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Que, con Resolución Directoral N" 131-2007-0GGRH/SA, de fecha 05 de febrero del 2007, se reconoció a doña CIRA MARIA ENR
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MINISTERI O DE SA LUD



Visto el Informe N" 1486-2015-ERP-OARH/MINSA de fecha 06 de octubre del 2015, contenido en los Expedientes N°s 15-073055-001 y 13-103942-001; emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral N" 131-2007-0GGRH/SA, de fecha 05 de febrero del 2007, se reconoció a doña CIRA MARIA ENRIQUETA LUJAN RONDO , pensionista de la Sede Central del Ministerio de Salud, con el cargo de Estadístico 11, Nivel SPC, la suma ascendente a Veintiocho Mil Setecientos Treinta con 69/100 Nuevos Soles (SI. 28,730.69), por concepto de devengados derivados de la aplicación del articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 037-94, previa deducción de lo pagado por el Decreto Supremo N" 019-94-PCM, del periodo comprendido del 01 de julio de 1994 hasta el 30 de enero del 2007, en cumplimiento a lo ordenando mediante Resolución número 08 de fecha 04 de mayo del 2006, expedida por el 40° Juzgado Especializado en lo Civil; Que , mediante Resolución Número Siete de fecha treinta y uno de octubre del dos mil catorce, expedida por el Vigésimo Sétimo Juzg ado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, ordenó emitir nueva resolución administrativa, reconociendo a favor de la accionante doña CIRA MARIA ENRIQUETA LUJAN RONDO, los intereses legales derivados de los devengados que fueron reconocidos mediante Resolución Directoral N" 131-2007-OGGRH/SA;



Que , según Informe Situaciona l Actual N° 2397-2015-S ERL-EIE-OARH-OGGR H, doña CIRA MARIA ENRIQUETA LUJAN RONDO, figura como pensionista de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cargo de Estadístico 11 , Nivel SPC; Que, el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N" 017-93-JUS, dispone que "toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales de índole adm inistrativa, emanadas de autoridad judicial competente en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances , bajo responsabilidad civil, penal o administrativa que la Ley se ñala";

Que, de acuerdo al Informe de Visto y a la Liquidación N" 216-2015-ERP-OARH/MINSA, de fecha 25 de setiembre del 2015, emitida por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones , corresponde reconocer a favor de o,,~ doña CIRA MARIA ENRIQUETA LUJAN RONDO , la suma de SI. 10,419.42 r'uevos Soles, por concepto de ',:.1- intereses legales laborales del periodo comprendido del 01 de julio de 1994 hasta el 28 de febrero del 2007 ~ \ ~ fecha de cancelación de la deuda principal) derivados de los devengados reconocidos mediante Resolución Directoral N" 131-2007-0GGRH/SA, monto al cual se deducirá la sum a de SI. 1,251.26 Nuevos Soles, quedando un saldo pendiente de SI. 9,168.16 Nuevos Soles de acuerdo al siguiente detalle:

t

Monto Paeado al

Devengados del

W Expediente Ju dicial

29830-2012·0·1801-J R·LA· 75

D. U. N" 037-94 R.D. N" 131·2007· OGGRH{SA

28,730.69

Intereses

Mantolotal

legales

10.419.42

Devengad os

39,150. 11

SALDO PENDIENTE

31{12/2012

28,7 30.69

Intereses

Devengados

Legales

0.00

1,251. 2ó

I

I Intereses l I ega es

II

9,168.16

Que , en este contexto, resulta conveniente expedir el acto resolutivo mediante el cual se cumple el mandato judicial expedido por el Vigésimo Sétimo Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima ; Que , a razón de las obligaciones derivadas de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada, mediante Resolución Ministerial N° 210-2014/MINSA de fecha 11 de marzo del 2014, se conformó el Comité para la elaboración y aprobación del listado priorizado para la atención del pago de sentencias judiciales a efectos de reducir costos al Estado , en aplicación a lo dispuesto por el artículo 5° del Reglamento de la Ley W 30137, aprobado por Decreto Supremo N° 001 -2014-JUS; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones, y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; De conformidad con lo previsto en el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS, y el artículo 5° del Reglamento de la Ley W 30137, aprobado por Decreto Supremo W 001-2014-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°._ RECONOCER , a favor de doña CIRA MARIA ENRIQUETA LUJAN RONDO identificada con D.N.I. W 08022932, la suma ascendente de DIEZ MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE CON 42/100 NUEVOS SOLES (SI. 10,419.42) por concepto de intereses legales laborales, derivados de la aplicación de la bonificación especial del Decreto de Urgencia W 037-94, del periodo comprendido del 01 de julio de 1994 al 28 de febrero del 2007, al cual se deducirá la suma de SI. 1,251 .26 Nuevos Soles, abonado en el mes de diciembre del 2012, como compensación del monto total adeudado, quedando un saldo pendiente de SI. 9,168.16 Nuevos Soles. Artículo 2°._ DISPONER, el pago del saldo pendiente por concepto de intereses legales, a favor de doña CIRA MARIA ENRIQUETA LUJAN RONDO, por la suma de NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO CON 16/100 NUEVOS SOLES (SI. 9,168.16), conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución , de acuerdo al siguiente detalle:

W Expediente Judicial

29830·2012-0-1801-JR-LA· 75

legales

Monto Pagado al 31/12/2012

SALDO PENDIENTE

10.4 19.42

1.25 1. 26

9,168.16

Intereses

Artículo 30 . _ El monto reconocido en el artículo precedente de la presente resolución , se abonará con cargo a la Específica de Gasto 25.51.21 , Meta: 0133, y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la Unidad Ejecutora 001 , Pliego 11 , Ministerio de Salud. Artículo 40 ._ Remitir copia de la presente resolución al Director General de la Oficina General de Administración, quien preside el Comité encargado del listado de priorización de obligaciones de sentencias con calidad de cosa juzgada. Artículo 5°._ Remitir copia de la presente resolución al Procurador Público del Ministerio de Sa lud, para su conocimiento y presentación ante el Vigésimo Sétimo Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima , para su aprobación. Regístrese y Comuníquese,