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Vistos, los expedientes N°s. 14-035221-001 y 14-035134-005 que contienen las Notas Informativas N° 152 y 168-2014-DGE/MINSA, emitidas por el Director General de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, se llevará a cabo la "Reunión Regional sobre el Reglamento Sanitario Internacional (RSI)", del 29 al 30 de abril de 2014 y asimismo, el 28 del mes en curso se realizará la "Reunión del Grupo Técnico de Red de Vigilancia y Respuesta en Salud (GTVyR) de la Unión de Naciones Suramericanas — UNASUR";

Gáctr:

D. CESPEDES M.

Que, mediante documento PER/CPC/010/85/02/0318-2014 de fecha 27 de marzo de 2014, el Representante en Perú de la Organización Panamericana de la Salud /Organización Mundial de la Salud informa sobre la realización del citado evento e invita a participar a dos representantes del Ministerio de Salud, señalando que la organización que representa financiará los gastos de participación correspondientes; Que, la citada reunión tiene como objetivo enfocarse en los posibles mecanismos futuros para el monitoreo, la evaluación y la implementación del RSI con el propósito de informar la posición de los estados partes en las Américas durante la 67° Asamblea Mundial de Salud, a realizarse en Ginebra del 19 al 24 de mayo del 2014, por lo que resulta importante la participación del representante del Ministerio de Salud en el mencionado evento; Que, además mediante comunicación PER/CPC/010/85/02/0388-2014, del 14 de abril de 2014, se informa sobre la convocatoria a la Reunión del Grupo Técnico de Red de Vigilancia y Respuesta en Salud (GTVyR) de la UNASUR, solicitando la participación de los representantes del Ministerio de Salud, indicando que la organización mencionada en los considerandos precedentes asumirá los gastos correspondientes;

.1. Zavala S.

Que, con el documento de visto, el Director General de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud, solicita se autorice su viaje y el del Médico Cirujano Héctor Eduardo Quezada Tirado, Jefe de Equipo de la Dirección de Vigilancia Epidemiológica de la citada Dirección General para que participen en representación del Ministerio de Salud en las reuniones antes indicadas; y propone encargar sus funciones al Médico Cirujano Juan Carlos Arrasco Alegre, Director Ejecutivo de la Dirección de Vigilancia Epidemiológica de la citada Oficina General; Que, mediante Informe N° 069-2014-ODRH-OGGRH/MINSA, remitido a través del Memorándum N° 738-2014-OGGRH-ODRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, señala que la participación de los citados profesionales se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no ocasionará gastos al Ministerio de Salud y cuenta con la autorización de la Alta Dirección del Ministerio de Salud;

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Que, el artículo 11° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el artículo 82° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado, sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor. En ningún caso debe exceder el período presupuestal; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Secretario General del Ministerio de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los Médicos Cirujanos Martín Javier Alfredo Yagui Moscoso, Director General de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud y Héctor Eduardo Quezada Tirado, Jefe de Equipo de la Dirección de Vigilancia Epidemiológica de la citada Dirección General, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para que participen en representación del Ministerio de Salud, en la "Reunión del Grupo Técnico de Red de Vigilancia y Respuesta en Salud (GTVyR) de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR" y en la "Reunión Regional sobre el Reglamento Sanitario Internacional (RSI)", del 27 de abril al 1 de mayo de 2014 respectivamente, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. D. CESPEDES M.

Artículo 2°.- Encargar del 27 de abril al 1 de mayo de 2014, las funciones de Director General de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud, al Médico Cirujano Juan Carlos Arrasco Alegre, Director Ejecutivo de la Dirección de Vigilancia Epidemiológica de la citada Dirección General, en adición a sus funciones y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 3°.- Disponer que los Médicos Cirujanos Martín Javier Alfredo Yagui Moscoso y Héctor Eduardo Quezada Tirado, dentro de los (15) quince días posteriores a su retorno, remitan a la Alta Dirección con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en los eventos a los que acudirán.

L. HERRERA S.

Artículo 4°.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOS MINISTRA DE SALUD