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01 Jüt.2013

Msto, el Expedier 00120$201$MINCETUR, con Reg¡stro Intemo: 711993-2013MINCETUR, de fecha 14.03.2013, presentado por la empresa ALPAmAYO INVERSIOIES S.A.C., en el que solicite la renov€ción de la autodzac¡ón expresa para la exp¡otación de máqu¡nas tragamon€das en la sala de juegos "HUACHO 3", ubicáda en la Av. Grau N" 596 Esq. coñ Av. Echenique S/N, Distrito de Huacho, Provincia de HuauÉ. Departamento de L¡ma; CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N' 27153, y normas modmcetodas. y su Reglamenlo aprobado med¡ante Decreto supGmo N" 0092002-MINCETUR, se reguló la explotación de los juegos de casino y máqu¡nas tragamonedas en el pais, eslableciéndose en el adlculo 24' del c¡tado cu€rpo legal que conesponde a la D¡rección Generál de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas las facultades admin¡strativ¿s de

v

aúonzación, fgcalización, supeNisión, evaluación

y

sanción vinculadas

a las explotaciones

antes

Que, de acuedo con lo establecido en el arilculo 100 del Decreto Supremo No 009-2002_ 4'itÉ /¡,l,tlNcETUR. la renovación de la autorización concedida a las seles de ju€gos instaladas en los /4'9,1Fl/estali¡ecrrrltantosseñatadosenetart¡cuto60detaLeyNo27153.modifcadaporlaLeyNo27796,serealiza

:J-ror/

siguiendo el procedimiento esiablectdo para el de Autorización Expresa:

Que, el articulo 14" de la L€y antes mencionada asf como el artículo 7' de su Reglamonto' aprobádo mediante D€creto Supremó N' 009-2002_M|NCETUR establecen los requ¡sitos que los sol¡citantes deb€n cumplir para accedgr a la menc¡onada autoízác¡óni

Que, mediante Expedienle N" 000221-2007-MINCETUR' de fecha 31 01 2007' la solic¡tante' acog¡éndose al procedimiento de Reordenamiento y Fomalización estab¡ocido en la Ley N' 28945 'Ley de y Máquinas Reoidenam¡entó y Formalización de la Act¡vidad de Exploiiación de Juegos de Casino máqu¡nas explotación-de fragarnonedas', ¡resentó su solic¡tud de Autorizac¡ón Exp.e$ lara-leS/N Av Echenique Esq.,con N' 596 juegos en Av Grau 'Huacho ubicada 3', en ia sala de mediánle que oto€ada le fu€r¿ la misma de Lima, Departamento dtHuaura, Huecho, Provinciá de ción Directoral N' 92&2008-MINCETURjVMT/DGJCMÍ, de fecha 11 07.2008; Que, med¡ante Expediente N'001205-2013-MINCETUR, con Registro lntemo;7119932013MlNcETUi, de fecha 14.d3.2013, la empresa ALPAf|IAYO INVERSIONES S.A.c. solicita renovación de juegos la autodzación expresa para la explotación de Ju€gos de máquinas tragámonedas en la sala de Huacho' Prov¡ncia Dstrito de s/N, 'ixulctlo ¡", u¡icaoa in la Av. Grau N" 596 E!q.-con Av Echen¡que de Huaura, Departam€nto de Limai

Que, la solicitante ha cumplido con progenlar la documentación y/o infomación requedda para

acceder a la r€nováción de la autorizec¡ón concadida para oxplotar máquinas lragamonedas en la s¿la de juegos "HUACHO 3", ubic€da en Av. Grau N' 596 Esq con Av. Echen¡que S/N, D¡strito de Huacho. Prov¡ncia cle Huauta. Departameoto de Lima; Que, d€ conformidad con lo dispuesto en el artlculo 5o de la Ley No 27153 y nomas modificatoriás los establecimiento destinados e le etplotación de máqu¡nas tragamonedas no pueden encontrarse a

menos de c¡€nto c¡ncuenta (150) metros, medidos d€ puerta

llr

a puerta

sigu¡endo

el mln¡mo tránsito

pealonal y/o centros de estudios donde se ¡mparle educación in¡cial, primaria y .posible de lemplos secundaria; Que, segtln consta en et Info.me Técnico N. ¿t44-2013-MtNcETUR/vMT/DGJcMlDFcs-LRy, de fecha 05.06.2013, al amparo cte to estabtec¡do en ta Directiva No OO1-2007-M|NCETUR^/MT/DGJCMf, aprobada mediant€ Resolución Oirector¿t No 038-2007-M|NCETUR /¡¡[I/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, se verifcó que la sala de juegos cumple con lo eslablecido en el añículo 50 de la Ley No 27jS3 y normas modilicatorias, loda vez que ño se encu€ota ubicada a menos de ciento c¡ncuenta (i50) metros contados s¡guiendo el mfnimo háns¡to f,eatonel de ningún centro de esludios de educación ¡nicial, pdmaria y/o secundada; y que asimismo cumpl€ con los requisitos técnicos oxigibles para la instalación y func¡onam¡ento de una sala de juegos de máquineg tragamonedas, énconlrándose las máquina¡ tregamonedas eulorizadas y regastrades (homologadas) por la Dirección General de Juogos de Ca;¡no y Máquinas Tragamonedas;

Que. asimiomo, cebe señaler que, med¡ante Resolución Directoral

N.

1689_2012-

MINCETUR¡r'MíDGJCMT, de fecha 14.06.2012, a ta €mpresa ALPAMAYO TNVERSTONES S.A.C. se te autorizaron las últimes mod¡fcscion€s sol¡c¡ladas a su Autorización Expresa por la explotación treinta y s¡ele (37) máquinas tregamonedas y ciento cuarenta y siete (147) memórias d; sób leáura en la sah dé juegos "HUACHO 3' y que son las m¡smas qu€ a la techá viene exp¡otando; Oue, la empresa cumpte coñ adjuntar a su sol¡citud copia del Cert¡ticado de Inspección Técn¡ca de . ^Segundad en Defensa Civi¡ de Detia e N" Oi51-cR.LtM-2012, de fechs 09.04.2012 y clet Informe de

lnspección Técn¡ca de segurided en Defensa cvir de Deta e - Informe Técnrco N' ooo2Íi7-2012, de fecha 09.(X.201¿ vigenle hasta et 08.04.2014, exped¡dos por ta J€fatufa Régionat de Detensa C¡vit del Go-biemo R€gional de Lima, en el que de acuerdo con lo estabtecdo en á Decreto Suprerho N. 0662007-PCM, se.deja conslancia que ta sala de juegos de ta sottcitante cumpte con tas ¿ond¡ciones de seguñdad exigibles a este t¡po d€ establec¡mienlos;

Que, de la evaluac¡ón de la sotvencis econórn¡ce de la so¡¡c¡lante y de los socios, directores, gerentes y epoderados con facultades inscdtas, segln consta d€l Informe Eco;ómico - F¡nanciero N. ogg2012 de Renovac¡ón de Aurorización Expresa, dtfecha 09.00.20j2, te rot¡citant;t hs Lrsonas anres Inorcaoas cumpren con tos critenos de evatuación estabtecidos €n ta Dir;üva No OOt-2007MTNCET^UR/VJV'r/DGJCMT. debiéndos€ preciser de confom¡dad con ro crispuesto en eiintcuto ts. oe ta Ley N'zlr5J y.nornas mod¡ficalodas que dicha evsluac¡ón es pernanente en tanlo el tatular de lá autonzacton manlenge v¡gente la autonzación concedide; Que, en obseftancia de lo establecido en tos artfculos 19. y 6iguienles do la Loy N, 27153 y nomes modific-ato¡a-s, ra soricitante cumpre con presentar ra póriza de cáucion ñ;irórslbroo¡zs-ooo, de fecha 18.03.2013. otorgada por MAFRE Compañ¡a de Seguros y Reaseguros -S.-A., del _ M|NCETUR por ta suma de ciento Treintaaytavor y_ 6ers mil l1lTyl9._1" c-ol:'o Iyrismo ^qn9l'9,_ oo/100 (S/. I36,900-00) 6otes. vrgenre hastia et 1g.O3.2ot4. por tas-máqurnes 19J-"."1:11:. -l -nuevos auronzadas para su exptotac¡ón en la relerida sata de,uegos. en respaldo de tas obt¡g;ciones asumtdas j"T.:.d:nviga: 9913.?gl9l?on dei máncronaco cuerpo r"sá, ri ñÁ," qu" r," _"_":,:L-E:l*:1 r€mÑoa at erea de edm¡n¡stración del MINCETUR para 6u custodia y fnes core-spondient€s. "iao

Oue, en et Intorme Técn¡co N" ,|44_2O1IM|NCETUR¡r'i¡rriDGJCMT/DFCS_LRY, de fecha

05.06.2013. so harerificado que ta sata de juegos ha cumptido con to d¡stu""to ói|."to srp|'".o R'eeÉmento oe 'Hormás ieini"", óo-rpi"ñJni",i"" "n "i p"," r" ??ggó :r rmp|€menlac|on oet srslema un¡fcado de confo/ en üempo reet_ SUCTR, que;e a ¡efere ta pnmeÉ Dasposic¡ón Finatde ta Ley N. 27796 y ta Resot!¡ción de duperinlendenoa NJli!-zóóá_SúH¡r;

|-^9jj^rÍ9l,i91t!l_!u"

Que. esim¡smo, de acuerdo con lo d¡spuesto en el numerel 6 clel Anexo det Cuadro cl6 Inft-acc¡ones y sancioñ.s, der Decreto supremo N'015-2olGMlNcETUR,:e sináoniJ ar trturar ¿e ga|a una Íagamoneoas con una mutts de cinco (05) UIT por cada máquins lragamonedas que no se encuentre ¡nterconectade con un Modelo SUCTR:

De codomidad con les levcs Nros. 27153, 277q) y 27444,1ey del proc€dimienlo Adminisl¡aüvo General'y et Decreto S;prcmo Nro. OO9-2002_M|NCETUR, estando a - lo op¡nado en 6l

Informe Económ¡co

-

F¡nanciero

N.

O9g.2Ol2: lnforme Tónico ñ"-' ¡¿+zOt¡TMi¿óó-¡q,iin¡n.eeot

MTNCETUR¡r'MT/DGJCMT/0FCS_LRY, y Legat N. 1212013_M|NCETUR

li,

,9te¿o /a¿¿ro

ItY"rt*a/

SE RESUELVE:

a

la empresa ALPAMAYo Artlculo 1".- Renovar la autodzación exprcsa conced¡da lNVERsloNEs s.A.C., para la explotación de máquinas tragamonedes en la sala de ¡uegos "HUAcHo 3", con Código de Reg¡stro N' 120695021, ub¡cada on la Av. Grau N'596 Esq. con Av. Echen¡qu€ s/N' D¡strito de Huacho, Provincia de Huaura, Departamento de L¡ma, por un plazo de cuatrc (4) años' en obseNancia de lo nomedo en €l ártlculo 17' cle la L€y N' 27'153 y normas modifcatorias Artículo 2'.- La presente autoñzac¡ón faculta a la empresa la explotación de Írinta y rlete (3?) máqulnas tragamonedas y clento cuarcnt¡ y rlots (147) mgmorlas do sólo loctur¡' según detalle contenido en |osANEXOS ly ll que foman parte integránte de la pr€sente resolución. 14 2 de la Ley N' 27153 y nomas para la presente autoízación deben qu€ y sirvieron de base tos requF[o9 condic¡ones modilicátoriás, todos

Aathulo 3".- De acuerdo con lo dispuesto en el arlfculo

.

--r\

¿urante el ptazo de v¡¡encia de la mi3ma, bajo apercib¡miento de cancelarse la autod¿ac¡ón clauiura del establec¡miento dest¡nádo a le explotación de máqu¡nas

",.^)^q.)\mantenerse disponerje .,-'!:!íN i?l}onceti¿a v

b

Aitlculo ¡o.- De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 d6l Anexo ll del Cuadro de Infracciones y Sancioñes, clel Oecreto Supremo N'O1'2O1O-MINCETUR. que aprcbó el Reglamento de'Normas Técnicas Complem€ntarias para la implementación del sistema unificado de control en tiempo reaFSUCTR'a qu; se refiere la Pímera Dispos¡ción Final de la Ley N'27796.y la Resoluc¡ón de uperintendencia N' 145-2003-SUNAÍ, de fecha 25.07.2003' se sanc¡onará al titular de uná sala con una multa de cinco (05) UIT por cada máqu¡na tragamonedas que no se encuenlfe ectada con un l\¡lodelo SUCTR.

Artlculo 5".- De conform¡dad con lo establ€cido en el artlculo 7' del citado cuePo legal, los y res de tlna eutorizac¡ón de explotac¡ón concedide por la Dirección General de Juegos de Casino que zon¡ficación sobre normas las a observar í,iáqrt"" rr"g"ñ""d"s se encüentran obligados ostablezcan las municipalidades en sus respectivas jurisdicciones para el otorgamiento de la l¡cencia municipal a q!¡e hubiere lugar'

següridad, h¡giáne, parqueo, entre

01106,

Artfculo 6".- De ac!¡erdo con lo dispuesto en la Sentencia de fecha 02 02 2006, expedida por el Tdbunat Constit!¡cionat (Expediente No 422i-2005-PAlTC), la misme que baio responsab¡lidad consl¡tuye pr;edente vinculante para todos los poderes públicos' los explotadores de juegos de cas¡no y máquinas iragmoneOas Oeben iumplir con el pago dd lmpuesto a los Juegos como consecu€ncia de la actividad comercial que desarrollañ.

A.tlculo 70- La D¡rec¡ión General de Juegos de Casrno y Máquinas Tragamonedas se reserva el Clerccho cle tevocar la presente autodzación en cáio venficarse que las condiciones económico_fnancieras dá l" emp,esa autori;da se hen modiicado negalivamenle como consecuencia cle las tcciones de cobranzaquepudiela|levarac€bo|asuperintendencÉNaciona|C|oAdministraciónTnbutaria(SUNAT)por la deuda exigible por concepto del lmpuesto a los Juegos

Aralculo 8".- De conlomidad con lo previsto én el artfculo 24o de la Ley No 27153 y en concordanc¡a con el Princip¡o de Privilegio de Controles Posteñores rcgulado en el numérel 1 16 del

arlfculo lV de la Ley N' 274,{4, 'L€y det Procedim¡ento Adm¡nisket¡vo General', ta Direcc¡ón Generat de Juego6 de Casinoy Máquines Tragamonedar en ejerc¡c¡o de su facultad defsc¿l¡zac¡ón s€ reserva el derecho de v€ífcár la información y/o documentación prcsentade por la solic¡tanto asl como eslablecer las sanc¡ones o ¡ñ¡cjar las acc¡ones legates que resulten aplicables anto cualquier d¡screpanc¡a con le real¡dad de los hechos.

Art¡culo 9'.- De acuerdo con lo dispuesto en el adlculo 8. del Decreto Supreño N. 006-2013PCM. que 'Apruebe l€ r€lación de autorizacionob sectoriales de las Enüdades del poder Ejgcutivo, que deb€n ser ex¡g¡das como requ¡sito previo para el otoeamienlo de la licencia de funcionamiento, de acuerdo a la Ley N' 28976, Ley Marco de Ucencja de funcionam¡ento', publiquesg la presente Rosoluc¡ón Oireclol€l en el Poñal WEB det M¡nistedo de Com€rc¡o Erlerior y Turismo, en la s¡gu¡ente d¡r€cc¡ón eleclrónic¿: wlM/y-m¡ncetut.oob.D€/newweb/,

Articulo l0'.- En observanc¡a de Io d¡spuesto en el artfcu¡o 12. de la Direcüve OO1-2007MINCETUR /IiíT/OGJCMT, aprobade med¡ante Resotución Directoret 3&2007MINCETUR¡úMT/DGJCMT, r€mltase a te Un¡dad de Intet¡genc¡a Financaer¿ ta ¡nformac¡ón y/o documeñtación económ¡cá financiera rclec¡onada con el sol¡c¡tante y las p€rsonas nafurales i/o jurld¡c€s que han s¡do objeto de evaluación, para los fines a que se contr¡e la dispos¡ción anies

N'

ind¡cada.

RegistrgS€ y

I'ANUEL

BETIAVEI{fE

Oireclor G€neral de Juegos de Cásino y Máqu¡nas TÉgámonedas

A¡EXO I RELACIO'I DE IAQUINAS fRAOAfl Oi{EDAS AUTORIZADAS SALA OEJUEGOg -HUACNO 3" RESOLUCTON DTRECTOR L ¡¡.

T]TUI,AR Aloamávo

2 3

I

Alparnayo AiDemavo

4

Aloámavo

I

l.r

&

AlDamavo AlDamevo

6 7

I

Alo€mavo

Albáñávo

\9

Aloamavo Alosmavo

ff 14 16 17 18

J \

nvérsion$ S.A.C

.-sI

Albámávo lñv.rsiones S.A-C.

ntu

x-#

'fE

22

25 28 2A

29 30

u 35 36

ffi

nversion63 S.A,C lnveÉiones S.A.C. lnveBiones S-A.C. Inver3ion63 S,A C, lñvelsioné3 S.A-C. Inversionea S,A,C. lnvers¡ones S.A,C. lnversiorEs S.A.C. lnvalsioñes S.A.C. lnvers¡on$ S.A.C, lnversiones S.A.C. nversions€ S-4.C. nversioneS S,A.C, nversionca S,A-C. nv€rsion€a S.A.C. nvér3¡oñe3 S.A.C nvers¡onca S.A.C

37

\

aa

NDamavo lnv€rsion€8 S.A.c. loámevo lnvers¡ones S.A.C. loemavo lnv€rsion€3 S.A.C. /Albáhávo lnverc¡on€3 S.A.C. AlDamayo Inversione3 S.A.C. Aloamavo lnversione3 S,A,C, Albemávó lñvarsioná! S.A.C. Aloamavo lnversiones S.AC. Alo¡mavo lnvérsione8 S.A.CAlbamavo lnvars¡onás S.A.CAloamavo lnversiones S.A.cAloámevo lnvéÉion63 S.A.C. Alpamayo Inversion$ S.A.C. AlDamavo lñversionea S.A.C. AlDamavo lnv€rs¡oné3 S.A.C. AlBmávo lnversions S.A.C. Aloemeyo Inv6É¡oñ€3 S,A.C, aloámávo lnversion6s S,A,C,

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SALA

FABRICAI{IE

Huacho 3 Huacho 3 Huacho 3 Huacho 3 Huacho 3 Huácho 3 Huacho 3 Huácfio 3 Huacho 3 Huacho 3 Huacho 3 Huacho 3 Huecho 3 Huacho 3 Huacho 3 Huecho 3 Huacho 3 Huacho 3 Huacho 3 Huacho 3 Huacho 3 Huecho 3 Huacho 3 Huacho 3 Huacho 3 Huácho 3 Huacho 3 Huacho 3 Huacho 3 Huácho 3 Huacho 3 Huecho 3 Huacho 3 Huacho 3 Hua.ho 3 Huacho 3 Huácho 3

A.G.lGrnbH

1{' DE SERIE 455902

A.O.lGmbH

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