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~2011 ~DEfSG

Lima,

18 ~~AYO 20 1

CONSIDERAN DO:

Que, con Facsímil (DSO) Nº 308 de fecha 16 de mayo de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de Amér ica, sin armas de guerra; Que, en el marco de la J Ronda de Conversaciones de Comandos Conjuntos entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, se acordó realizar la siguiente ronda en la ciudad de Lima, contando con ·Ia participación de personal militar de ese país; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 ~ Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modificado por el articulo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con persona! de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y; Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de conformidad con la Ley Nro. 27856 Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 ~ Ley que modifica la Ley Nro. 27856; w

SE RESUELVE:

Artículo 1°._ Autorizar el íngreso a territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América, Mayor James Hart, del 23 al 27 de mayo de 2011, para participar en la 1I Ronda de Conversaciones de Comandos Conjuntos entre Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de ambos países.

Artículo 2 2 . - Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que . se contrae el artículo 5° de la Ley Nro . 27856, modificado por Ley Nro. 28899.

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Regístrese, comuníquese y pu¡jlí~."s~

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JAIME tHORNE LEÓN' Ministro de Defensa