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BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO “HACKATON ACCENTURE”

1.

VIGENCIA. ALCANCE GEOGRÁFICO

1.1 Accenture S.R.L., sita en Pte. Roque Sáenz Peña 777, Ciudad de Buenos Aires, Argentina (en adelante, el “Organizador”) realiza este concurso denominado “HACKATON ACCENTURE” (en adelante, el “Concurso”), sujeto al cumplimiento de las presentes Bases y Condiciones (en adelante, las “Bases”). 1.2 El Concurso se desarrollará en la República Argentina (en adelante, el “Ámbito Geográfico”) y se encontrará vigente y desarrollará en los días 27 y 28 de Agosto de 2016 desde las 8:30 hs. hasta las 17:00 hs. Ambos días (en adelante, el “Plazo de Vigencia”). El Hackaton empieza el 27 de agosto a las 8.30 y termina el 28 de agosto a las 16.00 hs. A tal fin, se pondrán a disposición de los Participantes espacios para descansar y se les proveerán las respectivas comidas. 2.

PARTICIPANTES

2.1 Podrá participar del Concurso cualquier persona física que cumpla con los siguientes requisitos (en adelante, el “Potencial Participante”): (a) ser mayor de 18 años de edad al momento de inicio del Plazo de Vigencia; (b) residir en el Ámbito Geográfico; 2.2 Podrán también ser participantes quienes durante el Plazo de Vigencia sean empleados en relación de dependencia de Accenture S.R.L. o Accenture Service Center S.R.L. (en adelante, “Accenture”).

2.3 Quedan excluidos de participar en este Concurso los residentes en lugares ajenos al Ámbito Geográfico del Concurso; los ex empleados desvinculados de Accenture S.R.L. o Accenture Service Center S.R.L., ex empleados que hayan renunciado dentro de los seis (6) meses antes del inicio del Plazo de Vigencia, y los empleados de las agencias de publicidad y promoción del Organizador, como así también los cónyuges o parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive de todos los anteriores. 3.

FORMA DE PARTICIPACIÓN

3.1 Para participar en el Concurso, el Potencial Participante deberá inscribirse en el sitio web www.accenture.com/hackatonArgentina (en adelante, la “Web”), aceptando las presentes Bases. La inscripción podrá ser individual o por equipo (en este último caso, será necesario designar un líder de grupo). Los equipos deberán estar integrados por un mínimo de 4 y un máximo de 5 integrantes. 3.2. En caso de que el equipo esté integrado por empleados de Accenture, estos no podrán ser más que dos (2). En esos casos, el resto de los integrantes del equipo, a los fines de cumplir el número requerido en el punto 3.1, deberá ser integrado con Potenciales Participantes que no sean empleados de Accenture.

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3.3. Si la inscripción es individual, el equipo se conformará con otros inscriptos individualmente el día 27/08/2016. 3.4 Hasta el 17/08/2016 a las 11.59 hs. el Organizador recibirá todas las inscripciones de los Potenciales Participantes (por equipos e individuales) y de entre ellos seleccionará los que, a su exclusivo criterio, se ajusten al perfil buscado, priorizando el orden en el momento de la inscripción. Quienes sean seleccionados serán los que tendrán la posibilidad de llevar a cabo la consigna del concurso (en adelante, los “Participantes”). 3.5 Los Participantes serán citados vía e-mail a una Reunión previa donde se dará a conocer el desafío y su consigna. La Reunión será en la Oficina de Accenture sita en Avda. Diagonal Norte 777 C.A.B.A. 4.

PARTICIPACION Y PREMIOS

4.1 Los equipos deberán desarrollar un prototipo que resuelva una problemática de transporte de la región AMBA (Ciudad de Buenos Aires y GBA) siguiendo las consignas dadas en la Reunión Previa. El equipo que, a criterio de un Jurado Interno del Organizador, desarrolle el mejor prototipo, resultará Equipo Potencial Ganador. El Jurado Interno del Organizador se reserva la facultad de designar Equipos Ganadores Suplentes Primero y Segundo para el caso de que el anterior equipo y/o sus respectivos integrantes no reúnan las condiciones para participar del presente Concurso o bien ser acreedor del Premio. En todos los casos la elección del Equipo Potencial Ganador y Equipos Ganadores Suplentes Primero y Segundo quedará a exclusiva discreción de los Organizadores en base a la originalidad, funcionalidad de la solución por ellos desarrollada y/o en base cualquier otro criterio que el Organizador desee tomar en cuenta. 4.2 El Equipo Potencial Ganador, de cumplir con todos los requisitos y pautas de las presentes Bases, podrá ser acreedor de: $50.000 pesos argentinos, premio que se distribuirá en partes iguales para cada uno de los integrantes del equipo. El Equipo Potencial Ganador y a los Equipos Ganadores Suplentes Primero y Segundo, de cumplir con todos los requisitos y pautas de las presentes Bases, recibirán reuniones de mentoría, a llevarse a cabo de forma presencial o vía telefónica, según considere el Organizador, en aspectos técnicos y de producto, con profesionales a designar por el Organizador, válidas para los 90 días corridos posteriores al Concurso en lugar y fecha que a ser definidos por el Organizador. 4.3 Para resultar ganador del Premio correspondiente (“Ganador”), los integrantes del Equipo Potencial Ganador deberán (a) presentarse en el lugar, fecha y hora dispuesta por el Organizador para retirar el premio; (b) exhibir el ejemplar original de su documento de identidad (todos los datos consignados por el Participante al registrarse en la Web deben coincidir con los datos plasmados en el documento de identidad); (c) acreditar los restantes extremos indicados en la cláusula 2. En caso de que un integrante del Equipo Potencial Ganador no cumpla con cualquiera de los requisitos dispuestos en esta cláusula y/o cualquiera de los requisitos previstos en las presentes Bases, caducará su carácter de Ganador, sin que le asista derecho al reclamo del Premio y/o compensación o indemnización alguna, sin que los restantes integrantes del Equipo tengan derecho a su parte del Premio. 4.4. El Organizador podrá descalificar a aquellos Equipos cuyos integrantes estén haciendo un mal uso del Concurso o su desarrollo o realicen actos fraudulentos o que perjudiquen a otros Participantes. En caso de que el Organizador o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al mismo detecten cualquier anomalía o justificadamente sospechen que un

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Equipo o sus integrantes estén impidiendo el normal desarrollo del Concurso, alterando ilegalmente los Niveles de participación a través de procedimientos técnicos o informáticos o llevando a cabo cualesquiera actos fraudulentos que contravengan la transparencia del Concurso, podrá dar de baja a todos aquellos Empleados Participantes que se hayan beneficiado de forma directa o indirecta de este tipo de actuaciones, pudiendo además ejercer todas las acciones civiles o penales que pudieren corresponder. En este sentido, el Organizador declara que ha habilitado los mecanismos y soportes tecnológicos idóneos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación adecuada en el Concurso. 4.5 El Organizador podrá descalificar a aquellos Equipos y/o Participantes que durante el desarrollo del Concurso no cumplan con el Código de Ética de Accenture. 4.6 Todo Premio que no fuere asignado a Participante alguno, se considerará de propiedad del Organizador. 4.7 5.

Se deja expresamente aclarado que no existe intervención del azar en este Concurso. PREMIOS Y GASTOS

5.1 Los Premios no incluyen ninguna otra prestación, bien o servicio no enumerado; todos los costos derivados estarán a cargo de los Ganadores. El Organizador no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Ganadores o terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de los Premios. 5.2 El Premio es intransferible y no canjeable por dinero ni otros bienes. 5.3 Será a cargo del Ganador el pago de todo impuesto, gravamen, tasa o contribución que deba tributarse sobre o en relación con los Premios así como también todos los gastos y costos en que incurran o pudieran incurrir para reclamar, retirar y utilizar sus Premios. 5.4 El Organizador no se hará cargo de ningún gasto extra y/o adicional como ser tasas y gravámenes impositivos en que los Ganadores incurran para recibir el Premio que le correspondiera; tampoco será responsable en caso de insatisfacción por el Premio recibido. 5.5 Ninguno de los Premios es constitutivo de salario. 6.

RESPONSABILIDADES

6.1 El Organizador no será responsable: (i) por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Participantes, los potenciales Ganadores, los Ganadores, o terceros, sobre sus personas o bienes, con motivo de o en relación a su participación en el presente Concurso y/o con relación a la utilización de los Premios; (ii) por fallas y/o por errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo del Concurso; (iii) por daños o perjuicios, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir terceros, causados por los Participantes, Potenciales Ganadores o Ganadores. 6.2 Se deja constancia que el Organizador no otorga garantía alguna en relación con los Premios

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que se ofrecen. 6.3 La responsabilidad del Organizador finaliza con la puesta a disposición del Ganador del Premio. El beneficiario del Premio hace expresa y voluntaria renuncia a todo reclamo de índole administrativa, judicial o extrajudicial contra la entidad autorizante, nacional y/o provincial. 6.4 Cada Participante será responsable por los equipos o elementos personales que ingrese al lugar en donde se desarrolle el Concurso, no siendo el Organizador responsable por pérdidas, daños, robos o hurtos de los bienes de los Participantes. 6.5 Los Participantes aceptan y garantizan que no presentarán desarrollos o contribuciones que: – Contengan virus informático, gusano informático, spyware, u otro componente malicioso, engañoso, o diseñado para restringir o dañar la funcionalidad de una computadora y/o acceder a la información personal de los usuarios de la aplicación. – Infrinjan los derechos de autor de terceros, patentes, marcas registradas, secreto comercial u otros derechos de propiedad o derechos de publicidad o privacidad de terceros. – Violen cualquier ley o normativa vigente en el Territorio. – Razonablemente puedan ser considerados como difamatorios, calumniosos, odiosos, racial o moralmente ofensivos, amenazantes ilícitamente o ilegalmente acosar a cualquier persona, sociedad o corporación. 6.6 El Organizador podrá ampliar el Plazo de Vigencia. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en este Reglamento o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar el Concurso, supuesto en el cual los Empleados Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno. 6.7 Cada Participante será el titular de los derechos de propiedad intelectual derivados de la solución que hubiesen desarrollado; ni el Organizador ni las organizaciones que apoyan el evento están habilitadas de apropiarse de ellas. 7.

AUTORIZACIÓN

7.1 La participación en este Concurso implica la autorización expresa para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las fotografías, imágenes o grabaciones de imagen y/o voz y/o datos personales de los Participantes en general y de los Ganadores en particular, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.) con cualquier finalidad, durante el Plazo de Vigencia y hasta un (1) año después de su finalización, sin que el Participante tenga derecho al reclamo de indemnización, contraprestación y/ o compensación alguna. 7.2 Sin perjuicio de ello, se aclara que el titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se

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interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. 8.

CONSULTA DE BASES. PUBLICACIÓN DE GANADORES. DIFUSIÓN.

8.1 Los Participantes podrán informarse respecto de estas Bases, así como las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas –cuya difusión será realizada a través de los mismos medios por los que se difunden las presentes Bases, en la Web. Sugerimos a los Participantes consultarlas. 8.2 Las presentes Bases podrán ser modificadas por el Organizador. Cualquier modificación será difundida a través de los mismos medios en que se difunde el Concurso. 8.3 Una vez finalizado el presente Concurso, los Premios, la adjudicación de los mismos y los datos de los Ganadores se publicarán en la Web. 9.

ACEPTACIÓN DE ESTAS BASES

9.1 La participación en el Concurso implica la aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas y cuya difusión será realizada a través de los mismos medios por los que se difunden las presentes Bases, motivo por el cual sugerimos consultarlas. 9.2 Cuando circunstancias no imputables al Organizador ni previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar el Concurso, supuestos en los cuales los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno. 10. JURISDICCIÓN 10.1 Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización del Concurso serán de aplicación las leyes vigentes en la República Argentina y los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 22 de junio de 2016

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