2 7 AGO.2013

... del pago de impuestos o derechos aduaneros de [linguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese . .. ~ . R. Mi
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Lima,

Z 09

-2013-VIVIENDA

2 7 AGO.2013

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial N° 008-2013-VIVIENDA, se encargó a la señorita Maria Luisa Funegra Vela, las funciones de Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano; Que, la citada funcionaria requiere ausentarse del país del 29 de agosto al 01 de setiembre de 2013, por motivos personales; Que, en ese sentido, resulta necesario designar en calidad de suplente al funcionario que ejercera las funciones de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en tanto dure la ausencia de la señorita María Luisa Funegra Vela, a fin de no afectar el normal funcionamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N" 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar a la señorita María Luisa Funegra Vela, encargada de la funciones de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para ausentarse del país durante el período comprendido del 29 de agosto al 01 de setiembre de 2013, por motivos personales. Artículo 2.- Designar en calidad de suplente, al señor Néstor Alfonso Supanta Velásquez, en las funciones de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, por el período comprendido del 29 de agosto al 01 de setiembre de 2013, yen tanto dure la ausencia de la señorita María Luisa Funegra Vela. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución no irrogará gasto alguno al Estado, ni otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de [linguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese .

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R Ministro de Vivo nda, Construcción Y S eamiento