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17 ene. 2017 - Estatales: Que, el inc¡so k. ... (101) bienes muebles, por un valor ascendente aSl 16,279.75 (Dieciséis m
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@ar*r*rnrM N" 912-201 7-MINCETUR/SG/OGA San ls¡drozo de enero de 2017 Visto, el l\,4emorándum No OZt2017-IVINCETURiSG/0GA-0ASA, de fecha 17 de enero de 2017, emitida por la Directora de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del IVINCETUR, que adjunta el Informe Técnico N0 002-2017-IVIINCETUR/SG/OGA-OASA-SDPCP, de fecha 17 de enero de 2017, emitida por el Sub Director de Programación y Co"'rol Pakimonial, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N0 29151, "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales", se aprueban hs que normas regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales: Que, el inc¡so k. 1) del articulo 10 del Reglamento de la Ley No 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N0 007-2008-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo No 007-2010-VIVIENDA; establece como funciones, atribuciones y obligaciones de las Entidades Públicas, aprobarcl alta y la baja de sus bienes muebles y los actos de adqu¡sición, administración y dispos¡ción;

Que, por su parte, el artículo 11del referido Reglamento señala que, la planificación, coordinación y eiecución de las acciones referidas al registro, administración, supervisión y disposición de los bienes de propiedad de la Entidad y de los que se encuentran bajo su administración, son de responsabii,dad de la Unidad Orgánica existente para talfin; Que, el numeral 6.5.1 Donación, de la Directiva N" 001-201S-SBN "Procedimientos de Gestión de los Bienes ft4uebles Estatales", señala que la donación implica el traslado voluntario y a titulo gratuito de la propiedad de bienes de una entidad, a favor de otra entidad o una institución privada sin fines de lucro. La Resolución que aprueba la donación requiere indicar el valor de los bienes donados,

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Oue, asimismo, en el numeral 6.5.1.2 Procedimiento, de la precitada Directiva, señala que Ia solicitud de ,' ,'-..--..donación se presentará a la entidad propietaria de los bienes sustentando la necesidad de uso de los bienes y el :\eneficro que reportará al Estado, siempre que la solicitante sea otra entidad. De ser una institución privada sin I -.-fnesdelucro, la solic¡tante, deberá justificar la utilidad que dará al bien para el cumplimiento de sus fines; .:lr .

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Oue, mediante Resolucrón Directoral No 623-2016-I\¡INCETUR/SGiOGA, de fecha 30 de setiembre de 2016, el N/INCETUR aprobó

la

tja de Doscientos catorce (214) bienes muebles del I/INCETUR, por las causales

de: i) "Obsolescencia Técnica", cincuenta y dos (52) bienes muebles, por un valor ascendente a la suma de S/ 2,827.68 (Dos mil ochocientos veintisiete y 68/100 Soles), ii) "Mantenimiento o Reparación Onerosa", Ciento un (101) bienes muebles, por un valor ascendente aSl 16,279.75 (Dieciséis mil doscientos setenta y nueve y 75i100 Soles) y iii) "Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE", Sesenta y un (61) bienes muebles, por un valor ascendente a la suma de S/ 14,903.50 (Caioi'ce mil novec¡éntos tres y 50/'100 Soles), ub¡cados en la Sede Central:

Que, mediante las Cartas S/Nos, de fechas 07 de diciembre de 2016 y 02 de enero de 2017, las Asociaciones Traperos de San Pablo y Pro - Ayuda a Caminar, Entidades Perceptoras de Donaciones, manifestaron su disposición a ser beneficiarios con la donación de bienes dados de bala, habiéndose donado anteriormente a la Asociación "Traperos de San Pablo", Cuarenta y ocho (48) bienes muebles, considerados como "No Utiles" para el Sistema Educativo, mediante Resolución Directoral N' 551-2016-I\¡INCETUR/SG/OGA, de fecha 02 de noviembre del 2016; Que, mediante lnforme Técnico N0 002-2017-MINCETUR/SG/0GA-0ASA-SDPCP; de fecha 16 de enero

de 2017, el Sub Director de Programación y Control Patrimonial, en el punto Vll de su informe referente a Conclusiones y Recomendaciones se pronuncia favorablemente por la procedencia de la Transferencia, en la modalidad de donación, de Cuarenta y dos (42) de los ciento un (101) bienes muebles dados de baja, del patrimonio del MINCETUR, por la causal de "Mantenimiento o Reparación Onerosa", identificados como "No Utiles" para el Sistema Educativo, por un valor de S/ 7,254.55 (Siete mil dosc,,.ntos cincuenta y cuaho y 55/100 Soles), a favor de la Asociación Pro - Ayuda a Caminar, dado que anteriormente no han recibido donación alguna; Que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley N0 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N" 007-2008-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo No 007-201O-VIVIENDA; la Directiva N" 001-201S-SBN "Proced¡mentos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales", aprobada por Resolucion No 046-2015/SBN"; SE RESUELVE:

l.-

ARTICULO Aprobar la Transferencia, en la modalidad de donación, de Cuarenta y dos (42) bienes muebles dados de baja del patrimonio del IVINCETUR, por la causal de "Mantenimiento o Reparación Onerosa", considerados como "No Útiles" para el Sistema Educativo, por un valor de S/ 7,254.55 (Siete mil doscientos c¡ncuenta y cuatro y 55/100 Soles), afavorde la Asociación Pro -Ayuda a Caminar, detallados en el Anexo N0 01, que forman parte ¡ntegrante de la presente Resolución. ARTICULO 2.- Los bienes muebles materia de la presente Resolución se entregarán mediante Acta de Entrega - Recepc¡ón, que será suscrita por el Sub Director de Programación y Control Patrimonial, y el Presidente la Entidad Perceptora de Donaciones Asociación Pro - Ayuda a Caminar.

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3.- Remitase copia de la presente Resolución Directoral: a: i) a la Entidad Pérceptora de Asociación Pro - Ayuda a Caminar, ii) a la Superintendenc¡a Nacional de Bienes Estatales - SBN, de los cinco (05) días hábiles de emitidas, de conformidad con lo establecido en el numeral 6,2,7 de la Directiva No 001-2015/SBN, y iii) al Órgano de Control lnstitucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo IVINCETUR, para los fines pert¡nentes. ARTICULO

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Registrese y Comuniquese,