicos. El aumento de la producción y distribución de estos bienes tienen importantes implicaciones para la salud pública y la seguridad.

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva una manipulación del régimen fiscal del IVA, es responsable de la pérdida de miles de millones de euros cada año en los ingresos públicos de los Estados miembros, lo que demuestra hasta qué punto la delincuencia organizada perjudica a la economía. "La lucha contra la delincuencia organizada tiene grandes implicaciones para la capacidad de la UE de asegurar una recuperación económica efectiva. A través de una reciente expansión del "mercado negro" y los desarrollos notables en la actividad fraudulenta, los grupos criminales están negando a los gobiernos, las empresas y a los ciudadanos miles de millones de euros cada año en ingresos fiscales, ganancias e ingresos privados. Es necesario tomar medidas más fuertes en la UE para cerrar estas actividades criminales y proteger a nuestra base económica ", dice Rob Wainwright, director de Europol. Internet es también un importante motor de la actividad criminal, permitiendo a los grupos del crimen organizado acceder a un gran número de víctimas, ocultar sus actividades y llevar a cabo una amplia gama de actos criminales en un corto periodo de tiempo y en una escala mucho más grande que nunca . La difusión de Internet y los avances tecnológicos han provocado cambios significativos en las áreas del crimen y el patrón de actividad criminal.

Mientras tanto, otras formas de delincuencia económica, especialmente el fraude, han crecido en escala e impacto. El fraude Missing Trader Intra Comunity (MTIC), que deriva de 5

Boletín UE – Marzo 2013 Más información: Página web de EUROPOL. SOCTA 2013 Metodología SOCTA Guía para Estados Miembros y Terceros – Nuevo Concepto del Análisis de Archivos.

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva El SIS II almacenará información sobre personas y objetos. La información se organizará en alertas, entendiéndose por alerta un conjunto de datos que permitan a las autoridades identificar a personas u objetos con el fin de adoptar las medidas adecuadas. El sistema será utilizado por la policía de fronteras, los funcionarios de aduanas y las autoridades responsables de los visado y el orden público en toda la zona de Schengen. Además de los datos relativos a las personas, así como a los vehículos de motor bajo vigilancia, los datos se almacenan bajo las rúbricas de pérdida, robo o apropiación indebida como:  

2.- Principales resultados del Consejo de Asuntos de Justicia e Interior (JAI) celebrado en Bruselas el 7 y 8 de marzo. Los Asuntos Interiores adoptaron dos decisiones relativas al establecimiento, funcionamiento y utilización del Sistema de Información Schengen de segunda generación (SIS II). Estas decisiones fijan la fecha de aplicación de la Decisión 2007/533/JAI y la regulación 1987/2006 el 9 abril de 2013.

  

vehículos billetes de banco documentos de identidad documentos de identidad en blanco y armas de fuego.

El SIS II hará posible incluir más categorías de objetos:         

cheques tarjetas de crédito bonos acciones participaciones embarcaciones aeronaves contenedores caravanas 6

Boletín UE – Marzo 2013

 

equipo industrial motores.

En la actualidad participan en la cooperación de Schengen 22 Estados miembros, así como los cuatro países asociados no comunitarios Noruega, Islandia, Suiza y Liechtenstein. Pese a no formar parte de la zona Schengen, Irlanda y el Reino Unido aplican algunas de las disposiciones del acervo de Schengen. Las disposiciones de Schengen incluyen normas comunes y obligatorias en materia de visados y asilo, controles en las fronteras exteriores y cooperación policial transfronteriza, por ejemplo en lo referente a la delincuencia organizada relacionada con el tráfico ilícito, las drogas, los coches robados y las personas desaparecidas. El Consejo ha mantenido un debate sobre el estado de juego en la plena aplicación de las disposiciones del Acervo de Schengen en la República de Bulgaria y de Rumanía. La Ministros han escuchado una presentación a cargo de la Comisión sobre su "Conjunto de Medidas de Fronteras Inteligentes", presentada en el 28 de febrero 2013. Este paquete pretende utilizar las nuevas tecnologías para agilizar, facilitar y reforzar procedimientos de control en las fronteras para los extranjeros que viajan a la UE. Además, el Consejo ha sido informado por el Coordinador de Lucha contra el Terrorismo, la Comisión y el Servicio Europeo

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva de Acción Exterior de la situación de seguridad en el Sahel / Magreb y sus implicaciones para la seguridad interior de la UE. Los Ministros de Justicia han mantenido un debate orientativo sobre la propuesta del Reglamento que establece un Marco general de la UE para la protección de datos. Por otra parte, los Ministros han mantenido un primer cambio de impresiones sobre la reciente propuesta de Directiva sobre la protección del euro y otras monedas contra la falsificación, a raíz de su presentación por parte de la Comisión. Por último, los ministros han confirmado el texto transaccional del acuerdo alcanzado con el Parlamento Europeo en relación con el Reglamento relativo al reconocimiento mutuo de medidas de protección en materia civil a petición de la persona en peligro, con el fin de reforzar los derechos de las víctimas. Entre los puntos importantes adoptados sin debate (puntos A) se ha incluido el Reglamento que establece que, por regla general, solo el Diario Oficial de la Unión Europea publicado en forma electrónica es auténtico y produce efectos jurídicos.

Más información: COMUNICADO DE PRENSA Sesión n.º 3207 del Consejo Asuntos de Justicia e Interior, Bruselas, 7 y 8 de marzo de 2013 7

Boletín UE – Marzo 2013

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva Protección de datos

SIS II Sistema de Generación (SIS II)

Información

Schengen

de

Segunda

Textos relativos al Sistema de Información de Schengen (SIS II)

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general deprotección de datos)

Conjunto de Medidas de Fronteras Inteligentes

Falsificación Euro

Propuesta Reglamento por el que se establece un Programa de Viajeros Registrados.

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección penal del euro y otras monedas frente a la falsificación, y por la que se sustituye la Decisión marco 2000/383/JAI del Consejo.

Documento de acompañamiento de la propuesta de Reglamento. Evaluación de impacto de la propuesta de Reglamento. Propuesta de Reglamento Entradas/Salidas (EES) de la UE.

sobre

un Sistema

de

Documento de acompañamiento de la propuesta de Reglamento. Evaluación del impacto de la propuesta de Reglamento. Propuesta de Reglamento que modifica el Reglamento 562/2006 del uso del sistema de entrada y Salida y del Programa de Viajeros Registrados.

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección penal del euro y otras monedas frente a la falsificación, y por la que se sustituye la Decisión marco 2000/383/JAI del Consejo Drogas DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se somete la 4metilanfetamina a medidas de control

3.- La UE señala una cifra de muertos en carretera de las más bajas que se han registrado y da el primer 8

Boletín UE – Marzo 2013

paso hacia una estrategia en materia de lesiones en carretera. El número de muertos en carretera registró en 2012 un descenso de un 9 %. Según los nuevos datos publicados por la Comisión Europea, 2012 ha sido el año en que se ha registrado el menor número de muertos en carretera en los países de la UE desde que se inició la recopilación de datos. Las estadísticas desglosadas por países (véase el cuadro a continuación) ponen de manifiesto que el número de muertos en carretera varía notablemente en toda la UE. Los países que arrojan el menor número de muertos en carretera siguen siendo el Reino Unido, Suecia, los Países Bajos y Dinamarca, con aproximadamente treinta muertos por cada millón de habitantes. En comparación con las decepcionantes cifras de 2011, año en el que la mortalidad en carretera solo descendió un 2 %, la reducción del 9 % registrada en 2012 significa que los Estados miembros han vuelto a la senda que les permitirá alcanzar el objetivo de reducir a la mitad el número de muertos en carretera entre 2010 y 2020. Para lograr dicho objetivo, es necesaria una reducción media de aproximadamente el 7 %. La cifra más preocupante que se desprende de las estadísticas sobre seguridad vial correspondientes al año 2011 es el notable aumento del número de usuarios vulnerables fallecidos tales como peatones, motociclistas y personas de avanzada

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva edad, pese a la disminución global del número de muertos en carretera. Según los datos provisionales correspondientes a 2012, el número de usuarios vulnerables fallecidos descendió notablemente en 2012. Hacia una estrategia relativa a las lesiones: situación actual Por cada persona fallecida en las carreteras europeas se estima que otras diez resultan gravemente heridas y 40 heridas de menor gravedad. Uno de los factores clave que han contribuido al éxito de las medidas adoptadas para reducir la mortalidad en las carreteras es el enfoque basado en los resultados adoptado en las dos estrategias decenales consecutivas en materia de seguridad vial en la UE. Se podrían lograr importantes avances si se aplicara un enfoque similar a los accidentes no mortales que provocan lesiones graves. Lamentablemente, las cifras actuales sobre este tipo de lesiones constituyen estimaciones de carácter general. Las cifras comunicadas son a veces erróneas o subestimadas y no son comparables a escala de la UE. Por ello, la Comisión Europea ha publicado hoy un documento sobre las lesiones graves causadas en accidentes de tráfico en el que esboza los próximos pasos hacia una estrategia global de la UE sobre dicha materia, en particular, una definición común del concepto de lesión grave en accidente de tráfico (aplicable a partir de 2013), unas directrices destinadas a los Estados miembros para mejorar la recopilación de datos relativos a los 9

Boletín UE – Marzo 2013

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva

accidentes graves de tráfico (primera declaración de datos basada en métodos de recopilación comparables en toda la UE y en la nueva definición, 2014) y el principio de adoptar a escala de la UE un objetivo de reducción de las lesiones graves causadas en accidentes de tráfico (por ejemplo, para el período 2015-2020). En 2012, se dio un gran paso adelante con la adopción de un sistema aplicable al conjunto de la UE en materia de definición del concepto de lesión grave en accidente de tráfico. La Comisión Europea ha participado en importantes trabajos con los Estados miembros en el seno del grupo de alto nivel sobre seguridad vial, con el fin de llegar a un acuerdo sobre el uso de la escala de traumatismo MAIS (Maximum Abbreviated Injury Score), a efectos de la definición del concepto de lesión grave en accidente de tráfico.

Más información:

orientaciones políticas sobre seguridad vial 2011-2020 Página de la Comisión Europea sobre Seguridad Vial. Estadísticas sobre mortalidad desglosadas por países 2012 Estado

Hacia

un

espacio

europeo

de

seguridad

vial:

en

2012,

cada millón de

Evolución del número de muertos

habitantes Disminución 1965 2010 2011 2012

anual

2010-

2011-

media2000-

2011

2012

2010 Bélgica

147

77

78

73

-6%

2%

- 12 %

Bulgaria

91

103

89

82

-3%

- 15 %

-8%

150

76

74

71

-5%

-4%

-4%

Dinamarca

212

46

40

32

-6%

- 14 %

- 18 %

Alemania

234

45

49

44

-7%

10 %

- 10 %

Estonia

178

58

75

65

- 10 %

29 %

- 14 %

Irlanda

124

47

41

36

-7%

- 12 %

- 12 %

Checa

Preguntas frecuentes: Hacia una estrategia sobre las lesiones graves causadas en accidentes de tráfico

carretera

Número de muertos por

miembro

República

Vademecum Seguridad Vial: Las tendencias de la seguridad vial, las estadísticas y los retos de la UE 2011-2012.

en

10

Boletín UE – Marzo 2013

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva

Grecia

89

111

101

92

-4%

-9%

- 10 %

Eslovaquia

128

68

60

55

-5%

- 13 %

-9%

España

114

54

45

41

-9%

- 17 %

-9%

Finlandia

230

51

54

48

-5%

7%

- 11 %

Francia

249

62

61

56

-8%

-1%

-8%

Suecia

170

28

34

31

-8%

20 %

-7%

Italia

186

68

64

62

-6%

-6%

-2%

Reino Unido

146

31

31

28

-7%

3%

- 12 %

Chipre

162

73

85

59

-5%

18 %

- 28 %

UE

171

62

60

55

-6%

-2 %

-9%

Letonia

290

97

86

86

- 10 %

- 18 %

-2%

Lituania

250

90

97

100

-9%

-1%

2%

Luxemburgo 250

64

64

65

-8%

3%

3%

Hungría

86

74

64

60

-6%

- 14 %

-5%

Malta

36

36

51

26

-1%

40 %

- 48 %

Países Bajos

202

32

33

32

-7%

2%

-1%

Austria

252

66

62

64

-6%

-5%

4%

Polonia

79

102

109

93

-4%

7%

- 15 %

Portugal

117

79

84

71

-6%

-7%

- 16 %

Rumanía

98

111

94

96

0%

- 15 %

1%

Eslovenia

327

67

69

59

- 7%

2%

- 13 %

4.- Lucha contra el tráfico de armas de fuego: la Comisión propone que se ratifique del Protocolo de las Naciones Unidas y otras medidas. La UE está dispuesta a ratificar el Protocolo de las Naciones Unidas sobre las armas de fuego tras la adopción de nuevas normas sobre la venta, posesión y traslados de armas de fuego dentro y fuera de Europa. La Comisión Europea presenta una propuesta en este sentido y señala la necesidad de nuevas medidas. La finalidad del Protocolo de las Naciones Unidas sobre las armas de fuego es reforzar la cooperación contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas ligeras, tales como los revólveres y las pistolas. Este comercio genera alrededor de 180 millones de euros al año en beneficio de la delincuencia organizada en todo el mundo. 11

Boletín UE – Marzo 2013

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva

El texto del Protocolo consta de disposiciones con los objetivos siguientes:

Preguntas frecuentes: El Protocolo de control de armas de la ONU y la UE.

Mantener registros detallados sobre la importación, la exportación y los movimientos en tránsito de las armas de fuego.  Adoptar un sistema internacional de marcado de las armas de fuego en el momento de fabricarlas y cada vez que se importen.  Establecer un sistema armonizado de autorización que regule la importación, la exportación, el tránsito y la reexportación de armas de fuego.  Prevenir el robo, la pérdida o el desvío de armas de fuego mediante el refuerzo de los controles de la exportación, los puntos de exportación y las fronteras.  Intercambiar información sobre los fabricantes autorizados, los distribuidores, los importadores y los exportadores, las rutas utilizadas por los traficantes ilegales y las mejores prácticas de la lucha contra el tráfico con el fin de reforzar la capacidad de los Estados miembros de prevenir, detectar e investigar el tráfico ilícito de armas de fuego.

Directiva 2008/51/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008 , por la que se modifica la Directiva 91/477/CEE del Consejo sobre el control de la adquisición y tenencia de armas



Más información: Protocolo de las Naciones Unidas sobre armas de fuego.

El Reglamento 258/2012 establece los requisitos aplicables a las exportaciones, las importaciones y las licencias de tránsito y facilita el seguimiento de las armas. Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional

5.- Alcanzado un acuerdo en el Consejo sobre medidas de control aduanero de mercancías falsificadas o pirateadas Los ministros reunidos en el Consejo de asuntos generales acordaron reforzar las condiciones de actuación de las autoridades aduaneras en relación a la protección de los 12

Boletín UE – Marzo 2013 derechos de protección intelectual. Entre otras medidas, el borrador de reglamento acordado prevé un procedimiento simplificado que facilite la destrucción de los productos falsificados y pirateados incautados por las autoridades aduaneras. El nuevo reglamento permitirá a las autoridades aduaneras tomar con mayor facilidad y rapidez determinadas medidas en relación con las mercancías falsificadas o pirateadas. Introduce un procedimiento simplificado por el cual será posible destruir estas mercancías abandonadas sin necesidad de iniciar un procedimiento formal. Las mercancías falsificadas podrán ser destruidas presumiendo el acuerdo del propietario si éste no se ha opuesto expresamente a su destrucción. En el caso de los pequeños envíos se aplicará un procedimiento específico que permitirá que las mercancías que hayan sido incautadas sean destruidas sin el consentimiento del titular del derecho. En cualquier caso, las medidas previstas en la nueva reglamentación no serán aplicables al equipaje personal de los viajeros. Estas nuevas normas el ámbito de actuación aduanera se extenderán también a otros tipos de infracciones de los derechos de propiedad intelectual que no se encuentran cubiertos por las normas actuales, como es el caso de los nombres comerciales y ciertos modelos y diseños protegidos. Todas estas medidas contribuirán a mejorar la protección de los titulares de estos derechos, así como la protección de los

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva consumidores asegurando la seguridad y calidad de los productos comercializados en el ámbito del mercado único.

Más información: Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la aplicación aduanera de los derechos de propiedad intelectual

6.- El Consejo aprueba el acuerdo informal sobre mutuo reconocimiento de las medidas de protección en asuntos civiles. El acuerdo político alcanzado por el Consejo y los negociadores del Parlamento Europeo ha sido adoptado formalmente por el Consejo el 8 de marzo. El Reglamento se aplicará a las medidas de protección ordenadas con el fin de proteger a una persona cuando existan motivos fundados para considerar que la vida de esa persona, la integridad física o psicológica, la libertad personal, la seguridad o su integridad sexual está en riesgo en toda la Unión Europea.

13

Boletín UE – Marzo 2013 El Consejo ha aprobado el acuerdo informal alcanzado el 20 de febrero con el Parlamento Europeo sobre un reglamento para el reconocimiento mutuo de las medidas de protección adoptadas en materia civil por solicitud de una persona que corra un riesgo. El Parlamento Europeo procederá a una votación en el pleno sobre la propuesta en algunas semanas y el Consejo adoptará la propuesta poco después de la votación del Parlamento Europeo. El Reino Unido e Irlanda han decidido participar en la aplicación y en la adopción de este instrumento. Dinamarca no estará vinculada por la misma ni sujeta a su aplicación. El Consejo ha subrayado que este reglamento se aplicará a todas las víctimas, independientemente de que sean víctimas de la violencia de género. De hecho, el Reglamento se aplicará a las medidas de protección ordenadas con el fin de proteger a una persona cuando existan motivos fundados para considerar que la vida de esa persona, la integridad física o psicológica, la libertad personal, la seguridad o su integridad sexual está en riesgo, por ejemplo en cuanto a prevenir toda forma de violencia basada en el género y la violencia en las relaciones íntimas, como la violencia física, el acoso, la agresión sexual, la intimidación u otras formas de coacción indirecta. Esta propuesta forma parte de un paquete legislativo que tiene por objeto reforzar la protección de las víctimas en la UE y también incluye una directiva en cuanto a las normas mínimas sobre derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva delitos (Directiva recientemente.

2012/29/EU),

que

ha

sido

adoptada

Más información: Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al reconocimiento mutuo de medidas de protección en materia civil. DIRECTIVA 2012/29/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 25 de octubre de 2012 por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos

7.- Los eurodiputados piden a la Comisión que tome medidas para evitar el amaño de partidos de fútbol. El Parlamento Europeo ha aprobado una resolución que pide a la Comisión Europea su actuación para evitar el amaño de partidos en las principales ligas de fútbol europeas. También pide que colabore con terceros países que tradicionalmente han supuesto un refugio para algunas organizaciones criminales que operan en este sector. El objetivo es, según los eurodiputados,

14

Boletín UE – Marzo 2013 combatir el crimen organizado relacionado con las apuestas deportivas y el amaño de partidos. Los eurodiputados han aprobado en sesión plenaria una resolución que manifiesta la necesidad de que todos los actores que rodean el mundo del fútbol se involucren de forma activa en la lucha contra la manipulación de partidos. Federaciones deportivas nacionales e internacionales, autoridades nacionales de los Estados miembros, fuerzas y cuerpos de seguridad nacionales, autoridades judiciales y casas de apuestas deben trabajar de forma coordinada para luchar contra la corrupción en el deporte, a través del intercambio de información y de la cooperación. Recientemente Europol anunciaba su investigación sobre una presunta extensa red criminal envuelta en el arreglo de partidos de fútbol. Asimismo, el texto pide a la Comisión Europea que asuma el liderazgo de armonizar la legislación europea en este sentido, mediante la introducción de una definición común del concepto "amaño de partidos". Además, los Estados miembros deben tomar medidas contra las apuestas ilegales y las páginas web de apuestas deportivas anónimas. Los eurodiputados también han propuesto la introducción de un código de buena conducta para jugadores, árbitros y personal técnico, elaborar programas de educación a nivel nacional, así como la preparación de recomendaciones para evitar y combatir el arreglo de partidos, que deberían estar listas el próximo año.

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva

Más información: Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de marzo de 2013, sobre el amaño de partidos y la corrupción en el deporte

8.- La Comisión Europea amplía el ámbito de aplicación de su análisis de los sistemas judiciales de los Estados miembros La Comisión Europea ha dado hoy a conocer una nueva herramienta de comparación para fomentar unos sistemas judiciales eficaces en la Unión Europea y reforzar de esta manera el crecimiento económico. Los «Indicadores Europeos de la Justicia» proporcionarán datos objetivos, fidedignos y comparables sobre el funcionamiento de los sistemas judiciales en los 27 Estados miembros de la UE. La mejora de la calidad, la 15

Boletín UE – Marzo 2013 independencia y la eficacia de los sistemas judiciales ya forma parte del proceso de coordinación de las políticas económicas de la UE en el marco del Semestre Europeo, cuyo objetivo es sentar las bases de una recuperación del crecimiento y la creación de empleo.

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva las empresas puedan esperar al hacer valer sus derechos al amparo de la normativa de la UE.

Los Indicadores de la Justicia de 2013 se centran en los parámetros de un sistema judicial que contribuya a la mejora del entorno empresarial y el clima de inversión. En especial, examina los indicadores de eficacia en materia de asuntos civiles Unos sistemas judiciales eficaces son cruciales para el y mercantiles pertinentes para la resolución de conflictos crecimiento: la confianza en el pleno ejercicio del Estado de comerciales. También contempla los tribunales administrativos, derecho se traduce en certidumbre para invertir en la economía. porque Puesto que los órganos Ilustración 1 Independencia Judicial desempeñan jurisdiccionales nacionales desempeñan una función un papel primordial en importante en el entorno la primacía del Derecho empresarial, por de la UE, la eficacia de los sistemas judiciales ejemplo, por lo que se refiere a nacionales también es la obtención de fundamental para su aplicación efectiva. Por licencias o a los lo tanto, las deficiencias litigios con las autoridades de los sistemas judiciales fiscales o con los nacionales no son solo un problema para el organismos Estado miembro de que reguladores nacionales. se trate, sino que también pueden afectar al funcionamiento del mercado único de la UE y a la aplicación de los instrumentos de Las principales conclusiones de estos primeros Indicadores son la UE basados en la cooperación y el reconocimiento recíprocos, las siguientes: además de poner en peligro la protección que los ciudadanos y

16

Boletín UE – Marzo 2013 La duración de los procedimientos judiciales varía considerablemente según los Estados miembros de la UE y, en un tercio de ellos, esos procedimientos duran más del doble que en la mayoría de los Estados miembros. Los problemas se pueden agravar cuando unos índices bajos de resolución de asuntos pueden dar lugar a un aumento del número de asuntos pendientes.

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El seguimiento y la evaluación contribuyen a mejorar la rapidez y la calidad de la justicia. Aunque la mayoría de los Estados miembros dispone de un sistema global de supervisión, varios se han quedado a la zaga.

Indicadores Europeos de la Justicia de 2013 / Fichas por países — datos recogidos por la CEPEJ en los Estados miembros. Preguntas frecuentes sobre los Marcadores de Justicia.



Métodos alternativos de resolución de conflictos, tales como la mediación, reducen la carga de trabajo de los tribunales y se deberían utilizar más ampliamente. 

La imagen de la independencia de los sistemas judiciales nacionales varía también considerablemente. Aunque varios Estados miembros se cuentan entre los diez primeros países del mundo en cuanto a la imagen de la independencia judicial, la imagen que se hacen de la independencia las empresas usuarias finales del sistema judicial es más bien negativa en algunos Estados miembros. 

Más información:

9.- Europol: El eje de la UE para apoyar la cooperación y la formación policiales. La Comisión ha propuesto medidas para que la Agencia policial de la UE (Europol) sea más eficaz en la recopilación de información, su análisis y el intercambio de dichos análisis con los Estados miembros. Ello permitirá que Europol proporcione un apoyo más concreto y específico a los cuerpos de seguridad nacionales en la cooperación transfronteriza y en sus investigaciones. Simultáneamente, la propuesta aumenta la responsabilización de Europol ante el Parlamento Europeo y los parlamentos nacionales, y refuerza la protección de los datos personales. El nuevo Reglamento también refuerza la relación entre la formación y el apoyo a la cooperación operativa mediante la fusión de la Escuela Europea de Policía (CEPOL) con Europol y responsabilizando a Europol de la formación conjunta y los programas de intercambio de personal destinados a la policía y otras fuerzas con funciones coercitivas. 17

Boletín UE – Marzo 2013 La Comisión propone impulsar el papel de Europol como Agencia Europea de Policía de las siguientes maneras: Para que Europol llegue a ser realmente el centro de operaciones de la UE para el intercambio y el análisis de información sobre delitos graves, el Reglamento refuerza y precisa la obligación de que los Estados miembros suministren datos a Europol. También está previsto el apoyo financiero específico a las investigaciones. Europol informará anualmente sobre la cantidad y la calidad de la información suministrada por los Estados miembros. 

Para que Europol pueda mejorar la relación entre los datos ya en su posesión y, posteriormente, analizarlos, se rediseñará la estructura de tratamiento de datos de la Agencia. El Supervisor Europeo de Protección de Datos será el responsable de la supervisión externa de la protección de datos de Europol, y se verán reforzados los derechos de las personas afectadas por el tratamiento de datos por parte de la Agencia. 

El Reglamento fusiona Europol y CEPOL en un solo organismo que estará ubicado en la sede de Europol en La Haya (Países Bajos), con el fin de obtener sinergias y mejoras de eficiencia. La combinación de los conocimientos técnicos sobre cooperación policial operativa de Europol con la experiencia en formación y educación de CEPOL reforzará los vínculos entre los dos sectores. Se evitará la duplicación de funciones de apoyo en las dos agencias y el ahorro resultante se reinvertirá en cursos de formación. Ello es también fruto del acuerdo interinstitucional del año pasado sobre agencias

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva descentralizadas. El denominado «Planteamiento Común» aspira a mejorar la coherencia, eficacia, responsabilización y transparencia de todas estas agencias, incluso buscando sinergias y fusionando agencias, en su caso.  Por último, para incrementar el control parlamentario de Europol, el Parlamento Europeo y los parlamentos nacionales serán consultados acerca del programa de trabajo plurianual estratégico de Europol. Tanto el Parlamento Europeo como los parlamentos nacionales recibirán información a través de los informes anuales de actividad y las cuentas finales de cada año, así como evaluaciones de las amenazas, análisis estratégicos e informes de situación generales.

Más información: Propuesta de Reglamento relativo a la Agencia Europea para la Cooperación Policial y Formación (Europol)



Comunicación sobre la ejecución del Plan de Formación de Derecho Europeo.

10.- La UE refuerza su respuesta para combatir el blanqueo de dinero y el tráfico de drogas en África Occidental. 18

Boletín UE – Marzo 2013 La Unión Europea ha puesto en marcha un nuevo proyecto que contribuirá a la lucha contra el blanqueo de dinero en Ghana, Nigeria, Senegal y Cabo Verde. El proyecto ayudará a las agencias del orden público a investigar mejor el blanqueo de dinero y por lo tanto a luchar contra el crimen organizado. Al mismo tiempo, aumentará la cooperación regional entre los países que forman parte de la "ruta de la cocaína", es decir, la ruta utilizada por los cárteles de la droga de América del Sur para enviar drogas hacia Europa. El proyecto contra el blanqueo de dinero asciende al valor de € 1,8 millones y está financiado por el Instrumento de Estabilidad y parte del "Programa de cocaína ruta". El objetivo del programa es mejorar la eficacia de la aplicación de la ley y los servicios judiciales de los países socios en la lucha contra las redes criminales internacionales, con pleno respeto a los derechos humanos. El “Programa de ruta de la cocaína” comenzó en 2009, con actividades que abarcan 36 países, de los cuales la mitad están en África (principalmente de África Occidental), cinco se encuentran en el Caribe y el resto se encuentran en América del Sur y Central.

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva transfronterizas, como la delincuencia organizada. Además, las agencias de la ley a menudo carecen de la capacidad y el acceso a la información.

Más información: Sitio Web del Programa de ruta de la cocaína. Sitio Web del Grupo de Acción Intergubernamental contra el Lavado de Dinero en África Occidental (GIABA).

11.- La revisión de la Política Europea de Vecindad arroja resultados desiguales.

Es especialmente difícil de combatir la delincuencia organizada e investigar blanqueo de dinero en África occidental. En la actualidad, la región sufre de una falta de regulación del sector no financiero, que desempeña un papel importante en el lavado de activos en economías basadas en el efectivo. También existe una cooperación insuficiente en la actualidad entre los países de la región, lo cual es crucial para hacer frente a las amenazas 19

Boletín UE – Marzo 2013 Al cabo de dos años, los resultados de la aplicación de la nueva Política Europea de Vecindad son alentadores, pero los avances hacia las reformas y la democracia siguen siendo desiguales. La Política Europea de Vecindad (PEV) ofrece a 16 de los países situados al este y el sur de la UE la posibilidad de estrechar sus relaciones con ella. Gracias a la PEV, estos países se benefician de un incremento de los intercambios comerciales y de mayores facilidades en los viajes con destino u origen en la UE, y además reciben asistencia para aplicar las reformas. El objetivo es fomentar la prosperidad, estabilidad y seguridad en el Mediterráneo y el este de Europa. En 2011 esta política se relanzó para hacer más hincapié en el apoyo a la democracia y el crecimiento económico. El primer informe desde entonces —PEV: hacia una asociación reforzada — pone de relieve importantes logros en ámbitos como el comercio y los viajes, pero señala avances desiguales por lo que respecta a las reformas políticas y democráticas. Los vecinos del sur se encuentran en fases diferentes de reforma democrática: Tres países han celebrado elecciones democráticas. Los grupos de base locales han cobrado más voz.  Subsisten las dudas sobre la libertad de reunión, asociación y expresión, incluida la libertad de prensa.  Las reformas constitucionales se introducen con lentitud.  

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva Los vecinos del este siguen caminos muy distintos. Algunos de ellos han seguido adelante con las reformas y han celebrado elecciones que, por lo general, cumplen con las normas internacionales. En otros, sin embargo, las elecciones no han respetado dichas normas. Se ha avanzado en el comercio, con nuevos acuerdos en fase de debate con Moldavia, Armenia, Georgia y Azerbaiyán, y también están en marcha los preparativos para las negociaciones con Marruecos, Túnez y Jordania. Por otra parte, en 2012 se produjeron avances significativos hacia la supresión de visados entre la UE y Europa Oriental. En varios países se han puesto en marcha planes de acción, mientras que, en Armenia, el 10 de enero de 2013 empezó a aplicarse la exención de visados para los ciudadanos de la UE. La dotación de la Política Europea de Vecindad para 2007-2013 asciende a 12.000 millones de euros, y a pesar de la actual crisis económica, en 2012 aumentaron las subvenciones y los préstamos a las regiones. Además de apoyar las reformas políticas, este dinero contribuye a mejorar la calidad de vida a través de soluciones prácticas. Los proyectos llevados a cabo han mejorado la seguridad vial y el transporte público, han apoyado la gestión del agua, han financiado estudios en el extranjero y han introducido energías renovables.

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Pese a todo, los resultados de la última encuesta Barómetro de Vecindad de la UE señalan que muchos de los ciudadanos de estos países no están al tanto de las actividades de la UE, aunque en general consideran positivas las relaciones de su país con la UE. Más información: Política Europea de Vecindad. Política Europea de Vecindad en 2012: empeño constante en una cooperación más intensa con los países vecinos a pesar de las turbulentas condiciones políticas y económicas

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DOCUMENTACIÓN REMITIDA POR ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA A ESTE CENTRO DE ANÁLISIS Y PROSPECTIVA

1.- El creciente mercado de las drogas ilícitas en la UE muestra el impacto de la crisis. De acuerdo con las conclusiones de un estudio publicado por la Comisión Europea, se espera que la crisis económica tenga una gran repercusión en el mercado de las drogas, por ejemplo, mediante el aumento de la demanda de drogas ilícitas. Dicho estudio revela que se espera un aumento del número de jóvenes que vendan o incluso produzcan drogas —especialmente cannabis cultivado en casa— para ganar dinero. Pero es probable que la crisis económica provoque también recortes en los presupuestos dedicados a la política relativa a las drogas, en particular en lo que se refiere al tratamiento y a las medidas para reducir los daños. Según el «Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías», las nuevas sustancias psicotrópicas constituyen un problema cada vez mayor. En 2011, se notificaron oficialmente por primera vez un total de 49 nuevas sustancias psicotrópicas, a través del sistema de alerta temprana de la UE. Ello representa el mayor número de

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva sustancias notificadas nunca en un solo año, por encima de las 41 notificadas en 2010 y de las 24 notificadas en 2009. Y los datos preliminares de 2012 no apuntan a una disminución, con más de 50 sustancias ya detectadas. Aunque el uso de las «drogas tradicionales» como la cocaína, la heroína y éxtasis, es, en general, estable, nuevas drogas están abasteciendo el mercado de drogas ilícitas, ya que los traficantes se aprovechan de la falta de regulación, a escala internacional, de las sustancias químicas. Estas drogas están cada vez más accesibles a través de Internet y se han propagado rápidamente en muchos de los Estados miembros, que tienen dificultades a la hora de evitar su venta. Cada vez aparecen más drogas nuevas en el mercado. A lo largo de los dos últimos años, cada semana ha surgido una nueva sustancia. Los Estados miembros no pueden impedir por sí solos la difusión de las drogas: la represión a nivel nacional obligaría simplemente a los delincuentes a desplazar la producción a los países vecinos o a cambiar las rutas del tráfico. En enero, la Comisión propuso una prohibición en toda la UE de la sustancia de tipo anfetamínico «4-MA», tras haber conseguido prohibir la mefedrona, una droga similar al éxtasis, en 2010. El 25 de octubre de 2011, la Comisión Europea anunció la revisión de la normativa de la UE de lucha contra las drogas ilícitas, en particular contra las nuevas sustancias psicoactivas, que imitan a los efectos de drogas peligrosas como éxtasis o cocaína y son

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un problema cada vez mayor. Está previsto presentar una propuesta legislativa al respecto en 2013. El estudio ofrece también información sobre el impacto en la oferta de drogas de las políticas contra el consumo de las mismas y sobre las operaciones del mercado de la UE de las drogas ilícitas, indicando que Internet es cada vez más importante para la distribución de drogas. También proporciona un análisis detallado del volumen del comercio de determinadas drogas ilícitas y evalúa el beneficio que generan. Estima el tamaño del mercado de cannabis de la EU, la droga más utilizada por los ciudadanos europeos, entre los 7 000 y los 10 000 millones EUR en 2010. Los consumidores intensivos son una pequeña fracción de los consumidores de cannabis (entre el 5 % y el 25 %, dependiendo del país), pero son responsables de la mayor parte de la cantidad total de cannabis consumida anualmente (entre un 55 % y el 77 %). El estudio también confirma que la observancia de las leyes contra la producción y la distribución de cannabis aumenta considerablemente el precio de esta droga. Esto se debe a que los productores y los traficantes exigen una compensación por su riesgo de detención, encarcelamiento, incautación y heridas graves, así como de los costes que conlleva la necesidad de operar en la sombra.

2.- El papel de la UE en la promoción de una amplia asociación Transatlántica. La Unión Europea debería promover una nueva asociación transatlántica que abarcara América del Norte y del Sur. Esta cooperación es necesaria no sólo para responder a desafíos competitivos de países como China e India, sino también para ayudar a desarrollar nuevos mercados en África y promover alianzas sólidas a través del Atlántico Sur. Más importante, una nueva asociación transatlántica sería esencial para proteger la seguridad de la cuenca del Atlántico, para desarrollar un uso 23

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más sostenible de los recursos energéticos, para proteger el medio ambiente, luchar contra el tráfico de drogas y la trata de personas y para hacer frente al problema de la inmigración ilegal. El Parlamento Europeo tiene un papel único que desempeñar en el fomento de una comunidad Atlántica más inclusiva. Puede ayudar a romper patrones tradicionales de norte-sur, se puede aumentar la capacidad de las organizaciones regionales de América Latina, puede fomentar el liderazgo dentro de la comunidad latinoamericana y puede fomentar la democracia y la sociedad civil a través del Atlántico Sur. Además, la Comisión Europea puede ayudar a aprovechar la larga experiencia de la Unión Europea en la negociación colectiva, la toma de decisiones, la representación democrática multinacional, intercambio de información y las mejores prácticas compartidas para sentar las bases de una cooperación más eficaz en todos los niveles de gobierno a través de la región del Atlántico.

3.- La organización y funcionamiento del Servicio Europeo de Acción Exterior. Logros, retos y oportunidades. La organización y el funcionamiento del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) ha reunido retos y oportunidades para su mejora. Estos temas se analizan desde una perspectiva interna y externa, que abarca tanto el SEAE en la sede en Bruselas como los acuerdos bilaterales y multilaterales de las delegaciones de la Unión.

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Boletín UE – Marzo 2013 El nuevo sistema institucional ha creado oportunidades y mecanismos de trabajo que tienen como objetivo fomentar la coherencia, eficacia y continuidad en la acción exterior de la UE. Hay ejemplos que muestran una evolución positiva, pero también desafíos. El SEAE ha de utilizar su mandato para convertirse en el actor principal diplomático en la acción exterior de la UE para fomentar el intercambio recíproco de información, cooperación y coordinación entre las autoridades nacionales y de la UE y proponiendo nuevas ideas políticas y la promoción de una acción exterior coherente en todos los ámbitos políticos. Tres pasos clave son necesarias para alcanzar este objetivo: (i) un nuevo 'acuerdo "entre la Comisión y el SEAE, (ii) mayor apoyo de los Estados miembros al SEAE y (iii) abandonar la neutralidad presupuestaria en favor de un enfoque más realista de eficiencia presupuestaria.

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4.- La práctica religiosa y la observancia de la Estados miembros de la UE Este estudio analiza la relación entre la libertad de religión y de otros derechos fundamentales en la Unión Europea, la Convención Europea sobre Derechos Humanos, así como en las constituciones de los Estados miembros mediante el examen de la jurisprudencia pertinente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y los tribunales constitucionales o supremos estatales. El estudio pondrá de relieve las fuentes actuales de conflicto, subraya las mejores prácticas y formular recomendaciones para fomentar tanto la práctica religiosa y la observancia y el respeto de los derechos humanos.

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5.- El impacto de las resoluciones y otras actividades del Parlamento Europeo en el campo de los Derechos Humanos fuera de la UE. El Parlamento Europeo es visto como la institución más abierta y basada en principios de la UE dentro de la esfera de los derechos humanos. Sin embargo, la investigación empírica que se ha centrado en Bielorrusia, China, Cuba, Egipto, Sri Lanka y Zimbabwe sugiere que la traducción de esta visibilidad en resultados tangibles - la protección de las personas y organizaciones e influir en políticas de terceros países que violan los derechos humanos - sigue siendo un objetivo difícil de alcanzar. Son muchos los factores que determinan el impacto del Parlamento en materia de derechos humanos ya que son externos al Parlamento y están fuera de su control. Otros, sin embargo, se derivan de la falta de coordinación entre el Parlamento y el Servicio Europeo de Acción Exterior. Dentro del Parlamento, los factores que pueden influir en el impacto de la organización incluye el nivel de coherencia y la coordinación de actividades. Para reforzar su eficacia, el Parlamento Europeo debería hacer las modificaciones siguientes: fortalecer los contactos con la sociedad civil en terceros países para reforzar la posición de la institución como un partidario de los derechos humanos, aumentar su coherencia interna y la coordinación a través de diferentes instrumentos y explotar las facultades conferidas por el Tratado de Lisboa para promover una eficaz estrategia común de la UE sobre derechos humanos.

6.- Presentación de los programas de trabajo de 2012 y 2013 de la Agencia para la gestión operativa de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y la justicia. La Agencia Europea para la gestión operativa de gran magnitud en el área de la libertad, la seguridad y la justicia contribuirá al mantenimiento de la seguridad de las fronteras exteriores, a partir de la cooperación policial y la aplicación de la visa europea y la política de asilo, garantizando la gestión operativa y la continuidad de las operaciones de una serie de información a gran escala de sistemas en el espacio de libertad, seguridad y justicia.

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Boletín UE – Marzo 2013 La misión principal de la Agencia será el de cumplir con las tareas de gestión operativa para la Segunda Generación de Información de Schengen (SIS II), el Sistema de Información de Visados (VIS) y EURODAC. A nivel operativo, la tarea principal será la de asegurar que estos sistemas funcionan 24 horas al día, siete días a la semana. La Agencia se encargará de llevar a cabo una serie de tareas adicionales relacionadas con los sistemas de TI bajo su responsabilidad, en particular, en las áreas de seguridad, protección de datos, monitoreo, reporte y publicación de estadísticas, formación e información y comunicación.

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7.- Resultados del grupo de expertos sobre la seguridad y resistencia de las redes de comunicaciones y sistemas de información para las redes inteligentes. En décadas recientes, la aplicación y el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en las infraestructuras críticas, como los sistemas de agua potable, redes de energía, financieros e infraestructuras de comunicación ha aumentado enormemente. Estos sistemas han abierto una cantidad imprevista de oportunidades. La creciente dependencia de las TIC también significa que se han generado nuevas amenazas. Las amenazas a las TIC, intencionales y no intencionales son un hecho y siguen creciendo. La alteración o destrucción de las redes de electricidad tendrían un grave impacto en las funciones económicas y sociales. Con el fin de mantener las infraestructuras resistentes se debe invertir en arquitecturas seguras y resistentes. 

Summary Report



WP 1.1 Identification and Categorisation



WP 1.2 Threat Analysis



WP 1.3 Countermeasure Taxonomy



WP 1.4 High Level Risk Assessment Methodology



WP 2.1 Security Requirements 27

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WP 2.2 Security measures

WP 2.3 Research Smart Grid Communication Protocols and Infrastructures 



WP 2.4 (Public) Procurement



WP 4.2 Stakeholder Awareness on (data)security

WP 4.3 Skilled Cybersecurity Personnel in the Energy Industry 



Work Programme

8.- PROYECTO DE INFORME sobre la dimensión marítima de la política común de seguridad y defensa. Considerando que los Estados miembros de la UE son responsables de controlar más de 90 000 kilómetros de costa, lindantes con dos océanos y cuatro mares, además de territorios de ultramar e instalaciones de seguridad nacionales repartidas por otros océanos. El 90 % del comercio exterior y el 40 % del comercio interior de la UE se realiza por mar; que la UE es el ente territorial con más armadores marítimos en el mundo y que el 30 % de los buques y el 35 % de las toneladas de registro brutas mundiales las fletan armadores europeos, eso es, el 55 % de los buques de

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva contenedores y el 35 % de los buques cisterna, lo que representa el 42 % en valor de los transportes marítimos mundiales. Los conflictos y la inseguridad en el mar, y en esferas con relevancia para los intereses comunitarios, como el tráfico marítimo abierto o el acceso en condiciones seguras, requieren un análisis más preciso de la relación existente entre la seguridad de las personas, la gobernanza estatal y las cuestiones de desarrollo, y que PE504.129v01-00 6/17 PR\924958ES.doc ES deben ser una inquietud básica de la Estrategia Europea de Seguridad de la UE, y de cualesquiera planes que se desarrollen en su marco; que los cometidos de la EESM deberían abarcar la coordinación entre las diferentes iniciativas de la UE, sus agencias y sus instrumentos con miras a abordar las causas de la inseguridad y ayudar a resolver los conflictos, garantizar la paz y atender necesidades estructurales estatales en materia de gobernanza y desarrollo, incluida la reforma del sector de seguridad, el suministro de energía, la seguridad en el mar y otras vías comerciales y de transporte, la protección de la pesca y del medio ambiente y el impacto sobre el cambio climático.

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9.- Supervisor Europeo de Protección de Datos – Paquete de reformas de protección de datos. Comentarios del Supervisor Europeo de Protección de datos al paquete de reformas de Protección de datos presentado por la Comisión.

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva las Naciones Unidas; subraya que la UE debe asumir su responsabilidad de actuar como proveedora de seguridad en Europa, en sus países vecinos y el todo el mundo. Este informe sugiere:  Mejora de la capacidad de la UE para planificar y dirigir operaciones militares.  Fomento de las unidades tácticas de la UE: instrumento de reacción rápida de la UE.  Creación de estructuras y capacidades para hacer frente a los principales fallos de capacidad.  Aumento de la coherencia en las estructuras multinacionales permanentes de los Estados miembros.  Fortalecimiento de la dimensión europea en el ámbito de la educación, la formación y los ejercicios.  Aumento de las ventajas de la cooperación UE-OTAN.  La PSDC debe avanzar a un nuevo nivel.

10.- PROYECTO DE INFORME sobre las estructuras militares de la UE: situación y perspectivas futuras. Constata con creciente urgencia la insuficiente capacidad con la que cuenta la UE para responder de manera oportuna y eficaz a las crisis internacionales, a pesar de su compromiso permanente de preservar la paz, prevenir conflictos y reforzar la seguridad internacional, de conformidad con los principios de la Carta de 29

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11.- Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la aplicación del mecanismo de Schengen (2004-2006). El mecanismo de Schengen fue un instrumento temporal destinado a ayudar a los Estados miembros beneficiarios a financiar medidas en las nuevas fronteras exteriores de la UE para aplicar el acervo de Schengen y el control de las fronteras exteriores. Abarcó el período 2004-2006 y su presupuesto total ascendió a 961 453 271 EUR. Los Estados miembros beneficiarios fueron siete de los países que se adhirieron a la Unión Europea en 2004: Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia, República Eslovaca y Eslovenia. Los otros tres países adheridos no participaron en el mecanismo de Schengen: la República Checa no tiene frontera terrestre exterior, Malta cubrió los mismos ámbitos de actuación mediante el mecanismo de transición y, en ese momento, Chipre aún no estaba preparado para iniciar el proceso de evaluación para ingresar en el espacio Schengen. El mecanismo de Schengen ayudó a los beneficiarios a mantener sus esfuerzos y estrategias previos para modernizar su gestión de las fronteras con el fin de sumarse al espacio Schengen. Se estableció en virtud del artículo 35 y el Anexo I del Acta de Adhesión y su objetivo final era ayudar a la adhesión de los países al espacio Schengen.

12.- Sahel / Magreb (crisis en Malí, In Amenas) implicaciones para la seguridad interior de la UE: resumen ejecutivo La crisis en Malí y el ataque terrorista contra las instalaciones de gas In Amenas (Argelia) han demostrado que nos enfrentamos a una seria amenaza terrorista en el Sahel / Magreb, tanto para los ciudadanos de la UE y los intereses de la región y potencialmente en Europa. Un análisis de la amenaza, la respuesta de la UE y propuestas de medidas adicionales se recogen en el documento 6752/13 y 6752 13 / COR 1. El documento actual resume ellos.

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Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva Internet se ha convertido en un lugar perfecto para el mercado virtual donde la gente puede comprar casi todo tipo de productos sin la excepción de productos ilícitos como drogas, armas o falsificaciones. Estos bienes son entonces entregados físicamente y transportado en violación de las leyes de la UE y las leyes aduaneras nacionales. Teniendo en cuenta la naturaleza global de Internet, no hay crimen sin fronteras como es el crimen cibernético. Esto hace que sea esencial que las autoridades del orden público, incluidas las aduanas adopten un enfoque coordinado y de colaboración a través de las fronteras, junto con los actores públicos y privados.

13.- Proyecto de informe de la Acción 5.2 "Examinar las técnicas de trabajo de investigación aplicadas por las aduanas y otras autoridades para luchar contra delitos conexos, incluida la delincuencia organizada, a través de la Internet, y explorar la situación actual con respecto a la existencia de Unidades de Aduanas especializadas en Internet ". Aduanas es la autoridad principal para el control de fronteras y la lucha contra el comercio ilegal de bienes en las fronteras exteriores de la UE y ha contribuido dentro de sus competencias en la lucha contra la comercio ilícito de mercancías dentro del territorio aduanero de la UE. Sin embargo, junto con la creciente informatización de la sociedad también el comercio se ha movido cada vez más hacia el espacio virtual.

13.- FRA: Hacer visibles los crímenes por odio en la Unión Europea. 31

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La discriminación y la intolerancia persisten en la Unión Europea (UE), a pesar de los mejores esfuerzos de los Estados Miembros para erradicarla, tal y como muestra la investigación de FRA (Agencia Europea para los Derechos Fundamentales). El abuso verbal, las agresiones físicas y los asesinatos motivados por prejuicios de la sociedad de la UE en toda su diversidad, desde las minorías visibles a las personas con discapacidad. Los que cometen tales "crímenes de odio" - un término inexacto para esta inquietante realidad - proceden de toda la sociedad y sus crímenes causar un daño incalculable a las víctimas, las familias y la sociedad en su conjunto, por lo que es cada vez más urgente estudiar la mejor manera de responder. Este informe de la FRA está diseñado para ayudar a la UE y a sus Estados miembros a hacer frente a estas violaciones de derechos fundamentales, al hacerlas más visibles y para llevar a los responsables a rendir cuentas. Se trata de alentar a las víctimas y testigos a denunciar estos crímenes y aumentar su confianza en la capacidad del sistema de justicia penal para hacer frente a ellos con decisión y eficacia

Más información: Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de marzo de 2013, sobre el refuerzo de la lucha contra el racismo, la xenofobia y los delitos motivados por el odio FRA: Agencia Europea para los Derechos Fundamentales.

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14.- Corrupción y Derechos Humanos en terceros países. Se define como el abuso de la confianza pública en beneficio propio, la corrupción está presente en todos los países. Los participantes de este taller discutieron diversas formas en que la corrupción está vinculada a violaciones de derechos humanos y examina los retos específicos de cada país, tales como Sudáfrica, Angola y Rusia. Las recomendaciones para la UE incluyen el apoyo a activistas de la sociedad civil con mayor eficacia, el desarrollo de normas internacionales para la independencia de los órganos de lucha contra la corrupción, el establecimiento de un Relator Especial de la ONU, el establecimiento de lucha contra la corrupción como punto de referencia para la cooperación bilateral y el seguimiento de los vínculos de corrupción de países miembros de la UE.

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DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS ÓRGANOS INTERNACIONALES

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OTROS

Los jóvenes son los principales consumidores de ese tipo de sustancias y en 2012 aumentaron los ingresos en las salas de emergencia y las llamadas a centros de toxicología. El presidente de la JIFE, Raymond Yans, recomendó una acción coordinada por parte de todos los países para prevenir su fabricación, tráfico y consumo. “Por una parte, determinados Estados defienden la necesidad de legalizar el cannabis porque es demasiado difícil controlarlo. Y al mismo tiempo esos países y otros señalan que las drogas psicoativas modernas son muy peligrosas para los jóvenes y se tienen que prohibir”, indicó Yans.

1.- JIFE advierte de la amenaza de las drogas de diseño.

Las drogas de diseño se pueden comprar fácilmente por internet.

Las nuevas sustancias psicoactivas, también conocidas como “drogas de diseño”, son una creciente amenaza para la salud pública, advirtió la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE). En su informe anual presentado este mes en Londres, la JIFE señaló que existen cientos de drogas de este tipo y apuntó que sólo en Europa se detecta semanalmente una nueva droga de diseño.

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2.- Manual de Tallin sobre el Derecho Internacional aplicable a los Cyber Warfare El Manual de Tallin sobre el Derecho Internacional aplicable a los CyberWarfare , escrito por invitación del Centro por una organización independiente de un Grupo Internacional de Expertos, es el resultado del esfuerzo de tres años para examinar cómo las normas existentes de derecho internacional aplicables a esta nueva 'forma de guerra. El Manual de Tallinn presta especial atención a la ”jus ad bellum”, el derecho internacional que rige el recurso a la fuerza por los Estados como un instrumento de su política nacional, y el ”jus in bello”, la ley internacional que regula el desarrollo de un conflicto armado (también etiquetada la ley de la guerra, el derecho de los conflictos armados o derecho internacional humanitario). Los órganos conexos del derecho internacional, como el derecho de la responsabilidad del Estado y el derecho del mar, se tratan en el contexto de estos temas. El Manual de Tallinn no es un documento oficial, sino una expresión de las opiniones de un grupo de expertos independientes que actúan exclusivamente en su capacidad personal. No representa la opinión del Centro, las naciones patrocinadoras o la OTAN. Tampoco se entiende para reflejar la doctrina de la OTAN. Tampoco refleja la posición de cualquier organización o Estado representado por observadores.

3.- ONUDD. Metanfetamina cristalina principal amenaza drogas ilícitas de Indonesia. La fabricación, el tráfico y el uso de la metanfetamina cristalina es ahora la amenaza más grande de drogas ilícitas en Indonesia, según un informe publicado de forma conjunta publicado por el Consejo Nacional de Estupefacientes de Indonesia (BNN) y el monitoreo de la ONUDD del Programa SMART.

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4.- ONUDD. Consumo de drogas en Paquistán. Este informe es un resumen técnico sobre el consumo de drogas en Pakistán que proporciona información básica sobre la prevalencia y los patrones del consumo de drogas. A pesar de que varias evaluaciones del consumo de drogas han sido llevadas a cabo desde 1982 en Pakistán, se requiere un estudio más amplio para entender la medida del consumo de drogas y el uso indebido de sustancias. La información generada se destina a informar a los gobiernos federales y provinciales, la sociedad civil y organizaciones del sector privado en el diseño e implementación de fármacos eficaces para las intervenciones de reducción de la demanda, incluyendo la prevención, el tratamiento y los servicios de atención que son objeto de necesidades.

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5.- ONUDD. El reto de las nuevas sustancias psicoactivas. Las nuevas sustancias psicoactivas que están fuera de los convenios internacionales de fiscalización de drogas no son un fenómeno nuevo. Muchas de estas sustancias se sintetizaron y patentado en la década de 1970 o antes incluso, pero sólo recientemente su química o proceso de síntesis se han modificado ligeramente para producir efectos similares a conocidas sustancias ilícitas. Los estimulantes de tipo anfetamínico (ATS) en el mercado siempre se ha caracterizado por una gran variedad de sustancias. Sin embargo, en los últimos años, las nuevas sustancias psicoactivas (NPS) se han convertido rápidamente en este mercado supuestamente "legal" como alternativas a nivel internacional de fármacos controlados que causan efectos similares a este último, con el potencial de representar serios riesgos para la salud pública y la seguridad. El ritmo acelerado de este mercado, la aumento de la disponibilidad de estas sustancias y los informes de sobre su mayor uso y el comercio emergente de esas sustancias han llamado la preocupación entre la comunidad internacional ya que existe el potencial para grupos delictivos organizados transnacionales para explotar el mercado de estas sustancias.

6.- ONUDD. Normas internacionales prevención del consumo de drogas.

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Las estrategias de prevención basadas en la evidencia científica que trabaja con las familias, las escuelas y las comunidades pueden asegurar que los niños y jóvenes, especialmente los más marginados y pobres, crezcan y se mantengan sanos y seguros en la edad adulta y la vejez. Por cada dólar que se gasta en la prevención, por lo menos diez se pueden guardar en la salud futura, los costes sociales y delincuencia. Estas normas internacionales globales resumen la evidencia científica disponible en la actualidad, describiendo 37

Boletín UE – Marzo 2013 intervenciones y políticas que se han encontrado para dar lugar a resultados positivos de prevención y de sus características. Al mismo tiempo, las normas internacionales globales identifican los principales componentes y características de un sistema nacional eficaz en prevención de drogas. Se realiza con la esperanza de que las Normas Internacionales ayudarán a los responsables políticos de todo el mundo para desarrollar programas, políticas y sistemas que sean una inversión verdaderamente eficaz en el futuro de los niños, los jóvenes, las familias y las comunidades. Este trabajo se basa en, y reconoce el trabajo de muchas otras organizaciones (por ejemplo, OEDT, CCSA, la CICAD, el mentor, el NIDA, OMS) que previamente han elaborado normas y directrices sobre diversos aspectos de la prevención de drogas.

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6.- OSCE. Informe anual 2012. El Informe 2012 Anual General de la OSCE (Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa) proporciona una visión general de las actividades de las operaciones de campo de la OSCE y el trabajo de la Organización con sus Socios asiáticos y mediterráneos para la Cooperación y organizaciones internacionales y regionales. A través de un enfoque integral aborda una serie de cuestiones, como el control de armas, la confianza y medidas de fomento de la seguridad, los derechos humanos, las minorías nacionales, la democratización, las estrategias policiales, la lucha contra el terrorismo y las actividades económicas y el medio ambiente.

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NORMATIVA DE INTERÉS Dictamen del Comité de las Regiones — Estrategia de la UE para la erradicación de la trata de seres humanos (2012-2016) El Comité de las Regiones coincide en que la aplicación de la Estrategia requerirá un enfoque coherente y multisectorial que cuente con la participación de un grupo de agentes muy heterogéneo compuesto, por ejemplo, por gobiernos de diferentes niveles, autoridades policiales, empleados públicos, sociedad civil y organizaciones de voluntarios. La proximidad geográfica de algunas ciudades y regiones a las vías de acceso de la trata de seres humanos y a las zonas en que tiene lugar la explotación brinda mayores oportunidades de identificar y apoyar a las víctimas y de llevar a cabo campañas informativas en estrecha colaboración con la sociedad civil, lo que beneficiaría directamente tanto a aquellas como a los ciudadanos en general. Señala que la Comisión debería, en sus futuros trabajos, poner de relieve y difundir más claramente las diferentes medidas que pueden utilizarse para combatir la demanda y pide por tanto a la Comisión que distinga más claramente entre la demanda según se trate de 1) explotación de la mano de obra, 2) servicios sexuales o 3) explotación sexual de menores.

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva Está convencido de que los entes locales y regionales están en mejor posición que las autoridades centrales o nacionales para detectar indicios de que una persona es víctima de la trata de seres humanos. Por este motivo, el Comité de las Regiones podría contribuir positivamente a la labor de fijar directrices para la identificación de las víctimas y la protección de los menores. Subraya que la eficacia del enfoque multidisciplinario y multisectorial que la Comisión piensa utilizar para la aplicación de la Estrategia dependerá en gran medida de la participación activa de los agentes a nivel local y regional. Desearía asimismo, en su calidad de representante de los entes locales y regionales, participar en la plataforma de la sociedad civil y la plataforma del sector privado y la empresa Acoge positivamente la propuesta de mejorar los conocimientos sobre la dimensión de género en la trata de seres humanos y los grupos vulnerables, e insta a la Comisión a no centrarse únicamente en la dimensión de género en relación con las víctimas, sino a tener en cuenta que hay claras diferencias entre los sexos respecto a la demanda.

Enlace en el DOUE: http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2013:062:00 22:0025:ES:PDF 39

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DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 26 de febrero de 2013 relativa al Manual Sirene y otras medidas de ejecución para el Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II)

El Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) entrará en funcionamiento en el primer semestre de 2013. Contendrá únicamente la información imprescindible que permita identificar a una persona o un objeto y tomar las medidas necesarias. Además, para que el SIS II funcione correctamente, los Estados miembros intercambiarán información complementaria en relación con las descripciones. Este intercambio de información complementaria lo realizan los servicios Sirene.

Enlace en el DOUE: http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:071:00 01:0036:ES:PDF

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva La sociedad civil europea todavía no ha entendido completamente la gravedad del azote que supone la piratería marítima. El CESE desea sensibilizar a la sociedad civil y a la opinión pública europea a fin de incitar a los Estados miembros e instituciones de la UE a que adopten medidas concretas para su erradicación. En 2011, el Día Marítimo Mundial estuvo consagrado a la lucha contra la piratería, que, dado su carácter polifacético, requerirá una intervención integral, y no fragmentaria o episódica. La piratería no es un problema remoto que ocurre en algún lugar del océano Índico y afecta únicamente a los buques atacados y a sus marineros. Es un problema que atañe también en muchos sentidos a los consumidores y contribuyente europeos, y no solo un «fenómeno que podemos sobrellevar». El CESE pide a las instituciones y Estados miembros de la UE que den muestra de una voluntad política clara para solucionar definitivamente el problema de la piratería.

Enlace en el DOUE: http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2013:076:00 15:0019:ES:PDF

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «La piratería marítima: Reforzar la respuesta de la UE» 40

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Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no273/2004 sobre precursores de drogas La presente propuesta se ha redactado para corregir deficiencias específicas detectadas en la legislación vigente de la UE con respecto a la supervisión y control del comercio entre las empresas de la UE en anhídrido acético, un producto químico con numerosos usos legítimos y esenciales, pero también sujeto a desvío como precursor para la producción ilícita de heroína a partir de morfina, por lo general en Afganistán. El CESE reconoce la necesidad de modificar el Reglamento vigente y apoya firmemente la propuesta.

Enlace en el DOUE: http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2013:076:00 54:0058:ES:PDF

DECISIÓN DEL CONSEJO de 7 de marzo de 2013 por la que se somete la 4-metilanfetamina a medidas de control.

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva La 4-metilanfetamina es un derivado sintético metilado en el anillo de anfetamina que ha sido aprehendido predominantemente en forma de polvo y de pasta en muestras que contenían anfetamina y cafeína, pero que ha aparecido también en pastillas y en forma líquida. Ha aparecido en el mercado ilegal de anfetamina, donde se vende y se consume como la droga controlada anfetamina. Se ha denunciado un caso de detección de esta sustancia en un producto comercial vendido en internet. Puesto que diez Estados miembros controlan ya la 4metilanfetamina, el hecho de someterla a control en toda la Unión puede ayudar a evitar problemas en la aplicación transfronteriza de la ley y en la cooperación judicial. La adopción de medidas de control a nivel de la Unión puede también ayudar a impedir que la 4-metilanfetamina se convierta en una alternativa a la anfetamina en los mercados de drogas ilegales. Enlace en el DOUE: http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:072:0011:00 12:ES:PDF

Resolución del Consejo sobre un plan de acción aduanero de la UE para luchar contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual e industrial, para los años 2013 a 2017 41

Boletín UE – Marzo 2013 La gran cantidad de vulneraciones de los derechos de propiedad intelectual e industrial en el comercio de mercancías constituye un problema grave a escala mundial. En 2011, la aplicación de los derechos de propiedad intelectual e industrial en las aduanas en la UE dio lugar al decomiso de poco menos de 115 millones de artículos. Es fundamental mejorar el marco de condiciones para que las empresas innoven y reduzcan el perjuicio que ocasionan a sus intereses legítimos unos falsificadores que se aprovechan de las inversiones, los esfuerzos y la reputación de marca de los titulares. La lucha contra las organizaciones internacionales involucradas en el fraude y la delincuencia organizada, que a menudo buscan la ganancia y el beneficio económico fáciles gracias al comercio de mercancías falsificadas y pirateadas, requiere también atención particular, como la requieren los riesgos que las mercancías falsificadas pueden causar a los consumidores y usuarios finales. Enlace en el DOUE: http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2013:080:0001:00 07:ES:PDF

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No246/2013 DE LA COMISIÓN de 19 de marzo de 2013 que modifica el Reglamento (UE) no 185/2010 en lo

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referente a la inspección de líquidos, aerosoles y geles en los aeropuertos de la UE De conformidad con el artículo 4, apartado 3, del Reglamento (CE) no 300/2008, la Comisión debe adoptar normas de desarrollo para la aplicación de las normas básicas comunes sobre la seguridad de la aviación civil establecidas en el anexo I de dicho Reglamento. El Reglamento (CE) no 272/2009 de la Comisión, que completa las normas básicas comunes de seguridad de la aviación civil, en su versión modificada, establece métodos, incluidas tecnologías de detección de explosivos líquidos, para permitir la introducción de líquidos, aerosoles y geles (LAG) en las zonas restringidas de seguridad y a bordo de las aeronaves. Enlace en el DOUE: http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:077:0008:00 11:ES:PDF REGLAMENTO (UE) No 245/2013 DE LA COMISIÓN de 19 de marzo de 2013 por el que se modifica el Reglamento (CE) no 272/2009 en lo referente al control de líquidos, aerosoles y geles en los aeropuertos de la UE. Enlace en el DOUE: http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:077:0005:00 07:ES:PDF

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DECISIÓN No 252/2013/UE DEL CONSEJO de 11 de marzo de 2013 por la que se establece un marco plurianual para el período 2013-2017 para la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Se establece el marco plurianual de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea para el período 2013-2017. Los ámbitos temáticos serán los siguientes:

Gabinete Técnico – Centro de Análisis y Prospectiva h) la inmigración y la integración de los migrantes, los visados y los controles fronterizos, y el asilo; i) el racismo, la xenofobia y la intolerancia asociada a los mismos. Enlace en el DOUE: http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:079:0001:00 03:ES:PDF

a) el acceso a la justicia; b) las víctimas de delitos, incluida la indemnización de las víctimas; c) la sociedad de la información y, en particular, el respeto de la intimidad y la protección de los datos de carácter personal; d) la integración de la población gitana; e) la cooperación judicial, con excepción de los asuntos penales; f) los derechos del niño; g) la discriminación por motivos de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual;

DECISIÓN DEL CONSEJO de 7 de marzo de 2013 por la que se fija la fecha de aplicación de la Decisión 2007/533/JAI relativa al establecimiento, funcionamiento y utilización del Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) El artículo 71, apartado 2, de la Decisión 2007/533/JAI estipula que esta debe aplicarse a los Estados miembros que participan en el SIS 1+ a partir de una fecha que determine el Consejo por unanimidad de los miembros que representen a los Gobiernos de los Estados miembros participantes en el SIS 1+. La Decisión 2007/533/JAI se aplicará a los Estados miembros que participan en el SIS 1+ a partir del 9 de abril de 2013.

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Enlace en el DOUE: http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:087:0008:00 09:ES:PDF

DECISIÓN DEL CONSEJO de 7 de marzo de 2013 por la que se fija la fecha de aplicación del Reglamento (CE) no 1987/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al establecimiento, funcionamiento y utilización del Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II). Enlace en el DOUE: http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:087:0010:00 11:ES:PDF

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