2 6 .JUlo 2013

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-2013-VIVIENDA

2 6 .JUlo 2013

VISTO, los Oficios N"045-2013-EF/53.01 y N°136-2013-EF/53.01 de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, y las Actas de la Sétima y Octava Reunión Ordinaria del Comíté de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo -CAFAE, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; CONSIDERANDO:

Que, el acápite 3.1 del articulo 3° de la Ley N" 29874, Ley que implementa medidas destinadas a fijar una escala base para el otorgamiento del incentivo laboral que se otorga a través de los Comités de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo (CAFAE); establece que las entidades incorporan al incentivo laboral que se otorga a través de los CAFAE, las asignaciones de contenido económico, racionamiento o movilidad, mensual u ocasional, que efectivamente percibe el personal administrativo bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, que ocupa una plaza destinada a funciones administrativas, y que estén registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del sector público, antes del 1 de marzo del 2011; Que, por Resolución Ministerial N" 282-2012-VIVIENDA, se aprobó la Escala Transitoria Mensualizada, correspondiente al personal de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, comprendido en el régimen laboral del Decreto Legislativo N" 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, de conformidad con la pautas y procedimientos establecidos en la Ley N" 29874, conforme al Anexo que forma parte integrante de la citada Resolución; Que, mediante el Oficio N"045-2013-EF/53.01, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economia y Finanzas, órgano competente para emitir opinión favorable sobre la propuesta de la nueva escala de incentivos, informa que de la Escala Transitoria Mensualizada mencionada en el considerando precedente debe sustraerse el concepto de "Apoyo Alimentario", que por su naturaleza y por no adecuarse a Ley, no debe incorporarse en la Escala Transitoria Mensualizada; Que, asimismo, por Oficio N"136-2013-EF/53.01, el órgano competente señala que en cuanto a la prosecución del trámite para alcanzar la Nueva Escala de Incentivo Único, previamente, deberán aprobar la Escala Transijoria excluyendo el concepto de apoyo alimentario; Escala Transitoria que debe ser debidamente aprobada mediante resolución del titular del pliego, en concordancia con las disposiciones establecidas por los articulas 3° y 4 de la Ley N"29874, así como lo previsto en el articulo 9° del Anexo aprobado por Decreto

Supremo N"014-2012-EF que aprueba la Escala Base y Disposiciones Complementarias para mejor aplicación de la Ley N° 29874; Que, conforme a las Actas de la Sétima y Octava Reunión Ordinaria del CAFAE de fechas 24 de junio y 19 de julio de 2013 respectivamente, el CAFAE VIVIENDA acordó entre otros, aprobar la modificación del Anexo de la Resolución Ministerial N°2822012-VIVIENDA, a fin de excluir de la Escala Transitoria Mensualizada, el concepto de apoyo alimentario; y elevar al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el respectivo proyecto de resolución modificatorio; Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario modificar el Anexo de la Resolución Ministerial N" 282-2012-VIVIENDA, a fin de excluir de la mencionada Escala Trans~oria Mensualizada, el concepto de "Apoyo Alimentario", y; De conformidad con la Ley N" 27792 -Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley N° 29874 -Ley que implementa medidas destinadas a fijar una escala base para el otorgamiento del incentivo laboral que se otorga a través de los Com~és de Administración del Fondo de Asistencia y Estimulo (CAFAE); el Decreto Legislativo N" 276 -Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; el Decreto Supremo N" 002-2002-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N" 104-2012-EF que aprobó la Escala Base y Disposiciones Complementarias para la mejor Aplicación de la Ley N" 29874; SE RESUELVE: ~.

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. Artículo 1,- Modificar el Anexo de la Resolución Ministerial N"282-2012~; VIVIENDA, que aprueba la Escala Transitoria Mensualizada correspondiente al personal de la nidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración eneral, comprendido en el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de J~ .• a Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, la cual quedará PE#"/ conformada, según el Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución. 7l~'

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Artículo 2.- Disponer la publicación de la Escala Transitoria Mensualizada modificada por el articulo precedente en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Articulo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas para su respectiva opinión favorable, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Oficio Circular N"0012012-EF/53.01 .Registrese y comuníquese.

ANEXO Escala Transitoria Mensualizada correspondiente al personal de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento -Administración General Nivel ylo Categorfa

Incentivo Laboral

F.4 Procurador

F-3 F-2 F.' Profesional F-' Técnico Profesional

Técnico Auxiliar

Escala Transitoria

Movilidad

.

F-5

Incentivo Variable por Racionamiento y

4,931 4,851 4,771 3,898 2,801 2,261 2,721 2101 2,031

300 300 300 300 300 300 300 300 300

5,231.00 5,151.00 5071.00 4198.00 3,101.00 2,561.00 3,021.00 2,401.00 2,331.00