2016 - Minsa

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MINISTERIO DE SALUD

~... ?.-~.de.. .!.+!?:.~.~ .......del ..~.~.~~ Visto, el expediente N" 16-022250-002 que contiene el Informe N" 165-20160GPPM-OGI/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N" 203-2016/MINSA se reconformó el Comité de Seguimiento de Proyectos de Inversión Pública del Ministerio de Salud, integrado entre otros, por los responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 011: Ministerio de Salud, de acuerdo a la información registrada en el Banco de Proyectos del SNIP; Que, según el artículo 140 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N" 007-2016-SA, son Organismos Públicos adscritos al Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud, el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, el Seguro Integral de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud; Que, mediante el documento de Visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha sustentado la necesidad de incorporar al Comité de Seguimiento, a los titulares y/o responsables de los Organismos Públicos adscritos al Ministerio de Salud; Que, el numeral 26.3 del artículo 26 de la Directiva No 001-2011-EF-68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directora! N" 003-2011-EF-68.01, establece que se incluirá necesariamente en el Comité de Seguimiento, a las Unidades Ejecutoras de los PIP materia de seguimiento; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y el Secretario General (e); y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y en la Ley N" 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N" 203-2016/MINSA, en los siguientes términos:

"( ...) Artículo 1.- Reconformarel Comité de Seguimiento de Proyectos de Inversión Pública del Ministerio de Salud, el cual estará conformado por:

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El/La Viceministro/a de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, quien lo presidirá. El/La Director/a General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. El/La Director/a Ejecutivo/a de la Oficina de Gestión de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. Los responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 011:Ministerio de Salud, de acuerdo a la información registrada en el Banco de Proyectos del SNIP, cuyos proyectos sean materia de seguimiento, de acuerdo a lo establecido en el numeral 26.5 del artículo 26 de la Directiva N" 001-2011-EF/68.01. El(la) Jefe(a) del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, del Seguro Integral de Salud y/o de la Superintendencia Nacional de Salud, de acuerdo a la información registrada en el Banco de Proyectos del SNIP, cuyos proyectos sean materia de seguimiento, de acuerdo· a lo establecido en el numeral 26.5 del artículo 26 de la Directiva N" 001-2011-EF/68.01.

( ...)". Artículo 2.- Se mantienen subsistentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N" 203-2016/MINSA, que no se opongan a la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud http://WWVJ.minsa.gob.pe/transparencia/index.asp?op=115.

Regístrese y comuníquese.

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ANIBAL VELASQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud