BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN

13 ene. 2017 - Luz visual, fuentes de luz e incidencia en la conservación. 19. Fundamentos de la luz .... CP JOAQUÍN COS
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BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN AÑO XXXVI

13 de enero de 2017

Número 8

Sumario I. Disposiciones Generales DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD ORDEN DRS/1961/2016, de 7 de diciembre, de modificación de la Orden DRS/388/2016, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.�����������������������������

636

II. Autoridades y Personal a) Nombramientos, situaciones e incidencias DEPARTAMENTO DE SANIDAD RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2016, de la Gerencia de Sector de Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud, por la que se aprueba la relación definitiva de puntuaciones, y se resuelve el proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal de tres plazas de Personal Técnico No Titulado para el Servicio de Ingeniería y Mantenimiento, pertenecientes a la plantilla del Hospital Universitario Miguel Servet de Zaragoza.�����������������������������������������������������������������������������������������������������

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b) Oposiciones y concursos

640

DEPARTAMENTO DE SANIDAD RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se designa a los miembros que van a formar parte del Tribunal en los procesos selectivos convocados por Resoluciones de 4 de febrero de 2016, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Celador en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno libre, de discapacidad y de víctimas del terrorismo, y por turno de promoción interna.����������������������������������

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DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2016, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se nombran funcionarios en prácticas del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas.����������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������

Depósito legal: Z-1.401-1983

Boletín Oficial de Aragón

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RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se designa a los miembros que van a formar parte del Tribunal en los procesos selectivos convocados por Resoluciones de 4 de febrero de 2016, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Grupo Auxiliar Administrativo de la Función Administrativa en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno libre, de discapacidad y de víctimas del terrorismo, y por turno de promoción interna.����������������������������������������������������������������������

644

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2016, de la Gerencia de Sector de Alcañiz, por la que queda sin efecto la Resolución de 10 de octubre de 2016, por la que convoca procedimiento de selección, para la provisión, con carácter temporal por interinidad, de 1 plaza de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Anestesiología y Reanimación en el Hospital de Alcañiz en Alcañiz (Teruel).�����������������������������

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2016, de la Diputación Provincial de Huesca, relativa a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de una plaza de Técnico Medio de Artes Escénicas, vacante en la plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Huesca.��������������������������������������������������������������������������������������������������������������������

646

RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2016, de la Diputación Provincial de Huesca, relativa a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de una plaza de Técnico Medio de Artes Plásticas, vacante en la plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Huesca.��������������������������������������������������������������������������������������������������������������������

652

III. Otras Disposiciones y Acuerdos DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ORDEN ECD/1962/2016, de 2 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria del Programa “Cantania” en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de enseñanzas de régimen general de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2016-17.��������������������������������������������������������������������������������

658

ORDEN ECD/1963/2016, de 15 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria de Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2015-2016.����

662

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se decide no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria y se emite informe de impacto ambiental del proyecto de implantación de una nueva planta de producción de medicamentos, promovida por Worldpathol, S.L., en polígono industrial Empresarium, Parque Industrial Magnum, c/ Ajedrea, naves C21, C22 y C25, de Zaragoza (Número de Expediente INAGA 500301/01/2016/06387).����������������������������������������������������������������������������������������������

670

RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental por la que se modifica puntualmente la Resolución de 10 de agosto de 2015, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la actividad ampliada de la fábrica de productos activos para la industria farmacéutica y veterinaria, de Rolabo Outsourcing, S.L., en el término municipal de Zaragoza (Número Expte. INAGA 500301/02/2016/07385).����������������������������������������������������������������������������������

677

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica por tercera vez, la Resolución de 17 de junio de 2011, por la que se otorga la autorización ambiental integrada a la modificación de las instalaciones del Grupo BSH, en Montañana (Zaragoza), promovido por BSH Electrodomésticos España, S.A. (Número Expte. INAGA 500301/02/2015/08488 y Número de Expediente INAGA 500301/02/2016/04943).�������������������������������������������������

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634

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Núm. 8

Núm. 8

Boletín Oficial de Aragón

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V. Anuncios a) Contratación de las Administraciones Públicas CONSORCIO AEROPUERTO DE TERUEL ANUNCIO del Consorcio del Aeropuerto de Teruel, por el que se convoca la licitación de un contrato privado de seguro.������������������������������������������������������������������������

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b) Otros anuncios

692

NOTIFICACIÓN de la Dirección General de Igualdad y Familias del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, referente al Registro de Parejas Estables no Casadas.��������������������������������������������������������������������������������

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DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD ANUNCIO del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por el que, en el proceso de participación pública legalmente previsto, se inicia el trámite de información al público del proyecto y estudio de impacto ambiental para la ampliación de una explotación porcina de cebo, hasta 4.576 plazas, en el polígono 510, parcela 2 del término municipal de Barbués (Huesca) y promovido por D. Antonio José Revuelta Lisa. Expediente INAGA 500601/02/2015/06361.��������������������������������������������������������

694

ANUNCIO de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, relativo al “Curso para la utilización de productos fitosanitarios - nivel básico”, organizado por Acciones Técnicas Bajo Aragonesa 2005 S.L.U. (ATBA Formación), a celebrar en Calanda (Teruel).�������������������������������������������������������������������������������������������

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ANUNCIO de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, relativo al “Curso para la utilización de productos fitosanitarios - nivel cualificado”, organizado por Aratria Asesores, S.L. a celebrar en Zaragoza.��������������������������������������

697

AYUNTAMIENTO DE TARAZONA ANUNCIO del Ayuntamiento de Tarazona, por el que se somete a información pública la memoria elaborada por la comisión de estudios, sobre los aspectos social, jurídico, técnico y financiero de la creación del servicio del Campamento del Moncayo y La Paridera con destino a actividades de acampada y albergue, para desarrollar actividades culturales y deportivas, turistica y de ocupación del tiempo libre.��

699

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DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES NOTIFICACIÓN de la Dirección General de Igualdad y Familias del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, referente al Registro de Parejas Estables no Casadas.��������������������������������������������������������������������������������

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I. Disposiciones Generales DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD ORDEN DRS/1961/2016, de 7 de diciembre, de modificación de la Orden DRS/388/2016, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020. En el “Boletín Oficial de Aragón”, número 87, de 9 de mayo de 2016, se publicó la Orden DRS/388/2016, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, la cual es preciso modificar como consecuencia de la comunicación cursada por la Comisión Europea, en lo que respecta a Ayudas estatales/España (Aragón) SA.45263 (2016/XA) Reglamento (UE) n.º 702/2014 de la Comisión “Ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias)”. En su virtud, dispongo: Único. Modificación de la Orden DRS/388/2016, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020. Se modifica la citada Orden DRS/388/2016, de 28 de abril, del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, en los siguientes términos: Uno. Exposición de motivos, párrafo segundo, queda redactado de la siguiente forma: “En el caso de que la transformación de un producto incluido en el anexo I del citado Tratado dé como resultado otro producto incluido en él, la ayuda quedará amparada por el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, mientras que las actuaciones de transformación de productos del anexo I que dan lugar a productos no recogidos en dicho anexo quedan amparados por el Reglamento (UE) n.º 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal, y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DOUE L193 de 1 de julio de 2014), a excepción de las inversiones en actividades de procesamiento de la biomasa agrícola para la producción de energía y biocarburante, con las excepciones establecidas por el artículo 13 del Reglamento Delegado (UE) n.º 807/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014; así como la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables (solar, térmica, eólica, fotovoltaica, biomasa y biogas) y cogeneración, en cuyo caso le será de aplicación el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013) de conformidad con lo establecido en su artículo 1, no encontrándose dentro de las excepciones mencionadas en dicho artículo”. Dos. Exposición de motivos, párrafo décimo, al final del párrafo se debe incluir lo siguiente: “y habiéndose sido otorgado el siguiente número de registro SA.45263”. Tres. Apartado primero del artículo 1. Objeto, se incluirá, in fine, lo siguiente: “a excepción de las inversiones en actividades de procesamiento de la biomasa agrícola para la producción de energía y biocarburante, así como en el caso de la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables (solar, térmica, eólica, fotovoltaica, biomasa y biogas) y cogeneración, en cuyo caso le será de aplicación el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre”. Cuatro. Artículo 7. Tipo y características de la subvención, se añade un nuevo punto, con siguiente contenido: 636

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“En el caso de inversiones en actividades de procesamiento de la biomasa agrícola para la producción de energía y biocarburante, así como en el caso de la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables (solar, térmica, eólica, fotovoltaica, biomasa y biogas) y cogeneración, con cargo al Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, el importe total de las ayudas de minimis concedidas a un única empresa no excederá de 200.000 euros, durante cualquier periodo de 3 ejercicios fiscales”. Cinco. Artículo 9. Régimen de compatibilidad, se añaden dos nuevos apartados, con siguiente contenido: 5. En el caso de inversiones en actividades de procesamiento de la biomasa agrícola para la producción de energía y biocarburante, así como en el caso de la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables (solar, térmica, eólica, fotovoltaica, biomasa y biogas) y cogeneración, le será de aplicación el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre. 6. En los supuestos contemplados en el apartado anterior, el beneficiario presentará, junto a la solicitud, una declaración responsable sobre cualquier otra ayuda de minimis recibida durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en el que se presente la solicitud. Seis. Artículo 14. Resolución. Se modifica la redacción del apartado tercero, con el siguiente contenido: “3. En la resolución constará, en todo caso, el objeto de la subvención, el beneficiario o beneficiarios, la puntuación obtenida en la valoración, el importe de la subvención, su carácter de minimis en el caso de inversiones en actividades de procesamiento de la biomasa agrícola para la producción de energía y biocarburante, así como en el caso de la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables (solar, térmica, eólica, fotovoltaica, biomasa y biogas) y cogeneración, haciendo referencia expresa al Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, con cita completa de su título y del Diario Oficial de la Unión Europea en que se publicó; así como de forma fundamentada, la desestimación y la no concesión de ayuda por inadmisión de la petición, desistimiento, renuncia o imposibilidad material sobrevenida del resto de solicitudes”. Siete. Se introduce una nueva disposición adicional con el siguiente contenido, pasando la actual Disposición adicional única a denominarse Disposición adicional primera: Disposición adicional segunda. Registro de la información relativa a la aplicación del Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, de ayudas de minimis. Con objeto de garantizar la transparencia y un control eficaz de la concesión de las subvenciones reguladas en esta orden, y con arreglo al artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, la Dirección General competente en materia de fomento agroalimentario mantendrá actualizado durante diez años, a partir de la fecha de su concesión, un registro de la información relativa a las subvenciones otorgadas, que incluirá los siguientes datos: a) NIF y nombre del beneficiario. b) Nombre de la actuación. c) Registro de la actuación. d) Localización de la actuación. e) Importe de la inversión. f) Importe de la ayuda concedida. g) Tipo de ayuda. h) Organismos financiadores. i) Fecha de la resolución de concesión de la subvención. j) Fecha de la certificación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para proceder al pago. k) Importe del pago efectuado. Zaragoza, 7 de diciembre de 2016. El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, JOAQUÍN OLONA BLASCO

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II. Autoridades y Personal a) Nombramientos, situaciones e incidencias DEPARTAMENTO DE SANIDAD RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2016, de la Gerencia de Sector de Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud, por la que se aprueba la relación definitiva de puntuaciones, y se resuelve el proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal de tres plazas de Personal Técnico No Titulado para el Servicio de Ingeniería y Mantenimiento, pertenecientes a la plantilla del Hospital Universitario Miguel Servet de Zaragoza. De conformidad con los acuerdos de la Comisión de Selección y lo previsto en la convocatoria realizada por Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Gerencia de Sector de Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud, publicada en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 98, de 26 de mayo de 2015, en virtud de las competencias delegadas en materia de personal por Resolución de 27 de enero de 2006, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, publicada en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 19, de 15 de febrero de 2006; y de conformidad con el Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección y provisión de plazas en los Centros del Servicio Aragonés de Salud, resuelve:

PUNTUACION PRUEBA

PUNTUACIÓN BAREMO

TOTAL

JACOBO HERNANDEZ, LUIS MIGUEL

70,00

20,00

90,00

BLASCO CORTES, JAVIER

56,00

20,00

76,00

SAINZ CENZANO, CARLOS

55,00

20,00

75,00

FOZ GINER, GONZALO

51,00

19,75

70,75

MANZANO GENOVES, JORGE ALFONSO

47,00

20,00

67,00

FUERTES GARCÍA, ENRIQUE

61,00

5,00

66,00

GIMENEZ LUNA, EDUARDO

46,00

20,00

66,00

ARRONDO SORIA, JOSÉ JAVIER

45,00

20,00

65,00

CEBRIAN CANCELA, JOSÉ CARLOS

51,00

10,85

61,85

LABORDA GARCÍA, ANTONIO

41,00

20,00

61,00

HERNANDEZ GIL, IVAN

46,00

6,50

52,50

MILLA LAFOZ, PABLO

46,00

5,00

51,00

APELLIDOS Y NOMBRE

Segundo.— Adjudicar las plazas convocadas de Personal Técnico No Titulado para el Servicio de Ingeniería y Mantenimiento, pertenecientes a la plantilla del Hospital Universitario Miguel Servet, a: 638

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Primero.— Publicar las puntuaciones definitivas obtenidas por los aspirantes que han superado la prueba, con indicación de la puntuación obtenida en la prueba teórico-práctica y en el baremo de méritos:

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D. Luis Miguel Jacobo Hernandez. D. Javier Blasco Cortes. D. Carlos Sainz Cenzano. Tercero.— De conformidad con lo previsto en la base Novena de la convocatoria, la lista anteriormente expuesta y por el orden de prelación establecido por la puntuación total obtenida, se utilizará para sucesivas contrataciones temporales, con vigencia de un año a contar desde el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Zaragoza, 22 de diciembre de 2016.­— El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, P.D. Resolución de 27 de enero de 2006 (“Boletín Oficial de Aragón”, de 15 de febrero de 2006). El Gerente de Sector de Zaragoza II, JOSÉ MANUEL ALDÁMIZ-ECHEVARRÍA IRAURGUI

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b) Oposiciones y concursos DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2016, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se nombran funcionarios en prácticas del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas. Verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en la base 10.1 de la convocatoria efectuada por Resolución de 22 de diciembre de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas, y de conformidad con lo previsto en la base 10.5 de la misma, resuelvo: Primero.— Nombrar funcionarios en prácticas del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas, a los aspirantes que han superado la fase de oposición del proceso selectivo y han sido propuestos para ser nombrados funcionarios en prácticas, con indicación del Departamento u Organismo al que se adscribirán para realizar las prácticas:

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Apellidos y nombre

DNI

Departamento u Organismo

Ruiz Cebollada, Roberto

25482915L

Desarrollo Rural y Sostenibilidad

Andrés Jiménez, Javier

72880493W

Oliván Gómez, Victoria

25179933Q

García Molina, Juan José

25411183R

Balduz de Ureta, Sergio

18036104X

Bescós Capuj, Manuel

18035098Q

Sancho Marzo, Federico

33463100D

Grasa Canudo, Roberto

18031571P

Valero Villarroya, María

29200551G

Catalán Cantero, María Patrocinio

25447731W

Latorre Verde, Rosa María

43714350K

Langa Lomba, Raúl

73004285P

Lanuza Sanvicente, Elena

18031825D

Landívar Lenzano, María Pilar

29153693C

Falcón Pelegrín, Cristian

72975641E

Arteaga Soteras, Nerea Rocío

72970788E

Garanto Satué, Rosa

18050086P

Santafé Laplaza, Luis José

18168120Y

Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad Desarrollo Rural y Sostenibilidad

Segundo.— La condición de funcionarios en prácticas corresponderá a los aspirantes desde el día 15 de febrero de 2017, fecha en que deberán incorporarse al Departamento u Organismo de adscripción, hasta su toma de posesión como funcionarios de carrera o, en su caso, hasta la declaración de “no apto”. Durante el tiempo que mantenga tal condición se le aplicará el régimen retributivo establecido en el artículo 8.6 de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de medidas fiscales, financieras, de patrimonio y administrativas (“Boletín Oficial de Aragón”, número 43, de 13 de abril de 1998), modificado por el artículo 22 de la Ley 14/2014, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón (“Boletín Oficial de Aragón”, número 256, de 31 de diciembre de 2014). Tercero.— De acuerdo con la base 6.5 de la convocatoria, el período de prácticas incluirá un curso de formación programado y coordinado por el Instituto Aragonés de Administración 641

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Pública, que tendrá carácter selectivo y será de obligatoria realización para los aspirantes aprobados, a quienes se anunciará oportunamente la fecha de comienzo. Cuarto.— Una vez superado el período de prácticas y el curso de formación, y completado con ello el proceso selectivo, los opositores aprobados elegirán destino. Quinto.— Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón. Zaragoza, 23 de diciembre de 2016. El Director General de la Función Pública, y Calidad de los Servicios, IGNACIO ZARAZAGA CHAMORRO

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DEPARTAMENTO DE SANIDAD RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se designa a los miembros que van a formar parte del Tribunal en los procesos selectivos convocados por Resoluciones de 4 de febrero de 2016, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Celador en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno libre, de discapacidad y de víctimas del terrorismo, y por turno de promoción interna. De conformidad con lo previsto en la base 5.1 de las Resoluciones de 4 de febrero de 2016 publicadas en el “Boletín Oficial de Aragón”, de 15 de febrero de 2016, y en virtud de la competencia establecida en el artículo 10 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud y de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia, resuelve: Designar a los siguientes miembros que van a formar parte del Tribunal que ha de juzgar los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador para su provisión por turno libre, de discapacidad y de víctimas del terrorismo, y por turno de promoción interna: Titulares: Presidenta: D.ª Marta Alcolea Guerrero. Secretario: D. José Eleuterio Iglesias Gómez. Vocal 1.º : D. Alvaro Bosqued Ramón. Vocal 2.º : D.ª M.ª Cruz Escribano Ruiz. Vocal 3.º : D.ª Carmen Gracia Grávalos. Suplentes: Presidente: D. Braulio Aguilar Utrilla. Secretario: D. Jesús Gracia Gavara. Vocal 1.º : D. Felipe Abás Martín. Vocal 2.º : D. Jesús Martín Pérez. Vocal 3.º : D. Francisco José Martínez Del Amo. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Zaragoza, 19 de diciembre de 2016. El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, JAVIER MARIÓN BUEN

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RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se designa a los miembros que van a formar parte del Tribunal en los procesos selectivos convocados por Resoluciones de 4 de febrero de 2016, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Grupo Auxiliar Administrativo de la Función Administrativa en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno libre, de discapacidad y de víctimas del terrorismo, y por turno de promoción interna. De conformidad con lo previsto en la base 5.1 de las Resoluciones de 4 de febrero de 2016 publicadas en el “Boletín Oficial de Aragón”, de 15 de febrero de 2016, y en virtud de la competencia establecida en el artículo 10 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud y de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia, resuelve: Designar a los siguientes miembros que van a formar parte del Tribunal que ha de juzgar los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Grupo Auxiliar Administrativo de la Función Administrativa para su provisión por turno libre, de discapacidad y de víctimas del terrorismo, y por turno de promoción interna: Titulares: Presidente: D. Braulio Aguilar Utrilla. Secretario: D. Víctor Gómez Gutiérrez. Vocal 1.º : D. Manuel Gálvez Julián. Vocal 2.º : D.ª Estrella Vicente Ascaso. Vocal 3.º : D. Servando López Mañes. Suplentes: Presidenta: D.ª Marta Alcolea Guerrero. Secretaria: D.ª M.ª José López Ortas. Vocal 1.º : D.ª Esther Ruiz Fustero. Vocal 2.º : D.ª María Guillén Castillo. Vocal 3.º : D. Ángel Martín Lorente. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Zaragoza, 19 de diciembre de 2016. El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, JAVIER MARIÓN BUEN

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RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2016, de la Gerencia de Sector de Alcañiz, por la que queda sin efecto la Resolución de 10 de octubre de 2016, por la que convoca procedimiento de selección, para la provisión, con carácter temporal por interinidad, de 1 plaza de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Anestesiología y Reanimación en el Hospital de Alcañiz en Alcañiz (Teruel). Publicada en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 244, de 21 de diciembre de 2016, la Resolución de 10 de octubre de 2016, de la Gerencia de Sector de Alcañiz, por la que se convoca procedimiento de selección, para la provisión, con carácter temporal por interinidad, de 1 plaza de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Anestesiología y Reanimación en el Hospital de Alcañiz en Alcañiz (Teruel), y considerando que está plaza debe ser adjudicada por el procedimiento establecido en la Resolución de 2 de diciembre de 2016, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento selectivo para la provisión con carácter temporal, de plazas de la categoría de Facultativo Especialista de Área, con sus distintas especialidades médicas, en el Servicio Aragonés de Salud, estando incluida la categoría de Facultativo Especialista de Área de Anestesiología y Reanimación entre las especialidades que oferta la convocatoria, esta Gerencia de Sector de Alcañiz resuelve dejar sin efecto la Resolución de 10 de octubre de 2016, de la Gerencia de Sector de Alcañiz, por la que se convoca procedimiento de selección, para la provisión, con carácter temporal por interinidad, de 1 plaza de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Anestesiología y Reanimación en el Hospital de Alcañiz en Alcañiz (Teruel). Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular del Departamento de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Alcañiz, 21 de diciembre de 2016.— El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, P.D. Resolución de 27 de enero de 2006 (“Boletín Oficial de Aragón”, de 15 de febrero de 2006). El Gerente de Sector de Alcañiz, P. O. 17 de septiembre de 2015. El Gerente de Sector de Teruel, José Ignacio Escuín Vicente.

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2016, de la Diputación Provincial de Huesca, relativa a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de una plaza de Técnico Medio de Artes Escénicas, vacante en la plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Huesca. Se hace público, para conocimiento de los interesados que esta Presidencia por Decreto núm. 3857, de 13 de diciembre de 2016, ha dispuesto aprobar las bases de la convocatoria para proveer, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, una plaza de Técnico Medio de Artes Escénicas, según el siguiente detalle: Bases de la convocatoria, para proveer, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, una plaza de Técnico Medio de Artes Escénicas, vacante en la plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Huesca. Primera.— Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de una plaza de Técnico Medio en Artes Escénicas y Musicales, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase plaza cometidos especiales, A2. Dicha plaza está dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo A, Subgrupo A2. Segunda.— Condiciones de los aspirantes. Para tomar parte en este concurso-oposición será necesario: a) Estar en posesión del título universitario de Grado, Diplomado Universitario o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. b) Ser funcionario de carrera, en situación de servicio activo, de esta Diputación Provincial, perteneciendo a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, C1 y contar, como mínimo, con dos años de servicios efectivos en la misma. Tercera.— Instancias. Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda y acompañadas de los justificantes de los méritos a valorar en la fase de concurso, acreditados de la forma establecida en la base novena, se dirigirán al Presidente y se podrán presentar en el registro de la Diputación de Huesca, presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registros, o mediante el Registro electrónico general de la misma, a través del formulario electrónico obrante en la siguiente dirección: https://sede.dphuesca.es/. También se podrán presentar en los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputación Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio; en las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, y en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero. Igualmente las instancias se podrán presentar a través del Sistema de Interconexión de Registros (SIR). Las instancias se presentarán durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, que recogerá las fechas en las que hayan sido publicadas las bases íntegras en el Boleín Oficial de la Provincia y en el “Boletín Oficial de Aragón”. La presentación de la instancia implica, a los efectos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el Fichero de Personal de esta entidad local, cuya finalidad es la derivada de la gestión del área de recursos humanos, siendo obligatoria su cumplimentación, disponiendo de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la legalidad vigente, y siendo responsable del fichero el Presidente de la Diputación Provincial de Huesca. 646

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Cuarta.— Admisión de instancias. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y será expuesta en el tablón de edictos de la entidad local, concediéndose un plazo de diez días hábiles para subsanación. En el supuesto de presentarse reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se aprueba la lista definitiva que será hecha pública, asimismo, de la forma indicada, efectuándose, al mismo tiempo el nombramiento de los miembros del Tribunal, concretando qué vocal actuará como Secretario, junto con el señalamiento del lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio, con una antelación no inferior a quince días al comienzo de la prueba. Quinta.— Tribunal seleccionador. El Tribunal seleccionador será designado por el Presidente ajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidad y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres. Estará constituido de la siguiente forma, además de por los respectivos suplentes: - Presidente. - Tres vocales. - Secretario. La pertenencia al Tribunal de sus miembros será a título individual. Dicho Tribunal deberá ajustarse en su actuación a los principios de independencia y discrecionalidad técnica. Podrán asistir Asesores técnicos, con voz y sin voto, cuya designación y actuación deberá ajustarse a los mismos principios que los miembros del Tribunal. Podrán asistir, asimismo, sin voz y sin voto, un representante por cada una de las Centrales Sindicales presentes en la Mesa General de Negociación, quienes podrán, en su caso, manifestar por escrito las irregularidades de carácter formal o procedimental que, a su juicio, consideren que han podido producirse durante el procedimiento. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente. Los miembros del tribunal y los asesores técnicos, en su caso, habrán de abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. Sexta.— Comienzo y desarrollo del concurso-oposición. El ejercicio del concurso-oposición no podrán comenzar hasta transcurridos, al menos, tres meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal. Una vez convocadas las pruebas, no será obligatorio publicar, en su caso, los sucesivos anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, de los restantes ejercicios, haciéndolos públicos en el tablón de anuncios de la Diputación Provincial de Huesca. Séptima.— Fase de Oposición. Los aspirantes realizarán un ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio, dividido en dos partes, sobre el contenido del programa anexo a la convocatoria, que consistirá en desarrollar por escrito, durante un periodo máximo de tres horas un total de tres temas del temario que figura como anexo de esta convocatoria con el siguiente detalle: - Parte general: un tema de la parte general del temario. - Parte específica: dos temas de la parte específica del temario. El tribunal podrá determinar que el ejercicio sea leído por los aspirantes y asimismo plantear las preguntas que considere oportunas. Octava.— Calificación de la fase de oposición. El ejercicio tendrá carácter eliminatorio y será calificado con un máximo de diez puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de cinco puntos. El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del tribunal, será de 0 a 10. La calificación del ejercicio se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación obtenida. 647

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La puntuación total obtenida en la fase de oposición se traducirá sobre 100 puntos, multiplicándose, a estos efectos, por 10. Las calificaciones se harán públicas en el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el Tablón de Edictos de la Diputación Provincial de Huesca. Deberá quedar constancia en el acta de la motivación de las valoraciones otorgadas por los miembros del Tribunal a los aspirantes, a fin de acreditar suficientemente los fundamentos de la resolución que se adopte, sobre la base de la claridad, contenido, y rigor y precisión, así como el grado de actualización, que muestren el nivel de cocimiento puesto de manifiesto en el ejercicio desarrollado por los opositores. Novena.— Fase de concurso. De conformidad con lo dispuesto en el vigente Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Diputación Provincial de Huesca, se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes según el siguiente detalle: Fase de concurso (máximo de 60 puntos). a) Tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas (máximo de 30 puntos). Trabajo desarrollado en la Administración Pública en cometidos similares a los de plaza convocada, a razón de 2 puntos por año trabajado. Los períodos inferiores a uno año se computarán proporcionalmente por meses, a razón de 0,166 puntos por mes. En la suma final no se computarán periodos inferiores a quince días y los superiores a dieciséis se computarán como un mes. b) Titulaciones académicas (máximo de 15 puntos). Se valorarán las titulaciones académicas que sean de igual o superior nivel al exigido por el grupo de titulación al que se opta, al margen de la exigida como requisito de participación, conforme al siguiente baremo y hasta un máximo de 15 puntos: - Título de doctor: 15 puntos por cada título. - Licenciado/a universitario/a o título de grado: 13 puntos por cada título. - Diplomado/a universitario/a o equivalente: 10 puntos por cada título. En el supuesto de aportarse varias titulaciones en la misma materia se valorará exclusivamente el nivel de titulación más alto, entendiendo incluido en él aquellas otras titulaciones necesarias para su obtención. c) Formación (máximo de 15 puntos). Se valorarán las acciones formativas detalladas en la relación de puestos de trabajo. La valoración se efectuará atendiendo al número total de horas de formación multiplicando la suma de las mismas por un coeficiente de 0,01 puntos por hora de curso recibida y de 0,02 puntos por hora de curso impartida. En el supuesto de acciones formativas en las que el interesado no acredite la duración de las mismas, se computarán con una hora de formación. Serán objeto de valoración los cursos de doctorado y aquellos que formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación académica, siempre que no se valore el título correspondiente. Todos los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Los citados méritos deberán acreditarse como se detalla a continuación: - Prestación de servicios: Certificación o copia de certificación donde conste categoría profesional, Administración pública donde se han prestado los servicios y períodos. - Titulación académica: Copia del título correspondiente, del abono de los derechos de su expedición o de la certificación oficial que acredite estar en posesión de la misma. - Formación: Copia de los diplomas de asistencia, donde se indique sobre qué materias versa el curso, así como número de horas y centro de impartición. El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. Décima.— Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento. Una vez terminada las fases de oposición y concurso, el Tribunal publicará el nombre del aspirante aprobado, no pudiendo rebasar el número de plazas convocadas, elevando dicha propuesta a la Presidencia de la Corporación para que efectúe el correspondiente nombramiento en el plazo de un mes desde la formulación de dicha propuesta, una vez que hayan presentado en la entidad local, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, copia autenticada o fotocopia compulsada de la titulación a que hace referencia la base segunda o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si este documento estuviera expedido después de la fecha en que finalizó el 648

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plazo de presentación de instancias, deberán justificar el momento en que terminaron los estudios. Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos no podrán ser nombrados, quedando anulada la propuesta de nombramiento, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la oposición. Presentada la documentación preceptiva por los aspirantes seleccionados y una vez aprobada la propuesta por la Presidencia de la Corporación, los opositores nombrados deberán tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al que sea publicado el nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia. En el caso de no tomar posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, quedará en situación de cesante. Undécima.— Incidencias. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso-oposición, en todo lo no previsto en estas bases. Duodécima.— En lo no previsto en estas bases, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, en lo que no se opongan o contradigan al mismo, el Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local. Décimotercera.— A los efectos previstos en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnización por razón de servicio, se especifica que la categoría del órgano de selección será la segunda. Decimocuarta.— De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Huesca o aquél en el que tenga su domicilio, a su elección, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de las mismas en el “Boletín Oficial de la Provincia”. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. Huesca, 13 de diciembre de 2016.­— El Presidente, Miguel Gracia Ferrer.

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ANEXO Parte General (5 temas). 1. Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local: las competencias de las entidades locales. 2. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: la transparencia de la actividad pública. 3. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Principios de la protección de datos y derechos de las personas. 4. Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. 5. El personal de servicios de las Entidades Locales. Nacimiento y extinción de la relación funcionarial. Contenido de la relación funcionarial. Deberes y derechos de los funcionarios. Los derechos económicos. La Seguridad Social de los funcionarios. Parte específica (46 temas). 1. La Gestión cultural. Definición y campos de actuación. 2. Los agentes culturales. Definición y tipologías. 3. Evolución de las políticas culturales en España. 4. Evolución de las políticas culturales en Europa. Paradigmas identificables. 5. Factores territoriales que intervienen en el diseño de programas culturales. Diagnóstico y cartografía del territorio. 6. Concepto, metodología y fases en la elaboración de un proyecto. 7. La planificación en la gestión cultural. 8. Buenas prácticas en la gestión cultural. 9. Evaluación de proyectos culturales. 10. Programas culturales de la Diputación de Huesca. 11. Imagen corporativa de la diputación de Huesca. 12. Proceso de producción de publicaciones de la Diputación de Huesca. 13. Gestión de equipamientos culturales. Teatros y auditorios. 14. Gestión de la programación de conciertos musicales. De la contratación al espectáculo. 15. El contrato artístico. Definición y partes que lo componen. 16. El rider técnico. Definición y partes que lo componen. 17. Sistemas de venta de entradas /físico y online). Ticketing. 18. Concepto y definición del término festival Tipologías. 19. Programas de difusión artística. Tipología de las programaciones artísticas continuadas. 20. Mapa de Festivales de música de la provincia de Huesca. 21. Festivales organizados por la Diputación de Huesca desde el año 1990 a nuestros días. Relación y características fundamentales. 22. Programaciones teatrales en la provincia de Huesca. Ciclos, programaciones estables y Ferias. 23. Programaciones musicales en la provincia de Huesca. Ciclos y programaciones estables. 24. Panorama de las infraestructuras culturales públicas de Aragón. 25. Distribución de las artes escénicas y la música. Ferias y Mercados. 26. Festival Pirineos Sur. Origen e historia. Especialización. 27. Festival Pirineos Sur. Estructura del Festival. Lugares y espacios. 28. Festival Pirineos Sur. La cooperación cultural. 29. Festival Pirineos Sur. Estudios de impacto económico y públicos. 30. Festival Internacional en el Camino de Santiago. Origen e historia. Especialización. 31. Festival Internacional en el Camino de Santiago. Estructura del Festival. Lugares y espacios. 32. La Red Aragonesa de Espacios Escénicos. Municipios participantes y criterios de admisión. 33. La Red Aragonesa de Espacios Escénicos. Forma de funcionamiento y órganos de gestión. 34. El Circuito de Artes Escénicas y Musicales en Aragón. Municipios participantes y criterios de admisión. 35. El Circuito de Artes Escénicas y Musicales en Aragón. Forma de funcionamiento y órganos de gestión. 650

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36. Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes. 37. La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). 38. Sociedad de Gestión de Artistas, Intérpretes o Ejecutantes (AIE). 39. Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón. Disposiciones Generales. Autorizaciones y licencias. 40. Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón. Organización, desarrollo y funcionamiento. 41. Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón. Vigilancia, inspección y régimen sancionador. 42. Decreto 16/2014, de 4 de febrero, del Gobierno de Aragón por el que se regula la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales y extraordinarias. Disposiciones generales y competencia. 43. Decreto 16/2014, de 4 de febrero, del Gobierno de Aragón por el que se regula la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales y extraordinarias. Procedimiento de autorización. 44. Decreto 16/2014, de 4 de febrero, del Gobierno de Aragón por el que se regula la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales y extraordinarias. Requisitos generales para la organización de espectáculos públicos o actividades ocasionales y extraordinarias. 45. Decreto 23/2010, de 23 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos. Disposiciones generales, del derecho de admisión y del servicio de admisión. 46. Decreto 23/2010, de 23 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos. Del personal del servicio de admisión y de los centros de formación autorizados.

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RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2016, de la Diputación Provincial de Huesca, relativa a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de una plaza de Técnico Medio de Artes Plásticas, vacante en la plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Huesca. Se hace público, para conocimiento de los interesados que esta Presidencia por Decreto núm. 3858, de 13 de diciembre de 2016, ha dispuesto aprobar las bases de la convocatoria para proveer, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, una plaza de Técnico Medio de Artes Plásticas, según el siguiente detalle: Bases de la convocatoria, para proveer, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de una plaza de Técnico Medio de Artes Plásticas, vacante en la plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Huesca. Primera.— Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de una plaza de Técnico Medio de Artes Plásticas, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase plaza cometidos especiales, A2. Dicha plaza está dotada con las retribuciónes correspondientes al Grupo A, Subgrupo A2. Segunda.— Condiciones de los aspirantes. Para tomar parte en este concurso-oposición será necesario: a) Estar en posesión del título universitario de Grado, Diplomado Universitario o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. b) Ser funcionario de carrera, en situación de servicio activo, de esta Diputación Provincial, perteneciendo a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, C1 y contar, como mínimo, con dos años de servicios efectivos en la misma. Tercera.— Instancias. Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, acompañadas de los justificantes de los méritos a valorar en la fase de concurso, acreditados de la forma establecida en la base novena, se dirigirán al Presidente y se podrán presentar en el registro de la Diputación de Huesca, presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registros, o mediante el Registro electrónico general de la misma, a través del formulario electrónico obrante en la siguiente dirección: https://sede.dphuesca.es/. También se podrán presentar en los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputación Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio; en las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, y en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero. Igualmente las instancias se podrán presentar a través del Sistema de Interconexión de Registros (SIR). Las instancias se presentarán durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, que recogerá las fechas en las que hayan sido publicadas las bases íntegras en el “Boletín Oficial de la Provincia” y en el “Boletín Oficial de Aragón”. La presentación de la instancia implica, a los efectos previstos en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el Fichero de Personal de esta entidad local, cuya finalidad es la derivada de la gestión del área de recursos humanos, siendo obligatoria su cumplimentación, disponiendo de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la legalidad vigente, y siendo responsable del fichero el Presidente de la Diputación Provincial de Huesca. Cuarta.— Admisión de instancias. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de los aspirantes admitidos y ex652

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cluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y será expuesta en el tablón de edictos de la entidad local, concediéndose un plazo de diez días hábiles para subsanación. En el supuesto de presentarse reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se aprueba la lista definitiva que será hecha pública, asimismo, de la forma indicada, efectuándose, al mismo tiempo el nombramiento de los miembros del Tribunal, concretando qué vocal actuará como Secretario, junto con el señalamiento del lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio, con una antelación no inferior a quince días al comienzo de la prueba. Quinta.— Tribunal seleccionador. El Tribunal seleccionador será designado por el Presidente ajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidad y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres. Estará constituido de la siguiente forma, además de por los respectivos suplentes: - Presidente. - Tres vocales. - Secretario. La pertenencia al Tribunal de sus miembros será a título individual. Dicho Tribunal deberá ajustarse en su actuación a los principios de independencia y discrecionalidad técnica. Podrán asistir Asesores técnicos, con voz y sin voto, cuya designación y actuación deberá ajustarse a los mismos principios que los miembros del Tribunal. Podrán asistir, asimismo, sin voz y sin voto, un representante por cada una de las Centrales Sindicales presentes en la Mesa General de Negociación, quienes podrán, en su caso, manifestar por escrito las irregularidades de carácter formal o procedimental que, a su juicio, consideren que han podido producirse durante el procedimiento. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente. Los miembros del tribunal y los asesores técnicos, en su caso, habrán de abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. Sexta.— Comienzo y desarrollo del concurso-oposición. El ejercicio del concurso-oposición no podrán comenzar hasta transcurridos, al menos, tres meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal. Una vez convocadas las pruebas, no será obligatorio publicar, en su caso, los sucesivos anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, de los restantes ejercicios, haciéndolos públicos en el tablón de anuncios de la Diputación Provincial de Huesca. Séptima.— Fase de Oposición. Los aspirantes realizarán un ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio, dividido en dos partes, sobre el contenido del programa anexo a la convocatoria, que consistirá en desarrollar por escrito, durante un periodo máximo de tres horas un total de tres temas del temario que figura como anexo de esta convocatoria con el siguiente detalle: - Parte general: un tema de la parte general del temario. - Parte específica: dos temas de la parte específica del temario. El tribunal podrá determinar que el ejercicio sea leído por los aspirantes y asimismo plantear las preguntas que considere oportunas. Octava.— Calificación de la fase de oposición. El ejercicio tendrá carácter eliminatorio y será calificado con un máximo de diez puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de cinco puntos. El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del tribunal, será de 0 a 10. La calificación del ejercicio se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación obtenida. La puntuación total obtenida en la fase de oposición se traducirá sobre 100 puntos, multiplicándose, a estos efectos, por 10. Las calificaciones se harán públicas en el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el Tablón de Edictos de la Diputación Provincial de Huesca. 653

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Deberá quedar constancia en el acta de la motivación de las valoraciones otorgadas por los miembros del Tribunal a los aspirantes, a fin de acreditar suficientemente los fundamentos de la resolución que se adopte, sobre la base de la claridad, contenido, y rigor y precisión, así como el grado de actualización, que muestren el nivel de cocimiento puesto de manifiesto en el ejercicio desarrollado por los opositores. Novena.— Fase de concurso. De conformidad con lo dispuesto en el vigente Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Diputación Provincial de Huesca, se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes según el siguiente detalle: Fase de concurso (máximo de 60 puntos). a) Tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas (máximo de 30 puntos). Trabajo desarrollado en la Administración Pública en cometidos similares a los de plaza convocada, a razón de 2 puntos por año trabajado. Los períodos inferiores a uno año se computarán proporcionalmente por meses a razón de 0,166 puntos por mes. En la suma final no se computarán periodos inferiores a quince días y los superiores a dieciséis se computarán como un mes. b) Titulaciones académicas (máximo de 15 puntos). Se valorarán las titulaciones académicas que sean de igual o superior nivel al exigido por el grupo de titulación al que se opta, al margen de la exigida como requisito de participación, conforme al siguiente baremo y hasta un máximo de 15 puntos: - Título de doctor: 15 puntos por cada título. - Licenciado/a universitario/a o título de grado: 13 puntos por cada título. - Diplomado/a universitario/a o equivalente: 10 puntos por cada título. En el supuesto de aportarse varias titulaciones en la misma materia se valorará exclusivamente el nivel de titulación más alto, entendiendo incluido en él aquellas otras titulaciones necesarias para su obtención. c) Formación (máximo de 15 puntos). Se valorarán las acciones formativas detalladas en la relación de puestos de trabajo. La valoración se efectuará atendiendo al número total de horas de formación multiplicando la suma de las mismas por un coeficiente de 0,01 puntos por hora de curso recibida y de 0,02 puntos por hora de curso impartida. En el supuesto de acciones formativas en las que el interesado no acredite la duración de las mismas, se computarán con una hora de formación. Serán objeto de valoración los cursos de doctorado y aquellos que formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación académica, siempre que no se valore el título correspondiente. Todos los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Los citados méritos deberán acreditarse como se detalla a continuación: - Prestación de servicios: Certificación o copia de certificación donde conste categoría profesional, Administración pública donde se han prestado los servicios y períodos. - Titulación académica: Copia del título correspondiente, del abono de los derechos de su expedición o de la certificación oficial que acredite estar en posesión de la misma. - Formación: Copia de los diplomas de asistencia, donde se indique sobre qué materias versa el curso, así como número de horas y centro de impartición. El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. Décima.— Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento. Una vez terminadas la fases de oposición y concurso, el Tribunal publicará el nombre del aspirante aprobado, no pudiendo rebasar el número de plazas convocadas, elevando dicha propuesta a la Presidencia de la Corporación para que efectúe el correspondiente nombramiento en el plazo de un mes desde la formulación de dicha propuesta, una vez que hayan presentado en la entidad local, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, copia autenticada o fotocopia compulsada de la titulación a que hace referencia la base segunda o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si este documento estuviera expedido después de la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias, deberán justificar el momento en que terminaron los estudios. Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos no podrán ser nom654

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brados, quedando anulada la propuesta de nombramiento, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la oposición. Presentada la documentación preceptiva por los aspirantes seleccionados y una vez aprobada la propuesta por la Presidencia de la Corporación, los opositores nombrados deberán tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al que sea publicado el nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia. En el caso de no tomar posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, quedará en situación de cesante. Undécima.— Incidencias. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso-oposición, en todo lo no previsto en estas bases. Duodécima.— En lo no previsto en estas bases, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, en lo que no se opongan o contradigan al mismo, el Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local. Décimotercera.— A los efectos previstos en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnización por razón de servicio, se especifica que la categoría del órgano de selección será la segunda. Decimocuarta.— De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Huesca o aquél en el que tenga su domicilio, a su elección, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. Huesca, 13 de diciembre de 2016.— El Presidente, Miguel Gracia Ferrer.

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ANEXO Parte General (5 temas). 1. Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local: las competencias de las entidades locales. 2. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: la transparencia de la actividad pública. 3. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Principios de la protección de datos y derechos de las personas. 4. Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. 5. El personal de servicios de las Entidades Locales. Nacimiento y extinción de la relación funcionarial. Contenido de la relación funcionarial. Deberes y derechos de los funcionarios. Los derechos económicos. La Seguridad Social de los funcionarios. Parte específica (46 temas). 1. Evolución de las políticas culturales en Europa desde la 2.ª mitad del siglo XX. Paradigmas identificables. 2. Evolución de las políticas culturales en España desde la Transición. Nuevas tendencias. 3. Diagnóstico y cartografía del territorio cultural. Factores territoriales que intervienen en el diseño de programas culturales. 4. Diseño y evaluación de proyectos culturales. 5. Programas culturales de la Diputación Provincial de Huesca. 6. Conceptos fundamentales en la gestión y organización de exposiciones: Bien Cultural, Patrimonio Histórico, Museo, Museología, Museografía, Centros de arte y Exposiciones temporales. 7. Definición y funciones de los principales agentes del sector de las artes visuales. 8. La obra de arte. Definición jurídica. 9. Recursos humanos y el equipo de trabajo en el desarrollo de exposiciones. 10. Fases en la elaboración de un proyecto expositivo. 11. La organización de exposiciones temporales desde el punto de vista de la teoría legal. 12. Metodología y técnicas de evaluación de la exposición. 13. Concepto y tipologías de exposiciones. 14. La exposición como medio de comunicación. 15. La acción didáctica aplicada a las artes visuales y, en concreto, a las exposiciones organizadas por la Diputación Provincial de Huesca. 16. Difusión de la exposición: publicidad y comunicación. Aplicación a las exposiciones organizadas por la Diputación Provincial de Huesca. 17. Iluminación. Fundamentos, unidades y parámetros. Tipos de lámparas e iluminantes. 18. Iluminación. Luz visual, fuentes de luz e incidencia en la conservación. 19. Fundamentos de la luz como aspecto museográfico. 20. Climatización. Factores a controlar. medición, equipos y sistemas de regulación. 21. Conservación preventiva de bienes culturales en salas y depósitos. Métodos para el control del estado de conservación. 22. Conservación. Naturaleza de los materiales empleados en las obras de arte. Causas y tipos de deterioros más frecuentes. 23. Seguridad. Criterios técnicos y de control de la obra de arte. 24. Transporte de obras de arte en exposiciones temporales. 25. Embalaje de obras de arte en exposiciones temporales. 26. Manipulación de obras de arte en salas de exposiciones y almacenes. 27. Seguro de obras de arte en exposiciones temporales. 28. Condiciones de préstamo en exposiciones temporales. 29. Montaje de obras de arte en exposiciones temporales-. 30. Instalación de obras de arte en exposiciones temporales. 31. El espacio expositivo. Diseño y circulación. 32. Mobiliario expositivo. Criterios técnicos, seguridad y diseño. 33. Sistemas de catalogación y documentación de los bienes culturales: El Sistema Domus. 34. Deontología de los profesionales de las artes visuales. 35. Entidades de gestión de los derechos de autor. 36. Derechos morales de los autores de obras de propiedad intelectual. 37. Derechos de explotación de las obras de propiedad intelectual. 656

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38. La exposición en la historia. Del palacio al museo. 39. Tendencias expositivas tras la 2.º Guerra Mundial. 40. Colección de obras de arte de la Diputación Provincial de Huesca. 41. Proceso de producción de una publicación de artes visuales en la Diputación Provincial de Huesca. 42. La Diputación Provincial de Huesca como editorial: líneas y colecciones. 43. Programa de exposiciones itinerantes de la Diputación Provincial de Huesca. 44. Becas de artes visuales de la Diputación Provincial de Huesca. 45. Fototeca provincial y gestión del patrimonio de la imagen. 46. Imagen corporativa de la Diputación Provincial de Huesca.

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III. Otras Disposiciones y Acuerdos DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ORDEN ECD/1962/2016, de 2 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria del Programa “Cantania” en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de enseñanzas de régimen general de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2016-17. La Orden ECD/616/2016, de 14 de junio (“Boletín Oficial de Aragón”, número 123, de 28 de junio de 2016), de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, convoca el Programa “Cantania” en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de enseñanzas de régimen general de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2016-2017. La Orden ECD/1621/2016, de 18 de octubre, modificó la Orden ECD/616/2016, de 14 de junio. Dicha modificación amplió a cinco el número de conciertos del programa y a 3125 el número de alumnos participantes. De acuerdo con lo establecido en el apartado séptimo de la convocatoria, a propuesta del Director General de Innovación, Equidad y Participación, la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte resolverá mediante orden la convocatoria, señalando en relaciones separadas las solicitudes seleccionadas, en reserva y las excluidas, indicando la causa de exclusión. Igualmente, prevé que la relación de solicitudes seleccionadas, en reserva y excluidas será publicada en el “Boletín Oficial de Aragón”, y difundida a través de la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http://www.educaragon.org. De conformidad con lo anterior, y una vez evacuados los trámites oportunos, mediante Resolución de 28 de noviembre de 2016, del Director General de Innovación, Equidad y Participación, se dictó Propuesta de Resolución Definitiva del procedimiento. Visto lo anterior, a propuesta del Director General Innovación, Equidad y Participación, y dando cumplimiento a lo establecido en la convocatoria, resuelvo: Primero.— Aprobar la relación de centros seleccionados en la convocatoria del Programa “Cantania” destinado a centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de enseñanzas en régimen general de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2016-2017, que figuran en el anexo I a esta orden. Segundo.— Aprobar la relación de los centros que permanecen en reserva los cuales figuran en el anexo II de esta orden, así como la relación de los centros excluidos con indicación de la causa de exclusión, que se recogen en el anexo III de esta orden. Tercero.— Ordenar la publicación de esta orden en el “Boletín Oficial de Aragón”, y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http://www.educaragon.org. Cuarto.— Esta orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”. Contra esta orden, que agota vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien ser impugnado directamente mediante recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, conforme a lo establecido en los artículos, 10, 14, y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Así mimo, de acuerdo con dicha normativa, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a la orden que resuelva mediante escrito motivado, indicado las razones que fundamentan su pretensión. Zaragoza, 2 de diciembre de 2016.

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La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

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ANEXO I CENTROS ADMITIDOS PROGRAMA “CANTANIA”

CENTRO CRA LA LLITERA C.P.E.I.P.S. SAN JOSÉ DE CALASANZ CRA ALTO GÁLLEGO C.P.E.I.P.S. VIRGEN DEL ROMERAL CP INF-PRI VÍCTOR MENDOZA MENDOZA CP INF-PRI SANCHO RAMÍREZ CPEIPS SAN VIATOR C.P.E.I.P.S. ESCUELAS PÍAS CP INF-PRI SAN JUAN DE LA PEÑA CP INF-PRI ARAGÓN CRA MONTESNEGROS CP INF-PRI PUENTE SARDAS C.P. EMILIO DÍAZ C.P.E.I.P.S. LA INMACULADA C.P.E.I.P.S. SAN VALERO CP INF-PRI JUAN LORENZO PALMIRENO CP INF-PRI EL JUSTICIA DE ARAGÓN CRA MATARRANYA CP INF-PRI VIRGEN DEL PILAR CRA DEL MEZQUÍN CRA SOMONTANO-BAJO ARAGÓN CRA BAJO MARTÍN CP INF-PRI ARAGÓN CP INF-PRI BRIANDA DE LUNA CRA RÍO RIBOTA CRA MARÍA MOLINER CP INF-PRI SANTO CRISTO DE SANTIAGO CP INF-PRI ALEJO LORÉN ALBAREDA CP INF-PRI COMPROMISO DE CASPE C.P.E.I.P.S INTERNACIONAL ÁNFORA CP INF-PRI RAMÓN Y CAJAL C.P.E.I.P.S. NTRA. SRA. DE LAS MERCEDES CP INF-PRI CERVANTES CP INF-PRI FERRER Y RACAJ CRA ÍNSULA BARATARIA C.P. REINO DE ARAGÓN CRA DE LUMPIAQUE CP INF-PRI VAL DE LA ATALAYA CRA ORBA CP INF-PRI MIGUEL ARTIGAS CRA LUIS BUÑUEL CP INF-PRI ALFREDO MUIÑOS CP MAESTRO MONREAL

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LOCALIDAD ALBELDA BARBASTRO BIESCAS BINEFAR BINEFAR HUESCA HUESCA JACA JACA MONZON PEÑALBA SABIÑANIGO ALCAÑIZ ALCAÑIZ ALCAÑIZ ALCAÑIZ ALCORISA CALACEITE CALANDA CASTELSERAS MATA DE LOS OLMOS (LA) PUEBLA DE HIJAR (LA) ALAGON ALFAJARIN ANIÑON BURGO DE EBRO (EL) CARIÑENA CASPE CASPE CUARTE DE HUERVA CUARTE DE HUERVA EJEA DE LOS CABALLEROS EJEA DE LOS CABALLEROS EJEA DE LOS CABALLEROS FIGUERUELAS LA PUEBLA DE ALFINDÉN LUMPIAQUE MARIA DE HUERVA MUEL PINSEQUE PINSORO REMOLINOS RICLA

PROVINCIA HUESCA HUESCA HUESCA HUESCA HUESCA HUESCA HUESCA HUESCA HUESCA HUESCA HUESCA HUESCA TERUEL TERUEL TERUEL TERUEL TERUEL TERUEL TERUEL TERUEL TERUEL TERUEL ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA

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CENTRO CP INF-PRI DANIEL FEDERIO CP INF-PRI SUBPRADEL CP INF-PRI ALFONSO I EL BATALLADOR CP INF-PRI INFANTA ELENA CP INF-PRI PARQUE EUROPA C.P.E.I.P.S. CONDES DE ARAGÓN C.P.E.I.P.S. CANTÍN Y GAMBOA C.P.E.I.P.S. COMPAÑÍA DE MARÍA C.P.E.I.P.S. DON BOSCO C.P.E.I.P.S. EL SALVADOR C.P.E.I.P.S. LA ANUNCIATA C.P.E.I.P.S. MARÍA INMACULADA C.P.E.I.P.S. NTRA. SRA. DE LA MERCED C.P.E.I.P.S. SAN ANTONIO DE PADUA C.P.E.I.P.S. SANTA ANA C.P.E.I.P.S. SANTA MARÍA DEL PILAR CEIPPS PADRE ENRIQUE DE OSSÓ CP INF-PRI CESÁREO ALIERTA CP INF-PRI CIUDAD DE ZARAGOZA CP INF-PRI DOCTOR AZÚA CP INF-PRI HISPANIDAD CP INF-PRI JOSÉ CAMÓN AZNAR CP INF-PRI JUAN XXIII CP INF-PRI LA ALMOZARA CP INF-PRI PARQUE GOYA CP INF-PRI TORRE RAMONA CP INF-PRI ZALFONADA CP JOAQUÍN COSTA CP ROSALES DEL CANAL

LOCALIDAD SASTAGO SOBRADIEL TAUSTE UTEBO UTEBO VENTA DEL OLIVAR ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA

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PROVINCIA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA

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ANEXO II SOLICITUDES EN RESERVA CENTRO C.P.E.I.P.S. NTRA. SRA. DEL PILAR CP INF-PRI OCTAVUS C.P.E.I.P.S. LA MILAGROSA C.P.E.I.P.S. VILLA CRUZ C.E.I.P.S. MADRE MARÍA ROSA MOLAS CP INF-PRI AGUSTINA DE ARAGÓN CP INF-PRI ANA MAYAYO C.P.E.I.P.S. NTRA. SRA. DEL PILAR

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LOCALIDAD TARAZONA UTEBO ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZUERA

PROVINCIA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA

ANEXO III SOLICITUDES EXCLUIDAS CENTRO CP MIGUEL VALLES CRA LA CEPA C.P.E.I.P.S. SAGRADA FAMILIA CP INF-PRI MONCAYO CP INF-PRI MONTES DEL CASTELLAR CRA BAJA RIBAGORZA

LOCALIDAD TERUEL PANIZA TARAZONA TARAZONA TORRES DE BERRELLEN CAPELLA

PROVINCIA TERUEL ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA

(*1) (*1) (*1) (*1) (*2)

ZARAGOZA (*2) HUESCA

*1: Solicitud fuera de plazo. *2: Centro dado de baja del programa.

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ORDEN ECD/1963/2016, de 15 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria de Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2015-2016. Mediante Orden de 20 de junio de 2016, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, se convocaron los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 20152016, publicándose su extracto en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 134, de 13 de julio de 2016. Una vez efectuada la prueba prevista en el apartado sexto de la convocatoria, y realizada la evaluación por parte del tribunal nombrado al efecto, el Director General de Innovación, Equidad y Participación dictó con fecha 5 de octubre de 2016 propuesta de resolución provisional, que habilitó un plazo de diez días hábiles para la presentación de alegaciones. Transcurrido dicho plazo, y realizados los trámites previstos en el apartado séptimo de la convocatoria, mediante Resolución de 15 de noviembre de 2016, del Director General de Innovación, Equidad y Participación, se dictó la propuesta de resolución definitiva del procedimiento. De conformidad con el apartado noveno punto 1 de la Orden de 20 de junio de 2016, la concesión y notificación de los premios se realizará por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte mediante orden motivada, que incluirá la relación de los alumnos premiados, el contenido del premio, la puntuación obtenida y los criterios de valoración, así como la relación de solicitudes desestimadas debidamente fundamentada, y será publicada en el “Boletín Oficial de Aragón”, en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón (http://www.educaragon.org) y en los tablones de anuncios de los respectivos Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte. Consta en expediente que los participantes que han optado a estos Premios reúnen los requisitos establecidos en el apartado segundo de la convocatoria. Igualmente, en la realización y calificación de las pruebas se ha atendido a lo establecido en el apartado sexto de la convocatoria. Visto lo anterior, a propuesta del Director General Innovación, Equidad y Participación, y dando cumplimiento a lo establecido en la convocatoria, resuelvo: Primero.— Conceder los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2015-2016 a los alumnos que han obtenido la mayor puntuación en las pruebas correspondientes, relacionados en el anexo I de la presente orden. Segundo.— Aprobar la relación de solicitudes desestimadas, con su motivo correspondiente, que figura como anexo II a esta orden. Tercero.— Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 27 de septiembre, General de Subvenciones, en el artículo 9 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y en el artículo 16 de la Orden ECD/312/2016, de 12 de abril. Deberán igualmente someterse al control financiero ejercido por la Intervención General, así como a los controles que pudieran ejercerse por parte de la Cámara de Cuentas de Aragón y del Tribunal de Cuentas, en los términos establecidos en los artículos 51 y 52 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo. De acuerdo con lo previsto en la convocatoria, así como en el artículo 9.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y de Participación Ciudadana de Aragón, los beneficiarios de subvenciones estarán obligados a suministrar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, previo requerimiento, y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones previstas en la Ley en materia de transparencia, con las consecuencias recogidas en su artículo 9.4. Cuarto.— Ordenar que el premio conste en el expediente académico y en el historial académico del alumno premiado mediante diligencia realizada por el Secretario del centro docente correspondiente, de conformidad con el anexo III a esta orden, recogido igualmente en la convocatoria. Quinto.— La obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato dará opción, previa inscripción, a concurrir al correspondiente Premio Nacional de Bachillerato que convoque el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Igualmente, de acuerdo con la normativa por la que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios de la Universidad de Zaragoza, los estudiantes con Premio Extraordinario de Bachillerato ten662

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drán derecho la primera vez que se matriculen en estudios universitarios en la Universidad de Zaragoza, a la exención total del pago de los precios públicos por matrícula en las asignaturas del primer curso. Sexto.— De conformidad con el apartado tercero de la convocatoria, el importe de los premios correspondientes a la presente convocatoria asciende a un total de cuatro mil ochocientos euros (4.800 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 18050/G/4231/480093/91002 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016. Cada uno de los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2015/2016 está dotado con un importe de 600 euros. Séptimo.— Ordenar la publicación de la presente orden en el “Boletín Oficial de Aragón”, en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón (http://www.educaragon.org) y en los tablones de anuncios de los respectivos Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte. Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir. Zaragoza, 15 de diciembre de 2016. La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

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Apellidos Labarta Bello Dotor Delgado Pérez Hernández Garín Folkegard Miguel Cuartero Del Castillo Buey Tudó Bitrián Rodriguez Lapuente

Nombre Carmen Laura Sancho Alexander Andrés Alejandro Ana Montserrat ZARAGOZA

ZARAGOZA

ZARAGOZA

ZARAGOZA

HUESCA

HUESCA

ZARAGOZA

ZARAGOZA

PROVINCIA

Texto T. G. Idioma Hist/Filos. Materia Modalidad 9,6 9,2 8,3 9,375 Química 8,8 9,5 9,2 6,1 Biología 7,35 7,95 9,8 7 Física 7,3 8 7,75 9 Historia del Arte 8 9,4 7,6 6,15 Matemáticas II 7,3 7,1 7,35 9,062 Química 7 8,1 8,05 7,188 Química 7,3 8,45 6,1 7,3 Biología

Relación de alumnos Premios Extraordinarios de Bachillerato 2015/2016

ANEXO I

Total 9,119 8,400 8,025 8,013 7,788 7,703 7,585 7,288

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Apellidos Sayas Ladaga Lasheras Hernández Serrano Magdalena Domínguez Gimeno Escuín Sanmartín Mahave Carcelén Puyuelo Roy Rodrigo Molinos Canudo Barreras Angurel Andrés Macipe Sarasa Plano Puyal Tomás Alías Barrena Espes

Nombre Marina Blanca Xulia Sergio María Teresa Jorge Paula Guillermo Alberto Carmen Lorena Luis Miguel Daniel

665 ZARAGOZA

ZARAGOZA

ZARAGOZA

ZARAGOZA

ZARAGOZA

ZARAGOZA

ZARAGOZA

ZARAGOZA

ZARAGOZA

ZARAGOZA

TERUEL

ZARAGOZA

ZARAGOZA

ZARAGOZA

PROVINCIA

Texto T. G. Idioma Hist/Filos. Materia Modalidad 7,1 9,05 5,5 7,3 Biología 7,05 8,5 6,15 6,7 Dibujo Técnico II 6,6 8,1 8,3 5,3 Biología 6,75 7 5,5 8,65 Física 7,7 7,65 6,35 5,9 Biología 6,25 9,7 5 6,5 Biología 5,7 7 6,1 8,5 Matemáticas II 5,3 8,2 5,1 8,594 Química 5,5 6,25 9,65 5 Matemáticas II 6,1 7,65 6 6,4 Matemáticas II 6,7 7,3 5 6,8 Biología 5,8 6,75 5,5 7,34 Química 5,4 6,35 5 6,188 Química 6,2 5,35 5 5,1 Biología

Relación de alumnos que han obtenido en cada uno de los ejercicios al menos 5 puntos:

Relación de solicitudes desestimadas

ANEXO II

Total 7,238 7,100 7,075 6,975 6,900 6,863 6,825 6,799 6,600 6,538 6,450 6,348 5,735 5,413

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Relación de alumnos que no han obtenido 5 puntos en alguno de los ejercicios. Apellidos Aísa Soler Artal Catalán Bagán Cercós Boldova Marzo Campillo Barrantes Carmona Casas Carrera Vicioso Castells Tiestos Delgado Velosillo Fuertes Monge García Gómez Herrero Alcaide León de Souza Liarte Herrero Martín Gea Martínez Batlle Martínez Casanova Martínez Cruz Matilla Sainz-Aja Miedes Serna Mínguez Vilar Mur Labadía Navarro Nadal Nerín Fonz Olleta Vitoria Olmo Falcón Pérez Jiménez Pérez Penalva Plaza Gallán Popovych Tejero Bleda Torres Sánchez Villanueva Ruiz de Temiño

Nombre Guillermo Inés Marina Daniel Miguel Daniel Ainhoa Iker Lucía Irene Laura Pedro Andrés Mónica Sara Elena Víctor Patricia Marina Noelia María Delia Lorenzo Jorge Francho Ana María Sandra María Lucía Alejandro Iván Diana Enrique Ana

Provincia ZARAGOZA ZARAGOZA TERUEL ZARAGOZA ZARAGOZA TERUEL ZARAGOZA ZARAGOZA HUESCA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA TERUEL ZARAGOZA TERUEL ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA TERUEL HUESCA ZARAGOZA HUESCA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA

NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM NAPM

NAPM: No alcanza puntuación mínima

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Relación de alumnos no presentados. Apellidos Aibar Marco Altuna Ruiz Argente Colás Azcárate Sedano Barreto Huertas Basallo Vea-Murguia Benito Mariscal Blasco Andrés Blázquez Salas Buil Chavarria Cabello Jabal Carmena del Viso Castaño Madonar Chulilla Barrera Del Olmo Hombrados Domingo Quintana Duerto Porquet Forcén Domínguez Funes Hernando Galindo Cortés García Domínguez Gayarre Benito Giménez Abadía Giménez Gascón Gómez Dobón Laborda Lalaguna Lafuente Muñoz Lambán Sánchez Lasheras Peral Latorre López Lladó Escalera Martí Florences Martínez Márquez Minguillón Sánchez Mozota Alonso Muñoz Peleato Mur Callizo Nothnagel Vivas Pérez Toledo Pérez Trasmonte Recio Ibarz Rodrigo López Rodrigo Mora

Nombre Carlota Izarbe Lucía Lucía Kamila del Rosario Almudena Fernando Cristina Alejandro Rebeca Ana Miriam Irene Gloria Sara María Paula Alfonso Samuel Anna Cristina Irene Victoria Pilar Miguel Alejandro Samuel Paula Laura Ignacio José Isabel Beatriz José Miquel Alba Iguacel Javier María Lucía David Katharina René de Jesús Rosana Mario Jorge Belén

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PROVINCIA ZARAGOZA ZARAGOZA TERUEL ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA TERUEL ZARAGOZA ZARAGOZA TERUEL ZARAGOZA TERUEL ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA HUESCA TERUEL HUESCA ZARAGOZA ZARAGOZA TERUEL HUESCA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA HUESCA ZARAGOZA TERUEL ZARAGOZA ZARAGOZA HUESCA ZARAGOZA TERUEL ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA

NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP NP

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Relación de alumnos no presentados. Royo Tapias Ruiz de Conejo Gutiérrez Salas Mendívil San Miguel Clavería Sebastián Nuez Vargas Escuer Vicente Gómez Zubiaurre García

Lucía Miguel Ángel Santiago José Marta Mª Emilia Rodrigo María

ZARAGOZA ZARAGOZA ZARAGOZA TERUEL ZARAGOZA ZARAGOZA TERUEL ZARAGOZA

NP NP NP NP NP NP NP NP

NP: No presentado

Relación de solicitudes excluídas Nombre Sara

Provincia Huesca

Iglesias Ara Jiménez Caja

Paula Marina

Huesca Huesca

Losa Casaus, de la Perna Enjuanes Corzán López

Carlos Beatriz Miguel

Huesca Huesca Zaragoza

Causa de la exclusión Falta copia del NIF de uno de los padres, no subsanando el defecto previo requerimiento No presenta solicitud impresa No acompaña copia compulsada del NIF de la solicitante, no subsanando el defecto previo requerimiento No presenta solicitud impresa No presenta solicitud impresa No presenta solicitud impresa

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Apellidos García Blanco

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ANEXO III

Diligencia Obtención Premio Extraordinario De Bachillerato

Diligencia para hacer constar que D./Dña:______________________________________________________________,

con

N.I.F. ______________________ ha obtenido Premio Extraordinario de Bachillerato, conforme a lo establecido en la Orden de 20 de junio de 2016, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2015/2016.

En _______________ , a ____ de ____________________ de 2016



Bº EL/LA SECRETARIO/A DEL CENTRO

Fdo.:________________

Fdo.:_________________________

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EL/LA DIRECTOR/A

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DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se decide no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria y se emite informe de impacto ambiental del proyecto de implantación de una nueva planta de producción de medicamentos, promovida por Worldpathol, S.L., en polígono industrial Empresarium, Parque Industrial Magnum, c/ Ajedrea, naves C21, C22 y C25, de Zaragoza (Número Expte. INAGA 500301/01/2016/06387). Tipo de procedimiento: Evaluación de impacto ambiental simplificada, para determinar si el proyecto debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria (Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, proyecto incluido en el anexo II, grupo 6.2. Instalaciones industriales para la producción de productos farmacéuticos, pinturas y barnices, elastómeros y peróxidos. Promotor: Worldpathol, S.L. Proyecto: Nueva planta de fabricación de medicamentos. Descripción básica del proyecto presentado. Worldpathol tiene una planta de producción de medicamentos que actualmente desarrolla actividades de I+D+I (Fase I). Dentro de su plan empresarial, pretende acometer la producción a escala industrial (Fase II) en las instalaciones existentes mediante un proceso físico de mezclado. La planta se ubica en las naves 21, 22 y 25, del polígono industrial Empresarium, Parque Industrial Magnum de Zaragoza, que se encuentran unidas y tienen una superficie útil de 533,88 m², distribuida en 378,66 m² en planta (naves 21, 22 y 25) y 155,22 m² en planta primera (naves 21 y 22). La superficie total construida es de 610,35 m². El acceso se realiza desde la autovía A-68, mediante el vial que conduce al polígono industrial. La planta baja incluye el almacén de materias primas y productos finales (84 m²), la zona de carga y descarga, el área de producción (fabricación 1 y fabricación 2) (90 m²), recepción, instalaciones y vestuarios. En la planta primera, se ubica el área de control de calidad, que incluye el laboratorio y diversos recintos para recepción y preparación de materiales, archivo y muestroteca. Worldpathol establece sus líneas de fabricación de una forma dual: fabricación de formulaciones de polvo oral y fabricación de jarabes-complementos alimenticios. Se llevarán a cabo las actividades de producción de fármacos basados en antibióticos penicilánicos (zona fabricación 1) y no penicilánicos (zona fabricación 2). Los productos que se obtendrán están basados en diferentes antibióticos y antiparasitarios de uso habitual en la industria veterinaria. La fabricación de jarabes prevista se compone de siete formulaciones de jarabe líquidocomplementos alimenticios. Los tamaños de lote previstos son de 950 kg, tanto de prezmezcla medicamentosa final (sacos de 25 kg) como de jarabe (pallets 950 l). Se prevé la fabricación de 2.028 lotes/año, lo que supone una capacidad máxima de producción de 1.927 t/año (37,05 t/semana de productos terminados) distribuidos en cada zona. Se fabricará durante 52 semanas/año, en tres turnos de 8 horas. El proceso productivo consta de las siguientes etapas: 1. Recepción de materias primas. Existen zonas diseñadas con un sistema S.A.S (Security Airlock System), para impedir el acceso de aire contaminado desde el exterior hacia las zonas de fabricación. 2. Adición de materias primas a los mezcladores horizontales de turbulencia. Uno de ellos tiene una capacidad de 200 l (granulación) y desde él se introducen parte de las materias primas ya acondicionadas al mezclador de gran capacidad (950 l útiles), de doble camisa, que dispondrá de agitación (tanque de mezclado). 3. Secado y homogeneización. El secado se realizará mediante el calentado de la doble camisa de ambos mezcladores de turbulencia. 4. Ensacado y etiquetado mediante sendas máquinas. 5. Toma de muestras y envío a análisis de control de calidad. 6. Limpieza de equipos y de sala. Se realizará un primer lavado de las máquinas y posteriormente varios aclarados, proceso que se repetirá cada vez que se cambie de lote de producto a fabricar. 7. Traslado del producto final desde la sala de fabricación hasta el almacén. 670

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Además de los equipos necesarios para el proceso productivo, la planta contará con varias instalaciones auxiliares: - Planta de producción de agua purificada, que se usará como materia prima en el proceso y en el lavado de las máquinas. - Descalcificación de agua para otros usos (caldera de producción de agua caliente). - Producción de agua caliente para proceso (agua de calefacción), para mantener los tanques de doble camisa a una temperatura constante. - Producción de agua caliente sanitaria para las primeras operaciones de limpieza de máquinas y mezcladores y para los vestuarios. - Otros sistemas auxiliares: climatización y ventilación, eléctrico y de alumbrado. Se estima un consumo de materias primas y auxiliares, según la siguiente tabla: Materia prima/auxiliar

t/año

Medicamentos (antibióticos, antiparasitarios)

176,58

Excipientes de medicamentos

706,32

Materias primas (jarabe)

147,20

Agua pura

932,5

El agua consumida en la planta procederá de la red del polígono industrial y se empleará para proceso (como materia prima, agua pura y para lavados y aclarados) y para uso sanitario. Los consumos son los siguientes: Consumo de agua Agua sanitaria

m3/año 500

Agua de proceso

2.300

Total

2.800

Las necesidades de energía eléctrica serán de 632 kW (fuerza y alumbrado). El abastecimiento de energía eléctrica y de gas natural se realizará mediante captación de las redes del polígono industrial. Se prevé un consumo anual eléctrico de 53.750 kWh/año y de gas natural de 1.500 Nm³/año. Se generarán aguas sanitarias y de proceso que se conducirán al colector del polígono industrial sin ningún tipo de depuración previa, ya que se prevé que cumplan los límites del Decreto 38/2004, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón. Aunque se procurará que la eficacia del proceso sea alta (superior al 98%), existe la posibilidad de que restos de excipientes sean arrastrados por el agua de los lavados, que en ningún caso tendrá carácter peligroso, minimizándose la pérdida de sustancias activas. El agua procedente del primer lavado de las máquinas es la que contendrá un mayor porcentaje de sustancias activas, que en cualquier caso se estima en una concentración inferior a 100 ppm. Worldpathol realizará toma de muestras y analíticas de control periódicas, para garantizar que el agua de los lavados no arrastra restos de sustancias activas.

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Los caudales serán los siguientes:

Efluente

m3/año

Efluente sanitario

500

Efluente de proceso

1.367,5

Total

1.867,5

Las aguas pluviales se conducirán a la red del polígono. Se prevé generar los siguientes residuos peligrosos: Residuo peligroso

LER

t/año

Envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están contaminados por ellas

150110

0,01

Tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio

200121

0,05

Productos químicos de laboratorio que consisten en, o contienen, sustancias peligrosas, incluidas las mezclas de productos químicos de laboratorio

160506

0,01

Se prevé generar los siguientes residuos no peligrosos: Residuo no peligroso

LER

t/año

Envases de papel y cartón

150101

20

Envases de plástico

150102

10

Envases de vidrio

150107

0,1

Productos químicos desechados distintos de los especificados en los códigos 160506, 160507 ó 160508

160509

0,01

Todos los residuos serán almacenados en bidones en el interior de la nave. Posteriormente, serán retirados mediante gestor autorizado. csv: BOA20170113011

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Se prevé generar los siguientes residuos asimilables a urbanos: Residuo asimilable a urbano

LER

t/año

Mezcla de residuos municipales

200301

6

Medicamentos distintos de los especificados en el código 200131

200132

0,01

* Estimados en función del número de trabajadores. Se prevé la generación de residuos asimilables a urbanos, como papel y cartón, plástico, vidrio y restos de orgánicos, que se almacenarán en bolsas y se depositarán diariamente en los contenedores del polígono. El promotor aclara que se generan en el laboratorio residuos biológicos o materiales contaminados con restos biológicos que se almacenan en recipientes específicos y se esterilizan en un autoclave en la propia instalación. Estos residuos autoclavados se consideran como asimilables a urbanos. También generan pequeñas cantidades de residuos como restos de sangre y tejidos LER 180202. Residuos cuya recogida y eliminación son objeto de requisitos especiales para prevenir infecciones, que se gestionan mediante gestor autorizado. Proceso de consultas para la adopción de la resolución. Administraciones, instituciones y personas consultadas. - Ayuntamiento de Zaragoza. - Dirección General de Salud Pública. - Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario. - Dirección General de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía. - Asociación Naturalista de Aragón (ANSAR). - Ecologistas en Acción-Ecofontaneros. - Fundación Ecología y Desarrollo. - Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife). - Comisiones Obreras. - Unión General de Trabajadores. Anuncio en “Boletín Oficial de Aragón”, número 165, de 26 de agosto de 2016, para identificar posibles afectados. Respuestas recibidas. La Dirección General de Salud Pública, en su escrito de fecha 19 de septiembre de 2016, indica que no tiene sugerencias respecto del proyecto. La Agencia de Medio Ambiente y Sostenibilidad, Unidad de Control de la Contaminación del Ayuntamiento de Zaragoza, en su informe de 18 de octubre de 2016, concluye que no se considera necesario el sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. La Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife) remite, con fecha 2 de noviembre de 2016, una serie de indicaciones generales que se considera no son de aplicación en este proyecto. Ubicación del proyecto. La planta de producción de medicamentos se ubica en las naves existentes 21, 22 y 25, del polígono industrial Empresarium, Parque Industrial Magnum de Zaragoza, que se encuentran unidas con una superficie total construida es 610,35 m². El acceso se realiza desde la autovía A-68, mediante el vial que conduce al polígono industrial. Las coordenadas UTM huso 30 (ETRS89) de un punto significativo de la actuación son: X: 681.265 / Y: 4.604.535. Caracterización de la ubicación. La actividad se ubica en las naves existentes 21, 22 y 25 del polígono industrial Empresarium, Parque Industrial Magnum de Zaragoza. 673

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Los terrenos donde se ubica la actuación no están propuestos como lugar de interés comunitario (LIC), en aplicación de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, ni hay espacios declarados como zonas de especial protección para las aves (Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009), ni humedales del convenio ramsar. la actuación no está incluida en ningún plan de ordenación de los recursos naturales y los terrenos no pertenecen a ningún espacio protegido (Ley 6/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Aragón), ni se afectará a montes de utilidad pública ni a vías pecuarias. La zona se ubica en el ámbito del Decreto 233/2010, de 14 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un nuevo régimen de protección para la conservación del cernícalo primilla (Falco naumanni) y se aprueba el Plan de conservación de su hábitat, sin afectar a área crítica. Potenciales impactos del proyecto y valoración. - Utilización de recursos naturales. Fundamentalmente. viene determinada por la ocupación del suelo y el consumo de agua, energía y materiales durante las fases de obras y explotación. En cuanto a la ocupación del suelo, la actividad se ubica en unas naves existentes. Se prevé un consumo de 1.963 t/año de materias primas y auxiliares, 2800 m³/año de agua, 53.750 kWh/año de electricidad y 1.500 Nm³/año de gas natural, siendo la capacidad máxima prevista de producción de 1.927 t/año. Valoración: Se considera un impacto compatible, teniendo en cuenta que la actividad se ubica en unas naves existentes y siempre que los consumos sean adecuados a la capacidad máxima prevista de producción. - Contaminación atmosférica. En la fase de construcción, se exigirá que la maquinaria móvil utilizada en las obras se revise conforme a la correspondiente ITV. Existe un foco de combustión correspondiente a una caldera de 150 kW para producción de agua caliente, que utiliza gas natural como combustible. Para la dispersión de las emisiones, se dispondrá de una chimenea que dispondrá como medida correctora de un ciclón. No se indica si existen focos de proceso. El promotor clasifica la actividad con el código CAPCA 06 03 06 01. Producción de productos farmacéuticos, con c.c.d. mayor que 200 t/año o de 150 kg/h, grupo A (siendo c.c.d: la capacidad de consumo de disolvente). Al respecto, y según las materias primas indicadas, no se utilizan disolventes en la fabricación; por ello, se considera la actividad asimilable al código CAPCA 04 05 25 02. Producción de pesticidas, fitosanitarios o biocidas (formulaciones), grupo B. Valoración: Se considera un impacto compatible, siempre y cuando se cumplan las medidas preventivas y correctora previstas y aquellas otras que se establezcan en la autorización como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera, que deberá solicitar el promotor ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, según lo establecido en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y en el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación. - Contaminación por ruidos y vibraciones. Los equipos de producción e instalaciones auxiliares (unidades de tratamiento de aire, compresores, etc) generarán emisiones de ruidos. Las vibraciones se evitarán mediante el anclaje con amortiguadores antivibratorios y silent-bolcks. En caso de superarse los niveles máximos, de acuerdo a la ordenanza para la protección contra ruidos y vibraciones en Zaragoza se incorporarán los sistemas de mitigación necesarios. Valoración: Se considera un impacto compatible, siempre y cuando se cumplan las medidas preventivas y correctoras previstas y lo establecido en la normativa para la protección del medio ambiente contra la contaminación por ruidos y vibraciones. - Contaminación de los suelos y las aguas subterráneas por almacenamiento de materias primas, productos, residuos y posibles derrames accidentales. El promotor indica que las materias primas y productos finales se almacenan dentro de la nave en una superficie de 84 m², sin concretar capacidad de almacenamiento ni condiciones del mismo. Los residuos peligrosos y no peligrosos generados se almacenan en contenedores en el interior de la nave y se entregan a gestor autorizado. También se generan residuos asimilables a urbanos, como papel y cartón, plástico, vidrio y restos de orgánicos, que se almacenan en bolsas y se depositan diariamente en los contenedores del polígono. 674

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En el laboratorio, se generan residuos biológicos o materiales contaminados con restos biológicos que se almacenan en recipientes específicos y se esterilizan en un autoclave en la propia instalación. Estos residuos autoclavados, se consideran como asimilables a urbanos. También generan en el laboratorio pequeñas cantidades de residuos como restos de sangre y tejidos LER 180202. Residuos cuya recogida y eliminación son objeto de requisitos especiales para prevenir infecciones, que se gestionan mediante gestor autorizado. Valoración: Mediante Acuerdo de 11 de junio de 2014, de la Comisión Técnica de Zaragoza, se califica la actividad de acondicionamiento de naves para laboratorio a ubicar en c/ Ajedrea, naves 23-24, instada por Worldpathol, S.L. Por consiguiente, el promotor deberá obtener en el Ayuntamiento de Zaragoza, con carácter previo al inicio de la actividad, la modificación de la licencia ambiental de actividades clasificadas. Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se inscribe a Worldpathol, S.L. en el Registro de pequeños productores de residuos peligrosos de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su centro sito en c/ Ajedrea, nave 22, con el número AR/PP-10105, para residuos con código LER 160506. Productos químicos de laboratorio que consisten en sustancias peligrosas, incluidas las mezclas de productos químicos de laboratorio, o las contienen. En consecuencia, el promotor deberá tramitar la correspondiente modificación de dicha resolución incluyendo los nuevos residuos peligrosos que se generan. Se considera un impacto compatible, siempre y cuando los residuos peligrosos se almacenen en contenedores estancos y con sistema de recogida de derrames, debiendo cumplir lo dispuesto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. - Protección del medio hídrico. Se prevé que las aguas sanitarias (500 m³/año) y de proceso (1.367,5 m³/año) se conduzcan al colector del polígono industrial sin ningún tipo de depuración previa. Aunque se procurará que la eficacia del proceso sea alta (superior al 98%), existe la posibilidad de que restos de excipientes sean arrastrados por el agua de los lavados, que en ningún caso tendrán carácter peligroso, minimizándose la pérdida de sustancias activas. El agua procedente del primer lavado de las máquinas es la que contendrá un mayor porcentaje de sustancias activas, estimándose en el proyecto una concentración inferior a 100 ppm. Worldpathol realizará toma de muestras y analíticas de control periódicas para garantizar que el agua de los lavados no arrastra restos de sustancias activas. Las aguas pluviales se conducirán a la red de dicho polígono. Valoración: Revisadas las fichas de seguridad de algunos de los principios activos, se comprueba que alguna sustancia se clasifica como nociva (Xn). Al respecto, se considera un impacto compatible siempre y cuando el promotor obtenga la autorización de vertido de aguas residuales al alcantarillado municipal, aplicando, en caso necesario, el sistema de tratamiento adecuado para evitar incidencias que perturben y dificulten el normal desarrollo de los procesos y operaciones de las plantas depuradoras de aguas residuales o les impidan alcanzar los niveles óptimos de tratamiento y calidad de agua depurada, teniendo en cuenta que las aguas procedentes de los primeros lavados de las máquinas pueden contener principios activos de medicamentos, todo ello según lo previsto en el Decreto 38/2004, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los vertidos de aguas residuales a las redes municipales de alcantarillado. Vistos, el expediente administrativo incoado; los criterios establecidos en el anexo III de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, para la valoración de la existencia de repercusiones significativas sobre el medio ambiente y el resultado de las consultas previas, se resuelve: a) No someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria el proyecto de implantación de una nueva planta de producción de medicamentos, promovida por Worldpathol, S.L., en polígono industrial Empresarium, Parque Industrial Magnum, c/ Ajedrea, naves C21, C22 y C25, de Zaragoza, por no tener efectos significativos sobre el medio ambiente. b) El establecimiento de las siguientes medidas preventivas y correctoras: 1. Se deberá obtener en el Ayuntamiento de Zaragoza, con carácter previo al inicio de la actividad, la correspondiente modificación de la licencia ambiental de actividades clasificadas, según lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón. 2. Se deberá obtener en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental la autorización como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera, de acuerdo a lo establecido en la Ley 34/2007, de calidad del aire y protección de la atmósfera y en el Real Decreto 100/2011 de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de 675

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actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación. 3. Se deberá obtener la autorización de vertido de aguas residuales al alcantarillado municipal, aplicando, en caso necesario, el sistema de tratamiento adecuado para evitar incidencias que perturben y dificulten el normal desarrollo de los procesos y operaciones de las plantas depuradoras de aguas residuales o les impidan alcanzar los niveles óptimos de tratamiento y calidad de agua depurada, teniendo en cuenta que las aguas procedentes de los primeros lavados de las máquinas pueden contener principios activos de medicamentos; todo ello, según lo previsto en el Decreto 38/2004, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los vertidos de aguas residuales a las redes municipales de alcantarillado. 4. Se deberá tramitar en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental la modificación de la inscripción en el Registro de pequeños productores de residuos peligrosos de la Comunidad Autónoma de Aragón. 5. Los residuos peligrosos generados deberán almacenarse en contenedores estancos y con sistema de recogida de derrames. De acuerdo con el artículo 37.4 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, la presente resolución se publicará en el “Boletín Oficial de Aragón”. Conforme a lo previsto en el artículo 37.6 de la mencionada ley, la presente resolución perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicada en el “Boletín Oficial de Aragón”, no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación. En tal caso, el promotor deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto. Zaragoza, 22 de noviembre de 2016. El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL

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RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental por la que se modifica puntualmente la Resolución de 10 de agosto de 2015, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la actividad ampliada de la fábrica de productos activos para la industria farmacéutica y veterinaria, de Rolabo Outsourcing, S.L., en el término municipal de Zaragoza (Número Expte. INAGA 500301/02/2016/07385). Con fecha 2 de septiembre de 2015, se publica en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 170, la Resolución de 10 de agosto de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la actividad ampliada de la fábrica de productos activos para la industria farmacéutica y veterinaria, de Rolabo Outsourcing, S.L., en el término municipal de Zaragoza (Número Expte. INAGA/500301/02/2014/04981), modificada puntualmente por Resolución de 22 de junio de 2016 (Número de Expediente INAGA 500301/02/2016/03755). Con fecha 3 de agosto de 2016, Rolabo Outsourcing, S.L. presenta documentación técnica relacionada con las emisiones de los óxidos de nitrógeno del foco número 14, correspondiente a una caldera de vapor que usa gas natural como combustible, proponiendo un valor límite de emisión de 300 mg/Nm³ en sustitución de los actuales 200 mg/Nm³, que da lugar al presente expediente de modificación puntual de la autorización ambiental integrada. Con fecha 22 de agosto de 2016, se comunica el abono de la tasa establecida para la tramitación del expediente. En el artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se establece que la autorización ambiental integrada podrá ser modificada puntualmente a solicitud del titular de la instalación. Considerando que la Directiva (UE) 2015/2193 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión medianas, determina un valor límite de emisión de los NOX de 250 mg/Nm³ para las instalaciones de combustión existentes con potencia térmica nominal entre 1 y 5 MWt, y gas natural como combustible. Considerando que si bien este límite será de obligado cumplimiento para las instalaciones medianas existentes a partir del 1 de enero de 2030, esta instalación está en condiciones de cumplirlo actualmente con lo que se consigue una minimización de las emisiones de contaminantes a la atmósfera. Con fecha 16 de noviembre de 2015, se notifica al promotor el preceptivo trámite de audiencia para que pueda personarse en este Instituto y conocer el expediente completo antes de resolverse el mismo, sin que se hayan recibido alegaciones. La Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, le atribuye a este Instituto la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo único de la ley, entre las que se incluye la competencia para otorgar las autorizaciones ambientales integradas. Durante esta tramitación, se ha seguido el procedimiento de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón y la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa de general aplicación. Vistos, la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación; la Orden de 20 de mayo de 2015, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen los requisitos de registro y control en las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen métodos alternativos de análisis para determinados contaminantes atmosféricos; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto Legislativo 677

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2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve: Modificar puntualmente la Resolución de 10 de agosto de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la actividad ampliada de la fábrica de productos activos para la industria farmacéutica y veterinaria, de Rolabo Outsourcing, S.L., en el término municipal de Zaragoza, en el siguiente sentido: 1. Se sustituye la tabla de emisiones y sus límites admitidos, correspondiente al foco número 14, del apartado A. Emisiones a la atmósfera, del anexo II. Emisiones a la atmósfera y su control, por la siguiente: Emisiones

Valor límite de emisión

SO2

30 mg/Nm3

NOX

250 mg/Nm3 (medido como NO2)

CO

30 mg/Nm3

* Medidos sobre gas seco, con un contenido de oxígeno del 3%. Esta resolución se notificará en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se publicará en el “Boletín Oficial de Aragón”, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.3 y 23.4 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse. Zaragoza, 15 de diciembre de 2016. El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL

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RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica por tercera vez, la Resolución de 17 de junio de 2011, por la que se otorga la autorización ambiental integrada a la modificación de las instalaciones del Grupo BSH, en Montañana (Zaragoza), promovido por BSH Electrodomésticos España, S.A. (Número Expte. INAGA 500301/02/2015/08488 y Número de Expediente INAGA 500301/02/2016/04943). Con fecha 15 de julio de 2011, se publica en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 138, la Resolución de 17 de junio de 2011, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada a la modificación de las instalaciones del Grupo BSH, en Montañana (Zaragoza), promovido por BSH Electrodomésticos España, S.A. (Número Expte. INAGA 500301/02/2009/04052). Dicha autorización, adquiere efectividad con fecha 30 de enero de 2015 y se le otorga el número AAI-279. Con fecha 4 de enero de 2014, se publica en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 8, la Resolución de 26 de noviembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la autorización ambiental integrada de las instalaciones del Grupo BSH, en Montañana, ubicadas en el término municipal de Zaragoza, promovida por BSH Electrodomésticos España, S.A. (Número Expte. INAGA 500301/02/2013/08681). Con fecha 14 de marzo de 2014, se publica en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 52, la Resolución de 18 de febrero de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 17 de junio de 2011, por la que se otorga la autorización ambiental integrada a la modificación de las instalaciones del Grupo BSH, en Montañana (Zaragoza), promovido por BSH Electrodomésticos España, S.A. (Número Expte. INAGA 500301/02/2012/07736). Esta modificación está relacionada con sustitución del horno ferro de cocción de esmalte y que dispone de dos chimeneas de proceso con combustión, por otro horno de menores dimensiones y tecnología más moderna, que solo dispondrá de una salida de emisiones, e instalar en el secadero previo a este horno un quemador de apoyo y su correspondiente foco de combustión, por lo que se modifican los apartados correspondientes a la emisión de contaminantes a la atmósfera de la autorización ambiental integrada. Con fecha 24 de diciembre de 2014, se publica en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 252, la Resolución de 27 de noviembre de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente por segunda vez, la Resolución de 17 de junio de 2011, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada a la modificación de las instalaciones del Grupo BSH, en Montañana (Zaragoza), promovido por BSH Electrodomésticos España, S.A. (Número Expte. INAGA 500301/02/2014/06002). La modificación está relacionada con la baja de varios focos de emisión a la atmósfera por eliminación de calderas de calefacción y agua caliente, por lo que se modifican los apartados correspondientes a la emisión de contaminantes a la atmósfera de la autorización ambiental integrada. Con fecha 12 de agosto de 2015, BSH Electrodomésticos España, S.A. presenta documentación técnica relacionada con el cambio de un horno de onda media por dos de onda corta para el pegado de bitumen en la contrapuerta y zócalo del lavavajillas, que ha dado lugar a la apertura del Número Expte. INAGA/500301/02/2015/08488 y que se incorpora al Número Epxte. INAGA 500301/02/2016/04943, de modificación puntual de la autorización ambiental integrada por estar relacionados. Por Resolución de 10 de febrero de 2016, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental consideró modificación no sustancial, a los solos efectos de lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, y los criterios establecidos en el artículo 14 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, la ampliación de dos plantas en el edificio de diseño, desarrollo y evaluación de prototipos de placas de inducción, con el incremento de 1.576 m² (Número Expte. INAGA 500301/02/2015/12032). Por Resolución de 10 de febrero de 2016, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental consideró modificación no sustancial varias actuaciones constructivas en la instalación, que no afectaban al proceso productivo autorizado, pero que han supuesto que la parcela actual tenga una superficie de 92.409,28 m², con una ocupación de 47.199,28 m² y una superficie total construida de 51.238,91 m², y la previsión para el periodo 2016-2018 de redistribuir la ubicación de las distintas zonas de las instalaciones de la sección de cocción con objeto de mejorar los flujos de materiales en dicha sección. La modificación no sustancial estaba condicionada a que antes de la puesta en marcha de la instalación remodelada, se deberá tramitar la modificación puntual de la autorización ambiental integrada adjuntando memoria explica679

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tiva detallada, firmada por técnico competente, de los cambios a realizar en las instalaciones y la situación final prevista (Número Expte. INAGA 500301/02/2016/642). Con fecha 2 de junio de 2016, se recibe en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por parte de BSH Electrodomésticos España S.A., documentación técnica relativa a la ampliación de instalación industrial que ha dado lugar al presente expediente de modificación puntual de la autorización ambiental integrada. Con fecha 16 de agosto de 2016, se solicita al promotor desde el Instituto que amplíe la información técnica y con fecha 9 de septiembre de 2016, se aporta anexo a la memoria presentada con las aclaraciones requeridas. Con fecha 12 de septiembre de 2016, la empresa presenta informe relativo a la jerarquía de los residuos, que se incorpora a los presentes expedientes de modificación. Con fecha 20 de octubre de 2016, se notifica a BSH Electrodomésticos España, S.A. el preceptivo trámite de audiencia, de acuerdo a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, disponiendo para ello de un plazo de diez días. Con fecha 11 de noviembre de 2016, se recibe por parte del promotor observaciones al informe propuesta relativo a focos de emisión. Considerando la información suministrada por la empresa, las modificaciones no sustanciales resultas y que las modificaciones puntuales desde el otorgamiento de la autorización ambiental integrada están relacionadas fundamentalmente con modificaciones en los focos de emisión a la atmósfera y su control, y la actualización de la legislación vigente al respecto en la materia, procede una revisión completa de los condicionados correspondientes a las emisiones atmosféricas y su control para su actualización, incorporando los cambios solicitados por la empresa. Considerando el condicionado 1.5.bis. Jerarquía en la gestión de residuos, de la Resolución de 26 de noviembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la autorización ambiental integrada; el Catálogo Aragonés de Residuos; el Decreto 133/2013, de 23 de julio, del Gobierno de Aragón, que deroga el Registro de productores de residuos industriales no peligrosos de Aragón, y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, se actualizan los condicionados relativos a la producción de residuos. Considerando que en el artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se establece que la autorización ambiental integrada podrá ser modificada puntualmente a solicitud del titular de la instalación. Considerando que la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, le atribuye la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo único de la Ley, entre las que se incluye la competencia para otorgar las autorizaciones ambientales integradas. Vistos, la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados; La Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se apr ueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve: Modificar puntualmente por tercera vez la Resolución de 17 de junio de 2011, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada a la modificación de las instalaciones del Grupo BSH, en Montañana (Zaragoza), promovido por BSH Electrodomésticos España, S.A., en los siguientes términos: 1. Se sustituye el primer párrafo del apartado 1.1. Descripción de la instalación, por el siguiente: La parcela ocupa una superficie total de 92.409,28 m², con una ocupación de 48.011,04 m² y una superficie total construida de 51.238,91 m², distribuidos en planta baja y entreplantas. 2. Se sustituye íntegramente el condicionado 1.4. Emisiones a la atmósfera por el siguiente: Se autoriza a la empresa BSH Electrodomésticos España S.A., como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera, con el número de autorización AR/AA-061, de acuerdo a lo establecido en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y en el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación. 680

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Emisiones

Valor límite de emisión

CO

150 mg/Nm3

NOx

200 mg/Nm3 (medido como NO2)

Foco número 45. Quemador para el calentamiento de baños y secadero de la línea de tratamiento superficial previo al esmaltado supercatalítico-antigraso de la esmaltería sur, que utiliza gas natural como combustible y que tiene una potencia calorífica de 580 kWt. 681

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Las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera que desarrollan en la empresa están clasificadas de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación y se corresponden con: - Dos calderas de agua caliente y calefacción en la sección de esmaltería, con potencia calorífica conjunta de 3,27 MWt, incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, por lo que la actividad se clasifica en el grupo C, código 03010303. Calderas de potencia térmica nominal menor o igual de 2,30 MWt y mayor o igual de 70 kWt. - Los quemadores para calentamiento de distintos procesos productivos, cuya potencia térmica conjunta asciende a 4,087 MWt, por lo que la actividad se clasifica en el grupo B, código 03010602. Otros equipos de combustión no especificados anteriormente de una potencia térmica nominal menor o igual de 50 MWt y mayor o igual de 2,30 MWt. - Tres hornos de esmaltado en los que existe contacto directo entre los gases de combustión y el proceso cuya potencia térmica conjunta asciende a 9,57 MWt, por lo que la actividad se clasifica en el grupo B, código 03032635. Equipos de secado, granulado o similares o de aplicación de calor por contacto directo con gases de combustión, no especificados en otros epígrafes, de potencia térmica nominal mayor o igual de 2,30 MWt e inferior de 20 MWt. Sin embargo, considerando que la planta se encuentra dentro del núcleo de población de Montañana, y tal y como establece el citado real decreto, esta actividad pasa a considerarse de grupo A. - Proceso de esmaltería, clasificado en el grupo C, código 04061717. Aplicaciones de pinturas o recubrimientos no basados en disolventes en la industria con capacidad de producción mayor o igual a 20 m²/hora e inferior a 100 m²/hora. - Proceso de serigrafía, clasificado sin grupo, código 06010804. Aplicaciones de pinturas o recubrimientos en la industria no incluidas en epígrafes anteriores con capacidad de consumo de disolventes inferior o igual a 5 t/año. - Proceso por el cual se adhieren las planchas bituminosas a las paredes del lavavajillas mediante la aplicación de calor, clasificado sin grupo, código 06040504. Aplicación de colas o adhesivos (recubrimiento con adhesivos) con capacidad de consumo de disolventes inferior o igual a 5 t/año. La empresa deberá cumplir los valores límite de emisión establecidos para cada uno de los focos emisores y contaminantes emitidos, que se señalan a continuación. a) Focos de combustión. Foco número 39. Quemador para el calentamiento de baños y secadero del túnel IC3 esmaltería norte, en el que se realiza el tratamiento previo de desengrase de las piezas, que utiliza gas natural como combustible y que tiene una potencia calorífica de 584.800 kcal/h (680 kWt). La chimenea de evacuación de gases tiene 30 cm de diámetro y una altura de 11,50 m. Este foco se codifica como AR 061/IC19. Clasificación según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA2010): grupo C código 03010603. Se contempla la emisión de gases contaminantes, principalmente CO y NOx. Los límites admitidos para cada una de estas emisiones son:

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La chimenea de evacuación de gases tiene 30 cm de diámetro y una altura de 4 m. Este foco se codifica como AR 061/IC23. Clasificación según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA2010): grupo C código 03010603. Se contempla la emisión de gases contaminantes, principalmente CO y NOx. Los límites admitidos para cada una de estas emisiones son: Emisiones

Valor límite de emisión

CO

150 mg/Nm3

NOx

200 mg/Nm3 (medido como NO2)

Focos número 47 y número 48. Quemadores baño predesengrase y desengrase fosfatado línea de pintura. Usan como combustible gas natural y tienen una potencia de 363 kW y 472 kW, respectivamente. Las chimeneas de evacuación de gases tienen 22 cm y 25 cm de diámetro respectivamente y una altura de 7,20 m. Estos focos se codifican como AR 061/IC25 y AR 061/IC26, respectivamente. Clasificación según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA2010): grupo C código 03010603. Se contempla la emisión de gases contaminantes, principalmente CO y NOx. Los límites admitidos para cada una de estas emisiones son: Emisiones

Valor límite de emisión

CO

100 mg/Nm3

NOx

200 mg/Nm3 (medido como NO2)

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Focos número 49, número 50, número 51 y número 57. Se corresponden con el quemador del horno de secado pintura, el quemador del horno de polimerizado pintura, el quemador del túnel de tratamiento superficial GV640 lavavajillas, que se utiliza para calentar el agua de los baños, y el quemador de apoyo del horno de curado VET de la sección de esmaltaría. Usan como combustible gas natural y poseen una potencia calorífica de 300.000 kcal/h (348 kWt), 325.000 kcal/h (378 kWt), 300.000 kcal/h (348 kWt) y 120 kWt, respectivamente. Las chimeneas de evacuación de gases tienen respectivamente 20 cm, 25 cm, 40 cm y 25 cm de diámetro y una altura de 3,12 m, 12 m, 10 m y 10 m. Estos focos se codifican como AR 061/IC27, AR 061/IC28, AR061/IC29 y AR061/IC30. Clasificación según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA2010): grupo C código 03010603. Se contempla la emisión de gases contaminantes, principalmente CO y NOx.

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Los límites admitidos para cada una de estas emisiones son: Emisiones

Valor límite de emisión

CO

50 mg/Nm3

NOx

200 mg/Nm3 (medido como NO2)

Emisiones

Valor límite de emisión

CO

120 mg/Nm3

SO2

30 mg/Nm3

NOx

200 mg/Nm3 (medido como NO2)

Fluoruros

80 mg/Nm3

Partículas

30 mg/Nm3

Suma de metales (Cr, Zn, Mn, Cu, Ni, Sb, Zr)

7 mg/Nm3

Foco número 44. Horno Eisenman, para la cocción de esmalte en polvo ubicado en la esmaltaría norte. Se trata de un horno de proceso con contacto directo entre los gases de combustión y el proceso. Usa como combustible gas natural y posee una potencia calorífica de 7.267.845 kcal/h (8,45 Mwt). La chimenea de evacuación de gases tiene 50 cm de diámetro y una altura de 11,50 m. Clasificación según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA2010): grupo B, código 03032635. Este foco se codifica como AR 061/IC22. Se contempla la emisión de partículas, metales y gases contaminantes, principalmente CO, SO2, NOx y fluoruros. Los límites admitidos para cada una de estas emisiones son: 683

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b) Focos de proceso. Foco número 56. Horno VET: salida del horno de curado de la sección de esmaltería. Se trata de un horno de proceso con contacto directo entre los gases de combustión y el proceso. Usa como combustible gas natural y posee una potencia calorífica de 770 kW (0,77 MWt). La chimenea de evacuación de gases tiene 50 cm de diámetro y una altura de 15 m. Este foco se codifica como AR061/PI28. Clasificación según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA2010): grupo B, código 03032636. Se contempla la emisión de partículas, metales y gases contaminantes, principalmente CO, SO2, NOx y fluoruros. Los límites admitidos para cada una de estas emisiones son:

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Emisiones

Valor límite de emisión

CO

250 mg/Nm3

SO2

30 mg/Nm3

NOx

200 mg/Nm3 (medido como NO2)

Fluoruros

80 mg/Nm3

Partículas

30 mg/Nm3

Suma de metales (Cr, Zn, Co, Zr)

4 mg/Nm3

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Focos número 15 y número 16. Cabina antigraso 1 y cabina antiguado 2. Cabinas I y II de aplicación de la masa fundente para el esmaltado supercatalítico-antigraso. Esmaltería sur. Disponen de filtro de mangas. Las chimeneas de evacuación de gases son cuadradas y tienen unas dimensiones de 0,70 m x 0,40 m de perímetro, y una altura de 12 m. Clasificación según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA2010): grupo C, código 04061717. Estos focos se codifican como AR 061/PI07 y AR 061/PI08, respectivamente. Se contempla la emisión de partículas sólidas. Los límites admitidos para cada una de estas emisiones son: Emisiones

Valor límite de emisión

Partículas sólidas

30 mg/Nm3

Emisiones

Valor límite de emisión

Partículas

30 mg/Nm3

Foco número 11. Cabinas de serigrafía. La chimenea de evacuación de gases tiene 50 cm de diámetro y una altura de 10 m. Clasificación según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA2010): sin grupo asignado, código 06010804. 684

csv: BOA20170113013

Focos número 41 y número 42. Cabinas I y II de aplicación del esmalte de cubrición en el esmaltado supercatalítico- antigraso. Esmaltería sur. Disponen de filtro de mangas. Las chimeneas de evacuación de gases tienen 45 cm de diámetro y una altura de 10 m. Clasificación según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA2010): grupo C, código 04061717. Estos focos se codifican como AR 061/PI22 y AR 061/PI23, respectivamente. Se contempla la emisión de partículas sólidas. Los límites admitidos para estas emisiones son:

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Este foco se codifica como AR 061/PI03. Se contempla la emisión de compuestos orgánicos volátiles (COVs). Los límites admitidos para estas emisiones son: Emisiones

Valor límite de emisión

COVs

100 mgC/Nm3

Focos número 52, número 53, número 54, número 58 y número 59. Hornos de bituminoso cuba lavavajillas 1, 2 y 3, onda corta contrapuerta y onda corta zócalo. En estos hornos eléctricos, se adhieren las planchas bituminosas a las paredes del lavavajillas mediante la aplicación de calor. Las chimeneas de evacuación de gases de los focos número 52, número 53 y número 54 tienen 15 cm de diámetro y una altura de 10 m; la del foco número 58 tiene 20 cm de diámetro y una altura de 8,40 m, y la del foco número 59 tiene 20 cm de diámetro y una altura de 9,10 m. Clasificación según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA2010): sin grupo, código 06040504. Estos focos se codifican como AR061/PI24, AR061/PI25, AR061/PI26, AR061/PI30 y AR061/PI31, respectivamente. Se contempla la emisión de compuestos orgánicos volátiles (COVs). Emisiones

Valor límite de emisión

COVs

100 mgC/Nm3

Los límites admitidos para estas emisiones son: Foco número 60. Nuevo horno de esmaltado de pieza plana. Salida del horno de curado de la sección de esmaltería. Se trata de un horno de proceso con contacto directo entre los gases de combustión y el proceso. Usa como combustible gas natural y posee una potencia calorífica de 350 kW (0,35 MWt). La chimenea de evacuación de gases tiene 60 cm de diámetro y una altura de 6 m. Este foco se codifica como AR061/PI32. Clasificación según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA2010): grupo C, código 03032637. Se contempla la emisión de partículas, metales y gases contaminantes, principalmente CO, NOx y fluoruros. Los límites admitidos para cada una de estas emisiones son: Emisiones

Valor límite de emisión

CO

120 mg/Nm3 200 mg/Nm3

NOx

Fluoruros

80 mg/Nm3

Partículas

30 mg/Nm3

Suma de metales (Cr, Zn, Mn, Cu, Ni, Sb, Zr)

7 mg/Nm3

685

csv: BOA20170113013

(medido como NO2)

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3. Se sustituyen las tablas de residuos peligrosos del condicionado 1.6 Producción de residuos peligrosos, por las siguientes: Residuos peligrosos

Código LER

Cantidad (t/año)

gr/unidad de aparato (*)

Operación de tratamiento

Residuos de adhesivos y sellantes que contienen disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas

080409

7

2,41

R2/D5-D9

Residuos de tintas que contienen sustancias peligrosas

080312

0,14

0,048

R2/D5-D9

Residuos de tóner de impresión que contienen sustancias peligrosas

080317

0,39

0,13

R5

Ácidos no especificados en otra categoría

110106

41,3

14,22

D9

Residuos de desengrasado que contienen sustancias peligrosas

110113

25

8,61

D9

Otros disolventes y mezclas de disolventes

140603

0,5

0,17

R2/D9

Envases que contienen sustancias peligrosas

150110

16,2

5,58

R3-R4-R5

Absorbentes, materiales de filtración (incluidos los filtros de aceite no especificados en otra categoría), trapos de limpieza y ropas protectoras contaminados por sustancias peligrosas

150202

7

2,41

R3-R5-R7-R9/D5-D9

Gases en recipientes a presión (incluidos los halones) que contienen sustancias peligrosas

160504

0,07

0,24

R5

Baterías de plomo

160601

3

1,03

R4

Baterías Ni-Cd

160602

0,5

0,17

R5

Residuos cuya recogida y eliminaciones

180103

0,007

0,002

--

190813

33,2

11,43

D9

o que estén contaminados por ellas

objeto de requisitos especiales para prevenir infecciones Lodos procedentes de otros tratamientos de aguas residuales industriales, que contienen sustancias peligrosas

Residuos peligrosos

Código LER

Cantidad (t/año)

g/t Producto final (*)

Operación de tratamiento

Tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio

200121

0,5

0,17

D5-D9

Agua aceitosa procedente de separadores de agua/sustancias aceitosas

130507

0,5

0,17

R1

Otros aceites hidráulicos

130113

36,5

12,56

R9

(*) Calculado para una producción máxima de 2.905.200 unidades/año. 4. Se sustituye el condicionado 1.7 Producción de residuos industriales no peligrosos, por el siguiente: 686

csv: BOA20170113013

(*) Calculado para una producción máxima de 2.905.200 unidades/año.

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Residuos no peligrosos

Código LER

Cantidad (t/año)

Operación de tratamiento

Virutas y rebabas de plástico

120105

7,8

R3

Plástico de embalaje

150102

54,69

R3

Limaduras y virutas de metales férreos

120101

3.280

R4

Lodos y tortas de filtración distintos de los especificados en el código 110109

110110

36,520

D5

Residuos de arenillas de revestimientos (lodos de esmaltes)

080201

70

D5

Papel y cartón

150101

686,3

R3

Envases de madera

150103

132,660

R3

Cables distintos de los especificados en el código 170410

170411

0,480

R4

Equipos electrónicos distintos de los especificados en los códigos 200121, 200123 y 200135 (*)

200136

83

R4

Madera distinta de la especificada en el código 200137 (madera triturada)

200138

356,75

R3

Residuos no especificados en otra categoría

200199

234,01 (**) (***)

R12

(*) Residuos cuya entrega podrá realizarse conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos. (**) Esta cantidad se refiere única y exclusivamente a otros residuos industriales no peligrosos que se generen en procesos productivos y no se recojan separadamente, como flejes de embalajes y poliéster expandido (150102) y restos de goma y caucho (120199). No se incluyen en este grupo los residuos asimilables a urbanos como residuos de la limpieza viaria, que se incluyen en el condicionado 1.8. Producción de residuos asimilables a urbanos, y deberán gestionarse separadamente. (***) Se deberá procurar una correcta segregación de los diferentes tipos de residuos industriales que se señalan en (**), para una gestión posterior más acorde con la jerarquía de gestión establecida en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. Los residuos no peligrosos generados en la planta deberán gestionarse mediante un gestor autorizado, conforme a lo previsto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y el Decreto 2/2006, de 10 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de la producción, posesión y gestión de residuos industriales no peligrosos y del régimen jurídico del servicio público de eliminación de residuos industriales no peligrosos no susceptibles de valorización en la Comunidad Autónoma de Aragón. 5. Se sustituye íntegramente el condicionado 1.10. Control de emisiones a la atmósfera, por el siguiente: 1.10. Control de emisiones a la atmósfera. - Condiciones de monitorización y evaluación del cumplimiento de los valores límite de emisión a la atmósfera. Las instalaciones deberán disponer de sitios y secciones de medición de acuerdo con lo especificado en la norma UNE-EN 15259:2008, si bien los focos existentes no deberán adaptarse a esta norma siempre y cuando estén diseñados y cumplan lo establecido en el anexo III de la Orden de 18 de octubre de 1976, sobre prevención y corrección de la contaminación industrial de la atmósfera. 687

csv: BOA20170113013

1.7. Producción de residuos no peligrosos. Se autoriza a BSH Electrodomésticos España, S.A. la inscripción en el Registro de productores de residuos no peligrosos, según lo establecido en Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, con el número de inscripción AR/PRNP-102, para los siguientes residuos:

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El muestreo y análisis de los contaminantes y parámetros complementarios, se realizarán de acuerdo a lo siguiente: - El análisis de los contaminantes monóxido de carbono (CO), óxidos de nitrógeno (NOX) y dióxido de azufre (SO2), así como el contenido de oxígeno (O2), emitidos a la atmósfera por las instalaciones de combustión, podrán realizarse por procedimientos internos del organismo de control acreditado, en los que se utilice la técnica de células electroquímicas. - El muestreo y análisis de contaminantes atmosféricos distintos de los señalados anteriormente deberán realizarse con arreglo a las normas CEN aplicables. - En caso de no disponer de normas CEN para un parámetro concreto, se utilizarán, por este orden de preferencia, normas UNE, normas ISO y otras normas internacionales. - En todos los casos, los métodos deberán estar incluidos en el alcance de acreditación vigente del organismo de control acreditado en el momento de la determinación. En cualquier caso, en inspecciones periódicas: - La toma de muestras deberá realizarse en condiciones reales y representativas de funcionamiento de la actividad. - Si las emisiones del proceso son estables, se realizarán, como mínimo, en un periodo de ocho horas, tres muestreos representativos de una duración mínima de una hora cada uno de ellos, realizando un análisis por separado de cada muestra. - Si las condiciones de emisión no son estables, por ejemplo en procesos cíclicos o por lotes, en procesos con picos de emisión o en procesos con emisiones altamente variables, se deberá justificar que el número de muestras tomadas y la duración de las mismas es suficiente para considerar que el resultado obtenido es comparable con el valor límite establecido. - En cualquiera de los casos anteriores, la duración de los muestreos debe ser tal que la cantidad de muestra tomada sea suficiente para que se pueda cuantificar el parámetro de emisión. - Para cada parámetro a medir, para el que no haya norma CEN, norma UNE, normas ISO, otras normas internacionales y normas españolas aplicables, el límite de detección del método de medida utilizado no deberá ser superior al 10% del valor límite establecido en la presente autorización. - Los informes de los controles externos realizados por organismo de control acreditado deberán contener, al menos y para cada parámetro medido, los siguientes datos: foco medido, condiciones predominantes del proceso durante la adquisición de los datos, método de medida incluyendo el muestreo, incertidumbre del método, tiempo de promedio, cálculo de las medias y unidades en que se dan los resultados. - Así mismo, el contenido de los informes deberá cumplir lo establecido en el Decreto 25/1999, de 23 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el contenido de los informes de los organismos de control sobre contaminación atmosférica, en la Comunidad Autónoma de Aragón. - Los resultados de las medidas se expresarán en concentración media de una hora y se referirán a condiciones normalizadas de temperatura (273 K) y de presión (101,3 kPa) de gas seco. En el caso de gases de combustión, los resultados se corregirán al contenido de oxígeno que se hayan indicado expresamente, en su caso, en el apartado A de este anexo. - Se considerará que se cumplen los valores límite de emisión si la media de concentración de los muestreos realizados más la incertidumbre asociada al método es inferior al valor límite establecido. - Frecuencias de los controles. En los focos clasificados en el grupo A, se deberán realizar autocontroles de sus emisiones atmosféricas con periodicidad quincenal y mediciones oficiales por organismo de control autorizado cada dos años. En los focos clasificados en el grupo B, se deberán realizar autocontroles de sus emisiones atmosféricas con periodicidad anual y mediciones oficiales por organismo de control autorizado cada tres años. En los focos clasificados en el grupo C y en los focos sin grupo asignado, se deberán realizar mediciones oficiales por organismo de control autorizado cada cinco años. Los focos incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, serán inspeccionados según lo establecido en el citado reglamento. - Obligaciones de registro y documentales. La empresa deberá mantener debidamente actualizado un registro, físico o telemático, que incluya los siguientes datos: 688

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a) Número de inscripción, código CAPCA y grupo de la principal actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera. b) Para cada foco emisor, canalizado o no: - Número de identificación del foco. - Fecha de alta y baja del foco. - Código CAPCA y grupo de la actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera correspondiente a ese foco. - Frecuencia de las mediciones, según la presente resolución. - Características del foco emisor indicando si es canalizado o difuso y, cuando proceda según el tipo de foco, altura y diámetro de la chimenea, ubicación mediante coordenadas UTM (huso 30, ETRS89), número de horas/día y horas/año de funcionamiento, caudal de gases emitidos en condiciones reales de funcionamiento (m³/h) y en condiciones normalizadas de presión y temperatura (m³N/h), temperatura de emisión de los gases y medidas correctoras de que dispone. En caso de que sea un foco de proceso, se deberá indicar la capacidad de procesamiento y en caso de que sea un foco de combustión, se deberá indicar la potencia térmica nominal, el consumo horario y anual de combustible y el tipo de combustible utilizado. - Límites de emisión, en caso de foco canalizado o de calidad del aire, si es un foco difuso, establecidos en la presente resolución. - Mediciones de autocontrol realizadas, indicando fecha de toma de muestras, método de análisis y resultados. - Controles externos realizados indicando fecha de toma de muestras, nombre del organismo de control acreditado que realiza las mediciones y resultados de las mediciones. - Incidencias: superación de límites, inicio y fin de paradas por mantenimiento o avería, cambios o mantenimientos de medidas correctoras. - Inspecciones pasadas. Fecha de envío de resultados de mediciones a la administración. BSH Electrodomésticos España, S.A. deberá conservar la información del registro físico o telemático, así como los informes de las mediciones realizadas por los organismos de control acreditados, durante un periodo no inferior a diez años. En el primer trimestre de cada año, BSH Electrodomésticos España, S.A. deberá comunicar al Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Zaragoza los informes de medición de los controles periódicos realizados por un organismo de control acreditado correspondientes al año precedente. 6. Se sustituye el apartado Control de la producción de residuos industriales no peligrosos, del condicionado 1.12. Producción de residuos, por el siguiente: Control de la producción de residuos no peligrosos. Sin perjuicio de lo señalado en el condicionado 1.8 para los residuos domésticos, la empresa deberá registrar y conservar en un archivo los documentos de aceptación y los documentos que acrediten la entrega de los residuos no peligrosos a un negociante para su tratamiento o a una empresa o entidad de tratamiento autorizada. Así mismo, deberá llevar un archivo cronológico, físico o telemático, en el que se harán constar la fecha, cantidad, naturaleza, origen, destino, método de tratamiento y, si procede, medio de transporte y frecuencia de recogida de los residuos no peligrosos generados. La información archivada y los justificantes documentales se guardarán, al menos, tres años. Esta resolución se notificará en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se publicará en el “Boletín Oficial de Aragón”, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.3 y 23.4 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse. Zaragoza, 21 de diciembre de 2016.

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El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL

csv: BOA20170113013

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V. Anuncios a) Contratación de las Administraciones Públicas CONSORCIO AEROPUERTO DE TERUEL ANUNCIO del Consorcio del Aeropuerto de Teruel, por el que se convoca la licitación de un contrato privado de seguro. 1. Entidad adjudicataria: a) Organismo: Consorcio del Aeropuerto de Teruel. b) Dependencia que tramita el expediente: Gerencia. c) Número de expediente: CON/01/2017. 2. Objeto del contrato: a) Tipo: Contrato privado de seguro. b) Descripción: Seguro responsabilidad civil operador de aeropuertos para el aeropuerto de Teruel. c) Lugar de ejecución: 1. Domicilio: Aeropuerto de Teruel en Polígono de Tiro, 4. 2. Localidad y código postal: Teruel 44396. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Simplificada. b) Procedimiento: Abierto. c) Criterios de adjudicación: Según lo señalado en el anexo IV del PCAP. 4. Valora estimado del contrato: 80.000 euros (Impuestos incluidos y consorcio de compensación de seguros). 5. Presupuesto base de licitación: 80.000 euros (Impuestos incluidos y consorcio de compensación de seguros). 6. Garantías exigidas: Provisional: No se exige. Definitiva: 5 % del importe de adjudicación. 7. Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación: No se exige. b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica: Según anexo II del PCAP.

9. Presentación de ofertas: a) Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del decimoquinto día natural siguiente a la publicación del presente anuncio entendiéndose que si dicho día es sábado o festivo el plazo de prorrogará hasta el siguiente día hábil. b) Documentación a presentar: La especificada en el pliego de cláusulas administrativas particulares. c) Lugar de presentación. 1. Entidad: Registro del Consorcio del Aeropuerto de Teruel. 2. Domicilio a efectos de presentación de ofertas: Polígono de Tiro 4. 690

csv: BOA20170113014

8. Obtención de documentación e información: a) Documentación: Los pliegos que rigen la licitación pueden obtenerse en la dirección del perfil del contratante del Consorcio http://www.aragon.es/ContratacionPublica y www.aeropuertodeteruel.com. b) La información técnica de la licitación se podrá obtener en el Consorcio del aeródromo/aeropuerto de Teruel. Polígono de Tiro 4, 44396 Teruel- Teléfono 978617742. c) Información administrativa: Consorcio del aeródromo/aeropuerto de Teruel. Polígono de Tiro 4, 44396 Teruel. Teléfonos 978617742. Correo electrónico: admin@ aeropuertodeteruel.com. d) Fecha límite de obtención de documentación e información: Hasta las catorce horas del 7 de octubre de 2014.

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3. Localidad y código postal: 44396 Teruel. Las proposiciones también podrán presentarse por correo; en este caso (artículo 80,4 RGLCAP) se deberá remitir, dentro del mismo día, copia del resguardo del certificado de correos en el que se aprecie la fecha y hora de imposición al fax número 978617742. d) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Dos meses. 10. Apertura de las ofertas: Se comunicará a los licitadores el lugar, fecha y hora de apertura de las ofertas a través del perfil del contratante. 11. Gastos de anuncios: Serán de cuenta del adjudicatario los correspondientes a la publicación del presente anuncio en el “Boletín Oficial de Aragón”. 12. Otras informaciones: La composición de la Unidad Técnica se comunicará a los licitadores a través del perfil del contratante.

csv: BOA20170113014

Teruel, 5 de enero de 2017.— El Gerente, Alejandro Ibrahim Perera.

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b) Otros anuncios DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES NOTIFICACIÓN de la Dirección General de Igualdad y Familias del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, referente al Registro de Parejas Estables no Casadas. Dado que no ha sido posible efectuar las correspondientes notificaciones en los procedimientos del Registro de parejas estables no casadas instados por los interesados que se relacionan a continuación, se procede, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la notificación mediante el presente anuncio, el cual surte efectos a partir de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, según determina el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Los interesados podrán conocer el contenido íntegro de la notificación en la Dirección General de Igualdad y Familias, ubicada en vía Universitas, 36 de Zaragoza. Zaragoza, 3 de enero de 2017.— La Directora General de Igualdad y Familias, Teresa Sevillano Abad. Anexo:

csv: BOA20170113015

Ulbein Olaya Hernández. Nieves Esmidie López González. Javier González Fernández. Ivanilda Santos de Santana. Radames Bell Ducas. Yanicel Suárez Viñales. Guadalupe Bardají Bardají. Abderrahim Baamrani. Oscar Marco Lahuerta. Dayse Cristiane da Concençiao. Carlos Antonio Utria Hernández. Danna Janeth Mora Florez. José Ámgel Gustrán Lázaro. Cathy Mbengue.

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NOTIFICACIÓN de la Dirección General de Igualdad y Familias del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, referente al Registro de Parejas Estables no Casadas. Dado que no ha sido posible efectuar las correspondientes notificaciones en los procedimientos del Registro de parejas estables no casadas instados por los interesados que se relacionan a continuación, se procede, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 41, 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Adminsitraciones Públicas, a la notificación mediante el presente anuncio. Los interesados podrán conocer el contenido íntegro de la notificación en la Dirección General de Igualdad y Familias, ubicada en vía Universitas, 36, de Zaragoza. Zaragoza, 4 de enero de 2017.— La Directora General de Igualdad y Familias, Teresa Sevillano Abad. Anexo:

csv: BOA20170113016

Irina Strygina. Francisco A. García Cabrera. Eva Gil Martínez. Pablo Choliz del Junco. Jhonny Virgilio Polanco Wilmot. Daniela Narcisa Rivadeneira Alava. Paola R. Betances Santana. Jessica P. Fernández Tipantuña. Naika Blas Arnal. Zeshan Mahmood. Julia N. Bacale Mbengono. Alexia Mondurrey Ortín. Julio Gabarre Giménez. Chantal Bakam Kengne. Lhoussaine Mamma. José A. Tejero Velasco. Mitchel García Silverio. Anabel Romero López. Francis M. Alcantara Valdez. Ana C. Dos Santos Cardoso. Onassis Antonio Melo Feliz. Daniela Margarita Matos Medina. José Miguel Crucey Rodríguez. Rojer Cuevas Ledesma. Aleidys Milkidia Cuevas Carrasco. Juan Ricardo Canario Gómez.

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DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD ANUNCIO del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por el que, en el proceso de participación pública legalmente previsto, se inicia el trámite de información al público del proyecto y estudio de impacto ambiental para la ampliación de una explotación porcina de cebo, hasta 4.576 plazas, en el polígono 510, parcela 2 del término municipal de Barbués (Huesca) y promovido por D. Antonio José Revuelta Lisa. Expediente INAGA 500601/02/2015/06361. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se inicia el correspondiente trámite de información pública como parte integrante del procedimiento de autorización ambiental integrada y de la evaluación de impacto ambiental, cuyos datos se detallan a continuación: a) El promotor D. Antonio José Revuelta Lisa ha solicitado autorización ambiental integrada para el proyecto de ampliación de una explotación porcina de cebo, hasta una capacidad de 549,12 UGM, en el polígono 510, parcela 2 de Barbués (Huesca). Dicho proyecto también está sujeto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, considerándose que su ejecución no producirá efectos ambientales significativos sobre otro Estado de la Unión Europea. b) La competencia para resolver la solicitud de autorización ambiental integrada y la evaluación de impacto ambiental en relación con el referido proyecto corresponde al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental. c) Los órganos de los que puede obtenerse información al respecto y presentar observaciones, alegaciones y consultas son: El INAGA y el Ayuntamiento de Barbués siendo el plazo disponible para su presentación de 30 días a partir del día siguiente a la publicación del presente Anuncio en el “Boletín Oficial de Aragón”. d) Corresponde al Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental otorgar, si procede, la autorización ambiental integrada, configurándose dicha autorización como la resolución administrativa definitiva contra la que se podrá interponer los recursos que en su caso procedan. La declaración de impacto ambiental del proyecto se integrará en la misma resolución. El proyecto básico y el estudio de impacto ambiental se encuentran disponibles al público, para su consulta, en los siguientes lugares: Oficina del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, edificio Dinamiza (recinto Expo), avenida Ranillas, 3 C, 3.ª, Zaragoza y en la URL http://www.aragon.es/inaga/informacionpublica. Así mismo en esta dirección electrónica, se podrá presentar alegaciones al proyecto por medios telemáticos. Ayuntamiento de Barbués, plaza Asunción, s/n. e) Previo análisis y examen de la información en los lugares indicados en la letra d) del presente anuncio, las modalidades de participación del público son las propias de este trámite de información pública, la consulta a las personas interesadas y a las Administraciones públicas afectadas. f) La participación del público podrá realizarse, durante el plazo indicado en el apartado c) del presente anuncio, por escrito en los lugares a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Zaragoza, 21 de diciembre de 2016.— El Jefe el Área V, Óscar Fayanás Buey.

csv: BOA20170113017

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ANUNCIO de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, relativo al “Curso para la utilización de productos fitosanitarios - nivel básico”, organizado por Acciones Técnicas Bajo Aragonesa 2005 S.L.U. (ATBA Formación), a celebrar en Calanda (Teruel). Conforme a lo establecido en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, y en la Orden de 1 de abril de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, de acuerdo con las siguientes características: Organiza: Acciones Técnicas Bajo Aragonesa 2005 S.L.U. (ATBA Formación). Número de asistentes: 15. Fechas: 30, 31 de enero, 1, 2, 3 y 4 de febrero de 2017. Horario: Todos los días 18:00 a 22:00 horas, excepto el día 4 de febrero que será de 09:00 a 14:00 horas. Lugar de celebración: Horas teóricas en las instalaciones de ATBA Formación en calle Los Caños, 18, local, CP 44570 de Calanda (Teruel). Las horas prácticas se celebraran en el camino Las Pedreras, número 8, de la misma localidad. Participantes: Dirigido a personal auxiliar de tratamientos no agrícolas, y los agricultores que los realizan en la propia explotación sin emplear personal auxiliar. Solicitudes: Se facilitarán, presentarán e irán dirigidas a ATBA Formación en calle Los Caños, 18, local, CP 44570 de Calanda (Teruel), por teléfono o Fax en el 978-847905 o por correo electrónico en [email protected]. Todo ello de acuerdo al modelo de instancia que figura en el anexo I de este anuncio. Si el número de solicitudes presentadas fuera superior al número de plazas previstas para el curso, se respetará el orden temporal de recepción de las mismas. Objetivo del curso: La obtención del carné para la utilización de productos fitosanitarios (nivel básico). Dicha capacitación, que se entenderá justificada por la asistencia al curso y por la superación del oportuno examen, se acreditará con la concesión del adecuado carné por el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad. Plazo de presentación de las solicitudes: Desde la fecha de publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de Aragón”, hasta el día anterior al inicio del curso. Programa: El programa del “Curso para la utilización de productos fitosanitarios - nivel básico” es el que determina el anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre (“Boletín Oficial del Estado”, número 223, de 15 de septiembre de 2012). Nota: Cualquier modificación que hubiera que llevar a cabo, relativa a cambio de fechas, horarios, lugar de celebración de los cursos, etc. se comunicará de manera urgente a los interesados. Zaragoza, 5 de enero de 2017.— El Director General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, Enrique Novales Allué.

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ANUNCIO de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, relativo al “Curso para la utilización de productos fitosanitarios - nivel cualificado”, organizado por Aratria Asesores, S.L. a celebrar en Zaragoza. Conforme a lo establecido en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, y en la Orden de 1 de abril de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, de acuerdo con las siguientes características: Organiza: Aratria Asesores, S.L. Número de asistentes: 15. Fechas: 1, 2, 3, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15 y 16 de febrero de 2017. Horario: Todos los días de 16:00 a 21:00 horas excepto el día 15 de febrero que será de 15:00 a 20:00 horas. Lugar de celebración: Horas teóricas en Aratria Asesores, S.L., c/ Jorge Guillén, 3 local, 50018 Zaragoza. Las prácticas se realizarán en la c/ Joaquín Costa, 19, polígono Los Llanos de la Estación, 50800 Zuera (Zaragoza). Participantes: Dirigido a responsables de tratamientos con productos fitosanitarios. Solicitudes: Se facilitarán, presentarán e irán dirigidas a Aratria Asesores, S.L. en calle Jorge Guillén, 3, local, CP 50018 de Zaragoza ([email protected], teléfono 976-514507 ó 608157557). Todo ello de acuerdo al modelo de instancia que figura en el anexo I de este anuncio. Si el número de solicitudes presentadas fuera superior al número de plazas previstas para el curso, se respetará el orden temporal de recepción de las mismas. Objetivo del curso: La obtención del carné para la utilización de productos fitosanitarios (nivel cualificado). Dicha capacitación, que se entenderá justificada por la asistencia al curso y por la superación del oportuno examen, se acreditará con la concesión del adecuado carné por el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad. Plazo de presentación de las solicitudes: Desde la fecha de publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de Aragón”, hasta el día anterior al inicio del curso. Programa: El programa del “Curso para la utilización de productos fitosanitarios - nivel cualificado” es el que determina el anexo IV del Real Decreto 1311/2012 de 14 de septiembre (“Boletín Oficial del Estado”, número 223, de 15 de septiembre de 2012). Nota: Cualquier modificación que hubiera que llevar a cabo, relativa a cambio de fechas, horarios, lugar de celebración de los cursos, etc. se comunicará de manera urgente a los interesados. Zaragoza, 5 de enero de 2017.— El Director General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, Enrique Novales Allué.

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AYUNTAMIENTO DE TARAZONA ANUNCIO del Ayuntamiento de Tarazona, por el que se somete a información pública la memoria elaborada por la comisión de estudios, sobre los aspectos social, jurídico, técnico y financiero de la creación del servicio del Campamento del Moncayo y La Paridera con destino a actividades de acampada y albergue, para desarrollar actividades culturales y deportivas, turistica y de ocupación del tiempo libre. El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2016, acordó tomar en consideración y someter a información pública la memoria elaborada por la comisión de estudios sobre los aspectos social, jurídico, técnico y financiero de la creación del servicio del Campamento del Moncayo y La Paridera con destino a actividades de acampada y albergue para desarrollar actividades culturales y deportivas, turística y de ocupación del tiempo libre. Y de conformidad con lo acordado en los puntos primero y segundo del citado acuerdo, se somete a información pública la referida memoria, por el plazo de un mes un mes mediante anuncio en el “Boletín Oficial de Aragón”, y Tablón de Edictos de esta Corporación, al objeto de que puedan presentarse las reclamaciones y alegaciones que se estimen oportunas, conforme al artículo 205 párrafo 2 letra b) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, a dichos efectos. Lo que se hace público para general conocimiento, Tarazona, 27 de diciembre de 2016.— El Alcalde, Luis María Beamonte Mesa.

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